MINISTERIO DE CULTURA

Y

TEATRO NACIONAL CERVANTES

Resolución Conjunta 4/2022

RESFC-2022-4-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-50517683- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios, la Ley Nacional del Teatro N° 24.800 y su Decreto Reglamentarios N° 991 de fecha 24 de septiembre de 1997, los Decretos N° 318 de fecha 27 de marzo de 1996 y N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios se encuentra el de entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas, ejecutando los planes, programas y proyectos del área de su competencia, promoviendo contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar al público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religioso y étnicos, como así también planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil, entre otros.

Que el Decreto N° 318/96 establece que el TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado y autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, tiene entre sus objetivos preservar, promover y difundir el arte y la técnica del género teatral, los valores artísticos teatrales nacionales y universales, como así también todo otro arte o actividad escénica que se considere pertinente acorde a la jerarquía del teatro. Y fomentar y promover la dramaturgia nacional.

Que es necesario fomentar el intercambio y la colaboración de los teatros estatales, tanto provinciales como municipales y aquellos teatros dependientes de gremios, colectividades y/o universidades de todo el país que no estén contemplados por la Ley Nacional del Teatro N° 24.800.

Que las salas y espacios teatrales de las diferentes provincias del país son un actor fundamental para democratizar las expresiones culturales y artísticas, impulsar el acceso de la ciudadanía a las producciones culturales y fomentar el desarrollo local y el trabajo cultural.

Que en cuanto al vínculo con sus comunidades, una sala teatral apunta a integrarse con la sociedad que lo rodea, generando sentidos a través de sus producciones artísticas y promoviendo la participación popular a través de diferentes actividades.

Que las salas teatrales son ámbitos de referencia vinculados a la identidad, la memoria y la pertenencia para la ciudadanía.

Que en virtud de lo acontecido, se propicia la creación e implementación de la RED FEDERAL DE TEATROS, orientada a fortalecer y apoyar a los teatros argentinos que la integren, especialmente aquellos ubicados fuera de los grandes centros urbanos.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios y el Decreto Nº 318/96.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

Y

LA DIRECTORA DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Crear el Programa “RED FEDERAL DE TEATROS” y aprobar el Reglamento General de Implementación, Regulación y Pautas Operativas que como ANEXO I (IF-2022-50605471-APN-UGA#MC) forma parte integrante de la presente medida, con el objetivo de desplegar acciones en todo el territorio nacional para apoyar y fortalecer a los teatros Provinciales, Municipales, Gremiales, Universitarios o pertenecientes a personas jurídicas sin fines de lucro que no sean susceptibles de recibir los beneficios contemplados por la Ley Nacional del Teatro Nº 24.800 y su Decreto Reglamentario N° 991/97, especialmente a aquellos que se encuentren en localidades ubicadas fuera de los grandes centros urbanos.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que el MINISTERIO DE CULTURA, a través de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES, será la autoridad de aplicación del Programa RED FEDERAL DE TEATROS, encontrándose facultado para dictar las normas de carácter operativo y/o complementarias que resulten necesarias durante su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes.

ARTÍCULO 3°.- Las acciones que se realicen a través de la RED FEDERAL DE TEATROS serán financiadas con los recursos que el MINISTERIO DE CULTURA y el TEATRO NACIONAL CERVANTES le asignen, de acuerdo a las disponibilidades financieras vigentes.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer - Gladis Lilian Contreras

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/05/2022 N° 37079/22 v. 24/05/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



ANEXO I

Reglamento General de implementación, regulación y pautas operativas de la

RED FEDERAL DE TEATROS

I. MARCO GENERAL:

El Ministerio de Cultura de la Nación y el Teatro Nacional Cervantes proponen en su política estratégica, potenciar el entramado cultural mediante el fomento y el fortalecimiento de industrias, organizaciones, redes y circuitos de todo el país; reconocer a trabajadores y trabajadoras de la cultura mediante acciones de registro, formación y certificación de saberes y trayectorias; incentivar la creación y la experimentación artística y cultural en todas las provincias; y fomentar la participación popular y la inclusión social, garantizando el acceso igualitario a bienes y servicios culturales, entre otras.

II. OBJETIVO GENERAL:

El objetivo general de la creación de la RED FEDERAL DE TEATROS es impulsar acciones para apoyar y fortalecer a los teatros argentinos que la integren, promoviendo el intercambio y la colaboración en materia de producción, circulación, equipamiento e infraestructura y formación para el trabajo escénico.

III. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Son objetivos específicos:

a) Realizar un relevamiento en todo el país de teatros provinciales, municipales, gremiales, universitarios o pertenecientes a personas jurídicas sin fines de lucro que no sean susceptibles de recibir los beneficios contemplados por la Ley Nacional del Teatro N° 24.800 y su Decreto Reglamentarios N°991/97.

b) Fomentar y fortalecer el vínculo del TNC con los teatros estatales provinciales y municipales, gremiales, universitarios y de colectividades de todo el país, como así también con aquellos que no se encuentran amparados bajo la Ley Nacional del Teatro N° 24.800.

c) Promover tareas de programación, producción y circulación de espectáculos en todo el país.

d) Favorecer la provisión, mantenimiento y renovación de infraestructura para el trabajo escénico.

e) Promover la formación y el intercambio de saberes entre los distintos artistas, como así también entre técnicos y artistas que participan en diferentes presentaciones a través de talleres, clases, conferencias y publicaciones.

IV. DESTINATARIOS:

La RED FEDERAL DE TEATROS estará integrada por aquellos teatros que se inscriban a la misma, ya sean estatales, provinciales, municipales, gremiales, universitarios y de colectividades, que no se encuentran contemplados por la Ley Nacional del Teatro N° 24.800.

V. LÍNEAS DE ACCIÓN

1- Adecuación y equipamiento: Asistencia financiera para la mejora y adecuación edilicia y adquisición de equipamiento técnico de la sala.

2- Asesoramiento escénico y técnico: Asesoramiento sobre los modelos de producción que se lleven adelante en las salas.

3- Capacitación Técnica: Acciones de formación para las y los trabajadoras/es de la sala o la comunidad artística.

4- Programación y circulación de espectáculos: Apoyo económico a las salas que integran la red, para la realización de giras en una misma provincia/región.

5- Producción: Apoyo económico para el fomento de la producción y programación de espectáculos en las salas que integran la Red.

VI. INSCRIPCIÓN

Para la participación en la RED FEDERAL DE TEATROS, salas y/o teatros municipales, provinciales, gremiales, dependientes de Universidades o colectividades deberán:

1. Inscribirse en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA creado por Resolución N°130/2021 del Ministerio de Cultura de la Nación, a través de la página www.somoscultura.gob.ar. Todos los datos que las y los postulantes incluyan tanto en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA tienen carácter de declaración jurada. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la plataforma de inscripción y al correo electrónico declarado por el o la postulante en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA, siendo responsabilidad de cada usuario, mantenerlo actualizado para recibir las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria.

2. Completar un formulario en el que se les solicitarán datos referidos a su funcionamiento y la estructura principal de la sala:

a. Nombre y ubicación de la Sala.

b. Trayectoria de la Sala (Año de construcción, actividad destacada, etc.)

c. Capacidad de la Sala.

d. Descripción de la estructura básica existente en la Sala.

La confirmación de pertenencia a la RED FEDERAL DE TEATROS será enviada al correo electrónico constituido por la/el postulante al momento de la inscripción, una vez validado el cumplimiento de requisitos.

VII. ACEPTACIÓN DE BASES Y CONDICIONES

Los y las postulantes de cada proyecto, la máxima autoridad y/o apoderado de la Sala del área de gobierno municipal o provincial, o de las universidades nacionales, o la autoridad que ejerce la representación legal de la persona jurídica sin fines de lucro o de los gremios que se postulen, deberán leer y aceptar, en la plataforma digital de inscripción, la siguiente declaración jurada:

"Declaro que toda la documentación, información técnica y económica que se ha acompañado en la presente postulación, es actualizada y veraz, comprometiéndome a informar de manera inmediata a través del responsable técnico designado de cualquier modificación y/o alteración y/o circunstancia que pudiera afectar la sala que incorporamos a la Red Federal de Teatros."