MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 404/2022
RESOL-2022-404-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2022
Visto el expediente EX-2022-02887214-APN-DGDA#MEC, y el artículo 5° de
la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),
y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 5° de la Ley N° 11.672, Complementaria
Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) se determina que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través del actual Ministerio de Economía,
aprobará anualmente el Plan de Acción y el Presupuesto de las
Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.
Que, en el segundo párrafo del artículo citado en el considerando
precedente, se establece que la Jefatura de Gabinete de Ministros
deberá comunicar al Honorable Congreso de la Nación las medidas por las
que se aprueben los Presupuestos y Planes de Acción dentro de los
treinta (30) días corridos contados a partir de su dictado.
Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la
cual se aprueba el Plan de Acción y Presupuesto pertenecientes al Banco
de la Nación Argentina para el ejercicio 2022.
Que obra en el expediente señalado el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el
artículo 20 de la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones,
y en el artículo 5° de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción para el ejercicio 2022 y el
Presupuesto de Gastos, correspondientes al Banco de la Nación
Argentina, que como anexos I (IF-2022-47209304-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2022-47209349-APN-SSP#MEC), respectivamente, integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Nivel de Recursos afectado a la financiación
del Presupuesto del Banco de la Nación Argentina al que refiere el
artículo 1° de esta resolución, de acuerdo con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo, que como anexo III
(IF-2022-47209140-APN-SSP#MEC) integra la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Directorio del Banco de la Nación Argentina
a disponer las reestructuraciones que considere necesarias dentro de
los gastos corrientes y de capital, sin exceder la suma total fijada en
la Planillas Anexas al artículo 1°, que como anexo II
(IF-2022-47209349-APN-SSP#MEC) integra esta medida.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros en
virtud de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/06/2022 N° 42457/22 v. 09/06/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")