VISTO el EX-2021-103866947- -APN-DGA#ANPIDTYI, los Decretos N° 157 del
14 de febrero de 2020 y N° 680 del 30 de septiembre de 2021 que aprobó
el Contrato de Préstamo BID 5293/OC-AR suscripto entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO; y
Que en el marco del Préstamo BID 5293/OC-AR LA AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA
INNOVACIÓN se constituyó como Organismo Co-Ejecutor del SUBPROGRAMA I
del PROGRAMA DE INNOVACIÓN FEDERAL.
Que el mencionado Programa tiene como objetivo general mejorar la
competitividad y la productividad de las empresas a través del aumento
de la inversión en investigación, desarrollo e innovación, aumentado
las capacidades empresariales de innovación, la generación de
conocimiento científico y tecnológico, y mejorando las capacidades de
seguimiento, evaluación, articulación de instituciones, análisis y
difusión de las políticas de ciencia, tecnología e innovación.
Que en el Capítulo III “Condiciones especiales previas al primer
desembolso” de las Estipulaciones Especiales del mencionado Contrato de
Préstamo se estableció que los Organismos Co-Ejecutores, hayan
presentado evidencia de la aprobación y la entrada en vigor de los
Reglamentos Operativos del Programa en los términos y condiciones
previamente acordados con el Banco, como condición para recibir el
primer desembolso.
Que, en ese sentido, las Direcciones Nacionales de los Fondos
Tecnológico Argentino, Argentino Sectorial y el Fondo para la
Investigación Científica y Tecnológica, mancomunadamente con la
Dirección de Financiamiento Externo y Local y la Dirección General de
Asuntos Jurídicos, elaboraron el Reglamento Operativo que,
posteriormente, se remitió en consulta al Banco y este realizó
comentarios y modificaciones.
Que la UNIDAD DE NUEVAS INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE
FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO
TECNOLÓGICO ARGENTINO, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO
SECTORIAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN
CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Decreto Nº 157 del 14 de febrero de 2020.
Que, por su parte, la presente decisión fue adoptada en reunión
ordinaria del Directorio de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA
INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN del 5 de
noviembre de 2021.
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Reglamento Operativo del PROGRAMA INNOVACIÓN
FEDERAL, enmarcado en el Contrato de Préstamo BID 5293/OC-AR, que como
IF-2021-105766826-APN-ANPIDTYI#MCT forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese a la UNIDAD DE NUEVAS
INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO, la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO
PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS y cumplido, archívese.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
PROGRAMA DE INNOVACIÓN FEDERAL
AR-L1330
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Reglamento Operativo
1. INTRODUCCION
1.1 OBJETIVOS
El objetivo general de este Programa es fortalecer las capacidades de
los actores públicos y privados del Sistema Nacional de Innovación
(SNI) para mejorar la productividad de las empresas y para robustecer
las capacidades de acción ante los desafíos que enfrenta la República
Argentina.
De este modo, se buscará complementar la política de promoción con el
impulso de proyectos orientados a sectores y tecnologías estratégicas
para la salud pública, el desarrollo socioeconómico y productivo
sustentable y para la transformación del país hacia el paradigma de la
sociedad del conocimiento y la economía digital, con un enfoque
inclusivo. Se sostendrá un criterio federal para la asignación de
recursos, focalizando el apoyo en las prioridades sectoriales y
territoriales.
Los objetivos específicos son:
i) Aumentar la inversión privada en innovación;
Impulsar proyectos tecnológicos orientados a estimular la inversión
productiva, promover el desarrollo de nuevos actores y apoyar
intervenciones en sectores estratégicos que toman como punto de partida
la resolución de problemas de relevancia para el desarrollo social y
económico argentino, con el objetivo de fortalecer las capacidades
productivas e impulsar nuevas oportunidades en sectores, tecnologías y
mercados de gran potencial.
ii) Incrementar el esfuerzo nacional de producción de conocimiento;
Brindar previsibilidad y apoyo a las actividades de investigación y
desarrollo y a la formación de recursos humanos altamente calificados,
impulsando además las capacidades institucionales de gestión de los
proyectos y el análisis de la información emergente de los mismos.
iii) Aumentar la articulación entre los actores del SNI
Aumentar y mejorar la infraestructura y equipamiento de las
instituciones del sistema de CTI desde una perspectiva inclusiva y
federal, mejorando los procesos de articulación e interacción
institucional, en particular en el ámbito de la salud pública y el
cuidado ambiental.
iv) Mejorar las capacidades institucionales para diseñar e implementar políticas de CTI.
Fortalecer y ampliar las capacidades del sistema de CTI nacional
impulsando el acceso a la información y los procesos de análisis y
utilización de la misma para la planificación estratégica. Impulsar la
evaluación y el mejoramiento de las instituciones del sector, así como
también la percepción pública del valor de la ciencia y la tecnología y
la cultura científica.
El Subprograma incluirá dos componentes que se resumen a continuación.
1.2 DETALLE DE INVERSIONES DEL SUBPROGRAMA I
Componente 1
Fortalecimiento de capacidades de innovación tecnológica / Fomento
a la Innovación tecnológica (US$ 80 millones BID - US$ 20
millonescontraparte)
Componente 2
Fortalecimiento de capacidades de investigación y Desarrollo
Tecnológico / Apoyo a la oferta de Conocimiento Científico y
Tecnológico (US$ 45 millones BID - US$ 12.125 milonescontraparte)
Administración, Evaluación y Auditoria (US$ 3,2 millones BID).
1.3 PROYECTOS Y ACTIVIDADES A SER FINANCIADOS
Los proyectos y actividades a ser financiados por la AGENCIA I+D+i con
los recursos del Subprograma se enmarcan en los siguientes Componentes
y en la Administración:
I Componente - Fortalecimiento de capacidades de innovación tecnológica
a. Aportes No Reembolsables (ANR)
b. Aportes Reembolsables (AR).
c. Recursos Humanos Altamente Calificados (RRHH AC)
d. Proyectos Asociativos.
e. Centros Tecnológicos
f. Proyectos Estratégicos
g. Empresas de Base Tecnológica (EBT)
h. Compras Públicas Innovadoras
i. Análisis Estratégico. Centro Interdisciplinario de Estudios en CTI (CIECTI)
Componente - Fortalecimiento de capacidades de investigación y Desarrollo Tecnológico
a. Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica (PICT; PICTO y START UP).
b. Reuniones Científicas.
Administración, Evaluación y Auditoria
1.4 PROCESOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS
1.4.1 Procesos de Adquisiciones y Plan de Adquisiciones
La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo
Tecnológico y la Innovación (AGENCIA I+D+i) será quien realice, en
forma centralizada, los procesos de adquisiciones correspondientes a
Administración, Evaluación y Auditoria con apoyo de especialistas
técnicos de los diferentes Fondos y Unidades de apoyo. Será la
responsable de informar al BID, sobre todos los aspectos del
subprograma y en particular sobre las adquisiciones que se realicen a
nivel central o descentralizado.
Las adquisiciones de los Componentes 1 y 2 serán realizadas, en forma
descentralizada, por los subejecutores (beneficiarios) del subprograma
y bajo la supervisión y apoyo de la AGENCIA I+D+i para verificar y
garantizar el cumplimiento de las políticas del Banco.
Los beneficiarios de los proyectos (subsidios) detallarán todas las
adquisiciones que se efectuarán a lo largo del Subprograma y la Agencia
elaborará planillas de Excel con la información de los procesos.
Estas planillas se ajustarán al formato del Anexo 1, el cual será
utilizado para todas las adquisiciones con independencia del Fondo de
la AGENCIA I+D+i a través del cual sean implementadas y serán
publicadas por la Agencia en su página WEB con una referencia a la
misma en SEPA, o el sistema que disponga el Banco, bajo la línea de
Transferencias.
El acceso a las planillas y a la información en ellas contenida desde
la página web de la Agencia será accesible en forma directa y ocupará
un lugar destacado.
Para la revisión ex post, se tomará la muestra de SEPA, pero los
procesos se deberán seleccionar de las planillas publicadas en la
página de la Agencia, las cuales deberán ser actualizadas de manera
permanente.
Todos los bienes, obras y servicios a ser contratados por el
Subprograma, deberán estar incluidos en el Plan de Adquisiciones (PA),
antes de ser publicados. Este plan deberá ser gestionado y actualizado
a través de SEPA, o el sistema que posteriormente el BID ponga a
disposición, de acuerdo con las necesidades del proyecto y deberá
guardar coincidencia con la planificación general del proyecto (PEP y
POA). El PA inicial debe cubrir un período de 18 meses, se actualizará
semestralmente, o según el Subprograma lo requiera, y deberá ser
presentado ante el BID para su aprobación de manera previa a la
realización de los procesos.
De manera excepcional, podrá utilizarse el pago anticipado total de los
bienes o servicios requeridos; en el caso de que el mismo se haga
necesario por las condiciones del mercado, la AGENCIA I+D+i podrá
incluir la opción de pago anticipado en los documentos licitatorios y
se asegurará de tomar los recaudos suficientes para garantizar la
entrega en tiempo y forma de los bienes adquiridos y evitar cualquier
riesgo relacionado con la entrega de los equipos en los términos
pactados. Los documentos de cada adquisición indicarán necesariamente
las garantías que asegurarán el cumplimiento de las entregas y
resguardarán los recursos entregados anticipadamente. Incluirán de las
debidas garantías (de anticipo y cumplimiento de contrato) sin
condiciones y a primera vista (por ejemplo: bancaría, fianza, póliza de
caución). En los casos en los que no se realice pago anticipado por el
valor total del contrato, se recomienda el uso de anticipos adecuados,
acompañados también de las respectivas garantías
La AGENCIA I+D+i estará encargada de mantener los archivos de las
adquisiciones del proyecto que se desarrollen en la UEC, mientras que
los subejecutores, deberán conservar los archivos originales de
lasadquisiciones descentralizadas realizadas en su propio ámbito,
proporcionando a la AGENCIA I+D+i copias de los mismos.
Los expedientes de los procesos contendrán los elementos mínimos
requeridos para documentar los procesos de adquisiciones, permitirán el
registro independiente carátula que haga posible el seguimiento de su
estado de avance.
Los expedientes correspondientes a los distintos Fondos de la AGENCIA
I+D+i contendrán la misma información y serán estructurados sobre la
base de un mismo ordenamiento.
En el Anexo 2 se incluyen recomendaciones generales para el manejo de archivos y expedientes.
1.4.2 Supervisión de las adquisiciones
El método de supervisión, por parte del Banco, será ex post para los
procesos de Obras, Bienes, Servicios de Consultoría y Servicios de No
Consultoría que tengan ese esquema de revisión en el Plan de
Adquisiciones. En el caso de obras este umbral es de US$ 5 millones,
para bienes y servicios hasta US$300 mil y para servicios de
consultoría de firmas, US$200. 000.Cuando las adquisiciones y
contrataciones sean realizadas por la AGENCIA I+D+i, la misma
confeccionará todos los documentos con carácter previo a los concursos o llamados a
licitación y todos los contratos que de ellos se deriven. Cuando dichas
adquisiciones y contrataciones sean efectuadas por los subproyectos, la
AGENCIA I+D+i revisará todos los documentos con carácter previo y
otorgará su conformidad en las siguientes etapas:
Bienes, obras y servicios de no Consultoría:
Revisión y conformidad con el aviso y el Pliego
Revisión y conformidad con el informe de evaluación y recomendación de
adjudicaciónRevisión y conformidad con el borrador de contrato negociado
Servicios de Consultoría:
• Revisión y conformidad con los TDR y llamado de solicitud de Expresiones de InterésRevisión y conformidad con la Lista Corta
• Revisión y conformidad con el documento de Pedido de PropuestasRevisión y conformidad con la Evaluación Técnica
• Revisión y conformidad con la Evaluación Financiera
• Revisión y conformidad con el Acta de Negociación y modelo de Contrato
Consultores Individuales:
• Revisión y conformidad con los TDR y solicitud de contratación Revisión y conformidad con la Evaluación
• Revisión y conformidad con el modelo de Contrato
Para cada una de las categorías arriba mencionadas, la AGENCIA I+D+i
preparará tablas de asignación de responsabilidades a las distintas
instancias que intervienen en la implementación de los procesos y las
incorporará a este Reglamento Operativo como Anexo 3.
Como parte de la tarea de supervisión, la DIGFEL de la AGENCIA I+D+i
preparará un Manual de Instrucciones con la información necesaria para
que los beneficiarios de los subproyectos lleven a cabo sus
adquisiciones. En particular, en ese Manual se incorporarán claras
prescripciones respecto de los procedimientos a seguir para cada uno de
los métodos (competitivos, contratación directa y compras del sector
privado), acordes con lo establecido para ellos en este Manual.
La AGENCIA I+D+i periódicamente brindará capacitación a los
beneficiarios y utilizará el Manual de Instrucciones como base para
ello.
Como mínimo las capacitaciones tendrán lugar luego de que los fondos
correspondientes a cada convocatoria sean adjudicados y antes de dar
comienzo a la implementación de las adquisiciones contempladas en los
respectivos subproyectos.
En el caso de Consultores Individuales, salvo que el Plan de
Adquisiciones indique otra cosa, el Banco revisará de manera ex - ante,
toda contratación por un monto superior a (USD50.000) DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL. Para contrataciones inferiores a ese
monto, la revisión será ex - post, y se utilizaran los
documentosestándar preparados por el Banco para este tipo de proceso.
Las revisiones ex post se llevarán a cabo cuando el Banco lo informe, y
la documentación correspondiente deberá estar lista para que esta
revisión pueda ocurrir cada 12 meses y de ser necesario cada seis meses.
En el cuadro siguiente se indican los métodos aplicables para cada tipo de contratación:
En el caso de bienes y servicios de características simples y
estandarizadas de monto superior a US$100.000, se podrá acordar con el
Banco llevar a cabo una Comparación de Precios, siempre que quede
debidamente registrado en el Plan de Adquisiciones aprobado
oportunamente.
La diferencia entre los procedimientos denominados "internacional" y
"nacional", reside, entre otras, en las características de la difusión
del llamado a licitación o concurso y no en la nacionalidad de los
oferentes. En ambos casos podrán presentarse licitantes que cumplan los
requisitos de elegibilidad.
En cualquier caso, se podrá utilizar un procedimiento de adquisición de
mayor jerarquía que el señaladoen cualquiera de los cuadros, de acuerdo
con la conveniencia que esto represente para el proyecto y siempre que
así quede consignado y aprobado en el Plan de Adquisiciones.
Para la conformación de las listas cortas, en el caso de los procesos
de selección de firmas consultoras, se deberá considerar en primer
lugar a aquellas firmas que expresen interés y que tengan las
calificaciones apropiadas, de acuerdo con lo expresado en el numeral
2.6 de las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores
Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN- 2350-15.
La lista corta podrá estar compuesta enteramente de consultores
nacionales, si el trabajo por realizar está por debajo del techo de
(USD 1.000.000) DÓLARES
ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN, si se dispone de un número suficiente de
firmas calificadas para constituir una lista corta a costos
competitivos y si es evidente que no se justifica una competencia que
incluya a consultores extranjeroso éstos no expresaron interés por
participar en el proceso.
Por encima de los (USD 1.000.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN, la
lista corta estará conformada por firmas internacionales y no más de
dos podrán pertenecer al mismo país. En ninguno de los dos casos se
restringirá la participación de firmas extranjeras o locales y la lista
corta estará conformada por seis empresas. Solo mediante excepción
solicitada al Banco, se considerarán listas cortas con un número menor
de empresas participantes. De manera adicional, si el proceso supera
los USD 200.000, la publicidad deberá ser internacional (UNDB).
Todos los documentos elaborados por los subejecutores de cualquiera de
los procesos de adquisición detallados en este ROP requieren la
revisión y conformidad previa de la AGENCIA I+D+i, determinando ésta en
cada caso si los mismos requieren también revisión previa del Banco.
Las normas y procedimientos que se seguirán para las adquisiciones de
bienes y contratación de obra durante la ejecución del Subprograma
deberán ajustarse en todo a lo establecido en:
• Contrato de Préstamo,
• Documento GN-2349-15, de mayo 2019, (Políticas para la Adquisición de
Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo),
• Plan de Adquisiciones, y
• Reglamento Operativo del Subprograma ROP, prevaleciendo el primero sobre el siguiente, en caso de discrepancia o conflicto.
Todas las contrataciones de obras y bienes del Subprograma deberán
estar incluidas en el Plan de Adquisiciones antes de su inicio y
ejecución. También se incluirán en los respectivos POA aprobados
previamente por el BID. La AGENCIA I+D+i será la responsable de la
aplicación de los procedimientos.
Sobre la base de la información recopilada en la planilla del Anexo 1,
la AGENCIA I+D+i llevará un registro de la participación en los
procesos competitivos que se financien con recursos del Préstamo y
periódicamente analizará el nivel de competitividad alcanzado. Si como
resultado de este análisis se determinara un bajo nivel de
participación, se analizarán las causas y se propondrán los posibles
remedios en consulta con el Banco.
1.4.3 Licitación Pública Internacional (LPI)
Se deberá emplear este procedimiento cuando corresponda de acuerdo a
las categorías señaladas en el Cuadro bajo 1.4.2 El objetivo de la
licitación pública internacional, es proporcionar a todos los posibles
oferentes elegibles notificación oportuna y adecuada de los
requerimientos de un Prestatario en cuanto a los bienes y obras
necesarios de un proyecto, y proporcionar a dichos oferentes igualdad
de oportunidades para presentar ofertas en relación con los mismos.
Los llamados a licitación deben publicarse como Anuncios Específicos de
Adquisiciones por lo menos en un periódico de circulación nacional en
el país del Prestatario o en el Boletín Oficial (si se encuentra
disponible en Internet), o en un portal único electrónico de libre
acceso donde el país publique todas sus oportunidades de negocios.
Tales llamados se deben publicar también en los sitios de Internet del
UNDB online y del Banco. La notificación debe efectuarse con antelación
suficiente para que los posibles oferentes puedan obtener los
documentos de precalificación o licitación y preparar y presentar sus
ofertas, debiendo ajustarse a los requerimientos para LPI establecidos
en el Documento GN-2349- 15, de mayo 2019 (Políticas para la
Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano
de Desarrollo).
Los documentos para utilizar se podrán descargar de
Documentos | FMP Project Procurement (iadb.org).
Las aperturas de ofertas se llevarán a cabo observando las
recomendaciones contenidas en el Anexo 4. La DIGFEL de la AGENCIA I+D+i
preparará un formato estándar para evaluación de ofertas para su
utilización en las licitaciones que se lleven a cabo bajo el Proyecto.
1.4.4 Licitación Pública Nacional (LPN)
Este método puede constituir la forma más eficiente y económica de
adquirir bienes o ejecutar obras cuando, dadas las características y
alcance de dichas adquisiciones, no sea probable que atraigan
competencia internacional. La LPN puede constituir el método de
contratación preferido cuando no se espera que los oferentes
extranjeros manifiesten interés ya sea debido a que: (a) los valores
contractuales son pequeños; (b) se trata de obras geográficamente
dispersas o escalonadas en el cursodel tiempo; (c) las obras requieren
una utilización intensiva de mano de obra; o (d) los bienes u obras
pueden obtenerse o contratarse localmente a precios inferiores a los
del mercado internacional. Los procedimientos de la LPN pueden
utilizarse también cuando sea evidente que las ventajas de la LPI
quedan ampliamente contrarrestadas por la carga administrativa y
financiera que ella supone.
Los documentos para utilizar se podrán descargar de Documentos | FMP Project Procurement (iadb.org).
Las aperturas de ofertas se llevarán a cabo observando las recomendaciones contenidas en el Anexo 4.
La DIGFEL de la AGENCIA I+D+i preparará un formato estándar para
evaluación de ofertas para su utilización en las licitaciones que se
lleven a cabo bajo el Proyecto.
1.4.5 Comparación de Precios (CP)
La comparación de precios es un método de contratación que se basa en
la obtención de cotizaciones de precios de diversos proveedores (en el
caso de bienes) o de varios contratistas (en el caso de obra pública),
con un mínimo de tres, con el objeto de obtener precios competitivos.
Es un método apropiado para adquirir bienes en existencia, fáciles de
obtener, o productos a granel con especificaciones estándar y pequeño
valor o trabajos sencillos de obra civil y pequeño valor. La solicitud
de cotización de precios debe incluir una descripción y la cantidad de
los bienes o las especificaciones de la obra, así como el plazo (o
fecha de terminación) y lugar de entrega requerido. La solicitud de
cotización de precios se puede hacer por medios electrónicos,
asegurándose de recibir por el mismo medio el acuse de recibo y la
eventual aceptación o rechazo de la misma. Las cotizaciones deben
presentarse de manera formal y en papel.
Los documentos para utilizar se podrán descargar de Documentos | FMP Project Procurement (iadb.org).
Se incluye los Documentos a ser utilizados:
(a) Adquisición de Bienes (de USD5.000 a USD100.000)
(b) Contratación de Servicios diferentes de consultoría (de USD5.000 a USD100.000)
(c) Contratación de Obras Menores (< USD 350.000)
Bienes y/o servicios de no consultoría: Para montos menores a (USD
100.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL se procederá de la siguiente
manera:
Toda adquisición de bienes y/o contratación de servicios por importes
menores a (USD 100.000) DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL seguirá el
procedimiento de la “Comparación de Precios”, debiéndose analizar al
menos tres cotizaciones comparables y adjudicar al menor precio.
Se entiende por “cotizaciones comparables” aquellas que, en igualdad de condiciones comerciales, son técnicamente equivalentes.
Se tendrá en cuenta que el requerimiento no consiste únicamente en
solicitar tres cotizaciones, sino en obtener tres que sean aceptables y
por ende puedan compararse.
A efectos de lograr cotizaciones comparables, para toda compra o
contratación se debe realizar una correcta e inequívoca descripción de
los bienes a adquirir y/o servicios a contratar, debiéndose ajustarel
oferente a tales pautas. Los procedimientos empleados deberán permitir
la participación amplia de oferentes.
No se debe restringir el número de proveedores a ser consultados, se
deberá invitar a cotizar a suficientes proveedores a los efectos de
asegurarse como mínimo la recepción de tres cotizaciones comparables.
Es posible que no todos los proveedores invitados respondan a la
invitación a cotizar y que no todas las ofertas recibidas sean
aceptables. A fin de minimizar los riesgos de obtener sólo una o dos
cotizaciones aceptables, se requerirán más de tres cotizaciones y se
solicitará a los proveedores invitados que confirmen si harán o no una
oferta. Si alguno respondiera negativamente, proveedores adicionales
podrán ser invitados en una siguiente instancia de invitación.
No se aceptará justificación alguna para proceder a la compra directa cuando se constate que no seprocede de esta manera.
El formulario para solicitar cotizaciones a utilizarse dentro de esta modalidad debe ser el estándardesarrollado por el Banco.
Los precios deben estar correctamente desglosados si corresponde.
Sin perjuicio de las pautas antedichas, el Beneficiario deberá tener en cuenta:
Que la descripción de él/los bienes o servicios a adquirir/contratar,
debe/n estar relacionada/s con el finpara el cual se los utilizará;
Que en el caso de que el bien se utilice junto a un equipo o sistema
existente, se debe exponer como complemento en la descripción a ser
enviada a los potenciales proveedores, describiéndose correcta y
específicamente la complementariedad necesaria entre los equipos sin
incluir marcas o modelos.
En las solicitudes de presupuesto se deben explicitar las formas en que
los Beneficiarios recibirán las cotizaciones (Carta y/o Correo
Electrónico), estipulándose asimismo un plazo mínimo de mantenimientode
la oferta, que será determinado en cada caso por el Beneficiario.
En todos los casos se deberá comunicar a los oferentes que el comprador
va a comparar al menos tres ofertas válidas. Si el proceso fracasa en
un primer intento, se deberán verificar las razones y el procedimiento
realizado antes de volver a invitar. Si luego de verificar es necesario
hacer ajustes a las especificaciones técnicas o requerimientos del
pedido, éstos deberán ser realizados y proceder con una segunda
invitación. En caso de que el segundo proceso también fracase, y se
constate que el mismo se llevó de acuerdo con lo establecido, se
adjudicará a la única oferta que se reciba si el bien o servicio cumple
con las características técnicas requeridas, el precio es razonable y
el cliente está conforme con la calidad de lo ofrecido.
1.4.6 Contratación Directa
Se lleva a cabo sin competencia (una sola fuente) y puede ser un método
adecuado en las siguientes circunstancias: i) ampliación de un contrato
preexistente adjudicado conforme a la normativa del Banco, para incluir
bienes u obras adicionales de carácter similar; ii) la estandarización
de equipo o de repuestos, con fines de compatibilidad con el equipo
existente; iii) el equipo requerido es patentado o demarca registrada y
puede obtenerse de una sola fuente; iv) el contratista responsable del
diseño de un proceso exige la compra de elementos críticos de un
proveedor determinado como condición de mantener su garantía de
cumplimiento y v) en casos excepcionales, tales como en respuesta a
desastres naturales. La revisión siempre será ex - ante y deberá estar
completamente justificada en el marco de la política de adquisiciones
del Banco (Documento GN-2349-15, de mayo 2019, Políticas para la
Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano
de Desarrollo).
1.4.7 Contratación de Servicios de Consultoría
Las normas y procedimientos que se seguirán para la selección y
contratación de servicios de consultoría durante la ejecución del
Subprograma deberán ajustarse en todo a lo establecido en:
• Contrato de Préstamo,
• Documento GN-2350-15 de mayo 2019 (“Políticas para la Selección
y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano
de Desarrollo”),
• Plan de Adquisiciones, y
• Reglamento Operativo del Subprograma ROP, prevaleciendo el
primero sobre el siguiente, en casode discrepancia o conflicto.
Como en el caso de las obras y bienes, las contrataciones de servicios
de consultoría del Subprograma deberán estar incluidas en el Plan de
Adquisiciones y en los respectivos POA aprobados previamente por el
BID. La AGENCIA I+D+i será la responsable de la aplicación de los
procedimientos.
1.4.8 Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC)
La SBCC es un proceso competitivo entre las firmas incluidas en una
lista corta en el que, para seleccionar la empresa a la que se
adjudicará el contrato, se tienen en cuenta la calidad de la propuesta
y el costo de los servicios. La ponderación que se asigne a la calidad
y al costo se determinará en cada caso de acuerdo a la naturaleza del
trabajo que se ha de realizar, sobre la base de lo establecido al
respecto en el Documento GN-2350-15 de mayo 2019 (“Políticas para la
Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo”).
El proceso de selección consta de las etapas siguientes:
a. Preparación de los términos de referencia (TR); Preparación de la estimación de costos y presupuesto;Publicidad;
b. Preparación de la lista corta de consultores;
c. Preparación y emisión de la solicitud de propuestas (SP) [que
debe incluir: la Carta de Invitación (CI),las Instrucciones a los
Consultores (IC), los TR y el borrador de contrato propuesto];
d. Recepción de propuestas;
e. Evaluación de las propuestas técnicas: consideración de la calidad; Apertura pública de las propuestas de precio;
f. Evaluación de la propuesta de precio;Evaluación final de calidad y costo; y
g. Negociación y adjudicación del contrato a la firma seleccionada.
1.4.9 Selección Basada en la Calidad (SBC)
La SBC es apropiada para los tipos de trabajo siguientes:
Servicios complejos o altamente especializados, en que los TR y la
aportación que se requiere de los consultores resultan difíciles de
precisar, y en que el contratante espera que los consultores demuestren
innovación en sus propuestas (por ejemplo, estudios económicos o
sectoriales de países, estudios de factibilidad multisectoriales,
diseño de una planta de descontaminación y reducción de desechos
peligrosos o un plan maestro de urbanización, reformas del sector
financiero);
Servicios que tienen importantes repercusiones futuras y en los que el
objetivo es contar con los mejores expertos (por ejemplo, estudios de
factibilidad y diseño técnico estructural de importantes obras de
infraestructura como grandes presas, estudios de políticas de
importancia nacional, estudios sobre administración de grandes
organismos públicos); y servicios que se pueden ejecutar en formas
sustancialmente distintas, de manera que las propuestas no serían
comparables (por ejemplo, asesoramiento en materia gerencial, y
estudios sectoriales y de políticas en que el valor de los servicios
depende de la calidad del análisis).
Cuando la selección se haga sobre la base de la calidad, en la
Solicitud de Propuestas (SP) se podrá pedir únicamente la presentación
de una propuesta técnica (sin una propuesta de precio), o se podrá
pedir la presentación simultánea de propuestas técnicas y de precio,
pero en sobres separados (sistema de dos sobres). En la SP se dará
información sobre el presupuesto estimado o una estimación del tiempo
de trabajo del personal clave, especificando que esa información sólo
se da a título indicativo y que los consultores deben tener libertad de
proponer sus propias estimaciones.
1.4.10 Selección Basada en Presupuesto Fijo (SBPF)
Este método es apropiado sólo cuando el trabajo es sencillo y se puede
definir con precisión, y cuando el presupuesto es fijo. En la SP se
debe indicar el presupuesto disponible y pedir a los consultores que
presenten, en sobres separados, sus mejores propuestas técnicas y de
precio dentro de los límites del presupuesto. Los TR se deben preparar
con especial cuidado a fin de garantizar que el presupuesto sea
suficiente para que los consultores realicen los servicios previstos.
Primero se deben evaluar todas las propuestas técnicas, tal como se
indica en el método de SBCC. Luego, se debe proceder a abrir en público
los sobres con los precios, los que deben ser leídos en voz alta. Las
propuestas que excedan al presupuesto indicado deben ser rechazadas. El
consultor que haya presentado la propuesta técnica mejor clasificada de
todas debe ser seleccionado e invitado a negociar un contrato.
1.4.11 Selección Basada en el Menor Costo (SBMC)
Este método es solamente apropiado para seleccionar consultores que
hayan de realizar servicios de tipo estándar o rutinario (por ejemplo,
el diseño técnico de obras poco complejas y otros similares) para los
que existen prácticas y normas bien establecidas. En este método se
establece una calificación “mínima” para la “calidad”. Se invita a los
consultores que integran una lista corta a presentar propuestas en dos
sobres separados. Primero se abren los sobres con las propuestas
técnicas, las que se evalúan. Aquellas que obtienen menos del puntaje
mínimo se rechazan, y los sobres con las propuestas de precio de los
consultores restantes se abren en público. A continuación, se
selecciona la firma que ofrece el precio más bajo y se publica la
adjudicación del contrato
1.4.12 Selección Basada en las Calificaciones de los Consultores (SCC)
Este método se puede utilizar para servicios menores
2 para los cuales
no se justifica ni la preparación nila evaluación de propuestas
competitivas. En tales casos, el Prestatario preparará los TR,
solicitará expresiones de interés e información sobre la experiencia y
la competencia de los consultores en lo que respecta al trabajo,
confeccionará una lista corta y seleccionará a la firma que tenga las
calificaciones y las referencias más apropiadas. Se pedirá a la firma
seleccionada que presente una propuesta técnica conjuntamente con una
propuesta de precio y se la invitará luego a negociar el contrato.
1.4.13 Selección Directa (SD)
La selección directa de consultores no ofrece los beneficios de la
competencia en lo que respecta a la calidad y el costo y carece de
transparencia, lo que podría promover prácticas inaceptables. Por
consiguiente, sólo se utilizará en casos excepcionales. La selección
directa puede resultar apropiada sólo si se presenta una clara ventaja
sobre el proceso competitivo: (a) en el caso de servicios que
constituyen una continuación natural de servicios realizados
anteriormente por la firma (véase el párrafo que sigue); (b) si se
trata de operaciones de emergencia en respuesta a desastres y de
servicios de consultoría necesarios por el plazo de tiempo inmediato
después de la emergencia; (c) para servicios muy pequeños
3; o (d)
cuando solamente una firma está calificada o tiene experiencia de valor
excepcional para los servicios. En todos los casos deberá estar
completamente justificada en el marco de la política de adquisiciones
(Documento GN-2350-15 de mayo 2019, Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo).
1.4.14 Contratación de Consultores Individuales
Normalmente se emplea a consultores individuales para servicios para
los que: (a) no se necesitan equipos de personal; (b) no se necesita
apoyo profesional adicional externo (de la oficina central); y (c) la
experiencia y las calificaciones de la persona son los requisitos
primordiales. Si debido al alto número de consultores individuales la
coordinación, la administración o la responsabilidad colectiva se
hicieran difíciles, sería preferible contratar a una firma de
consultores.
La selección de consultores individuales se hace teniendo en cuenta sus
calificaciones para realizar el trabajo. No se requiere publicación
4 y
los consultores no necesitan presentar propuestas. Se pueden
seleccionar sobre la base de la comparación de las calificaciones de
por lo menos tres (3) candidatos entre quienes hayan expresado interés
en el trabajo, o bien hayan sido contactados directamente por el
Prestatario. Las personas consideradas en la comparación de
calificaciones deben cumplir con las calificaciones mínimas pertinentes
y los que se seleccionen para ser contratados por el Prestatario deben
ser los mejor calificados y deben ser plenamente capaces de realizar el
trabajo. La capacidad de los consultores se juzgará sobre la base de
sus antecedentes académicos, su experiencia y, si corresponde, su
conocimiento de las condiciones locales, como el idioma, la cultura, el
sistema administrativo y la organización del gobierno.
1.4.15 Sector Privado
Aplica el Apéndice 4 de las políticas del Banco (Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo GN-2349-15 y Políticas para la Selección y Contratación de
Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo
GN-2350-15):
De acuerdo con las políticas del Banco, se consideran empresas privadas
aquéllas que no cuentan con participación gubernamental en su capital o
aquéllas en que ésta es inferior al cincuenta por ciento (50 %) de su
capital.
Para el caso de subproyectos presentados por consorcios público -
privados, aplicarán las políticas de adquisiciones del Banco para el
sector privado sólo en la medida en que el destinatario final de los
bienes u obras que vayan a ser adquiridos pertenezca al sector privado.
La Agencia deberá asegurar que se aplican al sector privado las
políticas del Banco sobre el uso apropiado de los fondos de sus
préstamos, elegibilidad de bienes, obras y servicios, así como las que
se refieren a la aplicación de la regla de economía y eficiencia.
Métodos de Adquisiciones
Los Beneficiarios del sector privado deben utilizar procedimientos de
adquisición que se ajusten en sus modalidades a las prácticas del
mercado para el sector privado o comercial y que sean aceptables para
el Banco. Para ser aceptables, estas prácticas podrán consistir en
procedimientos tales como convenios marco, subastas a la inversa,
licitaciones privadas u otros métodos que sigan los principios de
economía y eficiencia. La Agencia se asegurará de que tales
procedimientos resulten en precios competitivos y de mercado para los
bienes y servicios, y que éstos se adecúen a las necesidades del
proyecto.
En el Anexo 5 se describen en detalle los procedimientos aplicables al sector privado.
Los procesos que se lleven a cabo bajo prácticas del sector privado
deberán ser documentados por escrito y los documentos y actuaciones se
incluirán en los respectivos expedientes.
Para las contrataciones directas que se implementen a través de
beneficiarios del sector privado aplicarán las disposiciones del punto
1.4.6 de este Reglamento. En particular, las contrataciones directas
tramitadas a través de empresas del sector privado también deberán ser
justificadas bajo alguna de las circunstancias contempladas en las
Políticas de Adquisiciones del Banco y estarán sujetas a la revisión
previa y conformidad de la Agencia y formarán parte de la revisión ex
post del Banco.
1.4.16 Prácticas Prohibidas
El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios
de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores
incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas,
entidades o individuos participando en actividades financiadas por el
Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas,
consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios
y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y
representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o
implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y
denunciar al Banco- todo acto sospechoso de constituir una Práctica
Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el
proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato.
Las Prácticas Prohibidas son las siguientes: (i) prácticas corruptas;
(ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv)
prácticas colusorias; (v) prácticas obstructivas y (vi) apropiación
indebida. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la
supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser
remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para
que se investigue debidamente. El Banco ha adoptado procedimientos para
sancionar a quienes hayan incurrido en Prácticas Prohibidas. Asimismo,
el Banco suscribió con otras Instituciones Financieras Internacionales
(IFI) un acuerdo de reconocimiento mutuo de las decisiones de
inhabilitación.
(a) A los efectos de esta disposición, las definiciones de las Prácticas Prohibidas son las siguientes:
(i) Una práctica
corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir o
solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para
influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una
práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la
tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o
imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para
obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una
obligación;
(iii) Una
práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o
amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a
cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las
acciones de una parte;
(iv) Una
práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes
realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que
incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte;
(v) Una
práctica obstructiva consiste en:
i. destruir, falsificar, alterar u ocultar evidencia
significativa para una investigación del Grupo BID, o realizar
declaraciones falsas ante los investigadores con la intención de
impedir una investigación del Grupo BID;
ii. amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para
impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes
para una investigación del Grupo BID o que prosiga con la
investigación; o
iii. actos realizados con la intención de impedir el
ejercicio de los derechos contractuales de auditoría e inspección del
Grupo BID previstos en la Subcláusula 10.1 (f) abajo, o sus derechos de
acceso a la información;
(vi) Una
apropiación indebida consiste en el uso de fondos o recursos
del Grupo BID para un propósito indebido o para un propósito no
autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia grave.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de
Sanciones del Banco, que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios
de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores
incluyendo miembros de su personal, cualquier firma, entidad o
individuo participando en una actividad financiada por el Banco o
actuando como, entre otros, oferentes, proveedores, contratistas,
consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores,
proveedores de bienes o servicios, concesionarios, (incluyendo sus
respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean
sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica
Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un
contrato, el Banco podrá:
I. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un
contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de
obras, o servicios de consultoría;
II. suspender los desembolsos de la operación si se
determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante
del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Comprador ha
cometido una Práctica Prohibida;
III. declarar una contratación no elegible para
financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte
del préstamo o de la donación relacionada inequívocamente con un
contrato, cuando exista evidencia de que el representante del
Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas
correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la
notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión
de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
IV. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo
en el formato de una carta oficial de censura por su conducta;
V. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en
forma permanente o por un período determinado de tiempo, para la
participación y/o la adjudicación de contratos adicionales financiados
con recursos del Grupo BID;
VI. imponer otras sanciones que considere apropiadas, entre
otras, restitución de fondos y multas equivalentes al reembolso de los
costos vinculados con las investigaciones y actuaciones previstas en
los Procedimientos de Sanciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas
en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas"
(las sanciones “arriba referidas” son la amonestación y la
inhabilitación/inelegibilidad).
VII. extender las sanciones impuestas a cualquier
individuo, entidad o firma que, directa o indirectamente, sea
propietario o controle a una entidad sancionada, sea de propiedad o
esté controlada por un sancionado o sea objeto de propiedad o control
común con un sancionado, así como a los funcionarios, empleados,
afiliados o agentes de un sancionado que sean también propietarios de
una entidad sancionada y/o ejerzan control sobre una entidad sancionada
aun cuando no se haya concluido que esas partes incurrieron
directamente en una Práctica Prohibida.
VIII. remitir el tema a las autoridades nacionales pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) de la Subcláusula 10.1
(b) se aplicará también en los casos en que las partes hayan sido
declaradas temporalmente inelegibles para la adjudicación de nuevos
contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un
proceso de sanción, u otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida definitiva que sea tomada por el
Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será
de carácter público.
(e) Con base en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Decisiones de
Inhabilitación firmado con otras Instituciones Financieras
Internacionales (IFIs), cualquier firma, entidad o individuo
participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como
oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros
del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de
servicios, concesionarios, personal de los Prestatarios (incluidos los
beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes
(incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o
agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros,
podrá verse sujeto a una sanción. A los efectos de lo dispuesto en el
presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación
permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros
contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una
contravención del marco vigente de una IFI aplicable a la resolución de
denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los licitantes, oferentes, proponentes,
solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes,
contratistas, consultores, funcionarios o empleados, subcontratistas,
subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes o
agentes, y concesionarios le permitan revisar cuentas, registros y
otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el
cumplimiento del contrato, y someterlos a una auditoría por auditores
designados por el Banco. Todo licitante, oferente, proponente,
solicitante, proveedor de bienes y su representante o agente,
contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista,
subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar
plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también
requiere que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes,
proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas,
consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores,
proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los
documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el
Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo
contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento
necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas
Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los
licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes
y sus representantes o agentes, contratistas, consultores,
subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y
concesionarios que tengan conocimiento de que las actividades han sido
financiadas por el Banco, estén disponibles para responder a las
consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal
del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor
debidamente designado. Si los licitantes, oferentes, proponentes,
solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente,
contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista,
subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar
o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma
obstaculiza la investigación, el Banco, discrecionalmente, podrá tomar
medidas apropiadas en contra los licitantes, oferentes, proponentes,
solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente,
contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista,
subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario;
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de
servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente
de una agencia especializada, todas las disposiciones relativas a las
Prácticas Prohibidas, y a las sanciones correspondientes, se aplicarán
íntegramente a los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes,
proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas,
consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores,
proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos
funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus
atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya
suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de
bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en
conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva
el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales
como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán
consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles
temporal o permanentemente por el Banco. En caso de que una agencia
especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma
o individuo declarado inelegible por el Banco, este no financiará los
gastos conexos y tomará las medidas que considere convenientes.
El Consultor declara y garantiza:
(a) que ha leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas
del Banco y las sanciones aplicables de conformidad con los
Procedimientos de Sanciones;
(b) que no ha incurrido o no incurrirán en ninguna Práctica Prohibida
descrita en este documento durante los procesos de selección,
negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
(c) que no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante
los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de
este contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, subcontratistas, subconsultores,
directores, personal clave o accionistas principales son inelegibles
para la adjudicación de contratos financiados por el Banco;
(e) que ha declarado todas las comisiones, honorarios de representantes
o agentes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para
compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el
Banco; y
(f) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas
garantías podrá dar lugar a la imposición por el Banco de una o más de
las medidas descritas en la Subcláusula10.1 (b).
2. COMPONENTE I - FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE INNOVACION TECNOLOGICA
EJECUTOR: FONDO TECNOLOGICO ARGENTINO (FONTAR)
2.1 ANR. APORTES NO REEMBOLSABLES
2.1.1 Objetivo
El objetivo del instrumento es apoyar la inversión de pequeñas y
medianas empresas en I+D+i. De esta forma se busca fomentar actividades
que conduzcan a fortalecer las capacidades de innovación tecnológica
del sector productivo a escala nacional y regional. Los recursos
deberán ser aplicados a la financiación de gastos aceptables
correspondientes a proyectos elegibles bajo el presente componente.
2.1.2 Naturaleza del beneficio
Se denomina ANR PDT a las subvenciones no reintegrables (Aportes No
Reembolsables -ANR) destinadas a la ejecución de Proyectos de
Desarrollo Tecnológico (PDT), que conduzcan a generar una auténtica
innovación a nivel nacional de productos y/o procesos. Esta línea tiene
como propósito específico apoyar proyectos presentados por empresas o
cooperativas PyMEs que busquen incrementar la competitividad, a través
de:
• Desarrollo de tecnología a escala piloto y/o prototipo.
• Producción de conocimientos aplicables a una solución
tecnológica, cuyo desarrolloalcanza una escala de laboratorio o
equivalente.
• Desarrollo innovativo de nuevos procesos y productos.
• Modificación de procesos productivos que impliquen esfuerzos relevantes de ingeniería.
El monto del beneficio será de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL (U$S 250.000) y de hasta el 80% del costo total del
proyecto. La empresa beneficiaria deberá aportar el resto del costo
total del proyecto, con un plazo de ejecución propuesto no mayor a dos
(2) años.
Las empresas beneficiarias de ANR en las condiciones definidas en el
presente Reglamento, no podránpercibir otras subvenciones no
reintegrables para el mismo proyecto.
Dentro del instrumento se presentan también las siguientes variantes
que podrán operar mediante convocatoria pública y/o ventanilla
permanente:
ANR Internacional
Siendo el objetivo de esta variante apoyar empresas o cooperativas
PyMEs en proyectos de I+D+i, realizados en un ámbito de cooperación
multinacional, que conduzcan a generar innovaciones a nivel nacional de
productos y/o procesos y que cuenten con la idea proyecto aprobada por
el MINCYT y su contraparte correspondiente en el exterior.
De esta forma se busca fomentar actividades que conduzcan a fortalecer
las capacidades de innovación tecnológica del sector productivo a
escala internacional. Los recursos deberán ser aplicados a la
financiación de gastos aceptables correspondientes a proyectos
elegibles bajo el presente componente.
ANR Patentes
Con la intención de promover la protección, a través del sistema de
patentes de invención y de modelos de utilidad, de los resultados de la
actividad de investigación y desarrollo de empresas y/o de
instituciones científicas públicas y/o privadas sin fines de lucro que
forman parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
Productiva (SNCTIP), realizándose mediante financiamiento para cubrir
parte de la inversión que requiere la preparación y presentación de
solicitudes de patente en el país y/o en el exterior.
Los proyectos se gestionan bajo estrictas medidas de resguardo de la información confidencial.
Las personas involucradas en la evaluación y seguimiento de las
solicitudes de financiamiento se comprometerán a mantener la
confidencialidad de la información que sea considerada como “sensible”.
ANR Capacidades
Tiene como objetivo financiar parcialmente proyectos que tengan como
meta la creación o fortalecimiento de una unidad de I+D en empresas.
Entiéndase al fortalecimiento como la consolidación de unidades de I+D
que existen en forma incipiente en las empresas, mediante la
incorporación de profesionales con perfil de investigación,
equipamiento especializado, materiales e insumos para investigación o
consultorías científicas.
Asistencia Tecnológicas
Se denomina ASISTENCIAS TECNOLÓGICAS a las subvenciones no
reintegrables cuyo objeto es ayudar a PyMEs, cooperativas con condición
de PyMEs y Centros de la Red CENTEC, que de manera individual o
colectivamente, requieran identificar y solucionar retos tecnológicos
que afecten a su competitividad mediante el apoyo de asesores
tecnológicos expertos en su sector de actividad.
El FONTAR confeccionará un Registro de Asesores Tecnológicos con
aquellos profesionales que hayan finalizado su actuación en los
proyectos de manera exitosa y resulten avalados por las empresas
beneficiarias. El objetivo es constituir una base de datos de
profesionales referentes en cada disciplina como fuente de referencia
para futuros proyectos.
Se podrán postular como Asesores Tecnológicos aquellos Profesionales
Expertos que se desempeñen en Instituciones o Empresas
Público/Privadas. Las mismas deberán designar al Experto, que
participará durante toda la ejecución del proyecto.
2.1.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes
Este componente del Subprograma tiene como propósito apoyar a las
empresas o cooperativas PyMEs productoras de bienes y servicios,
existentes en el mercado, o aquellas nuevas que surjan en virtud de una
base tecnológica competitiva, que, a criterio de la AGENCIA I+D+i,
cuenten con capacidad técnica, administrativa y económica suficiente
para ejecutar el proyecto, con capacidad de gestión para materializarlo
y con aptitud comercial para colocar el producto o servicio en el
mercado, que soliciten apoyo al Subprograma en forma individual o
asociada.
Para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:
• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la AGENCIA I+D+i;
• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la AGENCIA
I+D+i, contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad
tecnológica del solicitante:
• Cumplir con los requisitos planteados en la Guía de Formulación
de Proyectos para ANRs, particularmente en lo referido a la evaluación
técnica y económica del proyecto presentado;
• Ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los
activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a
desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento
(incluyendo los del solicitante), las fechas de ejecución de las
labores comprendidas en el proyecto respectivo, así como las
proyecciones de los montos y oportunidad de los desembolsos requeridos
para implementar el proyecto indicando, en cada caso, las fuentes de
los fondos.;
• Haber completado la encuesta de innovación. Esta encuesta
consolida los indicadores de gasto y actividades de innovación de las
empresas a fin de determinar el impacto del subprograma. La misma se
diseñó en un todo de acuerdo con la Encuesta Nacional de Innovación.
Los postulantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.
2.1.4 Uso de los recursos
Los recursos del Componente se utilizarán para financiar Gastos
Aceptables, relacionados con Proyectos Elegibles. Los siguientes gastos
no serán considerados Gastos Aceptables para su financiamiento con
recursos del Componente:
• Gastos generales y de administración de los Beneficiarios;
• Reestructuración de deudas, pagos de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos;
• Transferencias de activos, adquisición de acciones,
participaciones en el capital social, otros valores mobiliarios, etc.;
• Pago de cesantías;
• Gastos recurrentes;
• Capital de Trabajo;
• Compras de inmuebles;
• Valores imputados de inversiones ya realizadas; y
• Contribuciones en especie.
Para el caso de Convocatorias públicas, se podrán reconocer gastos,
tanto del aporte FONTAR como por la contraparte empresaria, a partir de
la fecha de apertura de la convocatoria. En Ventanillas, el
reconocimiento es a partir de la fecha de presentación del proyecto.
2.1.5 Evaluación de los proyectos
Se procederá a la adjudicación de los fondos de este Componente a
través del sistema de Convocatorias Públicas o ventanilla permanente,
teniendo previsto realizar hasta tres llamados al año para el caso de
las convocatorias. Las Bases de las Convocatorias o las Condiciones de
las Ventanillas deberán contener el detalle de los antecedentes a
presentar por el solicitante y una explicación del mecanismo a aplicar
para la adjudicación de los proyectos.
Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación,
deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran
los criterios de Admisibilidad. El proceso de Admisión es llevado a
cabo por el FONTAR, contando la empresa con un período determinado para
reconsiderar en caso de no ser admitida la solicitud. Una vez admitido
el proyecto ingresa en el proceso de evaluación.
Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica y económica. Las
propuestas deberán contener la información necesaria para que su
evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad,
pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta y
viabilidad financiera del solicitante. La evaluación de las solicitudes
estará a cargo de evaluadores expertos de las diferentes áreas.
FONTAR podrá hacer uso de una Comisión Ad Hoc en los casos en que el
número de proyectos presentados lo justifique, integrada por referentes
de los diferentes sectores e instituciones, designados por autoridad
competente, que tendrá a su cargo la revisión de los dictámenes de
evaluación realizados por los evaluadores de FONTAR o del Sistema
Científico Tecnológico. Los miembros de la Comisión
Ad Hoc los aprobará
el Directorio a propuesta del FONTAR. La Comisión
Ad Hoc recomienda al
Directorio de la AGENCIA I+D+i la aprobación o rechazo de las
presentaciones.
Toda empresa tendrá derecho a reconsiderar un dictamen de rechazo o de
aprobación con menor monto, debiendo cumplimentar los requisitos
establecidos en la Bases de la Convocatoria, a fin de que se analice
nuevamente la solicitud.
2.1.6 Mecanismo de ejecución
Los recursos del financiamiento se desembolsarán bajo la modalidad de
reembolso de pago hecho, pago directo a proveedores o anticipos
financieros. En todos los casos los desembolsos se efectivizarán con
posterioridad a la firma del contrato.
La Empresa deberá presentar la Rendición de los Gastos efectuados y un
Informe Técnico de Avance de acuerdo con el cronograma de ejecución
establecido. La Rendición aprobada será materia de reintegro hasta los
montos indicados en el Contrato de Promoción.
La AGENCIA I+D+i podrá exigir garantías de ejecución en los casos que lo considere conveniente.
Los montos correspondientes a la modalidad de anticipo financiero en
ningún caso podrán superar el 40% del monto de beneficio aprobado en el
proceso de evaluación. La AGENCIA I+D+i requerirá una garantía
especial, que afianzará de forma específica el monto del anticipo
aprobado.
2.1.7 Rescisión por acuerdo de partes
En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del
contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud del beneficiario, lo cual
deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El
FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su
procedencia.
La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la
obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del
proyecto. El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas
del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. A tales
efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de
conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en
relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones
efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos
presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una
evaluación final técnica del FONTAR y financiera de la DIGFEL. La
AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos
con fondos de la subvención.
2.1.8 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i
La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:
• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.
• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.
• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información
correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que
determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el
accionar de los expertos designados para ello.
• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se
opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de
los fondos del beneficio.
• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.
• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de
salvaguardia socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa
vigente en la materia.
La AGENCIA I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente y de
ejecutar las garantías cuando se verificara alguna de las causales de
rescisión establecidas en el presente acápite.
2.1.9 Derechos de propiedad
Los bienes adquiridos y los logros alcanzados mediante la subvención serán propiedad de la empresa beneficiaria
2.2 AR. APORTES REEMBOLSABLES
2.2.1 Objetivo
El objetivo del instrumento es apoyar la inversión de pequeñas y
medianas empresas o cooperativas cuya finalidad sea mejorar los
argumentos de competencia mediante la incorporación de tecnología, la
modernización tecnológica o el desarrollo tecnológico. De esta forma se
busca fomentar actividades que conduzcan a fortalecer las capacidades
de producción y comercialización de las empresas.
TIPO DE PROYECTOS
a. El financiamiento de la tecnología necesaria (equipamiento) para
fortalecer las capacidades de los beneficiarios para realizar I+D.
También son elegibles bajo esta modalidad los saltos tecnológicos
significativos que tengan como consecuencia una mejora en la eficiencia
en los procesos productivos, mediante la incorporación de tecnología o
la integración vertical, con bajo nivel de riesgo técnico y económico.
b. El financiamiento de proyectos de modernización tecnológica,
adaptaciones y mejoras, desarrollos tendientes a adecuar tecnologías y
a introducir perfeccionamiento o desarrollo de productos y procesos,
con leve nivel de riesgo técnico y económico.
c. El financiamiento de proyectos de Desarrollo Tecnológico, cuyo
objetivo es la producción de tecnología a escala de planta piloto,
prototipo y fábrica, con mediano nivel de riesgo tecnológico.
2.2.2 Naturaleza del beneficio
Se denomina AR BID a los proyectos donde quede demostrada una
participación activa y relevante por parte del postulante en el proceso
de innovación tecnológica. Se busca que los beneficiarios realicen un
esfuerzo relevante de ingeniería, que planteen propuestas creativas.
El monto del beneficio será de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS
MIL (U$S 500.000) y de hasta el 80% del costo total del proyecto. El
beneficiario deberá aportar el resto del costo total del proyecto, con
un plazo de ejecución propuesto no mayor a un (1) año.
2.2.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes
Este componente del Subprograma tiene como propósito apoyar a las
empresas o cooperativas PyMEs productoras de bienes y servicios,
existentes en el mercado, o aquellas nuevas que surjan en virtud de una
base tecnológica competitiva, que, a criterio de la AGENCIA I+D+i,
cuenten con capacidad técnica, administrativa y económica suficiente
para ejecutar el proyecto, con capacidad de gestión para materializarlo
y con aptitud comercial para colocar el producto o servicio en el
mercado, que soliciten apoyo al Subprograma en forma individual o
asociada
Para ser elegibles los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:
• Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la AGENCIA I+D+i;
• Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la AGENCIA I+D+i,
contribuyan al desarrollo y/o aumento de la capacidad tecnológica del
solicitante:
• Ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos
y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los
aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del
solicitante), las fechas de ejecución de las labores comprendidas en el
proyecto respectivo, así como las proyecciones de los montos y
oportunidad de los desembolsos requeridos para implementar el proyecto
indicando, en cada caso, las fuentes de los fondos.;
• Haber completado la encuesta de innovación. Esta encuesta consolida
los indicadores de gasto y actividades de innovación de las empresas a
fin de determinar el impacto del subprograma. La misma se diseñó en un
todo de acuerdo con la Encuesta Nacional de Innovación.
Los postulantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.
2.2.4 Uso de los recursos
Los recursos del Componente se utilizarán para financiar Gastos
Aceptables, relacionados con Proyectos Elegibles. Los siguientes gastos
no serán considerados Gastos Aceptables para su financiamiento con
recursos del Componente:
• Gastos generales y de administración de los Beneficiarios;
• Reestructuración de deudas, pagos de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos;
• Transferencias de activos, adquisición de acciones, participaciones en el capital social, otros valores mobiliarios, etc.;
• Pago de cesantías;
• Gastos recurrentes;
• Compras de inmuebles;
• Valores imputados de inversiones ya realizadas; y
• Contribuciones en especie.
Se podrán reconocer gastos, tanto del aporte FONTAR como por la
contraparte empresaria, a partir de la fecha de admisión de los
proyectos.
2.2.5 Evaluación de los proyectos
Se procederá a la adjudicación de los fondos de este Componente a
través del sistema de ventanilla permanente. Las Condiciones del
llamado deberán contener el detalle de los antecedentes a presentar por
el solicitante y una explicación del mecanismo a aplicar para la
adjudicación de los proyectos.
Para que un proyecto pueda ser ingresado al sistema de evaluación,
deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran
los criterios de Admisibilidad. El proceso de Admisión es llevado a
cabo por el FONTAR, contando la empresa con un período determinado para
reconsiderar en caso de no ser admitida la solicitud. Una vez admitido
el proyecto ingresa en el proceso de evaluación.
Las propuestas serán sometidas a evaluación técnica y económica. Las
propuestas deberán contener la información necesaria para que su
evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad,
pertinencia y viabilidad técnica y económica de la propuesta y
viabilidad financiera del
solicitante. La evaluación de las solicitudes estará a cargo de evaluadores expertos de las diferentes áreas.
FONTAR podrá hacer uso de una Comisión
Ad Hoc, integrada por referentes
de los diferentes sectores e instituciones, designados por autoridad
competente, tendrá a su cargo la revisión de los dictámenes de
evaluación realizados por los evaluadores de FONTAR o del Sistema
Científico Tecnológico. La Comisión
Ad Hoc recomienda al Directorio de
la AGENCIA I+D+i la aprobación o rechazo de las presentaciones.
Los postulantes tendrán derecho a reconsiderar un dictamen de rechazo o
de aprobación con menor monto, debiendo cumplimentar los requisitos
establecidos en las Condiciones de la ventanilla, a fin de que se
analice nuevamente la solicitud.
2.2.6 Mecanismo de ejecución
Los recursos del financiamiento se desembolsarán bajo la modalidad de
reembolso de pago hecho, pago directo a proveedores o anticipos
financieros. En todos los casos los desembolsos se efectivizarán con
posterioridad a la firma del contrato.
El monto correspondiente a la modalidad de anticipo financiero quedará
supeditado a la aprobación de un cronograma de desembolso.
El beneficiario deberá presentar la Rendición de los Gastos efectuados
y un Informe Técnico de Avance de acuerdo con el cronograma de
ejecución establecido.
La AGENCIA I+D+i exigirá las garantías para asegurar la devolución del crédito que considere convenientes.
2.2.7 Rescisión por acuerdo de partes
En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del
contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud del beneficiario, lo cual
deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. La DGAJ
evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.
La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la
obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del
proyecto. El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas
del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. A tales
efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de
conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en
relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones
efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos
presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una
evaluación final técnica del FONTAR y financiera de la DIGFEL. La
AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos
con fondos de la subvención.
2.2.8 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i
La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:
• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.
• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.
• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información
correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que
determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el
accionar de los expertos designados para ello.
• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se
opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de
los fondos del beneficio.
• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.
• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia
socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa vigente en
la materia.
La AGENCIA I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente y de
ejecutar las garantías cuando se verificara alguna de las causales de
rescisión establecidas en el presente acápite
2.2.9 Derechos de propiedad
Los bienes adquiridos y los logros alcanzados mediante la subvención serán propiedad de la empresa beneficiaria.
2.3 RRHH AC - PROYECTOS DE INTEGRACIÓN EN EMPRESAS DE RECURSOS HUMANOSALTAMENTE CALIFICADOS
2.3.1 Objetivo
El objetivo del instrumento es reforzar las capacidades científicas y
tecnológicas de las empresas o miembros de la Red CENTEC mediante la
integración de personal con titulación de doctorado o equivalentes en
disciplinas tecnológicas, acreditando estudios de maestría y
antecedentes en proyectos de I+D. Para ello, financiará la
incorporación de profesionales altamente calificados al sector
productivo de manera permanente y de este modo reforzar las capacidades
científico-tecnológicas de las empresas, potenciar la gestión,
potenciar la vinculación del sector productivo con la oferta de
conocimientos y complementar las acciones de vinculación entre el
Sector Científico Tecnológico y el Productivo.
2.3.2 Naturaleza del beneficio
Los Proyectos de integración en empresas o centros tecnológicos de
recursos humanos altamente calificados consisten en subvenciones no
reintegrables destinadas a la incorporación en forma permanente de
recursos humanos altamente calificados en el sector productivo, en
posiciones que permitan el desarrollo del recurso a nivel profesional y
lograr un impacto en la gestión y en las capacidades
científico-tecnológicas de la empresa.
El plazo de ejecución propuesto para el financiamiento no podrá ser
superior a los tres (3) años. El monto del beneficio consistirá en 13
pagos anuales, aplicables al costo laboral de la siguiente escala:
• Primer año: Hasta el 80% del costo laboral declarado por la empresa,
con un máximo de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL (U$S 2.000) por
pago.
• Segundo año: Hasta el 60% del costo laboral declarado por la empresa,
con un máximo de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES MIL QUINIENTOS (U$S
1.500) por pago.
• Tercer año: Hasta el 40% del costo laboral declarado por la empresa,
con un máximo de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES MIL (U$S 1.000) por pago.
Las empresas o centros tecnológicos beneficiarios de este instrumento
no podrán percibir otras subvenciones no reintegrables para proyectos
donde estén incluidos los mismos recursos humanos financiados por este
instrumento.
Los centros tecnológicos miembros de la Red CENTEC tendrán un beneficio
adicional, tal como facilitar el acceso a otros instrumentos
disponibles en el FONTAR. Estos beneficios estarán indicados
expresamente en las bases de la Convocatoria.
Con el fin de contribuir a la reducción de las brechas de género
existentes, el instrumento de financiamiento abordará la perspectiva de
género proponiendo un incremento en el financiamiento.
La entidad beneficiaria informará bajo declaración jurada el costo
laboral del recurso a incorporar y no podrá percibir otras subvenciones
no reintegrables para el mismo Proyecto.
2.3.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes
Serán elegibles las empresas productoras de bienes y servicios
existentes en el mercado, o aquellas nuevas que surjan en virtud de una
base tecnológica competitiva que, a criterio de la AGENCIA I+D+i,
cuenten con capacidad técnica, administrativa y económica suficiente
para incorporar el recurso altamente calificado y ofrecerle un plan de
carrera donde pueda desempeñar tareas de I+D+i o de innovación
gerencial.
Las empresas solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva.
2.3.4 Uso de los recursos
Los recursos del financiamiento se utilizarán para financiar
parcialmente los costos laborales de los doctores, así como todos los
costos que se derivan del pago de los mismos.
2.3.5 Evaluación de los proyectos
La AGENCIA I+D+i operará el instrumento a través de ventanilla
permanente, aunque podrán realizarse convocatorias públicas a
presentación de expresiones de interés.
La evaluación estará a cargo del cuerpo de evaluación técnico-económico y financiero del FONTAR.
2.3.6 Mecanismo de ejecución
Se celebrará un contrato entre La AGENCIA I+D+i y el beneficiario donde
se establecerán las condiciones de incorporación del recurso altamente
calificado y las obligaciones de las partes.
La AGENCIA I+D+i tendrá la posibilidad de operar el instrumento otorgando anticipos.
Los beneficiarios del instrumento y los recursos humanos contratados
deberán presentar informes anuales a fin de demostrar el estado de la
contratación y la evolución del recurso altamente calificado, que serán
evaluados por FONTAR con asistencia de la DIGFEL y DGAJ.
2.3.7 Rescisión de común acuerdo
En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del
contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud del beneficiario, lo cual
deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El
FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su
procedencia.
La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la
obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del
proyecto.
Asimismo, la AGENCIA I+D+i no tendrá responsabilidad alguna por los
reclamos que puedan efectuarse entre el BENEFICIARIO y el Recurso
Humano Altamente Calificado como consecuencia de la rescisión del
contrato.
Tampoco asume responsabilidad alguna en relación con las obligaciones
civiles y laborales, previsionales y tributarias que el BENEFICIARIO y
el Recurso Humano Altamente Calificado deban asumir con terceros para
la ejecución del PROYECTO.
2.3.8 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i
La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:
• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.
• Si la beneficiaria se desvinculara sin expresión de causa al recurso altamente calificado.
• Si el recurso altamente calificado renunciara a la empresa beneficiaria.
• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.
• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información
correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que
determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el
accionar de los expertos designados para ello.
• Si los responsables se opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de los fondos del beneficio.
• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.
• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia
socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa vigente en
la materia.
La AGENCIA I+D+i se reserva la facultad de accionar legalmente en caso
de rescisión unilateral, si considera que la contraparte ha lesionado
algún derecho en juego y/o si se verificaran incumplimientos del
beneficiario que ameriten dicho temperamento.
2.4 PROYECTOS ASOCIATIVOS
Los proyectos asociativos pueden encuadrase en:
2.4.1 FIT AP
El objetivo de este instrumento es aumentar la inversión y fortalecer
los procesos de innovación asociativos en los que participen tanto
empresas como centros tecnológicos de I+D.
El instrumento permite integrar coordinadamente dentro de un proyecto
articulado, distintas actividades y acciones en beneficio de las
empresas que formen parte de aglomerados productivos o clústeres.
En dichas acciones tendrán que intervenir grupos de empresas e
instituciones científicas y tecnológicas, centros de formación superior
y podrán participar también entidades públicas o privadas que
contribuyan al desarrollo tecnológico e innovador del aglomerado
productivo.
Dada su naturaleza integradora, se espera que los FIT-AP contribuyan al
surgimiento y/o fortalecimiento de acciones asociativas entre los
actores de un AP, especialmente en lo relativo al desarrollo de
capacidades tecnológicas y de dinámicas innovadoras que sustenten el mejoramiento competitivo del mismo.
2.4.2 Naturaleza del beneficio
Se denomina Aglomerados Productivos (AP) a aquellas concentraciones de
empresas, con frecuencia territoriales -con predominio de PYME-, que
presentan cierta especialización productiva similar o complementaria en
un mismo sector productivo o cadena de valor, y entre las cuales se
desarrollan -con diversos grados de intensidad y frecuencia- vínculos
de cooperación e iniciativas asociativas. Esas características otorgan
a los AP un buen potencial de aprendizaje colectivo y de mejoramiento
competitivo.
El monto máximo a financiar por FIT-AP, no podrá superar el equivalente
en pesos de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S
2.500.000). El período máximo propuesto para la ejecución será de hasta
dos (2) años.
El proyecto consistirá en un Plan de Mejora Tecnológica (PMT)
consensuado entre los actores participantes, orientado a abordar
objetivos estratégicos de desarrollo del Aglomerado. Dicho PMT contará
con un Presupuesto Único Flexible (PUF) en el que se detallen las
diferentes acciones a realizar, con su respectiva agenda y el monto
destinado a la realización de cada actividad. El PUF deberá contener la
totalidad de actividades previstas y el monto total de las inversiones
del proyecto, como así también identificar a cada uno de los
destinatarios del financiamiento de cada actividad.
Para el logro de estos fines, el FONTAR aplicará instrumentos de
subsidios y/o créditos a empresas e instituciones, dependiendo de los
objetivos específicos, del grado de impacto en el aglomerado, de las
posibilidades de concreción en el corto plazo y del efecto derrame en
el AP.
Las acciones aprobadas en el FIT-AP, serán financiadas en función del
tipo de actividad que se realice y del contenido de desarrollo
tecnológico que implique la misma. En este sentido, se contará con la
siguiente clasificación, siempre teniendo en cuenta los criterios de
elegibilidad de los gastos e inversiones:
• Las actividades de investigación y desarrollo en productos o
procesos y las actividades de investigación aplicada serán financiadas
bajo la modalidad de subsidios en condiciones similares a las
establecidas para ANR PDT.
• Las actividades de modernización tecnológica serán financiadas bajo la modalidad de crédito.
• La identificación y determinación de soluciones a problemas
tecnológicos de las empresas será financiada bajo la modalidad de
subsidios similares a las establecidas para Asistencias Tecnológicas.
• Las actividades destinadas a fortalecer las capacidades de
desarrollo de servicios tecnológicos para la producción de bienes y
servicios, a través de la creación, ampliación o mejoras en las
facilidades de instalación, equipamiento y capacitación de recursos
humanos, a realizar por instituciones públicas o privadas sin fines de
lucro, serán financiadas bajo la modalidad de subsidio o crédito,
dependiendo del impacto en el AP.
• Las actividades de investigación y desarrollo en productos o
procesos y las actividades de investigación aplicada, para el sector
productivo, a realizar por instituciones públicas o privadas sin fines
de lucro, podrán ser subsidiados aplicando los mismos criterios de
elegibilidad que los ANRs PDT. y ampliando el porcentaje de subvención
hasta el 80 % del costo total de dichas actividades,
2.4.3 FIT PDP
Los proyectos FIT-PDP tienen como objetivo aumentar el desempeño
tecnológico y productividad de PyMEs proveedoras o clientes de una gran
empresa
5 de una misma cadena de valor.
2.4.4 Naturaleza del beneficio
Se denomina FIT-PDP a la estrategia de promoción que busca mejorar las
estructuras productivas y la competitividad tanto de la empresa
tractora o líder como de las empresas proveedoras, consolidando una red
de socios estratégicos, mediante:
• Desarrollo de innovación en productos o procesos.
• Solucionar problemas tecnológicos en las empresas.
Incorporación de tecnologías de información, comunicación,
trazabilidad, control de calidad, etc. al proceso productivo.
• Modificación o mejora de tecnologías de procesos.
• Introducción de tecnologías de gestión de la producción que potencien la competitividad.
• Adquisición de tecnología incorporada en equipos para producción y el esfuerzo de ingeniería asociado al mismo.
El plazo de ejecución no podrá ser superior a los dos (2) años. El
monto del beneficio será de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES
(U$S 2.000.000) y de hasta el 80% del costo total del proyecto. Las
empresas beneficiarias deberán aportar no menos del 20% del costo del
Proyecto.
Las empresas beneficiarias de FIT-PDP en las condiciones definidas en
el presente Reglamento, no podrán percibir otras subvenciones no
reintegrables para el mismo Proyecto.
El proyecto deberá incluir un PUF similar al descripto para los FIT-AP,
en el que se detallen las diferentes acciones a realizar, con su
respectiva agenda y el presupuesto para cada una de ellas.
El PUF deberá contener la totalidad de actividades previstas y el monto
total de las inversiones del proyecto, como así también identificar a
cada uno de los destinatarios del financiamiento de cada actividad.
Para el logro de estos fines, el FONTAR aplicará instrumentos de
subsidios y/o créditos, dependiendo de los objetivos específicos de
cada una de las acciones.
2.4.5 Rescisión por acuerdo de partes
En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del
contrato a solicitud del FONTAR o a solicitud de los beneficiarios, lo
cual deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éstos.
El FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su
procedencia.
La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la
obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del
proyecto. Los beneficiarios reintegrarán de inmediato las sumas
percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión.
A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un informe
técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados
en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones
efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos
presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una
evaluación final técnica del FONTAR y financiera de la DIGFEL. La
AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos
con fondos de la subvención.
2.4.6 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i
La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:
• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.
• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.
• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a la información
correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que
determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el
accionar de los expertos designados para ello.
• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se
opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de
los fondos del beneficio.
• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.
• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de
salvaguardia socioambientales vigentes, de conformidad con la normativa
vigente en la materia.
La AGENCIA I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente y de
ejecutar las garantías cuando se verificara alguna de las causales de
rescisión establecidas en el presente acápite.
2.4.7 Derechos de propiedad
Los bienes adquiridos y los logros alcanzados mediante la subvención serán propiedad de las empresas beneficiarias.
2.5 CENTROS TECNOLÓGICOS CEN-TEC
2.5.1 Objetivo
Generar masa crítica en actividades de transferencia, I+D y servicios
técnicos de alto valor agregado con I+D orientada a la producción y con
amplio alcance a nivel territorial. Los Centros deberán orientarse a
facilitar la puesta en marcha de actividades intensivas en conocimiento
en núcleos industriales y conglomerados de empresas donde existen
demandas tecnológicas precisas que justifiquen la inversión a realizar.
2.5.2 Naturaleza del beneficio
El beneficio consistirá en aportes no reembolsables, que cubrirán hasta
el 90% de las necesidades de financiamiento del proyecto con un máximo
del equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES
(U$S5.000.000). El apoyo se destinará por un lado a generar las
capacidades de oferta de servicios y actividades de I+D, y por el otro
a subsidiar durante un primer período la utilización de los mismos a
través de derechos de usos otorgados a las empresas. Se privilegiará
financiar iniciativas que impliquen nuevas capacidades en provincias o
ciudades de menor desarrollo relativo en términos de recursos para I+D.
Los proyectos tendrán un plazo de ejecución de hasta 36 meses.
Los beneficiarios deberán presentar un plan de actividades que responde
a los objetivos generales y específicos del proyecto, considerando
áreas cuyas funciones se orienten a:
• Desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas
innovativas (actividades de investigación y desarrollo, desarrollos
tecnológicos, en productos y procesos, por ejemplo)
• Transferencia de nuevas tecnologías al/los sectores/es
• Formación y capacitación de profesionales en investigación, tecnologías y gestión
• Fomento a la articulación entre los diferentes actores de la/s cadena/s productiva/s involucradas
• Creación y radicación de nuevas empresas
• Creación o fortalecimiento de observatorios tecnológicos y
sectoriales (por ejemplo, vigilancia tecnológica, asistencia comercial,
identificación de oportunidades, entre otros)
• Servicios orientados a la mejora de calidad, seguridad industrial y medio ambiente
• Servicios de formulación y gestión de proyectos científicos y tecnológicos
• Nuevos recursos en diseño, comunicación, comercialización y logística
• Apoyo a la internacionalización (identificación de oportunidades, organización de misiones y ferias, convenios)
• Asesorías en aspectos de propiedad intelectual.
2.5.3 Elegibilidad de los Solicitantes y las Solicitudes
La presentación del proyecto deberá formalizarse, preferentemente,
mediante un convenio público - privado constituido por alguno/s de los
siguientes actores: un municipio, una cámara empresarial, empresa de
alta tecnología con participación accionaria estatal, institución
científico-tecnológica y/o educativa.
Se consideran elegibles las Instituciones Públicas
científico-tecnológica y/o educativa sin fines de lucro constituidas
legalmente en el territorio argentino, municipios, cámaras
empresariales o empresas de alta tecnología con participación
accionaria estatal, y que a criterio de la AGENCIA I+D+i, hayan
evidenciado tener capacidad legal, administrativa y financiera para
realizar actividades destinadas a cumplir con los objetivos descriptos
en el componente.
El proyecto deberá contar con un coordinador ejecutivo cuyas funciones
serán articular y alinear las demandas e iniciativas, supervisar las
actividades de cada área y ejecución del proyecto, asignar
responsabilidades, etc. El coordinador ejecutivo asumirá la
interlocución y representación ante la AGENCIA I+D+i y ante los
representantes públicos y privados del/los sector/es a atender
regionalmente.
Serán elegibles los proyectos cuyos objetivos den cuenta del logro e
impacto en el corto o mediano plazo en los sectores productivos
involucrados, con al menos las siguientes características:
• Calificar por el alcance y envergadura de sus objetivos científicos,
tecnológicos y económicos -transferencia, I+D, servicios técnicos - y
por su contribución al desarrollo de los sectores productivos
involucrados dentro de una región determinada.
• Desarrollar soluciones científicas y tecnológicas mediante
actividades de I+D, transferencia y servicios tecnológicos - orientados
a aumentar la competitividad del/los sector/es productivo/s basado en
el conocimiento científico y tecnológico.
• Contar con un grupo de empresas -fundamentalmente PyMEs-
representativo del/los sectores productivos que demanden las
actividades a ofrecer por parte del Centro.
• Presentar un conjunto de acciones y actividades, conforme a estudios
de demandas y necesidades científicas y tecnológicas del/los sectores
productivos a atender, que respondan a los objetivos generales del
Proyecto, teniendo en cuenta actividades como las descriptas en el ítem
anterior (Naturaleza del beneficio). Asimismo, será necesario
contemplar un plan de negocios que contenga la proyección de ingresos
por esos servicios especializados.
• Demostrar capacidad de gestión de parte del Centro, particularmente
en lo referido a la capacidad legal, técnica, administrativa, económica
y financiera suficiente a fin de llevar adelante el proyecto
presentado, así como en la dotación de personal dedicado a la
formulación y gestión de futuros proyectos de I+D y servicios
tecnológicos.
2.5.4 Mecanismo de selección
El mecanismo de selección contará con dos Fases. La primera será la
instancia de presentación de ideas proyectos. Luego se convocará a los
solicitantes de las ideas seleccionadas a presentar el proyecto
detallado.
2.5.5 Uso de los recursos
Los recursos afectados al proyecto (propios y de/los beneficiario/s) se
utilizarán para financiar Gastos Aceptables, relacionados con Proyectos
Elegibles a ejecutar.
2.5.6 Criterios de evaluación
La evaluación de las solicitudes será realizada por evaluadores del
FONTAR o evaluadores pertenecientes a instituciones o entidades
idóneas, dependiendo de la complejidad de la temática y una Comisión de
Expertos Ad-Hoc en la temática de cada Centro.
2.5.7 Mecanismo de Ejecución y seguimiento
El FONTAR y la DIGFEL supervisarán la ejecución de los proyectos
financiados, realizando, cada vez que sea necesario, visitas
presenciales o virtuales al lugar donde se desarrollen sus actividades
2.5.8 Rescisión por acuerdo de partes
En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del
contrato a solicitud del FONTAR a solicitud del beneficiario, lo cual
deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El
FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su
procedencia.
La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la
obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del
proyecto. A tales efectos, formarán parte del contrato de rescisión un
informe técnico de conclusión del proyecto, en el que se evalúen los
resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de
erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa;
ambos presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una
evaluación final técnica del FONTAR. La AGENCIA I+D+i determinará la
relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.
2.5.9 Rescisión por parte de la Agencia
La AGENCIA podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:
• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.
• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.
• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información
correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que
determine la AGENCIA I+D+i; o si se
limitare de cualquier manera el accionar de los expertos designados
para ello.
• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se
opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de
los fondos del beneficio.
• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.
La AGENCIA se reserva el derecho de accionar legalmente. La AGENCIA
I+D+i determinará el destino de los bienes adquiridos con fondos del
beneficio.
2.6
FIN-SET: Financiamiento para Servicios Tecnológicos
2.6.1 Objetivo.
El objetivo del componente es fortalecer y desarrollar capacidades para
la prestación de servicios tecnológicos orientados a la producción de
bienes y servicios, apoyando la ampliación o modernización de
infraestructura y equipos y capacitación de recursos humanos, entre
otros.
2.6.2 Naturaleza del beneficio.
Los recursos financiados por la AGENCIA I+D+i consistirán en Aportes No
Reembolsables cuyas condiciones de otorgamiento se establecen en el
presente Reglamento.
Los recursos de contrapartida consistirán en aportes de los
Beneficiarios. Estos recursos deberán ser aplicados a la financiación
de Gastos Aceptables correspondientes a Proyectos Elegibles bajo el
presente Componente.
El monto del financiamiento tendrá un mínimo, del equivalente en PESOS
de DÓLARES QUINIENTOS MIL (U$S 500.000) y hasta, el equivalente en
PESOS de DOLARES UN MILLON QUINIENTOS MIL (U$S 1.500.000).
El financiamiento consistirá en un máximo del 80% del costo total del
proyecto. El beneficiario deberá aportar no menos del 20% del Costo
Total del proyecto.
2.6.3 Proyectos elegibles
Todos los proyectos deben propender a:
• Promover la prestación de nuevos servicios tecnológicos y/o
mejorar los existentes tendiendo a lograr estándares de calidad para
poder contribuir con la innovación y el desarrollo nacional.
• Desarrollar nuevas soluciones tecnológicas para la prestación
de servicios orientados a aumentar la competitividad del sector
productivo basado en el conocimiento científico y/o tecnológico.
En términos generales, para ser elegibles, los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán:
a. Ajustarse a los objetivos generales y específicos de la AGENCIA I+D+i;
b. Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la AGENCIA
I+D+i, contribuyan a los objetivos específicos de la línea definidos en
el artículo precedente;
c. Cumplir con los requisitos planteados por la AGENCIA I+D+i,
particularmente en lo referido a la capacidad legal, técnica,
administrativa, económica y financiera suficiente a fin de llevar adelante el proyecto presentado;
d. Promover la incorporación de recursos humanos con el objeto de
fortalecer las capacidades que establezcan mecanismos de gestión del
conocimiento dentro de la organización a fin de incrementar la calidad
del servicio, principalmente reduciendo los tiempos de prestación; y
e. Ajustarse a un plan de inversiones en
el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse y
presentar un conjunto de acciones y actividades, conforme a estudios de
demandas y necesidades científicas y tecnológicas del/los sectores
productivos a atender, que respondan a los objetivos generales del
Proyecto, teniendo en cuenta actividades como las descriptas en el ítem
anterior (Naturaleza del beneficio). Asimismo, será necesario
contemplar un plan de negocios que contenga la proyección de ingresos
por esos servicios especializados.
2.6.4 Uso de los recursos
Los recursos afectados al proyecto (propios y de/los beneficiario/s) se
utilizarán para financiar gastos aceptables, relacionados con proyectos
elegibles a ejecutar.
2.6.5 Evaluación de los proyectos
Las propuestas contendrán la información necesaria para que su
evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad,
pertinencia y viabilidad técnica, económica y financiera de la
propuesta.
Las presentaciones deberán ajustarse a los términos definidos en las Bases de la Convocatoria correspondiente.
La evaluación de las solicitudes será realizada por evaluadores del
FONTAR o evaluadores pertenecientes a instituciones de ciencia y
tecnología, estatales o privadas, dependiendo de la complejidad de la
temática.
2.6.6 Mecanismos de ejecución
La AGENCIA I+D+i, a través de sus Órganos competentes, supervisará la
ejecución de los proyectos financiados, realizando, cada vez que sea
necesario, visitas al lugar donde se desarrollen sus actividades,
prestando atención especial a los siguientes aspectos:
• Avance de la ejecución de los proyectos según el plan de trabajo acordado
• Documentación de la ejecución financiera
• Registros contables inherentes al proyecto
• Documentación probatoria de los gastos e inversiones realizadas conforme al plan de erogaciones.
Los recursos del financiamiento se desembolsarán bajo la modalidad de
reembolso de pago hecho, pago directo a proveedores, anticipos
financieros o procesos, conforme quede establecido en las Bases de las
Convocatorias, dependiendo del tipo de beneficiario.
2.6.7 Rescisión por acuerdo de partes
En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del
contrato a solicitud del FONTAR a solicitud del beneficiario, lo cual
deberá ser objeto de prueba y fundamentación por parte de éste. El
FONTAR evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su
procedencia.
La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la
obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del
proyecto. A tales efectos,
formarán parte del contrato de rescisión un informe técnico de
conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en
relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones
efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos
presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una
evaluación final técnica del FONTAR. La AGENCIA I+D+i determinará la
relocalización de los bienes adquiridos con fondos de la subvención.
2.6.8 Rescisión por parte de la Agencia
La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:
• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.
• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.
• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información
correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que
determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el
accionar de los expertos designados para ello.
• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se
opusieran a la inspección o a brindar información sobre el destino de
los fondos del beneficio.
• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.
La AGENCIA se reserva el derecho de accionar legalmente. La AGENCIA
I+D+i determinará el destino de los bienes adquiridos con fondos del
beneficio.
EJECUTOR: FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC)
2.7 PROYECTOS ESTRATEGICOS
2.7.1 Objetivo
El objetivo de los proyectos estratégicos es contar con instrumentos
para diseñar e impulsar políticas verticales enfocadas en la generación
de capacidades científicas, tecnológicas y de innovación orientadas por
los grandes desafíos productivos, sociales y/o ambientales que plantean
los sectores considerados estratégicos por el gobierno nacional y/o los
gobiernos provinciales y municipales. Estos grandes desafíos, así como
las misiones que se desprenden de ellos, se plasman y despliegan en el
Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030, que surge de un
proceso de concertación de escala nacional con el eje en las agendas de
conocimiento que demandan las políticas públicas y en su articulación
con las agendas de I+D+i de las 24 jurisdicciones nacionales y las
economías regionales.
Se espera de los proyectos estratégicos: (i) la generación de impacto
productivo, social y/o ambiental de envergadura a nivel nacional,
provincial y/o com unitario; (ii) la mejora de la competitividad, la
creación de puestos de trabajo, la sustitución de importaciones, y el
creciente valor agregado en las exportaciones; (iii) el impulso de
asociatividad público-privada, la transferencia de conocimiento y el
incentivo a la inversión privada en I+D+i; y (iv) la formación y/o
mejora de capacidades organizacionales y tecnológicas en empresas
nacionales y el impulso a la creación de empresas de base tecnológica.
2.7.2 Naturaleza del instrumento
A través de los proyectos financiados se busca lograr la generación de
innovaciones y de capacidades para innovar que son críticas para el
desarrollo de los sectores estratégicos identificados. Los Proyectos
Estratégicos financiarán proyectos que se caractericen por su potencial
impacto en el sector en que se ejecuten, por tratarse de un
desarrollo tecnológico que ya ha pasado la fase más temprana de
investigación. Con los proyectos estratégicos se financiarán
exclusivamente proyectos de investigación aplicada, desarrollo
tecnológico y/o transferencia y difusión de tecnologías.
2.7.3 Modalidades de Intervención
Los Proyectos Estratégicos dispondrán de dos modalidades de
intervención para canalizar financiamiento, que serán gestionadas por
el Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC):
2.7.4 Proyectos Estratégicos con resultados no apropiables.
• Se entregarán Aportes no Reembolsables para la generación de
capacidades o innovaciones tecnológicas cuyos resultados tengan el
carácter de bienes públicos o de bienes club de alto impacto para un
sector. Un proyecto de innovación corresponderá a esta categoría cuando
sus resultados no sean totalmente apropiables por quienes lo
desarrollan.
• Dado que los proyectos financiados bajo esta modalidad de
intervención tienen resultados no-apropiables, excepcionalmente los
proyectos podrán ser asignados directamente a una institución o a un
consorcio para su ejecución. Las autoridades gubernamentales en todos
sus niveles serán las encargadas de garantizar la adecuada difusión y
apropiabilidad pública y semi pública de los resultados. La
financiación de este tipo de proyectos se hará atendiendo las demandas
sectoriales en el marco de los lineamientos del Plan Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación 2030 y será resuelta por la máxima
autoridad del MINCYT.
2.7.5 Proyectos Estratégicos con resultados apropiables
• Se entregarán Aportes no Reembolsables a proyectos de
innovación, y desarrollo tecnológico de alto impacto que procuren
incrementar la competitividad y/o la calidad de los bienes y servicios
producidos por un sector o subsector, y cuyos resultados sean
apropiables por los beneficiarios.
• Los beneficiarios (ejecutores) serán seleccionados exclusivamente a través de procesos abiertos ycompetitivos.
• Los proyectos podrán tener una extensión temporal de hasta ocho
(8) años, aunque la aplicación de los recursos del subprograma se
realice en los primeros cuatro (4) años.
2.7.6 Mecanismos de selección
Las líneas temáticas sobre las que se aplicarán recursos de este
Subcomponente serán aquellas determinadas en función del trabajo con
los Ministerios sectoriales y de conformidad con los lineamientos del
Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030. Se priorizará
la asignación de recursos, aplicando criterios de oportunidad y
conveniencia, incluyendo en el proceso de consulta la opinión de las
autoridades sectoriales y la del Consejo Tecnológico Sectorial (CTS)
respectivo. Podrán establecerse procedimientos de selección de
temáticas más expeditas cuando el caso, la necesidad o la urgencia lo
ameriten.
Los Consejos Tecnológicos Sectoriales (uno por sector) serán cuerpos
consultivos conformados por representantes del sector público
(Secretaría de Planeamiento y Políticas en Ciencia, Tecnología e
Innovación - SPyPCtel - MINCYT, AGENCIA I+D+i, Ministerios Sectoriales
y otros), representantes del sector privado o la sociedad civil
(personas de alto prestigio a título individual) y del sector académico.
• Se designará a los miembros de los Consejos Tecnológicos y un
Presidente. La composición de cada Consejo responderá al siguiente
esquema: un miembro por Dirección Nacional de Proyectos Estratégicos
(DNPE) o la dependencia que la SPyPCTeI designe, un miembro de la
AGENCIA I+D+i, un miembro del ministerio o secretaría sectorial, dos
miembros del sector productivo y/o de la sociedad civil, y dos expertos
tecnológicos. Se prevé que haya miembros titulares y suplentes.
• Los miembros institucionales serán permanentes para cada sector
cada sector en tanto que la composición por parte de miembros no
institucionales podría variar de acuerdo con la temática tecnológica a
tratar.
• La SPyPCTeI designará un Secretario Técnico para cada Fondo
quien estará a cargo de las tareas técnicas y administrativas.
• La Presidencia del Consejo Tecnológico Sectorial, a través del
Secretario Técnico, efectuará las convocatorias a las sesiones, fijará
la orden del día y moderará los debates.
• Las convocatorias deberán efectuarse siempre por escrito,
acompañadas por el orden del día comprensivo de los asuntos a tratar y
la correspondiente documentación, con una antelación de al menos cinco
días hábiles. No obstante, la Presidencia, en caso de especial urgencia
e inaplazable necesidad, podrá reducir dicho plazo.
• Las funciones de los Consejos Tecnológicos Sectoriales serán, entre otras:
o Proponer temas para generar Perfiles de Propuesta (PP);
o Pronunciarse y efectuar recomendaciones sobre los PP que se les
presentan, particularmente sobre el mérito de los antecedentes que las
respaldan;
o Asistir a la SPyPCTeI en todos aquellos temas relacionados con el fondo sectorial;
o Emitir opinión y recomendaciones sobre los temas puestos a su
consideración, incluyendo la contratación de estudios y/o consultorías
a fin de precisar la relevancia y pre factibilidad del tema propuesto;
o Informarse sobre la marcha de la ejecución de los proyectos.
• A criterio del Consejo podrán ser convocados para participar en
reuniones de trabajo otros representantes especialistas u otras
personalidades que los miembros mencionados. Estos no participarán en
la toma de decisiones.
• Se espera que las decisiones del CTS se tomen por amplio
consenso. No obstante, ante situaciones controversiales las decisiones
se tomarán a través de mayoría simple de los miembros nombrados
presentes, con un quórum mínimo de 5.
Los pasos que constituyen el ciclo de proyectos comienzan con la
elaboración de Perfil de Propuesta (Fase I) que incluye la información
técnica sobre la que se elaborará la convocatoria que estará a cargo de
la SPyPCTeI. La Dirección Nacional de Proyectos Estratégicos (DNPE),
dependiente de la SPyPCTeI, será la responsable operativa de: i) la
Primera Fase del ciclo del proyecto; y ii) el acompañamiento técnico
durante la ejecución, así como de la coordinación y organización de las
acciones complementarias que considere oportunas para mejorar el
impacto de los proyectos estratégicos ganadores de la convocatoria
realizada durante la Fase II.
Las acciones específicas que deberán llevarse a cabo en la Fase I son las siguientes:
• Reuniones con funcionarios y actores claves del sector (políticos, empresarios, académicos y grupos sociales)
• Búsquedas sistemáticas (
scouting) de propuestas o proyectos promisorios en instituciones, incluyendo aquellos que hayan sido apoyados a través de diversos
instrumentos de la AGENCIA I+D+i, o estudios contratados Ad Hoc.
• Elaboración de Perfil de Propuesta con las temáticas
priorizadas. Las temáticas priorizadas serán informadas a través de un
documento “Perfil de Propuesta” (PP), ejecutado bajo responsabilidad de
la SPyPCTeI.
• Validación experta. A fin de contar con una validación experta
de la relevancia y factibilidad tecnológica desarrollada en el Perfil
de Propuesta, se la SPyPCTeI contratará a un experto de nivel
internacional para que emita un informe sobre el proyecto propuesto. En
casos excepcionales, en los cuales la mayor expertise de un tema se
encuentra en el país o en proyectos de menor envergadura, el experto
contratado podrá ser local.
• Presentación del Perfil de Propuesta al Consejo Tecnológico
Sectorial (CTS) quien se pronunciará sobre el PP en base a la
documentación presentada y los elementos de juicio que surjan durante
su tratamiento. En caso de que el CTS solicite la elaboración de
estudios, gestiones adicionales, o cualquier otro requerimiento, se la
SPyPCTeI gestionará su ejecución. No se podrá elevar el Perfil de
Propuesta para un nuevo tratamiento por parte del CTS hasta que los
requerimientos formulados no hayan sido satisfechos.
• En caso de que haya recomendación favorable, la Secretaría
Técnica del CTS elaborará y elevará un proyecto de resolución para
consideración del titular del MINCYT. El mismo incluirá las
recomendaciones sobre las características de las convocatorias y
orientaciones sobre los criterios de evaluación que hubieren surgido en
el proceso de análisis del Perfil de Propuesta.
• En caso de que se proponga la asignación directa a un ejecutor,
luego de aprobados los perfiles de propuestas, se deberán acompañar los
antecedentes que justifican tal opción. En este supuesto, la SPyPCTeI
indicará a la AGENCIA I+D+i la ejecución de la Fase II de la propuesta.
Finalizada esta fase, se solicitará la no objeción al Banco. Otorgada
ésta, la autoridad competente emitirá la resolución correspondiente
adjudicando el financiamiento.
• Una vez aprobado el Perfil de Propuesta recibido (y que el
Banco haya dado su no-objeción en caso de ameritarse), se dará inicio a
la fase de ejecución a través del FONARSEC de la AGENCIA I+D+i. El/La
Director/a del FONARSEC será el/la principal responsable de la
ejecución de los instrumentos, y reportará a la Presidencia de la
AGENCIA I+D+i y a su Directorio. Mantendrá una estrecha coordinación
con la SPyPCTeI del MINCYT, a través de la DNPE, y participará de los
CTS a solicitud de la Presidencia de la AGENCIA I+D+i.
La Fase II tiene como resultado la adjudicación de los proyectos y es
responsabilidad de la AGENCIA I+D+i quien, a través del FONARSEC, se
hará cargo de la publicación y promoción de la convocatoria, recepción
de las propuestas, análisis de la pertinencia, evaluación
técnico-comercial y recomendación de financiación al Directorio.
2.7.7 Criterios de elegibilidad de los solicitantes y solicitudes.
Las Propuestas de Proyecto podrán tener como beneficiarios a:
• Entidades públicas, público-privadas o privadas determinadas
(creación ex-novo o fortalecimientode existentes); instituciones
tecnológicas públicas o privadas sin fines de lucro, y/o empresas
agrupadas bajo lamodalidad de Asociaciones
Ad Hoc.
Las Propuestas de Proyecto que pasen a la fase de ejecución deberán
cumplir con determinados criterios de elegibilidad. El no cumplimiento
de cualquiera de ellos será causal para no continuar con el proceso.
Estos criterios son los siguientes:
I) Compatibilidad con las políticas sectoriales de las instituciones públicas con incumbencia en el tema.
II) Impacto relevante en la actividad del sector
III) Factibilidad de obtención del resultado en un plazo
razonable a partir del estado del arte y de las capacidades disponibles
en el país (o posibles de atraer).
IV) Existencia de adoptante/s o usuario/s claramente
identificado/s y firmemente comprometido/s con el uso de los resultados
obtenibles. En todos los casos, las iniciativas que se apoyen deberán
resultar en productos, procesos y/o incremento de capacidades que
atenderán la resolución de problemas concretos, y con demandantes
potenciales identificados.
2.7.8 Criterios de pertinencia y evaluación de los proyectos presentados a través de convocatoria pública y abierta
Las propuestas de Proyecto que aspiren a ser financiados con los fondos
de este componente serán analizadas en primer término en función de la
adecuación a las temáticas específicamente focalizadas (pertinencia).
El FONARSEC convocará a expertos Ad Hoc, quienes tendrán a su cargo la
evaluación de los proyectos de acuerdo a los siguientes criterios, pero
podrán definirse criterios más específicos para las convocatorias según
las particularidades de la misma:
a. Mérito Tecnológico y Coherencia interna
b. Esquema asociativo, capacidades de gestión
c. Aspectos económicos y comerciales
d. Impacto económico y social del proyecto
e. Impacto en otras dimensiones (género,
federalización, desarrollo regional, ambiental, creación de empleo,
otros)
Asimismo, se realizará, con el apoyo de la Unidad de Gestión Socio
Ambiental (UGSA), una evaluación ambiental para observar el
cumplimiento de las salvaguardas ambientales. Se analizarán los
impactos socio-ambientales que la ejecución de proyectos podría
generar, incluyendo los impactos indirectos de largo plazo, en
particular en aquellos proyectos de alta sensibilidad en ese aspecto.
Los responsables del proyecto estarán obligados a presentar una
Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo alcance dependerá de la
naturaleza del proyecto, donde se incluyan las medidas de mitigación
y/o control para la minimización de los impactos negativos que el
proyecto podría generar. Asimismo, los proyectos deberán acreditar el
cumplimiento de la normativa ambiental vigente y las salvaguardas
previstas en todos sus requisitos: éticos, legales y jurídicos,
establecidos en las normas ambientales nacionales e internacionales.
2.7.9 Financiación y uso de los recursos.
Las distintas modalidades de intervención detalladas en el ítem 2.2 cuentan con especificacionespuntuales para la financiación:
Los recursos podrán aplicarse a los siguientes rubros:
• Infraestructura para obras nuevas o adecuación de instalaciones existentes.
• Equipamiento.
• Recursos Humanos incrementales
• Formación de Recursos Humanos.
• Gastos de administración.
• Servicios Técnicos y Consultorías.
• Insumos.
Los recursos no podrán aplicarse a los siguientes rubros:
• Reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperaciones de capital yainvertidos.
• Transferencia de Activos: adquisición de acciones, de
participaciones en capital social u otros valores mobiliarios, etc.
• Pago de cesantías.
• Gastos realizados con anterioridad al cierre de la convocatoria.
2.7.10 Mecanismo de Ejecución y Seguimiento
Una vez aprobados los proyectos por el Directorio de la AGENCIA I+D+i,
se gestionará el proceso de instrumentación de los contratos y
documentos a suscribir con los beneficiarios.
La AGENCIA I+D+i realizará desembolsos de acuerdo con los cronogramas
establecidos y las modalidades que se convengan. El FONARSEC otorgará
la no objeción a la adquisición solicitada por el proyecto y se podrán
realizar reembolsos de pagos hechos por los beneficiarios o pagos
directos a los proveedores y/o contratistas de los beneficiarios. Los
beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de los aportes de
contrapartida comprometidos y tener aprobado por el FONARSEC el informe
técnico de avance.
La AGENCIA I+D+i a través del FONARSEC y otras unidades, podrá efectuar
verificaciones físicas, técnicas y contables del proceso de ejecución,
incluyendo visitas al lugar en donde se desarrollen las actividades. En
el supuesto de registrarse irregularidades, la AGENCIA I+D+i tendrá la
posibilidad de dar por cancelado el proyecto.
La Dirección General de Financiamiento Externo y Local (DIGFEL) estará a cargo del control financiero de cada proyecto.
El FONARSEC se hará cargo del Seguimiento y Monitoreo de los proyectos,
para ello realizará una evaluación de su ejecución física teniendo en
cuenta el estado de avance de los objetivos, metas e hitos requeridos
por cada etapa de ejecución (productos, resultados), y fijados ex-ante
por los beneficiarios con acuerdo del FONARSEC.
Los beneficiarios de recursos del presente componente estarán obligados a presentar informes según elsiguiente detalle:
• Plan de Ejecución al comienzo del proyecto.
• Informe de evaluación
al menos una vez por año contados a partir de la firma del contrato. En
cada convocatoria se establecerá la periodicidad de presentación de
Informes de Avance.
• Informe de evaluación
final: cuando se hayan desembolsado el 80% de los aportes.
• Informe de Rendición
de los Gastos efectuados, en los plazos que se determinen (sólo en caso
de corresponder).
2.7.11 De la propiedad de los bienes adquiridos con el subprograma
El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la
ejecución del subprograma, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto
en contrario.
2.8 EMPRESAS DE BASE TECNOLOGICA (EBT).
2.8.1 Descripción y objetivos.
Este subcomponente está orientado a promover el desarrollo de empresas
de base tecnológica. Se promueve un abordaje activo que permita
articular todas las actividades, desde la detección de nuevas ideas o
proyectos, la puesta en valor de los mismos mediante la constitución de
una empresa de base tecnológica, el fortalecimiento de empresas de base
tecnológicas ya existentes, entre otras.
2.8.2 Proyectos y actividades a ser financiadas
El financiamiento estará orientado al desarrollo y fortalecimiento de
capacidades nacionales en sectores de alta demanda y rápido
crecimiento, fomentando proyectos que traduzcan resultados de
investigaciones de laboratorio en el desarrollo de nuevos productos,
procesos y/o servicios de base científico-tecnológica.
2.8.3 Instrumentos de Financiamiento
Las líneas de financiamiento tendrán la forma de subsidios no
reintegrables. Apoyarán todas las actividades necesarias que surjan de
los distintos estadios por los que pasen los proyectos, desde la
detección de las ideas u oportunidades, la conformación de una EBT,
salida al mercado, comercialización, etc. Las líneas de financiamiento
principales serán:
1. Desarrollo de Pruebas de
Concepto, prototipado, testeos piloto, pruebas y ensayos para el
escalamiento de productos y procesos.
2. Estudios y consultorías.
3. Viajes y eventos para desarrollo de negocios.
4. Recursos humanos adicionales.
El FONARSEC determinará el porcentaje a exigir como aporte de contraparte en las bases de cada convocatoria.
2.8.4 Gastos elegibles.
Podrán ser financiados con recursos del Subprograma los siguientes
tipos de gasto de acuerdo a las actividades del apartado XI.1.2.
1. Equipamiento.
2. Insumos.
3. Adquisición de licencias.
4. Consultorías.
5. Contratación de expertos.
6. Recursos Humanos adicionales.
7. Viajes y viáticos.
8. Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones.
2.8.5 Ejecución del Subcomponente
El subcomponente será ejecutado por el Fondo Argentino Sectorial
(FONARSEC) en el ámbito de la AGENCIA I+D+i. Las evaluaciones estarán a
cargo del FONARSEC y evaluadores externos calificados. Las citadas
oficinas disponen de la estructura orgánica necesaria para la correcta
implementación del Componente.
2.8.6 Mecanismos decisorios y operativos para la evaluación de proyectos y asignación de recursos
La AGENCIA I+D+i establecerá y publicará los requisitos, procedimientos
a cumplir y los estándares mínimos de calidad a satisfacer para la
presentación y aprobación de los proyectos.
Los proyectos adjudicados serán aprobados por el Directorio de la
AGENCIA I+D+i, luego de lo cual, se iniciarán las gestiones para la
firma de los contratos y ejecución de los proyectos.
2.8.7 Procedimientos para la presentación de proyectos.
Se instrumentarán llamados para la presentación de solicitudes de
financiamiento mediante convocatoria pública o ventanillas permanentes.
Las solicitudes de financiamiento de proyectos serán presentadas de
acuerdo a las guías y formularios dispuestos por el FONARSEC que se
pondrán a disposición de los destinatarios.
La Agencia solicitará al Banco la No objeción previa al llamado. El
llamado será publicado en la página web de la AGENCIA I+D+i y se dará
difusión para alcanzar a los potenciales beneficiarios.
La publicación a través de Internet garantiza la extensión de la
difusión a un sinnúmero de páginas asociadas, no sólo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sino también del interior del país.
2.8.8 Procedimientos de desembolsos, pagos
Una vez que el FONARSEC otorgue la no objeción a la adquisición
solicitada por el proyecto se podrán realizar reembolsos de pagos
hechos por los beneficiarios o pagos directos a los proveedores y/o
contratistas de los beneficiarios.
2.8.9 Sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del Subcomponente
La AGENCIA I+D+i implementará un sistema de seguimiento, monitoreo y
evaluación del subcomponente que incluirá, al menos, los siguientes
elementos:
1. Informes periódicos de resultados de proyectos
2. Indicadores de desempeño de los aspectos principales del Subprograma.
La AGENCIA I+D+i podrá requerir a los beneficiarios la documentación e información necesaria para la implementación del sistema.
2.9 COMPRAS PUBLICAS DE INNOVACION
La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo
Tecnológico y la Innovación pondrá en marcha el programa piloto de
Compras Públicas para la Innovación. A través de la articulación con el
Régimen de Compre argentino y la creación de un ámbito de encuentro y
colaboración entre organismos públicos y la comunidad I+D+i, se
incentivará la compra de desarrollos y soluciones innovadoras que
permitan modernizar y mejorar la calidad de los bienes y servicios
prestados por el Estado y responder a las nuevas demandas de la
sociedad.
2.9.1 Contexto
Los estudios académicos y la experiencia acumulada en la AGENCIA I+D+i
indican que un obstáculo para la innovación es la incertidumbre en
cuanto a la demanda por nuevos productos o servicios. Las empresas
públicas y privadas remarcan que uno de los obstáculos para financiar
sus inversiones en I+D proviene de enfrentar una demanda difusa o
incierta. Este factor es uno de la mayor importancia para desalentar la
innovación.
Las compras públicas pueden ser un potente estímulo para la innovación.
Programas específicos se han diseñado e incorporado al conjunto de
instrumentos de políticas de fomento a la innovación en el ámbito de la
OCDE. Actualmente, al menos 23 de los 34 países relevados dentro de ese
conjunto de economías desarrolladas, reportan tener una estrategia de
apoyo a las compras públicas de bienes y servicios innovadores. En
América latina, Brasil, Chile, Perú y Uruguay, entre otros, ya cuentan
con iniciativas similares.
A su vez, los acuerdos internacionales han comenzado a incorporar el
concepto de compras públicas para la innovación como parte de las
negociaciones. Los países en desarrollo que cuentan con esquemas
propios de compras públicas para la innovación suelen obtener como un
beneficio adicional en el marco de esos acuerdos condiciones especiales
a favor de sus empresas nacionales.
En Argentina, en las últimas tres décadas, la I+D privada sigue una
trayectoria muy correlacionada con las altas y las bajas del PBI. A su
vez, el volumen invertido se encuentra estancado en torno al 0,15% del
PBI y sumamente concentrado en pocas empresas y actividades. Una mayor
inversión en I+D favorece al crecimiento del producto y las
exportaciones y abre oportunidades de mejores empleos.
2.9.2 Objetivos
El programa piloto CPI-Agencia buscará incentivar la compra de
desarrollos y soluciones innovadoras que permitan modernizar y mejorar
la calidad de los bienes
y servicios prestados por el Estado y responder a las nuevas demandas
de la sociedad.
Especialmente, se trabajará para:
• Ampliar el impacto del Compre argentino, al generar un proceso
complementario por medio del Programa Compras Públicas para la
Innovación a fin de mejorar gradualmente la calidad de las compras y
las ofertas por medio de la investigación, el desarrollo tecnológico y
la innovación.
• Aumentar la inversión, en el ámbito de las empresas privadas y
públicas, en Investigación y Desarrollo (I+D) y en innovación a partir
orientar de manera estratégica el poder de compra del Estado.
• Incrementar el impacto de la inversión pública en ciencia y
tecnología a partir de una mejor articulación entre los ámbitos de
desarrollo y aplicación del proceso de innovación.
• Que el Estado compre productos y servicios más innovadores, que
incorporen los últimos adelantos tecnológicos, y que pueda atender de
manera oportuna y eficaz las necesidades sociales que emergen.
• Ampliar y consolidar un sistema diverso y bien articulado de
instrumentos de estímulo a la I+D+i, compuesto por la totalidad de las
herramientas que utilizan otros países y que influyen en las bases de
su competitividad sistémica.
• Contribuir a la transformación de la matriz productiva
argentina favoreciendo el desarrollo de aquellas empresas basadas en
procesos más intensivos en ciencia, tecnología e innovación y con
productos más sofisticados y de mayor valor agregado.
• Implementación
• La AGENCIA I+D+i asistirá a los sujetos alcanzados por el
Compre argentino en la elaboración de especificaciones y requerimientos
técnicos que permitan constituir una demanda precisa y estimulante de
nuevos productos o servicios.
• La AGENCIA I+D+i brindará formación y financiamiento para la
preparación de procedimientos de compras públicas para la innovación y
brindará colaboración para verificar la calidad de las ofertas
innovadoras en apoyo a los sujetos demandantes.
• Las empresas públicas y privadas podrán conocer, en una fase
previa a los procesos de resolución de las adquisiciones, la futura
demanda del sector público junto con el detalle de los requisitos
técnicos. La AGENCIA I+D+i colaborará para una difusión amplia y
transparente de estas oportunidades.
• La AGENCIA I+D+i ofrecerá instrumentos específicos para el
desarrollo de esta nueva oferta para que satisfaga los requisitos de la
demanda enunciada. Si fuese necesario, la AGENCIA I+D+i también creará
ámbitos de dialogo entre potenciales oferentes y potenciales
demandantes para mejorar técnicamente las propuestas.
• A partir de esta información, las empresas públicas o privadas,
podrán realizar sus planes y orientar sus inversiones para ofrecer los
nuevos productos o servicios. Los oferentes tendrán los beneficios
previstos por el Compre Argentino durante los procesos de resolución de
las adquisiciones que realice el Estado.
2.9.3 Resultados Esperados
• Realizar al menos 10 experiencias en los primeros tres años para validar el modelo de trabajo.
• Consolidado el modelo, establecer una línea de promoción con metas
explícitas que permitan observar como de forma gradual las compras
públicas que se vinculen a este nuevo subprograma aumentan.
2.9.4 Recursos comprometidos
• La AGENCIA I+D+i invertirá una suma inicial de 250 millones de pesos para los primeros tres años del subprograma.
• Estos fondos servirán para fortalecer la formulación de demandas y la preparación de ofertas.
EJECUTOR: AGENCIA I+D+i
2.10 CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE ESTUDIOS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (CIECTI)
2.10.1 Objetivo
Dar continuidad y consolidar el Centro Interdisciplinario de Estudios
en Ciencia, Tecnología e Innovación (CIECTI), orientado al estudio,
diseño y evaluación de políticas públicas de apoyo al desarrollo
científico-tecnológico y a la innovación productiva sustentables social
y ambientalmente.
2.10.2 Relevancia
Aunque el desarrollo científico-tecnológico y la innovación constituyen
un área temática clave para el desarrollo económico de Argentina (como
el de otros países de América Latina), no existía hasta la fecha en el
país un espacio institucional dedicado al abordaje específico y la
sistemática generación, intercambio y difusión de conocimiento
orientado a la formulación de políticas en este campo.
2.10.3 Características del Centro
• Institución de derecho privado de carácter independiente (Asociación civil sin fines de lucro).
• Localización en Argentina con proyección y alcance subregional.
• Focalización en las políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación (CTI)
• Enfoque interdisciplinario a la generación de conocimiento.
• Funcionamiento en red con instituciones regionales e internacionales de prestigio en la temática.
• Conformación multi-actor.
• Evaluabilidad sistemática de sus prácticas y acciones.
2.10.4 Objetivos del Centro
• Apoyar el proceso de definición de objetivos y metas nacionales
de ciencia, tecnología e innovación y la identificación de áreas
prioritarias para la intervención pública;
• Proponer lineamientos de política, instrumentos y mecanismos
institucionales para mejorar la intervención del Estado en la
regulación y promoción de las actividades de ciencia, tecnología e
innovación;
• Fortalecer las dimensiones conceptuales, técnica y metodológica
de las políticas públicas sobre investigación, desarrollo y
transferencia tecnológica e innovación productiva;
• Apoyar el desarrollo de las capacidades estatales de monitoreo
y evaluación de las políticas y programas de ciencia, tecnología e
innovación, generando y sistematizando la información y las
metodologías necesarias.
• Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de las instancias,
capacidades y mecanismos institucionales para la transferencia de
saberes científico-tecnológicos entre el sector público y el privado
(universidades, centros de investigación, empresas, etc.).
• Avanzar en el diseño de mecanismos de intervención para promover la innovación con inclusión social.
A tal fin, desarrollará las siguientes actividades:
• Identificar nuevas oportunidades para la implementación de
grandes proyectos y plataformas con potencial desarrollo científico
tecnológico de alto impacto;
• Contribuir a la formación de recursos humanos altamente
calificados para la investigación, la formulación, la gestión y la
evaluación de políticas en ciencia, tecnología e innovación;
• Promover el desarrollo de actividades de investigación y
difusión en red, a través de la realización de concursos de proyectos,
la organización de seminarios y conferencias, el intercambio de
investigadores y el otorgamiento de becas entre otras;
• Establecer un espacio de diálogo fluido y de búsqueda de
acuerdos programáticos y operativos entre actores públicos y privados
del ámbito del sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación;
• Promover y contribuir a la consolidación de un espacio de
intercambio de experiencias y de cooperación en materia de diseño,
implementación y evaluación de políticas de Ciencia, Tecnología e
Innovación a nivel regional e internacional.
2.10.5 Usuarios y beneficiarios del Centro
• Los agentes públicos del SNCTI en general y los funcionarios del SGCTEIP en particular;
• El sector académico vinculado al análisis de la CTI y de las políticas públicas para su promoción;
• Los actores del sector productivo.
2.10.6 Uso de los recursos
El financiamiento se aplicará a los siguientes rubros:
1. Elaboración de estudios.
2. Desarrollo de manuales de procedimientos para la gestión administrativa propia del CIECTI.
3. Desarrollo de software para la gestión contable financiera y para la informatización de los procesos que así lo requieran.
4. Publicaciones y otros materiales de difusión, incluyendo su edición, diseño y publicación.
5. Actividades de difusión y capacitación: gastos de organización de seminarios, talleres, etc.
6. Pasajes y viáticos.
7. Equipamiento.
2.10.7 Mecanismo de ejecución
La ejecución de este subcomponente se realizará en el marco del
Convenio de Colaboración celebrado oportunamente entre el Ministerio y
el CIECTI, a través de las áreas responsables designadas a tal fin:
Por el SGCTEIP: La Unidad Ministro. Por el CIECTI: la Dirección General.
2.10.8 Resultados y medios de verificación
El cumplimiento de los hitos previstos se verificará mediante la
publicación de estudios realizados por el CIECTI en la página web
institucional.
Los productos a ser publicados deberán seguir el protocolo de
publicaciones a ser desarrollado y aprobado por el Centro, el cual
contemplará los procesos de revisión interna y externa a seguir en cada
caso.
Los estudios a publicar deberán consistir en: evaluaciones de impacto,
informes técnicos, generación de bases de datos y estudios
desarrollados por investigadores externos al Centro en el marco de los
llamados a propuestas de investigación y/o compilaciones de trabajos
presentados en el marco de talleres y seminarios organizados por el
CIECTI.
3. COMPONENTE II - FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO
EJECUTOR: FONDO PARA LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA (FONCYT)
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (PICT)
3.1.1 Objetivo
Los proyectos PICT tienen por objeto la generación de nuevos
conocimientos y contribuciones originales que se encuadren en alguna de
las áreas estratégicas que han sido propuestas por el Ministerio de
Ciencia, Tecnología e Innovación. Estarán orientados a mantener, en
esas áreas, el fondo de conocimientos y la disponibilidad de recursos
humanos necesarios para afrontar la demanda del sector social y
productivo con fines innovativos.
3.1.2 Naturaleza del beneficio
El beneficio para el financiamiento de PICT consistirá en una
subvención no reintegrable, cuyo importe podrá llegar hasta el 50% del
costo total del proyecto.
La subvención será de hasta U$S30.000 anuales. Para el caso de los
proyectos presentados por grupo de investigación considerados líderes a
nivel nacional y consolidados internacionalmente será de hasta
U$S100.000 anuales.
La Institución Beneficiaria (IB) deberá aportar, por sí o a través de
fondos de terceros, una contribución mínima igual al monto total del
subsidio otorgado. El aporte podrá consistir en el pago de los sueldos
del personal de dirección, investigación y apoyo o en otras erogaciones
identificadascomo parte de los costos del proyecto.
3.1.3 Mecanismos de selección.
Se implementarán convocatorias periódicas para la presentación de
proyectos, a través de concursos públicos y abiertos. A tales efectos
se darán conocer con la debida antelación las bases de las
convocatorias, incluyendo un detalle de los antecedentes a ser
presentados por los interesados y una explicación pormenorizada del
mecanismo de evaluación al que serán sometidos los proyectos. Para el
caso de los proyectos de las categorías Start-up, el mecanismo de
presentación se realizará por ventanilla permanente.
El proceso de evaluación y selección comprende en términos generales las siguientes etapas:
• Los proyectos admitidos son evaluados por expertos pares
(modalidad de peer review) para ponderar su calidad científica y
tecnológica y su respeto a las políticas de salvaguardia. A estos
efectos las Comisiones de Coordinadores Disciplinarios, estarán
constituidas por al menos tres especialistas científico/tecnológicos:
(i) crean el banco de evaluadores nacionales y extranjeros por
disciplina, constituido por personalidades de reconocido prestigio ;
(ii) seleccionan los evaluadores (peer review) según la
característicade los proyectos; en un número de al menos 2 (dos)
evaluadores y preferentemente 3 (tres) y, (iii) elaboran un informe con
los resultados y sus propias observaciones en los casos pertinentes,
para ser enviados a las Comisiones Ad Hoc.
• Las Comisiones Ad Hoc, integradas por pares, analizan la
pertinencia de los proyectos en relación con las condiciones
particulares de la convocatoria, y considerando la opinión de los pares
proponen el orden de mérito de los proyectos evaluados favorablemente.
Las Comisiones Ad Hoc se constituirán, en general, por áreas temáticas
y por categorías. Se considerarán como proyectos no financiables los
que no cuenten con una recomendación favorable de los pares
intervinientes.
• Para el caso de los proyectos presentados por Grupos de
investigación considerados líderes a nivel nacional y consolidado
internacionalmente la determinación del mérito se realizará a través de
una Comisión Internacional convocada por el FONCyT para tal fin.
• Para el caso de los proyectos presentados en Impacto Regional
las comisiones ad-hoc serán conformadas por pares y no pares
representativos de las diferentes regiones del país.
• Para el caso de los Start-up se incluirá además la evaluación económica del proyecto.
3.1.4 Elegibilidad de los solicitantes y de las solicitudes.
Los proyectos deberán ser presentados por grupos de investigadores
formados y activos que desarrollen sus actividades en instituciones
públicas o privadas sin fines de lucro, radicadas en el país.
Los beneficiarios de los PICT, serán las instituciones a las que
pertenecen los grupos de investigación ejecutores de los proyectos. Los
beneficiarios deberán contar con una adecuada capacidad legal, técnica,
administrativa y financiera para asumir las obligaciones que derivan
del beneficio, así como,también, suficiente capacidad de gestión para
materializar el proyecto.
En particular, cada proyecto tendrá como mínimo una Institución Beneficiaria (IB) y un(a) Investigador(a) Responsable (IR).
Serán elegibles para financiamiento del Banco los PICT desde la Convocatoria 2020.
3.1.5 Uso de los recursos
Se considerarán como gastos elegibles a cubrir con el subsidio, que en
todos los casos estarán vinculados a la ejecución del proyecto o a los
productos de este, los siguientes:
• Equipamiento -en el caso de mobiliario incluye solamente el destinado a los laboratorios-.
• Materiales e insumos.
• Bibliografía y gastos de publicaciones.
• Gastos de servicios técnicos especializados.
• Gastos de viajes y viáticos -trabajos de campo, expertos y reuniones de coordinación-.
• Asistencia a reuniones científicas y tecnológicas.
• Becas para jóvenes graduados o de reinserción.
• Gastos de administración hasta un 5%.
• Equipamiento informático de oficina (computadora y sus periféricos)
• Se considerarán como gastos elegibles a cubrir con la
contraparte, a aquellos que estén directamentevinculados a la ejecución
del proyecto o a los productos de este, según el siguiente detalle:
• Sueldos y salarios del personal de dirección, investigación y apoyo técnico incremental y aplicado.
• Uso de instalaciones e infraestructura existente.
• Honorarios de profesionales y/o técnicos indispensables para la ejecución del proyecto Seguros.
Gastos No Elegibles: No podrán utilizarse los recursos de la subvención para cubrir erogaciones en:
• Gastos generales y de administración de los beneficiarios;
• Capital de trabajo;
• Compra de inmuebles;
• Refinanciación de deudas;
• Compra de acciones;
• Sueldos y salarios (excepto Becas o cuando se exprese explícitamente en estas reglas);
• Uso de bienes de capital e infraestructura existentes; y
• Gastos de organización y puesta en marcha del proyecto.
El listado del presente artículo no debe considerarse taxativo, sino meramente indicativo.
3.1.6 Criterios de evaluación.
Para determinar la Calidad Científico-Tecnológica se considerarán:
Criterios:
• Contenido de conocimiento científico y tecnológico del proyecto.
• Coherencia entre objetivos, metodología y plan de trabajo.
• Capacidad científico tecnológica del grupo responsable del proyecto.
Calificaciones:
• Excelente -10-: Los objetivos propuestos son de significativo
valor científico y/o tecnológico y la probabilidad de alcanzar los
mismos es alta.
• Muy Bueno-8,9 -: Los objetivos propuestos son de alto valor
científico y/o tecnológico y la probabilidad de alcanzar los mismos es
alta.
• Bueno -6,7 -: El balance entre el valor científico y/o
tecnológico de los objetivos propuestos y la probabilidad de lograr los
mismos, alcanzan un nivel satisfactorio para un desarrollo e impacto
razonable del proyecto.
• Regular- 4,5 -: El proyecto presenta deficiencias en lo que
hace a sus objetivos generales y particulares y/o es muy baja la
probabilidad de alcanzar los mismos.
• No Aceptable- 1,2,3 - : El proyecto tiene serias deficiencias o
no puede evaluarse con respecto a los criterios antes enunciados, por
carecerse de información o ser ésta última incompleta.
Para determinar la Pertinencia de los proyectos presentados se aplicarán entre otros los siguientescriterios:
a.
Criterios de pertinencia.
1. Se deberá aplicar de
forma obligatoria un criterio de género en la distribución de
fondos. Además de forma opcional los siguientes criterios:
• Impacto sobre las capacidades institucionales en Investigación y Desarrollo.
• Formación de Recursos Humanos.
• Fortalecimiento de la base innovativa de la Institución Beneficiaria y su articulación con elsector productivo.
• Incorporación del equipamiento asociado al proyecto y su
incidencia en el fortalecimientode la capacidad científico-tecnológica
de la Institución Beneficiaria.
• Fortalecimiento de la articulación con otros grupos de investigación y otras Instituciones Beneficiarias.
1) Impacto sobre las áreas disciplinares o campos de aplicación.
(i)
Apertura de nuevas líneas de investigación.
(ii) Mejora del fondo de conocimiento disciplinar disponible a nivel
nacional.
2) Impacto sobre el sector socio-comunitario y/o el sector productivo.
(iii) Atención a problemas socio-económicos de nivel provincial o regional
(iv)
Atención a problemas socio-económicos de nivel nacional.
b.
Mérito
El mérito del proyecto surgirá de la evaluación de la calidad
científico-tecnológica realizada por los pares y de la ponderación de
la pertinencia en que estarán integradas, según las categorías,
exclusivamente por pares o por pares y no pares y en las que se deberá
propender a un equilibrio de género.
En ningún caso podrá financiarse proyectos que, en su evaluación de Calidad, obtengan una calificación menor que Bueno.
Para el caso de los proyectos presentados por Grupos de investigación
considerados líderes a nivel nacional y consolidado internacionalmente
la determinación del mérito se realizará a través de una Comisión
Internacional convocada por el FONCyT en donde se utilizarán entre
otros los siguientes criterios:
1. Importancia, desde el punto de vista teórico o tecnológico, del problema a resolver.
2. Originalidad de las hipótesis propuestas respecto de las existentes en la disciplinarespectiva.
3. Innovación en nuevas técnicas de laboratorio aplicables a las tecnologías de laproducción.
4. Justificación de los mayores requerimientos en cuanto a tiempos y
financiamiento para la consecución del proyecto. Adecuación del
presupuesto.
5. Capacidad del equipo de investigación para llevar adelante el proyecto, avalada por el impacto de la producción previa.
6. Factibilidad de cumplimiento del cronograma.
3.1.7 Mecanismo de ejecución
La IB suscribirá con la AGENCIA I+D+i el Contrato de Promoción que
incluye todos los PICT de los cuales resulta institución beneficiaria.
Cada IB distribuirá sus proyectos en las Unidades Administradoras que
seleccione para administrar cada grupo de PICT suscribiendo el
instrumento de adhesión respectivo. La sumatoria de los presupuestos
trianuales de cada proyecto correspondiente a cada Unidad
Administradora se constituye en la base de cálculo de los desembolsos.
La AGENCIA I+D+i realizará desembolsos semestrales a cada Unidad Administradora de acuerdo con los cronogramas agregados.
El primer desembolso tendrá carácter de anticipo y corresponderá a los
gastos previstos en el primer semestre y se realizará luego de la firma
del contrato con la IB, la suscripción de los instrumentos deadhesión
de la Unidad Administradora y del IR. A la rendición del 75% del
anticipo la AGENCIA I+D+i completa el desembolso correspondiente al
primer año.
Para habilitar el desembolso del primer semestre de los años sucesivos,
la Unidad Administradora deberá haber rendido el 75% de los fondos
recibidos, acreditar el cumplimiento de los aportes de contrapartida
comprometidos y tener aprobado por el FONCYT los informes técnicos de
avance presentados por cada Investigador Responsable.
A la finalización del proyecto la Unidad Administradora deberá rendir
la totalidad de los fondos recibidos y acreditar el total de los fondos
de contrapartida comprometidos.
El/la IR podrá solicitar modificación de dicho cronograma según el
desarrollo real del proyecto, sujeto a la oportuna aprobación del
FONCYT.
La etapa de cierre de la ejecución de los proyectos incluirá la
observación y valoración de los resultados expresados en los informes
conclusivos y la correspondiente visita al lugar de realizaciónde las
actividades más significativas del proyecto, cuando corresponder.
3.1.8 Plazo máximo de ejecución
En ningún caso el plazo de ejecución propuesto para el proyecto será
superior a cuatro (4) años. La AGENCIA I+D+i fijará los plazos máximos
de ejecución que correspondan a cada uno de los sucesivos llamados a la
presentación de solicitudes.
3.1.9 Modalidad de desembolso
El desembolso de la subvención se efectuará mediante pagos parciales de
acuerdo con el cronograma de necesidades de financiamiento del
proyecto, y una vez aprobado éste, supeditados al cumplimiento
progresivo del plan de trabajo y cronograma de desembolsos presentado
por el beneficiario y aprobado por la AGENCIA I+D+i. El/la IR, podrá
solicitar modificación de dicho cronogramasegún el desarrollo real del
proyecto, sujeto a la oportuna aprobación del FONCYT.
3.1.10 Obligaciones de las IB y de los (o las) IR
Serán obligaciones de la IB y del o la IR, según corresponda, sin
perjuicio de las que resulten de otrasnormas del presente reglamento,
las siguientes:
• Poner todos los recursos humanos, técnicos y financieros
necesarios para el éxito a que se hayaobligado expresa o
implícitamente, manteniendo permanentemente informados al FONCYT, a la
DIGFEL y a la DGAJ, acerca de todas las dificultades que durante la
ejecución del proyecto puedan demorarlo o impedirlo.
• Aplicar las sumas de dinero provenientes del beneficio acordado
y las que estén a su cargo exclusivo, a los respectivos destinos
previstos en el presupuesto y en las oportunidades de ejecución del
proyecto, conforme al plan de trabajo aprobado.
• Individualizar la operación en sus registros contables y
conservar la documentación de respaldo de todas y cada una de las
erogaciones de modo tal que pueda ser materia de verificación por parte
de la DIGFEL o la DGAJ, cuando lo estimen necesario.
• Responsabilizarse ante el FONCYT acerca de la presentación de
los informes de avance y final deejecución del proyecto previstos en el
plan de trabajo aprobado.
• Poner en conocimiento del FONCYT, la DIGFEL y la DGAJ, en sus
respectivas áreas de competencia, inmediatamente después de producida,
toda modificación significativa en la situación legal,
científico-tecnológica, administrativa y económico-financiera del
equipo de investigadores y técnicos y/o instituto o centro de
investigación que tendrá a su cargo el proyecto, o de cualquiera de las
otras entidades involucradas en la ejecución prevista del plan de
trabajo o en la previsión de la eventual adopción de los resultados.
• Facilitar a los auditores que indique el FONCYT, la DIGFEL o la
DGAJ, el acceso a toda información relativa a los proyectos, la visita
a las instalaciones donde se llevan a cabo los proyectos y las
entrevistas a profesionales y técnicos involucrados.
3.1.11 Obligaciones del organismo ejecutor y actuante
La AGENCIA I+D+i a través de la DIGFEL efectuará en tiempo y forma los
pagos comprendidos en el beneficio conforme con el plan establecido a
ese efecto, previo cumplimiento de los requisitos fijados respecto de
cada uno de ellos.
Cesará tal obligación respecto de los pagos pendientes toda vez que
medie causa de rescisión atribuible al beneficiario, o que, por
cualquier razón, se modifique
sustancialmente la capacidad del equipo de investigadores, técnicos y/o
instituto o centro de investigación que tengan a su cargo la ejecución
del proyecto.
En estas últimas hipótesis, el FONCYT y la DIGFEL podrán admitir
modificaciones en el plan de pagos y en el plan de trabajo sí, no
obstante, la modificación de las capacidades referidas fuere posible
continuar la ejecución del proyecto, pero no se reconocerá incremento
alguno en el importe dela subvención.
3.1.12 Rescisión por acuerdo de partes
En casos excepcionales las partes podrán acordar la rescisión del
contrato a solicitud del beneficiario, lo cual deberá ser objeto de
prueba y fundamentación por parte de éste.
La DGAJ evaluará los elementos aportados y dictaminará sobre su procedencia.
La rescisión de común acuerdo liberará a la AGENCIA I+D+i de la
obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del
proyecto. El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas
del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. A tales
efectos, formarán partedel contrato de rescisión un informe técnico de
conclusión del proyecto, en el que se evalúen los resultados en
relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones
efectuadas con copia de la documentación justificativa; ambos
presentados por el beneficiario, complementados a su vez por una
evaluación final técnica del FONCYT y financiera de la DIGFEL. La
AGENCIA I+D+i determinará la relocalización de los bienes adquiridos
con fondos de la subvención.
3.1.13 Rescisión por parte de la AGENCIA I+D+i
La AGENCIA I+D+i podrá rescindir unilateralmente el beneficio en los siguientes casos:
• Si no recibiese en tiempo y forma o desaprobase los informes de avance.
• Si se comprobaran falsedades en la información proporcionada por el beneficiario.
• Si se ocultare, o no se permitiere el acceso a información
correspondiente a los proyectos, en ocasión de las auditorias que
determine la AGENCIA I+D+i; o si se limitare de cualquier manera el
accionar de los expertos designados para ello.
• Si los responsables del proyecto objeto del financiamiento, se
opusieran a la inspección o a brindarinformación sobre el destino de
los fondos del beneficio.
• Si no se aplicasen los recursos estrictamente a su objeto específico, definido en el proyecto aprobado.
• Si se comprobase la vulneración de las disposiciones de salvaguardia expresadas en el presenteReglamento Operativo.
El beneficiario reintegrará de inmediato las sumas percibidas del
beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión y la AGENCIA
I+D+i se reserva el derecho de accionar legalmente. La AGENCIA I+D+i
determinará el destino de los bienes adquiridos con fondos del
beneficio.
3.1.14 Participación en los eventuales beneficios del proyecto
Los investigadores y colaboradores intervinientes en la ejecución de
los PICT podrán participar en los beneficios económicos que perciba la
IB a partir de la operación, enajenación o licenciamiento de los
resultados y podrán recibirla en los términos previstos en la normativa
reglamentaria de la Ley 23.877. Tales beneficios se establecerán en un
acuerdo de partes ajeno al contrato de promoción.
3.1.15 Seguimiento de los proyectos
Supervisión de la ejecución: La DGAJ y la DIGFEL tendrán a su cargo los
aspectos legales, el control de los procesos de adquisición y la
administración financiera de los proyectos.
El FONCYT, la DIGFEL y la DGAJ, supervisarán la ejecución de los
proyectos financiados, cada uno en el área de su competencia, prestando
atención especial a los siguientes aspectos:
• Avance de la ejecución de los proyectos según el plan de
trabajo acordado y las disposiciones desalvaguardia expresadas en el
presente Reglamento Operativo.
• Aprobación de los Informes Técnicos de Avance de periodicidad anual, así como los Informes Científicos Técnicos Finales.
• Documentación de la ejecución financiera;
• Registros contables inherentes al proyecto; y
• Documentación probatoria de los gastos e inversiones realizadas conforme al plan de erogaciones.
3.1.16 Propiedad de los bienes adquiridos con fondos del proyecto
El equipamiento y remanente de bienes de consumo adquiridos para la
ejecución del proyecto, quedará en propiedad de la IB, salvo pacto en
contrario.
En todos los casos, los proyectos deberán cumplir con los lineamientos,
recomendaciones o normas de ética, protección ambiental y de seguridad
e higiene, establecidas por las instituciones oficiales
correspondientes del presente Reglamento Operativo, tanto en su
desarrollo como en el producto o proceso final derivado de la
investigación o sus aplicaciones. Asimismo, no deberán tener
implicaciones discriminatorias directas o indirectas de género, raza o
religión.
3.2 REUNIONES CIENTIFICAS
3.2.1 Objetivo
Financiar parcial o totalmente reuniones científicas (RC) a realizarse
en el país, tales como: Reuniones Periódicas Nacionales,
Talleres/Workshops Primeras Reuniones Reuniones Nacionales, Periódicas
Internacionales;
3.2.2 Naturaleza del beneficio
El beneficio para el financiamiento de RC consistirá en una subvención
no reintegrable, cuyo importe podrá llegar hasta el 100% del costo
total del proyecto.
La subvención será de hasta U$S10.000.
3.2.3 Elegibilidad de los solicitantes y las solicitudes
Serán elegible para el beneficio las asociaciones científicas y
tecnológicas e instituciones de investigación públicas o privadas sin
fines de lucro radicadas en el país.
3.2.4 Uso de los recursos
a. Gastos de viajes y viáticos para participantes, becarios y
conferencistas invitados sólo en caso de modalidad presencial. (sólo
para reuniones presenciales).
b. Para los gastos asociados a la movilidad aérea será de aplicación obligatoria el Decreto No 1191/12
c. Gastos de impresiones y publicaciones vinculadas a la reunión
(para ambas modalidades considerando los máximos por tipo y modalidad).
d. Gastos de servicios de terceros vinculados a la organización y
realización de la reunión por un monto que no supere el 40% del
subsidio.
e. Gastos de servicios para garantizar participación a distancia
y retransmisión vía internet (recursos y servicios necesarios para
implementar sistemas de streaming, incluidas licencias o abonos,
soporte técnico y producción audiovisual, etc).
3.2.5 Evaluación de los proyectos
La selección de las propuestas a ser subsidiadas será resuelta por dos
(2) Comisiones Ad Hoc designadas por el Directorio de la AGENCIA I+D+i,
a saber: una para las áreas de Humanidades y Ciencias Sociales, otra
para las disciplinas Biomédicas, Exactas y Tecnológicas. En el
dictamen, la Comisión Ad Hoc emitirá su opinión respecto a cada
solicitud. Los criterios de selección son los que se detallan a
continuación: 1) Antecedentes de los organizadores de la reunión; 2)
Estructura de la reunión Científica 3) Calidad de la presentación y 4)
Política de género.
4. ADMINISTRACION, EVALUACION Y AUDITORIA
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 4.01 de las Normas
Generales del Contrato de Préstamo “Condiciones previas al primer
desembolso de los recursos del Préstamo”, literal (d) el cual menciona:
“Que el Prestatario o, en su caso, el Organismo Ejecutor haya
demostrado al Banco que cuenta con un sistema de información financiera
y una estructura de control interno adecuados para los propósitos
indicados en este contrato”, a continuación se describen los aspectos
relacionados con ambos componentes, que regirán para la ejecución del
Programa de Innovación Federal - Subprograma.
Sistema de Información Financiera
Descripción de los Sistemas de Información del Programa de Innovación Federal - Subprograma I
A continuación, se enumeran los sistemas de información que se utilizan
para la administración de los instrumentos con los que opera la Agencia
de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación (AGENCIA I+D+i), organismo coejecutor del Programa.
Los mismos dan soporte a la gestión durante el ciclo de vida de los
proyectos, cubriendo su presentación, evaluación, seguimiento técnico y
administración financiera de los proyectos.
Los sistemas primarios son:
• Sistema de administración, presupuesto, finanzas, tesorería y contabilidad (EMERIX y EMERIX Web).
• Sistema UEPEX.
• Sistema de Gestión de Proyectos (Zorzal).
• Sistema de Control y Gestión de Proyectos para el FONCYT (Inquality).
• Sistema de Gestión de Proyectos (SGP).
• Sistema de Seguimiento de Proyectos (FONCYT).
Los restantes son sistemas periféricos o complementarios.
A continuación, se describen:
Sistema Émerix
En materia contable-financiera se utilizará el Sistema Émerix,
implementado durante la ejecución del Programa de Modernización
Tecnológica II y continuando en el Programa de Modernización
Tecnológica III y el Programa de Innovación Tecnológica I, II, III, IV
y V.
El Sistema Émerix cubre los procesos que llevan a cabo en la DIGFEL,
mediante el cual se administran y contabilizan los movimientos propios
de la Agencia, se obtienen reportes para el Control de Gestión de la
Agencia, Estado, Clientes y BID entre otros.
Los Fondos y otras áreas acceden al mismo para consultas de los desembolsos realizados en los proyectos.
Además, mediante el módulo de administración, se administran las
carteras de proyectos otorgados a las Unidades Administradoras, a los
efectos de llevar un control pormenorizado de los gastos ejecutados en
el presupuesto, las rendiciones de gastos y la auditoría.
En líneas generales, este sistema cubre la siguiente funcionalidad:
• Seguimiento de casos de morosidad.
• Registro de nuevos casos y operaciones/proyectos (Mantenimiento de Inventario).
• Actualización y corrección de datos generales de los casos de la cartera.
• Mantenimiento del saldo contable de las operaciones/proyectos de la cartera.
• Llevar el registro de los cambios de situación de operaciones/proyectos y clientes/beneficiarios.
• Registro de pago a Proveedores.
• Ingresar los datos de los proyectos y el presupuesto de estos.
• Ingresar operaciones de los proyectos y cerrar casos.
• Registrar movimientos mediante lotes y pre-lotes.
• Buscar casos por diferentes criterios.
• Generar distintos informes o reportes.
• Generar información para otros sistemas, áreas, instituciones vinculadas.
• Brinda toda la información necesaria para la confección de los Estados Financieros.
• Visualizar un segmento de casos.
• Ordenar la actividad diaria.
• Buscar casos por criterios.
• Detallar movimientos de fondos.
Sistema Émerix WEB
Se utiliza para el ingreso y aprobación de las rendiciones de gastos.
Las Unidades Administradoras ingresan las rendiciones y los Fondos
aprueban las mismas. El sistema se encuentra integrado al Sistema
Émerix. El FONCYT utiliza este sistema.
Mediante este sistema se mantienen los datos de los subsidios pagados a
través de las Unidades Administradoras, permitiendo a las Unidades
Operativas llevar el estado de seguimiento contable y financiero de sus
proyectos.
En líneas generales, este sistema cubre la siguiente funcionalidad:
• Permite subir las rendiciones que se realizan sobre los proyectos (gastos de administración, honorarios y becas).
• Visualizar las convocatorias en las cuales participa.
• Visualizar el resumen de la convocatoria (datos, consolidado, presupuestado, desembolsado, rendido y a rendir).
• Búsqueda de Proyectos.
• Realizar reportes como: Stock de Proyectos, Listado de Gastos, Listado de Presupuesto y Listado de Procedimientos.
Sistema de Información Presupuestaria de Uso Obligatorio (Uepex)
A partir del año 2018 se debió implementar el Sistema UEPEX,
obligatorio para todas las Unidades Ejecutoras de Proyectos con
Financiamiento Externo, que permite dar cumplimiento a las obligaciones
de información presupuestaria ante los organismos de control de la
Administración Pública Nacional.
6
Sistema INQUALITY
Cubre los procesos de gestión de proyectos desde el ingreso on-line hasta la aprobación de los proyectos.
El sistema es utilizado por el FONCYT y consta de 2 módulos bien diferenciados:
• Módulo de Creación de instrumentos, convocatorias y archivos maestros
(Instituciones, Dependencias, Investigadores, Áreas Temáticas, etc.)
• Módulo de Consolidación, Evaluación y Preparación de información para
la aprobación sucesiva de los proyectos, incluido el Directorio
consistente en determinar:
o Procesabilidad
o Admisibilidad y Reconsideraciones de Admisibilidad
o Acreditación y Reconsideraciones de Acreditación
o Evaluaciones de calidad del FONCYT y Comisiones Ad Hoc
o Aprobaciones, Rechazos y Pedidos de Reconsideración al/del Directorio.
Sistema de Seguimiento (FONCYT)
También usado exclusivamente por el FONCYT, para la gestión y control
del seguimiento de proyectos, abarcando desde la firma del contrato
hasta la finalización de los mismos.
La funcionalidad de este sistema abarca desde el ingreso de
documentación por la Mesa de Entradas, la firma del contrato con la
Agencia, el seguimiento de las acciones de avance técnico,
reformulación y finalización del proyecto.
No se encuentra integrado al ANALYTE ni a otros sistemas del Fondo.
Cubre los procesos de seguimiento del Fondo y utiliza la información de las Instituciones ingresada en el SEPCyT.
No se incluye en el mismo la gestión de becas para lo cual se ha desarrollado otro sistema Gestión de becas.
En líneas generales, este sistema cubre la siguiente funcionalidad:
• Se guardan los datos básicos de los proyectos, los informes técnicos
(quedan adjuntados) y las evaluaciones de las rendiciones.
• Se lleva el estado del proyecto y una bitácora donde se puede consultar lo que ha ocurrido con el proyecto.
• Las reformulaciones del sistema también son ingresadas en el sistema.
• Desde el sistema se visualiza un listado del proyecto con los
cambios, lo aprueba el coordinador de seguimiento y lo pasa al Director
para su aprobación.
• Con dichas aprobaciones se genera la disposición administrativa que
es firmada por el director y se envía a las Unidades Administrativas
vía email en forma automática.
• No se tiene información de los desembolsos.
• No se gestionan las becas en el sistema.
SGP - Sistema de Gestión de Proyectos
El Sistema tiene como objetivo resolver la gestión integral de proyectos de toda la Agencia, abarcando todo el ciclo de vida.
El sistema es utilizado por FONTAR para la Presentación On-Line y Evaluación de proyectos.
En líneas generales, el sistema cuenta con la siguiente funcionalidad:
• Presentación on-line de proyectos.
• Admisión de proyectos con emisión de disposiciones administrativas y notificaciones.
• Gestión de pedidos de reconsideración de admisión.
• Evaluación de proyectos.
• Asignación de proyectos a evaluadores técnicos y contables.
• Evaluación técnica y contable de proyectos, permitiendo efectuar los
ajustes necesarios al presupuesto, generación automática de dictamen.
• Revisión de proyectos por coordinadores técnico, contable y general.
• Gestión de pasaje por Comisión con posibilidad de evaluación adicional.
• Gestión de pasaje por Directorio con posibilidad de evaluación adicional.
• Notificación final de proyectos aprobados y rechazados, con
generación automática de notificaciones y resoluciones correspondientes.
• Gestión de reconsideración de proyectos.
• Firma de Contrato.
• Envío automático de proyecto a Sistema Émerix (integración).
• Gestión de Anticipos integrada con Sistema Émerix.
• Presentación on-line de Rendiciones y Pago Directo a Proveedores por parte de los beneficiarios.
• Evaluación contable por parte del Fondo y la DIGFEL, con posibilidad de ajustes.
• Gestión de desembolsos integrada con el Sistema Émerix.
• Presentación on-line de Informe Técnico de Avance por parte de los beneficiarios.
• Evaluación técnica por parte del Fondo.
• Gestión de Reformulación de proyectos integrada con el Sistema Émerix.
• Cierre de Proyecto.
Sistema ZORZAL
El ZORZAL es el sistema de gestión de proyectos del FONTAR.
El mismo cubre desde el ingreso manual de los proyectos en los Fondos
hasta la finalización de los mismos. Incluye asignación de evaluadores,
dictámenes, reformulaciones o ajustes y gestión de rendiciones o
desembolsos.
Cubre íntegramente el ciclo de vida de proyectos: Presentación, Evaluación y Seguimiento:
1.
Etapa de Presentación: Carga de proyectos a través de procesos
off-line a realizar en el FONTAR, definición variable de Instrumentos y
Convocatorias y carga de archivos maestros.
2.
Etapa de Evaluación: Aquí se encuentran las funcionalidades
principales que conducen a la firma de contrato. Básicamente se
permiten realizar asignación de proyectos a evaluadores técnicos y
contables, permitir efectuar los ajustes necesarios al presupuesto,
cargar el dictamen técnico, las acciones a los proyectos, sus
evaluaciones, empaquetarlos y generarles seguimientos según sean las presentaciones de los beneficiarios hasta
llegar a los desembolsos que serán derivados a la DIGFEL para su pago y
contabilización en el Sistema Émerix.
3.
Etapa de Seguimiento: Los evaluadores que realicen el Seguimiento de
proyectos encontrarán las evaluaciones que le fueron asignadas. Las
evaluaciones pueden ser Técnicas, Visita Técnica, Contable, Auditoria
Contable o una combinación, por ejemplo: Técnica-Contable,
Contable-Visita Técnica. El evaluador podrá observar los datos
generales de la evaluación (Tipo, Fecha de Solicitud, Fecha de Entrega
Comprometida, Fecha Evaluación, Resultado, Fundamentación,
Observaciones) o cargar el resultado, ingresando la Fecha de la
Evaluación, el Resultado y la fundamentación del evaluador.
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 4.01 de las Normas
Generales del Contrato de Préstamo “Condiciones previas al primer
desembolso de los recursos del Préstamo”, literal (d) el cual menciona:
“Que el Prestatario o, en su caso, el Organismo Ejecutor haya
demostrado al Banco que cuenta con un sistema de información financiera
y una estructura de control interno adecuados para los propósitos
indicados en este contrato”, a continuación se describen los aspectos
relacionados con ambos componentes, que regirán para la ejecución del
Programa de Innovación Federal - Subprograma I:
Sistema GESTION DE GARANTIAS
Se utiliza en la DGAJ para el seguimiento y control de las garantías
que se presentan para la firma del contrato y luego se controlan en la
gestión de rendiciones/desembolsos.
Permite el control y seguimientos de las fechas de vencimiento de las garantías entregadas por los beneficiarios:
• Alertas enviadas por mail de las garantías a vencer.
• Visualización del estado de las garantías en las consultas y vistas.
• Permite la búsqueda por beneficiario y por fecha de vencimiento.
Sistemas GESTION DE CONTRATOS
Se utiliza en la DGAJ para el registro de las resoluciones escaneadas y la Centralización de la información de resoluciones.
Las resoluciones se suben categorizadas para saber si son de Directorio o de Presidencia.
Se cargan los datos del proyecto: beneficiario, fecha, número de resolución, asunto y el archivo adjunto.
Sistema BeClever
• Seguimiento Becas: Se utiliza en la DIGFEL para la gestión y seguimiento de los desembolsos por becarios.
• Seguimiento de Obra: Usado para el Seguimiento de gestión de adquisiciones. Se realiza el seguimiento de las obras.
PROYECTO AGENCIA DIGITAL
Actualmente la Agencia se encuentra en un proceso de Transformación
Digital, que supone transformar la actual AGENCIA I+D+i en una Agencia
100% digital. La transformación digital de la Agencia implica producir
cambios en el nivel estratégico, el nivel operativo y en la cultura
organizacional del organismo.
En la primera etapa se espera que el sistema permita a los
beneficiarios la presentación de proyectos a través de una interfaz
amigable “AgenciAr”, donde el logeo sea autenticado mediante la
integración de un componente acordado con la Secretaria de Innovación
‘AUTENTICAR', validando la identidad de la persona y/o responsable de
una empresa ante la presentación de proyectos, utilizando los servicios
de INTEROPERAR, integrada con generación de Expediente Electrónico (EE)
y desarrollando el módulo de comunicaciones para usuarios en el sistema
de comunicación interna Agenciar, con un motor de Workflow que permita
realizar el seguimiento del proyecto en sus diferentes etapas y estados.
Se espera que el Sistema AgenciAr permita a las/os empleados/as de la
Agencia contar con una vista completa del proceso de presentación, al
tiempo que registre en el Sistema GDE, los pasos del expediente que
deban ser resguardados.
En el caso del Acceso Externo, la Plataforma AgenciAr deberá:
• Tener un logeo integrado con servicios de AUTENTICAR (AFIP/RENAPER/ANSES).
• Permitir la presentación de proyectos.
• Descargar la documentación generada: Caratula y PDF de proyecto.
• Integrar el CV del investigador desde Cvar.
• Vincular miembros al proyecto previa confirmación validada.
• Seleccionar las instituciones intervinientes en el proyecto a través de Renaorg, Sigeo y/o AFIP.
• Realizar el seguimiento del proyecto a través del estado reflejado.
• En el caso del Acceso Interno, la Plataforma AgenciAr:
• Deberá tener un logeo integrado con servicios de AUTENTICAR (AFIP/RENAPER/ANSES).
• Podrán acceder usuarios internos con roles y permisos asignados
para la gestión integral de convocatorias, presentación de proyectos,
cambio de estados y administración de la documentación adjunta.
• Deberá presentar módulo para la gestión interna de la Agencia ajustándose a los diferentes perfiles.
Es fundamental alinear los futuros desarrollos de la Agencia con la
normativa del Estado Nacional, las prácticas sugeridas para el
desarrollo de Software en el ámbito del Estado y aprovechar las
soluciones existentes que faciliten el desarrollo y mantenimiento de
las soluciones como así también la experiencia del ciudadano. En este
sentido en el marco del Plan de Modernización del Estado (Decreto
434/2016) vale resaltar que existe la obligatoriedad de realizar
expedientes de manera electrónica (Resolución ministerial: Res 65/2018)
a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica —GDE— como
sistema integrado de caratulación.
Al mismo tiempo se espera que el ciudadano pueda realizar los trámites
sin moverse de su lugar a través de una ventanilla única (salvo que
pueda justificarse la imposibilidad de cumplimentarlo), para lo que se
aprobó el uso de Trámites a Distancia (Resolución ministerial 90-E/17).
El nuevo sistema estará dividido en cuatro grandes piezas (o componentes):
A. Bedi/front end para el beneficiario: El front end para el
beneficiario, integrado con Trámites a Distancia para el ingreso, es
una interfaz amigable y responsiva, que permite al Beneficiario
visualizar convocatorias y realizar las presentaciones que desee y
correspondan, con los campos y validaciones que surjan del armado de
cada línea y llamado. A través de esta interfaz el Beneficiario podrá
recibir notificaciones que le permitan interactuar con la Agencia.
B. Front end para la Agencia: Sistema para que los empleados de la
Agencia puedan, según los permisos con los que cuenten, visualizar los
presentaciones y proyectos en todo su ciclo de vida. El sistema debe
contener una interfaz amigable que permita dar seguimiento a los
proyectos lo que supone una correcta visualización de datos y la
posibilidad de realizar acciones masivas.
C. Backend: Es el core del Proyecto. Se busca contar con un sistema
MVC, para facilitar el mantenimiento del mismo. El Backend debe
contener un sistema de Workflow que permita realizar los procesos de la
Agencia y, al mismo tiempo, permitir la auditoría de datos.
D. Interfaz con los sistemas externos: El sistema deberá exponer
servicios que permitan la explotación de los datos del mismo. Estos
sistemas externos serán en principio:
• El sistema de Gestión y Contabilidad que incluye las Justificaciones a los Organismos de Crédito.
• El sistema de Reuniones de Directorio.
• Sistemas externos a la agencia (TAD, GDE, UEPEX, etc.).
Las transformaciones obligadas que supuso la pandemia del Covid-19
respecto al trabajo a distancia y la necesidad de articular entre los
distintos Fondos que componen la Agencia, dan cuenta de la certeza y
oportunidad del camino emprendido hacia la transformación digital y la
prestación de nuevos servicios, más dinámicos y en línea con las
urgencias actuales.
Estructura de Control Interno
Desde el año 2019 la Agencia posee su gestión de calidad certificada,
la cual cumple con los requisitos de la Norma IRAM-ISO 9001:2015 bajo
el certificado de Registro N° 9000-9040. El alcance de la misma abarca
las siguientes actividades: Evaluación, Seguimiento y Financiación de
Proyectos de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva.
A continuación, se detallan los procesos determinados como necesarios
para el Sistema de Gestión de la Calidad y que han sido evaluados en la
auditoría realizada por IRAM.
Se adjunta el Certificado de Sistemas de Gestión obtenido.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el
funcionamiento del Sistema de Control Interno del Organismo, con ajuste
a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas,
metodologías y herramientas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACIÓN (SIGEN), para asistir a la máxima autoridad del Organismo en
el ejercicio de la responsabilidad establecida en el artículo 101 de la
Ley N° 24.156 y prestar asesoramiento a las unidades organizativas del
Organismo, en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Financiar proyectos que tiendan, a través de la innovación tecnológica,
a mejorar la competitividad de las empresas argentinas en todas las
industrias, incluyendo la industria del software, en el marco de los
planes, programas y prioridades establecidos para el sector, en el
ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (FONCYT)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Financiar proyectos en las áreas de la Ciencia y la Tecnología en el
marco de los planes, programas y prioridades establecidos para el
sector.
DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Financiar proyectos asociativos público-privados, con el objetivo de
desarrollar capacidades de gestión y transferencia
científico-tecnológicas en sectores estratégicos de alto impacto y
promover el desarrollo de empresas de base tecnológica intensivas en
conocimiento.
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar y ejecutar programas e instrumentos de promoción, conforme los
criterios, mecanismos y pautas establecidas por el Directorio del
Organismo y en función de los lineamientos estratégicos de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
Implementar y monitorear los mecanismos de seguimiento y rendición de
cuentas de los proyectos financiados a través de los distintos fondos
que integran el Organismo, elaborando propuestas tendientes a mejorar
la eficiencia en la asignación de los mismos.
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir y coordinar el servicio jurídico permanente del Organismo,
asesorar respecto de la legalidad de los actos sometidos a su
consideración y representar al Organismo en los procesos judiciales en
los que deba intervenir.
DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las acciones vinculadas a la planificación, programación,
formulación, implementación, supervisión, monitoreo y evaluación de
programas y proyectos con financiamiento de organismos financieros
internacionales de crédito y del Tesoro Nacional, como así también, a
la ejecución de proyectos de participación público-privada que
correspondan a las áreas de incumbencia del Organismo, conforme con los
objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS TECNOLÓGICOS (FONTAR)
1. Elaborar los dictámenes de evaluación técnica, económica y
financiera de los proyectos cargo del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO
(FONTAR) orientados a brindar apoyo a las pequeñas y medianas empresas
de la REPÚBLICA ARGENTINA.
2. Elaborar mecanismos de evaluación que contemplen la aplicación de
métricas e indicadores pertinentes a cada una de las convocatorias que
realice el Organismo, vinculadas a las competencias del FONDO
TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR).
3. Efectuar la evaluación técnica, económica y financiera de las
solicitudes de financiamiento vinculadas con las competencias del FONDO
TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR).
4. Coordinar la presentación de la documentación tecnológica, económica
y financiera, relativa a sus competencias, en las distintas comisiones
evaluadoras.
5. Asistir a la Dirección Nacional en los aspectos técnicos de su competencia.
6. Brindar apoyo, en lo que es materia de su competencia, a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN,
para el diseño de nuevos instrumentos de promoción y en el rediseño y
ajuste de los vigentes.
7. Brindar asistencia técnica para la formulación de proyectos de su
incumbencia a los posibles beneficiarios de los proyectos, en el marco
de las líneas de financiamiento del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO
(FONTAR).
8. Asistir a la Dirección Nacional, en los procesos de admisión de las
solicitudes de financiamiento, en el marco de los instrumentos
promocionales a cargo del FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO (FONTAR) y en los
recursos, reclamos administrativos y denuncias que se sustancien en el
Organismo.
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN (FONCYT)
1. Coordinar los procesos de evaluación técnica de los proyectos de
investigación presentados en el marco de los concursos públicos y
abiertos llevados a cabo por el FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
Y TECNOLÓGICA (FONCYT).
2. Asistir en la evaluación de la calidad de los proyectos presentados
en el marco de los concursos convocados a cargo del FONDO PARA LA
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA (FONCYT).
3. Coordinar la presentación de la documentación técnica de su competencia en las distintas comisiones evaluadoras Ad Hoc.
4. Asistir a la Dirección Nacional en los aspectos técnicos de su competencia.
5. Brindar apoyo, en lo que es materia de su competencia, a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN
para el diseño de nuevos instrumentos de promoción y en el rediseño y
ajuste de los vigentes.
6. Brindar asistencia técnica a los beneficiarios que así lo requieran en la formulación de los proyectos de investigación.
7. Asistir a la Dirección Nacional, en los procesos de admisión de las
solicitudes de financiamiento, en el marco de los instrumentos
promocionales a cargo del FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y
TECNOLÓGICA (FONCYT) y en los recursos, reclamos administrativos y
denuncias que se sustancien en el Organismo.
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN TECNOLÓGICA Y FINANCIERA DE PROYECTOS ASOCIATIVOS Y DE EMPRENDEDORES (FONARSEC)
1. Coordinar, en el marco de su competencia, los procesos de evaluación
técnica de los proyectos público-privados, en sectores estratégicos de
alto impacto, evaluando las capacidades científico- tecnológicas y
plataformas tecnológicas regionales que incorporen valor agregado al
sector productivo.
2. Confeccionar los dictámenes de evaluación tecnológica, económica y
financiera de los proyectos del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC),
orientados a brindar a apoyo a proyectos de investigación, desarrollo
tecnológico e innovación, asociativos y de emprendedores.
3. Coordinar la presentación de la documentación tecnológica, económica y financiera, relativa a
4. sus competencias, en las distintas comisiones evaluadoras Ad Hoc.
5. Asistir a la Dirección Nacional en los aspectos técnicos de su competencia.
6. Brindar apoyo, en lo que es materia de su competencia, a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN
para el diseño de nuevos instrumentos de promoción y en el rediseño y
ajuste de los vigentes.
7. Brindar asistencia técnica a los beneficiarios que así lo requieran,
en la formulación de proyectos financiados con recursos del FONDO
ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC).
8. Asistir a la Dirección Nacional en los procesos de admisión de las
solicitudes de financiamiento en el marco de los instrumentos
promocionales a cargo del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) y en los
recursos, reclamos administrativos y denuncias que se sustancien en el
Organismo.
Uso de los recursos del Programa de Innovación Federal - Subprograma I, para los propósitos del Contrato de Préstamo.
a. Se dará apertura en el Banco de la Nación Argentina a la Cuenta
Bancaria a nombre del Programa de Innovación Federal - Subprograma I,
la cual estará denominada en dólares estadounidenses y será destinada
para recibir las transferencias de los desembolsos del Banco, y se
realizarán las ventas de dólares hacia una cuenta bancaria operativa en
pesos, en el mismo Banco. Desde esta cuenta en pesos, se realizarán las
transacciones para los pagos correspondientes a las actividades del Programa de Innovación Federal -
Subprograma I, las cuales serán conciliadas semanalmente.
b. La UEP informará a la brevedad al BID los datos de las cuentas bancarias descriptas.
c. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I establecerá los protocolos,
mecanismos e instancias de coordinación detallados en el ROP, tanto a
nivel interno con las diferentes instancias del OE involucradas en la
ejecución Subprograma I, así como con las entidades y organismos
externos y el Banco, para velar por la elegibilidad de los gastos
realizados con los recursos del financiamiento del Banco.
d. Los Estados Financieros y otra información financiera del
Subprograma I serán emitidos de manera anual u otra periodicidad
necesaria, directamente del Sistema
Émerix hasta tanto éste sea reemplazado por el sistema contable de
Sistema Agencia Digital, los cuales serán firmados por el Coordinador
Financiero y revisados por el Director de la UEP del Programa de
Innovación Federal - Subprograma I.
e. Los Informes Financieros Anuales Auditados se presentarán al Banco
dentro de los 120 días siguientes al cierre del ejercicio fiscal.
f. La preparación de los mencionados Estados Financieros se
efectuará aplicando los Principios de Contabilidad establecidos en las
Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el
Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), excepto por
el método de caja o percibido que será utilizado para registrar los
Flujos de Fondos e Inversiones del proyecto. El mismo consiste en
registrar los ingresos cuando se reciben los fondos, y en reconocer los
gastos cuando efectivamente representan erogaciones de dinero.
g. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I cuenta con
una Matriz de Riesgos del Subprograma que contiene los riesgos
identificados clasificándolos como alto, medio y bajo y será
actualizada cuando resulte necesario, en particular en la emisión de
los Informes Semestrales de Progreso. Asimismo, la matriz incluye las
actividades a ser implementadas para mitigar la ocurrencia de los
riesgos.
h. Como parte de la UEP del Programa de Innovación Federal -
Subprograma I, se cuenta con un área específica de Monitoreo y
Evaluación, la Unidad de Evaluación y Aseguramiento de la Calidad
(UEAC), quien estará a cargo de darle seguimiento a la matriz de
riesgos del Subprograma I y proponer e implementar las acciones
correctivas que fueren necesarias para la adecuada ejecución.
i. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I
cuenta con un Especialista en Supervisión o Monitoreo, quien será
responsable de supervisar el avance de las actividades del Programa de
Innovación Federal - Subprograma I, reportar el nivel de avance y
recomendar acciones correctivas, cuando se identifiquen desviaciones
significativas que afecten la ejecución y logro de los objetivos del
Subprograma I.
Salvaguarda de activos
a. La Agencia adoptará las medidas organizativas adecuadas para
minimizar el riesgo de pérdida o disminución del valor de los activos
del Programa de Innovación Federal - Subprograma I o de los derechos
relacionados con dichos activos, como consecuencia de una mala
utilización de los mismos, fraude, administración deficiente,
mantenimiento inadecuado de registros o negligencia. Estas medidas a
adoptar permitirán que los Activos del Subprograma I se encuentren
identificados, ubicados físicamente, asignados a un responsable y
contabilizados.
Autorización y ejecución de las transacciones, decisiones y actividades
del Programa de Innovación Federal - Subprograma I de acuerdo con las
disposiciones del Contrato de Préstamo
a. El personal de la UEP del Programa de Innovación Federal -
Subprograma I cuenta con las competencias, habilidades técnicas y
experiencia requeridas para el desempeño de sus funciones en la
ejecución del Subprograma.
b. Se comunicará a los miembros de la UEP del Programa de Innovación
Federal - Subprograma I, los valores éticos y de conducta que se
esperan de los funcionarios involucrados en la operación del
Subprograma. La AGENCIA I+D+i utiliza como base la Ley N° 25.188 “Ética
en el ejercicio de la Función Pública" para regular la conducta del
personal que actuará en la UEP del Subprograma a su cargo. Esta
comunicación se hará compartiendo la mencionada norma legal al momento
de su ingreso o contratación.
c. En la UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I
se ha establecido adecuadamente la separación de funciones relacionadas
a la gestión de autorizaciones, solicitudes de pagos, registros
contables y conciliaciones de cuentas derivadas de la ejecución.
Documentación y Registro de Transacciones
a. La UEP del Programa de Innovación Federal - Subprograma I mantendrá
un archivo independiente en el marco de lo establecido en el Contrato
de Préstamo; incluyendo toda la correspondencia enviada y recibida
entre el Banco y la UEP del Subprograma. En la actualidad el uso de
Expedientes Electrónicos es obligatorio en todo el Estado Nacional. De
igual modo las comunicaciones internas deben realizarse a través del
Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) usado en todas las
transacciones de la AGENCIA I+D+i.
b. Los registros contables que se relacionen a la ejecución de gastos
estarán almacenados en orden correlativo y contarán con la
documentación de soporte original respectiva, la cual estará acorde con
todos los requerimientos fiscales vigentes en el país.
c. En la UEP existen procedimientos de identificación e
inutilización de la documentación de soporte de las transacciones del
Programa de Innovación Federal - Subprograma I.
1 Nota: En algunos casos y para montos inferiores a
USD 5.000 se podrá utilizar la Toma de Precios (comparación de tres
cotizaciones). Se debe inf ormar el registro de los oferentes
consultados, seleccionando la of erta más barata.
2 Los valores máximos en dólares de EE.UU. que definen a los
contratos como de “menores” se determinarán en cada caso, tomando en
cuenta la naturaleza y complejidad del trabajo, pero en ningún caso
deben exceder el equivalente de USD200.000.
3 Los umbrales en dólares de EE.UU. que definen el concepto
de “muy pequeño” se determinarán en cada caso, tomando en consideración
el tipo y complejidad de los servicios, pero no deben exceder de USD
100.000.
4 En algunos casos los Prestatarios podrán considerar, a su
propio criterio, las ventajas de efectuar una invitación pública a
participar.
5 Se espera que en la mayoría de los casos la empresa
Tractora o Líder sea un Gran Empresa. No obstante, podrán darse casos
de empresas PyMEs que desarrollen sus proveedores.
6 http://uninfo.mecon.gov.ar/htmls/uepex.html
5 ANEXOS
5.1 ANEXO 1
PROGRAMADE INNOVACIÓN FEDERAL AR-L1330
Reglamento Operativo
5.2 ANEXO 2
Manejo de expedientes v archivos
El procedimiento aplicable contemplará las siguientes medidas comomínimo:
a) Los expedientes deberán contener documentación original archivada en
orden cronológico, evitando la repetición de documentos y la
incorporación de documentos innecesarios.
b) Para el caso de las adquisiciones tramitadas a través de los
subejecutores, éstos conservarán la documentación original y la Agencia
l+D+¡ mantendrá copias de esa documentación en sus archivos.
c) La Agencia l+D+i definirá para cada método de adquisición el listado
de los documentos a ser incluidos en los expedientes. Todos los
expedientes deberán contener la documentación de este modo definida. Al
inicio del expediente se incluirá un listado completo de los documentos
cuyo propósito consistirá en registrar la incorporación de elementos al
expediente.
d) Los archivos deben estar contenidos en un cuarto seguro y con acceso
restringido. Preferentemente, se designará una persona responsable del
archivo, quien controlará el acceso al sector y la actividad en el
mismo.
e) En caso de retirarse expedientes del archivo, quien los retira
deberá hacerse responsable de controlar que los mismos estén completos.
Igualmente, el responsable del archivo cuidará que los mismos se
reintegren completos. Los movimientos de expedientes y los controles de
integridad antes referidos, como asimismo el agregado de documentación,
deberán quedar adecuadamente documentados.
f) Se implementará un procedimiento para que la persona
responsable del archivo pueda transferir su responsabilidad a otra
persona (caso de vacaciones, etc.). Debe quedar documentada la
transferencia de esta responsabilidad y el estado del archivo y los
expedientes en dicha oportunidad.
g) Las recomendaciones anteriores sobre seguridad de los archivos se
refieren a la documentación original. Las actividades de rutina
generalmente se realizan con copias.
h) Debe existir un registro de expedientes.
5.3 ANEXO 3
Esquema de asignación de responsabilidades
5.4 ANEXO 4
Aspectos a tener en cuenta durante el acto de apertura de las ofertas
• El acto de apertura de las ofertases públicoy pueden
estarpresenteslosoferentesosus representantes. Pudiendo asistir además
otro público interesado
• Entre la hora de cierre de recepción de ofertas y el acto de
apertura de las mismas debe haber el menor plazo de tiempo posible,
siendo deseable quedichas actividades se sucedan una a otra en forma
continuada
• En el acto de apertura de ofertas no se debe rechazar ninguna
oferta, conla única excepción de las ofertas tardías (que pudieran
haber ingresado luego de comenzado el acto de apertura).
• Las ofertas tardías se rechazan y devuelven sin abrir.
Se abren las ofertas recibidas antes de la hora límite y en el lugar
especificado establecido para ello, procediendo a dar lectura del
original de cada oferta, de los siguientes datos:
o El nombre del oferente,
o El precio de la oferta
o informado en la oferta para el lote o lotes cotizados, y en el caso
de ofrecer descuentos por adjudicaciones múltiples los descuentos
ofrecidos para cada tipo de adjudicación de distintos lotes según la
descripción incluida por el licitante en la Carta de la Oferta (en
forma descriptiva, esdecir sin efectuar los cálculos que pudieran
surgirde la metodología de aplicación de descuentos),
o La existencia de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta,
o Cualquier otro detalle o incidencia relevante que a juicio de los representantes del contratante merezca ser mencionado.
• El contratante debe preparar un acta que refleje la información indicada en el punto anterior.
• Debe dejarse constancia en el acta de apertura de
cualquiera de las siguientes circunstancias (entre otras que podrían
hacerlo necesario): i) cuando alguna oferta presenta diferencias entre
el monto de la oferta en letras y en números, ii) cuando el Formulario
de la Oferta no está firmado, iii) cuando la oferta no contiene
Garantía de Mantenimiento de la Oferta, iv) cuando la oferta está
expresada en una moneda distinta de la requerida en el Pliego o
presenta alguna diferencia con la forma en que se solicitó la oferta
(p.ej.:sise ha solicitado oferta sin incluir IVA y, a pesar de eso, el
oferente presenta una cotización con IVA incluido), v) el detalle de
las ofertas rechazadas por llegar en forma tardía.
• El acta debe estar firmada por el o los funcionarios que
presidieron el acto de apertura. El contratante invitará a los
oferentes a firmar el acta. Los oferentes podrán hacer comentarios u
observaciones que serán incluidas en el Acta tal como fueron expresados.
• Copias del acta de apertura de las ofertas debe ser distribuida
a los oferentes y al Banco apenas finalizado el acto de apertura (esto
último sólo en el caso de los procesos sujetos a revisión previa).
5.5 ANEXO 5
METODOS DE ADQUISICIONES QUE SE AJUSTAN EN SUS MODAUDADES A LAS PRÁCTICAS DEL SECTORPRIVADO EN EL MARCO DE SUBSIDIOS
Introducción
Los organismos ejecutores del sector privado que
no cuenten con métodos
de adquisiciones formales y escritos, utilizarán los procedimientos
detallados a continuación con el fin de asegurar el cumplimiento de los
principios de la Política de Adquisiciones del Banco y contribuir a
fortalecer su capacidad institucional.
El presente Anexo será de aplicación para todas las convocatorias y ventanillas abiertas a partir del año 2018.
A. Métodos de adquisiciones y contrataciones
1.1. En todos los procesos de adquisiciones y contrataciones del sector
privado aplican las Políticas del Banco sobre el uso apropiado de los
fondos, la elegibilidad de bienes obras, y servicios, así como lasque
se refieren a la aplicación de las reglas de economía y eficiencia.
1.2. La tabla siguiente muestra en forma resumida los métodos de
adquisiciones por tipo de adquisición, que podrán usarse en este tipo
de operaciones, en el caso que no cuenten con métodos de adquisiciones
formales y escritos:
B. Adquisición de bienes y servicios distintos de consultoría
1.3.
Monto mayor a U$S1.500.000 - Comparación de precios utilizando el
Pliego estándar para Adquisición de Bienes y Servicios. En el caso de
adquisiciones por montos que exceden el valor de US$1.500.000, se
deberá convocar a una comparación de precios través de invitaciones
formales. Los plazos para la elaboración y presentación de propuestas
deben ser apropiados y los procedimientos deben propiciar una adecuada
competencia para que se logren precios razonables. Asimismo, se
requiere que: (i) los métodos utilizados para la evaluación de las
propuestas y la selección sean transparentes y de conocimiento de todos
los participantes; (¡i) la apertura de propuestas y la publicación de
los resultados deben ser comunicada fehacientemente a todos los
oferentes y se tome laprevisión de aceptar reclamos o protestas por
parte de los participantes; y (¡ii) la participación de empresas de los
países miembros del Banco no sea restringida.
1.4.
Monto hasta U$S1.500.000 - Comparación de precios con 3
presupuestos. En el caso de adquisiciones con un costo estimado hasta
U$S1.500.000, se debe obtener un mínimo de tres cotizaciones, de
distintos proveedores seleccionando la oferta más económica que cumpla
con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. Las
cotizaciones pueden presentarse por carta, fax o medios electrónicos.
En todo caso, debe quedar documentado de forma fehaciente el
procedimiento utilizado. Como alternativa, puede obviarse la obtención
de las tres cotizaciones si se hace una invitación abierta a presentar
cotizaciones usando un medio de amplia difusión público o privado. Para
propiciar mayor competencia yeconomía el beneficiario puede optar por
hacer simultáneamente la invitación públicay conseguirlos tres
presupuestos
1.5.
Monto hasta U$S150.000 - Comparación de precios con DDJJ del
Representante del Beneficiario acerca de los proveedores consultados.
En el caso de adquisiciones con un costo estimado hasta U$S150.000, se
debe presentar una declaración jurada con los proveedores consultados,
seleccionando la oferta más económica que cumpla con la totalidad de
las especificaciones técnicas requeridas. Como alternativa, puede
obviarse la obtención de las tres cotizaciones si se hace una
invitación abierta a presentar cotizaciones usando un medio de amplia
difusión público o privado.
1.6.
Monto menor a U$S5.000- Contratación Directa. Se podrá utilizar el
método de contratación directa para la adquisición de bienes o
servicios de menor cuantía cuyo valor individual no supere los
U$S5.000, y no hayan sido definidos como críticos en el Plan de
Adquisiciones. Para estas adquisiciones no será necesario presentar
ninguna cotización al Banco. El uso de este método no puede ser
resultado del fraccionamiento de una adquisición en paquetes.
1.7.
Elegibilidad para bienes. Para efectos de elegibilidad, los bienes
cuyo costo unitario esté por debajo de los U$S5.000 y agrupados en un
proceso por un monto de hasta U$S 30.000 se considerarán de origen
local.
C. Contratación de Obras
1.8.
Monto mayor a U$S1.500.000 - Comparación de precios utilizando el
Pliego estándar de Condiciones para Obras Menores. En el caso de
contrataciones por montos que exceden el valor de US$1.500.000, se
deberá convocar a una comparación de precios través de invitaciones
formales. Los plazos para la elaboración y presentación de propuestas
deben ser apropiados y los procedimientos deben propiciar una adecuada
competencia para que se logren precios razonables. Asimismo, se
requiere que: (i) los métodos utilizados para la evaluación de las
propuestas y la selección sean transparentes y de conocimiento de todos
los participantes; (¡i) la apertura de propuestas y la publicación de
los resultados deben ser comunicada fehacientemente a todos los
oferentes y se tome la previsión de aceptar reclamos o protestas por
parte de los participantes; y (iii) la participación de empresas de los
países miembros del Banco no sea restringida.
1.9.
Monto hasta U$S1.500.000 - Comparación de precios con 3
presupuestos. En el caso de contrataciones con un costo estimado hasta
U$S1.500.000, se debe obtener un mínimo de tres cotizaciones, de
distintos proveedores seleccionando la oferta más económica. Las
cotizaciones pueden presentarse por carta, fax o medios electrónicos.
En todo caso, debe quedar documentado de forma fehaciente el
procedimiento utilizado. Como alternativa, puede obviarse la obtención
de las tres cotizaciones si se hace una invitación abierta a presentar
cotizaciones usando un medio de amplia difusión público o privado. Para
propiciar mayor competencia y economía el beneficiario puede optar por
hacer simultáneamente la invitación públicayconseguirlostres
presupuestos
1.10.
Monto hasta U$S150.000 - Comparación de precios con DDJJ de los
proveedores consultados. En el caso de adquisiciones con un costo
estimado hasta U$S150.000, se debe presentar una declaración jurada con
los proveedores consultados, seleccionando la oferta más económica.
1.11.
Monto menor a U$S10.000 - Contratación Directa. Se podrá utilizar
el método de contratación directa para la adquisición de bienes o
servicios de menor cuantía cuyo valor individual no supere los
U$S10.000, y no hayan sido definidos como críticos en el Plan de
Adquisiciones. Para estas adquisiciones no será necesario presentar
ninguna cotización al Banco.
D. Contratación de consultores individuales
1.12.
Contratación de consultores individuales por un monto mayor a
U$S30.000- Selección basada en la comparación de calificaciones. Esta
modalidad requiere comparar las calificaciones para realizar el trabajo
de, al menos, tres candidatos con base en sus hojas de vida. Los
consultores no necesitan presentar propuestas, aunque de estimarse
conveniente se les puede solicitar y detallar en la carta de invitación
el criterio de calificación y evaluación a utilizar. Las personas
consideradas en la comparación de calificaciones deben cumplir con las
calificaciones mínimas pertinentes y los que se seleccionen para ser
contratados deben ser los mejor calificados y capaces de realizar el
trabajo. La capacidad de los consultores se juzgará sobre la base de
sus antecedentes académicos, su experiencia y, si corresponde, su
conocimiento de las condiciones locales. En los casos, en que los
servicios de consultoría sean de montos menores a U$S50.000 y se
requiera de un solo experto como personal clave, y la naturaleza del
servicio lo justifique, se podrá invitar a firmas e individuos para
conformar la lista corta. En la solicitud de propuesta se deberá
especificar los criterios de evaluación e indicar claramente que sólo
se calificaráa un experto.
1.13.
Contratación de consultores por un monto menor a U$S30.000-
Selección Directa. Se podrá utilizar el método de selección directa
para la contratación de consultores individuales cuyo monto no supere
el valor de U$S30.000, debido a la naturaleza específica de los
servicios requeridos y si no han sido definidas como críticas en el
Plan de Adquisiciones. El uso de este método no puede ser resultado del
fraccionamiento de los servicios de consultoría requeridos. A modo de
ejemplo estas consultorías incluyen: conferencistas, disertantes,
evaluadores, encuestadores, pequeñas asistencias técnicas que requieren
conocimiento local, profesionales o técnicos para la agencia ejecutora,
entre otros (La contratación de profesores, conferencistas y
disertantes no requieren la emisión de un contrato cuando se trate de
montos menores a U$S5.000,00.).
1.14. De conformidad con las Políticas de Adquisiciones, la selección
directa de consultores por montos mayores a U$S30.000, requerirán la no
objeción del Banco, si ésta no fue aprobada en el documento de
aprobación de la operación o en el Plan de Adquisiciones, y se deberá
justificaren el marco de las Políticas de Adquisiciones y en el
contexto de los intereses del proyecto. Las contrataciones directas
incluidas en el Plan de Adquisiciones, requieren del soporte documental
que justifique la decisión tomada.
E. Contratación de Servicios de Firmas de Consultoría
1.15.
Contratación de firmas de consultorías por un monto mayor a
U$S30.000 - Selección Basada en la Calificación de los Consultores. Es
un proceso de selección que se puede utilizar para servicios menores,
que no revistan complejidad, para los cuales no se justifica ni la
preparación ni la evaluación de propuestas competitivas. En tales
casos, elOE preparará los términos de referencia, solicitará
expresiones de interés e información sobre la experiencia y la
competencia de los consultores en lo que respecta al trabajo,
confeccionará una lista corta de, al menos, 3 firmas, y seleccionará a
la firma que tenga las calificaciones y las referencias más apropiadas.
Se pedirá a la firma seleccionada que presente una propuesta técnica
conjuntamente con una propuesta de precio y se la invitará luego a
negociar el contrato.
1.16 En los casos, en que los servicios de consultoría sean de montos
menores a U$50.000 y se requiera de un solo experto como personal
clave, y la naturaleza del servicio lo justifique, se podrá invitar a
firmas e individuos para conformar la lista corta. En la solicitud de
propuesta se deberá especificar los criterios de evaluación e indicar
claramente que sólo se calificará a un experto.
1.17. Se podrán utilizar los distintos métodos de selección y
contratación de firmas establecidos en las Políticas de Adquisiciones
del Banco, tales como Selección Basada en Calidad y Costo, Selección
Basada en Calidad, Selección Basada en el Menor Costo, Selección Basada
en Presupuesto Fijo, que reúnan buenas prácticas del sector privado.
1.18.
Contratación de firmas de consultorías por un monto menor a
U$S30.000 - Selección Directa. Se podrá utilizar el método de selección
directa para la contratación de firmas o servicios de consultores cuyo
monto no supere el valor de U$S30.000, debido a la naturaleza
específica de los servicios requeridos y si no han sido definidas como
criticasen el Plan de Adquisiciones. El uso de éste método no puede ser
resultado del fraccionamiento de un servicio de consultoría.
De conformidad con las Políticas de Adquisiciones del Banco, para
montos mayores a U$S30.000,la selección directa de firmas o servicios
de consultores requerirá la no objeción del Banco, si ésta no fue
aprobada en el documento de aprobación de la operación o en el Plan de
Adquisiciones, se deberá justificar en el marco de las Políticas de
Adquisiciones y en el contexto de los intereses del proyecto.
1 El beneficiario puede en todos los casos optar por
comparar ofertas a través de una comparación de precios buscando
mayores economías.
2 El beneficiario puede optar por hacer simultáneamente la invitación pública y conseguir los tres presupuestos.
3 El beneficiario puede en todos los casos optar por
comparar ofertas a través de una comparación de precios buscando
mayores economías.
4 El beneficiario puede optar por hacer simultáneamente la invitación pública y conseguir los tres presupuestos.
IF-2021-105766826-APN-ANPIDTYI#MCT