MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 424/2022
RESOL-2022-424-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 11/06/2022
Visto los expedientes EX-2021-83602093-APN-MEG#AGP y EX-2021-95585033-APN-DGD#MTR en tramitación conjunta, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2022 formulado por la
Administración General de Puertos Sociedad del Estado, ente del Sector
Público Nacional actuante en la órbita del Ministerio de Transporte.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2022 de la Administración General de Puertos Sociedad del
Estado, ente del Sector Público Nacional actuante en la órbita del
Ministerio de Transporte, de acuerdo con el detalle obrante en los
anexos I (IF-2022-47216574-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2022-47216603-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de veintiocho mil novecientos
sesenta y ocho millones ciento cuarenta y un mil setecientos veintidós
pesos ($ 28.968.141.722) los ingresos de operación y fíjanse en la suma
de veintiocho mil cuatrocientos setenta y cinco millones ochocientos
cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y siete pesos ($
28.475.859.837) los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (Ganancia de Operación) estimado en
cuatrocientos noventa y dos millones doscientos ochenta y un mil
ochocientos ochenta y cinco pesos ($ 492.281.885), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2022-47216603-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de veintinueve mil seiscientos
ochenta y siete millones ciento once mil quinientos cuarenta y nueve
pesos ($ 29.687.111.549) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma
de veintiocho mil cuatrocientos setenta y cinco millones ochocientos
cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y siete pesos ($
28.475.859.837) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en mil doscientos
once millones doscientos cincuenta y un mil setecientos doce pesos ($
1.211.251.712), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2022-47216603-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de doscientos trece millones
cuarenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis pesos ($ 213.049.466)
los recursos de capital y fíjanse en la suma de seis mil ciento
cincuenta y seis millones cuatrocientos veintitrés mil veintidós pesos
($ 6.156.423.022) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de
esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Déficit) para el
ejercicio 2022 en cuatro mil setecientos treinta y dos millones ciento
veintiún mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos ($ 4.732.121.844), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2022-47216603-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/06/2022 N° 43924/22 v. 14/06/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)