MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 91/2022
RESOL-2022-91-APN-SOP#MOP
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-27293537-APN-SSOH#MOP, la Ley N° 26.221,
los Decretos Nros.1172 del 3 de diciembre de 2003 y sus modificatorios,
304 del 21 de marzo de 2006 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, las Resoluciones Nros.9 del 19 de enero de 2022 y 67
del 17 de marzo de 2022, ambas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º de la Ley N° 26.221, se aprobó el Convenio
Tripartito entre el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el 12 de octubre de 2006, relativo a la prestación de los
servicios de agua potable y de desagües cloacales, como Anexo 1 de
dicha ley.
Que, por el artículo 6º de la Ley Nº 26.221 se aprobó, como Anexo 2, el
Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios de Provisión de
Agua Potable y Desagües Cloacales en el ámbito establecido por el
Decreto Nº 304 del 21 de marzo de 2006, ratificado mediante Ley Nº
26.100.
Que el Artículo 20 del citado Marco Regulatorio define las autoridades
con competencia en la materia entre las que menciona al entonces
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, hoy
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y designa como Autoridad de Aplicación a
la entonces SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS, hoy SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA, la que tendrá a su cargo la
relación entre la Concesionaria y el ESTADO NACIONAL, incluyendo
también las funciones que se asignan a la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
(APLA) y al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).
Que en el Artículo 21 del Marco Regulatorio se enumeran las facultades
y competencias de la entonces SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS,
actual SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA, en su carácter
de Autoridad de Aplicación, entre las que se menciona aprobar los
planes que elabore la Concesionaria, verificar la procedencia de las
revisiones tarifarias y ajustes de los planes y programas de acción e
intervenir en los actos relacionados con bienes afectados al servicio.
Que en el Artículo 4º de la Ley Nº 26.221 se dispone la creación del
ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO, ratificando lo establecido en los
Artículos 2º y siguientes del Convenio Tripartito y asignándole el
control y regulación de la prestación del servicio y de los aspectos
contables de la concesión, la atención de reclamos de usuarios y la
emisión de las normas necesarias para reglamentar las condiciones de
prestación, así como la regulación de las relaciones entre la empresa
prestadora y los usuarios, estableciendo los procedimientos y
requisitos que aseguren a éstos la atención e información necesaria
para ejercer sus derechos con la mayor amplitud.
Que, a su vez, por el Artículo 5º de la Ley Nº 26.221 se creó la
AGENCIA DE PLANIFICACIÓN, en consonancia con el Artículo 4º del
Convenio Tripartito, con funciones de evaluación, estudio,
planificación, proyecto, ejecución y control de las inversiones
destinadas a la prestación de los servicios que constituyen su objeto.
Que, el Artículo 16 del “Anexo E - RÉGIMEN TARIFARIO” de dicho Marco
Regulatorio dispone que “Los valores correspondientes a los componentes
Coeficiente de Modificación (K), Tarifa General Diaria Fija (TGDF),
Coeficiente de Edificación Fijo (EF), Coeficiente Zonal Fijo (ZF),
Aporte Universal Diario (AUD), Tarifa General Diaria Variable (TGDV),
Coeficiente de Edificación Variable (Ev), Coeficiente Zonal Variable
(ZV) y precio del metro cúbico, así como los valores correspondientes a
la Factura Mínima Diaria para cada categoría de Usuario, tipo de unidad
y servicio prestado, se especificarán en el Reglamento de Aplicación de
Normas Tarifarias a ser aprobado por la Autoridad de Aplicación”.
Que mediante la Disposición N° 45 con fecha 25 de octubre de 2010 de la
SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS del entonces MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se aprobó el
Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias (RANT).
Que por Disposición No 19 de fecha 28 de abril de 2017 de la
SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS del entonces MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y Resoluciones Nros. 7 de fecha 25
de abril de 2018 y 55 de fecha 18 de diciembre de 2018, ambas de la
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del entonces
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se aprobaron
modificaciones al Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias (RANT).
Que por medio de la Resolución N° 45 de fecha 2 de septiembre de 2019
de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO
DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA se aprobó el último texto
ordenado actualizado del Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias
(RANT).
Que por el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y
POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el de asistir al
Ministro en la elaboración, propuesta y ejecución de la política
hídrica nacional, incluyendo la obra pública de infraestructura
hidráulica y de saneamiento, supervisando su cumplimiento; y coordinar
los planes y programas relativos a dicha política, a nivel
internacional, nacional, interjurisdiccional, provincial y municipal,
que correspondan a la Jurisdicción.
Que la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA),
se constituyó mediante del Decreto Nº 304 del 21 de marzo de 2006,
ratificado mediante la Ley N° 26.100, con el objeto de llevar a cabo la
prestación del servicio de provisión de agua potable y desagües
cloacales.
Que AySA ha elevado oportunamente a la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y
POLÍTICA HÍDRICA una propuesta de adecuación tarifaria modificatoria
del Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias vigente.
Que teniendo en cuenta que la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA
HÍDRICA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS es la Autoridad de Aplicación
del Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua
potable y desagües cloacales, aprobado como Anexo 2 por el artículo 6°
de la Ley N° 26.221, en función de lo previsto en el Decreto N°50/19 y
sus modificatorios, corresponde que esa Secretaría se expida sobre la
propuesta formulada por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA
(AYSA).
Que encontrándose vacante el cargo de Secretario de Infraestructura y
Política Hídrica, por Resolución N° 9 del 19 de enero de 2022 del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, se encomendó la firma y atención del
despacho de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA al
suscripto, titular de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, hasta tanto se
designe al titular de la Secretaría vacante.
Que a fin de no resentir el normal funcionamiento del servicio público
regulado en el Marco Regulatorio para la concesión de los servicios de
provisión de agua potable y desagües cloacales, mediante Resolución N°
67 del 17 de marzo de 2022 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se facultó
al suscripto a ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación
derivadas de los artículos 20 y 21 del citado Marco Regulatorio, y del
artículo 16 y concordantes de su anexo E, hasta tanto se designe al
titular de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que, si bien el Marco Regulatorio vigente no instituye la
obligatoriedad de realizar una Audiencia Pública como medida previa a
la aprobación de una adecuación tarifaria, se ha considerado
conveniente someter la propuesta elevada por AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA) a opinión de la ciudadanía a través
de la realización de una Audiencia Pública.
Que, mediante Resolución N° 42 de esta Secretaría, de fecha 8 de abril
de 2022, se convocó a una Audiencia Pública para el día 19 de mayo de
2022 con el objeto de informar y recibir opiniones de la comunidad
sobre la Propuesta de Adecuación Tarifaria y sus fundamentos, formulada
por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA).
Que, a efectos de garantizar la participación ciudadana, a través de un
espacio institucional en el que todas aquellas personas físicas o
jurídicas puedan manifestar sus conocimientos u opiniones sobre la
decisión a adoptar, y facilitar dicha participación, la Audiencia
Pública se realizó mediante una plataforma digital, transmitiéndose en
simultáneo a través una plataforma de streaming.
Que, en la apertura de la Audiencia Pública a cargo del suscripto, se
agradeció la participación en la Audiencia Pública, y se destacó,
dentro del marco general de las acciones que viene desarrollando el
Poder Ejecutivo nacional a través del Ministerio de Obras Públicas, los
motivos por los cuales es necesario profundizar la inversión en agua y
saneamiento en nuestro país, reconociendo el acceso al agua potable y
al saneamiento como un derecho humano básico, esencial para la
realización de todos los demás derechos.
Que, se agregó, garantizar su distribución implica mejorar de forma
duradera la calidad de vida de la población, y en ese sentido estamos
trabajando fuertemente para que el acceso sea posible en todo el país y
puntualmente en el área concesionada por AySA, que es una de las
mayores operadoras de saneamiento del mundo y trabaja en la zona de
mayor densidad de poblacional de nuestro país, a través del desarrollo
de un Plan de mejoras, operación, expansión y mantenimiento de los
servicios que fuera aprobado para el período 2019-2023 y reformulado en
el año 2021, con el aporte de todos los municipios del área
concesionada y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destacando las
inversiones que se están realizando desde el Ministerio de Obras
Públicas con el presupuesto nacional para que el saneamiento llegue a
todos los vecinos y vecinas del área de concesión.
Que, además, se compartieron los motivos centrales elaborados por el
Ministerio para profundizar la inversión en agua y saneamiento: primero
por ser un derecho humano esencial, porque la inversión en agua y
saneamiento es una inversión en salud, porque invertir en saneamiento
reduce las brechas de acceso, en atención a que la población que carece
de agua y saneamiento es por lo general la más pobre, porque es un
factor de desarrollo y crecimiento económico y de generación de
oportunidades de empleo tanto en la ejecución de las obras con la
generación de trabajo directo como así también, la generación de
trabajo indirecto en distintos sectores de la economía del área de la
concesión.
Que, finalmente, se destacó la importancia que tiene para esta gestión
de gobierno la participación ciudadana y que si bien el marco
regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y
desagües cloacales aprobado por la Ley N° 26.221 no establece la
obligatoriedad de la audiencia pública como procedimiento previo para
realizar una revisión tarifaria, uno de los ejes centrales del gobierno
nacional es trabajar por el fortalecimiento continuo de las
instituciones de la República, promoviendo la transparencia y
garantizando el acceso a la información, incrementando la participación
y colaboración ciudadana en las decisiones públicas a fin de fortalecer
las instituciones democráticas, dotarlas de mayor legitimidad y
confianza pública, y es en ese marco en que el suscripto invitó a
verificar y ver la propuesta que se está considerando para poder tener
un resultado, una conclusión al final de la audiencia.
Que, en relación al desarrollo de la Audiencia Pública, sin perjuicio
de la descripción sumaria de las intervenciones de la audiencia
consignada en el informe de cierre elaborado de acuerdo a lo previsto
en el Artículo 36, Capítulo IV, del Anexo I del Decreto N° 1172/2003,
que es un paso previo pero integrante del acto administrativo que aquí
se dicta, se reseñan a continuación los aspectos más significativos de
las distintas exposiciones consideradas en dicho informe, en tanto se
vinculen a la materia objeto de la Audiencia Pública.
Que, luego de la exposición del suscripto, la Lic. Malena GALMARINI,
Presidenta de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)
inició su exposición agradeciendo al señor Secretario de Obras Públicas
por su introducción y al Señor Walter MENDEZ y a la señora Sonia KABALA
de los organismos de contralor, como también al señor Secretario
General del Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras
Sanitarias (SGBATOS), José Luis LINGERI, por su acompañamiento.
Que, adhirió a las palabras del señor Secretario de Obras Públicas
respecto al agua potable y al saneamiento cloacal como un derecho
humano y universal y por el que la empresa trabaja todos los días para
llegar cuanto antes, en atención a que es un servicio de salud, un
servicio para la equidad, para el cuidado del medioambiente y para el
bienestar de nuestra población.
Que la Sra. Presidenta de AySA compartió una presentación incluyendo
gráficos, destacando que un tercio de la población de Argentina se
encuentra en área de la concesión y que en el año 2019, al hacerse
cargo esta gestión de la empresa, la encontraron en una situación
desesperante, que la empresa estaba virtualmente quebrada, con deudas a
proveedores, contratistas, al borde de no poder pagar salarios, con
tecnología obsoleta, con una situación muy difícil, con casi 200 obras
paralizadas.
Que, agregó, durante los años 2017 y 2018 se incorporaron 9 municipios,
8 de ellos provenientes de la empresa ABSA con un déficit del servicio
muy importante, habiéndose realizado el traspaso sin los recursos, con
un déficit operativo de más de 3.500 millones de pesos anuales y que se
necesitaron para poder poner en norma la calidad del servicio cerca de
15 mil millones de pesos; sumado a ello la deuda por una obligación
negociable por 500 millones de dólares, con una erogación semestral de
aproximadamente 16 millones y medio de dólares de interés, y con un
capital que vence el próximo 1 de febrero de 2023, por lo que, informó,
ya se encuentran trabajando con el Ministerio de Economía para
encontrar una solución.
Que destacó, además de esta situación, llegó la pandemia, no obstante
se buscaron soluciones técnicas para adelantar todas las obras
necesarias, para llevar adelante el Plan Director, y para activar,
entre otras una obra tan importante como el Sistema Riachuelo.
Que, la Presidenta de AySA, informó también sobre el trabajo para el
financiamiento internacional, para el fomento del desarrollo social, de
la actividad económica, con la participación de cooperativas, con un
programa que había quedado en desuso, como era el agua y cloaca más
trabajo, incluyendo también en todas las actividades de la empresa la
perspectiva de género e involucrándose en la seguridad hídrica por la
bajante del río Paraná, destacando también la actividad incesante de la
empresa, el esfuerzo y compromiso de todas sus trabajadoras y
trabajadores cuando por la pandemia el país estaba paralizado.
Que, continuó su exposición, informando sobre la cantidad de obras
terminadas y en ejecución, sobre la importancia de expandir el servicio
y también sobre la renovación y mejora de las redes, que hace a la
mejora y eficiencia del servicio, al ahorro de las pérdidas del agua en
la distribución, al ambicioso plan de reducción de fugas, utilizando
una metodología innovadora a través de fotos satelitales para poder
detectarlas, lo que permitirá un importante ahorro de agua.
Que, la Lic. GALMARINI, destacó la importancia y el avance de la obra
Sistema Riachuelo, que se encontraba paralizada, el pronto comienzo de
la obra de Planta Depuradora Laferrere y sus redes asociadas, la
ampliación de la Planta Depuradora Hurlingham, que ya se encuentra en
proceso de finalización, la ampliación de la Planta Las Catonas en
licitación, la ampliación de la Planta depuradora Norte que se licitará
en los próximos meses, la reactivación del Sistema Agua Sur y las
gestiones para la ejecución del Sistema Agua Norte, la Planta
Depuradora Campo de Mayo y la ampliación de la Planta Depuradora El
Jagüel, la expansión de servicios a barrios populares, que le cambiará
la vida a las vecinas y vecinos y la ejecución del Programa de
vinculación a hogares vulnerables, financiado con el Banco Mundial y el
Banco Interamericano de Desarrollo.
Que, también, informó sobre el lanzamiento de un programa para proveer
un kit de conexión domiciliaria a precio congelado, y en cuotas para
aquellos vecinos que no puedan abonar la conexión al contado, y también
sobre las mejoras tecnológicas e informáticas de la empresa, con
programas de incentivos como ECOAySA, AySA.DATA, digitalización del
proceso de certificación de obras, aplicación corporativa, asistente
virtual, oficina virtual, potenciación de la factura digital y
políticas de responsabilidad social empresaria.
Que, destacó la importancia de demostrar todo lo que se hizo en estos
dos años para poder sostener el aumento de tarifa, se refirió a la
estructura de costos, al costo de la energía, al costo por insumos
químicos, a las paritarias de los trabajadores y trabajadoras de la
empresa, de la empresa de vigilancia, del servicio de limpieza, de
UOCRA, y al financiamiento del Programa de Tarifa Social, que hoy forma
parte del presupuesto de AySA.
Que, agregó, en relación a la estructura de costos, que AySA es el
tercer consumidor de energía de la Argentina y su costo, que se
duplicará este año, tiene gran impacto en los insumos, por lo que
oportunamente se solicitará adherir a la segmentación propuesta por el
área de energía, y además, agregó, que el 70 por ciento del presupuesto
de la empresa se destina a gastos de personal, en compras menores, en
energía y en insumos químicos para potabilizar o tratar las aguas.
Que, en orden a la propuesta que se ha elevado a la Autoridad de
Aplicación, señaló que la misma tiene dos etapas, la primera etapa al
partir de 1° de julio de 2022 de un 20 por ciento y una segunda etapa
de un 10 por ciento aplicable al 1° de octubre de 2022, por lo que al
final el aumento sería de un 32 por ciento, que generará en el
presupuesto de AySA un incremento proyectado de 9 por ciento, es decir
permitirá recaudar solo 3.300 millones más, por lo que con este aumento
tarifario, el Estado Nacional deberá seguir aportando para la operación
de la empresa.
Que, la Lic. GALMARINI, finalizó su exposición agradeciendo a todos los
que han escuchado, destacando con orgullo todo lo que el equipo de AySA
ha venido haciendo, para hacer las cosas lo más rápido y eficientemente
posible para que más argentinas y argentinos tengan una mejor calidad
de vida, y poder seguir trabajando en conjunto para hacer de la empresa
AySA y de la gestión del agua potable y saneamiento cloacal una
política no solamente de coyuntura sino de mediano y largo plazo.
Que, a continuación expuso la Sra. Defensora del Usuario, Dra. Ana
Carolina HERRERO, quien inició su exposición analizando el artículo 72
del marco regulatorio, donde se especifica que se entenderá que la
concesión está en equilibrio económico financiero si las tarifas por
los servicios prestados permiten recuperar todos los costos asociados a
la misma contemplados en los planes aprobados y realizados de manera
eficiente, concluyendo por ello que un aumento de un 32 por ciento como
contempla la propuesta no resulta desmedido.
Que se refirió luego al estado de la infraestructura de agua potable y
saneamiento, a los gastos operativos y de mejora y mantenimiento y a
cuestiones inherentes a la facturación
Que, con respecto a la infraestructura, sugirió la creación de un fondo
fiduciario asignado exclusivamente a la renovación de cañerías
permitiendo recuperar eficiencia, y con respecto a la facturación,
propuso que la concesionaria no facture a la persona usuaria que no
recibe el servicio por corte o baja presión y que se revea la
aplicación de intereses por mora, teniendo en cuenta lo establecido en
las Leyes Nros. 26.221 y 24.240, siendo que esta última que establece
que se deberá aplicar el interés más favorable al usuario; además,
requirió que se tenga en cuenta la zonificación como racionalidad
tarifaria, destacando la necesidad de actualizar el coeficiente de
edificación y el coeficiente zonal, que cuentan con más de 40 años y
que impactan directamente en el cargo variable.
Que finalizó su exposición refiriéndose al desfinanciamiento de los
entes de control, cuestión que atenta contra su autarquía y autonomía,
como consecuencia de la reducción de la alícuota, que pasó totalmente
desapercibida para el usuario.
Que, seguidamente correspondió intervenir a la Dra. Mariana GROSSO por
la Defensoría del Pueblo de la Nación, que efectuó una introducción
destacando que la institución que representa vela por los derechos de
los usuarios y además lo hace en carácter de único Instituto Nacional
de Derechos Humanos (INDH) reconocido por Naciones Unidas.
Que, la Dra. Mariana GROSSO, abogó para que se realicen las
modificaciones normativas necesarias para que la audiencia pública sea
obligatoria y no un acto de mera voluntad y destacó que los usuarios
también están afectados por la crisis económica. Respecto del programa
de tarifa social, propuso un presupuesto inicial y aportes de las
jurisdicciones.
Que, respecto de la calidad del servicio, informó sobre los reclamos
recibidos en la Defensoría, que detalló en falta de suministro, falta
de presión, facturación global, desbordes cloacales y falta de
respuesta de la empresa y en consecuencia del ente, detallando también
la importancia de la micromedición para que los usuarios abonen lo que
consumen.
Que, finalizó la oradora por la Defensoría del Pueblo de la Nación,
solicitando que no se analice la propuesta solo para cubrir las
necesidades de la empresa sino que se contemple la situación económica
financiera de los usuarios, que se revea la normativa que permite la
facturación global y que se apliquen descuentos a usuarios con baja
presión o con falta de servicios.
Que a continuación, expuso la Dra. María José LUBERTINO en
representación de la Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos,
quien señaló como imprescindible el envío de un proyecto de ley para
que la audiencia pública sea obligatoria, para luego celebrar las
coincidencias tanto del Secretario de Obras Públicas como de la Sra.
Presidenta de AySA, de considerar al agua como un derecho humano básico
e imprescindible, considerándolo también como un bien común para la
humanidad.
Que, señaló que si bien venimos de un contexto dominado por el COVID,
elevada inflación y sobreendeudamiento de muchos sectores bajos y
medios, no parecería adecuado un aumento tarifario pero, agregó, deberá
tenerse presente que la última modificación tarifaria fue en el año
2019 y que la empresa debe recurrir al tesoro para cubrir sus costos
operativos.
Que en relación a la propuesta, se refirió a que fue analizada y que la
misma tiene algún grado de razonabilidad, aunque consideró que sería
mejor que el primer aumento sea menor o al menos los dos aumentos sean
equitativos.
Que, prosiguió su exposición celebrando la incorporación de la
perspectiva de género, y manifestó su preocupación por el endeudamiento
de la gestión anterior, y solicitó alguna auditoría al respecto, como
así también planteó la necesidad de revisar los contratos con las
prestatarias del servicio eléctrico y de priorizar el acceso al agua
potable en el AMBA antes que las obras para nuevos desarrollos
urbanísticos. También destacó la importancia de las evaluaciones de
impacto socio ambiental previo a autorizar las conexiones a megaobras
inmobiliarias y del tratamiento previo al volcado de los líquidos
cloacales al Río de la Plata
Que, además, agregó la importancia de trabajar para reducir las
pérdidas de agua potable, en la necesidad de una mayor difusión al
Programa de Tarifa Social, en rever los coeficientes zonales, y sobre
la facturación global, hizo hincapié en la necesidad de una facturación
individual a las unidades habitacionales de los consorcios, atento que
la facturación global no incentiva al ahorro ni al uso eficiente, como
también perjudica a los beneficiarios de la tarifa social.
Que, cerró su exposición quedando a disposición para trabajar junto con los usuarios y la empresa.
Que, posteriormente, expuso el Sr. Pedro BUSSETTI en representación de
la asociación Defensa de Usuarios y Consumidores (DEUCO), quien inició
su intervención con una reseña de la historia de AySA y del informe que
realizaron en el año 2003 las entidades que hoy integran la Sindicatura
de Usuarios propiciando la vuelta al Estado nacional de la operación de
los servicios sanitarios.
Que, manifestó su preocupación por el endeudamiento de la empresa
contraído por la gestión anterior y específicamente sobre la propuesta,
recordó el congelamiento de la tarifa durante los años 2019, 2020 y
2021 y los efectivos aumentos de energía eléctrica y gas natural.
Que, sobre las incorporaciones de los nuevos municipios, donde la
inserción del agua y cloaca es baja, solicitó que la empresa redoble
los esfuerzos para llegar con los servicios, como así también que se
trabaje sobre las pérdidas de agua, para revertir las mismas.
Que con respecto a los coeficientes solicitó su actualización
requiriendo la participación de la Sindicatura en ese procedimiento
como así también en la Agencia de Planificación, donde se deciden las
obras que se van a realizar
Que, también solicitó poner el acento en los servicios desvinculados,
en darle una solución, como así también en la facturación global a
consorcios, en la necesidad de hacer una revisión metodológica,
finalizando su exposición, destacando la necesidad de sostener a la
empresa para evitar repetir la experiencia de la privatización.
Que, siguiendo con el Orden del Día, expuso en representación de la
Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, el Sr. Gastón
ARIAS, quien inició su presentación agradeciendo la oportunidad, y
fundamentalmente la presencia de la Presidenta de AySA con su informe
pormenorizado, dado que en otras audiencias por incrementos de las
tarifas de servicios públicos de luz y gas, no expusieron las máximas
autoridades.
Que, si bien reconoció el esfuerzo de la empresa, manifestó que la
Defensoría del Pueblo de la provincia tiene ya sentada una postura que
la viene sosteniendo a lo largo de todas estas audiencias públicas, que
es oponerse al aumento generalizado de tarifas en todos los servicios
públicos.
Que el representante de la Defensoría, sostuvo que se deberían mantener
los valores de las tarifas congeladas, en atención al esfuerzo que
están realizando todos los argentinos y a la escasa representación que
implica este aumento para la empresa.
Que, asimismo, destacó que las audiencias públicas no tienen sentido en
atención a que las decisiones ya están tomadas, y que son un formalismo
que no cumplen con la función que debería cumplir.
Que dio término a su presentación el representante de la Defensoría del
Pueblo de la Provincia de Buenos Aires poniéndose a disposición para
trabajar, en la reconstrucción de la Argentina.
Que el próximo orador fue el Dr. Diego MIELNICKI de la Defensoría del
Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, quien expuso en representación de
la Defensora del Pueblo de la Ciudad, María Rosa MUIÑOS.
Que, inició su intervención destacando la vital importancia de este
servicio, la injerencia en la salud pública, en el medioambiente y en
el desarrollo humano de las personas, reconociendo la importancia de la
prestación pública y estatal del servicio.
Que, prosiguió el Sr. MIELNICKI, manifestándose sobre la evolución de
precios e inflación, la incidencia del covid y la suspensión de las
revisiones tarifarias que agravaron el deterioro financiero de la
empresa, aclarando que ese mismo deterioro lo sufren los usuarios y
usuarias, por lo que si bien es atendible el pedido de la prestataria,
la carga de las actualizaciones no pueden caer del todo del lado de los
usuarios.
Que luego se refirió a la Tarifa Social, manifestando que se debería
recabar información de distintas fuentes, para corroborar si
efectivamente se ha alcanzado la totalidad de personas y familias que
atraviesan una situación de vulnerabilidad o si hay motivos por los
cuales aquellas o algunas de aquellas no accedieron al beneficio.
Que, en orden al consumo medido o no medido, solicitó revistar el costo
de los cargos, para ambas modalidades e implementar una política
comunicacional para abordar la concientización respecto del uso
racional de los recursos naturales.
Que respecto de la atención comercial informada en la presentación de
AySA, resaltó la importancia de adoptar vías de contacto que faciliten
el acceso o información a gestiones y que la atención presencial en
sedes sigue siendo de gran importancia para contener y para ayudar a
personas que así lo requieran, no debiendo sustituirse en su totalidad,
como así también se refirió respecto de los intereses de las deudas,
destacó la necesidad de se establezca algún régimen de recargo o
intereses nuevo para que las deudas contraídas no crezcan de manera
exponencial en tan poco tiempo y favorezca la resolución amigable de
esta problemática.
Que, continuó el representante de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad
de Buenos Aires expresando que respecto de la Propuesta Tarifaria de
AySA para 2022, es esencial que se minimice el impacto de las tarifas
sobre las ya golpeadas economías familiares fortaleciendo la Tarifa
Social y del Programa del Caso Social con la exención total de pago.
Que, para concluir, señaló la importancia de redoblar los esfuerzos
para expandir el alcance del servicio a todas las personas en nuestro
territorio, continuando con las inversiones necesarias y disponiendo de
los medios adecuados para que las obras se concreten en el menor tiempo
posible.
Que a continuación expuso la Sra. Claudia COLLADO, presidenta de ADELCO
y representante de la Sindicatura de Usuarios, quien recalcó que para
la Sindicatura no aparece como adecuado que la tarifa de un servicio de
un bien esencial, cuyo acceso es considerado un derecho humano, se
actualice; sin embargo, teniendo en cuenta que la última modificación y
actualización de la tarifa fue en el mes de mayo de 2019, y que el
servicio se sigue prestando y que existen el programa de tarifa social
y caso social, destacó que la Sindicatura consideraba razonable que se
realice la adecuación de tarifas del servicio brindado por AySA.
Que, la representante de la Sindicatura de Usuarios se refirió a la
necesidad de actualizar los coeficientes zonales en atención a las
profundas modificaciones en el desarrollo y la urbanización de todas
las jurisdicciones como así también revisar los coeficientes de
edificación
Que, respecto de las pérdidas de agua, solicitó conocer cuál es el plan
estratégico y el estado de avance en detalle para solucionar la pérdida
de más de 40 por ciento de agua producida en las deficientes redes de
distribución, como así también avanzar en el plan de micromedición.
Que sobre el Programa de Tarifa Social, sostuvo la importancia de
realizar una campaña de difusión y que se renueven los convenios para
que tanto la Provincia de Buenos Aires como la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aporten los recursos que corresponden al programa.
Que, además, agregó sobre la necesidad de avanzar en la modificación de
los intereses y gastos por mora que se cobran actualmente a las
personas usuarias residenciales y en el cobro de deuda de grandes
usuarios, como así también en generar un canal de diálogo más fluido
con la empresa, terminando su exposición agradeciendo la posibilidad de
participación de la Sindicatura de Usuarios en la audiencia.
Que a continuación expuso el Sr. Martín BUSSETTI, trabajador del Ente
Regulador de Agua y Saneamiento, quien se refirió al Programa de Tarifa
Social por el cual se puede abordar tanto a hogares con dificultades,
como a instituciones sin fines de lucro, mediante descuentos en la
factura y al Caso social que es un abordaje absolutamente integral de
la situación social crítica que permite un descuento total en la
factura.
Que, agregó, que además en todas las modalidades se suma un beneficio
adicional en el caso de que existan deudas o en el cobro con varias
facilidades, no solamente con la eliminación de todo tipo de interés y
recargo sino, hasta en muchos casos, la reducción del capital adeudado
y el pago en cuotas.
Que, finalizó su exposición informando sobre el Programa ERAS Más
Cerca, que es un programa de articulación con las diferentes
jurisdicciones, los municipios y la Ciudad de Buenos Aires, a los fines
de difundir el programa de Tarifa Social
Que, a continuación expuso el Sr. Juan ANDREOTTI, Intendente del
municipio de San Fernando, quien destacó la importancia de la empresa,
que el acceso al agua tenga que ser una política de Estado y el
esfuerzo del Gobierno Nacional y de la empresa AySA para no afectar el
servicio y el pago del servicio, a pesar del período difícil por la
crisis económica previa a la pandemia, por la propia pandemia, la
inflación.
Que, además, destacó la buena administración de la empresa gracias al
gran trabajo que realiza la Presidenta de AySA y todo su equipo, la
cantidad de obras en ejecución y la asistencia de la concesionaria con
agua y cloro, y el trabajo realizado con barcos en todas las islas de
San Fernando.
Que, finalizó su participación haciendo hincapié en la necesidad
trabajar para sostener una empresa fuerte para llegar a todos aquellos
que todavía no tienen este servicio de vital importancia.
Que, siguiendo con el orden del día, expuso el Sr. Andrés Fernando
LÓPEZ, en representación de la Asociación Civil Trabajando y Ocupándose
de Tres de Febrero.
Que, el mismo comenzó su presentación manifestado que la propuesta de
adecuación tarifaria era lógica y razonable, atento que la misma está
congelada desde el año 2019, las condiciones en que la presidenta
explicó que encontró la empresa, las reformas que llevaron a cabo, y la
inflación, que el aumento solicitado es “simbólico” siendo peor para
los usuarios que la empresa comience a bajar la calidad del servicio.
Que, asimismo, refirió que otros servicios menos importantes aumentaron
mucho más y a necesidad de contar con información respecto de las
acciones judiciales que realiza la empresa para el cobro a grandes
contribuyentes y la revisión de los sistemas de intereses y gastos en
situaciones de mora, especialmente para las pymes.
Que, por último, cerró su exposición solicitando información respecto de las causas o denuncias por la gestión anterior.
Que luego expuso la Sra. Roxana FREYNKEL, quien informó que
representaba a una asociación civil de Tres de Febrero, que trabaja en
concientizar a los vecinos en el cuidado del medioambiente y la
importancia de alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible,
destacando que la agenda de los ODS es una gran oportunidad para
América Latina porque incluye temas prioritarios como erradicar la
pobreza. Dentro de estos objetivos, el agua y saneamiento son servicios
básicos que han mejorado notablemente pero que, para el acceso a los
mismos todavía hay mucho camino por recorrer.
Que, a continuación, expuso la Sra. Sofía VANNELLI, que comenzó
agradeciendo la convocatoria a la audiencia, como signo de debate y
transparencia para el aumento, y el informe pormenorizado presentado
por la Presidenta de la empresa.
Que, destacó, respecto del pedido de aumento de tarifa, la importancia
del equilibrio económico-financiero que tiene que tener en la
concesión, el desfasaje entre los altos costos operativos y el
congelamiento de la tarifa desde el año 2019 y la inflación acumulada,
por lo que la misma está altamente subsidiada, teniendo en cuenta que
el subsidio lo pagan todos los argentinos y las argentinas, incluso
quienes no reciben este servicio en sus hogares.
Que, sobre la propuesta de AySA, manifestó que entendiendo la inflación
que venimos acumulando en 3 años, en los que no se viene aumentando la
tarifa, es razonable, está escalonada, es equitativa porque está
establecida a través de un coeficiente, además del incremento en el
presupuesto de tarifa social de aquellos que no pueden soportar o no
podrían llegar a soportar este pequeño incremento.
Que, finalizó su exposición manifestando que este aumento de tarifa no
sólo es razonable, sino que además va a generar mayor igualdad de
oportunidades porque se está invirtiendo. No es solamente un aumento
que va a saldar costos, sino que además se invierte y se invierte
fuerte en infraestructura.
Que, seguidamente expuso el Sr. Sebastián GARCÍA, Subsecretario de
Obras e Infraestructura de la Municipalidad de Quilmes, quien comenzó
su exposición destacando la importancia de la estatización de la
empresa que provee agua para el conurbano, la decisión política para
que hoy se esté discutiendo un plan de inversión, la cuestión
tarifaria, cómo se invierten los recursos de las vecinas y los vecinos.
Que, luego reflexionó sobre la última actualización del gobierno
anterior, que fue mayor al 500% y sobre el 32% que se está solicitando,
luego se refirió al plan director que tiene Quilmes, adoptado con AySA
y junto con el APLA y el ERAS y detalló las obras en ejecución de
renovación y expansión que redundarán en beneficio de los vecinos y las
vecinas del Municipio y destacó la disposición de todos los
trabajadores de AySA durante la pandemia.
Que, finalizó su exposición solicitando fortalecer el área de tarifa
social y agradeciendo a las autoridades, a AySA, demás municipios,
participantes y oyentes.
Que, prosiguiendo con el orden del día, hizo uso de la palabra el Sr.
Juan Carlos VISCELLINO, quien se presentó como un vecino de Lanús, y
manifestó su coincidencia con muchas ponencias en el sentido que el
agua es un elemento esencial para el desarrollo de la vida del ser
humano.
Que, respecto de actualización tarifaria que se propone, manifestó que
es algo razonable y bastante equitativo una actualización de un 30%: un
20% en julio y un 10% en octubre como se está proponiendo y expuso
sobre la obra de renovación que AySA está ejecutando en su barrio.
Que, el Sr. Hernán Pablo COLOMBO RUSSELL informó que decidió cambiar su carácter de orador y pasar a ser solo oyente.
Que por ello, se continuó con el siguiente orador, el Sr. Fernando
GRAY, Intendente del Municipio de Esteban Echeverría, quien aclaró que
unificaba la personaría con Carlos Andrés MAIDANA, quien, a su vez,
pasa a ser oyente de la audiencia.
Que el Sr. Gray comenzó su exposición agradeciendo la realización de la
audiencia pública, y realizando una breve reseña desde el inicio de su
gestión como intendente y como avanzó el servicio, destacando el
trabajo proyectado con AySA, la seriedad y la responsabilidad de sus
equipos técnicos, y reconociendo a la actual gestión, y destacando que
en el Municipio se pasó del 16% al 74% de cloacas, estando en
condiciones de llegar al 90% en todo el distrito de Esteban Echeverría.
Que, asimismo, refirió que durante los últimos cuatro años del gobierno
anterior, prácticamente se paralizaron las obras, pero que ahora han
tomado una fuerza y una dinámica importante.
Que, respecto de la propuesta tarifaria resaltó que si bien se opuso a
los aumentos de luz y gas, en el caso de agua se debe reconocer la
eficiencia del Estado puesta al servicio de la comunidad, con una
propuesta de un 10 y un 20 por ciento, pero con obras que han
beneficiado a todos los vecinos sin que estos o el municipio hagan
algún aporte.
Que en ese orden de ideas, precisó algunas de las obras en ejecución en
el Municipio de Estaban Echeverría y destacó el compromiso de la
Presidenta de AySA y toda la dirigencia para la ejecución del Plan
Director
Que, finalizó su exposición destacando que si bien a nadie le gustan
los aumentos, cuando los vecinos cuentan con agua y cloaca y no deben
solventar más el gasto de un atmosférico, se mejora la calidad de vida
de las y los vecinos.
Que a continuación, el moderador convocó nuevamente a aquellos
inscriptos que no se encontraban presentes al momento de ser llamados,
no presentándose ninguno de ellos ni tampoco ningún otro interesado en
exponer.
Que, habiendo finalizado las exposiciones de los participantes, y no
habiéndose registrado ningún otro interesado luego de la convocatoria
realizada por el moderador, el Presidente de la Audiencia Pública,
expresó su agradecimiento por la presencia y participación de los
asistentes y se procedió a labrar el acta respectiva.
Que, se incorporaron a las actuaciones las presentaciones por escrito
de los participantes que así desearon hacerlo, adicionalmente a sus
exposiciones orales.
Que, asimismo, se incorporó el correo electrónico remitido al buzón
audienciaspublicas@eras.gob.ar por el Sr. Carlos PAZ, quien se presentó
como un vecino de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y usuario de AySA,
y se refirió al problema de la facturación global a consorcios y a las
roturas de caños que afectan las cámaras de electricidad de la empresa
Edesur.
Que, la reseña efectuada en los párrafos precedentes constituye una
síntesis de los aspectos más significativos de las exposiciones
efectuadas en la audiencia, que se encuentran descriptas con mayor
extensión en el informe de cierre confeccionado de acuerdo a lo
previsto en el artículo 36, Capítulo IV, del Anexo I del Decreto N°
1172/2003 y que han sido consideradas integralmente en el análisis
previo al dictado de este acto.
Que, se deja constancia que el 27 de mayo de 2022 se ha publicado en el
Boletín Oficial el aviso que dispone el artículo 36 del Anexo I del
Decreto No 1172/2003.
Que, conforme se expresó anteriormente, a pesar de no resultar
obligatorio de acuerdo al Marco Regulatorio, se cumplió con todos los
pasos del procedimiento de Audiencia Pública previsto por el Decreto N°
1172/2003.
Que, paralelamente, se cumplió con el mecanismo previsto en el Marco
Regulatorio para llevar adelante la revisión tarifaria, habiéndose
cumplido en autos con la intervención previa al dictado de este acto
del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
y habiéndose dado intervención, en forma adicional a la Audiencia
Pública, a la Sindicatura de Usuarios.
Que, como corolario de las exposiciones realizadas en la Audiencia
Pública, se solicitó a la concesionaria que evacuara una lista de temas
surgidos y sugeridos en dicho proceso, habiéndose cumplido dicho
requerimiento con la presentación de la concesionaria de fecha 5 de
junio de 2022 que obra también agregada estas actuaciones.
Que, cumplido todo ello, resulta necesario el dictado de este acto como
resolución final del proceso, explicitando su fundamentación y el
tratamiento de las opiniones y sugerencias incorporadas al
procedimiento administrativo durante toda su tramitación, lo que se
realiza a continuación en base a los bloques temáticos sustanciales que
se encuentran comprendidos en la revisión tarifaria solicitada por la
concesionaria.
Que, con relación a la evaluación realizada respecto del “Coeficiente
de Modificación K”, cabe destacar que el aumento propuesto de dicho
coeficiente tiene por objeto cubrir parte del aumento de gastos
operativos de la empresa, contrarrestar los efectos de la inflación que
afectan los costos y afrontar los déficits operativos derivados de la
incorporación de los nuevos partidos al área concesionada, según se
detalla en el informe que acompaña a la propuesta de AGUA Y
SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que en relación a la composición del coeficiente K, la propuesta de
AySA prevé aumentar un VEINTE POR CIENTO (20%) a aplicarse a partir del
1 de julio de 2022, y un DIEZ POR CIENTO (10%) a aplicarse a partir del
1° de octubre de 2022, fundamentando dichos incrementos, tal como fuera
precedentemente expresado, en la significativa evolución de los precios
registrada posteriormente al último incremento tarifario y en el
recupero gradual del equilibrio económico en costos operativos más
mejora y mantenimiento, considerando además el déficit generado por la
incorporación de nuevos partidos a la Concesión, la pandemia y el
congelamiento de tarifas.
Que, en relación a las cuestiones relacionadas con la eficiencia en la
prestación del servicio, a raíz de los interrogantes surgidos en la
Audiencia Pública, y puntualmente a las pérdidas en red, la
concesionaria ha informado en su presentación del 5 de junio de 2022
incorporada a estas actuaciones, que cuenta con un Plan de Gestión y
Control de la Distribución, un Plan de Gestión y Control de Presiones,
un Plan de Gestión y Control de Pérdidas Físicas, un Plan de Obras de
Mejoras, un Plan de Mantenimiento de Activos, un Plan de Regularización
de Redes dentro de Radio Servido, y un Plan de Obras de Renovación de
Redes, Conexiones Elementos, los cuales se encuentran detallados en el
Plan de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento (PMOEM) 2019-2023.
Que, con relación a la Tarifa Social, ha quedado explicitado el
mantenimiento de la misma, así como las acciones concretas dirigidas a
su fortalecimiento, expansión y aplicación uniforme para todos aquellos
que acrediten la necesidad de acceder a la misma.
Que, en lo atinente a la micromedición, la propuesta de la
concesionaria y el consenso unánime entre los expositores en la
audiencia sobre las ventajas de ese esquema y con la finalidad de
favorecer el avance del sistema de facturación medido, esta Autoridad
de Aplicación dispondrá la suspensión de los cargos por solicitud de
medidores por CINCO (5) años.
Que en lo referente al endeudamiento de la empresa por la gestión
anterior, cabe tener presente que, conforme se desprende de la
información aportada por la concesionaria, el mismo fue aprobado por el
Directorio y la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad y
los fondos obtenidos tuvieron como destino el Plan de Mejora Operación,
Expansión y Mantenimiento.
Que, asimismo, y conforme se desprende de la propuesta de AySA, a fin
de mantener actualizados los valores correspondientes a los servicios
especiales, se consideró ajustar por la variación del coeficiente “K”
los valores de los cargos correspondientes a los Artículos 17, 18, 19,
20, 21, 27, 28, 29 y 32 del Reglamento de Aplicación de Normas
Tarifarias (RANT), como así también introducir aclaraciones respecto de
la aplicación de la base de consumo libre y modificaciones en su Anexo
A que permitirán una interpretación armónica de la normativa vigente,
evitando posibles conflictos y eventuales situaciones discriminatorias
en materia tarifaria.
Que tomando en cuenta las observaciones vertidas en la Audiencia
Pública relativas a la necesidad de revisar los coeficientes zonales, y
la presentación de la concesionaria de fecha 5 de junio de 2022, que
obra también agregada a estas actuaciones, y en respuesta a las
cuestiones planteadas en la Audiencia Pública, se presentó una
propuesta de corrección de diez micro áreas que manifiestamente
requieren una reclasificación toda vez que la zonificación vigente data
de la década del ’80 y no recoge cambios en el uso del espacio urbano
que se dieron con posterioridad ni clasifica a las zonas que se
incorporaron al servicio también con posterioridad.
Que, complementariamente la concesionaria remitió un informe detallado
sobre las correcciones a introducir mediante nota
NO-2022-00000672-AYSA-DIRECTORIO#AYSA
Que la corrección de los coeficientes zonales con desajustes evidentes
no hace más que aplicar correctamente los criterios del Régimen
Tarifario, tratándose únicamente de la corrección de parámetros
erróneos para un número muy limitado de usuarios con impactos de una
magnitud absoluta moderada.
Que en virtud de los antecedentes sobre la materia y las atribuciones
conferidas por el Artículo 20 del Marco Regulatorio y Artículo 16 y
concordantes del “Anexo E RÉGIMEN TARIFARIO”, de dicha norma, aprobada
por Ley N° 26.221, esta Autoridad de Aplicación considera oportuno
introducir las correcciones necesarias para subsanar en lo inmediato y
como mínimo, aquellas distorsiones existentes producidas por las
asimetrías más sobresalientes, en de las áreas propuestas por la
concesionaria.
Que, en virtud de las citadas modificaciones adicionales a introducir
en el Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias (RANT) resulta
recomendable la aprobación de un nuevo texto ordenado de tal reglamento.
Que, conforme ya se ha dicho, la Defensora del Usuario y Sindicatura de
Usuarios, ambas del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO han
intervenido en la Audiencia Pública conforme se desprende de la
presente.
Que, conforme a lo previsto en la normativa vigente, en el
procedimiento de Audiencia Pública han intervenido el ENTE REGULADOR DE
AGUA Y SANEAMIENTO y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN conforme sus propias
incumbencias, emitiendo los informes correspondientes en orden a lo
solicitado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 20 del Marco Regulatorio y Artículo 16 y concordantes
del “Anexo E RÉGIMEN TARIFARIO”, de dicha norma, aprobada por Ley N°
26.221, por el Decreto N.° 50/19 y sus modificatorios, por las
Resoluciones Nros. 9/22 y 67/22 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y en
el marco del Anexo I del Decreto N° 1172/03.
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese, a partir del 1° de julio de 2022, el valor
del “Coeficiente de Modificación K” definido en el Marco Regulatorio en
CUARENTA Y CUATRO COMA SIETE MIL QUINIENTOS DOS DIEZMILÉSIMOS (44,7502).
ARTÍCULO 2°.-Establécese, a partir del 1° de octubre de 2022, el valor
del “Coeficiente de Modificación K” definido en el Marco Regulatorio en
CUARENTA Y NUEVE COMA DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS DIEZMILÉSIMOS
(49,2252).
ARTICULO 3°.- Aplíquese a los usuarios beneficiarios del Programa de
Tarifa Social con beneficio vigente hasta la entrada en vigor de la
presente medida, un descuento adicional que neutralice el efecto de la
aplicación de la modificación tarifaria establecida por la presente en
sus artículos 1° y 2°; dicho descuento se mantendrá hasta la fecha de
renovación o cese del tal beneficio.
ARTICULO 4°.- Aplíquese a los usuarios beneficiarios del Programa de
Tarifa Social que se incorporen entre el 1° de julio de 2022 y el 30 de
septiembre de 2022, un descuento adicional que neutralice el efecto de
la aplicación de la modificación tarifaria establecida por la presente
en su artículo 2°; dicho descuento se mantendrá hasta la fecha de
renovación o cese del tal beneficio.
ARTICULO 5°.- — Apruébase la modificación de los coeficientes zonales
conforme surge del Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias (RANT)
identificado como IF-2022-60170387-APN- SSPYGOPH#MOP.
ARTÍCULO 6° Apruébase el texto ordenado del “Reglamento de Aplicación
de Normas Tarifarias” (RANT) que como ANEXO
(IF-2022-60170387-APN-SSPYGOPH#MOP ) integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 7º.- Suspéndese por CINCO (5) años el cobro del Cargo por
Instalación del Medidor a aquellos Usuarios de todas las categorías que
soliciten la modalidad de facturación medida, conforme los planes y
presupuesto aprobados.
ARTÍCULO 8°.- Exímase por CINCO (5) años del cobro del cargo por
conexión de agua potable establecido en el artículo 17 del RANT a
aquellos Usuarios que soliciten la modalidad de facturación medida y
que para ello readecuen sus instalaciones internas a fin de ser
abastecidos de forma independiente en el marco de lo establecido en el
artículo 6º del Régimen Tarifario. Lo dispuesto en el presente artículo
sólo alcanzará a las unidades funcionales pertenecientes a edificios
subdivididos en propiedad horizontal o régimen análogo, abastecidos
mediante una o más conexiones de forma indivisa, existentes a la
entrada en vigencia de la presente resolución y no será aplicable a
nuevas construcciones.
ARTÍCULO 9° — Encomiéndase al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO el
control y la regulación de la implementación y del desarrollo de lo
dispuesto en la presente medida.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Carlos Augusto Rodriguez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en los sitios web de la
Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica -
https://www.argentina.gob.ar/obras-publicas/infraestructura-y-politica-hidrica);
del Ente Regulador de Agua y Saneamiento -
https://www.argentina.gob.ar/eras; de la Agencia de Planificación -
https://www.argentina.gob.ar/apla; y de Agua y Saneamientos Argentinos
S.A. - https://www.aysa.com.ar
e. 23/06/2022 N° 46302/22 v. 23/06/2022