MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

Resolución 6/2022

RESOL-2022-6-APN-SDT#MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO el Expediente EX-2022-51191467-APN-DGDYD#MDTYH, las Resolución Nº 44 del 18 de febrero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, las Resoluciones Nros 2 del 8 de marzo de 2021 y 10 del del 12 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 44/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, se creó el “Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial” implementado a través de esta SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL.

Que por Resolución N° 2/21 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO, se desarrollaron los componentes del mencionado “Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial”.

Que en el marco de las competencias, que en materia de suelo -planificación y uso del territorio- poseen los gobiernos sub nacionales, resulta indispensable asistir y apoyar técnicamente a las Provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Municipios, en la gestión del suelo público y promover la conformación y gestión estratégica de bancos de tierra y su instrumentación.

Que, teniendo en cuenta la necesidad de promover la implementación de políticas urbanas, instrumentos de gestión de suelo y planificación territorial eficaces mediante el reconocimiento y la difusión de experiencias municipales y provinciales, el “Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial” cuenta con el Concurso de “Experiencias Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina”.

Que tal como lo establece el artículo 5° de la Resolución N° 44/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, el referido Concurso tiene como objeto relevar y sistematizar experiencias aplicadas de políticas urbanas, instrumentos de gestión de suelo y planificación territorial eficaces, así como reconocer y difundir las experiencias municipales y provinciales que sean seleccionadas, promoviendo su aplicación en las demás provincias y municipios.

Que el artículo 6° de la Resolución N° 2/21 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, determina que el Concurso de “Experiencias Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina” consistirá en la selección de experiencias conforme lo determine el reglamento del concurso.

Que asimismo, el artículo 8° de la Resolución antes mencionada, determina de manera enunciativa, que el reglamento del concurso deberá establecer, las bases y condiciones que lo regirán, los criterios para la selección de las propuestas presentadas, los premios a otorgar, los integrantes del Jurado del concurso, así como cualquier otro aspecto del concurso que requiera ser reglamentado.

Que por Resolución N° 10/21 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, se aprobaron las bases y condiciones para el primer Concurso de “Experiencias Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina”, realizado durante el año 2021.

Que actualmente, es intención de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL promover una segunda edición del concurso para el año 2022.

Que para ello, resulta necesario aprobar el reglamento del Segundo Concurso de “Experiencias Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina”, en el marco del “Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial”.

Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención que le compete.

Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 7° de la Resolución N° 44/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Por ello,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO TERRITORIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Reglamento del Segundo Concurso de “Experiencias Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina”, que como Anexo I (IF-2022-51268993-APN-SDT#MDTYH) integra la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luciano Scatolini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/06/2022 N° 40654/22 v. 03/06/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

< src="res6mdtyh_1.jpg">

Reglamento

Segundo Concurso de Experiencias y Propuestas Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina

Bases y Condiciones

1..... Objetivos. 4

2..... Participantes. 4

3..... Presentación de Experiencias y Propuestas 5

4..... Cronograma. 7

5..... Formulación de las consultas 7

6..... Informes y respuestas de la Asesoría. 8

7..... Criterios de evaluación. 8

8..... Jurado. 9

9..... Reconocimiento y publicación de las experiencias y propuestas premiadas 11

10.... Difusión de las experiencias y propuestas presentadas 11

11.... Anuncio de los resultados del concurso. 12

12.... Cronograma del concurso. 12

13.... Disposiciones generales 12

Segundo Concurso de Experiencias y Propuestas Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina

El presente Concurso es organizado por la Secretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación y se enmarca en el Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial, que lleva adelante dicha Secretaría. La intención del mismo es relevar y reconocer experiencias y propuestas de políticas urbanas, instrumentos de gestión de suelo, políticas de hábitat inclusivas, así como experiencias y propuestas de planificación territorial aplicadas y/o diseñadas por gobiernos locales y provinciales, o bien organismos regionales de nivel subnacional. El Concurso busca así apoyar y difundir iniciativas destacadas y promover su aplicación en las demás jurisdicciones subnacionales del país.

Invitamos a todos los gobiernos locales y provinciales del país, interesados en postular sus experiencias y proyectos en esta segunda edición del Concurso, a leer atentamente las siguientes Bases y Condiciones de la Convocatoria, donde se detalla la información necesaria para participar y completar la postulación.

A continuación, se mencionan, a manera de ejemplo y no excluyentes, tipos de experiencias, políticas e instrumentos que pueden postular al concurso:

• Aplicación de la recuperación de valorización inmobiliaria o plusvalías urbanas.

• Creación y administración de Bancos de tierra e inmuebles.

• Utilización de zonificación inclusiva.

• Consorcios urbanísticos.

• Políticas activas de regularización dominial.

• Utilización de la Prescripción Administrativa, Ley Nacional 24.320.

• Políticas habitacionales de nivel local o provincial.

• Círculos cerrados de ahorro para suelo y/o vivienda.

• Creación de empresas públicas vinculadas a políticas urbanas y/o habitacionales.

• Movilización de suelo ocioso.

• Constitución de Fideicomisos públicos para financiar suelo, vivienda y/o desarrollo urbano.

• Protección de humedales.

• Incremento de áreas verdes públicas.

• Aplicación de la Contribución por mejoras para financiar obras públicas.

• Aumentos en la recaudación tributaria por mejoras en la administración de los tributos vinculados a la propiedad inmobiliaria.

• Utilización / creación de catastros multifinalitarios.

• Promoción y/o desarrollo de parques agrarios / protección del periurbano productivo.

• Procesos de planificación que promuevan un desarrollo territorial inclusivo y sustentable, que apunte a vincular las políticas locales con proyectos de planificación territorial supralocal (de nivel nacional, regional o provincial).

• Procesos de planificación territorial que promuevan específicamente la reducción de la desigualdad.

• Proyectos de ensanches urbanos ejecutados o próximos a ejecutarse, que propongan criterios de sustentabilidad, equidad en el acceso al suelo y/o promuevan la inclusión de los sectores de menores ingresos.

1. Objetivos

El Segundo Concurso “Experiencias y Propuestas Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina” de la Secretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, tiene como objetivo general identificar, reconocer y difundir experiencias y propuestas locales y provinciales aplicadas o en procesos de formulación / aplicación en nuestro país, de políticas urbanas, de hábitat, gestión de suelo y planificación territorial que hayan resultado eficaces o tengan capacidad de serlo una vez aplicadas.

Asimismo, se promoverá la aplicación de las experiencias y propuestas reconocidas en las demás provincias y municipios del país, adecuadas a cada contexto.

2. Participantes

El Concurso está dirigido a gobiernos subnacionales y prevé dos categorías:

a. Experiencias aplicadas de políticas urbanas, de hábitat y gestión de suelo.

b. Proyectos o propuestas de planificación territorial que vinculen las políticas locales con proyectos de planificación territorial supralocal (de nivel nacional, regional o provincial).

Pueden postular sus experiencias y propuestas todos los gobiernos provinciales y locales del país. Las mismas deben ser presentadas por los equipos de gobierno que han diseñado, puesto en marcha y/o implementado los diversos trabajos; o se encuentran participando a través de un representante, cuyo contacto se especificará en el Formulario de Postulación. Los premios serán otorgados a los gobiernos locales o provinciales que implementaron, implementan o implementarán los trabajos presentados y no individualmente a quienes la postulen.

La Secretaría de Desarrollo Territorial recibirá las postulaciones a partir del lunes 30 de mayo de 2022 a las 10:00 hs., a través del formulario en línea previsto en la página web https://www.argentina.gob.ar/habitat/desarrollo-territorial/programa-planificacion-y-o rdenamiento-territorial/concurso.

(Nota Infoleg: por art. 2º de la Resolución Nº 11/2022 de la Secretaría de Desarrollo Territorial B.O. 29/8/2022 se aclara que a los fines de completar el formulario de inscripción a través del link que se prevé en el punto 2 del Reglamento del Segundo Concurso de “Experiencias y Propuestas Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina” se utilizará la plataforma TRAMITE A DISTANCIA - TAD. Vigencia: comenzará a regir desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

3. Presentación de Experiencias y Propuestas

El gobierno que postule su experiencia y/o propuesta podrá realizar más de una presentación, siempre que cada una de ellas hayan sido aplicadas o proyectadas en momentos diferentes y en la medida que ninguna de las experiencias presentadas implique una continuidad de otra que se presenta.

Asimismo, la experiencia y/o propuesta presentada puede incluir más de un programa o instrumento, en la medida que ellas formen parte de una política o estrategia que las incluya, y siempre vinculadas a las temáticas del Concurso.

El envío de las propuestas se realizará a través de la web del Concurso.

Los postulantes deberán:

A. Completar el formulario online con los datos de la postulación de la experiencia o proyecto.

A. Adjuntar el archivo que contenga la información de la experiencia o proyecto (en formato word y en formato pdf), cuya extensión no podrá superar las 25 páginas (incluyendo tablas, gráficos, imágenes), según el siguiente esquema de presentación:

a. Título de la experiencia o proyecto, incluyendo gobierno local / provincial en el que se implementó.

b. Breve resumen de la experiencia o proyecto (hasta 500 palabras).

c. Contexto en el que se implementó o en el que se prevé implementar (problema/s existente/s, antecedentes, breve caracterización de la situación, magnitud del problema, territorio que abarca, etc.).

d. Descripción de la experiencia o proyecto: objetivos, en qué consistió la política / instrumento aplicada o en qué consiste el proyecto que se plantea, actores, áreas de gobierno y recursos involucrados, área de influencia, cómo se instrumentó o se prevé instrumentar, período de tiempo en el que se implementó -si aplica- (incluir mapas, gráficos, fotos y otros materiales que permitan ilustrar mejor la experiencia o proyecto presentado).

e. Resultados alcanzados o que se prevén alcanzar.

f. Consideraciones para su replicabilidad en otros gobiernos locales / provinciales.

g. Anexo con la documentación oficial de la normativa vinculada a la política implementada o proyecto postulado.

h. Datos de contacto de la persona responsable de la postulación: nombre y apellido, dirección de correo electrónico y teléfono.

A. Adjuntar la declaración jurada firmada por la autoridad competente que acredite:

1. Que la totalidad de la información consignada en el formulario, así como también la documentación incluida es real.

2. Que se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat a utilizar el material proporcionado (imágenes, gráficos, fotografías, documentos escritos, videos) para su reproducción, difusión y comunicación pública.

Las experiencias y/o proyectos que se postulen deben:

1. Para la categoría “a. Experiencias aplicadas de políticas urbanas, de hábitat y gestión de suelo”, la política debe haber sido implementadas por el gobierno subnacional que realiza la postulación o bien encontrarse en una etapa avanzada de implementación, cuyo grado de avance permita su evaluación. No serán admitidas en esta categoría iniciativas proyectadas o planificadas para su desarrollo futuro. Se deberá contar con información fehaciente y demostrable que testifique los alcances de la experiencia de gestión, incluso cuando se encuentre en ejecución.

1. Para la categoría “b. Proyectos o propuestas de planificación territorial (de nivel nacional, regional o provincial)”, el proyecto postulado debe haber sido desarrollado en su totalidad, aunque no haya sido aún implementado. Se deberá contar con información fehaciente y demostrable que testifique que el proyecto ha sido desarrollado y no se encuentre aún en proceso de diseño. Como mínimo, se exigirá que la propuesta cuente con estado parlamentario (elevación formal ante el ámbito correspondiente).

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos redundará en la inmediata desestimación de la postulación.

Asesoría

El equipo de Asesores es el siguiente:

a. Urb. Juan Ignacio Duarte

b. Dr. Luis Baer

c. Arq. Marcelo Corti

4. Cronograma

Los participantes podrán formular consultas a la Asesoría referidas a dudas de interpretación, alcance o cualquier otro tema relativo al Concurso y que no se encuentre expresado en las Bases.

Se realizarán dos rondas de consultas. La primera ronda tendrá lugar desde el 30 de mayo de 2022 a las 10:00 hs. hasta el 16 de junio de 2022 a las 18:00 hs. La segunda ronda tendrá lugar desde el 27 de junio de 2022 a las 10:00 hs. hasta el 8 de julio de 2022 a las 18:00 hs.

Las respuestas de la asesoría serán publicadas en la web del Concurso el 24 de junio a las 10:00 hs. y el 15 de julio a las 10:00 hs. Las mismas estarán a disposición de los interesados y serán enviadas por mail desde la casilla oficial a cada uno de los participantes.

5. Formulación de las consultas

Se deberán referir a puntos concretos de las Bases.

Deben ser expresadas en forma breve y clara.

Estarán dirigidas a: “Asesoría del II Concurso de Experiencias y Propuestas Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina”. Las consultas se recibirán sólo por mail a la casilla de correo: concursodesarrolloterritorial@minhabitat.gob.ar

Para el envío de las consultas, los participantes deberán utilizar la misma casilla de correo desde la que envíe el formulario de inscripción y la documentación adjunta.

6. Informes y respuestas de la Asesoría

Los circulares que emita la Asesoría en forma directa y/o dando respuesta a las consultas formuladas por los participantes, debidamente refrendados por los Asesores, pasarán a formar parte de las Bases y serán entregadas al Jurado en el momento de su constitución.

7. Criterios de evaluación

A fin de determinar las experiencias reconocidos por el concurso en la categoría “a. Experiencias aplicadas de políticas urbanas, de hábitat y gestión de suelo”, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios.

Resultados concretos: la experiencia cuenta con impactos demostrables y medibles, preferentemente avalados por indicadores.

Impacto: la experiencia generó o está generando un impacto positivo en términos de inclusión socioterritorial, desarrollo con inclusión social, promueve la mejora del bienestar para las personas de su comunidad y una respuesta de cierta magnitud respecto al problema que intenta resolver.

Contexto socio económico - territorial, en el que la experiencia fue implementada.

Pertinencia: de la política / instrumento implementado respecto a la historia, antecedentes y contexto del territorio en cuestión.

Replicabilidad: la experiencia es susceptible de ser aplicada en otros municipios o provincias del país. La misma puede incluso haber tomado aspectos de experiencias anteriores.

Perdurabilidad: que los cambios producto de la política instalada perduren en el tiempo y que se contemple su sostenibilidad financiera.

Innovación: la iniciativa aborda las problemáticas urbano-habitacionales en el territorio desde un nuevo enfoque, concepto, metodología, o utilizando instrumentos o procedimientos novedosos, demostrando eficiencia en el uso de los recursos.

Perspectiva social: la experiencia considera la población en condiciones de vulnerabilidad, abordaje con perspectiva de género, personas con discapacidad, perspectiva migratoria.

Sostenibilidad ambiental: la experiencia promueve un manejo sostenible del ambiente.

A fin de determinar los proyectos reconocidos por el concurso en la categoría “b. Proyectos o propuestas de planificación territorial”, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios.

Contexto socio económico - territorial en el que el proyecto pretende ser implementado.

Pertinencia: del proyecto y las propuestas respecto a la historia, antecedentes y contexto del territorio en cuestión.

Potencial de transformación: el proyecto tiene capacidad de transformar la realidad si es efectivamente implementado.

Búsqueda de reducción de la desigualdad: el proyecto aborda concretamente la búsqueda de reducción de la desigualdad.

Innovación: la iniciativa plantea abordar las problemáticas identificadas en el territorio desde un nuevo enfoque, concepto, metodología, o utilizando instrumentos o procedimientos novedosos, buscando eficiencia en el uso de los recursos.

Perspectiva social: el proyecto considera la población en condiciones de vulnerabilidad, abordaje con perspectiva de género, personas con discapacidad, perspectiva migratoria.

Sostenibilidad ambiental: el proyecto promueve un manejo sostenible del ambiente.

Resultados esperados: el proyecto prevé alcanzar resultados factibles de ser ponderados.

Monitoreo: el proyecto prevé instancias de evaluación y seguimiento para la realización de eventuales ajustes de acuerdo a los resultados esperados.

8. Jurado

Las funciones del Jurado serán:

a. Recepción y análisis de las experiencias y propuestas remitidas, pudiendo establecer contacto con los representantes gubernamentales que estime convenientes.

b. Evaluación de los casos y selección de las experiencias y propuestas a reconocer según los criterios establecidos.

El jurado estará compuesto por:

1. Esc. Juan Luciano Scatolini, Secretario de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación.

2. Urb. Juan Ignacio Duarte, Director Nacional de Política de Suelo y Regularización Dominial de la Secretaría de Desarrollo Territorial, Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación.

3. Dr. Luis Baer, Director de Director de Asistencia y Vínculo Territorial de la Secretaría de Desarrollo Territorial, Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación.

4. Pablo Giles, Subsecretario de Relaciones Municipales del Ministerio del Interior de la Nación.

5. Arq. Carolina Amaya, Dirección Nacional de Programación y Coordinación de la Obra Pública, Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas de la Nación.

6. Un representante de la Federación Argentina de Municipios, seleccionado por la Federación.

7. Dos representantes del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y/o de sus centros dependientes vinculados a las temáticas urbano-habitacionales, seleccionados por el Consejo.

8. Un miembro de la Universidad Nacional Arturo Jauretche, seleccionado por la institución.

9. Un miembro de la Universidad Nacional de San Juan, seleccionado por la institución.

10. Baldomero Álvarez, en su carácter de ex Intendente del Municipio de Avellaneda, provincia de Buenos Aires.

La presidencia del Jurado será ejercida por el Secretario de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, Esc. Luciano Scatolini.

Los representantes seleccionados de la Federación Argentina de Municipios, del CONICET y/o de sus Centros dependientes, así como los representantes de las Universidades Nacionales, deberán ser informados mediante nota oficial dirigida al Presidente del Jurado.

El ejercicio de las funciones que les correspondan a los integrantes del Jurado tendrá carácter “ad honorem”.

La decisión del jurado se adoptará por mayoría simple. El fallo se emitirá por documento firmado por todos los votantes del Jurado y será publicado en la web del Concurso.

En caso de empate, el presidente del Jurado tendrá doble voto.

9. Reconocimiento y publicación de las experiencias y propuestas premiadas

Las experiencias y propuestas que resulten seleccionadas serán documentadas y publicadas con el fin de difundirlas y promover su conocimiento e implementación en otros contextos.

Cada uno de los gobiernos subnacionales donde se hayan desarrollado las experiencias y proyectos reconocidos recibirán como premio:

a. 5 computadoras para reforzar el equipamiento de la/s oficina/s municipales a cargo de las experiencias y propuestas premiadas, a adquirir mediante el programa de financiamiento internacional FONPLATA 25.

b. Diploma de reconocimiento expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación.

c. Publicación de la experiencia y/o propuesta en el libro “Experiencias y propuestas destacadas en políticas territoriales y de gestión de suelo en Argentina II”.

10. Difusión de las experiencias y propuestas presentadas

Los organizadores del presente Concurso se reservan el derecho de reproducir, difundir, exhibir y publicar las experiencias y propuestas presentadas en espacios propios o de terceros, en su versión de experiencia o proyecto tal como fue presentado o un resumen del mismo, junto con el material que se acompañe al efecto.

La organización del presente Concurso se reserva el derecho de reproducir, difundir, exhibir y publicar también aquellas iniciativas que no hayan resultado ganadoras junto con el material remitido al efecto, cuando hayan autorizado su divulgación en el formulario de postulación.

La participación en este concurso supone el acuerdo de estas acciones posteriores, para las cuales los organizadores podrán comunicar -a modo informativo- fechas y espacios de eventuales exhibiciones.

11. Anuncio de los resultados del concurso

Las experiencias y propuestas premiadas serán anunciadas el día 5 de octubre a las 16:00 hs. a través de la página web del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación. Asimismo, los autores de las experiencias y propuestas ganadoras serán notificados vía correo electrónico, según los datos de contacto suministrados en la inscripción al certamen.

12. Cronograma del concurso

El cronograma del Concurso es el siguiente:



(Punto sustituido por art. 1º de la Resolución Nº 11/2022 de la Secretaría de Desarrollo Territorial B.O. 29/8/2022. Vigencia: comenzará a regir desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

13. Disposiciones generales

Todo trabajo que no reúna los requisitos establecidos en las presentes Bases será desestimado.

Los organizadores no se responsabilizan por problemas referentes a derechos de autor y propiedad intelectual de las experiencias participantes. La SDT podrá modificar las bases y condiciones, así como también los premios sin previo aviso a los participantes del concurso.