VISTO el Expediente EX-2020-41465855-APN-CGD#MMGYD, el Decreto Nº 7 del
10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N°
22.520 (t.o. 1992), la Resolución N° 108 de fecha 25 de julio de 2020 y
la N° 223 de fecha 14 de mayo de 2021 del MINISTERIO DE LAS MUJERES,
GÉNEROS Y DIVERSIDAD, y
Que por la Resolución N° 108 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD (MMGyD) del 25 de julio de 2020 (RESOL-2020-108-APN-MMGYD)
se creó el Programa Nacional “GENERAR” para el fortalecimiento de la
institucionalidad en materia de género y diversidad en nuestro país,
tanto en el sector público nacional como subnacional.
Que a través de la mencionada Resolución se aprobaron los Lineamientos
Generales y Componentes, creando las siguientes líneas de
financiamiento, a saber: Línea A: “Fortalecimiento de la
institucionalidad de género y diversidad en los organismos del sector
público nacional”, la Línea B.1: “Fortalecimiento de las Áreas de
Género y Diversidad Provinciales”, la Línea B2.1: “Asistencia para la
creación de nuevas Áreas de Género y Diversidad Municipales” y la Línea
B2.2: “Fortalecimiento de Áreas de Géneros y Diversidad ya existentes”
del Programa Nacional “GENERAR”.
Que mediante la Resolución N° 223/2021 del MINISTERIO DE LAS MUJERES,
GÉNEROS Y DIVERSIDAD se modificó la Resolución N° 108/2020 con el
propósito de simplificar y facilitar el trámite; de readecuar los
requisitos de elegibilidad y el formulario del proyecto para agilizar
su ejecución; y de establecer un procedimiento administrativo que
indique cada uno los pasos a seguir, los requerimientos para el
desarrollo de los objetivos propuestos, seguimiento, monitoreo,
rendición y cierre de cada proyecto.
Que, a su vez, mediante la Resolución 223/2021 se incorpora al Programa
Nacional “GENERAR” la Línea B2.3: “Fortalecimiento de Políticas Locales
tendientes a la igualdad de géneros y la promoción de la diversidad”.
Que en virtud del tiempo transcurrido desde la Resolución de creación
del Programa Nacional “GENERAR” y su modificatoria, se encuentra
desactualizado el aporte económico que otorga el MINISTERIO DE LAS
MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD en concepto de subsidio para la
implementación del Programa Nacional “GENERAR”
Que en consecuencia, resulta necesario actualizar el aporte económico
que otorga el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD a través
del Programa Nacional “GENERAR”.
Que en razón de lo expuesto, se requiere dejar sin efecto el ANEXO I
“Lineamientos Generales del Programa Nacional “GENERAR”
(IF-2021-41420544-APN- DAFYRI#MMGYD) aprobado por la Resolución N°
223/2021 y sustituirlo por el ANEXO I “Lineamientos Generales del
Programa Nacional “GENERAR” registrado bajo el N°
IF-2022-57237223-APN-DAFYRI#MMGYD.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA del
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS del MINISTERIO DE
LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones previstas en el
artículo 4°, inciso b), puntos 6 y 9 de la Ley de Ministerios N° 22.520
(t.o. 1992), sus modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 1° — Apruébase el ANEXO I “Lineamientos Generales del Programa
Nacional “GENERAR” registrado bajo el N°
IF-2022-57237223-APN-DAFYRI#MMGYD que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Sustitúyase el ANEXO I “Lineamientos Generales del
Programa Nacional “GENERAR” (IF-2021-41420544-APN- DAFYRI#MMGYD)
aprobado por la Resolución N° 223 del MINISTERIO DE LAS MUJERES,
GÉNEROS Y DIVERSIDAD de fecha 14 de mayo de 2021, por el ANEXO aprobado
en el artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será atendido por el Programa 21, Jurisdicción 86, Servicio
Administrativo Financiero 386 - MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD
ARTÍCULO 4° — La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/06/2022 N° 45177/22 v. 16/06/2022
Anexo I
Lineamientos Generales del Programa Nacional Generar
1. FUNDAMENTOS
En las últimas décadas la Argentina ha sancionado leyes que la
consolidan como un país con un marco normativo ampliamente protectorio
de los derechos de las mujeres y LGTBI+. El mayor hito normativo en
materia de violencias por motivos de género fue, en marzo de 2009, la
Ley N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y
Erradicar las Violencias contra las Mujeres en los ámbitos en que
Desarrollen sus Relaciones Interpersonales. En materia de
reconocimiento de derechos de LGTBI+, ha sido pionera al sancionar la
Ley N° 26.618, de Matrimonio Igualitario y la Ley N° 26.743 de
Identidad de Género, que reconoce la identidad autopercibida de cada
persona y su derecho a un trato digno, independientemente del sexo
asignado al nacer y de sus registros identificatorios. Otros avances
destacados fueron la incorporación del femicidio al Código Penal a
través de la Ley N° 26.791, la Ley N° 27.452 (Ley Brisa) que instauró
un régimen de reparación económica para las y los hijos de víctimas de
femicidios y la Ley N° 27.499 (Ley Micaela), que establece la
capacitación obligatoria en las temáticas de género y violencias por
motivos de género para todas las personas que se desempeñen en la
función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
Sin embargo, este encomiable reconocimiento normativo no basta si no es
acompañado de políticas públicas que transformen efectivamente la vida
cotidiana de las mujeres y LGTBI+. Para poder avanzar en el diseño e
implementación de estas políticas públicas, el Estado, en sus distintos
niveles, requiere de una institucionalidad robusta, consolidada y
dotada de recursos y capacidades. La Cuarta Conferencia Mundial sobre
la Mujer, que aprobó en 1995 la Declaración y Plataforma de Acción de
Beijing, de la que Argentina es parte, fijó entre los mecanismos claves
para alcanzar la igualdad de género al establecimiento de mecanismos
institucionales para el adelanto de las mujeres, los que “deben
fomentar la formulación de políticas activas y visibles para la
incorporación de una perspectiva de género en todas las políticas y
programas de modo que, antes de que se adopten las decisiones, se
realice un análisis de sus posibles efectos para uno y otro sexo”
(párr. 202). También estableció que “el éxito de las políticas y de las
medidas destinadas a respaldar o reforzar la promoción de la igualdad
de género y la mejora de la condición de la mujer debe basarse en la
integración de una perspectiva de género en las políticas generales
relacionadas con todas las esferas de la sociedad” (párr. 57).
Tanto el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité
DESC) como el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas se han
pronunciado al respecto. El primero exhortó a los Estados, en la
Observación General N° 18 (“La igualdad de derechos del hombre y la
mujer al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales”),
a que tengan en cuenta las desigualdades económicas, sociales y
culturales existentes, en especial las que sufren las mujeres, a la
hora de diseñar e implementar políticas (punto 8). El segundo, en la
Observación General N° 28 (“La igualdad de derechos entre hombres y
mujeres”) señaló que los Estados deben adoptar medidas eficaces y
positivas, incluida las medidas necesarias de discriminación inversa,
para promover y asegurar la participación de la mujer en los asuntos
públicos y en el ejercicio de cargos públicos.
En diciembre de 2019 se crea el Ministerio de las Mujeres, Géneros y
Diversidad (en adelante, MMGyD), a través del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 7/2019 que modificó la Ley de Ministerios N° 22.520, como
respuesta al compromiso asumido para la construcción de una sociedad
más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las
personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones
sexuales, identidades o expresiones de género.
Como señala la Comisión Económica para América Latina y el Caribe
(CEPAL), “la gestión pública con enfoque de género es un componente
crucial para avanzar en la igualdad de género”
1. Entre las
medidas necesarias para garantizar la transversalización de esta
perspectiva, es central que todos los estamentos del Estado cuenten con
áreas especializadas, dotadas de recursos materiales, recursos humanos
y con apoyo institucional suficiente para garantizar que cada uno de
los organismos puedan diseñar, planificar, implementar y monitorear las
políticas públicas en consonancia con esta perspectiva.
En relación a ello, uno de los objetivos estratégicos del MMGyD es
fortalecer y promover a nivel federal la jerarquización de las áreas de
género y diversidad de las provincias de modo de robustecer la
institucionalidad en esta materia. Un Estado federal requiere
indispensablemente del trabajo articulado con y entre las provincias y,
para ello, el presente Programa tiene como finalidad apoyar y reforzar
los mecanismos institucionales que en materia de género y diversidad
tienen las provincias, dotándolas de mayores recursos materiales para
garantizar su funcionamiento, asistiéndolas técnicamente en todas
aquellas instancias que lo requieran e impulsando su jerarquización,
entre otras medidas. El trabajo consensuado y conjunto permitirá
consolidar líneas de trabajo federales para alcanzar el objetivo de
poner fin a las violencias por motivos de género y a la desigualdad
estructural que enfrentan mujeres y LGTBI+ en los distintos territorios
del país.
Por último, y en el mismo sentido, el presente Programa tiene como
objetivo central fortalecer las capacidades estatales de los municipios
en materia de políticas de género y diversidad a nivel local. El modelo
de gestión que el MMGyD se propone en el abordaje integral de las
violencias y desigualdades por motivos de género, tiene en el centro de
sus condiciones de posibilidad la existencia de municipios fuertes,
capacitados y dotados de recursos institucionales sólidos en la
materia. Los gobiernos locales son quienes articulan las políticas
públicas en el territorio y quienes reciben las demandas de la
ciudadanía de manera directa. Son los dispositivos estatales
municipales quienes resuelven cotidianamente los conflictos y atienden
las problemáticas desde el conocimiento de las dinámicas territoriales.
Es desde el nivel local que se articula con las organizaciones de la
sociedad civil que también son fundamentales el trabajo en red y una
efectiva implementación de las políticas públicas. Son estos
dispositivos de gestión municipal los que el MMGyD se propone
fortalecer y acompañar apoyando la institucionalidad en materia de
género y diversidad a nivel local. La sinergia virtuosa que pueda
generarse entre el Estado nacional, las provincias y los municipios
está en el centro del objetivo del MMGyD para dotar a nuestro país de
mejores recursos, capacidades y herramientas institucionales que
garanticen los derechos de las mujeres y LGTBI+ que tiendan a
construir, así, un país más justo e igualitario.
La incorporación de la perspectiva de género y diversidad como asunto
de agenda en todos los niveles de gobierno se inserta, así, como una
cuestión cuya atención necesariamente debe transformar las prioridades,
la planificación, las estrategias, los objetivos y las metas de cada
una de las instituciones, y sus interrelaciones internas y externas.
Requiere de un proceso que implica cambios culturales y cuya concreción
se verá efectivamente en el largo plazo. Por ello, es necesaria la
acción del Estado nacional trabajando juntamente con los Estados
provinciales y municipales para lograr las mejores herramientas
institucionales que garanticen poder avanzar hacia sociedades más
igualitarias, democráticas e inclusivas. Para lograrlo, promovemos no
sólo la creación y consolidación institucional de áreas especializadas
en género y diversidad en el sector público provincial y municipal,
sino que proponemos el desarrollo de herramientas que garanticen la
transversalización del enfoque de género y diversidad en todas las
políticas públicas a través del trabajo articulado entre dichas áreas
especializadas y el resto de las áreas de gobierno.
En síntesis, ninguna política pública es neutral en términos de género
y cada una de ellas, proyecta o reproduce las desigualdades de género
ya existentes en la sociedad. Para modificar esas estructuras estatales
debemos trabajar desde el Estado nacional en la construcción y
promoción de nuevas institucionalidades en materia de género y
diversidad con perspectiva federal y fuertemente ancladas en las
necesidades particulares de cada territorio.
2. OBJETIVOS:
A. OBJETIVO GENERAL
Fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad en
nuestro país en la administración pública provincial y municipal.
B. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a. Promover la transversalización del enfoque de género y diversidad en las políticas públicas.
b. Fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad en las provincias y la CABA.
c. Fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad en
los municipios, tanto para la creación de áreas de género y diversidad
nuevas como para el apoyo de áreas de género y diversidad ya existentes.
d. Fortalecer la capacidad de los municipios en materia de políticas de
género, propiciando la promoción de la igualdad y la diversidad.
e. Asistir técnicamente a las áreas especializadas en género y
diversidad de los organismos públicos provinciales y municipales que lo
soliciten.
f. Promover la formación y capacitación especializada en género y
diversidad en los organismos públicos provinciales y municipales.
g. Elaborar guías, recomendaciones y herramientas para la gestión
pública en materia de género y diversidad a nivel provincial y
municipal.
h. Promover la articulación y el trabajo en red entre las áreas
especializadas en género y diversidad de los organismos públicos
provinciales y municipales.
3. SECTOR DESTINATARIO
Serán destinatarios/as del Programa:
- Las áreas responsables en materia de género y diversidad de las provincias y la CABA;
- Las áreas responsables en materia de género y diversidad de los municipios;
- Los organismos y las áreas de la administración pública municipal que
persigan, de forma articulada con las áreas especializadas, la
incorporación y transversalización del enfoque de género y diversidad.
4. IMPACTO ESPERADO
El impacto esperado del presente Programa es:
- Mejora en los estándares de institucionalidad en materia de género y diversidad en el país;
- Políticas públicas con perspectiva de género y diversidad;
- Jerarquización de las áreas de género y diversidad a nivel provincial y municipal;
- Mejora en las capacidades institucionales de gestión de las áreas de género y diversidad de las provincias y los municipios;
- Transversalización de las políticas de género y diversidad a partir del trabajo articulado entre áreas gubernamentales;
- Desarrollo de las capacidades de gestión de los municipios en materia
de políticas de género, a favor de la promoción de la igualdad y la
diversidad;
- Articulación virtuosa entre organismos nacionales, provinciales y municipales en materia de políticas de género y diversidad.
5. LÍNEAS DE TRABAJO
El Programa Nacional Generar se organiza en torno a las siguientes líneas de trabajo.
SECTOR PÚBLICO DE LOS ESTADOS
SUBNACIONALES. Fortalecimiento de la institucionalidad de género y
diversidad en las provincias y municipios.
Se contempla la asistencia técnica del MMGyD para la creación y
fortalecimiento de áreas especializadas en materia de género y
diversidad en las provincias y municipios y otros mecanismos posibles
que aseguren la transversalización de la perspectiva de género y
diversidad en el conjunto de políticas públicas subnacionales. Esta
línea de trabajo incluye también la transferencia de recursos
nacionales tanto para provincias como para municipios, en el marco de
un trabajo articulado e integral para el fortalecimiento institucional,
incluyendo componentes de capacitación, evaluación de indicadores y
articulación de políticas, entre otros.
-
LÍNEA B1: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales.
Para el caso de las 23 provincias y la CABA, el Programa prevé acciones
y transferencia de recursos para el fortalecimiento y jerarquización de
las áreas de género y diversidad de esas jurisdicciones.
-
LÍNEA B2: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Municipales.
Para el caso de los municipios de todo el país, el Programa prevé
acciones y transferencia de recursos para el fortalecimiento
institucional de las áreas de género y diversidad a nivel local,
distinguiendo tres posibilidades:
•
Línea B2-1. Asistencia para la creación de nuevas áreas de género y diversidad
Implica la asistencia para la creación de nuevas áreas de género y/o
diversidad en aquellos gobiernos locales que aún no cuentan con las
mismas en sus estructuras formales, contemplando las necesidades,
problemáticas y particularidades de cada territorio.
•
Línea B2-2. Fortalecimiento de áreas de género y diversidad ya existentes.
Implica la asistencia para el mejoramiento de los estándares locales de
institucionalidad en materia de género y/o diversidad a partir de la
jerarquización, consolidación, profundización y crecimiento de las
áreas de género y/o diversidad ya existentes, promoviendo el
fortalecimiento de sus políticas, capacitaciones de sus equipos de
trabajo, desarrollo de sus capacidades de gestión, mejoramiento de
capacidades instaladas y mayores articulaciones interinstitucionales.
•
Línea B2-3. Fortalecimiento de las políticas locales tendientes a la igualdad de género y la promoción de la diversidad.
Implica la asistencia para la inclusión de la transversalización de la
perspectiva de género y diversidad al conjunto de las políticas
públicas locales, promoviendo la articulación de las áreas de género
y/o diversidad con otras áreas municipales a través del desarrollo de
redes de trabajo en pos del fortalecimiento de las políticas
específicas de igualdad y diversidad en todas las acciones municipales,
tanto en contextos urbanos como rurales, valorando especialmente la
inclusión de la interseccionalidad, en particular en aquellas acciones
dirigidas a:
- La incorporación de la perspectiva de género y diversidad en el mundo del trabajo, la producción y el empleo;
- El fortalecimiento de las políticas vinculadas a la organización social del cuidado;
- El fortalecimiento de las políticas vinculadas a la promoción de la diversidad.
6. APORTE ECONÓMICO:
El aporte económico que otorgará el MMGyD a través del Programa
Nacional Generar consistirá en un subsidio no mayor al SETENTA Y CINCO
POR CIENTO (75%) del monto total presupuestado para el proyecto,
debiendo cada contraparte efectuar una contribución equivalente, como
mínimo, al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del total del proyecto.
El monto máximo a financiar por el MMGyD será de:
- Línea B1 una suma no mayor al equivalente de SETENTA (70) Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM)
- Líneas B2.1, B2.2 y B2.3 una suma no mayor al equivalente de
TREINTA (30) SMVM para municipios cuya población sea inferior o igual a
los DIEZ MIL (10.000.-) habitantes según el último Censo Nacional de
Población, Hogares y Vivienda publicado por el Instituto Nacional de
Estadística y Censos (INDEC) y una suma no mayor al equivalente de
CINCUENTA (50) SMVM para municipios cuya población sea superior a los
DIEZ MIL (10.000.-) habitantes según el mencionado Censo.
Los montos financiados estarán sujetos a la evaluación y aprobación
técnica del MMGyD, en función del cronograma de actividades y
coherencia interna de la propuesta presentada por el gobierno
subnacional.
En todos los casos el subsidio otorgado deberá destinarse de la siguiente manera:
- Gastos de capital: Se podrá disponer de hasta el 50% del financiamiento.
- Gastos corrientes: Este monto surgirá del resultado de la diferencia del total financiado menos los gastos de capital.
El desembolso del financiamiento por parte del Ministerio quedará
sujeto a la disponibilidad presupuestaria, al informe técnico de
viabilidad del área correspondiente y al cumplimiento de los requisitos
de elegibilidad.
7. COMPONENTES
A los fines de este Programa, los componentes de lo que se entiende por fortalecimiento institucional son:
- Transferencia de recursos.
- Asistencia técnica con equipos especializados.
- Formación y capacitación de equipos técnicos especializados.
- Elaboración de guías, recomendaciones y sugerencias en materia de
herramientas institucionales y buenas prácticas en el campo de las
políticas de género y diversidad: tanto para las áreas especializadas
como para los procesos de transversalización del enfoque de género en
el conjunto de las políticas públicas.
- Evaluación y monitoreo de la institucionalidad de género y diversidad con indicadores específicos para tal fin.
- Articulación del trabajo en red entre organismos estatales
nacionales, provinciales y municipales y organizaciones de la sociedad
civil especializadas en la materia.
8. ACCIONES
Línea B) SECTOR PÚBLICO DE LOS ESTADOS SUBNACIONALES
LÍNEA B1: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales
Acciones a desarrollar:
a) Realizar un relevamiento constante de las áreas especializadas en
género y diversidad en todas las jurisdicciones provinciales y sus
demandas en materia de capacidades institucionales y recursos para la
jerarquización del área y efectivización de las políticas de género y
diversidad a nivel provincial.
b) Transferir recursos para el fortalecimiento de las competencias
estatales provinciales en materia de institucionalidad de género y
diversidad.
c) Promover, acompañar y asistir técnicamente en la creación,
jerarquización y fortalecimiento de las áreas especializadas en género
y diversidad en las estructuras de los gobiernos provinciales que no
cuenten con áreas específicas y/o que requieran fortalecer sus recursos
institucionales.
d) Instrumentar capacitaciones y espacios de formación específicos para
dotar de recursos humanos especializados a las áreas de género y
diversidad a nivel provincial.
e) Desarrollar guías, recomendaciones y sugerencias en materia de
gestión de políticas de género y diversidad para las áreas de género y
diversidad provinciales.
f) Desarrollar indicadores y sistemas de evaluación y monitoreo de la institucionalidad de género a nivel provincial.
g) Fomentar el trabajo interinstitucional de las áreas especializadas
en género y diversidad a nivel provincial con organismos públicos
nacionales y municipales especializados en la materia, organismos
internacionales, organizaciones de la sociedad civil y sector privado,
a fin de lograr un abordaje integral de las políticas de género y
diversidad.
LÍNEA B2: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Municipales.
Acciones a desarrollar:
a) Realizar un relevamiento constante de las áreas especializadas en
género y diversidad en todas las jurisdicciones municipales y sus
demandas en materia de capacidades institucionales y recursos para la
jerarquización del área y efectivización de las políticas de género y
diversidad a nivel local.
b) Transferir recursos para el fortalecimiento de las competencias
estatales municipales en materia de institucionalidad de género y
diversidad.
c) Promover, acompañar y asistir técnicamente en la creación,
jerarquización y fortalecimiento de las áreas especializadas en género
y diversidad en las estructuras de los gobiernos locales que no cuenten
con áreas específicas y/o que requieran fortalecer sus recursos
institucionales.
d) Promover, acompañar, asistir técnicamente y transferir recursos para
el fortalecimiento de las competencias estatales municipales en materia
de promoción de la igualdad y la diversidad, en particular en relación
a las políticas de cuidados y la igualdad en el mundo del trabajo.
e) Promover el trabajo asociado y articulado de las áreas de género y
diversidad locales con otras áreas de la administración pública
municipal, a fin de lograr una transversalización de este enfoque en
todas las políticas públicas locales.
f) Instrumentar capacitaciones y espacios de formación específicos para
dotar de recursos humanos especializados a las áreas de género y
diversidad a nivel municipal.
g) Desarrollar guías, recomendaciones y sugerencias en materia de
gestión de políticas de género y diversidad para las áreas de género y
diversidad municipales.
h) Desarrollar indicadores y sistemas de evaluación y monitoreo de la institucionalidad de género a nivel municipal.
i) Fomentar el trabajo interinstitucional de las áreas especializadas
en género y diversidad a nivel municipal con organismos públicos
nacionales y provinciales especializados en la materia, organismos
internacionales, organizaciones de la sociedad civil y sector privado,
a fin de lograr un abordaje integral de las políticas de género y
diversidad.
1 CEPAL, “Planes de igualdad de género en América Latina y el Caribe.
Mapas de ruta para el desarrollo”, 2017, disponible en:
https://www.cepal.org/sites/default/files/events/files/planes de
igualdad de genero en america latina y elc aribe. mapas de ruta para el
desarrollo.pdf
IF-2022-57237223-APN-DAFYRI#MMGYD