Resolución 2035/2019
RESOL-2019-2035-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2019
VISTO el EX-2018-65899500-APN-DGDMT#MPYT del Registro de este
MINISTERIO DE TRABAJO Y PRODUCCION, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y la Ley 23.546,
CONSIDERANDO:
Que a páginas 3/4 del IF-2019-04624416-APN-DGDGMT#MPYT, del
EX-2019-04623132-APN-DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente con el
Expediente de Referencia, de fecha 22 de Enero de 2019, obra el Acuerdo
celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA
DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, por la parte sindical y la CAMARA
ARGENTINA DE FABRICANTES DE ENVASES DE CARTON Y/O PAPEL TUBOS Y
AFINES-(CAFET), por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido otorgar una
Gratificación Extraordinaria por única vez, conforme a lo dispuesto en
el Decreto N° 1043/18, en virtud de las prescripciones y demás
consideraciones que obran en el texto al cual se remite.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con el alcance
de representación de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y
QUIMICOS, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE
ENVASES DE CARTON Y/O PAPEL TUBOS Y AFINES-(CAFET), por la parte
empresaria por la parte empresaria, que luce a páginas 3/4 del
IF-2019-04624416-APN-DGDGMT#MPYT, del EX-2019-04623132-APN-DGDMT#MPYT
que tramita conjuntamente con el Expediente de referencia, de fecha 22
de Enero de 2019, conforme a lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo que luce a páginas 3/4 del IF-2019-04624416-APN-DGDGMT#MPYT,
del EX-2019-04623132-APN-DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente del
Expediente de referencia, de fecha 22 de Enero de 2019.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 719/15.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250
(t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Lucas Fernández Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/06/2022 N° 41002/22 v. 15/06/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)