MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1070/2022
RESOL-2022-1070-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2022
VISTO el Expediente N° EX-2020-76921726- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, las
Resoluciones N° 2110 de fecha 29 de diciembre de 2020 y N° 452 de fecha
20 de abril de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. N° 452/22 (RESOL-2022-452-APN-MC) se aprobó
la Tercera Convocatoria Nacional del Programa “FESTIVALES ARGENTINOS” y
su Reglamento de Bases y Condiciones que, como ANEXO I
(IF-2022-34281377-APN-DAF#MC) forma parte integrante de la citada
medida.
Que el Programa tiene como finalidad acompañar y fortalecer las
celebraciones populares que se desarrollan en todo el territorio
nacional, consolidando escenarios nuevos o emergentes para la
presentación de artistas multidisciplinares, conectando los festejos de
todo el país, y revalorizando las identidades locales de cada
territorio.
Que, en ese marco, y de conformidad con el reglamento en cita, la
inscripción a la mentada convocatoria cerró el día 24 de mayo de 2022.
Que considerando el amplio nivel de participación, así como el número
de celebraciones inscriptas por los entes organizadores de todas las
regiones del país, es necesario redoblar el esfuerzo para contener la
referida demanda, garantizando la amplitud, la diversidad y el carácter
federal de la convocatoria.
Que, en consecuencia, se ha resuelto ampliar el presupuesto total
otorgado a la Tercera Convocatoria Nacional del Programa “FESTIVALES
ARGENTINOS” mediante el artículo 3° de la Resolución M.C. N° 452/22
(RESOL-2022-452-APN-MC), originalmente previsto en PESOS SESENTA
MILLONES ($60.000.000.-), incrementándolos a PESOS OCHENTA Y TRES
MILLONES TREINTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($83.033.168.-).
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el
Decreto N° 882/21 de prórroga de la Ley N° 27.591 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y
distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de
2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios y los Decretos N°
101/85, N° 392/86, N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 3° de la Resolución M.C. N° 452/22
(RESOL-2022-452-APN-MC), que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3°.- Destinar la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES
TREINTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($83.033.168.-) para atender
los gastos derivados de la convocatoria aprobada por el artículo 1° de
la presente medida.”
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio
correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA – PROGRAMA
16.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
e. 11/07/2022 N° 52049/22 v. 11/07/2022