MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL
Resolución 55/2022
RESOL-2022-55-APN-SGC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2022
VISTO el Expediente EX-2022-39270629- -APN-DGD#MC, el Decreto Nº 50 de
fecha 19 de diciembre de 2019, la Resolución Nº 853 de fecha 8 de junio
de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución M.C. Nº 853/22 (RESOL-2022-853-APN-MC) se
aprobó la segunda convocatoria el programa “GESTIONAR FUTURO”, en los
términos del Reglamento Técnico de Bases y Condiciones incorporado como
Anexo II (IF-2022-45178539-APN-DIP#MC).
Que la inscripción a la convocatoria de referencia comenzó el día 16 de
junio de 2022, día de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL,
extendiéndose hasta el día 15 de julio de 2022.
Que el artículo 5° de la citada norma establece que la SECRETARÍA DE
GESTIÓN CULTURAL es la autoridad de aplicación e interpretación del
PROGRAMA, de conformidad con el reglamento técnico de bases y
condiciones, y se encuentra facultada para prorrogar la inscripción a
la convocatoria cuando fuere necesario para garantizar sus objetivos.
Que en virtud del interés suscitado y el volumen de inscripciones
recibidas, resulta oportuno ejercer la mencionada facultad, extendiendo
el cierre de la inscripción de la convocatoria del PROGRAMA hasta el
día 25 de julio de 2022.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las disposiciones
del Decreto 50/19 y su modificatorio y las facultades otorgadas por la
Resolución M.C. Nº 853/22.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por prorrogado el plazo de inscripción a la Segunda
Convocatoria Nacional del Programa “GESTIONAR FUTURO” hasta el día 25
de julio de 2022.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese
Federico Prieto
e. 14/07/2022 N° 53809/22 v. 14/07/2022