MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 195/2022
RESOL-2022-195-APN-MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-57131151- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo de nuevas tecnologías específicas para los sectores
de la agricultura, la ganadería y la pesca avanza de manera constante y
sostenida, observándose un importante crecimiento emprendedor a nivel
nacional.
Que la Dirección de Innovación, Buenas Prácticas y Tecnología Agrícola
de la Dirección Nacional de Agricultura de la SUBSECRETARÍA DE
AGRICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en adelante la “DIBPYTA”,
estima que existirían alrededor de DOSCIENTAS CINCUENTA (250)
soluciones tecnológicas para los sectores de la agricultura, la
ganadería y la pesca en nuestro país.
Que el desarrollo nacional de dicha tecnología, comúnmente denominada
“Agtech”, supone una ventaja competitiva para la República Argentina y
un inmenso potencial para alcanzar incrementos en la cantidad y calidad
de la producción nacional, con oportunidades de mejora en
productividad, gestión, administración y generación de redes para
conectar demandas con soluciones.
Que, asimismo, ello implica desafíos en cuanto a la determinación de
las reales aplicaciones de dicha tecnología y la disponibilidad en el
acceso a las mismas para los actores de los eslabones de las diferentes
cadenas productivas, advirtiéndose que existen numerosas áreas donde se
identifica como insatisfecha la aplicación de nuevas tecnologías.
Que, por otro lado, las buenas prácticas agropecuarias son un conjunto
de principios y recomendaciones técnicas tendientes a la implementación
de prácticas orientadas a la sostenibilidad ambiental, económica y
social para los procesos productivos de la explotación agropecuaria que
garantizan la calidad e inocuidad de los alimentos y de los productos
no alimenticios.
Que la implementación de buenas prácticas agropecuarias colabora en la
reducción de los riesgos físicos, químicos y biológicos en la
producción, procesamiento, almacenamiento y transporte de productos de
origen agropecuario, propendiendo al desarrollo sostenible.
Que las buenas prácticas agropecuarias y el desarrollo y utilización de
soluciones tecnológicas Agtech, se hallan estrechamente relacionados,
dado que estas últimas posibilitan, y en ciertos casos garantizan, la
implementación de buenas prácticas agropecuarias.
Que las tecnologías de proceso son las que conducen al diseño y al cumplimiento de las buenas prácticas agropecuarias.
Que, en dicho marco, resulta imperioso que el Estado Nacional acompañe
el crecimiento del sector tecnológico aplicado a la agricultura, la
ganadería y la pesca relevando las nuevas tecnologías disponibles y sus
aplicaciones específicas, identificando qué soluciones o mejoras tienen
el potencial de brindar mejoras a los sectores de la agricultura, la
ganadería y la pesca, evaluando los impactos productivos y comerciales,
y colaborando con la difusión y promoción en el uso de nuevas
tecnologías digitales, de precisión, de procesos, instrumentales, entre
otras.
Que, para desarrollar este proceso, es imprescindible la colaboración entre el Estado y el sector privado.
Que actualmente se hallan inscriptas ante la mencionada DIBPYTA más de
CIENTO CINCUENTA (150) soluciones tecnológicas para los sectores de la
agricultura, la ganadería y la pesca.
Que, con la presente medida, se busca alcanzar la generación de
espacios de vinculación para fomentar el diálogo entre las empresas de
base tecnológica y los productores y productoras de los sectores de la
agricultura, la ganadería y la pesca de todas las escalas productivas,
universidades, centros de investigación y desarrollo, programas y
proyectos estatales, sector empresarial y financiero, conectando bajo
diversas modalidades, proyectos y emprendimientos tecnológicos con las
necesidades del sector, creando y actualizando bases de datos de la
oferta innovadora.
Que resulta conveniente y oportuno facilitar tanto el desarrollo como
el acceso a las soluciones tecnológicas para los productores y
productoras nacionales a efectos de que puedan ser rápidamente
adoptadas por el sector, potenciando la producción y favoreciendo la
implementación de Buenas Prácticas Agropecuarias.
Que, para la consecución de tales objetivos, resulta conveniente la
creación de una Comisión Nacional Asesora que reúna a los principales
expertos nacionales en soluciones tecnológicas y de procesos para los
sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca, de los ámbitos
público y privado, a fin de brindar asesoramiento al MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la
Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas para la
Agricultura, la Ganadería y la Pesca, invitándose a integrarla a UN/A
(1) representante titular y UN/A (1) representante suplente por cada
una de las entidades públicas y privadas que se detallan en el Anexo
que, registrado con el Nº IF-2022-65807532-APN-SSA#MAGYP forma parte
integrante de la presente resolución y las que, en lo sucesivo, se
inviten a integrarla.
ARTÍCULO 2º.- La Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas
para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca tendrá las siguientes
funciones:
a) Asesorar al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA sobre los
temas referidos a Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la
Ganadería y la Pesca, comúnmente denominadas “Agtech”.
b) Plantear, estudiar y analizar las necesidades tecnológicas de los
sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca a fin de unificar
criterios, prioridades y acciones, con el objeto de proponer políticas,
medidas, proyectos, disposiciones o modificaciones de la normativa
vigente para estas actividades, tendientes a mejorar la competitividad
de la producción, comercialización e industrialización de las
diferentes cadenas mediante la aplicación de tecnologías “Agtech”,
consolidando el ecosistema de soluciones tecnológicas a nivel nacional.
c) Habilitar una base de datos para que los emprendedores y/o
desarrolladores de soluciones tecnológicas para la agricultura, la
ganadería y la pesca inscriban voluntariamente sus propuestas de
innovación para su análisis por parte de la citada Comisión Nacional.
d) Poner a disposición de los sectores de la agricultura, la ganadería
y la pesca un listado actualizado de la oferta innovadora “Agtech”
disponible que haya sido analizada favorablemente por la referida
Comisión Nacional.
e) Fomentar la creación de espacios de vinculación que favorezcan el
diálogo entre empresas de base tecnológica y productores de la
agricultura, la ganadería y la pesca, para así conectar proyectos y
emprendimientos tecnológicos con las necesidades del sector.
f) Evaluar la creación de una marca que, a través de un sello, símbolo
o logotipo, identifique los atributos de las innovaciones Agtech de
desarrollo nacional, analizadas favorablemente por la mencionada
Comisión Nacional, distinguiendo una imagen nacional y favoreciendo su
incorporación a las practicas productivas y su posicionamiento a nivel
nacional e internacional.
g) Asesorar a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA en todos
los temas o cuestiones relativas a Agtech que la precitada Secretaría
someta a su evaluación y colaborar, cuando ello fuera expresamente
indicado, con otras dependencias u organismos públicos o privados.
h) Facilitar el acceso a la información relacionada con las tecnologías
Agtech a los actores de los eslabones de las diferentes cadenas de la
agricultura, la ganadería y la pesca.
ARTÍCULO 3º.- Créase, en el ámbito de la Comisión Nacional Asesora de
Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca,
el Grupo Técnico de Trabajo para la promoción de Buenas Prácticas
Agropecuarias, que tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar a la referida Comisión Nacional sobre los temas referidos a
las buenas prácticas agropecuarias, su promoción e implementación, y el
desarrollo de innovaciones tecnológicas directamente vinculadas a las
mismas.
b) Unificar criterios, prioridades y acciones con el objeto de proponer
manuales de buenas prácticas agropecuarias para las distintas
actividades del sector.
c) Habilitar una base de datos para que aquellos que implementen buenas
prácticas agropecuarias en los sectores de la agricultura, la ganadería
y la pesca, se inscriban voluntariamente para su análisis por parte del
Grupo Técnico de Trabajo.
d) Certificar el cumplimiento de las buenas prácticas agropecuarias,
haciendo público un listado actualizado de quienes hayan sido
certificados favorablemente. En ocasión de la primera reunión de la
referida Comisión Nacional Asesora se determinarán cuáles de las
entidades públicas y privadas que se detallan en el Anexo que forma
parte de la presente, integrarán dicho Grupo Técnico de Trabajo,
pudiendo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º de la
presente, incorporarse más participantes.
ARTÍCULO 4º.- La Comisión Nacional Asesora de Soluciones Tecnológicas
para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca de la citada Secretaría, y
los Grupos Técnicos de Trabajo, serán presididos por el/la titular de
la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA de la citada Secretaría o por quién
éste/ésta designe mediante Nota simple. El/la titular de la Dirección
de Innovación, Buenas Prácticas y Tecnología Agrícola de la citada
Subsecretaría será el/la Secretario/a Técnico y brindará apoyo a las
gestiones vinculadas con la referida Comisión Nacional y los Grupos
Técnicos de Trabajo.
ARTÍCULO 5º.- La mencionada Comisión Nacional se reunirá
periódicamente, proponiendo los planes de trabajo y las acciones
conjuntas que tiendan al logro de sus objetivos, y se labrarán actas de
sus reuniones. Podrá crear los Grupos Técnicos de Trabajo que considere
necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO 6º.- El/la Presidente de la Comisión Nacional Asesora de
Soluciones Tecnológicas para la Agricultura, la Ganadería y la Pesca
podrá convocar a participar en la referida Comisión, en forma
permanente o transitoria, a entidades públicas y privadas no incluidas
en Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 7º.- La SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA podrá dictar las normas
complementarias para el cumplimiento de la presente medida.
ARTÍCULO 8º.- Los miembros y funcionario/as de la citada Comisión
Nacional y de los Grupos de Trabajo, desempeñarán sus cargos con
carácter “ad honorem”.
ARTÍCULO 9º.- La presente medida no implica la creación de nuevas estructuras ni promueve la asignación de funciones ejecutivas.
ARTÍCULO 10.- Invitase a las Provincias a adherir a la presente medida
para participar y colaborar con el cumplimiento de los objetivos
propuestos.
ARTÍCULO 11.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Julian Andres Dominguez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/
e. 04/07/2022 N° 49390/22 v. 04/07/2022