BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

Decisión Administrativa 557/2022

DECAD-2022-557-APN-JGM - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2020-53077811-APN-SA#BNDG, las Leyes Nros. 23.511 y 26.548, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 38 del 22 de enero de 2013 y su modificatorio y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 23.511 se creó el BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) con el objetivo de obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación.

Que a través de la Ley Nº 26.548 se estableció que el referido Organismo funcionará de manera autónoma y autárquica en la órbita del entonces MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y se readecuó además su objeto y funciones.

Que por el Decreto Nº 38/13 se aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 26.548, que estableció, entre otras cuestiones, los rangos y jerarquías de las Autoridades Superiores de citado Organismo.

Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, incluyendo, entre ellos, el BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) como organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que resulta necesario dotar al BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) de una estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo que le permita gestionar las responsabilidades asignadas e incorporar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones, que como Anexos I (IF-2022-49378806-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2022-49380994-APN-DNDO#JGM), respectivamente forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Acciones, que como Anexos III (IF-2022-49382793-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2022-49384534-APN-DNDO#JGM), respectivamente, forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios los cargos pertenecientes al BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2022-49387687-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º.- Facúltase al Director General Técnico o a la Directora General Técnica del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, a modificar la estructura organizativa aprobada por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.

ARTÍCULO 5º.- Hasta tanto se conforme la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), el servicio de control interno del Organismo será brindado por la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

ARTÍCULO 6º.- El servicio de asesoramiento jurídico del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) será brindado por la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN hasta tanto se designe al o a la Titular de la Coordinación de Asuntos Jurídicos del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG).

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 71- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN – Entidad 121 - BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Daniel Fernando Filmus

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/06/2022 N° 40226/22 v. 02/06/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I


IF-2022-49378806-APN-DNDO#JGM


ANEXO II

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, financieros, y presupuestarios, en el marco de lo establecido en la normativa vigente, así como también, administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal del Organismo.

Actuar como enlace, dentro del ámbito de su competencia, en materia de integridad y ética en el ejercicio de la función pública; brindar asistencia y promover internamente la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.

ACCIONES:

1. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual del Organismo, y elevarlo a consideración del Consejo Consultivo, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 24 inciso d) de la Ley N° 26.548.

2. Efectuar el cálculo de recursos de las previsiones presupuestarias para la atención de los distintos programas que se determinen en las dependencias del Organismo.

3. Intervenir y asesorar en el diseño de los programas de actividades del Organismo en el aspecto económico-financiero.

4.  Controlar la ejecución físico-financiera del presupuesto del Organismo.

5. Realizar el seguimiento y análisis de la evolución de la programación presupuestaria del Organismo y elaborar estudios y trabajos comparativos sobre indicadores físicos y financieros.

6.  Coordinar la realización del registro contable de las erogaciones que realice el Organismo.

7. Diseñar y mantener actualizado el sistema propio de registración financiera en cumplimiento de los requerimientos de los Órganos Rectores.

8. Elaborar cuentas de inversión al cierre de cuentas de cada ejercicio y elevarlas a consideración del Consejo Consultivo del Organismo.

9. Dirigir los procesos de compras y contrataciones de bienes y servicios del Organismo.

10. Dirigir los procesos de selección del personal del Organismo, como así también la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, capacitación y desarrollo.

11. Supervisar la aplicación de la normativa en materia de medicina del trabajo e higiene y seguridad en el trabajo, en el ámbito del Organismo.

12. Implementar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia, ética y lucha contra la corrupción, realizando el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos por la OFICINA ANTICORRUPCIÓN.

13. Promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN sobre su nivel de avance.

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

DIRECCIÓN DE ANTROPOLOGÍA FORENSE

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir las actividades en materia de antropología forense y coordinar el desarrollo de las actividades relacionadas a las exhumaciones requeridas al Organismo.

ACCIONES:

1. Coordinar las actividades desarrolladas por los/las antropólogos/as forenses del área, relativas a la exhumación y toma de muestras óseas y dentales requeridas por los jueces competentes, que tengan por objeto la identificación de las personas mencionadas en el artículo 2° inciso a) de la Ley N° 26.548.

2. Articular acciones con la COMISIÓN NACIONAL POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD (CONADI), con la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo y con la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, en el marco de las medidas judiciales ordenadas.

3.  Supervisar, en el ámbito de su competencia, la cadena de custodia y el ingreso de las muestras biológicas en el laboratorio con motivo de las exhumaciones realizadas, así como también el registro, almacenamiento, ordenamiento y clasificación de muestras óseas.

4.  Monitorear la confección de los protocolos de trabajo e informes periciales realizados, en el ámbito de su competencia.

5. Desarrollar, en el marco de su competencia y en coordinación con MINISTERIO DE EDUCACIÓN, material educativo y de capacitación destinado a las distintas instituciones educativas, así como también dirigir la producción de contenidos académicos para revistas científicas, congresos, jornadas y seminarios en relación a su materia.

6. Asesorar, en el marco de su competencia, en el diseño de políticas públicas referentes a la identificación de personas desaparecidas.

7. Capacitar a los grupos de antropólogas/os que se incorporen al Organismo en el marco de los convenios de colaboración suscriptos, con el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) y/u otros organismos competentes de la Administración Pública Nacional.

8. Gestionar, en coordinación con la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, las actividades específicas de capacitación destinadas al personal del sector.

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

DIRECCIÓN DE LABORATORIO FORENSE

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las operaciones técnicas del laboratorio vinculadas con los análisis que se realicen en ocasión de las pericias forenses y en la implementación de los requisitos exigidos para el funcionamiento del mismo en la normativa aplicable.

ACCIONES:

1. Supervisar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente respecto al funcionamiento del laboratorio.

2. Elaborar informes relativos a las operaciones técnicas del laboratorio.

3. Supervisar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de los procedimientos del sistema de cadena de custodia y normas de bioseguridad en los laboratorios forenses y conceder las autorizaciones pertinentes para el ingreso a las áreas del laboratorio, así como también la aplicación de los procedimientos estandarizados indicados por el Organismo.

4. Efectuar el seguimiento del personal que ingresa al laboratorio, y relevar las necesidades de capacitación del personal del sector, de acuerdo con los instructivos, guías o procedimientos pertinentes al área.

5. Efectuar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento de los procesos para coordinar acciones preventivas, correctivas y de control de producto/servicio para el óptimo funcionamiento del laboratorio.

6. Elaborar las especificaciones técnicas de los insumos, reactivos, equipos y demás elementos requeridos para las pruebas periciales, realizar el control de calidad, la inspección de los mismos durante su recepción y efectuar su almacenamiento, como así también el seguimiento del stock de insumos y reactivos del laboratorio.

7. Realizar el seguimiento de los proyectos de validación y/o revalidación de métodos analíticos para el laboratorio.

8. Recabar información relativa a los insumos, reactivos, equipos y demás elementos requeridos para el funcionamiento del laboratorio y atender los requerimientos de funcionamiento, garantía y mantenimiento de los equipos del área.

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar y coordinar proyectos de investigación relativos a la genética forense.

Proponer al Consejo Consultivo del Organismo, el diseño e implementación de actividades de capacitación en materia de genética forense, dirigidas tanto al personal del Organismo como a terceros.

ACCIONES:

1. Proponer nuevos proyectos de investigación en materia de genética forense para la identificación de personas desaparecidas.

2. Articular acciones con las Universidades Nacionales, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) y con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional para la solicitud de becas e incorporación de investigadores de carrera, en coordinación con el Consejo Consultivo del Organismo en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 26.548.

3. Proponer a las autoridades del Consejo Consultivo del Organismo la creación de centros de estudios y de capacitación para la realización de estudios e investigaciones relacionadas con la materia de su competencia.

4.  Proponer al Consejo Consultivo del Organismo la obtención de subsidios para investigación y desarrollo.

5.  Participar, en el ámbito de su competencia, en la organización de intercambios de colaboración entre la REPÚBLICA ARGENTINA y otros países de Latinoamérica en materia de proyectos de investigación y desarrollo en genética forense.

6.  Asistir a las Autoridades Superiores del Organismo en la organización de una red latinoamericana de datos genéticos forenses.

7.  Proponer a la comunidad científica el desarrollo del software de aplicación en las técnicas de genética forense.

8.  Coordinar, con los organismos con competencia en la materia de la Administración Pública Nacional, la aplicación de protocolos para la realización de certificaciones de técnicas en materia de genética forense.

9. Desarrollar, en el marco de su competencia, actividades de capacitación dirigidas al personal del área y/o a la comunidad científica en materia de genética forense, de acuerdo a los lineamientos que establezca el Consejo Consultivo del Organismo.

10. Articular acciones con el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN y con la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, destinadas al desarrollo y la financiación de nuevas herramientas aplicadas a la genética forense.

IF-2022-49380994-APN-DNDO#JGM



ANEXO III


IF-2022-49382793-APN-DNDO#JGM


ANEXO IV

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS


ACCIONES:

1. Dirigir y coordinar el servicio jurídico permanente del Organismo.

2. Asesorar, en el ámbito de su competencia, a las autoridades del Organismo en los asuntos que se sometan a su consideración.

3. Asistir al Director General Técnico en la representación legal del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) en los procesos judiciales en los que el Organismo sea parte.

4. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la tramitación de los recursos, reclamos y denuncias que se sustancien en el ámbito del Organismo y en el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN.

5. Dictaminar en los expedientes administrativos en los que tramiten proyectos de actos administrativos vinculados con las competencias asignadas al Organismo.

6. Asistir en la representación y defensa en juicio en las causas que involucren al Organismo, y proponer a los/las funcionarios/as letrados/as que deberán actuar, impartiéndoles las instrucciones que fueren pertinentes.

7. Asesorar, en el marco de su competencia, en la elaboración de los proyectos de contratos, convenios y demás instrumentos de carácter jurídico sometidos a su consideración.

8. Intervenir en el trámite y diligenciamiento de los oficios judiciales y la gestión de las notificaciones judiciales, en el ámbito de su competencia.

9. Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN las medidas en las que participen agentes del Organismo tendientes a obtener muestras para la realización de estudios genéticos.

10. Efectuar la recepción, clasificación, digitalización, registro y archivo de la documentación y correspondencia, dándoles trámite conforme lo establece el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA, ESTADÍSTICA Y BASE DE DATOS

ACCIONES:

1. Implementar y administrar la infraestructura informática y de comunicaciones del Organismo.

2. Identificar, proponer y evaluar las herramientas de software para su uso en el laboratorio del Organismo, en materia de generación de bases de datos poblacionales y cálculos estadísticos.

3. Asistir a las autoridades del Organismo, en los aspectos relativos a la seguridad de los sistemas informáticos y en la implementación de las medidas necesarias para garantizar la inviolabilidad e inalterabilidad de los datos, en el marco de lo establecido en la Ley N° 26.548.

4. Evaluar y proponer el uso de las herramientas que se adapten a las necesidades específicas del Organismo y propicien la trazabilidad de sus actividades.

5. Realizar informes técnicos que sirvan como insumo para detectar vulnerabilidades y facilitar la toma de decisiones.

6.  Brindar soporte técnico a las áreas del Organismo.

7. Promover, en el ámbito de su competencia, la evaluación y detectar las necesidades de software para facilitar las certificaciones ISO 17.025 en el marco de las políticas de confidencialidad.

8.  Contribuir, en el ámbito de su competencia, a estandarizar la generación y análisis de bases de datos poblacionales mediante algoritmos para tal fin.

9. Confeccionar y mantener actualizado un registro de herramientas de software homologadas para el uso en los laboratorios de genética forense, ejecutando los procedimientos de validación ante cada nueva versión.

10. Proponer desarrollos propios para uso en los laboratorios en el área de análisis y homologación de software para cálculos estadísticos en los laboratorios de genética forense.

11. Evaluar y ejecutar las modificaciones, actualizaciones y mejoras necesarias de software para las bases de datos de genética forense.

12. Coordinar y capacitar, en el ámbito de su competencia, grupos de bioinformáticos/as que se incorporen al Organismo en el marco de convenios de colaboración de actividades conjuntas en relación a la búsqueda de personas desaparecidas con el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) y otros organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

IF-2022-49384534-APN-DNDO#JGM


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

INCORPORACIONES



IF-2022-49387687-APN-DNDO#JGM



NOTA ACLARATORIA

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

Decisión Administrativa 557/2022

En la edición del Boletín Oficial N° 34.933 del día jueves 2 de junio de 2022, página 11, Aviso N° 40226/22, en la que se publicó la citada norma, se deslizó el siguiente error:

Donde dice:

Decisión Administrativa 557/2020

Debe decir:

Decisión Administrativa 557/2022

e. 06/06/2022 N° 40739/22 v. 06/06/2022