CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL
Resolución 29/2022
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2022
Visto:
Lo dispuesto por el artículo 17° del Decreto Ley N° 6.070/58,
ratificado por la Ley 14.467, y el texto ordenado del Reglamento
Interno vigente aprobado por Resolución CD N° 68 de fecha 29 de octubre
de 2020, Acta N° 1610, B.O. del 14 de enero de 2021 y modificado por
Resolución CD N° 57, de fecha 28 de octubre de 2021, Acta N° 1631, y
publicado en el B.O. de fecha 29 de noviembre de 2021, y
Considerando:
Que el 29 de septiembre de 2022 cesan en sus mandatos los Consejeros
Universitarios Titulares, Ingeniero Civil Waldo S. Teruel; Ingeniero en
Construcciones José María Izaguirre; Ingeniero Civil Enrique A.
Sgrelli; Ingeniero Civil Adrian A. Comelli, Ingeniero Civil Carlos A.
Alfaro, y los Consejeros Universitarios Suplentes, Ingeniero Civil
Pablo J. Bereciartúa; Ingeniero Civil José D. Cancelleri; Ingeniero
Civil Francisco M. Defferrari de Achával y el Ingeniero en
Construcciones Carlos G. Gauna.
Que en virtud de lo expuesto y en razón de la Ley de Ejercicio
Profesional (Decreto Ley 6070/58 - Ley 14.467) y disposiciones
reglamentarias vigentes, deberá procederse a la elección de cinco
Consejeros Universitarios Titulares y cuatro Consejeros Universitarios
Suplentes.
Que a sus efectos se ha preparado el padrón provisorio a la fecha de la
presente y demás elementos destinados al cumplimiento del acto
eleccionario, cerrando el padrón definitivo al 30 de junio de 2022,
teniendo los matriculados hasta el 30 de junio de 2022 para efectuar
las observaciones por errores u omisiones del padrón provisorio.
Que, en tal sentido, el artículo 3° del Reglamento interno vigente,
dispone que a los efectos del proceso electoral, los electores y
elegidos deben figurar como activos, es decir, que no tengan suspendida
o cancelada su matrícula al 30 de junio 2022 y que hayan realizado el
pago de la matrícula antes de la fecha indicada, advirtiendo que, en
caso de que el profesional haya optado por el pago fraccionado del
Derecho de Matrícula, deberá estar al día con los vencimientos
comprendidos hasta la fecha antes mencionada. Asimismo, para ser
elegido Consejero deberá tener al menos dos años de matriculado activo
en este Consejo Profesional de Ingeniería Civil al 30 de junio del año
de la elección y, al menos, cinco años de antigüedad en la matrícula
(conf. artículo 17°, inciso b) del Decreto Ley N° 6.070/1958,
ratificado por la Ley N° 14.467).
Que conforme lo dispone el artículo 8°, último párrafo, del Reglamento
Interno vigente, corresponde determinar que el voto podrá emitirse de
manera presencial o por votación electrónica.
Que en el caso del voto a efectuarse de manera presencial, conforme
dispone el artículo 8°, inciso 1° del Reglamento Interno vigente, éste
podrá emitirse concurriendo personalmente a la sede del Consejo
Profesional de Ingeniería Civil y depositarlo en las urnas habilitadas
desde el 15 de julio de 2022, hasta el quinto día hábil posterior, esto
es el 22 de julio de 2022, a las 12.00 hs., en los horarios en que esté
abierto el Consejo Profesional, debiendo encontrarse a la vista en el
recinto especialmente habilitado al efecto, a disposición del elector
un ejemplar del Padrón, boletas en blanco y boletas pre impresas
promovidas en su caso. Dicho recinto será de características que
permitan al elector emitir el sufragio con absoluta privacidad.
Que en el caso del voto a efectuarse de forma electrónica, conforme
determina el artículo 8°, inciso 3 del Reglamento citado, se efectuará
a través de internet desde el 15 de julio de 2022 a las 9:00 horas,
hasta el quinto día hábil posterior, esto es el 22 de julio de 2022, a
las 12.00 hs., utilizando cualquier dispositivo con conexión a la
internet para lo cual solamente el matriculado debe habilitar un correo
electrónico y/o un número de teléfono a fin de ser previamente
autenticado para votar. En la pantalla donde se emitirá el voto deberá
haber acceso al padrón de matriculados habilitados y un instructivo
sobre la metodología de votación y la forma operativa de emitir el voto
electrónico. El matriculado podrá actualizar, modificar o registrar un
correo electrónico hasta el día 30 de junio de 2022. Quien no
actualice, modifique o registre un correo electrónico hasta la fecha
antes indicada no podrá votar de manera electrónica.
Que conforme lo dispone el artículo 6° del Reglamento Interno vigente,
se remitirán a cada empadronado, por correo postal simple, los
siguientes elementos: a) La invitación al escrutinio a realizarse el
primer día hábil posterior a la fecha de cierre de la votación a las
10.00 hs.; b) Una boleta en papel blanco, donde el votante escribirá
los nombres de sus candidatos; c) Un sobre de papel blanco, opaco, sin
inscripción alguna, en el cual se introducirá la boleta antes
mencionada; d) Un sobre de papel blanco y opaco que se empleará para
introducir el sobre referido en el punto anterior, al dorso del cual
constará el nombre y apellido, número de matrícula del votante y la
firma que tuviera registrada en el Consejo.
Que, adicionalmente, conforme determina el artículo 7° del Reglamento
interno vigente, el envío por correo postal podrá contener las
promociones siempre que reúnan las siguientes condiciones: a) Que el
candidato sea propiciado por lo menos por el uno por ciento (1 %) del
padrón provisorio; b) Si se desea que se acompañe boleta pre-impresa,
la misma deberá efectuarse conforme con el modelo que apruebe la Junta
Electoral, indicando primero el apellido, en mayúscula, y luego el
nombre completo y número de matrícula profesional; c) Los impresos, en
su caso, adecuadamente plegados para poder ser fácilmente ensobrados,
deberán presentarse hasta el día 30 de junio del año de la elección o
día hábil anterior, a las 17 horas.
Que, en tal sentido, conforme dispone el artículo 7° del Reglamento
Interno vigente, los matriculados podrán promover adhesiones a
determinados candidatos o nómina de candidatos, remitiendo por un
correo electrónico registrado previamente en el Consejo a la dirección
elecciones@cpic.org.ar, un ejemplar de la lista de candidatos, con
firma digital de los mismos aceptando la postulación al igual que sus
proponentes. La presentación también podrá ser realizada en soporte
papel en la Mesa de Entradas del Consejo con firma ológrafa de los
candidatos y proponentes registradas en el Consejo. En dicha
oportunidad deberán indicar los fiscales con nombre, apellido y
matrícula que actuarán por la lista a la que adhieren. Los fundamentos
a la candidatura no podrán exceder de una hoja de tamaño A4 en Arial
11, y su texto debe resguardar las exigencias de la ética profesional,
ampliamente entendida. Las adhesiones incluirán el nombramiento de un
apoderado que será responsable personal y éticamente de todo lo actuado
por el grupo promotor. El apoderado deberá cumplir las mismas
condiciones que los adherentes. Tanto la presentación de los
fundamentos como de las adhesiones a la candidatura podrán ser
remitidas vía correo electrónico registrado con firma digital del
remitente. Se acompañará nota de cada candidato con firma digital u
ológrafa registrada en este Consejo aceptando su nominación.
Que corresponde publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial
de la Nación por el lapso de un día, en el Newsletter semanal “Noticias
del CPIC” y en la página web de este Consejo Profesional y comunicar a
la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura,
Arquitectura e Ingenierías.
Que las facultades para dictar esta Resolución surgen de lo dispuesto
por el Decreto Ley N° 6.070/58, ratificado por la Ley 14.467, y
artículos 3 y ss. del Reglamento Interno vigente.
Por ello,
El Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ingeniería Civil
Resuelve:
Artículo 1º) Convocar a los universitarios matriculados en condiciones
legales para la elección de cinco Consejeros Universitarios Titulares,
por el término de cuatro años, con mandato a partir del 29 de
septiembre de 2022, y cuatro Consejeros Universitarios Suplentes por el
término de dos años, con mandato a partir del 29 de septiembre de 2022.
Artículo. 2°) Disponer que la recepción de votos se efectuará de manera
electrónica en forma remota a través de internet desde el 15 de julio
de 2022 a las 9:00 horas, hasta el 22 de julio de 2022 a las 12.00 hs.,
utilizando cualquier dispositivo con conexión a la internet para lo
cual solamente el matriculado debe habilitar un correo electrónico y/o
un número de teléfono a fin de ser previamente autenticado para votar.
Artículo 3°) Disponer que la recepción de los votos se podrá hacer
también de manera presencial concurriendo personalmente a la sede del
Consejo Profesional de Ingeniería Civil y depositándolos en las urnas
habilitadas desde el 15 de julio de 2022, hasta el quinto día hábil
posterior, esto es el 22 de julio de 2022, a las 12.00 hs., en los
horarios en que esté abierto el Consejo Profesional, debiendo
encontrarse a la vista en el recinto especialmente habilitado al
efecto, a disposición del elector un ejemplar del Padrón, boletas en
blanco y boletas pre impresas promovidas en su caso. Dicho recinto será
de características que permitan al elector emitir el sufragio con
absoluta privacidad.
Artículo 4°) Establecer que los matriculados podrán actualizar,
modificar o registrar un correo electrónico hasta el día 30 de junio de
2022, y que quien no actualice, modifique o registre un correo
electrónico hasta la fecha antes indicada no podrá votar de manera
electrónica.
Artículo. 5º) Poner a disposición el padrón provisorio a partir del día
hábil posterior al dictado de la presente en las oficinas del Consejo
Profesional de Ingeniería Civil, sitas en la calle Alsina 424, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6°) Incluir en el sitio web de este Consejo Profesional, a
partir del día hábil posterior al dictado de la presente, el padrón
provisorio, con mención de Apellido, Nombre y Número de Matrícula,
advirtiendo que dicho padrón no contendrá los correos electrónicos de
los matriculados.
Artículo 7°) Disponer, que los matriculados podrán promover adhesiones
a determinados candidatos o nómina de candidatos, remitiendo por un
correo electrónico registrado previamente en el Consejo a la dirección
elecciones@cpic.org.ar, un ejemplar de la lista de candidatos, con
firma digital de los mismos aceptando la postulación al igual que sus
proponentes. La presentación también podrá ser realizada en soporte
papel en la Mesa de Entradas del Consejo con firma ológrafa de los
candidatos y proponentes registradas en el Consejo. En dicha
oportunidad deberán indicar los fiscales con nombre, apellido y
matrícula que actuarán por la lista a la que adhieren. Los fundamentos
a la candidatura no podrán exceder de una hoja de tamaño A4 en Arial
11, y su texto debe resguardar las exigencias de la ética profesional,
ampliamente entendida. Las adhesiones incluirán el nombramiento de un
apoderado que será responsable personal y éticamente de todo lo actuado
por el grupo promotor. El apoderado deberá cumplir las mismas
condiciones que los adherentes. Tanto la presentación de los
fundamentos como de las adhesiones a la candidatura podrán ser
remitidas vía correo electrónico registrado con firma digital del
remitente. Se acompañará nota de cada candidato con firma digital u
ológrafa registrada en este Consejo aceptando su nominación.
Artículo 8°) Hacer saber a los matriculados que podrán formularse
observaciones por errores u omisiones exclusivamente en el padrón
provisorio, hasta el 30 de junio de 2022, y sobre esa base se formulará
el padrón definitivo dentro de los cinco días hábiles siguientes, que
se exhibirá en su sede y sitio web hasta el día del cierre de la
elección.
Artículo 9°) Delegar en la Mesa Directiva la posibilidad de enviar el
padrón provisorio a los Colegios de Ingenieros y Técnicos provinciales,
a las Asociaciones Profesionales, reparticiones públicas y otros
organismos vinculados al ejercicio profesional, que, a su juicio,
resulte conveniente, para su más amplia difusión.
Artículo 10°) Designar para integrar la Junta Electoral, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 4° del Reglamento Interno, a los Señores
Consejeros Ingeniero Civil Enrique Sgrelli, como Presidente, Ingeniero
Civil Horacio Minetto, Como Secretario, e Ingeniero Civil Carlos A.
Alfaro, como Vocal.
Artículo 11º) Fijar el escrutinio que se realizará de manera presencial
y se transmitirá por teleconferencia en sesión pública el día 25 de
julio de 2022 a las 10.00 hs., a la que tendrán acceso únicamente los
matriculados que previamente se hayan registrado para asistir, tengan
matrícula activa y se identifiquen el día de la sesión con profesión,
nombre, apellido y número de matrícula.
Artículo 12°) Establecer, a los efectos del proceso electoral del
corriente año para la elección de cinco Consejeros Universitarios
Titulares y cuatro Consejeros Universitarios Suplentes, que los
electores y elegidos deben figurar como activos, es decir, que no
tengan suspendida o cancelada su matrícula al 30 de junio 2022 y que
hayan realizado el pago de la matrícula antes de la fecha indicada,
advirtiendo que, en caso de que el profesional haya optado por el pago
fraccionado del Derecho de Matrícula, deberá estar al día con los
vencimientos comprendidos hasta la fecha antes mencionada. Asimismo,
para ser elegido Consejero deberá tener al menos dos años de
matriculado activo en este Consejo Profesional de Ingeniería Civil al
30 de junio del año de la elección y, al menos, cinco años de
antigüedad en la matrícula.
Artícuo 13°) Establecer que se remitirán a cada empadronado, por correo
postal simple, los siguientes elementos: a) La invitación al escrutinio
a realizarse el primer día hábil posterior a la fecha de cierre de la
votación a las 10.00 hs.; b) Una boleta en papel blanco, donde el
votante escribirá los nombres de sus candidatos; c) Un sobre de papel
blanco, opaco, sin inscripción alguna, en el cual se introducirá la
boleta antes mencionada; d) Un sobre de papel blanco y opaco que se
empleará para introducir el sobre referido en el punto anterior, al
dorso del cual constará el nombre y apellido, número de matrícula del
votante y la firma que tuviera registrada en el Consejo; y que,
adicionalmente, conforme determina el artículo 7° del Reglamento
interno vigente, el envío por correo postal podrá contener las
promociones siempre que reúnan las siguientes condiciones: a) Que el
candidato sea propiciado por lo menos por el uno por ciento (1 %) del
padrón provisorio; b) Si se desea que se acompañe boleta pre-impresa,
la misma deberá efectuarse conforme con el modelo que apruebe la Junta
Electoral, indicando primero el apellido, en mayúscula, y luego el
nombre completo y número de matrícula profesional; c) Los impresos, en
su caso, adecuadamente plegados para poder ser fácilmente ensobrados,
deberán presentarse hasta el día 30 de junio del año de la elección o
día hábil anterior, a las 17 horas.
Artículo 14°) Publicar en el Boletín Oficial de la Nación, por el lapso
de un día, en el Newsletter semanal “Noticias del CPIC” y en la página
web de este Consejo Profesional y comunicar a la Junta Central de los
Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías.
Luis E. J. Perri - Waldo S. Teruel
e. 03/06/2022 N° 40583/22 v. 03/06/2022