BECAS DE INVESTIGACIÓN SALUD INVESTIGA
BASES DE LA CONVOCATORIA 2022-2023
CATEGORÍA: ESTUDIO MÚLTIPLES INVESTIGADORES/AS (EMI)
La DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN EN SALUD (DIS) abre una nueva
convocatoria para la adjudicación de becas de investigación SALUD
INVESTIGA.
Conforme la Decisión Administrativa 384/21 son acciones de la Dirección de Investigación en Salud (DIS):
1. Fomentar investigaciones en salud pública, para la reducción de la
brecha entre producción y utilización de evidencia científica en la
toma de decisiones sanitarias.
2. Determinar mediante metodologías validadas las prioridades de investigación impulsadas por el Ministerio.
3. Colaborar en la promoción de la gestión del conocimiento a través de
un programa de publicaciones y encuentros entre quienes investigan y
actores claves del sector, como así también a través de la Biblioteca
Virtual en Salud del Ministerio.
4. Promover la formación en investigación de los recursos humanos en
salud, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.
5. Desarrollar alianzas estratégicas con actores claves del campo de la
salud pública y la articulación con las áreas de investigación de los
ministerios y secretarías de salud de las jurisdicciones, con
organismos de ciencia y tecnología, centros académicos y de
investigación y organismos internacionales afines.
6. Fortalecer los Comités de Ética de la Investigación en Salud en las distintas jurisdicciones.
7. Impulsar investigaciones específicas y estratégicas para la
instrumentación de la política sanitaria definida por el Ministerio.
8. Gestionar el registro y fortalecer la difusión de las
investigaciones en salud a través del Registro Nacional de
Investigaciones en Salud (ReNIS).
• Las Becas Salud Investiga categoría Estudios Múltiples
Investigadores/as están dirigidas a equipos de investigación cuyos
profesionales desempeñan sus actividades preferentemente en hospitales
y centros de atención primaria de la salud, universidades, institutos
universitarios, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.
•
Este programa de becas NO financia investigaciones básicas.
1. Descripción de la categoría
1.1. La categoría Estudios Múltiples Investigadores/as (EMI) es una
estrategia diseñada para fortalecer las políticas de salud pública
mediante la obtención de conocimiento sobre temas priorizados por el
Ministerio de Salud de la Nación (MSAL), preferentemente con alcance
federal o regional. Las áreas temáticas priorizadas para la presente
convocatoria se listan en el
Punto 12 de estas bases.
1.2. En cada EMI participarán:
a) Una institución coordinadora, que avale la coordinación del proyecto de investigación;
b) Una persona que ejerza el rol de Coordinación del proyecto, que
puede ser además becaria o no. Quienes se desempeñen en cargos
jerárquicos en el Ministerio de Salud de la Nación pueden participar
únicamente con carácter honorario;
c) Un mínimo de
3 (tres) y hasta
5 (cinco)
personas que formen el equipo investigador, que se desempeñen en
instituciones del sector público o privado sin fines de lucro (ONG,
sociedades científicas, instituciones académicas, hospitales, centros
de atención primaria, organismos de gobierno), preferentemente de
distintas jurisdicciones o regiones del país.
* Cada EMI puede contar en su totalidad con hasta 5 (cinco) becas (4
personas becarias más coordinación con beca o 5 personas becarias
investigadores/as más coordinación honoraria).
* Se aconseja que participen en la categoría EMI al menos
2 (dos) instituciones distintas.
* En caso de participar alguna de las áreas del Ministerio de Salud de
la Nación (Nivel Central), podrá postularse sólo una persona becaria de
esta institución.
2. Proceso de la convocatoria
2.1 Presentación de la Nota Conceptual:
Para la presentación de la Nota Conceptual correspondiente a becas
categoría EMI, quienes se postulen deberán ingresar al acceso virtual
que estará disponible del 13/06 al 30/06 a las
16 hs. en la página web de la DIS
https://www.argentina.gob.ar/salud/investiga, a fin de completar datos
personales e institucionales y adjuntar los archivos que se detallan a
continuación:
a. Una “Nota Conceptual” (NC) de carácter obligatorio que será el
primer paso dentro del proceso de selección de propuestas. El formato
de la misma se presenta en el Anexo I.
i. La presente Convocatoria a Becas Salud Investiga 2022-2023 incorpora
para el inicio del trámite de evaluación de las propuestas de
investigación, el envío de un documento resumido denominado Nota
Conceptual. Sólo aquellas NC que superen el proceso de selección (de
acuerdo a las características que se describen a continuación) quedarán
seleccionadas para completar el envío de la propuesta completa de
investigación.
ii. La Nota Conceptual debe tener un máximo de
3 (TRES) carillas, tamaño de letra 11, fuente Arial, justificado, interlineado 1.5 y márgenes normales y debe adjuntarse en formato
PDF, sin excepción. En el caso de exceder el límite establecido, la propuesta quedará fuera del circuito de evaluación.
iii. La NC debe enmarcarse en las áreas temáticas priorizadas por el
Ministerio de Salud para la presente convocatoria (Ver punto 12).
iv. La NC debe omitir datos identificatorios y de filiación institucional.
v. Los documentos que contengan firmas enviadas en todas las etapas de
la convocatoria deben ser originales y posteriormente los mismos deben
ser escaneados en formato PDF. Podrán enviarse firmas contenidas en los
sistemas digitales ( Ej. GDE) de las Instituciones Nacionales,
Provinciales o Municipales.
b. Una “Nota Compromiso” emitida por la institución coordinadora, cuyo formato se encuentra en el Anexo II.
c. Declaración jurada de quien coordine, cuyo modelo se encuentra en el
Anexo III.
d. Fotocopia de DNI y Fotocopia de Título universitario de quien coordine (escaneado en un mismo adjunto).
e. CV breve de quien coordine, según planilla
Anexo IV.
2.2 Revisión Administrativa y de pertinencia de Notas Conceptuales:
Las NC serán revisadas por el equipo y dirección de la DIS para
verificar tanto su pertinencia a las áreas temáticas de la convocatoria
(Ver Punto 12) como el cumplimiento de los aspectos reglamentarios de la misma.
Cabe aclarar que el envío de propuestas replicadas o con contenido
marcadamente solapado con otra postulación será motivo de rechazo “In
limine” de todas las notas conceptuales
enviadas en este tenor.
En tal sentido, cabe recordar que la ley 11723 de Propiedad Intelectual
establece el régimen de protección de las obras intelectuales y el
derecho de autoría. El derecho de propiedad intelectual se encuentra
contemplado en el artículo 2 de la referida Ley, que establece: “El
derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística,
comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla,
de ejecutarla, de representarla y exponerla en público, de enajenarla,
de traducirla, de adaptarla o de autorizar su traducción, y de
reproducirla en cualquier forma”. En ese orden de ideas, la titularidad
de tales facultades es exclusiva de la persona autora. Ello obliga a
terceras personas a requerir su autorización expresa para publicar,
traducir, adaptar o reproducir dicha obra. En consecuencia si una
tercera persona sin autorización expresa hace uso de ella, comete una
infracción a la propiedad intelectual.
Según la jurisprudencia “hay plagio cuando existe imitación de cierta
magnitud respecto de la obra plagiada, no de la idea, cuando pese a
diferencias triviales, variaciones, agregados o resoluciones, la obra
presenta en comparación con la anterior una semejanza tal que permite
reconocer que se trata, en el fondo, de una misma representación
individual” (de conformidad con fallo de julio de 1983 de la Sala E de
la Cámara Nacional Civil).
En caso de que la postulación no resulte aceptada para continuar el
proceso, quien se postula recibirá una notificación vía correo
electrónico comunicando los motivos de su rechazo.
La revisión administrativa y de pertenencia se efectuará del
01/07 al 16/07 de 2022.
2.3 Evaluación de las Notas Conceptuales
La Dirección de la DIS convocará a un grupo de profesionales expertos
en las áreas temáticas de la convocatoria, tanto del Ministerio de
Salud como de instituciones académicas, para conformar un “Comité de
Revisión de Notas Conceptuales”.
Las Notas Conceptuales (NC) que cumplan los criterios de conformidad
estipulados en el punto anterior, serán asignadas a alguien de aquel
Comité, quien será seleccionada en función de su expertise en el área
temática involucrada . La evaluación por el comité de revisión tendrá
un puntaje de 0 a 1000 para cada una de las NC. Adicionalmente a las
propuestas que superen el punto de corte ( 700 puntos) se les
adicionará un plus al puntaje teniendo en cuenta si la región de la
Institución coordinadora sea NOA, NEA, CUYO, y PATAGONIA, a modo de
estrategia de estímulo a la participación federal
El plazo para la evaluación de las NC es del 18/07 al 04/08 de 2022.
Una vez concluido este período, se efectuará un listado de orden de
mérito de las NC y quienes las hayan evaluado participarán de una
“Reunión de Comité Revisor”, el día 05/08 donde, mediante un acta, se
aprobará el listado de las NC seleccionadas para el envío de la
propuesta completa.
Quienes se postulan recibirán un correo electrónico el 08/08 con los resultados obtenidos a posterior de esta revisión.
2.4 Presentación de la Propuesta Completa
En caso de las NC seleccionadas, quienes se postularon recibirán por
correo electrónico la información necesaria para el envío de la
propuesta completa y la documentación obligatoria para esta etapa. El
envío de la propuesta completa será entre el 09/08 y el 09/09 de 2022.
En esta etapa, quienes se hayan postulado deberán presentar:
i. Propuesta completa acorde al ANEXO V (*)[1].
ii. Formulario de postulación completo, firmado y en formato PDF acorde
al ANEXO VI(**): El formulario comprende avales institucionales,
fotocopias de DNI, CUIT y títulos universitarios.
iii. Dictamen de aprobación del Comité de Ética de Investigación (CEI)
de la institución que avala el proyecto o, si no lo hubiera, por un CEI
externo a la misma. Es imprescindible respetar las normativas
provinciales sobre investigación en salud y que el CEI esté acreditado
en aquellas jurisdicciones que así lo requieran.
Las excepciones a la evaluación por parte de un CEI se detallan en 5.4.
De no contar con el dictamen del Comité de Ética al cierre de la
postulación, se deberá subir una constancia de inicio del trámite
debidamente firmada por el Comité y con una fecha estimada de
evaluación que no supere el
15 de octubre de 2022. Las fechas de los dictámenes éticos deben ser actualizadas.
a. Los archivos deben subirse en PDF con el formato “Apellido;
Nombre-Propuesta completa” “Apellido; Nombre-Formulario de postulación”.
b. En el caso que la investigación no se realice en la misma
institución que avala el proyecto, se deberá contar con la autorización
escrita y firmada de las autoridades del /los lugares donde se
desarrollará la investigación (hospitales, centros de salud, escuelas,
comunidades indígenas, etc). Dichas autorizaciones deben estar
incluidas en el formulario de postulación.
c. Los documentos que contengan firmas enviadas en todas las etapas de
la convocatoria deben ser originales y a posterior los mismos deben ser
escaneados en formato PDF .Podrán enviarse firmas contenidas en los
sistemas digitales ( ej GDE) de las instituciones nacionales,
provinciales o municipales
d. La propuesta completa no debe contener datos identificatorios ni filiación institucional.
e. El cronograma del proyecto debe ajustarse al período del financiamiento (12 meses).
f. Serán dados de baja automáticamente aquellos proyectos de
investigación que se carguen en el sistema de inscripción en línea en
versiones no finales (por ejemplo, archivos presentados con control de
cambios, borradores de proyectos o archivos que no respeten el formato
establecido por la DIS).
g. La propuesta completa deberá estar presentada en letra Arial tamaño
11, interlineado 1.5 y márgenes normales y respetando la cantidad de
páginas o palabras establecidas por la DIS ( Ver Anexo V).
h. Una vez enviada la postulación, los archivos no podrán ser
modificados, sin excepción, por lo tanto, se sugiere se verifiquen los
archivos subidos al link de carga dado que son fundamentales para los
procesos posteriores.
i. La documentación original podrá ser solicitada por la DIS a aquellas
personas que resulten ganadoras del financiamiento, quienes deberán
tener los documentos completos y originales para poder obtener la beca.
Los originales serán cotejados con la información remitida vía
plataforma web. La DIS podrá solicitar en esa instancia una declaración
jurada en la que manifiesten que no tienen incompatibilidades y no han
sido inhabilitados para recibir la beca a la que aplica.
2.5 Evaluación de la propuesta completa
• Evaluación de consistencia con la NC: antes de proceder con las
instancias evaluativas de las propuestas completas, la Dirección de la
DIS, conjuntamente con su equipo técnico, verificará que cada una de
las propuestas completas enviadas sea consistente con las notas
conceptuales y no se haya enviado una propuesta diferente.
Las propuestas completas que hayan aprobado la verificación anterior, serán evaluadas en 3 instancias:
Evaluación administrativa: donde se verificará que la documentación enviada esté completa y acorde a lo solicitado por la DIS.
Esta evaluación se realizará desde el 13/09 al 30/09 de 2022
Evaluación técnica de pares: se
realizará una evaluación por pares según área temática. Como resultado
de esta evaluación, cada proyecto recibirá un puntaje (entre 0 y 1000)
para determinar las condiciones y atributos para su aprobación o
rechazo.
Esta evaluación se realizará del 03/10 al 04/11 de 2022
•
Evaluación de relevancia: los
proyectos aprobados serán evaluados por la DIS según los criterios de
oportunidad, pertinencia del tema a investigar, relevancia local de los
futuros resultados del estudio e implicancias para el diseño, monitoreo
y/o evaluación de políticas y programas sanitarios y calidad de la
propuesta presentada. En ese sentido, se adicionará un plus al puntaje
de los proyectos cuyas instituciones coordinadoras y todos sus
participantes residan en las regiones de NOA, NEA, CUYO y PATAGONIA, a
modo de estrategia de estímulo a la participación federal
De esta última etapa, se desprende la lista final de propuestas
ganadoras y la distribución final por categorías y líneas temáticas.
Esta evaluación se realizará del 08/11 al 12/11 de 2022
•
Los resultados de la convocatoria serán informados entre el 14/11 y el 18/11 de 2022
3. Requisitos para la presentación de la Nota Conceptual
Para poder participar en la convocatoria a Becas Salud Investiga
2022-2023 quienes se postulen a beca categoría EMI, al momento de
presentar la Nota Conceptual, deberán cumplir los requisitos necesarios
para la potencial presentación de la propuesta completa. Los mismos son:
a. Haber leído el material de lectura obligatoria disponible en https://www.argentina.gob.ar/salud/investiga/recursos
b. En el caso de ser seleccionada la NC será requisito para quienes integren el futuro equipo :
• Poseer CUIT/CUIL
• Poseer Documento Nacional de Identidad
• Poseer título universitario (o constancia de título en trámite al
momento de postularse) de carreras de 4 años o más de duración. En el
caso de títulos extranjeros, éstos deben estar homologados según la
normativa del Ministerio de Educación de la Nación (más información en
http://dngusisco.siu.edu.ar/)
Contar con aval de la institución donde desarrollan sus actividades
c. Contar con una coordinación con antecedentes de investigación en
salud o de gestión en el área temática de la investigación propuesta.
d. Contar con la autorización escrita de la institución coordinadora,
firmada por su Dirección o por una autoridad competente de la
institución; por ejemplo el Comité de Docencia e Investigación. Se
recomienda que la institución que avala el proyecto sea la misma en la
cual se realiza la investigación. Se aclara que para la presentación de
la NC se presentará únicamente la carta compromiso ( ANEXO II).
e. En el caso que la investigación no se realice en la misma
institución que avala el proyecto, se deberá contar con la autorización
escrita de las autoridades del/los lugares donde se desarrollará la
investigación (hospitales, centros de salud, escuelas, comunidades
indígenas, etc). Estos avales se solicitarán en el caso que las NC sean
aprobadas para la presentación de la propuesta completa.
4. Restricciones a la postulación de Nota Conceptuales |
4.1. Quienes se postulan sólo podrán aplicar a UNA (1) categoría de
Beca Salud Investiga, es decir podrán optar por postularse a una beca
Estudio Individual (EI), o a una beca EMI (Estudio de Múltiples
Investigadores). En caso de detectarse la postulación de una misma
persona a más de una categoría de beca, se darán de baja todas las
postulaciones, sin excepción.
4.2. Un mismo proyecto sólo podrá ser presentado en una postulación (tanto individual como EMI )
4.3. Quien ejerza el rol de dirección de un proyecto individual no podrá presentarse como postulante a beca EMI.
4.4. Quienes se postulan no deberán recibir otras becas/subsidios de
investigación del Ministerio de Salud de la Nación al momento de
postularse y durante el transcurso de la Beca
Salud Investiga, en el caso de otorgarse la misma.
4.5. No podrá postularse quien habiendo recibido una Beca Salud
Investiga anteriormente, no haya cumplido con las responsabilidades
concomitantes (punto 7) o haya entregado un informe final que fuera
evaluado como no satisfactorio
4.6. Se informa a quienes se postulan la incompatibilidad que presenta
cualquier convocatoria CONICET o del Sistema de residencia de la
Provincia de Buenos Aires con estas becas( según el artículo 5 de Ley
2557 - reglamento de residencias de la Provincia de Buenos Aires). Las
acciones ante una renuncia a una futura Beca Salud Investiga se
detallan en el punto 7.5.
4.7. Quienes se postulan a las becas Salud investiga deberán observar y
dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley 25188 en relación a deberes,
prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas
las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus
niveles y jerarquías
//servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-
64999/60847/texact.htm ) y en el Decreto 41/99 Código de Etica de la
Funcion Pública
(//servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/55841/norma.htm)
5. Requisitos éticos
5.1. La Dirección de Investigación en Salud, por Resolución 1480/11 del
MSN, debe hacer cumplir los requisitos éticos establecidos en la Guía
para Investigaciones en Salud Humana (GISH), aprobada por dicha
Resolución y disponible en:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-1480-2011-187206
5.2. Se entiende por investigación en Salud Humana a cualquier
investigación en la que se expone a seres humanos a observación,
intervención u otro tipo de interacción con quien realiza la
investigación de manera directa o a través de la alteración de su
ambiente o por medio de la recolección o el uso de material biológico o
datos personales u otro tipo de registros.
5.3. Todos estos proyectos deberán ser evaluados por un Comité de Ética
de Investigación (CEI), el cual determinará, a través de un dictamen,
la aprobación del proyecto y su consentimiento informado,
5.4. Los siguientes casos
no requieren de la evaluación de un CEI:
a) Cuando en la investigación no participan seres humanos o cuando se
utiliza información de tipo pública, siempre que no se identifique a
los individuos de ningún modo. Por ejemplo, los estudios de
fármaco-economía.
b) Cuando la intervención se limita al estudio de los sistemas de
salud, programas oficiales de salud pública o la vigilancia de la salud
pública, siempre que no exista la posibilidad de identificar a los
individuos. La vigilancia de la salud pública incluye los registros
oficiales o realizados en conformidad con la autoridad sanitaria de
enfermedades y de efectos adversos de medicamentos ya registrados por
la autoridad reguladora competente.
En el caso de dudas se debe consultar con CEI si corresponde o no evaluación ética del proyecto.
5.5. El consentimiento informado es requerido en las investigaciones en
las que participen personas, o se utilicen sus muestras biológicas o
sus datos personales o cualquier otro registro en el que una persona
pueda ser identificada. La realización de encuestas o entrevistas
requieren de consentimiento informado y de la evaluación de un CEI.
El consentimiento informado consiste en un proceso a través del cual
una persona manifiesta su decisión de participar en una investigación,
de manera libre y voluntaria, luego de ser informada y habiendo
comprendido el propósito y la naturaleza de la investigación, los
riesgos que deberá afrontar, los beneficios que podría recibir, y sus
derechos como participante de una investigación.
Pautas generales para la obtención del consentimiento informado para
participar de una investigación:
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/pautas_generales_para_obtencion_conse
ntimiento_informado.pdf
Existen excepciones a la obtención del consentimiento informado y éstas
deben ser evaluadas y aprobadas por un CEI. Las excepciones son:
a) cuando en la investigación se utilizan sólo datos o muestras no
vinculables a persona alguna, o información de conocimiento público. Es
decir, no es posible establecer la identidad de las personas y, por lo
tanto, quienes realizan la investigación no pueden contactarlas para
solicitar su consentimiento.
b) cuando se utilizan datos vinculables pero la obtención del
consentimiento es impracticable o muy dificultosa, y la investigación
propuesta representa sólo riesgos mínimos.
c) cuando el estudio utiliza registros sanitarios establecidos u
oficialmente reconocidos por las autoridades sanitarias, por ejemplo,
registros de enfermedades o de efectos terapéuticos o adversos o de
datos genéticos, siempre que los datos registrados no se encuentren
vinculados a las personas.
6. Financiamiento
6.1.Los proyectos tendrán una duración de 12 meses comenzando el
1° de diciembre de 2022 y finalizando el
1° de diciembre de 2023.
(Nota Infoleg:
por art. 1° de la Resolución N° 3523/2022 del Ministerio de Salud se
modifican en cuanto a la fechas de inicio y finalización de las becas
otorgadas mediante la presente, estableciéndose el plazo de duración de
las mismas desde el 15 de diciembre de 2022 al 15 de diciembre de 2023)
6.2. Quien haya recibido la beca tendrá una asignación total de PESOS
QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL ($528.000) distribuidos de la siguiente
manera: PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL ($264.000) durante el
primer trimestre de 2023 y PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL
($264.000)) a partir de agosto de 2023 una vez aprobado el informe de
avance. Del dinero recibido se deberá destinar la suma de PESOS
CINCUENTA Y TRES MIL ($53.000) en concepto de “aporte institucional”,
es decir un aporte destinado a la institución que avala la postulación
del becario/a. Dicha suma deberá otorgarse a la institución en
cualquier instancia de la beca.
6.3. Cada persona que haya recibido la beca deberá contar con una
cuenta de caja de ahorro para recibir el fínanciamiento. Para quienes
no la posean, el Ministerio de Salud abrirá una cuenta de Banco Nación
para tal fin.
6.4. Las Becas Salud Investiga contemplan dedicación a tiempo parcial.
6.5. Las Becas Salud Investiga no requieren rendición de gastos
relacionados con la beca. No obstante, se deberá presentar una nota o
recibo de la institución que avala la postulación de la persona becaria
o de la institución coordinadora indicando haber recibido el “aporte
institucional” por parte de quienes hayan recibido la beca
7. Responsabilidades de la persona que recibe la beca
7.1 Quien haya recibido la beca categoría EMI deberá presentar a quien
coordina su investigación la información necesaria para la confección
de un informe de avance y un informe final consolidados en los plazos
estipulados y según instructivos que la Dirección comunicará
oportunamente.
El incumplimiento de la obligación de presentar los informes dará lugar
a las acciones que correspondan y a la inhabilitación para futuras
postulaciones a Becas Salud Investiga.
7.2. Quien haya recibido la beca deberá registrarse como investigador/a
en el Registro Nacional de Investigaciones en Salud (ReNIS) -creado por
Resolución Ministerial N° 1480/11- y disponible en
https://sisa.msal.gov.ar/sisa/ antes de la entrega del Informe de
avance. El registro de la investigación (a cargo de la coordinación o
de quien se disponga) debe estar concluido para la entrega del informe
final. Las investigaciones que no hayan realizado el registro durante
el transcurso de la beca, dejarán inhabilitados/as a quienes integren
su equipo de investigación para postularse a futuras becas Salud
Investiga.
7.3. Quienes hayan recibido la beca deberán contar con un seguro de
accidentes provisto por su empleador o por una ART (aseguradora de
riesgos de trabajo).
7.4. Una vez concluida la investigación, deberán comunicar los
resultados de la misma a la institución que avaló la postulación, la
cual deberá expedir una nota indicando haber sido informada sobre
dichos resultados.
7.5. En el caso de renunciar a la beca, antes de la presentación del
informe de avance, quien la haya recibido deberá devolver la totalidad
del dinero.
7.6. Las enmiendas o reformulaciones de los proyectos ganadores deberán
presentarse antes de la entrega del informe de avance para la
aprobación de la DIS,
7.7. La DIS recomienda la realización y aprobación, antes de la entrega
del informe final de la beca, del curso "Herramientas para la escritura
de trabajos científicos", organizado por el área de Capacitación de la
DIS y en Instituto Nacional del Cáncer, y dictado a través de la
Plataforma Virtual de Salud del Ministerio de Salud de la Nación
8. Responsabilidades de quien coordina un EMI
8.1. La coordinación del EMI deberá elaborar, en los plazos y el
formato que la Dirección comunique oportunamente, los siguientes
informes:
a) Informe de avance consolidado.
b) Informe final consolidado.
El incumplimiento de la obligación de presentar los informes dará lugar
a las acciones que correspondan y a la inhabilitación a futuras
postulaciones a Becas Salud Investiga.
8.2. Quien coordine el EMI deberá contar con disponibilidad para
mantener reuniones presenciales o virtuales con la DIS para monitoreo
del avance en el momento que la DIS considere oportuno.
8.3. Quien coordine deberá registrar la investigación en el Registro
Nacional de Investigaciones en Salud (ReNIS) creado por Resolución
Ministerial N° 1480/11 y disponible en https://sisa.msal.gov.ar/sisa/,
antes de la entrega del informe de avance consolidado. Las
investigaciones que no hayan realizado el registro durante el
transcurso de la beca, dejarán inhabilitados/as a quienes integran el
equipo de investigación para postularse a futuras becas Salud Investiga
8.4. Quien ejerza el rol de coordinación deberá coordinar y supervisar
las actividades y el cumplimiento de los objetivos planteados en el
Plan de Trabajo.
8.5. Quien coordine deberá conocer y respetar la última versión de la GISH del MSAL (ver punto 5.5).
8.6. Una vez concluida la investigación, quien coordine deberá
comunicar los resultados de la misma a la institución coordinadora, la
cual deberá expedir una nota indicando haber sido informada sobre
dichos resultados.
8.7.Quienes coordinen las becas Salud Investiga deberán observar y dar
cumplimiento a lo dispuesto en la ley 25188 en relación a deberes,
prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas
las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus
niveles y jerarquías
//servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-
64999/60847/texact.htm ) y en el Decreto 41/99 Código de Etica de la
Funcion Pública
(//servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/55841/norma.htm)
9. Cancelación de la beca
9.1. La DIS podrá cancelar por decisión fundamentada tanto un EMI como
la participación de quienes lo integran y exigir la devolución de los
fondos desembolsados en los siguientes casos:
a) Cuando el informe de avance haya sido calificado por la DIS como NO
SATISFACTORIO, sea por incumplimiento en la presentación del mismo o
por incumplimiento de las actividades comprometidas en el Plan de
Trabajo, según se desprenda del informe presentado.
b) Por solicitud justificada de quien coordina, ante el incumplimiento
de algún integrante de las tareas previstas en el Plan de Trabajo o por
causas reiteradas de otra índole que lo ameriten.
c) La cancelación de la beca por parte de la DIS inhabilitará la recepción de nuevas Becas Salud Investiga.
10. Política de comunicación pública de resultados
10.1. Derechos de autor
10.1.1. Propiedad intelectual
La Dirección de Investigación en Salud recomienda a quienes hayan
recibido la beca en su condición de autores/as que antes de presentar
el Informe Final correspondiente a su beca de investigación registren
el mismo como obra inédita con la finalidad de resguardar su derecho de
propiedad intelectual sobre la obra, acorde a lo establecido en el art.
17 de la Constitución Nacional, que prescribe que "Todo autor o
inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento
por el término que le acuerde la ley", y en la Ley 11.723 sobre Régimen
Legal de la Propiedad Intelectual (Disponible en:
//servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=42755).
A dichos efectos, podrán consultar los pasos a seguir en la Dirección
Nacional del Derecho de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia,
Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, ingresando a:
https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechodeautor
En cuanto al Registro de Propiedad Intelectual, la DIS, en su condición
de editora de publicaciones científicas, se responsabilizará del
registro de las obras publicadas que le competa por Ley (ISBN, ISSN,
catalogación en fuente y/o inscripción de obra publicada).
A los fines de concretar esta iniciativa la DIS se reserva con carácter
no exclusivo los derechos de publicación, distribución y comunicación
pública del Informe Final de investigación por cualquier medio y
soporte, sin que el ejercicio de tales derechos represente beneficio
comercial alguno para la DIS. No obstante, y en virtud de ser una
cesión de derechos con carácter no exclusivo, quienes hayan recibido la
beca que deseen publicar los resultados de su investigación en
cualquier medio, soporte o formato deberán informar dicha decisión a la
DIS mediante correo electrónico a saludinvestiga.msal@gmail.com ,
respetando los términos y condiciones que se establecen en el punto
10.3.
Asimismo, la DIS se reserva el derecho de facilitar el informe final de
investigación a quienes desempeñen un rol de dirección, coordinación o
responsables de programas o unidades ministeriales creadas o por
crearse del Ministerio de Salud de la Nación que lo soliciten, a
efectos de considerarlos o utilizarlos como fuente de información para
la toma de decisiones sanitarias o para el diseño y/o implementación de
acciones en salud pública, conservando para los/as autores (las
personas que hayan recibido la beca) el derecho de propiedad
intelectual sobre el informe final y por tanto, el de recibir un
reconocimiento adecuado a través de la correspondiente referencia.
10.1.2. Derechos de publicación
La DIS tiene entre sus objetivos la difusión de los resultados de las
investigaciones financiadas con las becas Salud Investiga entre los
tomadores de decisiones clínicas y sanitarias de distintos niveles y la
comunidad científica y académica. Para ello dispone del Área de Gestión
del Conocimiento y Comunicación que, a través de su Programa de
Publicaciones Científicas -cuyas características se detallan en el
punto 10.2-, materializa dicho objetivo concibiendo al conocimiento
obtenido a partir de actividades de investigación financiadas con
fondos públicos como un bien público; adhiriendo a tal fin a la
corriente de publicación de Acceso Abierto (Open Access) que promueve
el acceso equitativo, libre y gratuito a los resultados de
investigaciones realizadas con fínanciamiento público, y teniendo como
marco normativo la Ley 26899 de Creación de Repositorios Digitales
Institucionales de Acceso Abierto, Propios o Compartidos, que fomenta
la publicación bajo esta modalidad y el depósito de la producción
científico-tecnológica en repositorios de este tipo.
En este sentido, los resúmenes de los informes finales estarán
disponibles para su consulta en Acceso Abierto a través de la
Biblioteca Virtual en Salud del Ministerio de Salud de la Nación .
La publicación del resumen del informe final de investigación es
obligatoria y la DIS podrá disponer la misma inmediatamente después de
la entrega de dicho informe.
La
publicación del resumen del Informe Final no implicará la pérdida de su
carácter de inédito, por lo tanto no inhibe el derecho de presentar el
informe como artículo original en una publicación científica con
revisión de pares.
10.2. Programa de Publicaciones Científicas
Revista Argentina de Salud Pública (
RASP):
publica artículos originales e inéditos de investigaciones, revisiones,
intervenciones sanitarias, análisis epidemiológicos y estudios
sociales, con perspectiva clínica o de Ciencias de la Salud, sobre
distintos aspectos de la Salud Pública, con el propósito de difundir
evidencia científica en Salud Pública a tomadores de decisiones
sanitarias, profesionales de salud, investigadores y docentes.
Suplemento COVID-19: integra la
Revista Argentina de Salud Pública
y publica artículos originales e inéditos de investigaciones,
revisiones, intervenciones sanitarias, análisis epidemiológicos,
reporte de casos, protocolos de investigación y estudios sociales, con
perspectiva clínica o de Ciencias de la Salud, sobre distintos aspectos
de la Salud Pública relacionados a la pandemia de COVID-19 y sus
respuestas sanitarias.
La
RASP y su Suplemento
COVID-19 está indexada en las bases LILACS, BINACIS, Latindex,
Periódica, REDIB, SciELO y DOAJ e integra la colección del Núcleo
Básico de Revistas Científicas Argentinas (CONICET).
Quienes hayan recibido la beca en su condición de autoría del trabajo
de investigación derivado de la Beca Salud Investiga tendrá opción de
publicar los resultados de su investigación en formato de artículo
científico en la
RASP o en su
Suplemento COVID-19 mediante presentación espontánea o bien porque su
informe final de investigación haya sido seleccionado por la DIS para
su presentación como artículo científico en cualquiera de las dos
publicaciones científicas.
Cabe destacar que con independencia del modo en que el artículo
científico haya sido presentado, sea espontáneo o por invitación, bajo
ningún aspecto implica un compromiso de publicación en la
RASP
o en su Suplemento dado que la publicación del artículo siempre estará
sujeta al resultado del proceso de revisión por pares establecido en la
política editorial de la Revista.
Biblioteca Virtual en Salud del Ministerio de Salud de la Nación
(BVS-MSAL): es el repositorio institucional que organiza, almacena,
preserva y ofrece acceso universal, libre y gratuito a la memoria
científico-técnica producida por las direcciones y programas del
Ministerio o derivada de las investigaciones financiadas o
cofinanciadas por la institución.
Con independencia de cualquier formato o medio que elijan para la
comunicación pública de los resultados de investigación, los/las
becarios/as deberán publicar en la BVS MSAL el resumen en español con
sus respectivas palabras clave. La operativización del proceso de
publicación será informada oportunamente por la DIS.
Asimismo, quienes hayan recibido la beca, en virtud de haber recibido
financiamiento del Ministerio de Salud de la Nación para el desarrollo
de su estudio, deberán depositar en la BVS- MSAL una copia de aquellos
productos de investigación científica derivados del informe final de la
investigación, tales como: artículos científicos publicados en revistas
científicas con referato, libros, capítulos de libro, ponencias o
pósters.
Se aceptarán para depósito las siguientes versiones: aceptada para
publicación o publicada. De acuerdo a este mandato, quienes hayan
recibido la beca deberán tener en cuenta en los acuerdos de publicación
que firmen con terceras personas -
sea en calidad de editoras o cofinanciadoras del estudio-
que la cesión de derechos de publicación no tenga carácter exclusivo.
Si no fuera así, quien edite o cofinancie deberá agregar en el acuerdo
de publicación una adenda en la que se establezca una excepción que
permita el depósito de una copia en Acceso Abierto de la versión
aceptada para publicación o publicada del informe de investigación.
Cualquier aclaración adicional podrá solicitarla a
saludinvestiga.msal@gmail.com
10.2.1. Acceso Abierto
Las publicaciones electrónicas de la Dirección adhieren al modelo de
publicación en Acceso Abierto, que promueve el acceso a la literatura
científica a través de Internet libre de barreras económicas, es decir
gratuito, y de restricciones por derechos de autor (Declaración de
Budapest, 2002; Declaración de Bethseda, 2003; Declaración de Berlín,
2003). De acuerdo a este modelo, todos los trabajos publicados en la
BVS-MSAL, la RASP y su Suplemento COVID-19 o en cualquier otra
publicación que la Dirección pueda crear, quedan libremente disponibles
para que los lectores puedan leer, descargar, copiar, distribuir y
hacer obras derivadas con la obligación de reconocer la autoría de la
obra y la fuente primaria de publicación. A tales efectos la Dirección
adopta el sistema de Licencias
Creative Commons
que es un conjunto de herramientas legales estandarizadas mundialmente
y de uso frecuente en publicaciones científicas de Acceso Abierto que
permite a las personas autoras y a las instituciones y organismos
informar a los usuarios qué permisos de uso se otorgan sobre las obras
publicadas siempre conservando para los autores el derecho de propiedad
intelectual sobre las mismas y el de ser adecuadamente reconocidos y
citados. Los alcances de la Licencia Creative Commons Atribución - No
Comercial 4.0 Internacional elegida por la Dirección podrán ser
consultados en: [https://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0/deed.es]
10.3. Permiso de publicación
Quienes hayan recibido la beca en su calidad de autores/as deberán
notificar a la DIS por correo electrónico
(saludinvestiga.msal@gmail.com ) la publicación de los resultados de su
investigación en distintos formatos (póster o resumen -para jornadas,
congresos o eventos científicos-, artículo científico, libro o capítulo
de libro).
Asimismo, en cualquier publicación o difusión impresa y/o digital de
los resultados de la investigación, como también en todos los
materiales (documentos de trabajo, folletos, credenciales, encuestas,
etc.) que se utilicen en las actividades incluidas en el desarrollo del
proyecto, deberá consignarse la siguiente leyenda: “Investigación
financiada por la Dirección de Investigación en Salud, Ministerio de
Salud de la Nación a través de las Becas Salud Investiga”. En caso de
que se requiera utilizar el logo del Ministerio de Salud o el de la
Dirección de Investigación en Salud, se deberá solicitar autorización
por escrito (correo electrónico) a la DIS.
10.4. La DIS orientará sus esfuerzos para realizar un evento anual en
el cual se les solicitará a quienes hayan recibido la beca que realicen
una presentación pública de los resultados de su investigación.
11. Consultas
Las consultas sobre el contenido de estas bases pueden realizarse por correo electrónico a: saludinvestiga.msal@gmail.com
12. Áreas Temáticas Becas Salud Investiga 2022-2023 |
1. Covid-19
1.1.Impacto Clínico
1.1.1.Impacto de la pandemia COVID-19 en la salud mental de la
población (niños y adolescentes, adultos mayores, trabajadores
esenciales)
1.1.2. Adherencia terapéutica y acceso adecuado a tratamientos crónicos
en distintas patologías en contexto de la pandemia COVID-19
1.1.3. Impacto de la postergación de medidas preventivas, consultas,
estudios o intervenciones en patologías generales en el marco de la
pandemia COVID-19.
1.2.Impacto Social y económico
1.2.1.Impacto sanitario/social/económico de la pandemia COVID-19 en
poblaciones vulnerables (pueblos originarios, pobreza estructural,
inmigrantes, trabajo informal)
1.2.2.Evaluación multidimensional de la pandemia COVID-19 en contextos institucionales cerrados (geriátricos, cárceles)
1.3.Organización asistencial
1.3.1. Evaluación de dispositivos y recursos de atención para el síndrome post COVID-19
1.3.2. TIC para teleasistencia en salud: aplicación en medicina,
enfermería, odontología, kinesiología, farmacia y otras ramas sanitarias
1.4.Vacunación
1.4.1. Campañas de vacunación COVID-19: implementación y resultados de impacto en la mitigación de la enfermedad
1.4.2. Evaluación de resultados (eficacia, efectividad, seguridad) de
las distintas vacunas del COVID 19 suministradas a diferentes grupos
2. Cursos de vida
2.1.Acceso a la atención en salud de niños y niñas con discapacidad
2.2. Muerte súbita de lactantes y sueño seguro
2.3. Alcances de la implementación del Código Internacional de Sucedáneos de la Leche Materna
2.4. Alcances de la implementación de la ley de Parto Respetado
2.5. Alimentación y nutrición de niños y niñas menores de 2 años/ lactancia materna
2.6. La salud ambiental en niños y niñas
2.7. Redes de atención de salud perinatal y niñez
2.8 Salud de adultos mayores
2.8.1. Envejecimiento saludable y curso de vida.
2.8.2. Promoción en salud y mejoramiento de la capacidad funcional
2.8.3. Atención de personas mayores en el primer nivel de atención y capacidad de respuesta del sistema de salud
2.8.4. Calidad de vida en Residencias de personas mayores
3.Salud y género
3.1. Análisis de los procesos de gestión del sistema de salud en el
abordaje integral e intersectorial de las violencias por motivos de
género
3.2. Efectos a mediano y largo plazo de los tratamientos hormonales en
la niñez, adolescencias y poblaciones adultas y adultas mayores
trans-travesti.
3.3.Impactos en la salud en prácticas no seguras de modificación corporal (aceites, siliconas líquidas, etc)
3.4. Posibles abordajes terapéuticos de las complicaciones psicológicas
y somáticas asociadas a la utilización de sustancias de relleno.
3.5. Acceso al sistema de salud en la niñez y en adolescencias trans, travestis y personas no binarias
4.Salud Sexual y reproductiva
4.1. Uso de métodos anticonceptivos en adolescentes y mujeres adultas (35 y más años) (adherencia, preferencia)
4.2. Métodos de larga duración: actitudes y comportamientos de adolescentes
4.3. Evaluación de la calidad de las consejerías en salud sexual y reproductiva desde la perspectiva de las personas usuarias
4.4. Evaluación de la calidad de los servicios que proveen IVE/ILE
4.5. El trabajo de las obstétricas en los servicios de salud sexual y reproductiva
4.6. Anticoncepción pos evento obstétrico: acceso y calidad de la atención
4.7. Evaluación del acceso a la ligadura tubaria.
5.Enfermedades crónicas no transmisibles
5.1. Estrategia Nacional de Entornos Saludables
5.1.1. Evaluación de la implementación de la estrategia de Universidades Saludables
5.1.2. Alimentación saludable
5.1.3.Impacto de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable en el consumo y la publicidad
5.1.4. Evaluación de composición nutricional de productos envasados
antes y después de la implementación de la ley de promoción de
Alimentación Saludable
5.1.5. Modificación de los entornos escolares en las jurisdicciones con ley reglamentada
5.2. Tabaco
5.2.1 Impacto de las nuevas advertencias sanitarias en la disminución del consumo de tabaco
5.2.2 Percepción de la población sobre publicidad, promoción y patrocinio (PPP) de la industria tabacalera
5.2.3 Evaluación de las políticas regulatorias en el control del comercio ilícito de productos de tabaco
5.3. Alcohol
5.3.1 Evaluación de la disponibilidad y los aspectos regulatorios de alcohol en municipios seleccionados.
5.3.2. Estimación del consumo de alcohol en población transgénero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Bs. As
5.4. Enfermedad cardiovascular, ACV, DM, HTA y enfermedad renal
5.4.1 Acceso y metodologías para la prevención, diagnóstico y tratamiento
5.5. Cáncer
5.5.1. Prevención, diagnóstico y tratamiento del cáncer
5.5.2. Factores de riesgo y protectores contra el cáncer
5.5.3. Epidemiología del cáncer
5.5.4. Conformación e identificación de redes de salud en cáncer.
5.6.Desnutrición
5.6.1 Desnutrición en la primera infancia
5.6.2 Trastornos de la conducta alimentaria: prevención, diagnóstico y tratamiento en niños, adolescentes y adultos
5.7. Lesiones
5.7.1 Perfil de las lesiones por violencia interpersonal en jóvenes de 14 a 29 años
5.7.2 Caracterización de las lesiones en contexto laboral de personas mayores de 18 años
5.8. Promoción de hábitos saludables
5.8.1. Estrategias de empoderamiento y hábitos saludables en personas
con hipertensión, obesidad, diabetes mellitus y tabaquismos
5.9.Salud Mental
5.9.1. Dispositivos y abordajes en padecimientos subjetivos. Perspectivas intersectoriales.
5.9.2. Dificultades y estrategias en el abordaje de los consumos problemáticos.
5.9.3. Estrategias de intervención en salud mental para la atención de
mujeres y LGTBI+ que atraviesan violencias por motivo de género.
6.Enfermedades transmisibles
6.1.Zoonosis, enfermedades por vectores, emergentes desatendidas
6.1.1. Prevención y tratamiento de las enfermedades infecciosas más
prevalentes (dengue, zika, chikunguña, chagas, leptospirosis)
6.1.2.Cambio climático y vectores.
6.1.3.Cambio climático y enfermedades zoonóticas
6.2.VIH/ SIDA
6.2.1.Acceso al diagnóstico y tratamiento en HIV/SIDA
7.Personas con Discapacidad
7.1.Abordajes del diagnóstico, seguimiento y tratamiento en personas con
7.2. Barreras de acceso al sistema de salud para las personas con discapacidad y/o discapacidad
quienes las cuidan
8.Donación de órganos
8.1.Estrategias para mejorar la promoción de la procuración, ablación y trasplante
9.Cannabis
9.1. Estudios de uso terapéutico de cannabis medicinal.
10.Políticas y servicios de salud
10.1. Equidad en el acceso
10.1.1. Estudios de costos sanitarios y cuentas en salud pública
10.2. Formación del talento humano y empleo en salud
10.2.1. Estrategias para evaluar y modificar la inequidad en la distribución del recurso humano en salud
10.2.2. Estudios sobre articulación formativa de grado-posgrado de profesionales orientada a necesidades sanitarias
10.2.3. Evaluación de los procesos de formación: mecanismos para evitar la fragmentación y sobre especialización
10.2.4. Multiempleo y su impacto en la cultura de las organizaciones de salud
10.3. Gestión de la información en salud
10.3.1. Evaluación de los sistemas de registro de eventos de salud en Argentina
10.3.2.Importancia de la pandemia en los cambios demográficos de la población argentina
10.3.3. Análisis del descenso de la fecundidad en Argentina
10.3.4. Historia clínica digital y registros electrónicos en salud para la generación de información epidemiológica y sanitaria
10.4. Medicamentos
10.4.1. Estrategias para mejorar el acceso a medicamentos
10.4.2. Estudios de caracterización del mercado de medicamentos (esenciales, biosimilares, alto precio, oncológicos)
10.5. Políticas de investigación en salud
10.5.1. Análisis sobre los procesos de transferencia de conocimiento entre los sectores público/ privado en Argentina
10.5.2. Estudios sobre procesos de gestión del conocimiento en salud (nacionales o regionales)
10.5.3. Estudios sobre el desarrollo de políticas de investigación en salud (provinciales, regionales o internacionales)
10.6.Salud y comunicación
10.6.1. Estudios de efectividad e impacto de las estrategias de difusión, publicidad y comunicación en Salud en la población
10.6.2. Estudios sobre la relación entre publicidad y consumos de alimentos poco saludables en niños
11.Investigación Traslacional
11.1. Estudios sobre tecnologías aplicadas a procesos de rehabilitación psicomotriz y discapacidades
11.2. Metodologías diagnósticas aplicados a patologías complejas y/o poco frecuentes con enfoque en salud pública
11.3. Estudios sobre implementación de modelos innovadores de externación y salud mental comunitaria
11.4.Estudios sobre experiencias e implementación de procesos y resultados de investigación traslacional en APS
Anexo I: Modelo de Nota Conceptual
Aspectos de formato:
La fuente debe ser Arial, con tamaño 11, interlineado simple, con texto
justificado, márgenes normales (superior e inferior 2.5; izquierda y
derecha 3). No debe superar las tres carillas.
Aspectos técnicos:
Presente una narración coherente, consistente (no contradictoria) y con
conexión interna entre las diferentes etapas del proceso de
investigación, utilizando las secciones adecuadas. Dada la extensión
máxima, la propuesta debe ser clara, sintética y focalizada.
Secciones que debe contener:
• Presentación del problema y fundamentación
• Objetivos
• Métodos
• Viabilidad de implementación
• Impacto potencial
• Implicancias éticas
• Cronograma Preliminar
• Bibliografía
ANEXO II: Modelo de nota de compromiso de presentación en Nota Conceptual- Institución Coordinadora
ANEXO IV: Modelo de CV para quien coordina (NO MÁS DE DOS CARILLAS)
ANEXO IV: Modelo de CV para quien coordina (NO MÁS DE DOS CARILLAS)
ANEXO V: Modelo de presentación para la Propuesta Completa
Aspectos de formato:
La fuente debe ser Arial, con tamaño 11, interlineado simple, con texto
justificado, márgenes normales superior e inferior 2.5; izquierda y
derecha 3).
Aspectos técnicos
Secciones que debe contener:
1. TÍTULO DE LA INVESTIGACIÓN (hasta 60 palabras)
2. RESUMEN DE LA INVESTIGACIÓN
3. IDENTIFICACIÓN, DELIMITACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PROBLEMA DE CONOCIMIENTO (hasta dos páginas)
4. OBJETIVOS (máximo media carilla)
5. METODOLOGÍA (hasta 2 páginas)
6. PROCEDIMIENTOS PARA GARANTIZAR LOS ASPECTOS ÉTICOS DE LA INVESTIGACIÓN (hasta una carilla)
7. BIBLIOGRAFÍA (hasta una carilla)
8. PLAN DE EJECUCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN (hasta dos carillas)
ANEXO VI: Formulario de postulación a EMI - Convocatoria Salud Investiga 2022-2023
[1] (*) (**) Estos Anexos serán enviados oportunamente a los proyectos seleccionados para enviar la propuesta completa