PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 549/2022
DECAD-2022-549-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-51467345-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias en los términos de los Decretos Nros. 882
del 23 de diciembre de 2021 y 88 del 22 de febrero de 2022 y las
Decisiones Administrativas Nros. 4 del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de
enero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que resulta oportuno adecuar el Presupuesto vigente de la DEFENSORÍA
DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y de la DEFENSORÍA
DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, organismos
actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO, con el objeto de afrontar
gastos impostergables para su normal funcionamiento.
Que el incremento correspondiente a la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL se financia con la incorporación
de transferencias externas producto de una donación en el marco del
Convenio de Cooperación N° 13 suscripto con el Fondo de las Naciones
Unidas para la Infancia (UNICEF) cuyo objetivo es la divulgación,
promoción y capacitación destinadas a niños, niñas y adolescentes en
general acordes a la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación
Audiovisual y sus modificaciones.
Que resulta necesario ampliar el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL y
de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS, ambas de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, para atender erogaciones que hacen a su normal funcionamiento y
al cumplimiento de sus cometidos.
Que es menester incrementar los créditos de la SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para la contratación del
servicio de soporte técnico y mantenimiento especializado de licencias
HP, la regularización de licencias Microsoft y el software de análisis
de vulnerabilidad y seguridad de la infraestructura instalada y para
ampliar la capacidad de los data center y mejorar su conectividad y
extensión, a los fines de garantizar su funcionamiento en condiciones
seguras para sostener al BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y al
REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET (NIC.ar).
Que es pertinente incrementar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD (ANDIS), organismo descentralizado actuante en el ámbito
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el fin de
incorporar el pago del subsidio extraordinario de PESOS DOCE MIL
($12.000) según lo establecido por el Decreto N° 215 del 26 de abril de
2022.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS para la atención de los gastos por servicios
técnicos y profesionales en el marco de la modificación del organigrama
de la institución y de la adecuación a las necesidades reales.
Que es conveniente incrementar el presupuesto del MINISTERIO DEL
INTERIOR a los fines de dar cumplimiento a la Ley N° 26.215 de
Financiamiento de los Partidos Políticos y sus modificaciones.
Que corresponde realizar una compensación de créditos dentro de los
gastos en personal del MINISTERIO DE DEFENSA, con el fin de cubrir la
totalidad de los sueldos del mes de mayo del personal de inteligencia.
Que es oportuno adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, a los fines de atender diversos gastos de funcionamiento,
servicios técnicos y profesionales, sentencias judiciales y gastos de
mantenimiento, entre otros.
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto de garantizar la
correcta liquidación de los haberes del personal, de los servicios
técnicos y profesionales y para hacer frente a sentencias judiciales,
entre otros gastos.
Que es menester adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL
DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo descentralizado actuante en la órbita de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA, con el objeto de permitir mayores
transferencias con destino a la EMPRESA NEUQUINA DE SERVICIOS DE
INGENIERÍA S.E. y para la atención de erogaciones operativas y de
funcionamiento.
Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente de la UNIDAD DE
INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto de atender gastos de
funcionamiento.
Que es necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, reasignando sus créditos actuales con
el objeto de atender las erogaciones vinculadas a los servicios
técnicos y profesionales.
Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
a los efectos de asegurar el financiamiento de sus actividades
sustantivas que garanticen el correcto accionar institucional, para la
atención de las obligaciones emergentes del programa de becarios y sus
gastos en personal y para la adquisición de equipamiento estratégico,
vehículos y obras de infraestructura.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de permitir el financiamiento de los
servicios técnicos y profesionales, la adquisición de combustibles y
lubricantes, entre otras erogaciones operacionales que hacen al normal
funcionamiento del organismo.
Que corresponde ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL
DE VITIVINICULTURA (INV), organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos
de garantizar las adquisiciones de bienes y servicios y gastos de
capital que hacen a su normal funcionamiento.
Que es oportuno adecuar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL
DE SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado actuante en la órbita
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de
garantizar las erogaciones por servicios que hacen a su normal
funcionamiento.
Que es preciso adecuar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE
PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR), organismo descentralizado actuante en
la órbita del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, con el fin de atender
gastos que hacen al normal desenvolvimiento de la institución.
Que tal adecuación se financia con una disminución de las aplicaciones financieras del citado organismo descentralizado.
Que mediante el Decreto N° 556 del 24 de agosto de 2021 se creó el ENTE
NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE como organismo
descentralizado con autarquía administrativa, funcional y
económico-financiera, actuante en la órbita del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, con la misión de garantizar el seguimiento y la
fiscalización de la prestación de los servicios que se brinden en la
vía navegable troncal.
Que en el artículo 15 del mencionado decreto se dispone que hasta tanto
se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que
permitan la plena operatividad del mencionado Ente, los servicios
administrativos del MINISTERIO DE TRANSPORTE prestarán al organismo los
servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable,
financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica.
Que, en consecuencia, resulta necesario reforzar el presupuesto vigente
de la MINISTERIO DE TRANSPORTE con el fin de garantizar la puesta en
operatividad del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE.
Que, por otra parte, resulta menester reforzar el presupuesto vigente
de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los efectos de
garantizar la correcta liquidación de los haberes del personal y de sus
erogaciones operativas y de funcionamiento.
Que es preciso adecuar el presupuesto del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
con la finalidad de afrontar las renovaciones de los contratos en el
marco del Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017 y la firma de los
distintos contratos de consultoría a celebrarse dentro de la SECRETARÍA
DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del citado Ministerio; y realizar
las transferencias a la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de
los Ríos Limay, Neuquén y Negro; al Comité Interjurisdiccional del Río
Colorado (COIRCO); a la Comisión Regional del Río Bermejo (COREBE) y al
Consejo Hídrico Federal (COHIFE) en cumplimiento de los compromisos
asumidos por el ESTADO NACIONAL para su sostenimiento.
Que es menester reforzar el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN
para contribuir al sostenimiento de la DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL de la
UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES.
Que se incrementa el presupuesto del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA
E INNOVACIÓN para afrontar gastos relacionados con la federalización de
políticas de ciencia, tecnología e innovación.
Que corresponde disponer los créditos presupuestarios necesarios para
que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS),
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
atienda las erogaciones asociadas al Complemento Mensual respecto de la
Asignación por Hijo, dispuesto por el Decreto N° 719 del 19 de octubre
de 2021.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) con el fin de incorporar el
pago del subsidio extraordinario de PESOS DOCE MIL ($12.000), según lo
dispuesto por el Decreto N° 215 del 26 de abril de 2022.
Que, a su vez, se contempla un incremento para la citada institución de
la Seguridad Social, con el objeto de afrontar el pago durante el mes
de mayo del refuerzo de ingresos de PESOS NUEVE MIL ($9000),
establecido por el Decreto N° 216 del 28 de abril de 2022.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
SALUD, con el propósito de atender los gastos vinculados a las Acciones
de Salud Digital – Telesalud con el fin de brindar conectividad y
modernización a los Centros de Atención Primaria de Salud, como también
para atender transferencias con el objeto de dar sostenimiento a los
gastos en materia salarial de la ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA.
Que, en otro orden, se incrementa el presupuesto vigente de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR.
CARLOS G. MALBRÁN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SALUD, con destino a la adquisición de insumos en el
marco de la lucha contra el virus SARS-COV-2 y otros gastos de
funcionamiento vinculados a la puesta en marcha de la Unidad Operativa
del Centro Nacional de Genómica y Bioinformática.
Que, asimismo, se incrementa el presupuesto de la COLONIA NACIONAL
DOCTOR MANUEL A. MONTES DE OCA, organismo descentralizado actuante en
la órbita del MINISTERIO DE SALUD, para atender gastos en materia de
personal y de funcionamiento.
Que tal aumento se financia con una mayor estimación del cálculo de los recursos propios.
Que se refuerza el presupuesto del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD para atender acciones de asistencia integral de personas en
situación de violencia por motivos de género en el marco del Programa
Acompañar.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO,
destinados al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), actuante en
el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y a la empresa DIOXITEK
SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias y por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.591 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021 vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos de los Decretos Nros. 882
del 23 de diciembre de 2021 y 88 del 22 de febrero de 2022.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en
las Planillas Anexas (IF-2022-54054138-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/06/2022 N° 39738/22 v. 01/06/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)