INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 7/2022
RESOG-2022-7-APN-IGJ#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2022
VISTO, la Ley 22.315 y la Resolución General IGJ Nº 7/2015 y
CONSIDERANDO:
Que la necesidad de compatibilizar con las ferias que establece el
Poder Judicial de la Nación en trato con una adecuada administración de
los procedimientos y sistemas vigentes, tornan necesario disponer un
período de suspensión de la metodología de tramitación habitual
aplicable en todas las sedes.
Que atento lo expuesto, resulta necesario para la optimización de las
funciones del Departamento de Oficios a cargo de la INSPECCIÓN GENERAL
DE JUSTICIA, adoptar previsiones relativas a la recepción de trámites a
fin de compatibilizarlas con la disponibilidad de los recursos humanos
del Organismo.
Que no obstante ello, corresponde garantizar el pleno ejercicio de las
facultades de control de este organismo y el derecho de los
administrados a peticionar ante esta Inspección General, fijando las
excepciones pertinentes.
Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 20 y 21 de la Ley N 22.315.
Por ello,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Durante el periodo comprendido entre el 16 de julio de
2022 y el 31 de julio de 2022 la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, en
relación a la tramitación de los Oficios Judiciales, funcionará con las
limitaciones que en los artículos siguientes se detallan.
ARTÍCULO 2°: RECEPCIÓN DE OFICIOS JUDICIALES: Se recibirán solamente aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente.
Se entenderá por tales a:
a) Los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho;
b) Los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional;
c) Los provenientes de organismos instructorios en materia penal; y
d) Otros que por razonable analogía, se puedan considerar comprendidos en el presente artículo.
ARTÍCULO 3°: RECEPCIÓN DE OFICIOS JUDICIALES NACIONALES Y/O FEDERALES
Y/O PROVINCIALES QUE SE REALIZA A TRAVÉS DEL SISTEMA DEOX, NYPE: Si
bien la feria judicial abarca desde el 18 al 29 de julio, este
Organismo rechazara “in limine” los oficios ingresados por las
plataformas DEOX y/o NyPE entre los días 16 y 31 de julio de 2022
inclusive. Se hace saber, que aquellos oficios que fueran rechazados,
deberán ser ingresados nuevamente, a partir de 1º de Agosto de 2022, a
los efectos de que este Organismo les de curso.
ARTÍCULO 4°: RECEPCIÓN DE OFICIOS JUDICIALES POR MESA DE ENTRADA: Se
establece el mismo criterio que el artículo Nº 3. Esto implica que no
se recibirán oficios por Mesa General de Entradas en la fecha ut-supra
mencionada.
ARTÍCULO 5°: Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Comuníquese a las Direcciones
y Jefaturas de los Departamentos y respectivas Oficinas del Organismo y
al Ente de Cooperación Técnica y Financiera, solicitando a éste ponga
la presente resolución en conocimiento de los Colegios Profesionales
que participan en el mismo. Para los efectos indicados, pase a la
Delegación Administrativa. Oportunamente, archívese.
Ricardo Augusto Nissen
e. 08/07/2022 N° 51254/22 v. 08/07/2022