ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 345/2022

RESFC-2022-345-APN-D#APNAC

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2022

VISTO el Expediente EX-2022-25185384-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Resolución del Directorio N° 37 de fecha 10 de marzo de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución Nº 37/2009 se creó el Comité Editorial de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES a fin de contar con un espacio dedicado a la edición de material para la divulgación de las actividades del Organismo.

Que dicho Comité perdió continuidad en su funcionamiento, viendo afectada la edición de proyectos.

Que ante esta falta de continuidad los proyectos fueron publicados por diferentes áreas del organismo, con pérdida de la imagen institucional y con escasa divulgación para el público interesado.

Que a los fines de optimizar los recursos para la edición de publicaciones, se hace necesario derogar esa Resolución y crear un Programa Editorial que contemple las actuales necesidades del Organismo en la materia, y las diferentes posibilidades de edición.

Que a fin de incrementar el volumen de las publicaciones es necesario contar con instancias de consenso y decisión en las cuales deberán participar miembros de la institución (profesionales, técnicos y directivos), que aseguren el perfil de los materiales a publicar como así también definir las prioridades del Organismo respecto a tiempo y formas.

Que, como consecuencia de lo expuesto, se debe aprobar el Programa Editorial que obra en los Anexos IF-2022-48769121-APN-DDEIAV#APNAC e IF-2022-48769763-APN-DDEIAV#APNAC.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución del Directorio Nº 37/2009 de fecha 10 de marzo de 2009.

ARTÍCULO 2°.- Créase el Programa Editorial de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES bajo la órbita de la Dirección de Diseño e Información al Visitante.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el protocolo de trabajo que figura en los Anexos IF-2022-48769121-APN-DDEIAV#APNAC e IF-2022-48769763-APN-DDEIAV#APNAC, que forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que la Dirección Nacional de Uso Público, a instancias de la Dirección de Diseño e Información al Visitante, deberá designar por acto dispositivo al responsable del programa, pudiendo modificarlo de esa misma manera.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase al Comité Editorial, designado en el Anexo IF-2022-48769121-APN-DDEIAV#APNAC que forma parte de la presente a formular un reglamento de funcionamiento a fin de definir cuestiones operativas no sustantivas no abordada en la presente y sus respectivos anexos.

ARTÍCULO 6°.-Establécese que la integración y participación tanto en el Comité como en el Programa Editorial no implica la percepción de ningún adicional salarial por fuera de la remuneración que cada agente percibe mensualmente.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/06/2022 N° 45436/22 v. 21/06/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I

Política Editorial


Los productos editoriales de la Administración de Parques Nacionales (APN) se encuentran orientados al aporte de reflexión y debates de ideas sobre los conceptos, metodologías y prácticas que desarrolla el organismo y\o aquellos aportes que aun cuando no son desarrollados directamente por la APN, se inscriben en el marco general de conservación de los valores naturales y culturales del patrimonio protegido y su interrelación con el componente social.

Los productos editoriales de la APN:

• Integran un espacio de intercambio, democratización y construcción de los saberes generados en el marco de la política mencionada anteriormente.

• Representan una fuente de soporte para los procesos que involucran la toma de decisiones, la investigación, la educación y la difusión, en particular en aspecto relacionados a la conservación del patrimonio y al desarrollo sostenible.

• Contribuyen un aporte a la sociedad en todos sus órdenes.

Programa Editorial:

El programa Editorial depende de la Dirección de Diseño e Información al Visitante, de la Dirección Nacional de Uso Público.

Está conformado por dos instancias: el Equipo Editor y el Comité Editorial.

Equipo Editor

Está conformado por:

• Responsable del programa Editorial

• Personal para corrección y edición

• Personal para producción editorial

• Diseñadores gráficos

Sus funciones son:

• Recibir las propuestas que cumplan con el protocolo especificado.

• Editar los contenidos de los proyectos seleccionados para su publicación.

• Seleccionar y editar las imágenes e infografías.

• Realizar la corrección de estilo y ortotipográfica.

• Diseñar los proyectos para su publicación.

• Tramitar ISBN, ISSN, contratos editoriales, de cesión de imágenes, etc.

• Comunicar a los responsables de las propuestas las decisiones respecto de la aceptación o rechazo de publicación de sus proyectos. Dicha comunicación se realizará mediante el mismo correo electrónico en el cual se reciben (editorial@apn.gob.ar)

Responsable del Programa Editorial

Sus funciones son:

• Convocar y asistir a las reuniones con los integrantes del Comité Editorial, a fin de establecer las prioridades, y la forma de edición de cada proyecto (digital, impreso y/o ambos).

• Coordinar las tareas del Programa Editorial a fin de cumplir con los tiempos especificados para cada proyecto aprobado por el Comité Editorial.

• Realizar el seguimiento de los proyectos seleccionados para su publicación.

• Mantener el contacto con los autores de los proyectos.

• Realizar la revisión final de cada una de las publicaciones.

Comité Editorial

Está conformado por:

• Un/a integrante del Honorable Directorio de la Administración de Parques.

• Responsable del Equipo Editor.

• Un/a representante de la Dirección Nacional de Conservación.

• Un/a representante del Programa de Educación Ambiental (Dirección de Planeamiento Estratégico).

• Un/a representante de la Dirección de Comunicación y RRII.

• Un/a representante de la Dirección Nacional de Uso Público.

Cada Director Nacional o General designará mediante acto dispositivo al representante que conformará el Comité y a un suplente.

Sus funciones son:

• Establecer los ejes estratégicos del Programa Editorial.

• Seleccionar los títulos a publicar.

• Definir los tiempos y soportes para las publicaciones seleccionadas.

• Establecer las colecciones.

• Establecer los lineamientos para la firma de convenios de coediciones.

Funcionamiento del Programa Editorial

El Equipo Editor coordina las actividades del Comité Editor. Entre ellas, programar y organizar la realización de reuniones, así como también informar a los participantes sobre el temario a tratarse en las mismas. Cada reunión será convocada con al menos quince (15) días de anticipación.

El objetivo de las reuniones del Comité Editor será debatir y seleccionar en qué proyectos trabajará el Programa Editorial. Para llevar a cabo cada reunión se deberá contar con un quórum mínimo de tres (3) personas con la posibilidad de sesionar de forma presencia y/o virtual.

La recepción de los proyectos de publicaciones se realiza a través del Equipo Editor mediante correo electrónico (editorial@apn.gob.ar).

Las reuniones se realizan en forma bimestral. En ellas se aprueban o no los distintos proyectos de publicaciones, se define el calendario de publicaciones y el soporte (impreso, digital o mixto).

La cantidad de publicaciones y su respectivo calendario serán establecidos por el Comité en base a las posibilidades del equipo de trabajo.

Una vez aprobado el proyecto, el Equipo Editor se encargará de sus correcciones y diseño.

Sistema de votación

Cada miembro del Comité Editorial emitirá un voto. Sin posibilidad de abstenciones.

Cada proyecto será tratado individualmente. Para la aprobación de los proyectos será necesario contar con la mayoría de los presentes en la reunión del Comité Editorial.



ANEXO II

Protocolo para la presentación de proyectos

El proceso de edición contempla cuatro etapas principales correlativas:

1. Evaluación a cargo del Comité Editorial.

2. Corrección de estilo y diseño a cargo del Programa Editorial.

3. Revisión del autor.

4. Publicación

Se recomienda a los autores la lectura y revisión crítica del texto, en particular su redacción, sintaxis y ortografía, citas, referencias bibliográficas y nombres científicos.

Pautas generales

Las propuestas a presentarse deberán enmarcarse en la Política Editorial establecida en Anexo I. Las temáticas serán aquellas referidas a la conservación, manejo y operatividad de las áreas protegidas, su flora, fauna y monumentos naturales. Cuestiones geográficas, culturales, sociales y medioambientales que hagan referencia a las áreas protegidas y su entorno.

Las mismas deberán ser remitidas a través de cualquiera de las áreas de la Institución. Personas o instituciones externas pueden hacerlo con el aval y mediante un área interna del Organismo.

El texto y las figuras necesarias para su publicación (gráficos, ilustraciones, fotografías, mapas, etc) deberán enviarse mediante correo electrónico a editorial@apn.gob.ar

El original se divide en las siguientes partes: 1) título y autores; 2) texto; 3) bibliografía; 4) tablas; 5) ilustraciones.

El texto deberá presentarse en formato Word.

Todas las ilustraciones se denominan figuras y se numeran consecutivamente en el texto.

Cada fotografía deberá tener un tamaño mínimo de 10 x15, sin excepción, a 300 DPIs.

Título y autores

La primera página del texto contiene la siguiente información en párrafos separados:

Título

Autor/es

Lugar de trabajo de los autores (área protegida,

Correo electrónico de los autores

Texto general

Los títulos de los capítulos se escriben con mayúsculas y en negrita.

Todas las tablas o ilustraciones deben citarse con el siguiente estilo: (tabla 2), (Fig. 3C), (Figs. 3B y 4C).

Bibliografía

La bibliografía se ordena por orden alfabético de autores, y en orden cronológico cuando se citen obras del mismo autor.