AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

Resolución 131/2021

RESOL-2021-131-APN-ANPIDTYI#MCT

Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2021

VISTO el EX-2021-103866947- -APN-DGA#ANPIDTYI, los Decretos N° 157 del 14 de febrero de 2020 y N° 680 del 30 de septiembre de 2021 que aprobó el Contrato de Préstamo BID 5293/OC-AR suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Préstamo BID 5293/OC-AR LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN se constituyó como Organismo Co-Ejecutor del SUBPROGRAMA I del PROGRAMA DE INNOVACIÓN FEDERAL.

Que el mencionado Programa tiene como objetivo general mejorar la competitividad y la productividad de las empresas a través del aumento de la inversión en investigación, desarrollo e innovación, aumentado las capacidades empresariales de innovación, la generación de conocimiento científico y tecnológico, y mejorando las capacidades de seguimiento, evaluación, articulación de instituciones, análisis y difusión de las políticas de ciencia, tecnología e innovación.

Que en el Capítulo III “Condiciones especiales previas al primer desembolso” de las Estipulaciones Especiales del mencionado Contrato de Préstamo se estableció que los Organismos Co-Ejecutores, hayan presentado evidencia de la aprobación y la entrada en vigor de los Reglamentos Operativos del Programa en los términos y condiciones previamente acordados con el Banco, como condición para recibir el primer desembolso.

Que, en ese sentido, las Direcciones Nacionales de los Fondos Tecnológico Argentino, Argentino Sectorial y el Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica, mancomunadamente con la Dirección de Financiamiento Externo y Local y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, elaboraron el Reglamento Operativo que, posteriormente, se remitió en consulta al Banco y este realizó comentarios y modificaciones.

Que la UNIDAD DE NUEVAS INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Decreto Nº 157 del 14 de febrero de 2020.

Que, por su parte, la presente decisión fue adoptada en reunión ordinaria del Directorio de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN del 5 de noviembre de 2021.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Reglamento Operativo del PROGRAMA INNOVACIÓN FEDERAL, enmarcado en el Contrato de Préstamo BID 5293/OC-AR, que como IF-2021-105766826-APN-ANPIDTYI#MCT forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese a la UNIDAD DE NUEVAS INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y cumplido, archívese.

Fernando Ernesto Peirano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/07/2022 N° 50439/22 v. 06/07/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO




PROGRAMA DE INNOVACIÓN FEDERAL








AR-L1330






Reglamento Operativo








1. INTRODUCCION

1.1 OBJETIVOS

El objetivo general de este Programa es fortalecer las capacidades de los actores públicos y privados del Sistema Nacional de Innovación (SNI) para mejorar la productividad de las empresas y para robustecer las capacidades de acción ante los desafíos que enfrenta la República Argentina.

De este modo, se buscará complementar la política de promoción con el impulso de proyectos orientados a sectores y tecnologías estratégicas para la salud pública, el desarrollo socioeconómico y productivo sustentable y para la transformación del país hacia el paradigma de la sociedad del conocimiento y la economía digital, con un enfoque inclusivo. Se sostendrá un criterio federal para la asignación de recursos, focalizando el apoyo en las prioridades sectoriales y territoriales.

Los objetivos específicos son:

i) Aumentar la inversión privada en innovación;

Impulsar proyectos tecnológicos orientados a estimular la inversión productiva, promover el desarrollo de nuevos actores y apoyar intervenciones en sectores estratégicos que toman como punto de partida la resolución de problemas de relevancia para el desarrollo social y económico argentino, con el objetivo de fortalecer las capacidades productivas e impulsar nuevas oportunidades en sectores, tecnologías y mercados de gran potencial.

ii) Incrementar el esfuerzo nacional de producción de conocimiento;

Brindar previsibilidad y apoyo a las actividades de investigación y desarrollo y a la formación de recursos humanos altamente calificados, impulsando además las capacidades institucionales de gestión de los proyectos y el análisis de la información emergente de los mismos.

iii) Aumentar la articulación entre los actores del SNI

Aumentar y mejorar la infraestructura y equipamiento de las instituciones del sistema de CTI desde una perspectiva inclusiva y federal, mejorando los procesos de articulación e interacción institucional, en particular en el ámbito de la salud pública y el cuidado ambiental.

iv) Mejorar las capacidades institucionales para diseñar e implementar políticas de CTI.

Fortalecer y ampliar las capacidades del sistema de CTI nacional impulsando el acceso a la información y los procesos de análisis y utilización de la misma para la planificación estratégica. Impulsar la evaluación y el mejoramiento de las instituciones del sector, así como también la percepción pública del valor de la ciencia y la tecnología y la cultura científica.

El Subprograma incluirá dos componentes que se resumen a continuación.

1.2 DETALLE DE INVERSIONES DEL SUBPROGRAMA I

Componente 1

Fortalecimiento de capacidades de innovación tecnológica / Fomento a la Innovación tecnológica (US$ 80 millones BID - US$ 20 millonescontraparte)

Componente 2

Fortalecimiento de capacidades de investigación y Desarrollo Tecnológico / Apoyo a la oferta de Conocimiento Científico y Tecnológico (US$ 45 millones BID - US$ 12.125 milonescontraparte)

Administración, Evaluación y Auditoria (US$ 3,2 millones BID).

1.3 PROYECTOS Y ACTIVIDADES A SER FINANCIADOS

Los proyectos y actividades a ser financiados por la AGENCIA I+D+i con los recursos del Subprograma se enmarcan en los siguientes Componentes y en la Administración:

I Componente - Fortalecimiento de capacidades de innovación tecnológica

a. Aportes No Reembolsables (ANR)

b. Aportes Reembolsables (AR).

c. Recursos Humanos Altamente Calificados (RRHH AC)

d. Proyectos Asociativos.

e. Centros Tecnológicos

f.  Proyectos Estratégicos

g. Empresas de Base Tecnológica (EBT)

h. Compras Públicas Innovadoras

i.  Análisis Estratégico. Centro Interdisciplinario de Estudios en CTI (CIECTI)

Componente - Fortalecimiento de capacidades de investigación y Desarrollo Tecnológico

a. Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica (PICT; PICTO y START UP).

b. Reuniones Científicas.

Administración, Evaluación y Auditoria

1.4 PROCESOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS

1.4.1   Procesos de Adquisiciones y Plan de Adquisiciones

La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (AGENCIA I+D+i) será quien realice, en forma centralizada, los procesos de adquisiciones correspondientes a Administración, Evaluación y Auditoria con apoyo de especialistas técnicos de los diferentes Fondos y Unidades de apoyo. Será la responsable de informar al BID, sobre todos los aspectos del subprograma y en particular sobre las adquisiciones que se realicen a nivel central o descentralizado.

Las adquisiciones de los Componentes 1 y 2 serán realizadas, en forma descentralizada, por los subejecutores (beneficiarios) del subprograma y bajo la supervisión y apoyo de la AGENCIA I+D+i para verificar y garantizar el cumplimiento de las políticas del Banco.

Los beneficiarios de los proyectos (subsidios) detallarán todas las adquisiciones que se efectuarán a lo largo del Subprograma y la Agencia elaborará planillas de Excel con la información de los procesos.

Estas planillas se ajustarán al formato del Anexo 1, el cual será utilizado para todas las adquisiciones con independencia del Fondo de la AGENCIA I+D+i a través del cual sean implementadas y serán publicadas por la Agencia en su página WEB con una referencia a la misma en SEPA, o el sistema que disponga el Banco, bajo la línea de Transferencias.

El acceso a las planillas y a la información en ellas contenida desde la página web de la Agencia será accesible en forma directa y ocupará un lugar destacado.

Para la revisión ex post, se tomará la muestra de SEPA, pero los procesos se deberán seleccionar de las planillas publicadas en la página de la Agencia, las cuales deberán ser actualizadas de manera permanente.

Todos los bienes, obras y servicios a ser contratados por el Subprograma, deberán estar incluidos en el Plan de Adquisiciones (PA), antes de ser publicados. Este plan deberá ser gestionado y actualizado a través de SEPA, o el sistema que posteriormente el BID ponga a disposición, de acuerdo con las necesidades del proyecto y deberá guardar coincidencia con la planificación general del proyecto (PEP y POA). El PA inicial debe cubrir un período de 18 meses, se actualizará semestralmente, o según el Subprograma lo requiera, y deberá ser presentado ante el BID para su aprobación de manera previa a la realización de los procesos.

De manera excepcional, podrá utilizarse el pago anticipado total de los bienes o servicios requeridos; en el caso de que el mismo se haga necesario por las condiciones del mercado, la AGENCIA I+D+i podrá incluir la opción de pago anticipado en los documentos licitatorios y se asegurará de tomar los recaudos suficientes para garantizar la entrega en tiempo y forma de los bienes adquiridos y evitar cualquier riesgo relacionado con la entrega de los equipos en los términos pactados. Los documentos de cada adquisición indicarán necesariamente las garantías que asegurarán el cumplimiento de las entregas y resguardarán los recursos entregados anticipadamente. Incluirán de las debidas garantías (de anticipo y cumplimiento de contrato) sin condiciones y a primera vista (por ejemplo: bancaría, fianza, póliza de caución). En los casos en los que no se realice pago anticipado por el valor total del contrato, se recomienda el uso de anticipos adecuados, acompañados también de las respectivas garantías

La AGENCIA I+D+i estará encargada de mantener los archivos de las adquisiciones del proyecto que se desarrollen en la UEC, mientras que los subejecutores, deberán conservar los archivos originales de lasadquisiciones descentralizadas realizadas en su propio ámbito, proporcionando a la AGENCIA I+D+i copias de los mismos.

Los expedientes de los procesos contendrán los elementos mínimos requeridos para documentar los procesos de adquisiciones, permitirán el registro independiente carátula que haga posible el seguimiento de su estado de avance.

Los expedientes correspondientes a los distintos Fondos de la AGENCIA I+D+i contendrán la misma información y serán estructurados sobre la base de un mismo ordenamiento.

En el Anexo 2 se incluyen recomendaciones generales para el manejo de archivos y expedientes.

1.4.2 Supervisión de las adquisiciones

El método de supervisión, por parte del Banco, será ex post para los procesos de Obras, Bienes, Servicios de Consultoría y Servicios de No Consultoría que tengan ese esquema de revisión en el Plan de Adquisiciones. En el caso de obras este umbral es de US$ 5 millones, para bienes y servicios hasta US$300 mil y para servicios de consultoría de firmas, US$200. 000.Cuando las adquisiciones y contrataciones sean realizadas por la AGENCIA I+D+i, la misma confeccionará todos los documentos con carácter previo a los concursos o llamados a licitación y todos los contratos que de ellos se deriven. Cuando dichas adquisiciones y contrataciones sean efectuadas por los subproyectos, la AGENCIA I+D+i revisará todos los documentos con carácter previo y otorgará su conformidad en las siguientes etapas:

Bienes, obras y servicios de no Consultoría:

Revisión y conformidad con el aviso y el Pliego

Revisión y conformidad con el informe de evaluación y recomendación de adjudicaciónRevisión y conformidad con el borrador de contrato negociado

Servicios de Consultoría:

• Revisión y conformidad con los TDR y llamado de solicitud de Expresiones de InterésRevisión y conformidad con la Lista Corta

• Revisión y conformidad con el documento de Pedido de PropuestasRevisión y conformidad con la Evaluación Técnica

• Revisión y conformidad con la Evaluación Financiera

• Revisión y conformidad con el Acta de Negociación y modelo de Contrato

Consultores Individuales:

• Revisión y conformidad con los TDR y solicitud de contratación Revisión y conformidad con la Evaluación

• Revisión y conformidad con el modelo de Contrato

Para cada una de las categorías arriba mencionadas, la AGENCIA I+D+i preparará tablas de asignación de responsabilidades a las distintas instancias que intervienen en la implementación de los procesos y las incorporará a este Reglamento Operativo como Anexo 3.

Como parte de la tarea de supervisión, la DIGFEL de la AGENCIA I+D+i preparará un Manual de Instrucciones con la información necesaria para que los beneficiarios de los subproyectos lleven a cabo sus adquisiciones. En particular, en ese Manual se incorporarán claras prescripciones respecto de los procedimientos a seguir para cada uno de los métodos (competitivos, contratación directa y compras del sector privado), acordes con lo establecido para ellos en este Manual.

La AGENCIA I+D+i periódicamente brindará capacitación a los beneficiarios y utilizará el Manual de Instrucciones como base para ello.

Como mínimo las capacitaciones tendrán lugar luego de que los fondos correspondientes a cada convocatoria sean adjudicados y antes de dar comienzo a la implementación de las adquisiciones contempladas en los respectivos subproyectos.

En el caso de Consultores Individuales, salvo que el Plan de Adquisiciones indique otra cosa, el Banco revisará de manera ex - ante, toda contratación por un monto superior a (USD50.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL. Para contrataciones inferiores a ese monto, la revisión será ex - post, y se utilizaran los documentosestándar preparados por el Banco para este tipo de proceso.

Las revisiones ex post se llevarán a cabo cuando el Banco lo informe, y la documentación correspondiente deberá estar lista para que esta revisión pueda ocurrir cada 12 meses y de ser necesario cada seis meses.

En el cuadro siguiente se indican los métodos aplicables para cada tipo de contratación:


En el caso de bienes y servicios de características simples y estandarizadas de monto superior a US$100.000, se podrá acordar con el Banco llevar a cabo una Comparación de Precios, siempre que quede debidamente registrado en el Plan de Adquisiciones aprobado oportunamente.

La diferencia entre los procedimientos denominados "internacional" y "nacional", reside, entre otras, en las características de la difusión del llamado a licitación o concurso y no en la nacionalidad de los oferentes. En ambos casos podrán presentarse licitantes que cumplan los requisitos de elegibilidad.

En cualquier caso, se podrá utilizar un procedimiento de adquisición de mayor jerarquía que el señaladoen cualquiera de los cuadros, de acuerdo con la conveniencia que esto represente para el proyecto y siempre que así quede consignado y aprobado en el Plan de Adquisiciones.

Para la conformación de las listas cortas, en el caso de los procesos de selección de firmas consultoras, se deberá considerar en primer lugar a aquellas firmas que expresen interés y que tengan las calificaciones apropiadas, de acuerdo con lo expresado en el numeral 2.6 de las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN- 2350-15.

La lista corta podrá estar compuesta enteramente de consultores nacionales, si el trabajo por realizar está por debajo del techo de (USD 1.000.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN, si se dispone de un número suficiente de firmas calificadas para constituir una lista corta a costos competitivos y si es evidente que no se justifica una competencia que incluya a consultores extranjeroso éstos no expresaron interés por participar en el proceso.

Por encima de los (USD 1.000.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN, la lista corta estará conformada por firmas internacionales y no más de dos podrán pertenecer al mismo país. En ninguno de los dos casos se restringirá la participación de firmas extranjeras o locales y la lista corta estará conformada por seis empresas. Solo mediante excepción solicitada al Banco, se considerarán listas cortas con un número menor de empresas participantes. De manera adicional, si el proceso supera los USD 200.000, la publicidad deberá ser internacional (UNDB).

Todos los documentos elaborados por los subejecutores de cualquiera de los procesos de adquisición detallados en este ROP requieren la revisión y conformidad previa de la AGENCIA I+D+i, determinando ésta en cada caso si los mismos requieren también revisión previa del Banco. Las normas y procedimientos que se seguirán para las adquisiciones de bienes y contratación de obra durante la ejecución del Subprograma deberán ajustarse en todo a lo establecido en:

• Contrato de Préstamo,

• Documento GN-2349-15, de mayo 2019, (Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo),

• Plan de Adquisiciones, y

• Reglamento Operativo del Subprograma ROP, prevaleciendo el primero sobre el siguiente, en caso de discrepancia o conflicto.

Todas las contrataciones de obras y bienes del Subprograma deberán estar incluidas en el Plan de Adquisiciones antes de su inicio y ejecución. También se incluirán en los respectivos POA aprobados previamente por el BID. La AGENCIA I+D+i será la responsable de la aplicación de los procedimientos.

Sobre la base de la información recopilada en la planilla del Anexo 1, la AGENCIA I+D+i llevará un registro de la participación en los procesos competitivos que se financien con recursos del Préstamo y periódicamente analizará el nivel de competitividad alcanzado. Si como resultado de este análisis se determinara un bajo nivel de participación, se analizarán las causas y se propondrán los posibles remedios en consulta con el Banco.

1.4.3 Licitación Pública Internacional (LPI)

Se deberá emplear este procedimiento cuando corresponda de acuerdo a las categorías señaladas en el Cuadro bajo 1.4.2 El objetivo de la licitación pública internacional, es proporcionar a todos los posibles oferentes elegibles notificación oportuna y adecuada de los requerimientos de un Prestatario en cuanto a los bienes y obras necesarios de un proyecto, y proporcionar a dichos oferentes igualdad de oportunidades para presentar ofertas en relación con los mismos.

Los llamados a licitación deben publicarse como Anuncios Específicos de Adquisiciones por lo menos en un periódico de circulación nacional en el país del Prestatario o en el Boletín Oficial (si se encuentra disponible en Internet), o en un portal único electrónico de libre acceso donde el país publique todas sus oportunidades de negocios. Tales llamados se deben publicar también en los sitios de Internet del UNDB online y del Banco. La notificación debe efectuarse con antelación suficiente para que los posibles oferentes puedan obtener los documentos de precalificación o licitación y preparar y presentar sus ofertas, debiendo ajustarse a los requerimientos para LPI establecidos en el Documento GN-2349- 15, de mayo 2019 (Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo).

Los documentos para utilizar se podrán descargar de Documentos | FMP Project Procurement (iadb.org).

Las aperturas de ofertas se llevarán a cabo observando las recomendaciones contenidas en el Anexo 4. La DIGFEL de la AGENCIA I+D+i preparará un formato estándar para evaluación de ofertas para su utilización en las licitaciones que se lleven a cabo bajo el Proyecto.

1.4.4 Licitación Pública Nacional (LPN)

Este método puede constituir la forma más eficiente y económica de adquirir bienes o ejecutar obras cuando, dadas las características y alcance de dichas adquisiciones, no sea probable que atraigan competencia internacional. La LPN puede constituir el método de contratación preferido cuando no se espera que los oferentes extranjeros manifiesten interés ya sea debido a que: (a) los valores contractuales son pequeños; (b) se trata de obras geográficamente dispersas o escalonadas en el cursodel tiempo; (c) las obras requieren una utilización intensiva de mano de obra; o (d) los bienes u obras pueden obtenerse o contratarse localmente a precios inferiores a los del mercado internacional. Los procedimientos de la LPN pueden utilizarse también cuando sea evidente que las ventajas de la LPI quedan ampliamente contrarrestadas por la carga administrativa y financiera que ella supone.

Los documentos para utilizar se podrán descargar de Documentos | FMP Project Procurement (iadb.org).

Las aperturas de ofertas se llevarán a cabo observando las recomendaciones contenidas en el Anexo 4.

La DIGFEL de la AGENCIA I+D+i preparará un formato estándar para evaluación de ofertas para su utilización en las licitaciones que se lleven a cabo bajo el Proyecto.

1.4.5 Comparación de Precios (CP)

La comparación de precios es un método de contratación que se basa en la obtención de cotizaciones de precios de diversos proveedores (en el caso de bienes) o de varios contratistas (en el caso de obra pública), con un mínimo de tres, con el objeto de obtener precios competitivos. Es un método apropiado para adquirir bienes en existencia, fáciles de obtener, o productos a granel con especificaciones estándar y pequeño valor o trabajos sencillos de obra civil y pequeño valor. La solicitud de cotización de precios debe incluir una descripción y la cantidad de los bienes o las especificaciones de la obra, así como el plazo (o fecha de terminación) y lugar de entrega requerido. La solicitud de cotización de precios se puede hacer por medios electrónicos, asegurándose de recibir por el mismo medio el acuse de recibo y la eventual aceptación o rechazo de la misma. Las cotizaciones deben presentarse de manera formal y en papel.

Los documentos para utilizar se podrán descargar de Documentos | FMP Project Procurement (iadb.org).

Se incluye los Documentos a ser utilizados:

(a)     Adquisición de Bienes (de USD5.000 a USD100.000)

(b)     Contratación de Servicios diferentes de consultoría (de USD5.000 a USD100.000)

(c)     Contratación de Obras Menores (< USD 350.000)

Bienes y/o servicios de no consultoría: Para montos menores a (USD 100.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL se procederá de la siguiente manera:

Toda adquisición de bienes y/o contratación de servicios por importes menores a (USD 100.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL seguirá el procedimiento de la “Comparación de Precios”, debiéndose analizar al menos tres cotizaciones comparables y adjudicar al menor precio.

Se entiende por “cotizaciones comparables” aquellas que, en igualdad de condiciones comerciales, son técnicamente equivalentes.

Se tendrá en cuenta que el requerimiento no consiste únicamente en solicitar tres cotizaciones, sino en obtener tres que sean aceptables y por ende puedan compararse.

A efectos de lograr cotizaciones comparables, para toda compra o contratación se debe realizar una correcta e inequívoca descripción de los bienes a adquirir y/o servicios a contratar, debiéndose ajustarel oferente a tales pautas. Los procedimientos empleados deberán permitir la participación amplia de oferentes.

No se debe restringir el número de proveedores a ser consultados, se deberá invitar a cotizar a suficientes proveedores a los efectos de asegurarse como mínimo la recepción de tres cotizaciones comparables.

Es posible que no todos los proveedores invitados respondan a la invitación a cotizar y que no todas las ofertas recibidas sean aceptables. A fin de minimizar los riesgos de obtener sólo una o dos cotizaciones aceptables, se requerirán más de tres cotizaciones y se solicitará a los proveedores invitados que confirmen si harán o no una oferta. Si alguno respondiera negativamente, proveedores adicionales podrán ser invitados en una siguiente instancia de invitación.

No se aceptará justificación alguna para proceder a la compra directa cuando se constate que no seprocede de esta manera.

El formulario para solicitar cotizaciones a utilizarse dentro de esta modalidad debe ser el estándardesarrollado por el Banco.

Los precios deben estar correctamente desglosados si corresponde.

Sin perjuicio de las pautas antedichas, el Beneficiario deberá tener en cuenta:

Que la descripción de él/los bienes o servicios a adquirir/contratar, debe/n estar relacionada/s con el finpara el cual se los utilizará;

Que en el caso de que el bien se utilice junto a un equipo o sistema existente, se debe exponer como complemento en la descripción a ser enviada a los potenciales proveedores, describiéndose correcta y específicamente la complementariedad necesaria entre los equipos sin incluir marcas o modelos.

En las solicitudes de presupuesto se deben explicitar las formas en que los Beneficiarios recibirán las cotizaciones (Carta y/o Correo Electrónico), estipulándose asimismo un plazo mínimo de mantenimientode la oferta, que será determinado en cada caso por el Beneficiario.

En todos los casos se deberá comunicar a los oferentes que el comprador va a comparar al menos tres ofertas válidas. Si el proceso fracasa en un primer intento, se deberán verificar las razones y el procedimiento realizado antes de volver a invitar. Si luego de verificar es necesario hacer ajustes a las especificaciones técnicas o requerimientos del pedido, éstos deberán ser realizados y proceder con una segunda invitación. En caso de que el segundo proceso también fracase, y se constate que el mismo se llevó de acuerdo con lo establecido, se adjudicará a la única oferta que se reciba si el bien o servicio cumple con las características técnicas requeridas, el precio es razonable y el cliente está conforme con la calidad de lo ofrecido.

1.4.6 Contratación Directa

Se lleva a cabo sin competencia (una sola fuente) y puede ser un método adecuado en las siguientes circunstancias: i) ampliación de un contrato preexistente adjudicado conforme a la normativa del Banco, para incluir bienes u obras adicionales de carácter similar; ii) la estandarización de equipo o de repuestos, con fines de compatibilidad con el equipo existente; iii) el equipo requerido es patentado o demarca registrada y puede obtenerse de una sola fuente; iv) el contratista responsable del diseño de un proceso exige la compra de elementos críticos de un proveedor determinado como condición de mantener su garantía de cumplimiento y v) en casos excepcionales, tales como en respuesta a desastres naturales. La revisión siempre será ex - ante y deberá estar completamente justificada en el marco de la política de adquisiciones del Banco (Documento GN-2349-15, de mayo 2019, Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo).

1.4.7 Contratación de Servicios de Consultoría

Las normas y procedimientos que se seguirán para la selección y contratación de servicios de consultoría durante la ejecución del Subprograma deberán ajustarse en todo a lo establecido en:

•  Contrato de Préstamo,

• Documento GN-2350-15 de mayo 2019 (“Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”),

•  Plan de Adquisiciones, y

•  Reglamento Operativo del Subprograma ROP, prevaleciendo el primero sobre el siguiente, en casode discrepancia o conflicto.

Como en el caso de las obras y bienes, las contrataciones de servicios de consultoría del Subprograma deberán estar incluidas en el Plan de Adquisiciones y en los respectivos POA aprobados previamente por el BID. La AGENCIA I+D+i será la responsable de la aplicación de los procedimientos.

1.4.8 Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC)

La SBCC es un proceso competitivo entre las firmas incluidas en una lista corta en el que, para seleccionar la empresa a la que se adjudicará el contrato, se tienen en cuenta la calidad de la propuesta y el costo de los servicios. La ponderación que se asigne a la calidad y al costo se determinará en cada caso de acuerdo a la naturaleza del trabajo que se ha de realizar, sobre la base de lo establecido al respecto en el Documento GN-2350-15 de mayo 2019 (“Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”).

El proceso de selección consta de las etapas siguientes:

a.  Preparación de los términos de referencia (TR); Preparación de la estimación de costos y presupuesto;Publicidad;

b.  Preparación de la lista corta de consultores;

c.  Preparación y emisión de la solicitud de propuestas (SP) [que debe incluir: la Carta de Invitación (CI),las Instrucciones a los Consultores (IC), los TR y el borrador de contrato propuesto];

d. Recepción de propuestas;

e. Evaluación de las propuestas técnicas: consideración de la calidad; Apertura pública de las propuestas de precio;

f.  Evaluación de la propuesta de precio;Evaluación final de calidad y costo; y

g.  Negociación y adjudicación del contrato a la firma seleccionada.

1.4.9 Selección Basada en la Calidad (SBC)

La SBC es apropiada para los tipos de trabajo siguientes:

Servicios complejos o altamente especializados, en que los TR y la aportación que se requiere de los consultores resultan difíciles de precisar, y en que el contratante espera que los consultores demuestren innovación en sus propuestas (por ejemplo, estudios económicos o sectoriales de países, estudios de factibilidad multisectoriales, diseño de una planta de descontaminación y reducción de desechos peligrosos o un plan maestro de urbanización, reformas del sector financiero);

Servicios que tienen importantes repercusiones futuras y en los que el objetivo es contar con los mejores expertos (por ejemplo, estudios de factibilidad y diseño técnico estructural de importantes obras de infraestructura como grandes presas, estudios de políticas de importancia nacional, estudios sobre administración de grandes organismos públicos); y servicios que se pueden ejecutar en formas sustancialmente distintas, de manera que las propuestas no serían comparables (por ejemplo, asesoramiento en materia gerencial, y estudios sectoriales y de políticas en que el valor de los servicios depende de la calidad del análisis).

Cuando la selección se haga sobre la base de la calidad, en la Solicitud de Propuestas (SP) se podrá pedir únicamente la presentación de una propuesta técnica (sin una propuesta de precio), o se podrá pedir la presentación simultánea de propuestas técnicas y de precio, pero en sobres separados (sistema de dos sobres). En la SP se dará información sobre el presupuesto estimado o una estimación del tiempo de trabajo del personal clave, especificando que esa información sólo se da a título indicativo y que los consultores deben tener libertad de proponer sus propias estimaciones.

1.4.10 Selección Basada en Presupuesto Fijo (SBPF)

Este método es apropiado sólo cuando el trabajo es sencillo y se puede definir con precisión, y cuando el presupuesto es fijo. En la SP se debe indicar el presupuesto disponible y pedir a los consultores que presenten, en sobres separados, sus mejores propuestas técnicas y de precio dentro de los límites del presupuesto. Los TR se deben preparar con especial cuidado a fin de garantizar que el presupuesto sea suficiente para que los consultores realicen los servicios previstos. Primero se deben evaluar todas las propuestas técnicas, tal como se indica en el método de SBCC. Luego, se debe proceder a abrir en público los sobres con los precios, los que deben ser leídos en voz alta. Las propuestas que excedan al presupuesto indicado deben ser rechazadas. El consultor que haya presentado la propuesta técnica mejor clasificada de todas debe ser seleccionado e invitado a negociar un contrato.

1.4.11 Selección Basada en el Menor Costo (SBMC)

Este método es solamente apropiado para seleccionar consultores que hayan de realizar servicios de tipo estándar o rutinario (por ejemplo, el diseño técnico de obras poco complejas y otros similares) para los que existen prácticas y normas bien establecidas. En este método se establece una calificación “mínima” para la “calidad”. Se invita a los consultores que integran una lista corta a presentar propuestas en dos sobres separados. Primero se abren los sobres con las propuestas técnicas, las que se evalúan. Aquellas que obtienen menos del puntaje mínimo se rechazan, y los sobres con las propuestas de precio de los consultores restantes se abren en público. A continuación, se selecciona la firma que ofrece el precio más bajo y se publica la adjudicación del contrato

1.4.12 Selección Basada en las Calificaciones de los Consultores (SCC)

Este método se puede utilizar para servicios menores2 para los cuales no se justifica ni la preparación nila evaluación de propuestas competitivas. En tales casos, el Prestatario preparará los TR, solicitará expresiones de interés e información sobre la experiencia y la competencia de los consultores en lo que respecta al trabajo, confeccionará una lista corta y seleccionará a la firma que tenga las calificaciones y las referencias más apropiadas. Se pedirá a la firma seleccionada que presente una propuesta técnica conjuntamente con una propuesta de precio y se la invitará luego a negociar el contrato.

1.4.13 Selección Directa (SD)

La selección directa de consultores no ofrece los beneficios de la competencia en lo que respecta a la calidad y el costo y carece de transparencia, lo que podría promover prácticas inaceptables. Por consiguiente, sólo se utilizará en casos excepcionales. La selección directa puede resultar apropiada sólo si se presenta una clara ventaja sobre el proceso competitivo: (a) en el caso de servicios que constituyen una continuación natural de servicios realizados anteriormente por la firma (véase el párrafo que sigue); (b) si se trata de operaciones de emergencia en respuesta a desastres y de servicios de consultoría necesarios por el plazo de tiempo inmediato después de la emergencia; (c) para servicios muy pequeños3; o (d) cuando solamente una firma está calificada o tiene experiencia de valor excepcional para los servicios. En todos los casos deberá estar completamente justificada en el marco de la política de adquisiciones (Documento GN-2350-15 de mayo 2019, Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo).

1.4.14 Contratación de Consultores Individuales

Normalmente se emplea a consultores individuales para servicios para los que: (a) no se necesitan equipos de personal; (b) no se necesita apoyo profesional adicional externo (de la oficina central); y (c) la experiencia y las calificaciones de la persona son los requisitos primordiales. Si debido al alto número de consultores individuales la coordinación, la administración o la responsabilidad colectiva se hicieran difíciles, sería preferible contratar a una firma de consultores.

La selección de consultores individuales se hace teniendo en cuenta sus calificaciones para realizar el trabajo. No se requiere publicación4 y los consultores no necesitan presentar propuestas. Se pueden seleccionar sobre la base de la comparación de las calificaciones de por lo menos tres (3) candidatos entre quienes hayan expresado interés en el trabajo, o bien hayan sido contactados directamente por el Prestatario. Las personas consideradas en la comparación de calificaciones deben cumplir con las calificaciones mínimas pertinentes y los que se seleccionen para ser contratados por el Prestatario deben ser los mejor calificados y deben ser plenamente capaces de realizar el trabajo. La capacidad de los consultores se juzgará sobre la base de sus antecedentes académicos, su experiencia y, si corresponde, su conocimiento de las condiciones locales, como el idioma, la cultura, el sistema administrativo y la organización del gobierno.

1.4.15 Sector Privado

Aplica el Apéndice 4 de las políticas del Banco (Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15 y Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15):

De acuerdo con las políticas del Banco, se consideran empresas privadas aquéllas que no cuentan con participación gubernamental en su capital o aquéllas en que ésta es inferior al cincuenta por ciento (50 %) de su capital.

Para el caso de subproyectos presentados por consorcios público - privados, aplicarán las políticas de adquisiciones del Banco para el sector privado sólo en la medida en que el destinatario final de los bienes u obras que vayan a ser adquiridos pertenezca al sector privado.

La Agencia deberá asegurar que se aplican al sector privado las políticas del Banco sobre el uso apropiado de los fondos de sus préstamos, elegibilidad de bienes, obras y servicios, así como las que se refieren a la aplicación de la regla de economía y eficiencia.

Métodos de Adquisiciones

Los Beneficiarios del sector privado deben utilizar procedimientos de adquisición que se ajusten en sus modalidades a las prácticas del mercado para el sector privado o comercial y que sean aceptables para el Banco. Para ser aceptables, estas prácticas podrán consistir en procedimientos tales como convenios marco, subastas a la inversa, licitaciones privadas u otros métodos que sigan los principios de economía y eficiencia. La Agencia se asegurará de que tales procedimientos resulten en precios competitivos y de mercado para los bienes y servicios, y que éstos se adecúen a las necesidades del proyecto.

En el Anexo 5 se describen en detalle los procedimientos aplicables al sector privado.

Los procesos que se lleven a cabo bajo prácticas del sector privado deberán ser documentados por escrito y los documentos y actuaciones se incluirán en los respectivos expedientes.

Para las contrataciones directas que se implementen a través de beneficiarios del sector privado aplicarán las disposiciones del punto 1.4.6 de este Reglamento. En particular, las contrataciones directas tramitadas a través de empresas del sector privado también deberán ser justificadas bajo alguna de las circunstancias contempladas en las Políticas de Adquisiciones del Banco y estarán sujetas a la revisión previa y conformidad de la Agencia y formarán parte de la revisión ex post del Banco.

1.4.16 Prácticas Prohibidas

El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco- todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas son las siguientes: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias; (v) prácticas obstructivas y (vi) apropiación indebida. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco ha adoptado procedimientos para sancionar a quienes hayan incurrido en Prácticas Prohibidas. Asimismo, el Banco suscribió con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) un acuerdo de reconocimiento mutuo de las decisiones de inhabilitación.

(a) A los efectos de esta disposición, las definiciones de las Prácticas Prohibidas son las siguientes:

(i) Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;

(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación;

(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;

(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte;

(v) Una práctica obstructiva consiste en:

i. destruir, falsificar, alterar u ocultar evidencia significativa para una investigación del Grupo BID, o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con la intención de impedir una investigación del Grupo BID;

ii. amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para una investigación del Grupo BID o que prosiga con la investigación; o

iii. actos realizados con la intención de impedir el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría e inspección del Grupo BID previstos en la Subcláusula 10.1 (f) abajo, o sus derechos de acceso a la información;

(vi) Una apropiación indebida consiste en el uso de fondos o recursos del Grupo BID para un propósito indebido o para un propósito no autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia grave.

(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de Sanciones del Banco, que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como, entre otros, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:

I. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;

II. suspender los desembolsos de la operación si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Comprador ha cometido una Práctica Prohibida;

III. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;

IV. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta oficial de censura por su conducta;

V. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por un período determinado de tiempo, para la participación y/o la adjudicación de contratos adicionales financiados con recursos del Grupo BID;

VI. imponer otras sanciones que considere apropiadas, entre otras, restitución de fondos y multas equivalentes al reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones previstas en los Procedimientos de Sanciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas" (las sanciones “arriba referidas” son la amonestación y la inhabilitación/inelegibilidad).

VII. extender las sanciones impuestas a cualquier individuo, entidad o firma que, directa o indirectamente, sea propietario o controle a una entidad sancionada, sea de propiedad o esté controlada por un sancionado o sea objeto de propiedad o control común con un sancionado, así como a los funcionarios, empleados, afiliados o agentes de un sancionado que sean también propietarios de una entidad sancionada y/o ejerzan control sobre una entidad sancionada aun cuando no se haya concluido que esas partes incurrieron directamente en una Práctica Prohibida.

VIII. remitir el tema a las autoridades nacionales pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes.

(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) de la Subcláusula 10.1 (b) se aplicará también en los casos en que las partes hayan sido declaradas temporalmente inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, u otra resolución.

(d) La imposición de cualquier medida definitiva que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.

(e) Con base en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Decisiones de Inhabilitación firmado con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, personal de los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, podrá verse sujeto a una sanción. A los efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una IFI aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.

(f) El Banco exige que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, funcionarios o empleados, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes o agentes, y concesionarios le permitan revisar cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento del contrato, y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo licitante, oferente, proponente, solicitante, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de que las actividades han sido financiadas por el Banco, estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor debidamente designado. Si los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación, el Banco, discrecionalmente, podrá tomar medidas apropiadas en contra los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario;

(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones relativas a las Prácticas Prohibidas, y a las sanciones correspondientes, se aplicarán íntegramente a los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles temporal o permanentemente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible por el Banco, este no financiará los gastos conexos y tomará las medidas que considere convenientes.

El Consultor declara y garantiza:

(a) que ha leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables de conformidad con los Procedimientos de Sanciones;

(b) que no ha incurrido o no incurrirán en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;

(c) que no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;

(d) que ni ellos ni sus agentes, subcontratistas, subconsultores, directores, personal clave o accionistas principales son inelegibles para la adjudicación de contratos financiados por el Banco;

(e) que ha declarado todas las comisiones, honorarios de representantes o agentes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; y

(f) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías podrá dar lugar a la imposición por el Banco de una o más de las medidas descritas en la Subcláusula10.1 (b).

2. COMPONENTE I - FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE INNOVACION TECNOLOGICA

EJECUTOR: FONDO TECNOLOGICO ARGENTINO (FONTAR)

2.1 ANR. APORTES NO REEMBOLSABLES

2.1.1 Objetivo

El objetivo del instrumento es apoyar la inversión de pequeñas y medianas empresas en I+D+i. De esta forma se busca fomentar actividades que conduzcan a fortalecer las capacidades de innovación tecnológica del sector productivo a escala nacional y regional. Los recursos deberán ser aplicados a la financiación de gastos aceptables correspondientes a proyectos elegibles bajo el presente componente.

2.1.2 Naturaleza del beneficio

Se denomina ANR PDT a las subvenciones no reintegrables (Aportes No Reembolsables -ANR) destinadas a la ejecución de Proyectos de Desarrollo Tecnológico (PDT), que conduzcan a generar una auténtica innovación a nivel nacional de productos y/o procesos. Esta línea tiene como propósito específico apoyar proyectos presentados por empresas o cooperativas PyMEs que busquen incrementar la competitividad, a través de:

• Desarrollo de tecnología a escala piloto y/o prototipo.

• Producción de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, cuyo desarrolloalcanza una escala de laboratorio o equivalente.

• Desarrollo innovativo de nuevos procesos y productos.

• Modificación de procesos productivos que impliquen esfuerzos relevantes de ingeniería.

El monto del beneficio será de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 250.000) y de hasta el 80% del costo total del proyecto. La empresa beneficiaria deberá aportar el resto del costo total del proyecto, con un plazo de ejecución propuesto no mayor a dos (2) años.

Las empresas beneficiarias de ANR en las condiciones definidas en el presente Reglamento, no podránpercibir otras subvenciones no reintegrables para el mismo proyecto.

Dentro del instrumento se presentan también las siguientes variantes que podrán operar mediante convocatoria pública y/o ventanilla permanente:

ANR Internacional

Siendo el objetivo de esta variante apoyar empresas o cooperativas PyMEs en proyectos de I+D+i, realizados en un ámbito de cooperación multinacional, que conduzcan a generar innovaciones a nivel nacional de productos y/o procesos y que cuenten con la idea proyecto aprobada por el MINCYT y su contraparte correspondiente en el exterior.

De esta forma se busca fomentar actividades que conduzcan a fortalecer las capacidades de innovación tecnológica del sector productivo a escala internacional. Los recursos deberán ser aplicados a la financiación de gastos aceptables correspondientes a proyectos elegibles bajo el presente componente.

ANR Patentes

Con la intención de promover la protección, a través del sistema de patentes de invención y de modelos de utilidad, de los resultados de la actividad de investigación y desarrollo de empresas y/o de instituciones científicas públicas y/o privadas sin fines de lucro que forman parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva (SNCTIP), realizándose mediante financiamiento para cubrir parte de la inversión que requiere la preparación y presentación de solicitudes de patente en el país y/o en el exterior.

Los proyectos se gestionan bajo estrictas medidas de resguardo de la información confidencial.

Las personas involucradas en la evaluación y seguimiento de las solicitudes de financiamiento se comprometerán a mantener la confidencialidad de la información que sea considerada como “sensible”.

ANR Capacidades

Tiene como objetivo financiar parcialmente proyectos que tengan como meta la creación o fortalecimiento de una unidad de I+D en empresas. Entiéndase al fortalecimiento como la consolidación de unidades de I+D que existen en forma incipiente en las empresas, mediante la incorporación de profesionales con perfil de investigación, equipamiento especializado, materiales e insumos para investigación o consultorías científicas.

Asistencia Tecnológicas

Se denomina ASISTENCIAS TECNOLÓGICAS a las subvenciones no reintegrables cuyo objeto es ayudar a PyMEs, cooperativas con condición de PyMEs y Centros de la Red CENTEC, que de manera individual o colectivamente, requieran identificar y solucionar retos tecnológicos que afecten a su competitividad mediante el apoyo de asesores tecnológicos expertos en su sector de actividad.

El FONTAR confeccionará un Registro de Asesores Tecnológicos con aquellos profesionales que hayan finalizado su actuación en los proyectos de manera exitosa y resulten avalados por las empresas beneficiarias. El objetivo es constituir una base de datos de profesionales referentes en cada disciplina como fuente de referencia para futuros proyectos.

Se podrán postular como Asesores Tecnológicos aquellos Profesionales Expertos que se desempeñen en Instituciones o Empresas Público/Privadas. Las mismas deberán designar al Experto, que participará durante toda la ejecución del proyecto.

2.1.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Este componente del Subprograma tiene como propósito apoyar a las empresas o cooperativas PyMEs productoras de bienes y servicios, existentes en el mercado, o aquellas nuevas que surjan en virtud de una base tecnológica competitiva, que, a criterio de la AGENCIA I+D+i, cuenten con capacidad técnica, administrativa y económica suficiente para ejecutar el proyecto, con capacidad de gestión para materializarlo y con aptitud comercial para colocar el producto o servicio en el mercado, que soliciten apoyo al Subprograma en forma individual o asociada.

Para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la AGENCIA I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la AGENCIA I+D+i, contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad tecnológica del solicitante:

• Cumplir con los requisitos planteados en la Guía de Formulación de Proyectos para ANRs, particularmente en lo referido a la evaluación técnica y económica del proyecto presentado;

• Ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante), las fechas de ejecución de las labores comprendidas en el proyecto respectivo, así como las proyecciones de los montos y oportunidad de los desembolsos requeridos para implementar el proyecto indicando, en cada caso, las fuentes de los fondos.;

• Haber completado la encuesta de innovación. Esta encuesta consolida los indicadores de gasto y actividades de innovación de las empresas a fin de determinar el impacto del subprograma. La misma se diseñó en un todo de acuerdo con la Encuesta Nacional de Innovación.

Los postulantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

2.1.4 Uso de los recursos

Los recursos del Componente se utilizarán para financiar Gastos Aceptables, relacionados con Proyectos Elegibles. Los siguientes gastos no serán considerados Gastos Aceptables para su financiamiento con recursos del Componente:

•  Gastos generales y de administración de los Beneficiarios;

•  Reestructuración de deudas, pagos de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos;

•  Transferencias de activos, adquisición de acciones, participaciones en el capital social, otros valores mobiliarios, etc.;

•  Pago de cesantías;

•  Gastos recurrentes;

•  Capital de Trabajo;

•  Compras de inmuebles;

•  Valores imputados de inversiones ya realizadas; y

•  Contribuciones en especie.

Para el caso de Convocatorias públicas, se podrán reconocer gastos, tanto del aporte FONTAR como por la contraparte empresaria, a partir de la fecha de apertura de la convocatoria. En Ventanillas, el reconocimiento es a partir de la fecha de presentación del proyecto.

2.1.5 Evaluación de los proyectos

Se procederá a la adjudicación de los fondos de este Componente a través del sistema de Convocatorias Públicas o ventanilla permanente, teniendo previsto realizar hasta tres llamados al año para el caso de las convocatorias. Las Bases de las Convocatorias o las Condiciones de las Ventanillas deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el solicitante y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos.

Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación, deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran los criterios de Admisibilidad. El proceso de Admisión es llevado a cabo por el FONTAR, contando la empresa con un período determinado para reconsiderar en caso de no ser admitida la solicitud. Una vez admitido el proyecto ingresa en el proceso de evaluación.

Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica y económica. Las propuestas deberán contener la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta y viabilidad financiera del solicitante. La evaluación de las solicitudes estará a cargo de evaluadores expertos de las diferentes áreas.

FONTAR podrá hacer uso de una Comisión Ad Hoc en los casos en que el número de proyectos presentados lo justifique, integrada por referentes de los diferentes sectores e instituciones, designados por autoridad competente, que tendrá a su cargo la revisión de los dictámenes de evaluación realizados por los evaluadores de FONTAR o del Sistema Científico Tecnológico. Los miembros de la Comisión Ad Hoc los aprobará el Directorio a propuesta del FONTAR. La Comisión Ad Hoc recomienda al Directorio de la AGENCIA I+D+i la aprobación o rechazo de las presentaciones.

Toda empresa tendrá derecho a reconsiderar un dictamen de rechazo o de aprobación con menor monto, debiendo cumplimentar los requisitos establecidos en la Bases de la Convocatoria, a fin de que se analice nuevamente la solicitud.

2.1.6 Mecanismo de ejecución

Los recursos del financiamiento se desembolsarán bajo la modalidad de reembolso de pago hecho, pago directo a proveedores o anticipos financieros. En todos los casos los desembolsos se efectivizarán con posterioridad a la firma del contrato.

La Empresa deberá presentar la Rendición de los Gastos efectuados y un Informe Técnico de Avance de acuerdo con el cronograma de ejecución establecido. La Rendición aprobada será materia de reintegro hasta los montos indicados en el Contrato de Promoción.

La AGENCIA I+D+i podrá exigir garantías de ejecución en los casos que lo considere conveniente.

Los montos correspondientes a la modalidad de anticipo financiero en ningún caso podrán superar el 40% del monto de beneficio aprobado en el proceso de evaluación. La AGENCIA I+D+i requerirá una garantía especial, que afianzará de forma específica el monto del anticipo aprobado.

2.1.7 Rescisión por acuerdo de partes

En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud del beneficiario, lo cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.

La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del proyecto. El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una evaluación final técnica del FONTAR y financiera de la DIGFEL. La AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.

2.1.8 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i

La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:

•  Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.

•  Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.

•  Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados para ello.

•  Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de los fondos del beneficio.

•  Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.

•  Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

La AGENCIA I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente y de ejecutar las garantías cuando se verificara alguna de las causales de rescisión establecidas en el presente acápite.

2.1.9 Derechos de propiedad

Los bienes adquiridos y los logros alcanzados mediante la subvención serán propiedad de la empresa beneficiaria

2.2 AR. APORTES REEMBOLSABLES

2.2.1 Objetivo

El objetivo del instrumento es apoyar la inversión de pequeñas y medianas empresas o cooperativas cuya finalidad sea mejorar los argumentos de competencia mediante la incorporación de tecnología, la modernización tecnológica o el desarrollo tecnológico. De esta forma se busca fomentar actividades que conduzcan a fortalecer las capacidades de producción y comercialización de las empresas.

TIPO DE PROYECTOS

a. El financiamiento de la tecnología necesaria (equipamiento) para fortalecer las capacidades de los beneficiarios para realizar I+D. También son elegibles bajo esta modalidad los saltos tecnológicos significativos que tengan como consecuencia una mejora en la eficiencia en los procesos productivos, mediante la incorporación de tecnología o la integración vertical, con bajo nivel de riesgo técnico y económico.

b. El financiamiento de proyectos de modernización tecnológica, adaptaciones y mejoras, desarrollos tendientes a adecuar tecnologías y a introducir perfeccionamiento o desarrollo de productos y procesos, con leve nivel de riesgo técnico y económico.

c. El financiamiento de proyectos de Desarrollo Tecnológico, cuyo objetivo es la producción de tecnología a escala de planta piloto, prototipo y fábrica, con mediano nivel de riesgo tecnológico.

2.2.2 Naturaleza del beneficio

Se denomina AR BID a los proyectos donde quede demostrada una participación activa y relevante por parte del postulante en el proceso de innovación tecnológica. Se busca que los beneficiarios realicen un esfuerzo relevante de ingeniería, que planteen propuestas creativas.

El monto del beneficio será de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MIL (U$S 500.000) y de hasta el 80% del costo total del proyecto. El beneficiario deberá aportar el resto del costo total del proyecto, con un plazo de ejecución propuesto no mayor a un (1) año.

2.2.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Este componente del Subprograma tiene como propósito apoyar a las empresas o cooperativas PyMEs productoras de bienes y servicios, existentes en el mercado, o aquellas nuevas que surjan en virtud de una base tecnológica competitiva, que, a criterio de la AGENCIA I+D+i, cuenten con capacidad técnica, administrativa y económica suficiente para ejecutar el proyecto, con capacidad de gestión para materializarlo y con aptitud comercial para colocar el producto o servicio en el mercado, que soliciten apoyo al Subprograma en forma individual o asociada

Para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la AGENCIA I+D+i;

• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la AGENCIA I+D+i, contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad tecnológica del solicitante:

• Ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante), las fechas de ejecución de las labores comprendidas en el proyecto respectivo, así como las proyecciones de los montos y oportunidad de los desembolsos requeridos para implementar el proyecto indicando, en cada caso, las fuentes de los fondos.;

• Haber completado la encuesta de innovación. Esta encuesta consolida los indicadores de gasto y actividades de innovación de las empresas a fin de determinar el impacto del subprograma. La misma se diseñó en un todo de acuerdo con la Encuesta Nacional de Innovación.

Los postulantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

2.2.4 Uso de los recursos

Los recursos del Componente se utilizarán para financiar Gastos Aceptables, relacionados con Proyectos Elegibles. Los siguientes gastos no serán considerados Gastos Aceptables para su financiamiento con recursos del Componente:

• Gastos generales y de administración de los Beneficiarios;

• Reestructuración de deudas, pagos de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos;

• Transferencias de activos, adquisición de acciones, participaciones en el capital social, otros valores mobiliarios, etc.;

• Pago de cesantías;

• Gastos recurrentes;

• Compras de inmuebles;

• Valores imputados de inversiones ya realizadas; y

• Contribuciones en especie.

Se podrán reconocer gastos, tanto del aporte FONTAR como por la contraparte empresaria, a partir de la fecha de admisión de los proyectos.

2.2.5 Evaluación de los proyectos

Se procederá a la adjudicación de los fondos de este Componente a través del sistema de ventanilla permanente. Las Condiciones del llamado deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por el solicitante y una explicación del mecanismo a aplicar para la adjudicación de los proyectos.

Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación, deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran los criterios de Admisibilidad. El proceso de Admisión es llevado a cabo por el FONTAR, contando la empresa con un período determinado para reconsiderar en caso de no ser admitida la solicitud. Una vez admitido el proyecto ingresa en el proceso de evaluación.

Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica y económica. Las propuestas deberán contener la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta y viabilidad financiera del

solicitante. La evaluación de las solicitudes estará a cargo de evaluadores expertos de las diferentes áreas.

FONTAR podrá hacer uso de una Comisión Ad Hoc, integrada por referentes de los diferentes sectores e instituciones, designados por autoridad competente, tendrá a su cargo la revisión de los dictámenes de evaluación realizados por los evaluadores de FONTAR o del Sistema Científico Tecnológico. La Comisión Ad Hoc recomienda al Directorio de la AGENCIA I+D+i la aprobación o rechazo de las presentaciones.

Los postulantes tendrán derecho a reconsiderar un dictamen de rechazo o de aprobación con menor monto, debiendo cumplimentar los requisitos establecidos en las Condiciones de la ventanilla, a fin de que se analice nuevamente la solicitud.

2.2.6 Mecanismo de ejecución

Los recursos del financiamiento se desembolsarán bajo la modalidad de reembolso de pago hecho, pago directo a proveedores o anticipos financieros. En todos los casos los desembolsos se efectivizarán con posterioridad a la firma del contrato.

El monto correspondiente a la modalidad de anticipo financiero quedará supeditado a la aprobación de un cronograma de desembolso.

El beneficiario deberá presentar la Rendición de los Gastos efectuados y un Informe Técnico de Avance de acuerdo con el cronograma de ejecución establecido.

La AGENCIA I+D+i exigirá las garantías para asegurar la devolución del crédito que considere convenientes.

2.2.7 Rescisión por acuerdo de partes

En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud del beneficiario, lo cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. La DGAJ evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.

La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del proyecto. El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una evaluación final técnica del FONTAR y financiera de la DIGFEL. La AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.

2.2.8 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i

La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:

• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.

• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.

• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados para ello.

• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de los fondos del beneficio.

• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.

• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

La AGENCIA I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente y de ejecutar las garantías cuando se verificara alguna de las causales de rescisión establecidas en el presente acápite

2.2.9 Derechos de propiedad

Los bienes adquiridos y los logros alcanzados mediante la subvención serán propiedad de la empresa beneficiaria.

2.3 RRHH AC - PROYECTOS DE INTEGRACIÓN EN EMPRESAS DE RECURSOS HUMANOSALTAMENTE CALIFICADOS

2.3.1 Objetivo

El objetivo del instrumento es reforzar las capacidades científicas y tecnológicas de las empresas o miembros de la Red CENTEC mediante la integración de personal con titulación de doctorado o equivalentes en disciplinas tecnológicas, acreditando estudios de maestría y antecedentes en proyectos de I+D. Para ello, financiará la incorporación de profesionales altamente calificados al sector productivo de manera permanente y de este modo reforzar las capacidades científico-tecnológicas de las empresas, potenciar la gestión, potenciar la vinculación del sector productivo con la oferta de conocimientos y complementar las acciones de vinculación entre el Sector Científico Tecnológico y el Productivo.

2.3.2 Naturaleza del beneficio

Los Proyectos de integración en empresas o centros tecnológicos de recursos humanos altamente calificados consisten en subvenciones no reintegrables destinadas a la incorporación en forma permanente de recursos humanos altamente calificados en el sector productivo, en posiciones que permitan el desarrollo del recurso a nivel profesional y lograr un impacto en la gestión y en las capacidades científico-tecnológicas de la empresa.

El plazo de ejecución propuesto para el financiamiento no podrá ser superior a los tres (3) años. El monto del beneficio consistirá en 13 pagos anuales, aplicables al costo laboral de la siguiente escala:

• Primer año: Hasta el 80% del costo laboral declarado por la empresa, con un máximo de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL (U$S 2.000) por pago.

• Segundo año: Hasta el 60% del costo laboral declarado por la empresa, con un máximo de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES MIL QUINIENTOS (U$S 1.500) por pago.

• Tercer año: Hasta el 40% del costo laboral declarado por la empresa, con un máximo de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES MIL (U$S 1.000) por pago.

Las empresas o centros tecnológicos beneficiarios de este instrumento no podrán percibir otras subvenciones no reintegrables para proyectos donde estén incluidos los mismos recursos humanos financiados por este instrumento.

Los centros tecnológicos miembros de la Red CENTEC tendrán un beneficio adicional, tal como facilitar el acceso a otros instrumentos disponibles en el FONTAR. Estos beneficios estarán indicados expresamente en las bases de la Convocatoria.

Con el fin de contribuir a la reducción de las brechas de género existentes, el instrumento de financiamiento abordará la perspectiva de género proponiendo un incremento en el financiamiento.

La entidad beneficiaria informará bajo declaración jurada el costo laboral del recurso a incorporar y no podrá percibir otras subvenciones no reintegrables para el mismo Proyecto.

2.3.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Serán elegibles las empresas productoras de bienes y servicios existentes en el mercado, o aquellas nuevas que surjan en virtud de una base tecnológica competitiva que, a criterio de la AGENCIA I+D+i, cuenten con capacidad técnica, administrativa y económica suficiente para incorporar el recurso altamente calificado y ofrecerle un plan de carrera donde pueda desempeñar tareas de I+D+i o de innovación gerencial.

Las empresas solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.

2.3.4 Uso de los recursos

Los recursos del financiamiento se utilizarán para financiar parcialmente los costos laborales de los doctores, así como todos los costos que se derivan del pago de los mismos.

2.3.5 Evaluación de los proyectos

La AGENCIA I+D+i operará el instrumento a través de ventanilla permanente, aunque podrán realizarse convocatorias públicas a presentación de expresiones de interés.

La evaluación estará a cargo del cuerpo de evaluación técnico-económico y financiero del FONTAR.

2.3.6 Mecanismo de ejecución

Se celebrará un contrato entre La AGENCIA I+D+i y el beneficiario donde se establecerán las condiciones de incorporación del recurso altamente calificado y las obligaciones de las partes.

La AGENCIA I+D+i tendrá la posibilidad de operar el instrumento otorgando anticipos.

Los beneficiarios del instrumento y los recursos humanos contratados deberán presentar informes anuales a fin de demostrar el estado de la contratación y la evolución del recurso altamente calificado, que serán evaluados por FONTAR con asistencia de la DIGFEL y DGAJ.

2.3.7 Rescisión de común acuerdo

En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud del beneficiario, lo cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.

La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del proyecto.

Asimismo, la AGENCIA I+D+i no tendrá responsabilidad alguna por los reclamos que puedan efectuarse entre el BENEFICIARIO y el Recurso Humano Altamente Calificado como consecuencia de la rescisión del contrato.

Tampoco asume responsabilidad alguna en relación con las obligaciones civiles y laborales, previsionales y tributarias que el BENEFICIARIO y el Recurso Humano Altamente Calificado deban asumir con terceros para la ejecución del PROYECTO.

2.3.8 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i

La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:

• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.

• Si la beneficiaria se desvinculara sin expresión de causa al recurso altamente calificado.

• Si el recurso altamente calificado renunciara a la empresa beneficiaria.

• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.

• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados para ello.

• Si los responsables se opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de los fondos del beneficio.

• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.

• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

La AGENCIA I+D+i se reserva la facultad de accionar legalmente en caso de rescisión unilateral, si considera que la contraparte ha lesionado algún derecho en juego y/o si se verificaran incumplimientos del beneficiario que ameriten dicho temperamento.

2.4 PROYECTOS ASOCIATIVOS

Los proyectos asociativos pueden encuadrase en:

2.4.1 FIT AP

El objetivo de este instrumento es aumentar la inversión y fortalecer los procesos de innovación asociativos en los que participen tanto empresas como centros tecnológicos de I+D.

El instrumento permite integrar coordinadamente dentro de un proyecto articulado, distintas actividades y acciones en beneficio de las empresas que formen parte de aglomerados productivos o clústeres.

En dichas acciones tendrán que intervenir grupos de empresas e instituciones científicas y tecnológicas, centros de formación superior y podrán participar también entidades públicas o privadas que contribuyan al desarrollo tecnológico e innovador del aglomerado productivo.

Dada su naturaleza integradora, se espera que los FIT-AP contribuyan al surgimiento y/o fortalecimiento de acciones asociativas entre los actores de un AP, especialmente en lo relativo al desarrollo de capacidades tecnológicas y de dinámicas innovadoras que sustenten el mejoramiento competitivo del mismo.

2.4.2 Naturaleza del beneficio

Se denomina Aglomerados Productivos (AP) a aquellas concentraciones de empresas, con frecuencia territoriales -con predominio de PYME-, que presentan cierta especialización productiva similar o complementaria en un mismo sector productivo o cadena de valor, y entre las cuales se desarrollan -con diversos grados de intensidad y frecuencia- vínculos de cooperación e iniciativas asociativas. Esas características otorgan a los AP un buen potencial de aprendizaje colectivo y de mejoramiento competitivo.

El monto máximo a financiar por FIT-AP, no podrá superar el equivalente en pesos de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 2.500.000). El período máximo propuesto para la ejecución será de hasta dos (2) años.

El proyecto consistirá en un Plan de Mejora Tecnológica (PMT) consensuado entre los actores participantes, orientado a abordar objetivos estratégicos de desarrollo del Aglomerado. Dicho PMT contará con un Presupuesto Único Flexible (PUF) en el que se detallen las diferentes acciones a realizar, con su respectiva agenda y el monto destinado a la realización de cada actividad. El PUF deberá contener la totalidad de actividades previstas y el monto total de las inversiones del proyecto, como así también identificar a cada uno de los destinatarios del financiamiento de cada actividad.

Para el logro de estos fines, el FONTAR aplicará instrumentos de subsidios y/o créditos a empresas e instituciones, dependiendo de los objetivos específicos, del grado de impacto en el aglomerado, de las posibilidades de concreción en el corto plazo y del efecto derrame en el AP.

Las acciones aprobadas en el FIT-AP, serán financiadas en función del tipo de actividad que se realice y del contenido de desarrollo tecnológico que implique la misma. En este sentido, se contará con la siguiente clasificación, siempre teniendo en cuenta los criterios de elegibilidad de los gastos e inversiones:

• Las actividades de investigación y desarrollo en productos o procesos y las actividades de investigación aplicada serán financiadas bajo la modalidad de subsidios en condiciones similares a las establecidas para ANR PDT.

• Las actividades de modernización tecnológica serán financiadas bajo la modalidad de crédito.

• La identificación y determinación de soluciones a problemas tecnológicos de las empresas será financiada bajo la modalidad de subsidios similares a las establecidas para Asistencias Tecnológicas.

• Las actividades destinadas a fortalecer las capacidades de desarrollo de servicios tecnológicos para la producción de bienes y servicios, a través de la creación, ampliación o mejoras en las facilidades de instalación, equipamiento y capacitación de recursos humanos, a realizar por instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, serán financiadas bajo la modalidad de subsidio o crédito, dependiendo del impacto en el AP.

• Las actividades de investigación y desarrollo en productos o procesos y las actividades de investigación aplicada, para el sector productivo, a realizar por instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, podrán ser subsidiados aplicando los mismos criterios de elegibilidad que los ANRs PDT. y ampliando el porcentaje de subvención hasta el 80 % del costo total de dichas actividades,

2.4.3 FIT PDP

Los proyectos FIT-PDP tienen como objetivo aumentar el desempeño tecnológico y productividad de PyMEs proveedoras o clientes de una gran empresa5 de una misma cadena de valor.

2.4.4 Naturaleza del beneficio

Se denomina FIT-PDP a la estrategia de promoción que busca mejorar las estructuras productivas y la competitividad tanto de la empresa tractora o líder como de las empresas proveedoras, consolidando una red de socios estratégicos, mediante:

• Desarrollo de innovación en productos o procesos.

• Solucionar problemas tecnológicos en las empresas. Incorporación de tecnologías de información, comunicación, trazabilidad, control de calidad, etc. al proceso productivo.

• Modificación o mejora de tecnologías de procesos.

• Introducción de tecnologías de gestión de la producción que potencien la competitividad.

• Adquisición de tecnología incorporada en equipos para producción y el esfuerzo de ingeniería asociado al mismo.

El plazo de ejecución no podrá ser superior a los dos (2) años. El monto del beneficio será de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES (U$S 2.000.000) y de hasta el 80% del costo total del proyecto. Las empresas beneficiarias deberán aportar no menos del 20% del costo del Proyecto.

Las empresas beneficiarias de FIT-PDP en las condiciones definidas en el presente Reglamento, no podrán percibir otras subvenciones no reintegrables para el mismo Proyecto.

El proyecto deberá incluir un PUF similar al descripto para los FIT-AP, en el que se detallen las diferentes acciones a realizar, con su respectiva agenda y el presupuesto para cada una de ellas.

El PUF deberá contener la totalidad de actividades previstas y el monto total de las inversiones del proyecto, como así también identificar a cada uno de los destinatarios del financiamiento de cada actividad. Para el logro de estos fines, el FONTAR aplicará instrumentos de subsidios y/o créditos, dependiendo de los objetivos específicos de cada una de las acciones.

2.4.5 Rescisión por acuerdo de partes

En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud de los beneficiarios, lo cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éstos. El FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.

La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del proyecto. Los beneficiarios reintegrarán de inmediato las sumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una evaluación final técnica del FONTAR y financiera de la DIGFEL. La AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.

2.4.6 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i

La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:

• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.

• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.

• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a la información correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados para ello.

• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de los fondos del beneficio.

• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.

• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

La AGENCIA I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente y de ejecutar las garantías cuando se verificara alguna de las causales de rescisión establecidas en el presente acápite.

2.4.7 Derechos de propiedad

Los bienes adquiridos y los logros alcanzados mediante la subvención serán propiedad de las empresas beneficiarias.

2.5 CENTROS TECNOLÓGICOS CEN-TEC

2.5.1 Objetivo

Generar masa crítica en actividades de transferencia, I+D y servicios técnicos de alto valor agregado con I+D orientada a la producción y con amplio alcance a nivel territorial. Los Centros deberán orientarse a facilitar la puesta en marcha de actividades intensivas en conocimiento en núcleos industriales y conglomerados de empresas donde existen demandas tecnológicas precisas que justifiquen la inversión a realizar.

2.5.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio consistirá en aportes no reembolsables, que cubrirán hasta el 90% de las necesidades de financiamiento del proyecto con un máximo del equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES (U$S5.000.000). El apoyo se destinará por un lado a generar las capacidades de oferta de servicios y actividades de I+D, y por el otro a subsidiar durante un primer período la utilización de los mismos a través de derechos de usos otorgados a las empresas. Se privilegiará financiar iniciativas que impliquen nuevas capacidades en provincias o ciudades de menor desarrollo relativo en términos de recursos para I+D.

Los proyectos tendrán un plazo de ejecución de hasta 36 meses.

Los beneficiarios deberán presentar un plan de actividades que responde a los objetivos generales y específicos del proyecto, considerando áreas cuyas funciones se orienten a:

•  Desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas innovativas (actividades de investigación y desarrollo, desarrollos tecnológicos, en productos y procesos, por ejemplo)

•  Transferencia de nuevas tecnologías al/los sectores/es

•  Formación y capacitación de profesionales en investigación, tecnologías y gestión

• Fomento a la articulación entre los diferentes actores de la/s cadena/s productiva/s involucradas

•  Creación y radicación de nuevas empresas

•  Creación o fortalecimiento de observatorios tecnológicos y sectoriales (por ejemplo, vigilancia tecnológica, asistencia comercial, identificación de oportunidades, entre otros)

•  Servicios orientados a la mejora de calidad, seguridad industrial y medio ambiente

•  Servicios de formulación y gestión de proyectos científicos y tecnológicos

•  Nuevos recursos en diseño, comunicación, comercialización y logística

•  Apoyo a la internacionalización (identificación de oportunidades, organización de misiones y ferias, convenios)

•  Asesorías en aspectos de propiedad intelectual.

2.5.3 Elegibilidad de los Solicitantes y las Solicitudes

La presentación del proyecto deberá formalizarse, preferentemente, mediante un convenio público - privado constituido por alguno/s de los siguientes actores: un municipio, una cámara empresarial, empresa de alta tecnología con participación accionaria estatal, institución científico-tecnológica y/o educativa.

Se consideran elegibles las Instituciones Públicas científico-tecnológica y/o educativa sin fines de lucro constituidas legalmente en el territorio argentino, municipios, cámaras empresariales o empresas de alta tecnología con participación accionaria estatal, y que a criterio de la AGENCIA I+D+i, hayan evidenciado tener capacidad legal, administrativa y financiera para realizar actividades destinadas a cumplir con los objetivos descriptos en el componente.

El proyecto deberá contar con un coordinador ejecutivo cuyas funciones serán articular y alinear las demandas e iniciativas, supervisar las actividades de cada área y ejecución del proyecto, asignar responsabilidades, etc. El coordinador ejecutivo asumirá la interlocución y representación ante la AGENCIA I+D+i y ante los representantes públicos y privados del/los sector/es a atender regionalmente.

Serán elegibles los proyectos cuyos objetivos den cuenta del logro e impacto en el corto o mediano plazo en los sectores productivos involucrados, con al menos las siguientes características:

• Calificar por el alcance y envergadura de sus objetivos científicos, tecnológicos y económicos -transferencia, I+D, servicios técnicos - y por su contribución al desarrollo de los sectores productivos involucrados dentro de una región determinada.

• Desarrollar soluciones científicas y tecnológicas mediante actividades de I+D, transferencia y servicios tecnológicos - orientados a aumentar la competitividad del/los sector/es productivo/s basado en el conocimiento científico y tecnológico.

• Contar con un grupo de empresas -fundamentalmente PyMEs- representativo del/los sectores productivos que demanden las actividades a ofrecer por parte del Centro.

• Presentar un conjunto de acciones y actividades, conforme a estudios de demandas y necesidades científicas y tecnológicas del/los sectores productivos a atender, que respondan a los objetivos generales del Proyecto, teniendo en cuenta actividades como las descriptas en el ítem anterior (Naturaleza del beneficio). Asimismo, será necesario contemplar un plan de negocios que contenga la proyección de ingresos por esos servicios especializados.

• Demostrar capacidad de gestión de parte del Centro, particularmente en lo referido a la capacidad legal, técnica, administrativa, económica y financiera suficiente a fin de llevar adelante el proyecto presentado, así como en la dotación de personal dedicado a la formulación y gestión de futuros proyectos de I+D y servicios tecnológicos.

2.5.4 Mecanismo de selección

El mecanismo de selección contará con dos Fases. La primera será la instancia de presentación de ideas proyectos. Luego se convocará a los solicitantes de las ideas seleccionadas a presentar el proyecto detallado.

2.5.5 Uso de los recursos

Los recursos afectados al proyecto (propios y de/los beneficiario/s) se utilizarán para financiar Gastos Aceptables, relacionados con Proyectos Elegibles a ejecutar.

2.5.6 Criterios de evaluación

La evaluación de las solicitudes será realizada por evaluadores del FONTAR o evaluadores pertenecientes a instituciones o entidades idóneas, dependiendo de la complejidad de la temática y una Comisión de Expertos Ad-Hoc en la temática de cada Centro.

2.5.7 Mecanismo de Ejecución y seguimiento

El FONTAR y la DIGFEL supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas presenciales o virtuales al lugar donde se desarrollen sus actividades

2.5.8 Rescisión por acuerdo de partes

En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del contrato a solicitud del FONTAR a solicitud del beneficiario, lo cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.

La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del proyecto. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una evaluación final técnica del FONTAR. La AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.

2.5.9 Rescisión por parte de la Agencia

La AGENCIA podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:

• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.

• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.

• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados para ello.

• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de los fondos del beneficio.

• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.

La AGENCIA se reserva el derecho de accionar legalmente. La AGENCIA I+D+i determinará el destino de los bienes adquiridos con fondos del beneficio.

2.6 FIN-SET: Financiamiento para Servicios Tecnológicos

2.6.1 Objetivo.

El objetivo del componente es fortalecer y desarrollar capacidades para la prestación de servicios tecnológicos orientados a la producción de bienes y servicios, apoyando la ampliación o modernización de infraestructura y equipos y capacitación de recursos humanos, entre otros.

2.6.2 Naturaleza del beneficio.

Los recursos financiados por la AGENCIA I+D+i consistirán en Aportes No Reembolsables cuyas condiciones de otorgamiento se establecen en el presente Reglamento.

Los recursos de contrapartida consistirán en aportes de los Beneficiarios. Estos recursos deberán ser aplicados a la financiación de Gastos Aceptables correspondientes a Proyectos Elegibles bajo el presente Componente.

El monto del financiamiento tendrá un mínimo, del equivalente en PESOS de DÓLARES QUINIENTOS MIL (U$S 500.000) y hasta, el equivalente en PESOS de DOLARES UN MILLON QUINIENTOS MIL (U$S 1.500.000).

El financiamiento consistirá en un máximo del 80% del costo total del proyecto. El beneficiario deberá aportar no menos del 20% del Costo Total del proyecto.

2.6.3 Proyectos elegibles

Todos los proyectos deben propender a:

• Promover la prestación de nuevos servicios tecnológicos y/o mejorar los existentes tendiendo a lograr estándares de calidad para poder contribuir con la innovación y el desarrollo nacional.

• Desarrollar nuevas soluciones tecnológicas para la prestación de servicios orientados a aumentar la competitividad del sector productivo basado en el conocimiento científico y/o tecnológico.

En términos generales, para ser elegibles, los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:

a. Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la AGENCIA I+D+i;

b. Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la AGENCIA I+D+i, contribuyan a los objetivos específicos de la línea definidos en el artículo precedente;

c. Cumplir con los requisitos planteados por la AGENCIA I+D+i, particularmente en lo referido a la capacidad legal, técnica, administrativa, económica y financiera suficiente a fin de llevar adelante el proyecto presentado;

d. Promover la incorporación de recursos humanos con el objeto de fortalecer las capacidades que establezcan mecanismos de gestión del conocimiento dentro de la organización a fin de incrementar la calidad del servicio, principalmente reduciendo los tiempos de prestación; y

e. Ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse y presentar un conjunto de acciones y actividades, conforme a estudios de demandas y necesidades científicas y tecnológicas del/los sectores productivos a atender, que respondan a los objetivos generales del Proyecto, teniendo en cuenta actividades como las descriptas en el ítem anterior (Naturaleza del beneficio). Asimismo, será necesario contemplar un plan de negocios que contenga la proyección de ingresos por esos servicios especializados.

2.6.4 Uso de los recursos

Los recursos afectados al proyecto (propios y de/los beneficiario/s) se utilizarán para financiar gastos aceptables, relacionados con proyectos elegibles a ejecutar.

2.6.5 Evaluación de los proyectos

Las propuestas contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica, económica y financiera de la propuesta.

Las presentaciones deberán ajustarse a los términos definidos en las Bases de la Convocatoria correspondiente.

La evaluación de las solicitudes será realizada por evaluadores del FONTAR o evaluadores pertenecientes a instituciones de ciencia y tecnología, estatales o privadas, dependiendo de la complejidad de la temática.

2.6.6 Mecanismos de ejecución

La AGENCIA I+D+i, a través de sus Órganos competentes, supervisará la ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades, prestando atención especial a los siguientes aspectos:

• Avance de la ejecución de los proyectos según el plan de trabajo acordado

• Documentación de la ejecución financiera

• Registros contables inherentes al proyecto

• Documentación probatoria de los gastos e inversiones realizadas conforme al plan de erogaciones.

Los recursos del financiamiento se desembolsarán bajo la modalidad de reembolso de pago hecho, pago directo a proveedores, anticipos financieros o procesos, conforme quede establecido en las Bases de las Convocatorias, dependiendo del tipo de beneficiario.

2.6.7 Rescisión por acuerdo de partes

En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del contrato a solicitud del FONTAR a solicitud del beneficiario, lo cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.

La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del proyecto. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una evaluación final técnica del FONTAR. La AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.

2.6.8 Rescisión por parte de la Agencia

La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:

•  Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.

•  Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.

•  Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados para ello.

•  Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de los fondos del beneficio.

•  Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.

La AGENCIA se reserva el derecho de accionar legalmente. La AGENCIA I+D+i determinará el destino de los bienes adquiridos con fondos del beneficio.

EJECUTOR: FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC)

2.7 PROYECTOS ESTRATEGICOS

2.7.1 Objetivo

El objetivo de los proyectos estratégicos es contar con instrumentos para diseñar e impulsar políticas verticales enfocadas en la generación de capacidades científicas, tecnológicas y de innovación orientadas por los grandes desafíos productivos, sociales y/o ambientales que plantean los sectores considerados estratégicos por el gobierno nacional y/o los gobiernos provinciales y municipales. Estos grandes desafíos, así como las misiones que se desprenden de ellos, se plasman y despliegan en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030, que surge de un proceso de concertación de escala nacional con el eje en las agendas de conocimiento que demandan las políticas públicas y en su articulación con las agendas de I+D+i de las 24 jurisdicciones nacionales y las economías regionales.

Se espera de los proyectos estratégicos: (i) la generación de impacto productivo, social y/o ambiental de envergadura a nivel nacional, provincial y/o com unitario; (ii) la mejora de la competitividad, la creación de puestos de trabajo, la sustitución de importaciones, y el creciente valor agregado en las exportaciones; (iii) el impulso de asociatividad público-privada, la transferencia de conocimiento y el incentivo a la inversión privada en I+D+i; y (iv) la formación y/o mejora de capacidades organizacionales y tecnológicas en empresas nacionales y el impulso a la creación de empresas de base tecnológica.

2.7.2 Naturaleza del instrumento

A través de los proyectos financiados se busca lograr la generación de innovaciones y de capacidades para innovar que son críticas para el desarrollo de los sectores estratégicos identificados. Los Proyectos Estratégicos financiarán proyectos que se caractericen por su potencial impacto en el sector en que se ejecuten, por tratarse de un desarrollo tecnológico que ya ha pasado la fase más temprana de investigación. Con los proyectos estratégicos se financiarán exclusivamente proyectos de investigación aplicada, desarrollo tecnológico y/o transferencia y difusión de tecnologías.

2.7.3 Modalidades de Intervención

Los Proyectos Estratégicos dispondrán de dos modalidades de intervención para canalizar financiamiento, que serán gestionadas por el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC):

2.7.4 Proyectos Estratégicos con resultados no apropiables.

•  Se entregarán Aportes no Reembolsables para la generación de capacidades o innovaciones tecnológicas cuyos resultados tengan el carácter de bienes públicos o de bienes club de alto impacto para un sector. Un proyecto de innovación corresponderá a esta categoría cuando sus resultados no sean totalmente apropiables por quienes lo desarrollan.

•  Dado que los proyectos financiados bajo esta modalidad de intervención tienen resultados no-apropiables, excepcionalmente los proyectos podrán ser asignados directamente a una institución o a un consorcio para su ejecución. Las autoridades gubernamentales en todos sus niveles serán las encargadas de garantizar la adecuada difusión y apropiabilidad pública y semi pública de los resultados. La financiación de este tipo de proyectos se hará atendiendo las demandas sectoriales en el marco de los lineamientos del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030 y será resuelta por la máxima autoridad del MINCYT.

2.7.5 Proyectos Estratégicos con resultados apropiables

•  Se entregarán Aportes no Reembolsables a proyectos de innovación, y desarrollo tecnológico de alto impacto que procuren incrementar la competitividad y/o la calidad de los bienes y servicios producidos por un sector o subsector, y cuyos resultados sean apropiables por los beneficiarios.

•  Los beneficiarios (ejecutores) serán seleccionados exclusivamente a través de procesos abiertos ycompetitivos.

•  Los proyectos podrán tener una extensión temporal de hasta ocho (8) años, aunque la aplicación de los recursos del subprograma se realice en los primeros cuatro (4) años.

2.7.6 Mecanismos de selección

Las líneas temáticas sobre las que se aplicarán recursos de este Subcomponente serán aquellas determinadas en función del trabajo con los Ministerios sectoriales y de conformidad con los lineamientos del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030. Se priorizará la asignación de recursos, aplicando criterios de oportunidad y conveniencia, incluyendo en el proceso de consulta la opinión de las autoridades sectoriales y la del Consejo Tecnológico Sectorial (CTS) respectivo. Podrán establecerse procedimientos de selección de temáticas más expeditas cuando el caso, la necesidad o la urgencia lo ameriten.

Los Consejos Tecnológicos Sectoriales (uno por sector) serán cuerpos consultivos conformados por representantes del sector público (Secretaría de Planeamiento y Políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación - SPyPCtel - MINCYT, AGENCIA I+D+i, Ministerios Sectoriales y otros), representantes del sector privado o la sociedad civil (personas de alto prestigio a título individual) y del sector académico.

•  Se designará a los miembros de los Consejos Tecnológicos y un Presidente. La composición de cada Consejo responderá al siguiente esquema: un miembro por Dirección Nacional de Proyectos Estratégicos (DNPE) o la dependencia que la SPyPCTeI designe, un miembro de la AGENCIA I+D+i, un miembro del ministerio o secretaría sectorial, dos miembros del sector productivo y/o de la sociedad civil, y dos expertos tecnológicos. Se prevé que haya miembros titulares y suplentes.

•  Los miembros institucionales serán permanentes para cada sector cada sector en tanto que la composición por parte de miembros no institucionales podría variar de acuerdo con la temática tecnológica a tratar.

•  La SPyPCTeI designará un Secretario Técnico para cada Fondo quien estará a cargo de las tareas técnicas y administrativas.

•  La Presidencia del Consejo Tecnológico Sectorial, a través del Secretario Técnico, efectuará las convocatorias a las sesiones, fijará la orden del día y moderará los debates.

•  Las convocatorias deberán efectuarse siempre por escrito, acompañadas por el orden del día comprensivo de los asuntos a tratar y la correspondiente documentación, con una antelación de al menos cinco días hábiles. No obstante, la Presidencia, en caso de especial urgencia e inaplazable necesidad, podrá reducir dicho plazo.

•  Las funciones de los Consejos Tecnológicos Sectoriales serán, entre otras:

o Proponer temas para generar Perfiles de Propuesta (PP);

o Pronunciarse y efectuar recomendaciones sobre los PP que se les presentan, particularmente sobre el mérito de los antecedentes que las respaldan;

o Asistir a la SPyPCTeI en todos aquellos temas relacionados con el fondo sectorial;

o Emitir opinión y recomendaciones sobre los temas puestos a su consideración, incluyendo la contratación de estudios y/o consultorías a fin de precisar la relevancia y pre factibilidad del tema propuesto;

o Informarse sobre la marcha de la ejecución de los proyectos.

•  A criterio del Consejo podrán ser convocados para participar en reuniones de trabajo otros representantes especialistas u otras personalidades que los miembros mencionados. Estos no participarán en la toma de decisiones.

•  Se espera que las decisiones del CTS se tomen por amplio consenso. No obstante, ante situaciones controversiales las decisiones se tomarán a través de mayoría simple de los miembros nombrados presentes, con un quórum mínimo de 5.

Los pasos que constituyen el ciclo de proyectos comienzan con la elaboración de Perfil de Propuesta (Fase I) que incluye la información técnica sobre la que se elaborará la convocatoria que estará a cargo de la SPyPCTeI. La Dirección Nacional de Proyectos Estratégicos (DNPE), dependiente de la SPyPCTeI, será la responsable operativa de: i) la Primera Fase del ciclo del proyecto; y ii) el acompañamiento técnico durante la ejecución, así como de la coordinación y organización de las acciones complementarias que considere oportunas para mejorar el impacto de los proyectos estratégicos ganadores de la convocatoria realizada durante la Fase II.

Las acciones específicas que deberán llevarse a cabo en la Fase I son las siguientes:

•  Reuniones con funcionarios y actores claves del sector (políticos, empresarios, académicos y grupos sociales)

•  Búsquedas sistemáticas (scouting) de propuestas o proyectos promisorios en instituciones, incluyendo aquellos que hayan sido apoyados a través de diversos instrumentos de la AGENCIA I+D+i, o estudios contratados Ad Hoc.

•  Elaboración de Perfil de Propuesta con las temáticas priorizadas. Las temáticas priorizadas serán informadas a través de un documento “Perfil de Propuesta” (PP), ejecutado bajo responsabilidad de la SPyPCTeI.

•  Validación experta. A fin de contar con una validación experta de la relevancia y factibilidad tecnológica desarrollada en el Perfil de Propuesta, se la SPyPCTeI contratará a un experto de nivel internacional para que emita un informe sobre el proyecto propuesto. En casos excepcionales, en los cuales la mayor expertise de un tema se encuentra en el país o en proyectos de menor envergadura, el experto contratado podrá ser local.

•  Presentación del Perfil de Propuesta al Consejo Tecnológico Sectorial (CTS) quien se pronunciará sobre el PP en base a la documentación presentada y los elementos de juicio que surjan durante su tratamiento. En caso de que el CTS solicite la elaboración de estudios, gestiones adicionales, o cualquier otro requerimiento, se la SPyPCTeI gestionará su ejecución. No se podrá elevar el Perfil de Propuesta para un nuevo tratamiento por parte del CTS hasta que los requerimientos formulados no hayan sido satisfechos.

•  En caso de que haya recomendación favorable, la Secretaría Técnica del CTS elaborará y elevará un proyecto de resolución para consideración del titular del MINCYT. El mismo incluirá las recomendaciones sobre las características de las convocatorias y orientaciones sobre los criterios de evaluación que hubieren surgido en el proceso de análisis del Perfil de Propuesta.

•  En caso de que se proponga la asignación directa a un ejecutor, luego de aprobados los perfiles de propuestas, se deberán acompañar los antecedentes que justifican tal opción. En este supuesto, la SPyPCTeI indicará a la AGENCIA I+D+i la ejecución de la Fase II de la propuesta. Finalizada esta fase, se solicitará la no objeción al Banco. Otorgada ésta, la autoridad competente emitirá la resolución correspondiente adjudicando el financiamiento.

•  Una vez aprobado el Perfil de Propuesta recibido (y que el Banco haya dado su no-objeción en caso de ameritarse), se dará inicio a la fase de ejecución a través del FONARSEC de la AGENCIA I+D+i. El/La Director/a del FONARSEC será el/la principal responsable de la ejecución de los instrumentos, y reportará a la Presidencia de la AGENCIA I+D+i y a su Directorio. Mantendrá una estrecha coordinación con la SPyPCTeI del MINCYT, a través de la DNPE, y participará de los CTS a solicitud de la Presidencia de la AGENCIA I+D+i.

La Fase II tiene como resultado la adjudicación de los proyectos y es responsabilidad de la AGENCIA I+D+i quien, a través del FONARSEC, se hará cargo de la publicación y promoción de la convocatoria, recepción de las propuestas, análisis de la pertinencia, evaluación técnico-comercial y recomendación de financiación al Directorio.

2.7.7 Criterios de elegibilidad de los solicitantes y solicitudes.

Las Propuestas de Proyecto podrán tener como beneficiarios a:

• Entidades públicas, público-privadas o privadas determinadas (creación ex-novo o fortalecimientode existentes); instituciones tecnológicas públicas o privadas sin fines de lucro, y/o empresas agrupadas bajo lamodalidad de Asociaciones Ad Hoc.

Las Propuestas de Proyecto que pasen a la fase de ejecución deberán cumplir con determinados criterios de elegibilidad. El no cumplimiento de cualquiera de ellos será causal para no continuar con el proceso. Estos criterios son los siguientes:

I) Compatibilidad con las políticas sectoriales de las instituciones públicas con incumbencia en el tema.

II) Impacto relevante en la actividad del sector

III) Factibilidad de obtención del resultado en un plazo razonable a partir del estado del arte y de las capacidades disponibles en el país (o posibles de atraer).

IV) Existencia de adoptante/s o usuario/s claramente identificado/s y firmemente comprometido/s con el uso de los resultados obtenibles. En todos los casos, las iniciativas que se apoyen deberán resultar en productos, procesos y/o incremento de capacidades que atenderán la resolución de problemas concretos, y con demandantes potenciales identificados.

2.7.8 Criterios de pertinencia y evaluación de los proyectos presentados a través de convocatoria pública y abierta

Las propuestas de Proyecto que aspiren a ser financiados con los fondos de este componente serán analizadas en primer término en función de la adecuación a las temáticas específicamente focalizadas (pertinencia).

El FONARSEC convocará a expertos Ad Hoc, quienes tendrán a su cargo la evaluación de los proyectos de acuerdo a los siguientes criterios, pero podrán definirse criterios más específicos para las convocatorias según las particularidades de la misma:

a. Mérito Tecnológico y Coherencia interna

b. Esquema asociativo, capacidades de gestión

c. Aspectos económicos y comerciales

d. Impacto económico y social del proyecto

e. Impacto en otras dimensiones (género, federalización, desarrollo regional, ambiental, creación de empleo, otros)

Asimismo, se realizará, con el apoyo de la Unidad de Gestión Socio Ambiental (UGSA), una evaluación ambiental para observar el cumplimiento de las salvaguardas ambientales. Se analizarán los impactos socio-ambientales que la ejecución de proyectos podría generar, incluyendo los impactos indirectos de largo plazo, en particular en aquellos proyectos de alta sensibilidad en ese aspecto.

Los responsables del proyecto estarán obligados a presentar una Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo alcance dependerá de la naturaleza del proyecto, donde se incluyan las medidas de mitigación y/o control para la minimización de los impactos negativos que el proyecto podría generar. Asimismo, los proyectos deberán acreditar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y las salvaguardas previstas en todos sus requisitos: éticos, legales y jurídicos, establecidos en las normas ambientales nacionales e internacionales.

2.7.9 Financiación y uso de los recursos.

Las distintas modalidades de intervención detalladas en el ítem 2.2 cuentan con especificacionespuntuales para la financiación:


Los recursos podrán aplicarse a los siguientes rubros:

•  Infraestructura para obras nuevas o adecuación de instalaciones existentes.

•  Equipamiento.

•  Recursos Humanos incrementales

•  Formación de Recursos Humanos.

•  Gastos de administración.

•  Servicios Técnicos y Consultorías.

•  Insumos.

Los recursos no podrán aplicarse a los siguientes rubros:

•  Reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperaciones de capital yainvertidos.

•  Transferencia de Activos: adquisición de acciones, de participaciones en capital social u otros valores mobiliarios, etc.

•  Pago de cesantías.

•  Gastos realizados con anterioridad al cierre de la convocatoria.

2.7.10 Mecanismo de Ejecución y Seguimiento

Una vez aprobados los proyectos por el Directorio de la AGENCIA I+D+i, se gestionará el proceso de instrumentación de los contratos y documentos a suscribir con los beneficiarios.

La AGENCIA I+D+i realizará desembolsos de acuerdo con los cronogramas establecidos y las modalidades que se convengan. El FONARSEC otorgará la no objeción a la adquisición solicitada por el proyecto y se podrán realizar reembolsos de pagos hechos por los beneficiarios o pagos directos a los proveedores y/o contratistas de los beneficiarios. Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de los aportes de contrapartida comprometidos y tener aprobado por el FONARSEC el informe técnico de avance.

La AGENCIA I+D+i a través del FONARSEC y otras unidades, podrá efectuar verificaciones físicas, técnicas y contables del proceso de ejecución, incluyendo visitas al lugar en donde se desarrollen las actividades. En el supuesto de registrarse irregularidades, la AGENCIA I+D+i tendrá la posibilidad de dar por cancelado el proyecto.

La Dirección General de Financiamiento Externo y Local (DIGFEL) estará a cargo del control financiero de cada proyecto.

El FONARSEC se hará cargo del Seguimiento y Monitoreo de los proyectos, para ello realizará una evaluación de su ejecución física teniendo en cuenta el estado de avance de los objetivos, metas e hitos requeridos por cada etapa de ejecución (productos, resultados), y fijados ex-ante por los beneficiarios con acuerdo del FONARSEC.

Los beneficiarios de recursos del presente componente estarán obligados a presentar informes según elsiguiente detalle:

• Plan de Ejecución al comienzo del proyecto.

• Informe de evaluación al menos una vez por año contados a partir de la firma del contrato. En cada convocatoria se establecerá la periodicidad de presentación de Informes de Avance.

• Informe de evaluación final: cuando se hayan desembolsado el 80% de los aportes.

• Informe de Rendición de los Gastos efectuados, en los plazos que se determinen (sólo en caso de corresponder).

2.7.11 De la propiedad de los bienes adquiridos con el subprograma

El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la ejecución del subprograma, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en contrario.

2.8  EMPRESAS DE BASE TECNOLOGICA (EBT).

2.8.1 Descripción y objetivos.

Este subcomponente está orientado a promover el desarrollo de empresas de base tecnológica. Se promueve un abordaje activo que permita articular todas las actividades, desde la detección de nuevas ideas o proyectos, la puesta en valor de los mismos mediante la constitución de una empresa de base tecnológica, el fortalecimiento de empresas de base tecnológicas ya existentes, entre otras.

2.8.2 Proyectos y actividades a ser financiadas

El financiamiento estará orientado al desarrollo y fortalecimiento de capacidades nacionales en sectores de alta demanda y rápido crecimiento, fomentando proyectos que traduzcan resultados de investigaciones de laboratorio en el desarrollo de nuevos productos, procesos y/o servicios de base científico-tecnológica.

2.8.3 Instrumentos de Financiamiento

Las líneas de financiamiento tendrán la forma de subsidios no reintegrables. Apoyarán todas las actividades necesarias que surjan de los distintos estadios por los que pasen los proyectos, desde la detección de las ideas u oportunidades, la conformación de una EBT, salida al mercado, comercialización, etc. Las líneas de financiamiento principales serán:

1. Desarrollo de Pruebas de Concepto, prototipado, testeos piloto, pruebas y ensayos para el escalamiento de productos y procesos.

2. Estudios y consultorías.

3. Viajes y eventos para desarrollo de negocios.

4. Recursos humanos adicionales.

El FONARSEC determinará el porcentaje a exigir como aporte de contraparte en las bases de cada convocatoria.

2.8.4 Gastos elegibles.

Podrán ser financiados con recursos del Subprograma los siguientes tipos de gasto de acuerdo a las actividades del apartado XI.1.2.

1. Equipamiento.

2. Insumos.

3. Adquisición de licencias.

4. Consultorías.

5. Contratación de expertos.

6. Recursos Humanos adicionales.

7. Viajes y viáticos.

8. Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones.

2.8.5 Ejecución del Subcomponente

El subcomponente será ejecutado por el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC) en el ámbito de la AGENCIA I+D+i. Las evaluaciones estarán a cargo del FONARSEC y evaluadores externos calificados. Las citadas oficinas disponen de la estructura orgánica necesaria para la correcta implementación del Componente.

2.8.6 Mecanismos decisorios y operativos para la evaluación de proyectos y asignación de recursos

La AGENCIA I+D+i establecerá y publicará los requisitos, procedimientos a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la presentación y aprobación de los proyectos.

Los proyectos adjudicados serán aprobados por el Directorio de la AGENCIA I+D+i, luego de lo cual, se iniciarán las gestiones para la firma de los contratos y ejecución de los proyectos.

2.8.7 Procedimientos para la presentación de proyectos.

Se instrumentarán llamados para la presentación de solicitudes de financiamiento mediante convocatoria pública o ventanillas permanentes. Las solicitudes de financiamiento de proyectos serán presentadas de acuerdo a las guías y formularios dispuestos por el FONARSEC que se pondrán a disposición de los destinatarios.

La Agencia solicitará al Banco la No objeción previa al llamado. El llamado será publicado en la página web de la AGENCIA I+D+i y se dará difusión para alcanzar a los potenciales beneficiarios.

La publicación a través de Internet garantiza la extensión de la difusión a un sinnúmero de páginas asociadas, no sólo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sino también del interior del país.

2.8.8 Procedimientos de desembolsos, pagos

Una vez que el FONARSEC otorgue la no objeción a la adquisición solicitada por el proyecto se podrán realizar reembolsos de pagos hechos por los beneficiarios o pagos directos a los proveedores y/o contratistas de los beneficiarios.

2.8.9 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del Subcomponente

La AGENCIA I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes elementos:

1. Informes periódicos de resultados de proyectos

2. Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Subprograma.

La AGENCIA I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.

2.9 COMPRAS PUBLICAS DE INNOVACION

La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación pondrá en marcha el programa piloto de Compras Públicas para la Innovación. A través de la articulación con el Régimen de Compre argentino y la creación de un ámbito de encuentro y colaboración entre organismos públicos y la comunidad I+D+i, se incentivará la compra de desarrollos y soluciones innovadoras que permitan modernizar y mejorar la calidad de los bienes y servicios prestados por el Estado y responder a las nuevas demandas de la sociedad.

2.9.1 Contexto

Los estudios académicos y la experiencia acumulada en la AGENCIA I+D+i indican que un obstáculo para la innovación es la incertidumbre en cuanto a la demanda por nuevos productos o servicios. Las empresas públicas y privadas remarcan que uno de los obstáculos para financiar sus inversiones en I+D proviene de enfrentar una demanda difusa o incierta. Este factor es uno de la mayor importancia para desalentar la innovación.

Las compras públicas pueden ser un potente estímulo para la innovación. Programas específicos se han diseñado e incorporado al conjunto de instrumentos de políticas de fomento a la innovación en el ámbito de la OCDE. Actualmente, al menos 23 de los 34 países relevados dentro de ese conjunto de economías desarrolladas, reportan tener una estrategia de apoyo a las compras públicas de bienes y servicios innovadores. En América latina, Brasil, Chile, Perú y Uruguay, entre otros, ya cuentan con iniciativas similares.

A su vez, los acuerdos internacionales han comenzado a incorporar el concepto de compras públicas para la innovación como parte de las negociaciones. Los países en desarrollo que cuentan con esquemas propios de compras públicas para la innovación suelen obtener como un beneficio adicional en el marco de esos acuerdos condiciones especiales a favor de sus empresas nacionales.

En Argentina, en las últimas tres décadas, la I+D privada sigue una trayectoria muy correlacionada con las altas y las bajas del PBI. A su vez, el volumen invertido se encuentra estancado en torno al 0,15% del PBI y sumamente concentrado en pocas empresas y actividades. Una mayor inversión en I+D favorece al crecimiento del producto y las exportaciones y abre oportunidades de mejores empleos.

2.9.2 Objetivos

El programa piloto CPI-Agencia buscará incentivar la compra de desarrollos y soluciones innovadoras que permitan modernizar y mejorar la calidad de los bienes y servicios prestados por el Estado y responder a las nuevas demandas de la sociedad.

Especialmente, se trabajará para:

•  Ampliar el impacto del Compre argentino, al generar un proceso complementario por medio del Programa Compras Públicas para la Innovación a fin de mejorar gradualmente la calidad de las compras y las ofertas por medio de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.

•  Aumentar la inversión, en el ámbito de las empresas privadas y públicas, en Investigación y Desarrollo (I+D) y en innovación a partir orientar de manera estratégica el poder de compra del Estado.

•  Incrementar el impacto de la inversión pública en ciencia y tecnología a partir de una mejor articulación entre los ámbitos de desarrollo y aplicación del proceso de innovación.

•  Que el Estado compre productos y servicios más innovadores, que incorporen los últimos adelantos tecnológicos, y que pueda atender de manera oportuna y eficaz las necesidades sociales que emergen.

•  Ampliar y consolidar un sistema diverso y bien articulado de instrumentos de estímulo a la I+D+i, compuesto por la totalidad de las herramientas que utilizan otros países y que influyen en las bases de su competitividad sistémica.

•  Contribuir a la transformación de la matriz productiva argentina favoreciendo el desarrollo de aquellas empresas basadas en procesos más intensivos en ciencia, tecnología e innovación y con productos más sofisticados y de mayor valor agregado.

•  Implementación

•  La AGENCIA I+D+i asistirá a los sujetos alcanzados por el Compre argentino en la elaboración de especificaciones y requerimientos técnicos que permitan constituir una demanda precisa y estimulante de nuevos productos o servicios.

•  La AGENCIA I+D+i brindará formación y financiamiento para la preparación de procedimientos de compras públicas para la innovación y brindará colaboración para verificar la calidad de las ofertas innovadoras en apoyo a los sujetos demandantes.

•  Las empresas públicas y privadas podrán conocer, en una fase previa a los procesos de resolución de las adquisiciones, la futura demanda del sector público junto con el detalle de los requisitos técnicos. La AGENCIA I+D+i colaborará para una difusión amplia y transparente de estas oportunidades.

•  La AGENCIA I+D+i ofrecerá instrumentos específicos para el desarrollo de esta nueva oferta para que satisfaga los requisitos de la demanda enunciada. Si fuese necesario, la AGENCIA I+D+i también creará ámbitos de dialogo entre potenciales oferentes y potenciales demandantes para mejorar técnicamente las propuestas.

•  A partir de esta información, las empresas públicas o privadas, podrán realizar sus planes y orientar sus inversiones para ofrecer los nuevos productos o servicios. Los oferentes tendrán los beneficios previstos por el Compre Argentino durante los procesos de resolución de las adquisiciones que realice el Estado.

2.9.3 Resultados Esperados

• Realizar al menos 10 experiencias en los primeros tres años para validar el modelo de trabajo.

• Consolidado el modelo, establecer una línea de promoción con metas explícitas que permitan observar como de forma gradual las compras públicas que se vinculen a este nuevo subprograma aumentan.

2.9.4 Recursos comprometidos

• La AGENCIA I+D+i invertirá una suma inicial de 250 millones de pesos para los primeros tres años del subprograma.

• Estos fondos servirán para fortalecer la formulación de demandas y la preparación de ofertas.

EJECUTOR: AGENCIA I+D+i

2.10 CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE ESTUDIOS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (CIECTI)

2.10.1 Objetivo

Dar continuidad y consolidar el Centro Interdisciplinario de Estudios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CIECTI), orientado al estudio, diseño y evaluación de políticas públicas de apoyo al desarrollo científico-tecnológico y a la innovación productiva sustentables social y ambientalmente.

2.10.2 Relevancia

Aunque el desarrollo científico-tecnológico y la innovación constituyen un área temática clave para el desarrollo económico de Argentina (como el de otros países de América Latina), no existía hasta la fecha en el país un espacio institucional dedicado al abordaje específico y la sistemática generación, intercambio y difusión de conocimiento orientado a la formulación de políticas en este campo.

2.10.3 Características del Centro

•  Institución de derecho privado de carácter independiente (Asociación civil sin fines de lucro).

•  Localización en Argentina con proyección y alcance subregional.

•  Focalización en las políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación (CTI)

•  Enfoque interdisciplinario a la generación de conocimiento.

•  Funcionamiento en red con instituciones regionales e internacionales de prestigio en la temática.

•  Conformación multi-actor.

•  Evaluabilidad sistemática de sus prácticas y acciones.

2.10.4 Objetivos del Centro

•  Apoyar el proceso de definición de objetivos y metas nacionales de ciencia, tecnología e innovación y la identificación de áreas prioritarias para la intervención pública;

•  Proponer lineamientos de política, instrumentos y mecanismos institucionales para mejorar la intervención del Estado en la regulación y promoción de las actividades de ciencia, tecnología e innovación;

•  Fortalecer las dimensiones conceptuales, técnica y metodológica de las políticas públicas sobre investigación, desarrollo y transferencia tecnológica e innovación productiva;

•  Apoyar el desarrollo de las capacidades estatales de monitoreo y evaluación de las políticas y programas de ciencia, tecnología e innovación, generando y sistematizando la información y las metodologías necesarias.

•  Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de las instancias, capacidades y mecanismos institucionales para la transferencia de saberes científico-tecnológicos entre el sector público y el privado (universidades, centros de investigación, empresas, etc.).

•  Avanzar en el diseño de mecanismos de intervención para promover la innovación con inclusión social.

A tal fin, desarrollará las siguientes actividades:

•  Identificar nuevas oportunidades para la implementación de grandes proyectos y plataformas con potencial desarrollo científico tecnológico de alto impacto;

•  Contribuir a la formación de recursos humanos altamente calificados para la investigación, la formulación, la gestión y la evaluación de políticas en ciencia, tecnología e innovación;

•  Promover el desarrollo de actividades de investigación y difusión en red, a través de la realización de concursos de proyectos, la organización de seminarios y conferencias, el intercambio de investigadores y el otorgamiento de becas entre otras;

•  Establecer un espacio de diálogo fluido y de búsqueda de acuerdos programáticos y operativos entre actores públicos y privados del ámbito del sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación;

•  Promover y contribuir a la consolidación de un espacio de intercambio de experiencias y de cooperación en materia de diseño, implementación y evaluación de políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación a nivel regional e internacional.

2.10.5 Usuarios y beneficiarios del Centro

•  Los agentes públicos del SNCTI en general y los funcionarios del SGCTEIP en particular;

•  El sector académico vinculado al análisis de la CTI y de las políticas públicas para su promoción;

•  Los actores del sector productivo.

2.10.6 Uso de los recursos

El financiamiento se aplicará a los siguientes rubros:

1. Elaboración de estudios.

2. Desarrollo de manuales de procedimientos para la gestión administrativa propia del CIECTI.

3. Desarrollo de software para la gestión contable financiera y para la informatización de los procesos que así lo requieran.

4. Publicaciones y otros materiales de difusión, incluyendo su edición, diseño y publicación.

5. Actividades de difusión y capacitación: gastos de organización de seminarios, talleres, etc.

6. Pasajes y viáticos.

7. Equipamiento.

2.10.7 Mecanismo de ejecución

La ejecución de este subcomponente se realizará en el marco del Convenio de Colaboración celebrado oportunamente entre el Ministerio y el CIECTI, a través de las áreas responsables designadas a tal fin:

Por el SGCTEIP: La Unidad Ministro. Por el CIECTI: la Dirección General.

2.10.8 Resultados y medios de verificación

El cumplimiento de los hitos previstos se verificará mediante la publicación de estudios realizados por el CIECTI en la página web institucional.

Los productos a ser publicados deberán seguir el protocolo de publicaciones a ser desarrollado y aprobado por el Centro, el cual contemplará los procesos de revisión interna y externa a seguir en cada caso.

Los estudios a publicar deberán consistir en: evaluaciones de impacto, informes técnicos, generación de bases de datos y estudios desarrollados por investigadores externos al Centro en el marco de los llamados a propuestas de investigación y/o compilaciones de trabajos presentados en el marco de talleres y seminarios organizados por el CIECTI.

3. COMPONENTE II - FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

EJECUTOR: FONDO PARA LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA (FONCYT)

PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (PICT)

3.1.1   Objetivo

Los proyectos PICT tienen por objeto la generación de nuevos conocimientos y contribuciones originales que se encuadren en alguna de las áreas estratégicas que han sido propuestas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Estarán orientados a mantener, en esas áreas, el fondo de conocimientos y la disponibilidad de recursos humanos necesarios para afrontar la demanda del sector social y productivo con fines innovativos.

3.1.2   Naturaleza del beneficio

El beneficio para el financiamiento de PICT consistirá en una subvención no reintegrable, cuyo importe podrá llegar hasta el 50% del costo total del proyecto.

La subvención será de hasta U$S30.000 anuales. Para el caso de los proyectos presentados por grupo de investigación considerados líderes a nivel nacional y consolidados internacionalmente será de hasta U$S100.000 anuales.

La Institución Beneficiaria (IB) deberá aportar, por sí o a través de fondos de terceros, una contribución mínima igual al monto total del subsidio otorgado. El aporte podrá consistir en el pago de los sueldos del personal de dirección, investigación y apoyo o en otras erogaciones identificadascomo parte de los costos del proyecto.

3.1.3 Mecanismos de selección.

Se implementarán convocatorias periódicas para la presentación de proyectos, a través de concursos públicos y abiertos. A tales efectos se darán conocer con la debida antelación las bases de las convocatorias, incluyendo un detalle de los antecedentes a ser presentados por los interesados y una explicación pormenorizada del mecanismo de evaluación al que serán sometidos los proyectos. Para el caso de los proyectos de las categorías Start-up, el mecanismo de presentación se realizará por ventanilla permanente.

El proceso de evaluación y selección comprende en términos generales las siguientes etapas:

•  Los proyectos admitidos son evaluados por expertos pares (modalidad de peer review) para ponderar su calidad científica y tecnológica y su respeto a las políticas de salvaguardia. A estos efectos las Comisiones de Coordinadores Disciplinarios, estarán constituidas por al menos tres especialistas científico/tecnológicos: (i) crean el banco de evaluadores nacionales y extranjeros por disciplina, constituido por personalidades de reconocido prestigio ; (ii) seleccionan los evaluadores (peer review) según la característicade los proyectos; en un número de al menos 2 (dos) evaluadores y preferentemente 3 (tres) y, (iii) elaboran un informe con los resultados y sus propias observaciones en los casos pertinentes, para ser enviados a las Comisiones Ad Hoc.

•  Las Comisiones Ad Hoc, integradas por pares, analizan la pertinencia de los proyectos en relación con las condiciones particulares de la convocatoria, y considerando la opinión de los pares proponen el orden de mérito de los proyectos evaluados favorablemente. Las Comisiones Ad Hoc se constituirán, en general, por áreas temáticas y por categorías. Se considerarán como proyectos no financiables los que no cuenten con una recomendación favorable de los pares intervinientes.

•  Para el caso de los proyectos presentados por Grupos de investigación considerados líderes a nivel nacional y consolidado internacionalmente la determinación del mérito se realizará a través de una Comisión Internacional convocada por el FONCyT para tal fin.

•  Para el caso de los proyectos presentados en Impacto Regional las comisiones ad-hoc serán conformadas por pares y no pares representativos de las diferentes regiones del país.

•  Para el caso de los Start-up se incluirá además la evaluación económica del proyecto.

3.1.4 Elegibilidad de los solicitantes y de las solicitudes.

Los proyectos deberán ser presentados por grupos de investigadores formados y activos que desarrollen sus actividades en instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, radicadas en el país.

Los beneficiarios de los PICT, serán las instituciones a las que pertenecen los grupos de investigación ejecutores de los proyectos. Los beneficiarios deberán contar con una adecuada capacidad legal, técnica, administrativa y financiera para asumir las obligaciones que derivan del beneficio, así como,también, suficiente capacidad de gestión para materializar el proyecto.

En particular, cada proyecto tendrá como mínimo una Institución Beneficiaria (IB) y un(a) Investigador(a) Responsable (IR).

Serán elegibles para financiamiento del Banco los PICT desde la Convocatoria 2020.

3.1.5 Uso de los recursos

Se considerarán como gastos elegibles a cubrir con el subsidio, que en todos los casos estarán vinculados a la ejecución del proyecto o a los productos de este, los siguientes:

•  Equipamiento -en el caso de mobiliario incluye solamente el destinado a los laboratorios-.

•  Materiales e insumos.

•  Bibliografía y gastos de publicaciones.

•  Gastos de servicios técnicos especializados.

•  Gastos de viajes y viáticos -trabajos de campo, expertos y reuniones de coordinación-.

•  Asistencia a reuniones científicas y tecnológicas.

•  Becas para jóvenes graduados o de reinserción.

•  Gastos de administración hasta un 5%.

•  Equipamiento informático de oficina (computadora y sus periféricos)

•  Se considerarán como gastos elegibles a cubrir con la contraparte, a aquellos que estén directamentevinculados a la ejecución del proyecto o a los productos de este, según el siguiente detalle:

•  Sueldos y salarios del personal de dirección, investigación y apoyo técnico incremental y aplicado.

•  Uso de instalaciones e infraestructura existente.

•  Honorarios de profesionales y/o técnicos indispensables para la ejecución del proyecto Seguros.

Gastos No Elegibles: No podrán utilizarse los recursos de la subvención para cubrir erogaciones en:

•  Gastos generales y de administración de los beneficiarios;

•  Capital de trabajo;

•  Compra de inmuebles;

•  Refinanciación de deudas;

•  Compra de acciones;

•  Sueldos y salarios (excepto Becas o cuando se exprese explícitamente en estas reglas);

•  Uso de bienes de capital e infraestructura existentes; y

•  Gastos de organización y puesta en marcha del proyecto.

El listado del presente artículo no debe considerarse taxativo, sino meramente indicativo.

3.1.6 Criterios de evaluación.

Para determinar la Calidad Científico-Tecnológica se considerarán:

Criterios:

•  Contenido de conocimiento científico y tecnológico del proyecto.

•  Coherencia entre objetivos, metodología y plan de trabajo.

•  Capacidad científico tecnológica del grupo responsable del proyecto.

Calificaciones:

•  Excelente -10-: Los objetivos propuestos son de significativo valor científico y/o tecnológico y la probabilidad de alcanzar los mismos es alta.

•  Muy Bueno-8,9 -: Los objetivos propuestos son de alto valor científico y/o tecnológico y la probabilidad de alcanzar los mismos es alta.

•  Bueno -6,7 -: El balance entre el valor científico y/o tecnológico de los objetivos propuestos y la probabilidad de lograr los mismos, alcanzan un nivel satisfactorio para un desarrollo e impacto razonable del proyecto.

•  Regular- 4,5 -: El proyecto presenta deficiencias en lo que hace a sus objetivos generales y particulares y/o es muy baja la probabilidad de alcanzar los mismos.

•  No Aceptable- 1,2,3 - : El proyecto tiene serias deficiencias o no puede evaluarse con respecto a los criterios antes enunciados, por carecerse de información o ser ésta última incompleta.

Para determinar la Pertinencia de los proyectos presentados se aplicarán entre otros los siguientescriterios:

a. Criterios de pertinencia.

1. Se deberá aplicar de forma obligatoria un criterio de género en la distribución de

fondos. Además de forma opcional los siguientes criterios:

•  Impacto sobre las capacidades institucionales en Investigación y Desarrollo.

•  Formación de Recursos Humanos.

•  Fortalecimiento de la base innovativa de la Institución Beneficiaria y su articulación con elsector productivo.

•  Incorporación del equipamiento asociado al proyecto y su incidencia en el fortalecimientode la capacidad científico-tecnológica de la Institución Beneficiaria.

•  Fortalecimiento de la articulación con otros grupos de investigación y otras Instituciones Beneficiarias.

1)  Impacto sobre las áreas disciplinares o campos de aplicación.

(i) Apertura de nuevas líneas de investigación.

(ii) Mejora del fondo de conocimiento disciplinar disponible a nivel nacional.

2) Impacto sobre el sector socio-comunitario y/o el sector productivo.

(iii) Atención a problemas socio-económicos de nivel provincial o regional

(iv) Atención a problemas socio-económicos de nivel nacional.

b. Mérito

El mérito del proyecto surgirá de la evaluación de la calidad científico-tecnológica realizada por los pares y de la ponderación de la pertinencia en que estarán integradas, según las categorías, exclusivamente por pares o por pares y no pares y en las que se deberá propender a un equilibrio de género.

En ningún caso podrá financiarse proyectos que, en su evaluación de Calidad, obtengan una calificación menor que Bueno.

Para el caso de los proyectos presentados por Grupos de investigación considerados líderes a nivel nacional y consolidado internacionalmente la determinación del mérito se realizará a través de una Comisión Internacional convocada por el FONCyT en donde se utilizarán entre otros los siguientes criterios:

1. Importancia, desde el punto de vista teórico o tecnológico, del problema a resolver.

2. Originalidad de las hipótesis propuestas respecto de las existentes en la disciplinarespectiva.

3. Innovación en nuevas técnicas de laboratorio aplicables a las tecnologías de laproducción.

4. Justificación de los mayores requerimientos en cuanto a tiempos y financiamiento para la consecución del proyecto. Adecuación del presupuesto.

5. Capacidad del equipo de investigación para llevar adelante el proyecto, avalada por el impacto de la producción previa.

6. Factibilidad de cumplimiento del cronograma.

3.1.7 Mecanismo de ejecución

La IB suscribirá con la AGENCIA I+D+i el Contrato de Promoción que incluye todos los PICT de los cuales resulta institución beneficiaria. Cada IB distribuirá sus proyectos en las Unidades Administradoras que seleccione para administrar cada grupo de PICT suscribiendo el instrumento de adhesión respectivo. La sumatoria de los presupuestos trianuales de cada proyecto correspondiente a cada Unidad Administradora se constituye en la base de cálculo de los desembolsos.

La AGENCIA I+D+i realizará desembolsos semestrales a cada Unidad Administradora de acuerdo con los cronogramas agregados.

El primer desembolso tendrá carácter de anticipo y corresponderá a los gastos previstos en el primer semestre y se realizará luego de la firma del contrato con la IB, la suscripción de los instrumentos deadhesión de la Unidad Administradora y del IR. A la rendición del 75% del anticipo la AGENCIA I+D+i completa el desembolso correspondiente al primer año.

Para habilitar el desembolso del primer semestre de los años sucesivos, la Unidad Administradora deberá haber rendido el 75% de los fondos recibidos, acreditar el cumplimiento de los aportes de contrapartida comprometidos y tener aprobado por el FONCYT los informes técnicos de avance presentados por cada Investigador Responsable.

A la finalización del proyecto la Unidad Administradora deberá rendir la totalidad de los fondos recibidos y acreditar el total de los fondos de contrapartida comprometidos.

El/la IR podrá solicitar modificación de dicho cronograma según el desarrollo real del proyecto, sujeto a la oportuna aprobación del FONCYT.

La etapa de cierre de la ejecución de los proyectos incluirá la observación y valoración de los resultados expresados en los informes conclusivos y la correspondiente visita al lugar de realizaciónde las actividades más significativas del proyecto, cuando corresponder.

3.1.8 Plazo máximo de ejecución

En ningún caso el plazo de ejecución propuesto para el proyecto será superior a cuatro (4) años. La AGENCIA I+D+i fijará los plazos máximos de ejecución que correspondan a cada uno de los sucesivos llamados a la presentación de solicitudes.

3.1.9 Modalidad de desembolso

El desembolso de la subvención se efectuará mediante pagos parciales de acuerdo con el cronograma de necesidades de financiamiento del proyecto, y una vez aprobado éste, supeditados al cumplimiento progresivo del plan de trabajo y cronograma de desembolsos presentado por el beneficiario y aprobado por la AGENCIA I+D+i. El/la IR, podrá solicitar modificación de dicho cronogramasegún el desarrollo real del proyecto, sujeto a la oportuna aprobación del FONCYT.

3.1.10 Obligaciones de las IB y de los (o las) IR

Serán obligaciones de la IB y del o la IR, según corresponda, sin perjuicio de las que resulten de otrasnormas del presente reglamento, las siguientes:

• Poner todos los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para el éxito a que se hayaobligado expresa o implícitamente, manteniendo permanentemente informados al FONCYT, a la DIGFEL y a la DGAJ, acerca de todas las dificultades que durante la ejecución del proyecto puedan demorarlo o impedirlo.

• Aplicar las sumas de dinero provenientes del beneficio acordado y las que estén a su cargo exclusivo, a los respectivos destinos previstos en el presupuesto y en las oportunidades de ejecución del proyecto, conforme al plan de trabajo aprobado.

• Individualizar la operación en sus registros contables y conservar la documentación de respaldo de todas y cada una de las erogaciones de modo tal que pueda ser materia de verificación por parte de la DIGFEL o la DGAJ, cuando lo estimen necesario.

• Responsabilizarse ante el FONCYT acerca de la presentación de los informes de avance y final deejecución del proyecto previstos en el plan de trabajo aprobado.

• Poner en conocimiento del FONCYT, la DIGFEL y la DGAJ, en sus respectivas áreas de competencia, inmediatamente después de producida, toda modificación significativa en la situación legal, científico-tecnológica, administrativa y económico-financiera del equipo de investigadores y técnicos y/o instituto o centro de investigación que tendrá a su cargo el proyecto, o de cualquiera de las otras entidades involucradas en la ejecución prevista del plan de trabajo o en la previsión de la eventual adopción de los resultados.

• Facilitar a los auditores que indique el FONCYT, la DIGFEL o la DGAJ, el acceso a toda información relativa a los proyectos, la visita a las instalaciones donde se llevan a cabo los proyectos y las entrevistas a profesionales y técnicos involucrados.

3.1.11 Obligaciones del organismo ejecutor y actuante

La AGENCIA I+D+i a través de la DIGFEL efectuará en tiempo y forma los pagos comprendidos en el beneficio conforme con el plan establecido a ese efecto, previo cumplimiento de los requisitos fijados respecto de cada uno de ellos.

Cesará tal obligación respecto de los pagos pendientes toda vez que medie causa de rescisión atribuible al beneficiario, o que, por cualquier razón, se modifique sustancialmente la capacidad del equipo de investigadores, técnicos y/o instituto o centro de investigación que tengan a su cargo la ejecución del proyecto.

En estas últimas hipótesis, el FONCYT y la DIGFEL podrán admitir modificaciones en el plan de pagos y en el plan de trabajo sí, no obstante, la modificación de las capacidades referidas fuere posible continuar la ejecución del proyecto, pero no se reconocerá incremento alguno en el importe dela subvención.

3.1.12  Rescisión por acuerdo de partes

En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del contrato a solicitud del beneficiario, lo cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste.

La DGAJ evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.

La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del proyecto. El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. A tales efectos, formarán partedel contrato de rescisión un informe técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una evaluación final técnica del FONCYT y financiera de la DIGFEL. La AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.

3.1.13  Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i

La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:

•  Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.

•  Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.

•  Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados para ello.

•  Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se opusieran a la inspección o a brindarinformación sobre el destino de los fondos del beneficio.

•  Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.

•  Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia expresadas en el presenteReglamento Operativo.

El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión y la AGENCIA I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente. La AGENCIA I+D+i determinará el destino de los bienes adquiridos con fondos del beneficio.

3.1.14  Participación en los eventuales beneficios del proyecto

Los investigadores y colaboradores intervinientes en la ejecución de los PICT podrán participar en los beneficios económicos que perciba la IB a partir de la operación, enajenación o licenciamiento de los resultados y podrán recibirla en los términos previstos en la normativa reglamentaria de la Ley 23.877. Tales beneficios se establecerán en un acuerdo de partes ajeno al contrato de promoción.

3.1.15 Seguimiento de los proyectos

Supervisión de la ejecución: La DGAJ y la DIGFEL tendrán a su cargo los aspectos legales, el control de los procesos de adquisición y la administración financiera de los proyectos.

El FONCYT, la DIGFEL y la DGAJ, supervisarán la ejecución de los proyectos financiados, cada uno en el área de su competencia, prestando atención especial a los siguientes aspectos:

•  Avance de la ejecución de los proyectos según el plan de trabajo acordado y las disposiciones desalvaguardia expresadas en el presente Reglamento Operativo.

•  Aprobación de los Informes Técnicos de Avance de periodicidad anual, así como los Informes Científicos Técnicos Finales.

•  Documentación de la ejecución financiera;

•  Registros contables inherentes al proyecto; y

•  Documentación probatoria de los gastos e inversiones realizadas conforme al plan de erogaciones.

3.1.16 Propiedad de los bienes adquiridos con fondos del proyecto

El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la ejecución del proyecto, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en contrario.

En todos los casos, los proyectos deberán cumplir con los lineamientos, recomendaciones o normas de ética, protección ambiental y de seguridad e higiene, establecidas por las instituciones oficiales correspondientes del presente Reglamento Operativo, tanto en su desarrollo como en el producto o proceso final derivado de la investigación o sus aplicaciones. Asimismo, no deberán tener implicaciones discriminatorias directas o indirectas de género, raza o religión.

3.2 REUNIONES CIENTIFICAS

3.2.1 Objetivo

Financiar parcial o totalmente reuniones científicas (RC) a realizarse en el país, tales como: Reuniones Periódicas Nacionales, Talleres/Workshops Primeras Reuniones Reuniones Nacionales, Periódicas Internacionales;

3.2.2 Naturaleza del beneficio

El beneficio para el financiamiento de RC consistirá en una subvención no reintegrable, cuyo importe podrá llegar hasta el 100% del costo total del proyecto.

La subvención será de hasta U$S10.000.

3.2.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes

Serán elegible para el beneficio las asociaciones científicas y tecnológicas e instituciones de investigación públicas o privadas sin fines de lucro radicadas en el país.

3.2.4 Uso de los recursos

a. Gastos de viajes y viáticos para participantes, becarios y conferencistas invitados sólo en caso de modalidad presencial. (sólo para reuniones presenciales).

b. Para los gastos asociados a la movilidad aérea será de aplicación obligatoria el Decreto No 1191/12

c. Gastos de impresiones y publicaciones vinculadas a la reunión (para ambas modalidades considerando los máximos por tipo y modalidad).

d. Gastos de servicios de terceros vinculados a la organización y realización de la reunión por un monto que no supere el 40% del subsidio.

e. Gastos de servicios para garantizar participación a distancia y retransmisión vía internet (recursos y servicios necesarios para implementar sistemas de streaming, incluidas licencias o abonos, soporte técnico y producción audiovisual, etc).

3.2.5 Evaluación de los proyectos

La selección de las propuestas a ser subsidiadas será resuelta por dos (2) Comisiones Ad Hoc designadas por el Directorio de la AGENCIA I+D+i, a saber: una para las áreas de Humanidades y Ciencias Sociales, otra para las disciplinas Biomédicas, Exactas y Tecnológicas. En el dictamen, la Comisión Ad Hoc emitirá su opinión respecto a cada solicitud. Los criterios de selección son los que se detallan a continuación: 1) Antecedentes de los organizadores de la reunión; 2) Estructura de la reunión Científica 3) Calidad de la presentación y 4) Política de género.

4. ADMINISTRACION, EVALUACION Y AUDITORIA

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 4.01 de las Normas Generales del Contrato de Préstamo “Condiciones previas al primer desembolso de los recursos del Préstamo”, literal (d) el cual menciona: “Que el Prestatario o, en su caso, el Organismo Ejecutor haya demostrado al Banco que cuenta con un sistema de información financiera y una estructura de control interno adecuados para los propósitos indicados en este contrato”, a continuación se describen los aspectos relacionados con ambos componentes, que regirán para la ejecución del Programa de Innovación Federal - Subprograma.

Sistema de Información Financiera

Descripción de los Sistemas de Información del Programa de Innovación Federal - Subprograma I

A continuación, se enumeran los sistemas de información que se utilizan para la administración de los instrumentos con los que opera la Agencia de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (AGENCIA I+D+i), organismo coejecutor del Programa.

Los mismos dan soporte a la gestión durante el ciclo de vida de los proyectos, cubriendo su presentación, evaluación, seguimiento técnico y administración financiera de los proyectos.

Los sistemas primarios son:

• Sistema de administración, presupuesto, finanzas, tesorería y contabilidad (EMERIX y EMERIX Web).

• Sistema UEPEX.

• Sistema de Gestión de Proyectos (Zorzal).

• Sistema de Control y Gestión de Proyectos para el FONCYT (Inquality).

• Sistema de Gestión de Proyectos (SGP).

• Sistema de Seguimiento de Proyectos (FONCYT).

Los restantes son sistemas periféricos o complementarios.

A continuación, se describen:

Sistema Émerix

En materia contable-financiera se utilizará el Sistema Émerix, implementado durante la ejecución del Programa de Modernización Tecnológica II y continuando en el Programa de Modernización Tecnológica III y el Programa de Innovación Tecnológica I, II, III, IV y V.

El Sistema Émerix cubre los procesos que llevan a cabo en la DIGFEL, mediante el cual se administran y contabilizan los movimientos propios de la Agencia, se obtienen reportes para el Control de Gestión de la Agencia, Estado, Clientes y BID entre otros.

Los Fondos y otras áreas acceden al mismo para consultas de los desembolsos realizados en los proyectos.

Además, mediante el módulo de administración, se administran las carteras de proyectos otorgados a las Unidades Administradoras, a los efectos de llevar un control pormenorizado de los gastos ejecutados en el presupuesto, las rendiciones de gastos y la auditoría.

En líneas generales, este sistema cubre la siguiente funcionalidad:

• Seguimiento de casos de morosidad.

• Registro de nuevos casos y operaciones/proyectos (Mantenimiento de Inventario).

• Actualización y corrección de datos generales de los casos de la cartera.

• Mantenimiento del saldo contable de las operaciones/proyectos de la cartera.

• Llevar el registro de los cambios de situación de operaciones/proyectos y clientes/beneficiarios.

• Registro de pago a Proveedores.

• Ingresar los datos de los proyectos y el presupuesto de estos.

• Ingresar operaciones de los proyectos y cerrar casos.

• Registrar movimientos mediante lotes y pre-lotes.

• Buscar casos por diferentes criterios.

• Generar distintos informes o reportes.

• Generar información para otros sistemas, áreas, instituciones vinculadas.

• Brinda toda la información necesaria para la confección de los Estados Financieros.

• Visualizar un segmento de casos.

• Ordenar la actividad diaria.

• Buscar casos por criterios.

• Detallar movimientos de fondos.

Sistema Émerix WEB

Se utiliza para el ingreso y aprobación de las rendiciones de gastos. Las Unidades Administradoras ingresan las rendiciones y los Fondos aprueban las mismas. El sistema se encuentra integrado al Sistema Émerix. El FONCYT utiliza este sistema.

Mediante este sistema se mantienen los datos de los subsidios pagados a través de las Unidades Administradoras, permitiendo a las Unidades Operativas llevar el estado de seguimiento contable y financiero de sus proyectos.

En líneas generales, este sistema cubre la siguiente funcionalidad:

• Permite subir las rendiciones que se realizan sobre los proyectos (gastos de administración, honorarios y becas).

• Visualizar las convocatorias en las cuales participa.

• Visualizar el resumen de la convocatoria (datos, consolidado, presupuestado, desembolsado, rendido y a rendir).

• Búsqueda de Proyectos.

• Realizar reportes como: Stock de Proyectos, Listado de Gastos, Listado de Presupuesto y Listado de Procedimientos.

Sistema de Información Presupuestaria de Uso Obligatorio (Uepex)

A partir del año 2018 se debió implementar el Sistema UEPEX, obligatorio para todas las Unidades Ejecutoras de Proyectos con Financiamiento Externo, que permite dar cumplimiento a las obligaciones de información presupuestaria ante los organismos de control de la Administración Pública Nacional.6

Sistema INQUALITY

Cubre los procesos de gestión de proyectos desde el ingreso on-line hasta la aprobación de los proyectos.

El sistema es utilizado por el FONCYT y consta de 2 módulos bien diferenciados:

• Módulo de Creación de instrumentos, convocatorias y archivos maestros (Instituciones, Dependencias, Investigadores, Áreas Temáticas, etc.)

• Módulo de Consolidación, Evaluación y Preparación de información para la aprobación sucesiva de los proyectos, incluido el Directorio consistente en determinar:

o Procesabilidad

o Admisibilidad y Reconsideraciones de Admisibilidad

o Acreditación y Reconsideraciones de Acreditación

o Evaluaciones de calidad del FONCYT y Comisiones Ad Hoc

o Aprobaciones, Rechazos y Pedidos de Reconsideración al/del Directorio.

Sistema de Seguimiento (FONCYT)

También usado exclusivamente por el FONCYT, para la gestión y control del seguimiento de proyectos, abarcando desde la firma del contrato hasta la finalización de los mismos.

La funcionalidad de este sistema abarca desde el ingreso de documentación por la Mesa de Entradas, la firma del contrato con la Agencia, el seguimiento de las acciones de avance técnico, reformulación y finalización del proyecto.

No se encuentra integrado al ANALYTE ni a otros sistemas del Fondo.

Cubre los procesos de seguimiento del Fondo y utiliza la información de las Instituciones ingresada en el SEPCyT.

No se incluye en el mismo la gestión de becas para lo cual se ha desarrollado otro sistema Gestión de becas.

En líneas generales, este sistema cubre la siguiente funcionalidad:

• Se guardan los datos básicos de los proyectos, los informes técnicos (quedan adjuntados) y las evaluaciones de las rendiciones.

• Se lleva el estado del proyecto y una bitácora donde se puede consultar lo que ha ocurrido con el proyecto.

• Las reformulaciones del sistema también son ingresadas en el sistema.

• Desde el sistema se visualiza un listado del proyecto con los cambios, lo aprueba el coordinador de seguimiento y lo pasa al Director para su aprobación.

• Con dichas aprobaciones se genera la disposición administrativa que es firmada por el director y se envía a las Unidades Administrativas vía email en forma automática.

• No se tiene información de los desembolsos.

• No se gestionan las becas en el sistema.

SGP - Sistema de Gestión de Proyectos

El Sistema tiene como objetivo resolver la gestión integral de proyectos de toda la Agencia, abarcando todo el ciclo de vida.

El sistema es utilizado por FONTAR para la Presentación On-Line y Evaluación de proyectos.

En líneas generales, el sistema cuenta con la siguiente funcionalidad:

• Presentación on-line de proyectos.

• Admisión de proyectos con emisión de disposiciones administrativas y notificaciones.

• Gestión de pedidos de reconsideración de admisión.

• Evaluación de proyectos.

• Asignación de proyectos a evaluadores técnicos y contables.

• Evaluación técnica y contable de proyectos, permitiendo efectuar los ajustes necesarios al presupuesto, generación automática de dictamen.

• Revisión de proyectos por coordinadores técnico, contable y general.

• Gestión de pasaje por Comisión con posibilidad de evaluación adicional.

• Gestión de pasaje por Directorio con posibilidad de evaluación adicional.

• Notificación final de proyectos aprobados y rechazados, con generación automática de notificaciones y resoluciones correspondientes.

• Gestión de reconsideración de proyectos.

• Firma de Contrato.

• Envío automático de proyecto a Sistema Émerix (integración).

• Gestión de Anticipos integrada con Sistema Émerix.

• Presentación on-line de Rendiciones y Pago Directo a Proveedores por parte de los beneficiarios.

• Evaluación contable por parte del Fondo y la DIGFEL, con posibilidad de ajustes.

• Gestión de desembolsos integrada con el Sistema Émerix.

• Presentación on-line de Informe Técnico de Avance por parte de los beneficiarios.

• Evaluación técnica por parte del Fondo.

• Gestión de Reformulación de proyectos integrada con el Sistema Émerix.

• Cierre de Proyecto.

Sistema ZORZAL

El ZORZAL es el sistema de gestión de proyectos del FONTAR.

El mismo cubre desde el ingreso manual de los proyectos en los Fondos hasta la finalización de los mismos. Incluye asignación de evaluadores, dictámenes, reformulaciones o ajustes y gestión de rendiciones o desembolsos.

Cubre íntegramente el ciclo de vida de proyectos: Presentación, Evaluación y Seguimiento:

1. Etapa de Presentación: Carga de proyectos a través de procesos off-line a realizar en el FONTAR, definición variable de Instrumentos y Convocatorias y carga de archivos maestros.

2. Etapa de Evaluación: Aquí se encuentran las funcionalidades principales que conducen a la firma de contrato. Básicamente se permiten realizar asignación de proyectos a evaluadores técnicos y contables, permitir efectuar los ajustes necesarios al presupuesto, cargar el dictamen técnico, las acciones a los proyectos, sus evaluaciones, empaquetarlos y generarles seguimientos según sean las presentaciones de los beneficiarios hasta llegar a los desembolsos que serán derivados a la DIGFEL para su pago y contabilización en el Sistema Émerix.

3. Etapa de Seguimiento: Los evaluadores que realicen el Seguimiento de proyectos encontrarán las evaluaciones que le fueron asignadas. Las evaluaciones pueden ser Técnicas, Visita Técnica, Contable, Auditoria Contable o una combinación, por ejemplo: Técnica-Contable, Contable-Visita Técnica. El evaluador podrá observar los datos generales de la evaluación (Tipo, Fecha de Solicitud, Fecha de Entrega Comprometida, Fecha Evaluación, Resultado, Fundamentación, Observaciones) o cargar el resultado, ingresando la Fecha de la Evaluación, el Resultado y la fundamentación del evaluador.

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 4.01 de las Normas Generales del Contrato de Préstamo “Condiciones previas al primer desembolso de los recursos del Préstamo”, literal (d) el cual menciona: “Que el Prestatario o, en su caso, el Organismo Ejecutor haya demostrado al Banco que cuenta con un sistema de información financiera y una estructura de control interno adecuados para los propósitos indicados en este contrato”, a continuación se describen los aspectos relacionados con ambos componentes, que regirán para la ejecución del Programa de Innovación Federal - Subprograma I:

Sistema GESTION DE GARANTIAS

Se utiliza en la DGAJ para el seguimiento y control de las garantías que se presentan para la firma del contrato y luego se controlan en la gestión de rendiciones/desembolsos.

Permite el control y seguimientos de las fechas de vencimiento de las garantías entregadas por los beneficiarios:

•  Alertas enviadas por mail de las garantías a vencer.

•  Visualización del estado de las garantías en las consultas y vistas.

•  Permite la búsqueda por beneficiario y por fecha de vencimiento.

Sistemas GESTION DE CONTRATOS

Se utiliza en la DGAJ para el registro de las resoluciones escaneadas y la Centralización de la información de resoluciones.

Las resoluciones se suben categorizadas para saber si son de Directorio o de Presidencia.

Se cargan los datos del proyecto: beneficiario, fecha, número de resolución, asunto y el archivo adjunto.

Sistema BeClever

•  Seguimiento Becas: Se utiliza en la DIGFEL para la gestión y seguimiento de los desembolsos por becarios.

•  Seguimiento de Obra: Usado para el Seguimiento de gestión de adquisiciones. Se realiza el seguimiento de las obras.

PROYECTO AGENCIA DIGITAL

Actualmente la Agencia se encuentra en un proceso de Transformación Digital, que supone transformar la actual AGENCIA I+D+i en una Agencia 100% digital. La transformación digital de la Agencia implica producir cambios en el nivel estratégico, el nivel operativo y en la cultura organizacional del organismo.

En la primera etapa se espera que el sistema permita a los beneficiarios la presentación de proyectos a través de una interfaz amigable “AgenciAr”, donde el logeo sea autenticado mediante la integración de un componente acordado con la Secretaria de Innovación ‘AUTENTICAR', validando la identidad de la persona y/o responsable de una empresa ante la presentación de proyectos, utilizando los servicios de INTEROPERAR, integrada con generación de Expediente Electrónico (EE) y desarrollando el módulo de comunicaciones para usuarios en el sistema de comunicación interna Agenciar, con un motor de Workflow que permita realizar el seguimiento del proyecto en sus diferentes etapas y estados.

Se espera que el Sistema AgenciAr permita a las/os empleados/as de la Agencia contar con una vista completa del proceso de presentación, al tiempo que registre en el Sistema GDE, los pasos del expediente que deban ser resguardados.

En el caso del Acceso Externo, la Plataforma AgenciAr deberá:

•  Tener un logeo integrado con servicios de AUTENTICAR (AFIP/RENAPER/ANSES).

•  Permitir la presentación de proyectos.

•  Descargar la documentación generada: Caratula y PDF de proyecto.

•  Integrar el CV del investigador desde Cvar.

•  Vincular miembros al proyecto previa confirmación validada.

•  Seleccionar las instituciones intervinientes en el proyecto a través de Renaorg, Sigeo y/o AFIP.

•  Realizar el seguimiento del proyecto a través del estado reflejado.

•  En el caso del Acceso Interno, la Plataforma AgenciAr:

•  Deberá tener un logeo integrado con servicios de AUTENTICAR (AFIP/RENAPER/ANSES).

•  Podrán acceder usuarios internos con roles y permisos asignados para la gestión integral de convocatorias, presentación de proyectos, cambio de estados y administración de la documentación adjunta.

•  Deberá presentar módulo para la gestión interna de la Agencia ajustándose a los diferentes perfiles.

Es fundamental alinear los futuros desarrollos de la Agencia con la normativa del Estado Nacional, las prácticas sugeridas para el desarrollo de Software en el ámbito del Estado y aprovechar las soluciones existentes que faciliten el desarrollo y mantenimiento de las soluciones como así también la experiencia del ciudadano. En este sentido en el marco del Plan de Modernización del Estado (Decreto 434/2016) vale resaltar que existe la obligatoriedad de realizar expedientes de manera electrónica (Resolución ministerial: Res 65/2018) a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica —GDE— como sistema integrado de caratulación.

Al mismo tiempo se espera que el ciudadano pueda realizar los trámites sin moverse de su lugar a través de una ventanilla única (salvo que pueda justificarse la imposibilidad de cumplimentarlo), para lo que se aprobó el uso de Trámites a Distancia (Resolución ministerial 90-E/17).

El nuevo sistema estará dividido en cuatro grandes piezas (o componentes):

A. Bedi/front end para el beneficiario: El front end para el beneficiario, integrado con Trámites a Distancia para el ingreso, es una interfaz amigable y responsiva, que permite al Beneficiario visualizar convocatorias y realizar las presentaciones que desee y correspondan, con los campos y validaciones que surjan del armado de cada línea y llamado. A través de esta interfaz el Beneficiario podrá recibir notificaciones que le permitan interactuar con la Agencia.

B. Front end para la Agencia: Sistema para que los empleados de la Agencia puedan, según los permisos con los que cuenten, visualizar los presentaciones y proyectos en todo su ciclo de vida. El sistema debe contener una interfaz amigable que permita dar seguimiento a los proyectos lo que supone una correcta visualización de datos y la posibilidad de realizar acciones masivas.

C. Backend: Es el core del Proyecto. Se busca contar con un sistema MVC, para facilitar el mantenimiento del mismo. El Backend debe contener un sistema de Workflow que permita realizar los procesos de la Agencia y, al mismo tiempo, permitir la auditoría de datos.

D. Interfaz con los sistemas externos: El sistema deberá exponer servicios que permitan la explotación de los datos del mismo. Estos sistemas externos serán en principio:

• El sistema de Gestión y Contabilidad que incluye las Justificaciones a los Organismos de Crédito.

• El sistema de Reuniones de Directorio.

• Sistemas externos a la agencia (TAD, GDE, UEPEX, etc.).

Las transformaciones obligadas que supuso la pandemia del Covid-19 respecto al trabajo a distancia y la necesidad de articular entre los distintos Fondos que componen la Agencia, dan cuenta de la certeza y oportunidad del camino emprendido hacia la transformación digital y la prestación de nuevos servicios, más dinámicos y en línea con las urgencias actuales.

Estructura de Control Interno

Desde el año 2019 la Agencia posee su gestión de calidad certificada, la cual cumple con los requisitos de la Norma IRAM-ISO 9001:2015 bajo el certificado de Registro N° 9000-9040. El alcance de la misma abarca las siguientes actividades: Evaluación, Seguimiento y Financiación de Proyectos de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva.

A continuación, se detallan los procesos determinados como necesarios para el Sistema de Gestión de la Calidad y que han sido evaluados en la auditoría realizada por IRAM.

Se adjunta el Certificado de Sistemas de Gestión obtenido.


UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el funcionamiento del Sistema de Control Interno del Organismo, con ajuste a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas, metodologías y herramientas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN), para asistir a la máxima autoridad del Organismo en el ejercicio de la responsabilidad establecida en el artículo 101 de la Ley N° 24.156 y prestar asesoramiento a las unidades organizativas del Organismo, en materia de su competencia.

DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Financiar proyectos que tiendan, a través de la innovación tecnológica, a mejorar la competitividad de las empresas argentinas en todas las industrias, incluyendo la industria del software, en el marco de los planes, programas y prioridades establecidos para el sector, en el ámbito de su competencia.

DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (FONCYT)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Financiar proyectos en las áreas de la Ciencia y la Tecnología en el marco de los planes, programas y prioridades establecidos para el sector.

DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Financiar proyectos asociativos público-privados, con el objetivo de desarrollar capacidades de gestión y transferencia científico-tecnológicas en sectores estratégicos de alto impacto y promover el desarrollo de empresas de base tecnológica intensivas en conocimiento.

DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Diseñar y ejecutar programas e instrumentos de promoción, conforme los criterios, mecanismos y pautas establecidas por el Directorio del Organismo y en función de los lineamientos estratégicos de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Implementar y monitorear los mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas de los proyectos financiados a través de los distintos fondos que integran el Organismo, elaborando propuestas tendientes a mejorar la eficiencia en la asignación de los mismos.

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Dirigir y coordinar el servicio jurídico permanente del Organismo, asesorar respecto de la legalidad de los actos sometidos a su consideración y representar al Organismo en los procesos judiciales en los que deba intervenir.

DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en las acciones vinculadas a la planificación, programación, formulación, implementación, supervisión, monitoreo y evaluación de programas y proyectos con financiamiento de organismos financieros internacionales de crédito y del Tesoro Nacional, como así también, a la ejecución de proyectos de participación público-privada que correspondan a las áreas de incumbencia del Organismo, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS TECNOLÓGICOS (FONTAR)

1. Elaborar los dictámenes de evaluación técnica, económica y financiera de los proyectos cargo del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR) orientados a brindar apoyo a las pequeñas y medianas empresas de la REPÚBLICA ARGENTINA.

2. Elaborar mecanismos de evaluación que contemplen la aplicación de métricas e indicadores pertinentes a cada una de las convocatorias que realice el Organismo, vinculadas a las competencias del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR).

3. Efectuar la evaluación técnica, económica y financiera de las solicitudes de financiamiento vinculadas con las competencias del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR).

4. Coordinar la presentación de la documentación tecnológica, económica y financiera, relativa a sus competencias, en las distintas comisiones evaluadoras.

5. Asistir a la Dirección Nacional en los aspectos técnicos de su competencia.

6. Brindar apoyo, en lo que es materia de su competencia, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN, para el diseño de nuevos instrumentos de promoción y en el rediseño y ajuste de los vigentes.

7. Brindar asistencia técnica para la formulación de proyectos de su incumbencia a los posibles beneficiarios de los proyectos, en el marco de las líneas de financiamiento del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR).

8. Asistir a la Dirección Nacional, en los procesos de admisión de las solicitudes de financiamiento, en el marco de los instrumentos promocionales a cargo del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR) y en los recursos, reclamos administrativos y denuncias que se sustancien en el Organismo.

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN (FONCYT)

1. Coordinar los procesos de evaluación técnica de los proyectos de investigación presentados en el marco de los concursos públicos y abiertos llevados a cabo por el FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (FONCYT).

2. Asistir en la evaluación de la calidad de los proyectos presentados en el marco de los concursos convocados a cargo del FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (FONCYT).

3. Coordinar la presentación de la documentación técnica de su competencia en las distintas comisiones evaluadoras Ad Hoc.

4. Asistir a la Dirección Nacional en los aspectos técnicos de su competencia.

5. Brindar apoyo, en lo que es materia de su competencia, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN para el diseño de nuevos instrumentos de promoción y en el rediseño y ajuste de los vigentes.

6. Brindar asistencia técnica a los beneficiarios que así lo requieran en la formulación de los proyectos de investigación.

7. Asistir a la Dirección Nacional, en los procesos de admisión de las solicitudes de financiamiento, en el marco de los instrumentos promocionales a cargo del FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (FONCYT) y en los recursos, reclamos administrativos y denuncias que se sustancien en el Organismo.

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN TECNOLÓGICA Y FINANCIERA DE PROYECTOS ASOCIATIVOS Y DE EMPRENDEDORES (FONARSEC)

1. Coordinar, en el marco de su competencia, los procesos de evaluación técnica de los proyectos público-privados, en sectores estratégicos de alto impacto, evaluando las capacidades científico- tecnológicas y plataformas tecnológicas regionales que incorporen valor agregado al sector productivo.

2. Confeccionar los dictámenes de evaluación tecnológica, económica y financiera de los proyectos del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC), orientados a brindar a apoyo a proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, asociativos y de emprendedores.

3. Coordinar la presentación de la documentación tecnológica, económica y financiera, relativa a

4. sus competencias, en las distintas comisiones evaluadoras Ad Hoc.

5. Asistir a la Dirección Nacional en los aspectos técnicos de su competencia.

6. Brindar apoyo, en lo que es materia de su competencia, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN para el diseño de nuevos instrumentos de promoción y en el rediseño y ajuste de los vigentes.

7. Brindar asistencia técnica a los beneficiarios que así lo requieran, en la formulación de proyectos financiados con recursos del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC).

8. Asistir a la Dirección Nacional en los procesos de admisión de las solicitudes de financiamiento en el marco de los instrumentos promocionales a cargo del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) y en los recursos, reclamos administrativos y denuncias que se sustancien en el Organismo.

Uso de los recursos del Programa de Innovación Federal - Subprograma I, para los propósitos del Contrato de Préstamo.

a. Se dará apertura en el Banco de la Nación Argentina a la Cuenta Bancaria a nombre del Programa de Innovación Federal - Subprograma I, la cual estará denominada en dólares estadounidenses y será destinada para recibir las transferencias de los desembolsos del Banco, y se realizarán las ventas de dólares hacia una cuenta bancaria operativa en pesos, en el mismo Banco. Desde esta cuenta en pesos, se realizarán las transacciones para los pagos correspondientes a las actividades del Programa de Innovación Federal - Subprograma I, las cuales serán conciliadas semanalmente.

b. La UEP informará a la brevedad al BID los datos de las cuentas bancarias descriptas.

c. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I establecerá los protocolos,

mecanismos e instancias de coordinación detallados en el ROP, tanto a nivel interno con las diferentes instancias del OE involucradas en la ejecución Subprograma I, así como con las entidades y organismos externos y el Banco, para velar por la elegibilidad de los gastos realizados con los recursos del financiamiento del Banco.

d. Los Estados Financieros y otra información financiera del Subprograma I serán emitidos de manera anual u otra periodicidad necesaria, directamente del Sistema Émerix hasta tanto éste sea reemplazado por el sistema contable de Sistema Agencia Digital, los cuales serán firmados por el Coordinador Financiero y revisados por el Director de la UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I.

e. Los Informes Financieros Anuales Auditados se presentarán al Banco dentro de los 120 días siguientes al cierre del ejercicio fiscal.

f. La preparación de los mencionados Estados Financieros se efectuará aplicando los Principios de Contabilidad establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), excepto por el método de caja o percibido que será utilizado para registrar los Flujos de Fondos e Inversiones del proyecto. El mismo consiste en registrar los ingresos cuando se reciben los fondos, y en reconocer los gastos cuando efectivamente representan erogaciones de dinero.

g. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I cuenta con una Matriz de Riesgos del Subprograma que contiene los riesgos identificados clasificándolos como alto, medio y bajo y será actualizada cuando resulte necesario, en particular en la emisión de los Informes Semestrales de Progreso. Asimismo, la matriz incluye las actividades a ser implementadas para mitigar la ocurrencia de los riesgos.

h. Como parte de la UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I, se cuenta con un área específica de Monitoreo y Evaluación, la Unidad de Evaluación y Aseguramiento de la Calidad (UEAC), quien estará a cargo de darle seguimiento a la matriz de riesgos del Subprograma I y proponer e implementar las acciones correctivas que fueren necesarias para la adecuada ejecución.

i. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I cuenta con un Especialista en Supervisión o Monitoreo, quien será responsable de supervisar el avance de las actividades del Programa de Innovación Federal - Subprograma I, reportar el nivel de avance y recomendar acciones correctivas, cuando se identifiquen desviaciones significativas que afecten la ejecución y logro de los objetivos del Subprograma I.

Salvaguarda de activos

a. La Agencia adoptará las medidas organizativas adecuadas para minimizar el riesgo de pérdida o disminución del valor de los activos del Programa de Innovación Federal - Subprograma I o de los derechos relacionados con dichos activos, como consecuencia de una mala utilización de los mismos, fraude, administración deficiente, mantenimiento inadecuado de registros o negligencia. Estas medidas a adoptar permitirán que los Activos del Subprograma I se encuentren identificados, ubicados físicamente, asignados a un responsable y contabilizados.

Autorización y ejecución de las transacciones, decisiones y actividades del Programa de Innovación Federal - Subprograma I de acuerdo con las disposiciones del Contrato de Préstamo

a. El personal de la UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I cuenta con las competencias, habilidades técnicas y experiencia requeridas para el desempeño de sus funciones en la ejecución del Subprograma.

b. Se comunicará a los miembros de la UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I, los valores éticos y de conducta que se esperan de los funcionarios involucrados en la operación del Subprograma. La AGENCIA I+D+i utiliza como base la Ley N° 25.188 “Ética en el ejercicio de la Función Pública" para regular la conducta del personal que actuará en la UEP del Subprograma a su cargo. Esta comunicación se hará compartiendo la mencionada norma legal al momento de su ingreso o contratación.

c. En la UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I se ha establecido adecuadamente la separación de funciones relacionadas a la gestión de autorizaciones, solicitudes de pagos, registros contables y conciliaciones de cuentas derivadas de la ejecución.

Documentación y Registro de Transacciones

a. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I mantendrá un archivo independiente en el marco de lo establecido en el Contrato de Préstamo; incluyendo toda la correspondencia enviada y recibida entre el Banco y la UEP del Subprograma. En la actualidad el uso de Expedientes Electrónicos es obligatorio en todo el Estado Nacional. De igual modo las comunicaciones internas deben realizarse a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) usado en todas las transacciones de la AGENCIA I+D+i.

b. Los registros contables que se relacionen a la ejecución de gastos estarán almacenados en orden correlativo y contarán con la documentación de soporte original respectiva, la cual estará acorde con todos los requerimientos fiscales vigentes en el país.

c.  En la UEP existen procedimientos de identificación e inutilización de la documentación de soporte de las transacciones del Programa de Innovación Federal - Subprograma I.
                                   
1 Nota: En algunos casos y para montos inferiores a USD 5.000 se podrá utilizar la Toma de Precios (comparación de tres cotizaciones). Se debe inf ormar el registro de los oferentes consultados, seleccionando la of erta más barata.

2 Los valores máximos en dólares de EE.UU. que definen a los contratos como de “menores” se determinarán en cada caso, tomando en cuenta la naturaleza y complejidad del trabajo, pero en ningún caso deben exceder el equivalente de USD200.000.

3 Los umbrales en dólares de EE.UU. que definen el concepto de “muy pequeño” se determinarán en cada caso, tomando en consideración el tipo y complejidad de los servicios, pero no deben exceder de USD 100.000.

4 En algunos casos los Prestatarios podrán considerar, a su propio criterio, las ventajas de efectuar una invitación pública a participar.

5 Se espera que en la mayoría de los casos la empresa Tractora o Líder sea un Gran Empresa. No obstante, podrán darse casos de empresas PyMEs que desarrollen sus proveedores.

6 http://uninfo.mecon.gov.ar/htmls/uepex.html


5 ANEXOS

5.1 ANEXO 1





PROGRAMADE INNOVACIÓN FEDERAL AR-L1330

Reglamento Operativo

5.2 ANEXO 2

Manejo de expedientes v archivos

El procedimiento aplicable contemplará las siguientes medidas comomínimo:

a) Los expedientes deberán contener documentación original archivada en orden cronológico, evitando la repetición de documentos y la incorporación de documentos innecesarios.

b) Para el caso de las adquisiciones tramitadas a través de los subejecutores, éstos conservarán la documentación original y la Agencia l+D+¡ mantendrá copias de esa documentación en sus archivos.

c) La Agencia l+D+i definirá para cada método de adquisición el listado de los documentos a ser incluidos en los expedientes. Todos los expedientes deberán contener la documentación de este modo definida. Al inicio del expediente se incluirá un listado completo de los documentos cuyo propósito consistirá en registrar la incorporación de elementos al expediente.

d) Los archivos deben estar contenidos en un cuarto seguro y con acceso restringido. Preferentemente, se designará una persona responsable del archivo, quien controlará el acceso al sector y la actividad en el mismo.

e) En caso de retirarse expedientes del archivo, quien los retira deberá hacerse responsable de controlar que los mismos estén completos. Igualmente, el responsable del archivo cuidará que los mismos se reintegren completos. Los movimientos de expedientes y los controles de integridad antes referidos, como asimismo el agregado de documentación, deberán quedar adecuadamente documentados.

f) Se implementará un procedimiento para que la persona responsable del archivo pueda transferir su responsabilidad a otra persona (caso de vacaciones, etc.). Debe quedar documentada la transferencia de esta responsabilidad y el estado del archivo y los expedientes en dicha oportunidad.

g) Las recomendaciones anteriores sobre seguridad de los archivos se refieren a la documentación original. Las actividades de rutina generalmente se realizan con copias.

h) Debe existir un registro de expedientes.

5.3 ANEXO 3

Esquema de asignación de responsabilidades





5.4 ANEXO 4

Aspectos a tener en cuenta durante el acto de apertura de las ofertas

•  El acto de apertura de las ofertases públicoy pueden estarpresenteslosoferentesosus representantes. Pudiendo asistir además otro público interesado

•  Entre la hora de cierre de recepción de ofertas y el acto de apertura de las mismas debe haber el menor plazo de tiempo posible, siendo deseable quedichas actividades se sucedan una a otra en forma continuada

•  En el acto de apertura de ofertas no se debe rechazar ninguna oferta, conla única excepción de las ofertas tardías (que pudieran haber ingresado luego de comenzado el acto de apertura).

•   Las ofertas tardías se rechazan y devuelven sin abrir.

Se abren las ofertas recibidas antes de la hora límite y en el lugar especificado establecido para ello, procediendo a dar lectura del original de cada oferta, de los siguientes datos:

o El nombre del oferente,

o El precio de la oferta

o informado en la oferta para el lote o lotes cotizados, y en el caso de ofrecer descuentos por adjudicaciones múltiples los descuentos ofrecidos para cada tipo de adjudicación de distintos lotes según la descripción incluida por el licitante en la Carta de la Oferta (en forma descriptiva, esdecir sin efectuar los cálculos que pudieran surgirde la metodología de aplicación de descuentos),

o La existencia de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta,

o Cualquier otro detalle o incidencia relevante que a juicio de los representantes del contratante merezca ser mencionado.

• El contratante debe preparar un acta que refleje la información indicada en el punto anterior.

• Debe dejarse constancia en el acta de apertura de cualquiera de las siguientes circunstancias (entre otras que podrían hacerlo necesario): i) cuando alguna oferta presenta diferencias entre el monto de la oferta en letras y en números, ii) cuando el Formulario de la Oferta no está firmado, iii) cuando la oferta no contiene Garantía de Mantenimiento de la Oferta, iv) cuando la oferta está expresada en una moneda distinta de la requerida en el Pliego o presenta alguna diferencia con la forma en que se solicitó la oferta (p.ej.:sise ha solicitado oferta sin incluir IVA y, a pesar de eso, el oferente presenta una cotización con IVA incluido), v) el detalle de las ofertas rechazadas por llegar en forma tardía.

• El acta debe estar firmada por el o los funcionarios que presidieron el acto de apertura. El contratante invitará a los oferentes a firmar el acta. Los oferentes podrán hacer comentarios u observaciones que serán incluidas en el Acta tal como fueron expresados.

• Copias del acta de apertura de las ofertas debe ser distribuida a los oferentes y al Banco apenas finalizado el acto de apertura (esto último sólo en el caso de los procesos sujetos a revisión previa).

5.5 ANEXO 5

METODOS DE ADQUISICIONES QUE SE AJUSTAN EN SUS MODAUDADES A LAS PRÁCTICAS DEL SECTORPRIVADO EN EL MARCO DE SUBSIDIOS

Introducción

Los organismos ejecutores del sector privado que no cuenten con métodos de adquisiciones formales y escritos, utilizarán los procedimientos detallados a continuación con el fin de asegurar el cumplimiento de los principios de la Política de Adquisiciones del Banco y contribuir a fortalecer su capacidad institucional.

El presente Anexo será de aplicación para todas las convocatorias y ventanillas abiertas a partir del año 2018.

A. Métodos de adquisiciones y contrataciones

1.1. En todos los procesos de adquisiciones y contrataciones del sector privado aplican las Políticas del Banco sobre el uso apropiado de los fondos, la elegibilidad de bienes obras, y servicios, así como lasque se refieren a la aplicación de las reglas de economía y eficiencia.

1.2. La tabla siguiente muestra en forma resumida los métodos de adquisiciones por tipo de adquisición, que podrán usarse en este tipo de operaciones, en el caso que no cuenten con métodos de adquisiciones formales y escritos:


B. Adquisición de bienes y servicios distintos de consultoría

1.3. Monto mayor a U$S1.500.000 - Comparación de precios utilizando el Pliego estándar para Adquisición de Bienes y Servicios. En el caso de adquisiciones por montos que exceden el valor de US$1.500.000, se deberá convocar a una comparación de precios través de invitaciones formales. Los plazos para la elaboración y presentación de propuestas deben ser apropiados y los procedimientos deben propiciar una adecuada competencia para que se logren precios razonables. Asimismo, se requiere que: (i) los métodos utilizados para la evaluación de las propuestas y la selección sean transparentes y de conocimiento de todos los participantes; (¡i) la apertura de propuestas y la publicación de los resultados deben ser comunicada fehacientemente a todos los oferentes y se tome laprevisión de aceptar reclamos o protestas por parte de los participantes; y (¡ii) la participación de empresas de los países miembros del Banco no sea restringida.

1.4. Monto hasta U$S1.500.000 - Comparación de precios con 3 presupuestos. En el caso de adquisiciones con un costo estimado hasta U$S1.500.000, se debe obtener un mínimo de tres cotizaciones, de distintos proveedores seleccionando la oferta más económica que cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. Las cotizaciones pueden presentarse por carta, fax o medios electrónicos. En todo caso, debe quedar documentado de forma fehaciente el procedimiento utilizado. Como alternativa, puede obviarse la obtención de las tres cotizaciones si se hace una invitación abierta a presentar cotizaciones usando un medio de amplia difusión público o privado. Para propiciar mayor competencia yeconomía el beneficiario puede optar por hacer simultáneamente la invitación públicay conseguirlos tres presupuestos

1.5. Monto hasta U$S150.000 - Comparación de precios con DDJJ del Representante del Beneficiario acerca de los proveedores consultados. En el caso de adquisiciones con un costo estimado hasta U$S150.000, se debe presentar una declaración jurada con los proveedores consultados, seleccionando la oferta más económica que cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. Como alternativa, puede obviarse la obtención de las tres cotizaciones si se hace una invitación abierta a presentar cotizaciones usando un medio de amplia difusión público o privado.

1.6. Monto menor a U$S5.000- Contratación Directa. Se podrá utilizar el método de contratación directa para la adquisición de bienes o servicios de menor cuantía cuyo valor individual no supere los U$S5.000, y no hayan sido definidos como críticos en el Plan de Adquisiciones. Para estas adquisiciones no será necesario presentar ninguna cotización al Banco. El uso de este método no puede ser resultado del fraccionamiento de una adquisición en paquetes.

1.7. Elegibilidad para bienes. Para efectos de elegibilidad, los bienes cuyo costo unitario esté por debajo de los U$S5.000 y agrupados en un proceso por un monto de hasta U$S 30.000 se considerarán de origen local.

C. Contratación de Obras

1.8. Monto mayor a U$S1.500.000 - Comparación de precios utilizando el Pliego estándar de Condiciones para Obras Menores. En el caso de contrataciones por montos que exceden el valor de US$1.500.000, se deberá convocar a una comparación de precios través de invitaciones formales. Los plazos para la elaboración y presentación de propuestas deben ser apropiados y los procedimientos deben propiciar una adecuada competencia para que se logren precios razonables. Asimismo, se requiere que: (i) los métodos utilizados para la evaluación de las propuestas y la selección sean transparentes y de conocimiento de todos los participantes; (¡i) la apertura de propuestas y la publicación de los resultados deben ser comunicada fehacientemente a todos los oferentes y se tome la previsión de aceptar reclamos o protestas por parte de los participantes; y (iii) la participación de empresas de los países miembros del Banco no sea restringida.

1.9. Monto hasta U$S1.500.000 - Comparación de precios con 3 presupuestos. En el caso de contrataciones con un costo estimado hasta U$S1.500.000, se debe obtener un mínimo de tres cotizaciones, de distintos proveedores seleccionando la oferta más económica. Las cotizaciones pueden presentarse por carta, fax o medios electrónicos. En todo caso, debe quedar documentado de forma fehaciente el procedimiento utilizado. Como alternativa, puede obviarse la obtención de las tres cotizaciones si se hace una invitación abierta a presentar cotizaciones usando un medio de amplia difusión público o privado. Para propiciar mayor competencia y economía el beneficiario puede optar por hacer simultáneamente la invitación públicayconseguirlostres presupuestos

1.10. Monto hasta U$S150.000 - Comparación de precios con DDJJ de los proveedores consultados. En el caso de adquisiciones con un costo estimado hasta U$S150.000, se debe presentar una declaración jurada con los proveedores consultados, seleccionando la oferta más económica.

1.11. Monto menor a U$S10.000 - Contratación Directa. Se podrá utilizar el método de contratación directa para la adquisición de bienes o servicios de menor cuantía cuyo valor individual no supere los U$S10.000, y no hayan sido definidos como críticos en el Plan de Adquisiciones. Para estas adquisiciones no será necesario presentar ninguna cotización al Banco.

D. Contratación de consultores individuales

1.12. Contratación de consultores individuales por un monto mayor a U$S30.000- Selección basada en la comparación de calificaciones. Esta modalidad requiere comparar las calificaciones para realizar el trabajo de, al menos, tres candidatos con base en sus hojas de vida. Los consultores no necesitan presentar propuestas, aunque de estimarse conveniente se les puede solicitar y detallar en la carta de invitación el criterio de calificación y evaluación a utilizar. Las personas consideradas en la comparación de calificaciones deben cumplir con las calificaciones mínimas pertinentes y los que se seleccionen para ser contratados deben ser los mejor calificados y capaces de realizar el trabajo. La capacidad de los consultores se juzgará sobre la base de sus antecedentes académicos, su experiencia y, si corresponde, su conocimiento de las condiciones locales. En los casos, en que los servicios de consultoría sean de montos menores a U$S50.000 y se requiera de un solo experto como personal clave, y la naturaleza del servicio lo justifique, se podrá invitar a firmas e individuos para conformar la lista corta. En la solicitud de propuesta se deberá especificar los criterios de evaluación e indicar claramente que sólo se calificaráa un experto.

1.13. Contratación de consultores por un monto menor a U$S30.000- Selección Directa. Se podrá utilizar el método de selección directa para la contratación de consultores individuales cuyo monto no supere el valor de U$S30.000, debido a la naturaleza específica de los servicios requeridos y si no han sido definidas como críticas en el Plan de Adquisiciones. El uso de este método no puede ser resultado del fraccionamiento de los servicios de consultoría requeridos. A modo de ejemplo estas consultorías incluyen: conferencistas, disertantes, evaluadores, encuestadores, pequeñas asistencias técnicas que requieren conocimiento local, profesionales o técnicos para la agencia ejecutora, entre otros (La contratación de profesores, conferencistas y disertantes no requieren la emisión de un contrato cuando se trate de montos menores a U$S5.000,00.).

1.14. De conformidad con las Políticas de Adquisiciones, la selección directa de consultores por montos mayores a U$S30.000, requerirán la no objeción del Banco, si ésta no fue aprobada en el documento de aprobación de la operación o en el Plan de Adquisiciones, y se deberá justificaren el marco de las Políticas de Adquisiciones y en el contexto de los intereses del proyecto. Las contrataciones directas incluidas en el Plan de Adquisiciones, requieren del soporte documental que justifique la decisión tomada.

E. Contratación de Servicios de Firmas de Consultoría

1.15. Contratación de firmas de consultorías por un monto mayor a U$S30.000 - Selección Basada en la Calificación de los Consultores. Es un proceso de selección que se puede utilizar para servicios menores, que no revistan complejidad, para los cuales no se justifica ni la preparación ni la evaluación de propuestas competitivas. En tales casos, elOE preparará los términos de referencia, solicitará expresiones de interés e información sobre la experiencia y la competencia de los consultores en lo que respecta al trabajo, confeccionará una lista corta de, al menos, 3 firmas, y seleccionará a la firma que tenga las calificaciones y las referencias más apropiadas. Se pedirá a la firma seleccionada que presente una propuesta técnica conjuntamente con una propuesta de precio y se la invitará luego a negociar el contrato.

1.16 En los casos, en que los servicios de consultoría sean de montos menores a U$50.000 y se requiera de un solo experto como personal clave, y la naturaleza del servicio lo justifique, se podrá invitar a firmas e individuos para conformar la lista corta. En la solicitud de propuesta se deberá especificar los criterios de evaluación e indicar claramente que sólo se calificará a un experto.

1.17. Se podrán utilizar los distintos métodos de selección y contratación de firmas establecidos en las Políticas de Adquisiciones del Banco, tales como Selección Basada en Calidad y Costo, Selección Basada en Calidad, Selección Basada en el Menor Costo, Selección Basada en Presupuesto Fijo, que reúnan buenas prácticas del sector privado.

1.18. Contratación de firmas de consultorías por un monto menor a U$S30.000 - Selección Directa. Se podrá utilizar el método de selección directa para la contratación de firmas o servicios de consultores cuyo monto no supere el valor de U$S30.000, debido a la naturaleza específica de los servicios requeridos y si no han sido definidas como criticasen el Plan de Adquisiciones. El uso de éste método no puede ser resultado del fraccionamiento de un servicio de consultoría.

De conformidad con las Políticas de Adquisiciones del Banco, para montos mayores a U$S30.000,la selección directa de firmas o servicios de consultores requerirá la no objeción del Banco, si ésta no fue aprobada en el documento de aprobación de la operación o en el Plan de Adquisiciones, se deberá justificar en el marco de las Políticas de Adquisiciones y en el contexto de los intereses del proyecto.
                                   
1 El beneficiario puede en todos los casos optar por comparar ofertas a través de una comparación de precios buscando mayores economías.

2 El beneficiario puede optar por hacer simultáneamente la invitación pública y conseguir los tres presupuestos.

3 El beneficiario puede en todos los casos optar por comparar ofertas a través de una comparación de precios buscando mayores economías.

4 El beneficiario puede optar por hacer simultáneamente la invitación pública y conseguir los tres presupuestos.


IF-2021-105766826-APN-ANPIDTYI#MCT