AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 942/2022
RESOL-2022-942-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2022
VISTO el EX-2022-58301955-APN-DGTAYL#AND, el Decreto 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 698/2017 y sus modificatorios se creó la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, encargado del
diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en
materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones
tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las
personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de
otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las
Leyes N° 25.869 y N° 26.928 en todo el territorio nacional.
Que el Decreto precitado fijó entre los deberes y atribuciones de la
persona titular de la Dirección Ejecutiva, las de: (...) “Promover y
gestionar la obtención de recursos y fondos públicos y privados,
locales y extranjeros, para el cumplimiento de los objetivos del
organismo. “Por su parte, dentro de las funciones de la AGENCIA
estableció la de: “(...) Formular políticas públicas relacionadas con
la situación de discapacidad y conforme a las obligaciones derivadas de
los tratados internacionales de derechos humanos en materia de
discapacidad”.
Que el relacionamiento eficiente con organismos multilaterales de
crédito, y con las áreas de gobierno relacionados con la materia,
resulta un recurso institucional clave para articular, llevar adelante
y obtener recursos técnicos y financieros que contribuyan con el
fortalecimiento institucional de la Agencia como órgano rector en la
materia, con la profundización del alcance de las políticas públicas
desarrolladas o a desarrollar, y con la transversalización de la
perspectiva de la discapacidad tanto en el sector público, en sus
distintos niveles, como así también en el sector privado, para que la
misma sea parte de la política integral de un Estado presente.
Que, en tal entendimiento, la Dirección General Técnica, Administrativa
y Legal mediante informe identificado como
IF-2022-59777382-APN-DGTAYL#AND estima conveniente la creación de la
Unidad de Financiamiento Externo (UFE) que funcionará bajo a orbita de
su competencia.
Que la Unidad de Financiamiento Externo tendrá a su cargo la
coordinación integral de los diferentes programas y proyectos
financiados con fondos de origen internacional.
Que la implementación de la UFE no implica la creación de nuevas
estructuras ni la asignación o reasignación de competencias,
constituyendo un espacio institucional de armonización e impulso de las
acciones aquí consignadas.
Que la creación y puesta en marcha de la Unidad de Financiamiento
Externo no implica erogación presupuestaria alguna para este organismo.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente medida se dicta en virtud de las facultades asignadas
por los Decretos N° 698/2017 y sus modificatorios, y N° 935/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase, en la órbita de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, la
“Unidad de Financiamiento Externo (UFE)”, la que tendrá a su cargo la
coordinación integral de los diferentes programas y proyectos
financiados con fondos de origen internacional, de conformidad con lo
expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La Unidad de Financiamiento Externo creada por el artículo que precede tendrá las siguientes funciones:
1.- Entender en las relaciones, acuerdos y negociaciones con los organismos multilaterales y bilaterales de crédito.
2.- Coordinar las acciones vinculadas con la planificación,
programación, formulación, implementación, ejecución, supervisión,
monitoreo y evaluación de la gestión de programas y proyectos propios
financiados a través de préstamos, créditos y/o donaciones externas, en
el marco de acuerdos con organismos bilaterales y/o multilaterales de
crédito, en articulación con las diversas áreas de la Agencia.
3.- Contribuir con las áreas competentes en las acciones necesarias
para velar por el cumplimiento del requisito de perspectiva de
discapacidad de los diferentes programas y proyectos con financiamiento
externo.
4.- Entender en la administración, gestión financiera-contable y
presupuestaria de los diferentes programas y proyectos con
financiamiento externo, promoviendo las acciones necesarias para la
oportuna disponibilidad de fondos de las distintas fuentes de
financiamiento y en la contratación de los recursos humanos de los
programas con financiamiento externo, garantizando el cumplimiento de
los compromisos contractuales y el marco legal de aplicación.
5.- Entender en los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y
en las actividades de apoyo legal y administrativo de los programas y
proyectos propios con financiamiento externo, velando por el
cumplimiento de las normas, políticas y requerimientos de los
organismos internacionales de crédito.
6.- Realizar el seguimiento, supervisión y evaluación de avances y de
consolidación de resultados e impactos de la ejecución de los programas
y proyectos con financiamiento externo.
ARTÍCULO 3°.- La Unidad de Financiamiento Externo (UFE) funcionará bajo
la órbita de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y su
coordinación estará a cargo de la persona que designe la Dirección
Ejecutiva.
ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
e. 29/06/2022 N° 48089/22 v. 29/06/2022