COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución 4/2022
Montevideo, 29/06/2022
Visto:
La situación del estado de conservación global de las distintas especies de aves marinas.
Resultando:
1) Que la preocupación por la mortalidad fortuita de aves marinas
asociada a las pesquerías ha generado diferentes acciones a nivel
internacional a fin de obtener su reducción, identificar estándares de
buenas prácticas pesqueras y medidas de mitigación, así como, fomentar
la educación, capacitación y divulgación de estos temas entre las
partes interesadas.
2) Que, entre estos instrumentos internacionales se encuentra el Plan
de Acción Internacional para Reducir las Capturas Incidentales de Aves
Marinas en la Pesca con Palangre (PAI-Aves Marinas) elaborado en 1998
en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable de la
Organización para la Agricultura y Alimentación (FAO); y que dicho
instrumento fue complementado por la misma organización en 2009 en su
serie de Directrices Técnicas para la Pesca Responsable, haciendo
extensivas las recomendaciones de buenas prácticas para reducir la
captura incidental de aves marinas a otras artes de pesca.
3) Que el área del Tratado alberga un gran número de especies de aves
marinas, algunas de las cuales se encuentran entre los grupos
considerados vulnerables a nivel mundial.
4) Que, en atención a ello, la CTMFM convocó a un grupo de expertos,
especialistas en la temática, a fin de elaborar un documento que
sirviera de base para la aprobación del Plan de Acción Regional-Aves
Marinas (PAR-Aves Marinas) por la Comisión.
5) Que el objetivo del mismo es preservar la diversidad biológica,
asegurar la conservación de las especies de aves marinas que habitan la
ZCP y aguas adyacentes y profundizar el conocimiento sobre dispositivos
y maniobras que permitan mitigar los distintos impactos negativos de la
interacción de estas especies con las pesquerías, bajo un manejo
ecosistémico.
6) Que, a fin de asistir a las partes en el cumplimiento de los
compromisos internacionales asumidos en relación con la conservación
del ecosistema marino, resulta propicio adoptar acciones coordinadas y
concertadas en el ámbito de cooperación científico-técnica binacional
que brinda la CTMFM a las Partes.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1º) Apruébase el Plan de Acción Regional para reducir la
interacción de aves marinas con las pesquerías que se desarrollan en
las aguas de interés común gestionadas por la CTMFM.
Artículo 2º) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de
la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina
y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 4º) Publíquese, asimismo, atento a su extensión, el texto
completo del PAR-Aves Marinas en la página web de la CTMFM
(www.ctmfm.org) para su consulta.
Mariana Inés Llorente - Zapicán Bonino
e. 12/07/2022 N° 52502/22 v. 12/07/2022