CÁMARA NACIONAL ELECTORAL

Resolución 44/2022

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2022

VISTO el expediente “S” 44/2022 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito SANTA CRUZ s/subdivisión y creación de circuitos (sección electoral 7 -Guer Aike-) Río Gallegos”, elevado en virtud de lo previsto por el artículo 40 del Código Electoral Nacional, y

CONSIDERANDO:

1º) Que a fs. 76 el Juzgado Federal con competencia electoral de Santa Cruz eleva para consideración del Tribunal el anteproyecto de subdivisión del circuito electoral correspondiente a la Ciudad de Río Gallegos, a fin de acortar la distancia entre el domicilio de los electores y sus lugares de votación (cf. art. 39, inc. 4º, Código Electoral Nacional), y de conformidad con lo establecido por la Acordada Nº 49/2020 CNE, punto 2º.

2º) Que a fs. 80/85 vta. obra el informe técnico elaborado por la Unidad de Geografía Electoral, en el que -sobre la base de la propuesta confeccionada por la Secretaría Electoral del distrito y de acuerdo a lo dispuesto por los criterios Nº 3, 4, 6, 10, 12, 13 y 14 del Anexo I, Ac. cit., se prevé la subdivisión del circuito 18 y la consecuente creación de los circuitos 1800, 1810, 1820, 1830, 1840 y 1850, correspondientes a la sección electoral 7 (Guer Aike).

3º) Que el anteproyecto aludido ha sido confeccionado de conformidad con los lineamientos técnicos previstos para su análisis en el Sistema de Información Geográfica (S.I.G.).

Cabe destacar que en las presentes actuaciones obra la información de los locales de votación y la documentación cartográfica correspondiente.

4º) Que, por otra parte, resulta pertinente señalar que han tomado conocimiento el Ministerio de Gobierno (cf. fs. 40 y fs. 74/vta.) y el Tribunal Electoral Permanente de la Provincia de Santa Cruz (cf. fs. 73/vta.), y el señor Intendente de la Ciudad de Río Gallegos (cf. fs. 39/vta. y fs. 72/vta.), así como las agrupaciones políticas reconocidas en el distrito (cf. fs. 77).

5º) Que, finalmente, no puede pasarse por alto que la modificación de circuitos conlleva numerosas tareas registrales y de administración electoral, las que deben realizarse con la suficiente antelación. Por ello, y sin perjuicio de la prosecución del trámite de las presentes actuaciones, resulta ineludible disponer que tales tareas se realicen a partir de la fecha de la comunicación de la presente, ad referendum de la resolución definitiva sobre la cuestión.

Por todo lo expuesto, la Cámara Nacional Electoral

RESUELVE:

1º) Aprobar el proyecto de subdivisión del circuito 18 y la consecuente creación de los circuitos 1800, 1810, 1820, 1830, 1840 y 1850, correspondientes a la sección electoral 7 (Guer Aike), cuya representación y delimitación cartográfica obran como Anexos I y II de la presente.

2º) Hacer saber al Juzgado Federal con competencia electoral de Santa Cruz lo previsto en el considerando 5º de la presente.

3º) Remitir las actuaciones al Ministerio del Interior, a sus efectos.

Regístrese, notifíquese al Juzgado Federal con competencia electoral de Santa Cruz, tómese nota en el Sistema de Gestión Electoral (SGE), publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y comuníquese al Ministerio del Interior.

Daniel Bejas - Alberto R. Dalla Via - Santiago H. Corcuera - Sebastián Schimmel

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/07/2022 N° 53410/22 v. 14/07/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



Anexo I - Mapas

Circuitos Electorales: 1800“Río Gallegos”, 1810“Río Gallegos”, 1820“Río Gallegos”, 1830“Río Gallegos”, 1840“Río Gallegos”, 1850“Río Gallegos”.

Sección Electoral N° 7 -Güer Aike-, Distrito Santa Cruz

Expte. N° 1849/2022





Unidad de Geografía Electoral

Registro Nacional de Divisiones Electorales - Acordada N° 18/2011 CNE


Anexo II

Texto descriptivo de la delimitación de los Circuitos Electorales: 1800“Río Gallegos”, 1810“Río Gallegos”, 1820“Río Gallegos”, 1830“Río Gallegos”, 1840“Río Gallegos”, 1850“Río Gallegos”.

Sección Electoral N° 7 -Güer Aike-, Distrito Santa Cruz.

Expte. N° 1849/2022

Circuito Electoral 1800 “Río Gallegos

NORTE: Desde la intersección entre eje medio de la proyección de la Calle Mendoza y el cauce medio del Río Gallegos, continuando por el cauce medio del río, con rumbo este, hasta su intersección con la proyección del eje medio de la Av. José de San Martin.

ESTE: Desde la intersección entre el cauce medio del Río Gallegos y la proyección del eje medio de la Av. José de San Martin, continuando por la misma avenida, con rumbo sur hasta su intersección con el eje medio de la Av. Santa Fe.

SUR: Desde la intersección entre el eje medio de las Avenidas José de San Martin y Santa Fe, continuando por Santa Fe, con rumbo oeste hasta su intersección con el eje medio de la Calle Julio Ladvocat, continuando por Ladvocat, con rumbo noroeste, hasta la intersección del eje medio de la Av. Lisandro de la Torre.

OESTE: Desde la intersección entre el eje medio de la Calle Julio Ladvocat y el eje medio la Av. Lisandro de la Torre, continuando por la avenida, con rumbo noreste, hasta su intersección con el eje medio de la Calle Perito Moreno, continuando por el eje medio de Moreno, continuando por la Calle Mendoza y su proyección, con rumbo norte, hasta su intersección con el cauce medio del Río Gallegos.

Circuito Electoral 1810 “Río Gallegos”

NORESTE
: Desde la intersección entre la proyección del eje medio de la Av. José de San Martin y el cauce medio del Río Gallegos, continuando por el cauce medio del río (límite del ejido urbano), con rumbo este, hasta su intersección con la proyección del eje medio de la calle Crucero Gral. Belgrano.


SUR: Desde la intersección entre el cauce medio del Río Gallegos (límite del ejido urbano) y la proyección del eje medio de la calle Crucero Gral. Belgrano, con rumbo oeste, continuado por la proyección y luego por la calle, hasta su intersección con el eje medio de la Av. Juan Manuel Gregores, continuando por Gregores, con rumbo norte, hasta su intersección con el eje medio de la Av. Jujuy. Continuando por la avenida con rumbo noroeste, hasta su intersección con el eje medio de la Av. José de San Martin.

OESTE: Desde la intersección entre el eje medio de la Av. Jujuy y el eje medio de la Av. José de San Martin, continuando por la avenida y su proyección, con rumbo norte, hasta su intersección con el cauce medio del Río Gallegos.

Circuito Electoral 1820 “Río Gallegos”

NORTE: Desde la intersección entre el eje medio de las Avenidas José de San Martin y Jujuy, continuando por Jujuy, con rumbo sureste, hasta su intersección con el eje medio de la Av. Juan Manuel Gregores, continuando por Gregores, con rumbo sur, hasta su intersección con el eje medio de la calle Crucero Gral. Belgrano, continuando por Belgrano y su proyección, con rumbo este, hasta su intersección con el límite del ejido urbano o cauce medio natural del Río Chico (Rio Carmen Silva).

ESTE: Desde la intersección entre la proyección del eje medio de la calle Crucero Gral. Belgrano y el cauce medio del Río Chico (Rio Carmen Silva), continuando por cauce medio, con rumbo suroeste, hasta su intersección con el Camino Vecinal s/n definido por el Punto 1 (coordenadas: Latitud 51°41'29.26"S - Longitud 69°13'14.91"O) continuando por el camino vecinal, con rumbo sur, hasta su intersección con la Ruta Prov. N° 40, definida por el Punto2 (coordenadas: Latitud 51°42'0.38"S - Longitud 69°13'16.15"O).

SUR: Desde la intersección entre y el camino vecinal s/n y la Ruta Prov. N° 40, definida por el Punto2 (coordenadas: Latitud 51°42'0.38"S - Longitud 69°13'16.15"O) continuando por la ruta, con rumbo suroeste, hasta su intersección con el eje medio de la Ruta Nac. N° 3 (Av. José de San Martin).

OESTE: Desde la intersección entre el eje medio de la Ruta Prov. N° 40 y el eje medio de la Ruta Nac. N° 3 (Av. José de San Martin), continuando por ruta N° 3, con rumbo norte, hasta su intersección con el eje medio de la Av. Jujuy.


Circuito Electoral 1830 “Río Gallegos”

NORTE: Desde la intersección entre el camino vecinal s/n (proyección de la calle Federico Leloir) y el eje medio de la Av. 17 de Octubre (Ruta Nac. N° 3), continuando por la ruta, con rumbo este, hasta su intersección con el eje medio de la Av. Lisandro de la Torre, continuando por la Av. Lisandro de la Torre, con rumbo noreste, hasta su intersección con el eje medio de la Calle Julio Ladvocat, continuando por Ladvocat, con rumbo sur, hasta su intersección con el eje medio de la Av. Santa Fe, continuando por Santa Fe, con rumbo sureste hasta su intersección con la Av. José de San Martin (Ruta Nac. N° 3).

ESTE: Desde la intersección entre el eje medio de la Av. Santa Fe y el eje medio de la Av. José de San Martin, continuando con rumbo sur por la avenida (Ruta Nac. N°3), hasta su intersección con la proyección de la Calle 1 (Rotonda de circunvalación acceso al Camino de Circunvalación).

OESTE: Desde la intersección con el eje medio de la Ruta Nac. N°3 (Av. José de San Martin ) y la proyección del eje medio de la Calle 1 (Rotonda de circunvalación acceso al Camino de Circunvalación), continuando por la proyección de la Calle 1,con rumbo norte, siguiendo por Calle Leloir y su proyección, hasta su intersección con el eje medio de la Av. 17 de Octubre (Ruta Nac. N°3).

Circuito Electoral 1840 “Río Gallegos”

NORTE: Desde la intersección de la proyección Calle Vecinal s/n lindante al oeste con la escuela de Policía “Comisario Inspector Eduardo Victoriano Taret” y el cauce medio del Río Gallegos, definida por el Punto 3 (coordenadas: Latitud 51°34'14.87"S- Longitud 69°22'5.41"O). Continuando por el cauce medio del río, con rumbo este, hasta su intersección con la proyección de la Calle Nicolás Zuvic. ESTE: Desde la intersección entre el cauce medio del Río Gallegos y la proyección de la Calle Nicolás Zuvic, siguiendo por la proyección, con rumbo sur, continuando por la Calle Pionero Vladimir Jakic, con rumbo sur, continuando por la proyección de la Calle 1, siguiendo por ésta, hasta su intersección con el eje medio de la Ruta Nac. N° 3 (Av. José de San Martin), continuando con rumbo suroeste hasta su intersección con el eje del cauce medio del Río Chico (Rio Carmen Silva).

SUR: Desde la intersección entre el eje medio de la Ruta Nac. N° 3 (Av. José de San Martin ) y el cauce medio del Río Chico (Rio Carmen Silva), con rumbo oeste, por el cauce natural del río, hasta su intersección con el eje medio del puente ferroviario “Ramal Ferro - Industrial Eva Perón”.

OESTE: Desde la intersección entre el cauce natural del Río Chico (Rio Carmen Silva) y el eje medio del puente ferroviario “Ramal Ferro - Industrial Eva Perón”, con rumbo norte, por las vías del FFCC, ramal YCF, hasta su intersección con el eje medio de la proyección de la calle 2, con rumbo oeste, hasta la intersección con el eje medio de la Calle 23 Amancay del Barrio Parque Forestal, con rumbo norte hasta la intersección del eje medio de la Ruta Nac. N° 3, con rumbo oeste, hasta la intersección con la proyección del eje medio de la calle sin nombre lindante al oeste con la escuela de Policía “Comisario Inspector Eduardo Victoriano Taret”, con rumbo norte, hasta la intersección con el cauce medio del Río Gallegos.

Circuito Electoral 1850 “Río Gallegos”

NORTE: Desde la intersección entre la proyección de la calle Nicolás Zuvic y el cauce medio del Río Gallegos, continuando por el cauce medio del río, con rumbo este, hasta su intersección con la proyección del eje medio de la Calle Mendoza.

ESTE: Desde la intersección entre el cauce medio del Río Gallegos y la proyección de la calle Mendoza, siguiendo por la proyección y continuando por Perito Moreno, con rumbo sur hasta su intersección con el eje medio de la Av. Lisandro de La Torre.

SUR: Desde la intersección entre el eje medio de la calle Perito Moreno y el eje medio la Av. Lisandro de la Torre, continuando por Av. Lisandro de la Torre, con rumbo oeste, hasta su intersección con el eje medio de la Av. 17 de Octubre (Ruta Nac. N°3), continuando por la ruta, con rumbo noroeste, hasta su intersección con la proyección del eje medio de la Calle Pionero Vladimir Jakic.

OESTE: Desde la intersección entre el eje medio de la Av. 17 de Octubre (Ruta Nac. N°3) y el eje medio de la Calle Pionero Vladimir Jakic, siguiendo por esta calle, con rumbo norte, continuando por el eje medio de la Calle Nicolás Zuvic, con rumbo norte, hasta su intersección con el cauce medio del Río Gallegos.

Unidad de Geografía Electoral

Registro Nacional de Divisiones Electorales - Acordada N° 18/2011 CNE