CONVENIOS
Decreto 278/2022
DCTO-2022-278-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-24817102-APN-SSRFID#SAE, el Modelo de
Convenio de Préstamo BIRF N° 9335-AR y el Modelo de Convenio de
Donación N° TF0B7681 del Fondo Fiduciario de Donantes Múltiples de la
Alianza Global para Paisajes Sustentables y Resilientes (PROGREEN),
ambos propuestos para ser suscriptos entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el
BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9335-AR el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a
asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA, con el fin de
cooperar en la ejecución del “Proyecto de Recuperación Sustentable de
Paisajes y Medios de Vida en Argentina” por un monto de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y CINCO MILLONES (USD 45.000.000).
Que mediante el Modelo de Convenio de Donación N° TF0B7681 el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), actuando como
administrador del Fondo Fiduciario de Donantes Múltiples de la Alianza
Global para Paisajes Sustentables y Resilientes (PROGREEN), se
compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA mediante
una donación por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD
12.000.000), con el fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de
Recuperación Sustentable de Paisajes y Medios de Vida en Argentina”.
Que el objetivo del Proyecto es mejorar la gestión y la resiliencia de
los ecosistemas y los medios de vida relacionados de las comunidades
locales en paisajes terrestres y marinos de conservación y producción
seleccionados.
Que el referido Proyecto prevé la ejecución de TRES (3) partes: (1)
Mejora de la resiliencia Climática y Gestión de los Paisajes Terrestres
y Marinos de Conservación y Producción Seleccionados, (2) Promoción de
Medios de Vida Sustentables a través de Paisajes Seleccionados y (3)
Gestión, Monitoreo y Evaluación del Proyecto.
Que la ejecución de dicho Proyecto y la utilización de los recursos del
préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el MINISTERIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, a través de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES. Asimismo, la referida dependencia tendrá a su cargo
la realización de actividades de evaluación estratégica del Proyecto en
coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable del asesoramiento
técnico-metodológico.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
suscriba el Convenio de Préstamo BIRF N° 9335-AR, así como toda otra
documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo y
suscriba el Convenio de Donación N° TF0B7681, así como toda otra
documentación relacionada con la operatoria de dicha Donación.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de
Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Convenio de
Préstamo BIRF N° 9335-AR y el Convenio de Donación N° TF0B7681 y
acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Proyecto de Recuperación Sustentable de Paisajes y Medios de Vida en
Argentina”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al
objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto
o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Convenio de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que las condiciones estándar y demás cláusulas contenidas en el Modelo
de Convenio de Donación propuesto para ser suscripto son las usuales
que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los
propósitos y objetivos a los que está destinada la misma.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N°
9335-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) por un monto de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y CINCO MILLONES (USD 45.000.000),
destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Recuperación
Sustentable de Paisajes y Medios de Vida en Argentina” que consta de
SEIS (6) artículos, TRES (3) Anexos y UN (1) Apéndice, en idioma inglés
y su traducción al idioma español, que forman parte integrante del
presente decreto como ANEXO I (IF-2022-24550976-APN-SSRFID#SAE).
Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como ANEXO II
(IF-2022-19962296-APN-SSRFID#SAE) las “Condiciones Generales para el
Financiamiento del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
(BIRF): Financiamiento de Proyectos de Inversión” de fecha 14 de
diciembre de 2018 (Fechas de revisión: 1° de agosto de 2020, 21 de
diciembre de 2020, 1° de abril de 2021 y 1° de enero de 2022), en
idioma inglés y su traducción al idioma español, y como ANEXO III
(IF-2022-22241007-APN-SSRFID#SAE) el “Reglamento de Adquisiciones del
Banco Mundial para Prestatarios de IPF” correspondiente a la edición
del 24 de noviembre de 2020, en idioma inglés y su traducción al idioma
español.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Modelo de Convenio de Donación N° TF0B7681 a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), actuando este último como
administrador del Fondo Fiduciario de Donantes Múltiples de la Alianza
Global para Paisajes Sustentables y Resilientes (PROGREEN), por un
monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000), para
la asistencia financiera del “Proyecto de Recuperación Sustentable de
Paisajes y Medios de Vida en Argentina” que consta de CINCO (5)
artículos, DOS (2) Anexos y UN (1) Apéndice, en idioma inglés y su
traducción al idioma español, que forman parte integrante del presente
decreto como ANEXO IV (IF-2022-24551539-APN-SSRFID#SAE). Asimismo,
forman parte integrante de la presente medida como ANEXO V
(IF-2022-24551861-APN-SSRFID#SAE) las “Condiciones estándar para las
donaciones que concede el Banco Mundial con cargo a diversos fondos”,
de fecha 25 de febrero de 2019, en idioma inglés y su traducción al
idioma español.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Convenio de Préstamo BIRF
N° 9335-AR, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicho Préstamo, conforme al modelo que se aprueba por el
artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 4º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Convenio de Donación N°
TF0B7681, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicha Donación, conforme al modelo que se aprueba por el
artículo 2º del presente decreto.
ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,
en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al
Convenio de Préstamo BIRF N° 9335-AR y al Convenio de Donación N°
TF0B7681, cuyos modelos se aprueban por los artículos 1º y 2º,
respectivamente, de la presente medida, siempre que no constituyan
cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en
un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 6º.- Desígnase al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, a través de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, como
el Organismo Ejecutor del “Proyecto de Recuperación Sustentable de
Paisajes y Medios de Vida en Argentina”, quedando facultada a realizar
todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del
mencionado Proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en
el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9335-AR y en el Modelo de
Convenio de Donación N° TF0B7681 que se aprueban por los artículos 1º y
2º, respectivamente, de la presente medida. Asimismo, la referida
dependencia tendrá a su cargo la realización de actividades de
evaluación estratégica del Proyecto en coordinación con la SECRETARÍA
DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable
del asesoramiento técnico-metodológico.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/05/2022 N° 38695/22 v. 30/05/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)