Resolución 33/2022
RESOL-2022-33-APN-SLYT
Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-46496829-APN-DRRHHYO#SLYT, los Decretos
Nros. 415 del 30 de junio de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022 y la
Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº 53 del 22 de
marzo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 415/21 se homologó el Acta de fecha 26 de
mayo de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, por la
cual se acordó en su cláusula tercera la reubicación a solicitud del
personal que revista en la planta permanente conforme el régimen de
valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel que el
Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales
en el ámbito de la Co.P.I.C..
Que por el Decreto N° 103/22 se homologó el Acta Acuerdo de fecha 26 de
noviembre de 2021 de la referida Comisión Negociadora, en la que se
acordó sustituir la cláusula tercera del Acta Acuerdo homologada por el
Decreto N° 415/21, eliminando la limitación establecida para el acceso
al Nivel A de dicho escalafón.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N°
53/22 se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para
la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo
Público.
Que el artículo 2° del citado régimen estableció que la unidad a cargo
de las acciones de personal de cada Jurisdicción u organismo
descentralizado comunicará en un plazo no mayor a VEINTE (20) días
hábiles, por sistema GDE, a la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y EVALUACIÓN DE
GASTOS EN PERSONAL de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO
DE ECONOMÍA la información de la totalidad del personal que se
encuentre en condiciones de ascender de nivel escalafonario, indicando
la cantidad de cargos por nivel.
Que el artículo 4° del mencionado régimen estableció que el titular de
la Jurisdicción u organismo descentralizado dispondrá el inicio del
proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de
Nivel, designará a los miembros integrantes del Comité de Valoración,
al Secretario Técnico Administrativo del Comité y aprobará el
cronograma del proceso en el mismo acto administrativo.
Que el artículo 5° del referido Régimen estableció que el Comité de
Valoración se integrará con: UN (1) miembro en representación del
máximo responsable de Unidad a cargo de las acciones de personal de la
Jurisdicción o Entidad descentralizada donde se dispuso el inicio del
proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de
Nivel; UN (1) miembro en representación de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y UN
(1) miembro en representación del titular de la Jurisdicción o Entidad
descentralizada donde se dispuso el inicio del proceso de Valoración
por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, y que cada
representante contará con un alterno que podrá intervenir
indistintamente.
Que mediante nota NO-2022-38715964-APN-DGA#SLYT se ha dado cumplimiento
a la comunicación prevista en el artículo 2° del Régimen de Valoración
por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el personal del
Sistema Nacional de Empleo Público.
Que, en consecuencia, corresponde disponer el inicio del Proceso de
Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el
personal del Sistema Nacional de Empleo Público que revista en la
planta permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, aprobar el cronograma del proceso y designar a los
integrantes del Comité de Valoración que intervendrá en el mismo.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 4° de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO N° 53 del 22 de marzo de 2022.
Por ello,
LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por iniciado el Proceso de Valoración por Evaluación
y Mérito para la Promoción de Nivel del personal que revista en la
planta permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, en los términos de la cláusula tercera del Acta de fecha 26
de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), homologada por el Decreto N° 103/22 y de la Resolución
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 53/22.
ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del Comité de Valoración por
Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel del personal de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a la
Secretaria Técnica Administrativa de dicho Comité consignados en el
Anexo I (IF-2022-48179383-APN-DRRHHYO#SLYT), que forma parte integrante
de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el Cronograma del Proceso de Valoración por
Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel del personal de esta
Secretaría detallado en el Anexo II
(IF-2022-43021756-APN-DRRHHYO#SLYT), que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Vilma Lidia Ibarra
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/06/2022 N° 42370/22 v. 08/06/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)