MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 371/2022
RESOL-2022-371-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2022
VISTO el Expediente Nro. EX-2022-60238188- -APN-DNCJYMP#MSG del
Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 24.059 de Seguridad
Interior, la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. 1992) y sus
modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que los días 17 y 18 del mes de julio del año en curso, en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se llevarán a cabo actividades de
conmemoración y homenaje con motivo del vigésimo octavo aniversario del
atentado del que resultó víctima la Asociación Mutual Israelita
Argentina.
Que en el desarrollo de las actividades precedentemente señaladas
participarán autoridades del Estado Nacional, Ministros de distintos
cultos, personal diplomático y autoridades del Estado de Israel; así
como los familiares de las víctimas de uno de los atentados más atroces
que conoce la historia nacional.
Que en virtud del art. 22bis. de la Ley de Ministerios es competencia
del MINISTERIO DE SEGURIDAD “… asistir al Presidente de la Nación y al
Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo
concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad,
la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en
un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema
democrático, y en particular: […] 14. Entender en la determinación de
la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su
aplicación, así como para la prevención del delito…”.
Que por imperio de la norma que comunica el art. 24 de la Ley Nro.
24.059, el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección
superior de los cuerpos policiales y de las fuerzas federales de
seguridad del Estado Nacional.
Que en tal sentido y atento a las competencias asignadas al MINISTERIO
DE SEGURIDAD, resulta oportuno y conveniente crear el COMANDO UNIFICADO
DE SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN
MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA, a fin de contribuir con una mejor, y
fundamentalmente, más segura organización de los eventos de
conmemoración y homenaje; ello, optimizando la utilización de los
recursos humanos y materiales disponibles para el desarrollo y
ejecución de un plan estratégico de seguridad que permita llevar
adelante los homenajes y actos de veneración en con seguridad, y
asegurando a su vez el marco de respeto en el que resulta propio su
desarrollo.
Que, tratándose de actividades conmemorativas que tendrán gran
afluencia pública y que revisten envergadura y carácter
interjurisdiccional, resulta oportuno exhortar a los cuerpos policiales
locales a fin de aunar esfuerzos en pos de garantizar las condiciones
de seguridad que el caso requiere.
Que para dotar de mayor eficiencia al COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD
VIGÉSIMO OCTAVO ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN MUTUAL
ISRAELITA ARGENTINA, y también optimizar y agilizar el proceso de toma
de decisiones resulta necesario designar al Sr. Jefe de la POLICÍA
FEDERAL ARGENTINA como Coordinador General del COMANDO UNIFICADO DE
SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN
MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA.
Que, asimismo, resulta imperioso establecer canales de comunicación
directos y permanentes con las autoridades judiciales y del Ministerio
Público Fiscal en turno, a efectos de poder formular prontamente las
consultas que resultasen necesarias ante cualquier eventualidad que
pudiera acaecer durante el desarrollo de las actividades de homenaje y
conmemoración.
Que, la índole terrorista del ataque que se conmemora impone adoptar
medidas tendientes a extremar las medidas en materia de prevención
temprana del delito y agilizar los canales de comunicación entre las
distintas fuerzas de seguridad y agencias públicas con participación en
el operativo de seguridad que habrá de implementarse.
Que, la adopción de tales medidas se corresponde con una obligación
asumida por el Estado Argentino frente a la Comunidad Internacional
(cfr. Ley Nro. 26.023).
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
norma que comunica el art. 22bis. de la Ley de Ministerios (t.o. 1992)
y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Créase el COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO
ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA
para la gestión de la coordinación interfuerzas del operativo de
seguridad a implementarse los días 17 y 18 del mes de julio del
corriente con motivo de las actividades de homenaje y conmemoración en
las vísperas del vigésimo octavo aniversario del atentado del que
resultó víctima la Asociación Mutual Israelita Argentina, actividades
que tendrán lugar en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
ARTÍCULO 2° - El COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO
ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA
estará conformado por la DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL
del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, POLICÍA FEDERAL ARGENTINA,
GENDARMERÍA NACIONAL, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA y por los representantes de los cuerpos policiales de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Los
funcionarios designados poseerán, en el marco de sus funciones,
capacidad decisoria sobre el personal y los medios afectados al
operativo de seguridad;
ARTÍCULO 3° - El COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO
ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA
iniciará sus funciones el día 17 de julio de 2022 a las 00:00 Hs. y se
disolverá cumplido su objeto, teniendo su sede operativa en el
DEPARTAMENTO CENTRAL DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA;
ARTÍCULO 4°- Desígnese como Coordinador General del COMANDO UNIFICADO
DE SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN
MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA al Sr. Jefe de la Policía Federal Argentina,
Comisario General Juan Carlos HERNÁNDEZ, quien tendrá a su cargo la
conducción de los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad
afectadas al operativo, pudiendo delegar dicha función en el
funcionario que él designe;
ARTÍCULO 5°- Instrúyase a la Sra. Secretaria de Seguridad y Política
Criminal del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a designar la nómina de abogados
que cumplirán la función de enlace con las autoridades judiciales en
turno y con los funcionarios del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL. A tal fin,
se establecerá una guardia permanente y rotativa entre los días 17 y 18
del mes de julio del corriente;
ARTÍCULO 6° - Invítase al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a designar UN (1) representante de los
cuerpos policiales locales para integrar el COMANDO UNIFICADO DE
SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN
MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA de acuerdo a las disposiciones anteriores;
ARTÍCULO 7° - Convóquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y
TRANSPORTE de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a designar UN (1)
representante para brindar colaboración en el marco de las competencias
que le son propias al COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD VIGÉSIMO OCTAVO
ANIVERSARIO DEL ATENTADO A LA ASOCIACIÓN MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA;
ARTÍCULO 8° - Invítase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a prestar colaboración en el desarrollo
del operativo de seguridad a implementarse los días 17 y 18 del mes de
julio del corriente con motivo de las actividades de conmemoración y
homenaje en vísperas del vigésimo octavo aniversario del atentado del
que resultó víctima la Asociación Mutual Israelita Argentina;
ARTÍCULO 9º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;
ARTÍCULO 10 - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
e. 23/06/2022 N° 46047/22 v. 23/06/2022