INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
Resolución 224/2022
RESOL-2022-224-APN-INA#MOP
José María Ezeiza, Buenos Aires, 07/07/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-31752700-APN-INA#MOP del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, los Decretos N° 415 de fecha 30 de junio
de 2021 y N° 103 de fecha 2 de marzo de 2022, y la Resolución Nº 53 de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO del 22 de marzo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 415 de fecha 30 de junio de 2021 se homologó
el Acta suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial
con fecha 26 de mayo de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público,
por la cual se acordó, como Cláusula Tercera, elaborar una Propuesta de
Régimen de Valoración por Evaluación y Merito para la Promoción de
Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y
sus modificatorios, por parte del Estado Empleador previa consulta a
las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de
Interpretación y Carrera.
Que mediante el Decreto N° 103 de fecha 2 de marzo de 2022 se homologó
el Acta suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial
con fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP), por la cual se acordó, como Cláusula Tercera,
sustituir la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de dicha comisión
negociadora que había sido homologada por Decreto N° 415/21.
Que habiéndose expedido la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera mediante Acta N° 172 de fecha 18 de febrero de 2022, por
Resolución N° 53 de fecha 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se
aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la
Promoción de Nivel para el Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público.
Que el Artículo 2° del citado régimen, establece que la Unidad a cargo
de las acciones de personal u organismo descentralizado comunicará en
un plazo no mayor a VEINTE (20) días hábiles computados a partir de la
entrada en vigencia del régimen, a la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y
EVALUACIÓN DE GASTOS EN PERSONAL de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la información de la totalidad del personal
que se encuentre en condiciones de ascender de nivel escalafonario,
indicando cantidad de cargos por nivel.
Que el Artículo 4° dispone a su turno que “El titular de la
Jurisdicción u organismo descentralizado dispondrá el inicio del
Proceso de Valoración por Evaluación y Merito para la promoción de
nivel, designará a los miembros integrantes del Comité de Valoración,
designará al Secretario Técnico Administrativo del Comité y aprobará el
cronograma del proceso en el mismo acto administrativo”.
Que por su parte el Artículo 5° establece que el Comité de Valoración
se integrará con un miembro en representación del máximo responsable de
Unidad a cargo de las acciones de Personal de la Jurisdicción o entidad
descentralizada donde se dispuso el inicio del proceso de Valoración
por Evaluación y Merito para la Promoción del Nivel; un miembro en
representación de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; y un miembro en representación
del titular de la Jurisdicción o entidad descentralizada; y que cada
representante contará con un alterno que podrá intervenir
indistintamente.
Que mediante NO-2022-37648632-APN-SRRHH#INA, se ha dado cumplimiento a
la comunicación prevista en el Artículo 2° del Régimen de Valoración
para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de
Empleo Público”.
Que se encuentran incorporadas al Expediente de referencia la
NO-2022-62697441-APN-DGYDCP#JGM y el IF-2022-65141343-APN-SRRHH#INA por
los cuales la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y el responsable
máximo de las acciones de personal de este organismo han designado
respectivamente a los miembros para que en su representación
intervengan en el Proceso de Valoración para la Promoción por
Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo Público del
personal de este INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, cuyos Curriculum se
encuentran incorporados al expediente.
Que se encuentran, asimismo, vinculados al expediente los Curriculum
Vitae de quienes en este acto se designan como representantes ante el
Comité de Valoración en representación del titular de la Jurisdicción.
Que la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS de este INSTITUTO NACIONAL DEL
AGUA ha elaborado una propuesta de cronograma del Proceso de Valoración
para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de
Empleo Público.
Que, en consecuencia, corresponde disponer el inicio del Proceso de
Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema
Nacional de Empleo Público del personal del INSTITUTO NACIONAL DEL
AGUA; aprobar el cronograma del proceso y designar al Comité de
Valoración que intervendrá en el mismo.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBGERENCIA DE
RECURSOS HUMANOS y la ASESORÍA JURÍDICA del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA.
Que la presente medida encuadra en las facultades conferidas al
suscripto mediante la Ley Nº 21.016, el Decreto Nº 881 de fecha 9 de
noviembre de 2020 y lo establecido en el Régimen de Valoración para la
Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo
Público aprobado por Resolución SGyEP N° 53 de fecha 22 de marzo de
2022.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por iniciado el Proceso de Valoración para la
Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo
Público del personal de Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL
AGUA.
ARTÍCULO 2º.- Desígnanse como integrantes del Comité de Valoración
titulares y alternos y como Secretaría Técnica Administrativa a los
agentes consignados en el ANEXO I IF-2022-66801694-APN-SRRHH#INA, que
integra la presente.
ARTÍCULO 3º.- Fíjase como cronograma tentativo para el presente proceso
de Valoración por Evaluación y Mérito, el consignado en el ANEXO II
IF-2022-66810924-APN-SRRHH#INA, que forma parte de esta medida, el que
podrá ser modificado, ajustado y/o complementado de resultar ello
necesario para el mejor desarrollo del presente proceso.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Juan Carlos Bertoni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/07/2022 N° 52290/22 v. 12/07/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)