ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 345/2022
RESFC-2022-345-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2022
VISTO el Expediente EX-2022-25185384-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Resolución del Directorio N°
37 de fecha 10 de marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Nº 37/2009 se creó el Comité Editorial de
la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES a fin de contar con un espacio
dedicado a la edición de material para la divulgación de las
actividades del Organismo.
Que dicho Comité perdió continuidad en su funcionamiento, viendo afectada la edición de proyectos.
Que ante esta falta de continuidad los proyectos fueron publicados por
diferentes áreas del organismo, con pérdida de la imagen institucional
y con escasa divulgación para el público interesado.
Que a los fines de optimizar los recursos para la edición de
publicaciones, se hace necesario derogar esa Resolución y crear un
Programa Editorial que contemple las actuales necesidades del Organismo
en la materia, y las diferentes posibilidades de edición.
Que a fin de incrementar el volumen de las publicaciones es necesario
contar con instancias de consenso y decisión en las cuales deberán
participar miembros de la institución (profesionales, técnicos y
directivos), que aseguren el perfil de los materiales a publicar como
así también definir las prioridades del Organismo respecto a tiempo y
formas.
Que, como consecuencia de lo expuesto, se debe aprobar el Programa
Editorial que obra en los Anexos IF-2022-48769121-APN-DDEIAV#APNAC e
IF-2022-48769763-APN-DDEIAV#APNAC.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución del Directorio Nº 37/2009 de fecha 10 de marzo de 2009.
ARTÍCULO 2°.- Créase el Programa Editorial de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES bajo la órbita de la Dirección de Diseño e
Información al Visitante.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el protocolo de trabajo que figura en los
Anexos IF-2022-48769121-APN-DDEIAV#APNAC e
IF-2022-48769763-APN-DDEIAV#APNAC, que forman parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que la Dirección Nacional de Uso Público, a
instancias de la Dirección de Diseño e Información al Visitante, deberá
designar por acto dispositivo al responsable del programa, pudiendo
modificarlo de esa misma manera.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase al Comité Editorial, designado en el Anexo
IF-2022-48769121-APN-DDEIAV#APNAC que forma parte de la presente a
formular un reglamento de funcionamiento a fin de definir cuestiones
operativas no sustantivas no abordada en la presente y sus respectivos
anexos.
ARTÍCULO 6°.-Establécese que la integración y participación tanto en el
Comité como en el Programa Editorial no implica la percepción de ningún
adicional salarial por fuera de la remuneración que cada agente percibe
mensualmente.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/06/2022 N° 45436/22 v. 21/06/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Política Editorial
Los productos editoriales de la Administración de Parques Nacionales
(APN) se encuentran orientados al aporte de reflexión y debates de
ideas sobre los conceptos, metodologías y prácticas que desarrolla el
organismo y\o aquellos aportes que aun cuando no son desarrollados
directamente por la APN, se inscriben en el marco general de
conservación de los valores naturales y culturales del patrimonio
protegido y su interrelación con el componente social.
Los productos editoriales de la APN:
• Integran un espacio de intercambio, democratización y construcción de
los saberes generados en el marco de la política mencionada
anteriormente.
• Representan una fuente de soporte para los procesos que involucran la
toma de decisiones, la investigación, la educación y la difusión, en
particular en aspecto relacionados a la conservación del patrimonio y
al desarrollo sostenible.
• Contribuyen un aporte a la sociedad en todos sus órdenes.
Programa Editorial:
El programa Editorial depende de la Dirección de Diseño e Información al Visitante, de la Dirección Nacional de Uso Público.
Está conformado por dos instancias: el Equipo Editor y el Comité Editorial.
Equipo Editor
Está conformado por:
• Responsable del programa Editorial
• Personal para corrección y edición
• Personal para producción editorial
• Diseñadores gráficos
Sus funciones son:
• Recibir las propuestas que cumplan con el protocolo especificado.
• Editar los contenidos de los proyectos seleccionados para su publicación.
• Seleccionar y editar las imágenes e infografías.
• Realizar la corrección de estilo y ortotipográfica.
• Diseñar los proyectos para su publicación.
• Tramitar ISBN, ISSN, contratos editoriales, de cesión de imágenes, etc.
• Comunicar a los responsables de las propuestas las decisiones
respecto de la aceptación o rechazo de publicación de sus proyectos.
Dicha comunicación se realizará mediante el mismo correo electrónico en
el cual se reciben (editorial@apn.gob.ar)
Responsable del Programa Editorial
Sus funciones son:
• Convocar y asistir a las reuniones con los integrantes del Comité
Editorial, a fin de establecer las prioridades, y la forma de edición
de cada proyecto (digital, impreso y/o ambos).
• Coordinar las tareas del Programa Editorial a fin de cumplir con los
tiempos especificados para cada proyecto aprobado por el Comité
Editorial.
• Realizar el seguimiento de los proyectos seleccionados para su publicación.
• Mantener el contacto con los autores de los proyectos.
• Realizar la revisión final de cada una de las publicaciones.
Comité Editorial
Está conformado por:
• Un/a integrante del Honorable Directorio de la Administración de Parques.
• Responsable del Equipo Editor.
• Un/a representante de la Dirección Nacional de Conservación.
• Un/a representante del Programa de Educación Ambiental (Dirección de Planeamiento Estratégico).
• Un/a representante de la Dirección de Comunicación y RRII.
• Un/a representante de la Dirección Nacional de Uso Público.
Cada Director Nacional o General designará mediante acto dispositivo al representante que conformará el Comité y a un suplente.
Sus funciones son:
• Establecer los ejes estratégicos del Programa Editorial.
• Seleccionar los títulos a publicar.
• Definir los tiempos y soportes para las publicaciones seleccionadas.
• Establecer las colecciones.
• Establecer los lineamientos para la firma de convenios de coediciones.
Funcionamiento del Programa Editorial
El Equipo Editor coordina las actividades del Comité Editor. Entre
ellas, programar y organizar la realización de reuniones, así como
también informar a los participantes sobre el temario a tratarse en las
mismas. Cada reunión será convocada con al menos quince (15) días de
anticipación.
El objetivo de las reuniones del Comité Editor será debatir y
seleccionar en qué proyectos trabajará el Programa Editorial. Para
llevar a cabo cada reunión se deberá contar con un quórum mínimo de
tres (3) personas con la posibilidad de sesionar de forma presencia y/o
virtual.
La recepción de los proyectos de publicaciones se realiza a través del
Equipo Editor mediante correo electrónico (editorial@apn.gob.ar).
Las reuniones se realizan en forma bimestral. En ellas se aprueban o no
los distintos proyectos de publicaciones, se define el calendario de
publicaciones y el soporte (impreso, digital o mixto).
La cantidad de publicaciones y su respectivo calendario serán
establecidos por el Comité en base a las posibilidades del equipo de
trabajo.
Una vez aprobado el proyecto, el Equipo Editor se encargará de sus correcciones y diseño.
Sistema de votación
Cada miembro del Comité Editorial emitirá un voto. Sin posibilidad de abstenciones.
Cada proyecto será tratado individualmente. Para la aprobación de los
proyectos será necesario contar con la mayoría de los presentes en la
reunión del Comité Editorial.
ANEXO II
Protocolo para la presentación de proyectos
El proceso de edición contempla cuatro etapas principales correlativas:
1. Evaluación a cargo del Comité Editorial.
2. Corrección de estilo y diseño a cargo del Programa Editorial.
3. Revisión del autor.
4. Publicación
Se recomienda a los autores la lectura y revisión crítica del texto, en
particular su redacción, sintaxis y ortografía, citas, referencias
bibliográficas y nombres científicos.
Pautas generales
Las propuestas a presentarse deberán enmarcarse en la Política
Editorial establecida en Anexo I. Las temáticas serán aquellas
referidas a la conservación, manejo y operatividad de las áreas
protegidas, su flora, fauna y monumentos naturales. Cuestiones
geográficas, culturales, sociales y medioambientales que hagan
referencia a las áreas protegidas y su entorno.
Las mismas deberán ser remitidas a través de cualquiera de las áreas de
la Institución. Personas o instituciones externas pueden hacerlo con el
aval y mediante un área interna del Organismo.
El texto y las figuras necesarias para su publicación (gráficos,
ilustraciones, fotografías, mapas, etc) deberán enviarse mediante
correo electrónico a editorial@apn.gob.ar
El original se divide en las siguientes partes: 1) título y autores; 2) texto; 3) bibliografía; 4) tablas; 5) ilustraciones.
El texto deberá presentarse en formato Word.
Todas las ilustraciones se denominan figuras y se numeran consecutivamente en el texto.
Cada fotografía deberá tener un tamaño mínimo de 10 x15, sin excepción, a 300 DPIs.
Título y autores
La primera página del texto contiene la siguiente información en párrafos separados:
Título
Autor/es
Lugar de trabajo de los autores (área protegida,
Correo electrónico de los autores
Texto general
Los títulos de los capítulos se escriben con mayúsculas y en negrita.
Todas las tablas o ilustraciones deben citarse con el siguiente estilo: (tabla 2), (Fig. 3C), (Figs. 3B y 4C).
Bibliografía
La bibliografía se ordena por orden alfabético de autores, y en orden cronológico cuando se citen obras del mismo autor.