ANEXO II
Procedimiento administrativo del
Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero
ÍNDICE
I. Presentación
a. Alcances
b. Responsabilidades
II. Procedimiento Administrativo para el ingreso, articulación, seguimiento y cierre de las demandas
a. Ingreso de situación al Programa
b. Admisibilidad
c. Evaluación de la situación y clasificación de las demandas
d. Indicadores de la situación de vulnerabilidad que atraviesa la persona solicitante
e. Líneas de acción y articulaciones
f. Seguimiento de la demanda
g. Finalización del trámite de las actuaciones
III. Procedimiento Administrativo para la elegibilidad, asignación,
pago, rendición y cierre de las actuaciones en caso de apoyo económico.
a. Inicio del expediente electrónico
b. Informe Social de solicitud del apoyo económico
c. Documentación requerida para la continuación del trámite
d. Otorgamiento del apoyo económico
1. Confección del Proyecto de Disposición que otorga el apoyo económico a través de transferencia bancaria
2. Confección del Proyecto de Disposición que otorga el apoyo económico a través del Correo Argentino S.A.
e. Validación, certificación de crédito e intervención de la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (DPYAF).
f. Intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ)
g. Suscripción de la Disposición.
1. Pago del apoyo económico a través de transferencia bancaria
2. Pago del apoyo económico a través del Correo Argentino S.A.
h. Rendición del apoyo económico e informe final
i. Cierre de las Actuaciones
j. Incumplimientos
l. Glosario
IV. Procedimiento Administrativo para la asignación, pago, rendición y
cierre de las actuaciones en caso apoyo económico de la Línea de
Financiamiento para travestis, transexuales y transgénero mayores de 50
años, en adelante (LF-M50).
a. Inicio del expediente electrónico.
b. Documentación requerida para la continuación del trámite.
1. Si la persona declaró poseer cuenta bancaria a su nombre
2. Si la persona declaró no poseer cuenta bancaria a su nombre
c. Otorgamiento de la LF-M50.
1. Confección del Proyecto de Disposición que otorga la a LF-M50 a través de transferencia bancaria.
2. Confección del Proyecto de Disposición que otorga la LF-M50 a través del Correo Argentino S.A.
d. Validación, certificación de crédito e intervención de la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (DPYAF).
e. Intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ)
f. Suscripción de la Disposición.
1. Pago de la LF-M50 a través de transferencia bancaria.
2. Pago de la LF-M50 a través del Correo Argentino S.A.
g. Rendición de la LF-M50 e informe final.
h. Cierre de las Actuaciones.
i. Incumplimientos.
Anexo I - Declaración Jurada sobre los datos e información brindada al
Programa de Fortalecimiento del acceso a derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero.
Anexo II - Informe social de solicitud del apoyo económico.
Anexo III - Declaración Jurada para la acreditación en Cuenta Bancaria.
Anexo IV - Términos y Condiciones de Formulario web de solicitud de
ingreso al Programa de Fortalecimiento del acceso a derechos para
personas Travestis, Transexuales y Transgénero.
I. PRESENTACIÓN
a. Alcances
El objetivo de este documento es detallar los procedimientos
administrativos que deben seguirse, por un lado, para el ingreso,
articulación, seguimiento y cierre de las demandas que sean recibidas
en el marco del “Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para
personas Travestis, Transexuales y Transgénero” (en adelante, PROGRAMA)
creado por la Resolución N° 83 del 4 de julio de 2020
(RS-2020-83-APN-MMGYD); y, por el otro, para la elegibilidad,
asignación, pago, rendición y cierre de las actuaciones en caso de
apoyo económico para travestis, transexuales y transgénero en situación
de extrema vulnerabilidad.
A tal fin, se describe cómo se realiza la evaluación de cada situación
que es recibida, su clasificación, seguimiento y cuándo se consideran
finalizadas las solicitudes que fueron admitidas. Asimismo, se detallan
las obligaciones asumidas por las personas que ingresan al PROGRAMA.
Por su parte, se definen los requisitos que, travestis, transexuales y
transgénero, deben reunir para acceder al apoyo económico para
situaciones de extrema vulnerabilidad, así como también, el circuito
administrativo a seguir.
Se destaca que este apoyo económico, al ser una de las líneas de acción
posibles, se enmarca en un abordaje integral de las circunstancias que
atraviesa la persona que ingresa al PROGRAMA. Por lo tanto, está
destinado para aquellas situaciones de vulnerabilidad en las que sea
necesario solventar necesidades básicas de manera inmediata. Para esto,
deberán cumplirse los criterios aquí definidos.
Finalmente, este documento contiene la “Declaración Jurada sobre los
datos e información brindada al Programa de Fortalecimiento del acceso
a derechos para personas Travestis, Transexuales y Transgénero” (Anexo
I); las variables que conforman el “Informe social de solicitud del
apoyo económico” (Anexo II) que, como se verá más adelante, es
requerido para el otorgamiento del apoyo económico, la “Declaración
Jurada para la acreditación en Cuenta Bancaria” (Anexo III) y los
Términos y Condiciones de Formulario web de solicitud de ingreso al
Programa de Fortalecimiento del acceso a derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero (Anexo IV).
b. Responsabilidades
El PROGRAMA se encuentra en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
DE DIVERSIDAD del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD (en
adelante, MMGYD), la cual será responsable de realizar el monitoreo y
control del cumplimiento de los Objetivos del PROGRAMA. En caso de
vacancia será la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD quien
asumirá ese rol en atención a las competencias propias asignadas.
La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD, en adelante (SSPD), o
cualquier área dentro de la mencionada Subsecretaría que esta designe,
será la responsable del desarrollo y ejecución del PROGRAMA.
La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD garantiza la seguridad de
los datos de las personas que ingresan al PROGRAMA. A tal fin, se
adoptarán las medidas técnicas adecuadas y los controles necesarios
para resguardar la seguridad y evitar toda circunstancia que pueda
afectar la confidencialidad de los datos personales.
EL PROGRAMA contará con un equipo que llevará adelante las siguientes acciones:
- Recibir y realizar la evaluación de la admisibilidad de la situación ingresada, conforme el apartado II. a)
- Iniciar el expediente electrónico por cada ingreso admisible, conforme el apartado II. b)
- Realizar una entrevista personal y/o virtual para delinear líneas de
acción que requiera la situación, conforme el apartado II. c) y, en
función de esto,
- Articular de manera permanente con los organismos competentes en la/s materia/s
de la/s demanda/s, así como también, con las organizaciones sociales, comunitarias y
territoriales, conforme el apartado II. e)
- Efectuar el seguimiento de las situaciones admisibles y, cuando
corresponda, proponer la finalización de la intervención del MMGYD,
conforme el apartado II. f) y g)
- Elaborar los informes sociales, cuando se trate de situaciones
admisibles al PROGRAMA y corresponda evaluarlas para obtener el apoyo
económico, conforme el apartado III. b).
- Elaborar los Expedientes vinculados al requerimiento de la línea de apoyo económico de mayores de 50 años.
- Trabajar de manera interdisciplinaria las demandas que ingresen al PROGRAMA.
- Sistematizar datos obtenidos a través de los ingresos al PROGRAMA, a
los fines meramente estadísticos que posibiliten el diseño de políticas
públicas dirigidas específicamente al colectivo travesti-trans y la
evaluación del PROGRAMA.
La DIRECCIÓN Técnica de Registros y Bases de Datos de la Unidad de
Gabinete de Asesores del MMGYD (en adelante DTRYBD) tendrá a su cargo:
- La elaboración del formulario de ingreso al Programa en el sitio web argentina.gob.ar
- La elaboración de los “Términos y Condiciones de Formulario web de
solicitud de ingreso al Programa de Fortalecimiento del acceso a
derechos para personas Travestis, Transexuales y Transgénero”
- El diseño y desarrollo del sistema de gestión de la información del
Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero.
II. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL INGRESO, ARTICULACIÓN, SEGUIMIENTO Y CIERRE DE LAS DEMANDAS.
a. Ingreso de la situación
El PROGRAMA establece las siguientes vías de recepción de solicitudes:
i. el envío de un correo electrónico a la dirección institucional
programatravestitrans@mingeneros.gob.ar. Al correo electrónico
identificado, pueden ingresar solicitudes directas de travestis o
trans; o derivaciones que realizan otros organismos públicos. En todos
los casos, se seguirá el mismo procedimiento.
ii. solicitudes presentadas en formato papel en la mesa de entradas del
MMGYD. En este caso, las notas serán escaneadas por personal de la mesa
de entradas y remitidas, en formato PDF, al correo electrónico del
PROGRAMA. El personal de la mesa de entradas también podrá hacerlas
llegar en formato papel a la oficina de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
DE DIVERSIDAD (SSPD) o al área que esta designe.
Para que las solicitudes puedan ser analizadas deberá constar, al
menos, algún dato de contacto (correo electrónico personal o número de
teléfono). Si no surge una descripción clara de la problemática o el
obstáculo que enfrenta la persona, el equipo del PROGRAMA tomará
contacto para interiorizarse de la situación.
En el primer contacto con la persona solicitante (a través del punto i
y ii), se le hará saber que el suministro de datos y cualquier
información al MMGYD, tiene carácter de declaración jurada y, por lo
tanto, es responsable de la veracidad, exactitud, vigencia y
autenticidad de los datos provistos.
Asimismo, se le informará que el suministro de la información implica
el consentimiento expreso respecto a su utilización por parte del
MMGYD. Por esta razón, el equipo del PROGRAMA le hará llegar por correo
electrónico la “Declaración Jurada sobre los datos e información
brindada” (Anexo I que integra este instructivo) para que imprima y
firme de manera ológrafa (en caso de no contar con firma digital
válida), y vuelva a enviar a la dirección de correo electrónico del
PROGRAMA o en formato papel a la mesa de entradas del MMGYD.
iii. solicitudes de ingreso a través del formulario disponible en la
página web del MMGYD, a través del sitio
https://www.argentina.gob.ar/generos: en este caso, se deberán
completar los datos requeridos por el formulario y aceptar los
“Términos y Condiciones de Formulario web de solicitud de ingreso al
Programa de Fortalecimiento del acceso a derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero” (Anexo IV del presente
documento).
Los datos ingresados en el formulario tendrán carácter de declaración
jurada; serán importados (desde el sitio www.argentina.gob.ar) y
guardados de manera automática en la base de datos diseñada a tal fin.
La Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del
MMGYD hará envíos periódicos (de mínimo dos veces por semana) a la SSPD
o el área que esta designe, a través de una NOTA o PV en el sistema de
GDE sobre los ingresos al PROGRAMA a través de este formulario.
Cada persona que haya solicitado ingresar al PROGRAMA tiene el derecho
a pedir la actualización o rectificación de sus datos personales según
corresponda, en cualquier momento. Para ello, deberá enviar un correo
electrónico a la siguiente dirección:
programatravestitrans@mingeneros.gob.ar
b. Admisibilidad
Una vez recibida la solicitud, el equipo del PROGRAMA evaluará su
admisibilidad, para ello se verificarán las siguientes variables,
conforme el punto 3 del Anexo I de los “Lineamientos generales del
Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero”, a saber:
a) Ser mayor de 18 años;
b) Habitar en el territorio nacional;
c) Ser travestis, transexual o transgénero; y
d) Vulneración de derechos por motivos de su identidad y expresión de género.
Cuando la solicitud sea admitida, el equipo técnico administrativo del PROGRAMA deberá:
- Solicitar una carátula a través del sistema GDE al buzón grupal de la
Coordinación de Gestión Documental (CGD) dependiente de la Dirección
General de Administración (DGA) (CGD#MMGYD-PVD). En el pedido de
carátula se incorporarán los datos que surjan del primer contacto;
- Vincular al expediente el correo electrónico, formulario web o
escanear la nota que haya sido recibida en formato papel en la mesa de
entradas del Ministerio (con el acrónimo IFGRA en el sistema de GDE);
- Vincular la “Declaración Jurada sobre los datos e información
brindada al Programa de Fortalecimiento del acceso a derechos para
personas Travestis, Transexuales y Transgénero” firmada por la persona
solicitante;
- De corresponder, confeccionar legajos físicos para el archivo de
aquellas notas que hayan sido recibidas en mediante correo postal.
c. Evaluación de la situación y clasificación de las demandas
El equipo interdisciplinario del PROGRAMA elaborará una “Planilla de
Inicio” con los datos que surjan de la solicitud y realizará una
entrevista personal a fin de completar la información provista, evaluar
la situación y clasificarla para diseñar las articulaciones a llevar
adelante. La entrevista personal podrá ser presencial o a través de
medios informáticos.
La “Planilla de Inicio” contendrá los siguientes datos:
- Datos personales de identificación (DNI, Nombre/s, Apellido/s, Domicilio, Datos de contacto).
- Edad.
- Fecha de recepción de la situación en el PROGRAMA.
- Reseña de la situación.
- Tipos de demandas que se identifican a partir de la reseña de la
situación (inclusión en el empleo, cuestiones de salud, educación,
capacitación para el empleo, etc.)
- Situación habitacional.
- Indicar si tiene personas a cargo.
- Nivel educativo (sin escolarización, primario completo/incompleto,
secundario completo/incompleto, universitario completo/incompleto,
etc.).
- Ingresos económicos (si los posee o no, si es un empleo registrado o si los ingresos son informales, etc.).
- Reseña del estado de salud general.
- Ámbito interdisciplinario de derivación y/o articulación requerida
(acceso a la salud, situación habitacional, acceso al empleo, acceso a
la educación, formación y capacitación, violencia institucional, cambio
registral, otras vinculadas a la vulneración de derechos descripta).
- Observaciones (cualquier información que el/la profesional considere relevante a tener en cuenta)
Esta planilla será suscripta por el equipo interdisciplinario del
PROGRAMA que haya realizado la entrevista e incorporada al expediente
como INFORME TÉCNICO (IF). A partir de la información que se recolecta
mediante esta planilla, se definen las acciones e intervenciones que
requiera el caso.
Si el equipo interdisciplinario del PROGRAMA considera que una de las
líneas de acción a llevar adelante es el otorgamiento del apoyo
económico, conforme los indicadores de vulnerabilidad expresados en el
apartado II. d), deberá dejarlo asentado en el informe.
Luego, el expediente se remitirá a la SSPD para que tome conocimiento
de las actuaciones y articulaciones propuestas y ratificar o, en su
caso, rectificar lo actuado. La SSPD o el área específica que está
designe, plasmará su intervención mediante un informe o providencia.
Finalmente, la SSPD devolverá el expediente al PROGRAMA para que
proceda con las articulaciones propuestas o las adecúe en función de lo
requerido por la mencionada Subsecretaría.
En caso de que del desarrollo y seguimiento de la demanda surjan nuevas
líneas de acción, el PROGRAMA podrá volver a remitir las propuestas a
la SSPD y repetir los pasos del párrafo anterior. Asimismo, se podrá
actualizar la Planilla de Inicio en caso de que surjan nuevos
indicadores, la que deberá ser vinculada al expediente como IF, y
reemplazará a la primera.
Cuando se trate de un expediente en el que el informe del equipo
interdisciplinario del PROGRAMA considera que es necesario el
otorgamiento del apoyo económico y la SSPD o el área específica que
esta designe ratificara esa recomendación, el PROGRAMA procederá a la
creación de un nuevo expediente electrónico vía sistema de GDE
destinado exclusivamente al trámite administrativo. Este expediente
deberá ser asociado por el sistema de GDE al primero que se conformó al
admitir el ingreso al PROGRAMA.
El primer expediente tendrá como objetivo la consecución de las
articulaciones y/o derivaciones que se desprendan de las demandas
identificadas en la “Planilla de Inicio” y las que surjan a lo largo de
la intervención del PROGRAMA, conforme los apartados que se
desarrollarán a continuación. En el caso del expediente destinado al
trámite administrativo para el otorgamiento del apoyo económico, se
deberá atender a lo descripto bajo el título “III. Procedimiento
Administrativo para la elegibilidad, asignación, pago, rendición y
cierre de las actuaciones en caso de apoyo económico” del presente
documento.
d. Indicadores de la situación de vulnerabilidad que atraviesa la persona solicitante
Cuando al menos dos de las siguientes variables concurran en la
situación que atraviesa la persona que ingresa al PROGRAMA, se podrá
recomendar el otorgamiento del apoyo económico. La concurrencia de más
variables permitirá detectar casos prioritarios y situaciones de
extrema vulnerabilidad.
Los indicadores para esta ponderación son los siguientes:
- Rango etario de la persona: cuando la persona al momento de ingresar al PROGRAMA sea mayor de 35 años.
- Situación habitacional: cuando la persona manifieste que estuvo en situación de calle en los últimos dos años.
- Nivel educativo: cuando la persona declare no tener instrucción, primaria incompleta o secundario incompleto
- Ingresos económicos: cuando declare no realizar actividades por las que reciba dinero.
- Estado de salud general: cuando declare no tener cobertura y poseer alguna enfermedad y/o discapacidad.
- Violencia institucional y/o de género: cuando del relato de la
persona surgieran situaciones de violencia institucional y/o de género.
- Personas a cargo: cuando tenga personas menores de edad, personas adultas mayores o personas con discapacidad a su cargo.
- Prácticas sexuales por dinero: si manifiesta estar realizando prácticas sexuales por dinero.
e. Líneas de acción y articulaciones
Las articulaciones y derivaciones que se realicen con organismos
públicos, según la situación lo requieran, serán a través de los
dispositivos digitales y canales telefónicos accesibles oficiales. Todo
lo actuado deberá reflejarse en el expediente electrónico vinculando la
NOTA (NO) que fuera dirigida a la autoridad, órgano, organismo o
entidad destinataria en caso de corresponder.
Para el caso en que la articulación no requiera la remisión de una
NOTA, se deberá dejar asentado en el expediente las acciones
desarrolladas a través de un INFORME (IF) firmado por el equipo
interdisciplinario del PROGRAMA.
Lo mismo sucederá con las articulaciones y comunicaciones con las
distintas organizaciones sociales, comunitarias y territoriales, según
la situación lo requiera. Estas acciones se llevarán a cabo a través de
dispositivos digitales y canales telefónicos accesibles disponibles.
Cada una de las articulaciones y acciones también deberá reflejarse en
el expediente electrónico vinculando los documentos pertinentes
mediante INFORME (IF).
Las respuestas a dichas comunicaciones enviadas serán vinculadas al expediente electrónico de cada solicitud.
f. Seguimiento de la demanda
Se efectuará un seguimiento de cada solicitud por un plazo de tres
meses a contar desde la primera articulación o acción adoptada por el
equipo interdisciplinario del PROGRAMA. El seguimiento se reflejará en
el expediente electrónico mediante INFORME TÉCNICO (IF) elaborado por
el equipo interdisciplinario del PROGRAMA que contendrá el desarrollo
de las diversas acciones llevadas adelante.
Cuando se pierda contacto con la persona, el equipo del PROGRAMA dejará
constancia de las acciones efectuadas a los fines de retomarlo a través
de un INFORME TÉCNICO (IF).
g. Finalización del trámite de las actuaciones
El equipo del PROGRAMA recomendará el cierre de las actuaciones cuando:
- Se hayan cumplido las articulaciones y/o acciones propuestas,
- Las acciones se tornen materialmente inviables dada una imposibilidad
de contacto o cuando la situación que originó el ingreso al PROGRAMA se
devenga abstracta.
La recomendación de cierre se efectuará a través de un INFORME TÉCNICO
(IF), dirigido a la SSPD o el área específica que ésta designe, en el
que dará cuenta de las articulaciones y/o derivaciones realizadas y el
seguimiento.
El informe será suscripto por personal del equipo interdisciplinario
del PROGRAMA. El expediente pasará a la SSPD o el área específica que
ésta designe para que tome conocimiento de lo actuado. Su intervención
será incorporada en el expediente mediante una providencia o informe en
la que se convalide o recomiende nuevas articulaciones, a consensuar
con la persona ingresada al PROGRAMA.
En caso de ratificar la propuesta de cierre de las actuaciones, el área
específica que hubiera sido designada por la SSPD remitirá el
expediente a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD para que tome
conocimiento de lo actuado pudiendo ratificar o rectificar el cierre de
las actuaciones. En caso de ratificar lo actuado, remitirá el
expediente digital a la CGD para su guarda temporal. Caso contrario se
devolverá el expediente al área específica designada por la SSPD, con
las indicaciones propuestas para su prosecución.
III. Procedimiento Administrativo para
la elegibilidad, asignación, pago, rendición y cierre de las
actuaciones en caso de apoyo económico
a. Inicio del expediente electrónico
En el caso de que el equipo interdisciplinario del PROGRAMA, al
elaborar la “Planilla de Inicio” y realizar la entrevista personal,
conforme el apartado II. c) o a lo largo del seguimiento de las
demandas de la persona, considere que una de las líneas de acción a
llevar adelante sea el otorgamiento del apoyo económico (de acuerdo a
los indicadores de vulnerabilidad expresados en el apartado II.d del
presente y los requisitos de los apartados 4.e. y 4.f. del Anexo I
“Lineamientos generales del Programa de Fortalecimiento del Acceso a
Derechos para personas Travestis, Transexuales y Transgénero”) deberá
crear un nuevo expediente electrónico vía sistema de GDE destinado
exclusivamente al trámite administrativo. Dicha solicitud será
ratificada por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD y/o quien
ella designe. Para ello, deberá:
- Solicitar una carátula a través del sistema de GDE al buzón grupal de
la CGD dependiente de la Dirección General de Administración (DGA)
(CGD#MMGYD-PVD).
En el pedido de carátula se incorporará nombre y apellido de la persona
y la leyenda “Apoyo económico - Programa de Fortalecimiento del Acceso
a Derechos para personas Travestís, Transexuales y Transgénero”;
- Vincular al expediente la “Planilla de Inicio”, la “Declaración
Jurada sobre los datos e información brindada al Programa de
Fortalecimiento del acceso a derechos para personas Travestis,
Transexuales y Transgénero” y la nota o providencia con la ratificación
del área específica designada por la SSPD.
Este expediente deberá ser asociado por el sistema de GDE al primero que se conformó al admitir el ingreso al PROGRAMA.
b. Informe Social de solicitud del apoyo económico.
El equipo interdisciplinario del PROGRAMA elaborará el “Informe Social
de solicitud del apoyo económico” conforme las variables que se
encuentran en el Anexo II que forma parte integrante de este documento.
Este informe será suscripto por un/a profesional de trabajo social del
PROGRAMA con matrícula habilitante y se vinculará al expediente
mediante un INFORME TÉCNICO (IF). Asimismo, los trabajadores sociales
pertenecientes a otros equipos de los distintos Programas diseñados o
que en el futuro diseñe el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD podrán elaborar y/o suscribir dicho informe.
c. Documentación requerida para la continuación del trámite.
Luego del “Informe Social de solicitud del apoyo económico”, personal
del equipo del PROGRAMA le hará saber a la persona solicitante del
apoyo económico que deberá enviar al correo electrónico del PROGRAMA o
a la mesa de entradas del MMGYD, la siguiente documentación:
1. Si en el “Informe Social de solicitud del apoyo económico” declaró poseer cuenta bancaria a su nombre:
a. Declaración Jurada de Acreditación de Cuenta Bancaria que como Anexo
III integra el presente instructivo (datos de contacto y Clave Bancaria
Uniforme (CBU) para su identificación).
b. Copia del Documento Nacional de Identidad (nacionales o con residencia temporaria o permanente)
c. Certificación negativa (inexistencia de una relación de dependencia)
otorgada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
d. Formularios sobre la Cuenta Bancaria, conforme la Disposición
Conjunta N° 21/95 de la Contaduría General de la Nación y N° 10/95 de
la Tesorería General de la Nación, del 22 de junio de 1995 o los que en
un futuro los reemplacen.
La documentación indicada en el punto a. y d. será facilitada por el
equipo técnico del PROGRAMA (a través del medio que indique la persona
solicitante) que brindará asistencia y acompañamiento en el proceso de
completar cada instrumento.
El equipo del PROGRAMA verificará que la documentación prevista en el
punto b. y c. sea correcta y se corresponda con la que surja de los
registros formales del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y
ANSES, y que resulte compatible con la asignación del apoyo económico.
El chequeo se efectuará acorde al respeto de la identidad y expresión
de género.
En este caso, la verificación se realizará a través del sistema de GDE
cruzando datos con la base de RENAPER y la certificación negativa se
obtendrá de la página oficial de ANSES mediante el sistema de consultas.
A tales efectos, se producirá un nuevo documento en el sistema de GDE
con el acrónimo “FORKN” (formulario permite generar una constancia del
Registro Nacional de las Personas) allí se desglosará la búsqueda y se
deberá seleccionar la solapa “DNI”, en ella se completará el número de
DNI y el sistema arrojará los datos de la persona vinculados a ese
número que surgen de RENAPER.
Se generará el documento titulado “RE” - “Constancia Registro Nacional
de las Personas” que personal del PROGRAMA vinculará al expediente
electrónico mediante IF. En este caso, se seguirá el trámite conforme
el apartado III. d. 1. “Confección del Proyecto de Disposición que
otorga el apoyo económico a través de transferencia bancaria”.
2. Si en el “Informe Social de solicitud del apoyo económico” declaró no poseer cuenta bancaria a su nombre:
a. Copia del Documento Nacional de Identidad o documentación que acredite su identidad;
b. Certificación negativa (inexistencia de una relación de dependencia)
otorgada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). En
esta oportunidad, se seguirá el trámite conforme el apartado III. e. 2.
“Confección del Proyecto de Disposición que otorga el apoyo económico a
través del Correo Argentino S.A.”.
Todos estos documentos deberán ser firmados de manera ológrafa o con
firma digital válida por la persona que solicita el apoyo económico.
Deberán ser remitidos al correo electrónico del PROGRAMA o en formato
papel a la mesa de entradas del MMGYD.
Cada uno de los documentos remitidos, serán vinculados al expediente
electrónico a través de los acrónimos correspondientes por el equipo
del PROGRAMA. Luego, el expediente será elevado a la DNPIDSYG para la
ratificación o rectificación de lo actuado, que plasmará su
intervención mediante un informe o providencia. En caso de que la
DNPIDSYG emita una intervención en la que rectifique, deberá indicar
las recomendaciones a los fines que el equipo del PROGRAMA subsane lo
actuado.
d. Otorgamiento del apoyo económico
1. Confección del Proyecto de Disposición que otorga el apoyo económico a través de transferencia bancaria.
En los casos en que la persona hubiera declarado poseer una cuenta
bancaria a su nombre, luego de incorporada la intervención de la SSPD o
el área específica que ésta designe que ratifique lo actuado por el
equipo del PROGRAMA, fijándose en esta instancia, el valor del apoyo
económico, en función del valor del SMVM vigente a esa fecha. El área
específica designada por la SSPD confeccionará el Proyecto de
Disposición (PDISP) que firmará la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD. El proyecto deberá contener una reseña de las actuaciones y
deberá:
a. Otorgar el apoyo económico (identificando los datos personales que permitan individualizar a la persona beneficiaria).
b. Aprobar la transferencia bancaria (detallando el número de cuenta bancaria, CBU y CUIL).
c. Solicitar a la Subsecretaría de Gestión Administrativa (SSGA) que realice la transferencia ordenada.
d. Notificar a la persona beneficiaria del apoyo económico.
e. Notificar la necesidad de presentar el “Anexo 2 - Planilla de
Declaración Jurada” de la Resolución MMGYD N° 239/2020 conforme al
“Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios
transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a
Provincias, Municipios, otros entes y personas físicas y jurídicas”.
f. Identificar la partida presupuestaria a la que se imputará el gasto.
El formulario al que refiere el punto e. será facilitado por el equipo
técnico del PROGRAMA (a través del medio que indique la persona
solicitante) que brindará asistencia y acompañamiento en el proceso de
completar el instrumento. El Proyecto de Disposición deberá ser
vinculado al expediente, firmado por el área designada por la SSPD y
elevado a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD. Finalmente, la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD remitirá el expediente al
buzón de programas de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para la prosecución del
trámite.
2. Confección del Proyecto de Disposición que otorga el apoyo económico a través del Correo Argentino S.A.
Para los casos en que la persona solicitante declara no poseer cuenta
bancaria a su nombre, se procederá a efectuar el pago del apoyo
económico a través del servicio de “Pago por Cuenta de Terceros”
provisto por el Correo Argentino S.A.
Una vez incorporada la intervención del área designada por la SSPD que
ratifique lo actuado por el equipo del PROGRAMA, la misma confeccionará
el Proyecto de Disposición (PDISP) que firmará la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD.
El proyecto deberá contener una reseña de las actuaciones y deberá:
a. Otorgar el apoyo económico (identificando los datos personales que permitan individualizar a la persona beneficiaria)
b. Aprobar el pago a través del Correo Argentino, indicando la sucursal a la que debe enviarse el dinero.
c. Aprobar la transferencia bancaria a la Cuenta N° 3553/92, CBU N°
0110599520000003553925, perteneciente al Correo Oficial de la República
Argentina, C.U.I.T. N° 30-70857483-6, del Banco de la Nación Argentina,
Sucursal 85, por el monto otorgado.
d. Solicitar a la Subsecretaría de Gestión Administrativa (SSGA) que realice la transferencia ordenada.
e. Notificar a la persona beneficiaria del apoyo económico.
f. Notificar la necesidad de presentar el “Anexo 2 - Planilla de
Declaración Jurada” de la Resolución MMGYD N° 239/2020 conforme al
“Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios
transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a
Provincias, Municipios, otros entes y personas físicas y jurídicas”
g. Identificar la partida presupuestaria a la que se imputará el gasto.
El Proyecto de Disposición deberá ser vinculado al expediente, firmado
por el área designada por la SSPD y elevado a la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD. Finalmente, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD remitirá el expediente al buzón de programas de la SSGA
(SSGA#MMGYD-PPT) para la prosecución del trámite.
e. Validación, certificación de crédito e intervención de la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (DPYAF).
En cualquiera de los casos (transferencia bancaria o por Correo
Argentino S.A.), una vez que el expediente se encuentre en el buzón
grupal de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) ésta lo remitirá a la DIRECCIÓN DE
PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (DPYAF) para que, en los casos
en los que se hubiera declarado poseer una cuenta bancaria, se
verifiquen que los datos denunciados en los anexos correspondientes
sean correctos y compatibles para la acreditación de la transferencia.
Luego, tanto para el pago por transferencia bancaria como para el pago
a través de Correo Argentino S.A., la DPYAF emitirá la Solicitud de
Gasto correspondiente e indicará si hay crédito disponible. De ser así,
afectará de manera preventiva el presupuesto necesario.
Luego, la DPYAF remitirá el expediente a la SSGA, quien lo derivará a
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS (DGAJ#MMGYD-PVD) para la
prosecución del trámite.
f. Intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ)
La DGAJ efectuará dictamen conforme su competencia y lo devolverá a la
SSGA. La SSGA remitirá el expediente a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD.
g. Suscripción de la Disposición
El área designada por la SSPD, en caso de corresponder, adecuará el
contenido del Proyecto de Disposición de acuerdo con el dictamen
efectuado por la DGAJ. Luego, elevará la Disposición para la firma de
la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD.
1. Pago del apoyo económico a través de transferencia bancaria.
En el caso de un pago por transferencia a una cuenta bancaria a nombre
de la persona beneficiaria, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD
vinculará la Disposición suscripta (apartado III. g.) al expediente y
lo remitirá a la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT). Luego, la SSGA enviará el
expediente a la DPYAF para la ejecución del pago.
Posteriormente, la DPYAF agregará las constancias correspondientes a la
transferencia, devolverá el expediente a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
DE DIVERSIDAD, previo pase por la SSGA.
La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD remitirá el expediente al área específica por ella previamente designado.
2. Pago del apoyo económico a través del Correo Argentino S.A.
En el caso de un pago por Correo Argentino S.A., la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD vinculará la Disposición suscripta (apartado
III. g.) al expediente y lo remitirá a la SSGA y, por otro lado, una
comunicación oficial (CCOO) vía el sistema de GDE a la DIRECCIÓN DE
COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS (DCCPYS) que
contendrá los siguientes datos:
- Nombre/s y apellido/s de la persona destinataria del apoyo económico.
- Documento de identidad.
- El monto a transferir.
- Fecha de pago en la que el MMGYD le debe transferir al Correo.
- Sucursal del Correo que intervendrá en el pago.
- Número de expediente por el que se gestiona el trámite administrativo del apoyo económico.
La confección de esta CCOO está a cargo de la SSPD o el área específica
que ésta designe, que agregará a la nota, como archivo embebido, la
copia del DNI. La CCOO será enviada a la firma de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD para su posterior remisión a DCCPYS.
Al mismo tiempo que se envía la CCOO, la SUBSECRETARÍA remitirá el expediente a la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT).
Una vez hecha la transferencia al Correo por parte del MMGYD, la SSGA
enviará el expediente con la documentación que acredita el pago al
Correo y los datos necesarios a los efectos que la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD efectúe la instrucción del pago al Correo
Argentino S.A.
En este caso, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD deberá
confeccionar la instrucción de pago al Correo Argentino S.A. en archivo
.CSV con los siguientes datos:
- N° de OM (Cliente),
- N° de Orden Operativo,
- Periodo Liquidado,
- Cantidad de Archivo,
- Importe,
- Comisión,
- Fecha de Inicio, Fecha Fin (período de pago),
- Código de Sucursal,
- N° de Beneficio (indicar número de Disposición MMMGYD y número de expediente por el cual se tramitó el apoyo económico),
- Tipo y N° de Documento de Identidad de la persona beneficiaria.
Este archivo deberá ser enviado desde casilla electrónica del PROGRAMA,
o la que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD determine, a la
siguiente dirección: pagosopmonetarias@ correoargentino.com.ar.
En ese correo electrónico se deberá adjuntar la orden de pago y el
comprobante de transferencia a la cuenta bancaria del Correo Argentino
S.A. Luego, el Correo Argentino S.A. deberá confirmar, por correo
electrónico, la recepción del archivo y su validez, así como también,
verificar que todos los datos brindados son correctos y que el PROGRAMA
se encuentra operativo para el cobro.
Con la confirmación del correo, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD deberá informar al área por ella designada, a través de una
providencia agregada al expediente, para que ésta le indique al equipo
del PROGRAMA notifique a la persona beneficiaria que ya puede acercarse
a retirar el pago del apoyo económico a la sucursal de Correo Argentino
S.A. elegida.
Si bien la articulación con la persona beneficiaria se podrá realizar
por teléfono o por correo electrónico, se deberá confeccionar una nota
firmada por la SSPD o el área específica que ésta designe, vía sistema
de GDE que luego se remitirá por correo electrónico o correo postal
según corresponda. Asimismo, la nota será vinculada al expediente
electrónico por el que tramitó el pago.
h. Rendición del apoyo económico e informe final
La persona beneficiaria deberá seguir las pautas formales requeridas en
el “Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros
y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y
Jurídicas” aprobado por la Resolución MMGYD N° 239 del 8 de octubre de
2020.
Deberá presentar el Anexo 2 “Planilla de Declaración Jurada” completado
y firmado de manera ológrafa o con firma digital válida, al PROGRAMA.
La persona beneficiaria deberá remitir la declaración jurada de manera
digital al correo electrónico del PROGRAMA o en formato papel en la
mesa de entradas del MMGYD.
Tal como se ordenó en la Disposición que otorga el apoyo económico,
tanto la planilla como el Reglamento mencionadas, deberán ser
facilitados por el equipo técnico del PROGRAMA a las personas
beneficiarias. Asimismo, el equipo del PROGRAMA (a través del medio que
indique la persona solicitante) brindará asistencia y acompañamiento en
el proceso de completar cada instrumento.
Una vez presentada la rendición, personal del PROGRAMA la incorporará
en el expediente que será elevado a la SSPD o el área específica que
ésta designe y a través de una providencia le dará intervención a la
DPYAF que, a través del Área de Rendición de Cuentas (ARC), analizará
la validez formal de los comprobantes y demás aspectos requeridos en
función del “Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros
y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y
Jurídicas” (Resolución MMGYD N° 239 del 8 de octubre de 2020). Luego de
que la DIPYAF realice el informe pertinente, devolverá el expediente a
la SSPD o el área específica que ésta designe.
En el caso de que el informe del ARC contenga observaciones, el equipo
del PROGRAMA procederá a solicitar su subsanación a la contraparte.
Dicha solicitud se hará a través del correo electrónico del PROGRAMA
mediante nota firmada, vía sistema de GDE, por la SSPD o el área
específica que ésta designe.
Aquellas observaciones que requieran que emita opinión el área
sustantiva, se realizarán mediante un informe firmado por la SSPD o el
área específica que ésta designe. En caso de que las observaciones
requieran una nueva intervención del ARC una vez subsanadas dichas
observaciones el expediente será girado a la DPYAF para revisión y
convalidación de la ARC.
Por su parte, además de la rendición de cuentas de los gastos de los
fondos, el equipo del PROGRAMA realizará un informe final en el que se
dará cuenta del destino del apoyo, conforme los objetivos del PROGRAMA.
Este informe deberá ser vinculado al expediente y elevado a la SSPD o
el área específica que ésta designe.
i. Cierre de las Actuaciones
La SSPD o el área específica que ésta designe tomará conocimiento del
expediente y podrá ratificar o no lo actuado. En caso de desacuerdo
podrá solicitar la ampliación de la información al PROGRAMA. Si
ratifica lo actuado, confeccionará un Proyecto de Disposición de cierre
(PDISP) que vinculará al expediente y lo remitirá a la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD a los fines que ratifique o rectifique lo
actuado.
Una vez firmado el Proyecto de Disposición, la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD enviará el expediente al buzón grupal de la
SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que lo remita a la DGAJ a fin de que realice
el dictamen de su competencia. Con dictamen jurídico emitido, la SSGA
devolverá el expediente a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD
que, en caso de que sea necesario, lo remitirá al área específica por
ella previamente designada para que adecúe el contenido de acuerdo con
el dictamen recibido.
Una vez que se encuentre firmada la Disposición, se vinculará al
expediente y se remitirá a la SSPD o el área específica que ésta
designe para que se notifique a la persona beneficiaria de la decisión.
Si bien la articulación con la persona beneficiaria se podrá realizar
por teléfono o por correo electrónico, se deberá realizar una nota
firmada por la SSPD o el área específica que ésta designe vía sistema
de GDE que luego se remitirá por correo electrónico o correo postal
según corresponda. Asimismo, la nota será vinculada al expediente
electrónico por el que tramitó el pago.
Finalmente, la SSPD o el área específica que ésta designe remitirá el
expediente digital a la Coordinación de Gestión Documental para su
guarda temporal.
j. Incumplimientos
Los seguimientos de cada uno de los expedientes son continuos y
constantes en tanto existen diferentes fechas de ingreso al Programa.
Cuando haya vencido el plazo otorgado para la rendición de cuentas, se
intimará al/la destinatario/a por nota firmada por la SSPD o el área
específica que ésta designe a fin de que regularice su situación. Si
luego de vencido el nuevo plazo otorgado por la SSPD o el área
específica que ésta designe no se regularizó la rendición, se intimará
a través del envío de una carta documento.
Si luego de este accionar, no se regulariza la situación, se habilitará
el inicio de las acciones administrativas y/o judiciales pertinentes.
Lo mismo regirá en el caso de realizarse observaciones en las
rendiciones.
IV. Procedimiento Administrativo para
la elegibilidad, asignación, pago, rendición y cierre de las
actuaciones en caso de la línea de financiamiento de apoyo económico
para travestis, transexuales y transgénero mayores de 50 años.
a. Inicio del expediente electrónico
En el caso de que el equipo interdisciplinario del PROGRAMA, al
elaborar la “Planilla de Inicio” o a lo largo del seguimiento de las
demandas de la persona, considere que una de las líneas de acción a
llevar adelante sea el otorgamiento dela línea de financiamiento de
apoyo económico para travestis, transexuales y transgénero mayores de
50 años, en adelante LF-M50 (de acuerdo a los requisitos dispuestos en
el apartado 4.f. del Anexo I “Lineamientos generales del Programa de
Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas Travestis,
Transexuales y Transgénero”) deberá crear un nuevo expediente
electrónico vía sistema de GDE destinado exclusivamente al trámite
administrativo. Dicha solicitud será ratificada por la SSPD o el área
específica que ésta designe. Para ello, deberá:
- Solicitar una carátula a través del sistema de GDE al buzón grupal de
la CGD dependiente de la Dirección General de Administración (DGA)
(CGD#MMGYD-PVD).
En el pedido de carátula se incorporará nombre y apellido de la persona
y la leyenda “LF-M50 - Programa de Fortalecimiento del Acceso a
Derechos para personas Travestis, Transexuales y Transgénero”;
- Vincular al expediente la “Planilla de Inicio”, la “Declaración
Jurada sobre los datos e información brindada al Programa de
Fortalecimiento del acceso a derechos para personas Travestis,
Transexuales y Transgénero” y la nota o providencia con la ratificación
de la SSPD o el área específica que ésta designe.
Este expediente deberá ser asociado por el sistema de GDE al primero que se conformó al admitir el ingreso al PROGRAMA.
b. Informe Social de solicitud del apoyo económico.
El equipo interdisciplinario del PROGRAMA elaborará el “Informe Social
de solicitud del apoyo económico” conforme las variables que se
encuentran en el Anexo II que forma parte integrante de este documento.
Este informe será suscripto por un/a profesional de trabajo social del
PROGRAMA con matrícula habilitante y se vinculará al expediente
mediante un INFORME TÉCNICO (IF). Asimismo, los trabajadores sociales
pertenecientes a otros equipos de los distintos Programas diseñados o
que en el futuro diseñe el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD podrán elaborar y/o suscribir dicho informe.
c. Documentación requerida para la continuación del trámite.
Luego del “Informe Social de solicitud del apoyo económico”, personal
del equipo del PROGRAMA le hará saber a la persona solicitante del
apoyo económico que deberá enviar al correo electrónico del PROGRAMA o
a la mesa de entradas del MMGYD, la siguiente documentación:
1. Si en el “Informe Social de solicitud del apoyo económico” declaró poseer cuenta bancaria a su nombre:
a. Declaración Jurada de Acreditación de Cuenta Bancaria que como Anexo
III integra el presente instructivo (datos de contacto y Clave Bancaria
Uniforme (CBU) para su identificación).
b. Copia del Documento Nacional de Identidad (nacionales o con residencia temporaria o permanente)
c. Certificación negativa (inexistencia de una relación de dependencia)
otorgada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
d. Formularios sobre la Cuenta Bancaria, conforme la Disposición
Conjunta N° 21/95 de la Contaduría General de la Nación y N° 10/95 de
la Tesorería General de la Nación, del 22 de junio de 1995 o los que en
un futuro los reemplacen.
La documentación indicada en el punto a. y d. será facilitada por el
equipo técnico del PROGRAMA (a través del medio que indique la persona
solicitante) que brindará asistencia y acompañamiento en el proceso de
completar cada instrumento.
El equipo del PROGRAMA verificará que la documentación prevista en el
punto b. y c. sea correcta y se corresponda con la que surja de los
registros formales del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y
ANSES, y que resulte compatible con la asignación del apoyo económico.
El chequeo se efectuará acorde al respeto de la identidad y expresión
de género.
En este caso, la verificación se realizará a través del sistema de GDE
cruzando datos con la base de RENAPER y la certificación negativa se
obtendrá de la página oficial de ANSES mediante el sistema de consultas.
A tales efectos, se producirá un nuevo documento en el sistema de GDE
con el acrónimo “FORKN” (formulario permite generar una constancia del
Registro Nacional de las Personas) allí se desglosará la búsqueda y se
deberá seleccionar la solapa “DNI”, en ella se completará el número de
DNI y el sistema arrojará los datos de la persona vinculados a ese
número que surgen de RENAPER.
Se generará el documento titulado “RE” - “Constancia Registro Nacional
de las Personas” que personal del PROGRAMA vinculará al expediente
electrónico mediante IF. En este caso, se seguirá el trámite conforme
el apartado III. e. 1. “Confección del Proyecto de Disposición que
otorga el apoyo económico a través de transferencia bancaria”.
2. Si la persona declaró no poseer cuenta bancaria a su nombre:
a. Copia del Documento Nacional de Identidad o documentación que acredite su identidad;
b. Certificación negativa (inexistencia de una relación de dependencia)
otorgada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). En
esta oportunidad, se seguirá el trámite conforme el apartado III. e. 2.
“Confección del Proyecto de Disposición que otorga el apoyo económico a
través del Correo Argentino S.A.”.
Todos estos documentos deberán ser firmados de manera ológrafa o con
firma digital válida por la persona que solicita el apoyo económico.
Deberán ser remitidos al correo electrónico del PROGRAMA o en formato
papel a la mesa de entradas del MMGYD.
Cada uno de los documentos remitidos, serán vinculados al expediente
electrónico a través de los acrónimos correspondientes por el equipo
del PROGRAMA. Luego, el expediente será elevado a la SSPD o el área
específica que ésta designe para la ratificación o rectificación de lo
actuado, que plasmará su intervención mediante un informe o
providencia. En caso de que la SSPD o el área específica que ésta
designe emita una intervención en la que rectifique, deberá indicar las
recomendaciones a los fines que el equipo del PROGRAMA subsane lo
actuado.
c. Otorgamiento del LF-M50
1. Confección del Proyecto de Disposición que otorga la LF-M50 a través de transferencia bancaria.
En los casos en que la persona hubiera declarado poseer una cuenta
bancaria a su nombre, luego de incorporada la intervención de la SSPD o
el área específica que ésta designe que ratifique lo actuado por el
equipo del PROGRAMA, fijándose en esta instancia, el valor del apoyo
económico, en función del valor del SMVM vigente a esa fecha. La SSPD o
el área específica que ésta designe, confeccionará el Proyecto de
Disposición (PDISP) que firmará la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD. El proyecto deberá contener una reseña de las actuaciones y
deberá:
a. Otorgar la LF-M50 (identificando los datos personales que permitan individualizar a la persona beneficiaria).
b. Aprobar la transferencia bancaria (detallando el número de cuenta bancaria, CBU y CUIL).
c. Solicitar a la Subsecretaría de Gestión Administrativa (SSGA) que realice la transferencia ordenada.
d. Notificar a la persona beneficiaria de la LF-M50.
e. Notificar la necesidad de presentar el “Anexo 2 - Planilla de
Declaración Jurada” de la Resolución MMGYD N° 239/2020 conforme al
“Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios
transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a
Provincias, Municipios, otros entes y personas físicas y jurídicas”.
f. Identificar la partida presupuestaria a la que se imputará el gasto.
El formulario al que refiere el punto e. será facilitado por el equipo
técnico del PROGRAMA (a través del medio que indique la persona
solicitante) que brindará asistencia y acompañamiento en el proceso de
completar el instrumento. El Proyecto de Disposición deberá ser
vinculado al expediente, firmado por la SSPD o el área específica que
ésta designe y elevado a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD.
Finalmente, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD remitirá el
expediente al buzón de programas de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para la
prosecución del trámite.
2. Confección del Proyecto de Disposición que otorga la LF-M50 a través del Correo Argentino S.A.
Para los casos en que la persona solicitante declara no poseer cuenta
bancaria a su nombre, se procederá a efectuar el pago de la LF-M50 a
través del servicio de “Pago por Cuenta de Terceros” provisto por el
Correo Argentino S.A.
Una vez incorporada la intervención de la SSPD o el área específica que
ésta designe que ratifique lo actuado por el equipo del PROGRAMA, la
SSPD o el área específica que ésta designe confeccionará el Proyecto de
Disposición (PDISP) que firmará la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD.
El proyecto deberá contener una reseña de las actuaciones y deberá:
a. Otorgar el LF-M50 (identificando los datos personales que permitan individualizar a la persona beneficiaria)
b. Aprobar el pago a través del Correo Argentino, indicando la sucursal a la que debe enviarse el dinero.
c. Aprobar la transferencia bancaria a la Cuenta N° 3553/92, CBU N°
0110599520000003553925, perteneciente al Correo Oficial de la República
Argentina, C.U.I.T. N° 30-70857483-6, del Banco de la Nación Argentina,
Sucursal 85, por el monto otorgado
d. Solicitar a la Subsecretaría de Gestión Administrativa (SSGA) que realice la transferencia ordenada
e. Notificar a la persona beneficiaria de la LF-M50.
f. Notificar la necesidad de presentar el “Anexo 2 - Planilla de
Declaración Jurada” de la Resolución MMGYD N° 239/2020 conforme al
“Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios
transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a
Provincias, Municipios, otros entes y personas físicas y jurídicas”
g. Identificar la partida presupuestaria a la que se imputará el gasto.
El Proyecto de Disposición deberá ser vinculado al expediente, firmado
por la SSPD o el área específica que ésta designe y elevado a la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD. Finalmente, la SUBSECRETARÍA
DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD remitirá el expediente al buzón de programas
de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para la prosecución del trámite.
d. Validación, certificación de crédito e intervención de la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (DPYAF).
En cualquiera de los casos (transferencia bancaria o por Correo
Argentino S.A.), una vez que el expediente se encuentre en el buzón
grupal de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) ésta lo remitirá a la DIRECCIÓN DE
PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (DPYAF) para que, en los casos
en los que se hubiera declarado poseer una cuenta bancaria, se
verifiquen que los datos denunciados en los anexos correspondientes
sean correctos y compatibles para la acreditación de la transferencia.
Luego, tanto para el pago por transferencia bancaria como para el pago
a través de Correo Argentino S.A., la DPYAF emitirá la Solicitud de
Gasto correspondiente e indicará si hay crédito disponible. De ser así,
afectará de manera preventiva el presupuesto necesario.
Luego, la DPYAF remitirá el expediente a la SSGA, quien lo derivará a
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS (DGAJ#MMGYD-PVD) para la
prosecución del trámite.
e. Intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ)
La DGAJ efectuará dictamen conforme su competencia y lo devolverá a la
SSGA. La SSGA remitirá el expediente a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD que lo remitirá al área específica por ella previamente
designada.
f. Suscripción de la Disposición
La SSPD o el área específica que ésta designe, en caso de corresponder,
adecuará el contenido del Proyecto de Disposición de acuerdo al
dictamen efectuado por la DGAJ. Luego, elevará la Disposición para la
firma de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD.
1. Pago del LF-M50 a través de transferencia bancaria.
En el caso de un pago por transferencia a una cuenta bancaria a nombre
de la persona beneficiaria, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD
vinculará la Disposición suscripta (apartado III. g.) al expediente y
lo remitirá a la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT). Luego, la SSGA enviará el
expediente a la DPYAF para la ejecución del pago.
Posteriormente, la DPYAF agregará las constancias correspondientes a la
transferencia, devolverá el expediente a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
DE DIVERSIDAD, previo pase por la SSGA.
La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD remitirá el expediente al área específica por ella previamente designada.
2. Pago de la LF-M50 a través del Correo Argentino S.A.
En el caso de un pago por Correo Argentino S.A., la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD vinculará la Disposición suscripta (apartado
III. g.) al expediente y lo remitirá a la SSGA y, por otro lado, una
comunicación oficial (CCOO) vía el sistema de GDE a la DIRECCIÓN DE
COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS (DCCPYS) que
contendrá los siguientes datos:
- Nombre/s y apellido/s de la persona destinataria del apoyo económico.
- Documento de identidad.
- El monto a transferir.
- Fecha de pago en la que el MMGYD le debe transferir al Correo.
- Sucursal del Correo que intervendrá en el pago.
- Número de expediente por el que se gestiona el trámite administrativo del apoyo económico.
La confección de esta CCOO está a cargo de la SSPD o el área específica
que ésta designe que agregará a la nota, como archivo embebido, la
copia del DNI. La CCOO será enviada a la firma de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD para su posterior remisión a DCCPYS.
Al mismo tiempo que se envía la CCOO, la SUBSECRETARÍA remitirá el expediente a la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT).
Una vez hecha la transferencia al Correo por parte del MMGYD, la SSGA
enviará el expediente con la documentación que acredita el pago al
Correo y los datos necesarios a los efectos que la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD efectúe la instrucción del pago al Correo
Argentino S.A..
En este caso, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD deberá
confeccionar la instrucción de pago al Correo Argentino S.A. en archivo
.CSV con los siguientes datos:
- N° de OM (Cliente),
- N° de Orden Operativo,
- Periodo Liquidado,
- Cantidad de Archivo,
- Importe,
- Comisión,
- Fecha de Inicio, Fecha Fin (período de pago),
- Código de Sucursal,
- N° de Beneficio (indicar número de Disposición MMMGYD y número de expediente por el cual se tramitó el apoyo económico),
- Tipo y N° de Documento de Identidad de la persona beneficiaria.
Este archivo deberá ser enviado desde casilla electrónica del PROGRAMA,
o la que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD determine, a la
siguiente dirección: pagosopmonetarias@ correoargentino.com.ar
En ese correo electrónico se deberá adjuntar la orden de pago y el
comprobante de transferencia a la cuenta bancaria del Correo Argentino
S.A. Luego, el Correo Argentino S.A. deberá confirmar, por correo
electrónico, la recepción del archivo y su validez, así como también,
verificar que todos los datos brindados son correctos y que el PROGRAMA
se encuentra operativo para el cobro.
Con la confirmación del correo, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE
DIVERSIDAD deberá informar al área específica por ella previamente
designada, a través de una providencia agregada al expediente para que
ésta le indique al equipo del PROGRAMA notifique a la persona
beneficiaria que ya puede acercarse a retirar el pago del apoyo
económico a la sucursal de Correo Argentino S.A. elegida.
Si bien la articulación con la persona beneficiaria se podrá realizar
por teléfono o por correo electrónico, se deberá confeccionar una nota
firmada por la SSPD o el área específica que ésta designe vía sistema
de GDE que luego se remitirá por correo electrónico o correo postal
según corresponda. Asimismo, la nota será vinculada al expediente
electrónico por el que tramitó el pago.
g. Rendición del LF-M50 e informe final
La persona beneficiaria deberá seguir las pautas formales requeridas en
el “Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros
y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y
Jurídicas” aprobado por la Resolución MMGYD N° 239 del 8 de octubre de
2020.
Deberá presentar el Anexo 2 “Planilla de Declaración Jurada” completado
y firmado de manera ológrafa o con firma digital válida, al PROGRAMA.
La persona beneficiaria deberá remitir la declaración jurada de manera
digital al correo electrónico del PROGRAMA o en formato papel en la
mesa de entradas del MMGYD.
Tal como se ordenó en la Disposición que otorga el apoyo económico,
tanto la planilla como el Reglamento mencionadas, deberán ser
facilitados por el equipo técnico del PROGRAMA a las personas
beneficiarias. Asimismo, el equipo del PROGRAMA (a través del medio que
indique la persona solicitante) brindará asistencia y acompañamiento en
el proceso de completar cada instrumento.
Una vez presentada la rendición, personal del PROGRAMA la incorporará
en el expediente que será elevado a la SSPD o el área específica que
ésta designe y a través de una providencia le dará intervención a la
DPYAF que, a través del Área de Rendición de Cuentas (ARC), analizará
la validez formal de los comprobantes y demás aspectos requeridos en
función del “Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros
y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y
Jurídicas” (Resolución MMGYD N° 239 del 8 de octubre de 2020). Luego de
que la DIPYAF realice el informe pertinente, devolverá el expediente a
la SSPD o el área específica que ésta designe.
En el caso de que el informe del ARC contenga observaciones, el equipo
del PROGRAMA procederá a solicitar su subsanación a la contraparte.
Dicha solicitud se hará a través del correo electrónico del PROGRAMA
mediante nota firmada, vía sistema de GDE, por la SSPD o el área
específica que ésta designe.
Aquellas observaciones que requieran que emita opinión el área
sustantiva, se realizarán mediante un informe firmado por la SSPD o el
área específica que ésta designe. En caso de que las observaciones
requieran una nueva intervención del ARC una vez subsanadas dichas
observaciones el expediente será girado a la DPYAF para revisión y
convalidación de la ARC.
Por su parte, además de la rendición de cuentas de los gastos de los
fondos, el equipo del PROGRAMA realizará un informe final en el que se
dará cuenta del destino del apoyo, conforme los objetivos del PROGRAMA.
Este informe deberá ser vinculado al expediente y elevado a la SSPD o
el área específica que ésta designe.
h. Cierre de las Actuaciones
La SSPD o el área específica que ésta designe tomará conocimiento del
expediente y podrá ratificar o no lo actuado. En caso de desacuerdo
podrá solicitar la ampliación de la información al PROGRAMA. Si
ratifica lo actuado, confeccionará un Proyecto de Disposición de cierre
(PDISP) que vinculará al expediente y lo remitirá a la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD a los fines que ratifique o rectifique lo
actuado.
Una vez firmado el Proyecto de Disposición, la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE DIVERSIDAD enviará el expediente al buzón grupal de la
SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que lo remita a la DGAJ a fin de que realice
el dictamen de su competencia. Con dictamen jurídico emitido, la SSGA
devolverá el expediente a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD
que, en caso de que sea necesario, lo remitirá a la SSPD o el área
específica que ésta designe para que adecúe el contenido de acuerdo con
el dictamen recibido.
Una vez que se encuentre firmada la Disposición, se vinculará al
expediente y se remitirá a la SSPD o el área específica que ésta
designe para que se notifique a la persona beneficiaria de la decisión.
Si bien la articulación con la persona beneficiaria se podrá realizar
por teléfono o por correo electrónico, se deberá realizar una nota
firmada por la SSPD o el área específica que ésta designe vía sistema
de GDE que luego se remitirá por correo electrónico o correo postal
según corresponda. Asimismo, la nota será vinculada al expediente
electrónico por el que tramitó el pago.
Finalmente, la SSPD o el área específica que ésta designe remitirá el
expediente digital a la Coordinación de Gestión Documental para su
guarda temporal.
i. Incumplimientos
Los seguimientos de cada uno de los expedientes son continuos y
constantes en tanto existen diferentes fechas de ingreso al Programa.
Cuando haya vencido el plazo otorgado para la rendición de cuentas, se
intimará al/la destinatario/a por nota firmada por la SSPD o el área
específica que ésta designe a fin de que regularice su situación. Si
luego de vencido el nuevo plazo otorgado por la SSPD o el área
específica que ésta designe no se regularizó la rendición, se intimará
a través del envío de una carta documento.
Si luego de este accionar, no se regulariza la situación, se habilitará
el inicio de las acciones administrativas y/o judiciales pertinentes.
Lo mismo regirá en el caso de realizarse observaciones en las
rendiciones.
l. Glosario
ANEXO I
Declaración
Jurada sobre los datos e información brindada al Programa de
Fortalecimiento del acceso a derechos para personas Travestis,
Transexuales y Transgénero
Quien suscribe _________________________, DNI __________, en carácter
de persona que ingresa al PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DEL ACCESO A
DERECHOS PARA LAS PERSONAS TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANSGÉNERO,
declaro bajo juramento que los datos consignados son verdaderos.
Me comprometo a mantener actualizados mis datos de contacto.
Asimismo, declaro que El MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD podrá utilizar la información brindada para fines
estadísticos de acuerdo con las disposiciones de la Ley N.° 25.326 de
Protección de Datos Personales y sus normas complementarias, y demás
normativa de la República Argentina.
Toda documentación, dato y cualquier otra información que sea
suministrada al Programa de Fortalecimiento del acceso a derechos para
travestis, transexuales y transgénero implica el consentimiento expreso
de la persona respecto a la utilización de la información, a los fines
previstos en la Resolución N° 83/20 y sus modificaciones.
Firma de la persona destinataria:
Aclaración:
DNI:
Teléfono:
Correo electrónico:
ANEXO II
Informe Social de solicitud de apoyo económico
Datos personales:
Nombre/s:
Apellido/s:
Fecha de Nacimiento:
Edad:
DNI:
CUIL:
Situación habitacional:
Provincia donde vive:
Localidad:
Domicilio:
¿Vive en una zona urbana o rural o barrio popular?
Vivienda:
¿Usted vive en una Casa/un Rancho/una Casilla/un Departamento/una Pieza
en inquilinato / un hotel familiar o pensión / una Institución / una
Vivienda móvil / está en situación de calle?
¿Cuenta con una vivienda propia / alquilada /cedida por trabajo / prestada /otra situación?
¿Cuántas personas viven en la vivienda?
El agua de su vivienda que usa para beber y cocinar ¿proviene de red
pública (agua corriente) / perforación con bomba a motor / perforación
con bomba manual / pozo sin bomba?
¿Cuenta con servicio de energía eléctrica?
Trabajo:
Actualmente, ¿Realiza actividades por las que obtiene dinero?
¿Se encuentra buscando trabajo? SI - NO
En caso de contestar: SI, ¿Cuál es el nombre de la ocupación?
¿Está buscando trabajo? SI - NO
Salud Integral: (incluye salud mental)
¿Posee alguna problemática/patología de salud?
¿Tiene alguna discapacidad?
¿Posee Certificado Único de Discapacidad (CUD)?
¿Posee alguna patología crónica o problemática que requiera tratamiento prolongado?
¿Le recetaron alguna medicación de tratamiento prolongado?
¿Hay alguna prestación de salud que necesite a la que no esté pudiendo acceder (por ejemplo:
¿turnos en salud mental, especialistas, etc?)
Educación: (último nivel alcanzado)
¿Cual es su nivel educativo? (indique el más alto alcanzado)
-Primario
-Secundario
- Terciario No universitario
-Universitario
-Posgrado
-Sin estudios
¿Completó ese nivel?
-SI
-No, se encuentra en curso
-No, no lo completó
-Sin datos
Vínculos familiares y entorno:
¿Tiene familiares a cargo? SI - NO
Si responde sí: ¿Cuántos? Parentesco
¿Tiene familiares o redes de apoyo y contención? SI - NO
Migración:
¿En qué país nació? Argentina; Otro País
Si indica otro país ¿En qué país nació?
Si responde otro país: ¿hace cuánto que vive en Argentina? (años/meses)
Si indica Argentina, ¿Nació en una provincia distinta a su lugar de
residencia actual? SI -NO ¿En caso de que diga si, hace cuánto tiempo
se mudó?
¿Su familia y/o sus redes de contención se encuentran en un
país/provincia distinta de su localidad de residencia actual? Si - No -
No tengo redes
Violencia:
¿Se encontraba o se encuentra en una situación de violencia? SI - NO
Si responde si: ¿es actual? SI - NO
¿Qué tipo de violencia? (Texto libre)
Conflicto con la ley penal:
¿Tiene antecedentes penales?
¿Tiene causas penales pendientes de resolución?
¿Estuvo privado/a de su libertad?
¿Se encuentra cumpliendo una condena con la modalidad de prisión domiciliaria?
¿Se encuentra cumpliendo una pena en forma condicional?
Servicios sociales:
¿En su localidad tiene acceso a prestaciones sociales provistos por el Estado? SI NO
¿Posee cuenta bancaria a su nombre? SI NO
FIRMA PROFESIONAL:
ACLARACIÓN:
MATRICULA:
ANEXO III
Declaración Jurada para la acreditación en Cuenta Bancaria
Quien suscribe _________________________ , DNI __________, en carácter
de persona destinataria de la AYUDA ECONÓMICA del PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO DEL ACCESO A DERECHOS PARA LAS PERSONAS
TRAVESTIS,TRANSEXUALES Y TRANSGÉNERO, autorizo a que el pago a
realizarse por el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD en
concepto de ayuda económica, no reintegrable y no remunerativa en el
marco de lo dispuesto por el referido Programa, sea efectuado a la
cuenta bancaria que se indica a continuación:
Banco:
Sucursal bancaria N°:
Domicilio de la sucursal:
Cuenta N° Tipo de cuenta (Caja de ahorro / Cuenta corriente)
CBU DE LA CUENTA:
Declaro bajo juramento que los datos consignados son verdaderos a los
fines de recibir el pago correspondiente por medio de transferencia
electrónica de fondos. Asimismo, me comprometo a efectuar la rendición
de cuentas en las condiciones y plazos establecidos en el “Reglamento
General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos
por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a Provincias,
Municipios, otros Entes y Personas Físicas y Jurídicas” aprobado por la
Resolución N° 239/20 del MMGYD.
Firma de la persona destinataria:
Aclaración:
DNI:
Teléfono:
Correo electrónico:
ANEXO IV
Términos y Condiciones de Formulario
web de solicitud de ingreso al Programa de Fortalecimiento del acceso a
derechos para personas Travestis, Transexuales y Transgénero
I. El ingreso de la persona al programa implica que conoce y acepta
estos “Términos y Condiciones”, el funcionamiento y las implicancias de
todos los actos que se efectúen a través de aquel, conforme el
“Procedimiento administrativo del Programa de Fortalecimiento del
Acceso a Derechos para personas Travestis, Transexuales y Transgénero”.
II. La información suministrada directamente por la persona que ingresa
al Programa tiene carácter de declaración jurada, siendo responsable
por la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de los datos
provistos. Asimismo, es obligación de la persona inscripta la
actualización de la información, datos personales y de contacto, y de
cualquier documentación suministrada al Programa. Las modificaciones
deberán efectuarse conforme el “Procedimiento administrativo del
Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero”.
III. Toda documentación, dato y cualquier otra información que sea
suministrada al “Programa de Fortalecimiento del acceso a derechos para
travestis, transexuales y transgénero” implica el consentimiento
expreso de la persona respecto a la utilización de la información,
conforme a las competencias del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD.
IV. La inscripción al Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos
para personas Travestis, Transexuales y Transgénero es voluntaria y
gratuita.
V. El MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD garantiza la
seguridad de los datos de las personas que ingresan al Programa. A tal
fin, el MINISTERIO adopta las medidas técnicas adecuadas y los
controles necesarios, a fin de resguardar la seguridad y evitar toda
circunstancia que pueda afectar la confidencialidad de los datos
personales.
VI. El MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD DE LA NACIÓN no
se responsabiliza por la certeza de los datos e información
suministrada directamente por las personas que quieren acceder al
Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero.
VII. Los datos suministrados por las personas que ingresan al Programa
podrán ser cedidos a otros organismos del Estado en forma directa, en
la medida que el cesionario lo requiera en el marco de su competencia,
así como también, en el marco de las articulaciones que sean
necesarias, conforme los “Lineamientos generales del Programa de
Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas Travestis,
Transexuales y Transgénero” y el “Procedimiento administrativo del
Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para personas
Travestis, Transexuales y Transgénero”.
Los datos podrán ser cedidos a particulares siempre y cuando sean de
acceso público (verificando que no afecte derechos de terceros), lo
permita la competencia del Organismo, y/o el cesionario acredite
interés legítimo para ello.
Se podrá brindar información meramente estadística elaborada a partir
de los datos personales objeto de tratamiento, sin consentimiento de
las personas que ingresen en el Programa, cuando no sea razonablemente
posible su identificación.
VIII. Las personas que ingresen al Programa podrán ejercer sus derechos
de acceso, rectificación, supresión, y confidencialidad respecto de sus
datos personales, conforme lo establecido en el “Procedimiento
administrativo del Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos
para personas Travestis, Transexuales y Transgénero”.
IX. La Dirección Técnica de Registros y Bases de Datos del MMGyD tendrá
a su cargo el diseño e implementación del sistema de gestión de la
información del Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos para
personas Travestis, Transexuales y Transgénero.
X. Los Términos y Condiciones aquí presentadas se rigen por las
disposiciones de la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales y
sus normas complementarias y demás normativa de la República Argentina.