MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 405/2022
RESOL-2022-405-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-52574359- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE MENDOZA, a
cargo por subrogancia del Doctor Carlos Alberto FERMOSEL, tramitan las
actuaciones Nº FMZ 2092/2021 (SEC.E) caratuladas “NN: NN S/
AVERIGUACION DE DELITO DENUNCIANTE: LAVIZZARI DE GUARDATTI, HILDA”,
(Caso Coirón N° 12157/2021).
Que la mencionada FISCALÍA, mediante Oficio de fecha 22 de abril de
2022, solicitó al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, se ofrezca una
recompensa, destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en
el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el
paradero de PAULO CHRISTIAN GUARDATTI, Argentino, titular del D.N.I. N°
22.201.904, nacido el 12 de abril de 1971, hijo de Juan y de Segunda
Gladys LAVIZARI, soltero, 1.70 de estatura, cuerpo delgado, cabello
negro ondulado, cutis trigueño, marcas de acné en el rostro, cicatriz
en la ceja derecha, quien fuera visto por última vez el día 24 de mayo
de 1992,
Que los hechos que se investigan consisten en la desaparición de Paulo
Christian GUARDATTI, quien el día 24 de mayo de 1992, en la provincia
de Mendoza, fue visto por última vez, luego de asistir a una fiesta
organizada para recaudar fondos en la “Escuela Anastasi” en el barrio
La Estanzuela, de la mencionada provincia.
Que conforme la investigación preliminar, se logró determinar que
GUARDATTI habría sido aprehendido por una persona de género masculino
de 1.75 metros de altura, de pelo oscuro y tez blanca, pantalón azul
con una raya blanca en su costado, borceguíes similares a los
utilizados por personal policial y un bolso naranja en las
inmediaciones de la escuela, precisamente frente a la manzana N° 32,
conforme al actuar sería personal policial.
Que los testigos presenciales detallaron que este sujeto realizó
disparos de arma de fuego intimidatorios comenzando con una persecución
que finalizo con la aprehensión de Paulo Christian GUARDATTI,
arrojándolo al piso mientras apuntaba con un arma de fuego, colocándole
la mano en la nuca conforme al procedimiento policial, para dirigirse
caminando hacia el destacamento la Estanzuela, sin poder confirmar el
ingreso del mismo.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en
la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL
($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido
en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el
paradero de PAULO CHRISTIAN GUARDATTI, Argentino, titular del D.N.I. N°
22.201.904, nacido el 12 de abril de 1971, quien fue visto por última
vez el día 24 de mayo de 1992.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2022-53071736-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/07/2022 N° 49537/22 v. 04/07/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)