MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 774/2022
RESOL-2022-774-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-48927515- -APN-DGD#MC, el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal de Orquestas, Coros y
Ballets Nacionales, homologado por Decreto N° 973 de fecha 18 de junio
de 2008, la Decisión Administrativa N° 1428 de fecha 7 de agosto de
2020, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Decisión Administrativa N° 1428/20 se aprobó la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del
MINISTERIO DE CULTURA, contemplándose, entre otras unidades del primer
nivel operativo, la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES, cuya
responsabilidad primaria consiste en promover, difundir y apoyar las
actividades musicales y coreográficas de los cuerpos artísticos del
MINISTERIO DE CULTURA, generando la proyección nacional e internacional
de la música y la danza como componentes fundamentales de la cultura
argentina.
Que bajo la dependencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES
funciona, entre otros, el CORO NACIONAL DE JÓVENES, que ha desarrollado
un repertorio de carácter latinoamericano “a capella” con un alto grado
de profesionalización que lo distingue entre los cuerpos artísticos del
Ministerio.
Que la consolidación de dicho elenco musical, dada por la continuidad
de un mismo grupo de coreutas, ha favorecido el equilibrio sonoro
general y la cohesión de voces dentro de una misma cuerda.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal de
Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependiente del MINISTERIO DE
CULTURA, homologado por el Decreto N° 973/08, limita hasta los TREINTA
(30) años la edad de los integrantes del CORO NACIONAL DE JÓVENES.
Que con el objeto de consolidar un Coro inclusivo y que comprenda a
todos y todas sus integrantes con independencia del requisito etario,
el mentado Convenio Colectivo se encuentra en proceso de modificación.
Que frente a dicha circunstancia y atento los fundamentos expresados
precedentemente, se considera conveniente modificar la denominación del
“CORO NACIONAL DE JÓVENES”, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
ORGANISMOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, el cual
pasará a denominarse “CORO NACIONAL DE MÚSICA ARGENTINA”.
Que la medida propiciada no implica erogación presupuestaria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 4, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios Nº 22.520
(texto ordenado por Decreto N°438/92) y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer que el “CORO NACIONAL DE JÓVENES”, cuerpo
artístico estable que funciona en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
ORGANISMOS ESTABLES dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL,
pasará a denominarse “CORO NACIONAL DE MÚSICA ARGENTINA”, debiendo
considerarse sustituida por tal denominación cada vez que se hace
referencia al citado en primer término.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
e. 30/05/2022 N° 38583/22 v. 30/05/2022