MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 506/2022
RESOL-2022-506-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-36375331-APN-SE#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 818 de fecha 9 de agosto de 2007 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la empresa ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL
ESTADO (EPSE), como AGENTE GENERADOR por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA
CUESTA DEL VIENTO, de OCHO COMA CUATRO MEGAVATIOS (8,4MW).
Que el Artículo 3° del referido acto condicionaba la vigencia de la
autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el
ESTADO NACIONAL en el marco del Articulo 14 de la Ley N°15.336, texto
conforme al Artículo 89 de la Ley N° 24.065, antes del 31 de diciembre
de 2008.
Que, con posterioridad, se han dispuesto prórrogas a la autorización
otorgada para actuar como Agente Generador del MEM, la última de ellas
concedida por medio de la Resolución N° 807 de fecha 22 de septiembre
de 2017 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la
suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N° 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que
conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones
pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se
considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de
2025.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector
Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría
ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las atribuciones para el dictado de la presente medida surgen del
Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley
Nº 24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19
de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Autorízase la postergación de la fecha límite definida
en el Artículo 1° de la Resolución N° 807 de fecha 22 de septiembre de
2017 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, quedando ENERGÍA PROVINCIAL SOCIEDAD DEL ESTADO
(EPSE), habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE
GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL
HIDROELÉCTRICA CUESTA DEL VIENTO hasta el 31 de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a EPSE, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO
SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de
esta Secretaría.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Norman Darío Martínez
e. 06/07/2022 N° 50548/22 v. 06/07/2022