JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 17/2022
DI-2022-17-APN-SSIA#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-15125090- -APN-DNFDEIT#JGM
del Registro de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN, la Ley
N° 25.506 y su modificatoria Ley N° 27.446, los Decretos Nros. 892 del
1° de noviembre de 2017, 182 del 11 de marzo de 2019, 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N°
1865 del 14 de octubre del 2020 y sus modificatorias, la Resolución del
ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 121 del 22 de febrero de 2018, la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 87
del 30 de agosto de 2018 y la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 946 del
22 de septiembre de 2021, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital,
estableciendo las características de la Infraestructura de Firma
Digital.
Que el Decreto Nº 892/2017 creó la Plataforma de Firma Digital Remota
en la ex-SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (actual
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA), en la que se centralizará
el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre
Infraestructura de Firma Digital.
Que el Decreto N° 182/2019 aprobó la reglamentación de la Ley N° 25.506
de Firma Digital regulando el empleo del documento electrónico, de la
firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en el
marco de la Infraestructura de Firma Digital.
Que, por su parte, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios creó, entre otros, a la entonces SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
actual SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO,
estableciendo entre sus objetivos, el de actuar como Autoridad de
Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de
firma digital estipulada por la Ley N° 25.506.
Que el citado Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, estableció, asimismo, los objetivos de la SUBSECRETARÍA
DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, entre los que se encuentra el de
intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez
legal del documento y firma digital, así como intervenir en aquellos
aspectos vinculados con la incorporación de estos últimos a los
circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo
en medios alternativos al papel.
Que, por otro lado, la Decisión Administrativa N° 1865/2020 y sus
modificatorias aprobó la estructura organizativa de primer y segundo
nivel operativo de la Jefatura de Gabinete de Ministros, estableciendo,
entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E
INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
DEL SECTOR PUBLICO, la de gestionar la Autoridad Certificante de Firma
Digital para el Sector Público Nacional y la Autoridad Certificante de
la Plataforma de Firma Digital Remota y asistir a la Subsecretaría en
su administración.
Que la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 946 del 22 de septiembre de 2021,
aprobó los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco
normativo de Firma Digital para certificadores licenciados.
Que, mediante el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la
solicitud de la ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA de la PROVINCIA DE
MENDOZA para conformarse como Autoridad de Registro de la AC
MODERNIZACIÓN-PFDR, en los cuales obra la documentación que acredita el
cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la
conformación de Autoridades de Registro de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR.
Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL
dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA de la
PROVINCIA DE MENDOZA, a cumplir las funciones de Autoridad de Registro
de la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota
(AC MODERNIZACIÓN-PFDR).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Mariano Papagni
e. 13/07/2022 N° 52813/22 v. 13/07/2022