ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 404/2022

DCTO-2022-404-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-63333904-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), la Ley Nº 27.669, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 710 del 14 de octubre de 2021 y 326 del 14 de junio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, sus Objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que a través del Decreto Nº 710/21 se creó, con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial como cargo extraescalafonario con rango y jerarquía de Ministro o Ministra.

Que por razones de gestión resulta necesario suprimir el citado cargo extraescalafonario y modificar los objetivos de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de su dependiente SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA.

Que por el Decreto Nº 326/22 se transfirieron las competencias relativas a la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional comercial interna, en todo lo relacionado con la defensa del consumidor y de la consumidora y la defensa de la competencia de la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que, en función de las competencias asignadas a las citadas jurisdicciones, resulta necesaria la reorganización de funciones con el fin de fortalecer acciones vinculadas a la reactivación productiva y al abordaje de la problemática inflacionaria.

Que con el fin de consolidar la política nacional para la reducción de tasas de inflación orientada al control de los precios bajo una misma autoridad, resulta conveniente transferir la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la conformación organizativa de los Ministerios citados y adecuar los objetivos de sus Secretarías y Subsecretarías.

Que por la Ley Nº 27.669 se estableció el Marco Regulatorio para el Desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial y se creó la AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME) como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con autarquía administrativa, funcional, técnica y financiera, con jurisdicción en todo el territorio nacional.

Que, en consecuencia, procede incorporar el citado organismo descentralizado en el Anexo III del Decreto Nº 50/19 y adecuar, atento las precitadas modificaciones, los Apartados de dicho Anexo correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y al MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Suprímese la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial, cargo extraescalafonario con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con rango y jerarquía de Ministro o Ministra creado por el artículo 2º del Decreto Nº 710 del 14 de octubre de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Transfiérese la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al MINISTERIO DE ECONOMÍA.

La transferencia aludida comprende las unidades organizativas, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

- SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN ECONÓMICA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

- SUBSECRETARÍA LEGAL

SECRETARÍA DE HACIENDA

- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL

- SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL

SECRETARÍA DE FINANZAS

- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

- SUBSECRETARÍA DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL

SECRETARÍA DE ENERGÍA

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DE ENERGÍA

- SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS

- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO”.

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese del Anexo I – Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 el Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por el siguiente:

“X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

- SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL

SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMPETITIVIDAD PYME

- SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME

- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES

SECRETARÍA DE MINERÍA

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA”.

ARTÍCULO 5º.- Incorporáse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, en el Apartado IV, como Objetivo 10 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el siguiente:

“10. Efectuar las tareas de vocería presidencial, comunicando las decisiones adoptadas por el Presidente de la Nación”.

ARTÍCULO 6º.- Incorporánse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, en el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Objetivos 5 y 9 de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA los siguientes:

“5. Participar en las tareas de vocería presidencial.

9. Coordinar y articular las vocerías del ESTADO NACIONAL”.

ARTÍCULO 7°.- Establécese que, a partir de la fecha de la presente medida, la designación efectuada por el Decreto N° 217/22 dejará de tener carácter “ad honorem”.

ARTÍCULO 8º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el obrante en la Planilla Anexa (IF-2022-71969374-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Suprímense del Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, en el Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, los Objetivos de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y los correspondientes a sus Subsecretarías dependientes .

ARTÍCULO 10.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, en el Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, los Objetivos de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y de sus Subsecretarías dependientes y los correspondientes a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, conforme el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2022-71970670-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 11.- Sustitúyese del Anexo III – Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados- aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE ENERGÍA

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA)

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO

CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE ENERGÍA

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE

COMISIÓN MIXTA ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ

NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

ENERGÍA ARGENTINA S.A.

ENTE BINACIONAL YACYRETÁ

DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA

UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE)

YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS

Entes del Sector Público Nacional Financiero

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA

Sociedades comprendidas en el artículo 15 de la Ley N° 26.741

SECRETARÍA DE ENERGÍA

YPF SOCIEDAD ANÓNIMA

YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA”.

ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo III – Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados- aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 el Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por el siguiente:

“X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

Organismos Descentralizados

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)

AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME)

SECRETARÍA DE MINERÍA

SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)

Organismos Desconcentrados

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO

COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

POLO TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE MINERÍA

YACIMIENTOS MINEROS AGUA DE DIONISIO (YMAD)

Entes del Sector Público Nacional Financiero

BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR”.

ARTÍCULO 13.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 14.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las funciones transferidas por el artículo 2° del presente decreto serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen de las mismas.

ARTÍCULO 15.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 16.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/07/2022 N° 54608/22 v. 15/07/2022
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7

ANEXO II

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1. Coordinar y asistir en las relaciones institucionales de la Jurisdicción con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, las cámaras empresariales y las organizaciones no gubernamentales.

2. Desarrollar y coordinar las relaciones institucionales con las demás Jurisdicciones y Organismos de la Administración Pública Nacional, y otros actores institucionales en el área de su competencia.

3. Asistir al/a la Ministro/a en materia de ceremonial y protocolo.

4. Supervisar el diseño de herramientas que permitan la medición y seguimiento de resultados e impactos de planes, programas y proyectos implementados por la Jurisdicción, relativos al cumplimiento de las prioridades y objetivos establecidos.

5. Supervisar el seguimiento sistemático de los Planes Estratégicos y Operativos del Ministerio, así como la aplicación de las metodologías de análisis establecidas para efectuarlo.

6. Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su competencia.

7. Dirigir acciones de carácter académico y cultural para consolidar proyectos, estrategias, procedimientos, prácticas y actividades orientadas al fomento de la conservación y la restauración del patrimonio cultural de la Jurisdicción.

8. Supervisar la promoción de la gestión cultural, el fortalecimiento institucional y las relaciones basadas en el patrimonio artístico, aplicando el marco jurídico relativo de los bienes culturales.

9. Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la recuperación y conservación del patrimonio cultural, así como fortalecer el acervo editorial de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.

2. Entender en la articulación de las políticas y programas llevados a cabo por las distintas Secretarías y Organismos actuantes en la órbita de la Jurisdicción.

3. Entender en la priorización de las políticas públicas a implementarse desde el Ministerio y en la coordinación de los objetivos estratégicos que le encomiende el/la titular de la Jurisdicción.

4. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.

5. Entender y asistir al/a la Ministro/a en los aspectos logísticos, administrativos y de comunicación y difusión, propios del desarrollo de sus funciones.

6. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

7. Entender en la comunicación institucional interna y externa, así como en la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y de los contenidos digitales de la Jurisdicción.

8. Coordinar el seguimiento de los programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para la optimización de la gestión.

9. Coordinar el suministro de información sobre los programas y proyectos llevados a cabo por las distintas áreas de la Jurisdicción a las áreas de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA que así lo requieran.

10. Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la viabilidad de políticas sustantivas en el ámbito de competencia del Ministerio.

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN ECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Dirigir la obtención de datos, el análisis y la sistematización de la información de las acciones realizadas por las distintas áreas del Ministerio.

2. Coordinar el desarrollo e implementación de los contenidos de la Jurisdicción, la difusión de información económica en medios y soportes nacionales e internacionales y la imagen institucional.

3. Proponer y coordinar la implementación de un plan de difusión internacional de la agenda económica priorizada por el/la Ministro/a.

4. Asistir a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES en la centralización de la información económica producida por el Ministerio, así como elaborar contenidos para suministrar a los medios de comunicación nacionales e internacionales.

5. Supervisar la difusión de información económica elaborada por el Ministerio mediante la implementación de diversos mecanismos de seguimiento coordinados por la Jurisdicción.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2. Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en el Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y demás adquisiciones destinadas al Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13. Intervenir en los supuestos contemplados en el artículo 24 de la Ley N° 27.401.

14. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a otras unidades orgánicas de la Jurisdicción.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

8. Dirigir la aplicación de los programas de administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE ECONOMÍA, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.

9. Asistir en la dirección y en la unificación de la representación de todos los organismos y empresas actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.

10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas vigentes.

11. Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que pertenezcan a los sectores financieros y energéticos; y la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la gestión en sede administrativa vinculada con la cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.

3. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

4. Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la Administración Pública Nacional.

5. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

6. Coordinar el asesoramiento que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

7. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

2. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

3. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

4. Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

5. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional.

6. Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas correspondientes de otras Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.

7. Participar en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

8. Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.

9. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales coparticipables, y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL INTERIOR, políticas y programas de asistencia a las mismas, en lo que es materia de su competencia.

10. Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros financieros internacionales y en los organismos internacionales de crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).

11. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda, al MINISTERIO DE ECONOMÍA en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.

12. Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

13. Intervenir en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

14. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público No Financiero Provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.

15. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

16. Participar en el ámbito de su competencia en la aplicación de la política salarial en el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley.

17. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

18. Entender en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) y la capacitación de los recursos humanos del Sector Público Nacional en la materia.

5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

6. Asistir a la Secretaría en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las Jurisdicciones con competencia en la materia.

9. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política salarial en el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley, en el marco de sus competencias.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1. Formular el cálculo general de ingresos públicos y controlar su ejecución.

2. Entender en el cálculo del impacto fiscal sobre los ingresos públicos de las propuestas de reformas de política impositiva, aduanera y de recursos de la seguridad social, así como de los acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

3. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.

4. Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de ellos.

5. Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro aspecto del sistema de determinación de los tributos.

6. Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

7. Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

8. Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

9. Asistir al/a la Ministro/a en la representación ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y participar en los Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.

10. Participar, en el ámbito de su competencia y por medio de sus representantes, en la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE), en los distintos Comités de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (ex- GATT), en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), de la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter técnico en materia aduanera, impositiva y de los recursos de la seguridad social.

11. Participar en la Comisión Federal de Impuestos y en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

OBJETIVOS

1. Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

2. Diseñar, mediante la aplicación de instrumentos de política tributaria, propuestas para el desarrollo económico con inclusión social.

3. Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las áreas de la Administración Pública con competencia en la temática.

4. Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera, y que afecten recursos de la seguridad social, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

5. Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la temática, en los procesos de integración regional en materia impositiva y aduanera orientados a un equilibrio tributario.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL

OBJETIVOS

1. Diseñar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, convenios interjurisdiccionales relativos a la política tributaria y de distribución de la base imponible, en los que intervengan las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

2. Participar en el análisis y en la elaboración de estudios sobre políticas tributarias de las jurisdicciones provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

3. Elaborar un sistema normativo que contemple los recursos tributarios y no tributarios de las jurisdicciones provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

4. Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas federales para el desarrollo económico y social, y para la promoción y protección de actividades económicas a través de instrumentos de política tributaria.

5. Proponer políticas tributarias de mediano y largo plazo orientadas a la sustentabilidad económica y social.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1. Asistir en el análisis e interpretación de la normativa tributaria internacional.

2. Participar en las negociaciones de acuerdos tributarios internacionales para evitar la doble imposición.

3. Analizar las tendencias de la tributación internacional y proponer posibles aplicaciones en el sistema tributario argentino.

4. Proponer adecuaciones de la legislación interna para combatir la evasión y la elusión fiscal internacional.

5. Diseñar e implementar mecanismos para favorecer la suscripción de tratados para el intercambio de información.

6. Supervisar y evaluar el avance de los convenios y tratados suscriptos con otros Estados.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica y la planificación del desarrollo.

2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.

4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.

5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y el seguimiento de los niveles de vida, de pobreza, del empleo y la distribución del ingreso de la población y coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social, incorporando la perspectiva de género.

8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos, y de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

9. Entender en la programación regional y sectorial de la política económica nacional, en coordinación con las distintas Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en los lineamientos estratégicos de la política económica para el desarrollo a largo plazo.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto internacional sobre la economía nacional, en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES.

2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la economía real.

4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de coordinación de políticas macroeconómicas.

5. Efectuar el seguimiento y el diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico, así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la política económica.

7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el desempeño del sector externo.

8. Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del MINISTERIO DE ECONOMÍA en la representación ante los grupos y comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y de otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política económica, considerando el impacto en el desarrollo productivo a nivel regional y sectorial.

2. Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación económica regional y sectorial, coordinando su accionar con las jurisdicciones con competencia en la materia.

3. Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en el análisis de impacto de las políticas productivas.

4. Participar en la agenda del sector público referida a políticas para el desarrollo productivo local, regional y sectorial, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

5. Realizar el seguimiento e identificación de sectores estratégicos de la economía nacional, de acuerdo al diseño de la política macroeconómica.

6. Realizar análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia tributaria en la actividad microeconómica.

7. Evaluar los entornos micro y meso de la economía, en su vínculo estratégico con el desarrollo nacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales y extranjeros, públicos y privados, las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con el Fondo Monetario Internacional (FMI), tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior, en el ámbito de su competencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES en los casos en que corresponda.

2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.

3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.

4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la administración de la deuda pública y ejercer con la SECRETARÍA DE HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

5. Entender en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

6. Establecer las políticas de administración de los activos financieros de la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar el análisis de los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

7. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, en el ámbito de sus respectivas competencias, en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

8. Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

9. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.

10. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al financiamiento de la actividad productiva.

11. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

13. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público- Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.

14. Entender en la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en aquellos órganos societarios en empresas del sector financiero, donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

15. Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas del sector financiero con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción.

16. Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y los demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las relaciones de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con los demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales.

2. Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de la actividad productiva.

3. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.

4. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.

5. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la protección del consumidor en dicho ámbito.

6. Participar en los grupos intergubernamentales, foros financieros internacionales y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES.

7. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y los demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como así también los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con los demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2. Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes a la materia con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.

3. Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público y en la ejecución de las funciones como Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5. Supervisar la organización de los sistemas de información y el registro del endeudamiento público.

6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

7. Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

8. Coordinar el análisis de los aspectos tributarios que afectan al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

9. Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA

OBJETIVOS

1. Asistir y asesorar a la Secretaría en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

2. Supervisar el análisis de sostenibilidad de la deuda pública y la confección de estrategias de administración de pasivos.

3. Coordinar la estrategia de vinculación con los titulares de la deuda pública externa a través del desarrollo de un programa integral de relaciones con inversores.

4. Participar en la elaboración de análisis técnicos que propendan a la sostenibilidad financiera de largo plazo.

5. Analizar la evolución en los mercados internacionales de los títulos valores argentinos emitidos bajo legislación extranjera.

6. Participar en instancias de discusión respecto de la deuda externa bajo legislación extranjera.

7. Prestar asistencia a la Secretaría en la coordinación de objetivos y políticas vinculados a la deuda pública en moneda extranjera de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, dirigiendo los análisis técnicos que permitan evaluar su sostenibilidad.

8. Colaborar, ante el requerimiento de los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con la estrategia de sostenibilidad de la deuda pública en moneda extranjera.

9. Participar en el fortalecimiento de las capacidades del sector público nacional, provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para fomentar el desarrollo de una estrategia de finanzas sostenibles, en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES.

10. Evaluar y proponer a la Secretaría alternativas financieras a fin de impulsar las acciones para la aplicación de criterios ambientales, sociales y de gobernanza en los instrumentos destinados a captar medios de financiamiento sostenible, en materia de su competencia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1. Coordinar la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA ante los organismos y foros internacionales en los que participa, con excepción de aquellos cuya asistencia y/o representación estuvieran asignadas a áreas o unidades específicas.

2. Asistir y asesorar a las áreas con competencia en asuntos económicos y financieros internacionales referidos a los sectores público y privado.

3. Proponer políticas para el desarrollo y la integración económica a nivel bilateral y multilateral, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

4. Articular las relaciones con otros miembros y representantes de organismos gubernamentales de la REPÚBLICA ARGENTINA, en temas relacionados con los asuntos internacionales de competencia del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

5. Elaborar y ejecutar la estrategia de relacionamiento internacional, bilateral y multilateral del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el ámbito de su competencia.

6. Articular el vínculo del MINISTERIO DE ECONOMÍA con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en lo que se refiere a las relaciones, sistemas de información y negociaciones con los organismos multilaterales y bilaterales de crédito, en coordinación con la SECRETARÍA DE FINANZAS en los casos en que corresponda.

7. Conducir, en el marco de su competencia, investigaciones y estudios sobre asuntos económicos y políticos internacionales en línea con la estrategia de relacionamiento internacional, bilateral y multilateral de la REPÚBLICA ARGENTINA.

8. Asistir al/a la Ministro/a de Economía en su rol institucional de Gobernador/a ante el Fondo Monetario Internacional (FMI) en lo relativo a las acciones que como país miembro se desarrollen.

9. Fortalecer las capacidades de la Administración Pública Nacional para fomentar el desarrollo de una estrategia de finanzas sostenibles, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en su participación en los grupos intergubernamentales, foros financieros internacionales y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.

2. Asistir a la Secretaría en la articulación de propuestas y negociaciones que promuevan el desarrollo y la integración a nivel bilateral y multilateral en relaciones económicas y financieras internacionales, en el ámbito de su competencia.

3. Diseñar productos y soportes de información que faciliten la ejecución de la estrategia de asuntos financieros y económicos internacionales referidos a los sectores público y privado.

4. Asistir a la Secretaría en las funciones de enlace con las áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sobre las acciones llevadas adelante por la Secretaría.

5. Proponer a la Secretaría, en el marco de su competencia, políticas vinculadas con la coyuntura económica internacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política energética nacional.

2. Entender en los planes, programas y proyectos del área de su competencia y en su gestión presupuestaria, contable y financiera.

3. Intervenir en la elaboración y fiscalización del régimen de combustibles y entender en la fijación de sus precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas.

4. Intervenir en la elaboración de las políticas y normas de regulación de los servicios públicos del área energética, en la supervisión de los organismos y entes de control de los concesionarios de obra o de servicios públicos, así como en la elaboración de normas de regulación de las licencias de servicios públicos aplicables a los regímenes federales en materia energética.

5. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades en materia energética.

6. Entender en la segmentación de los subsidios de las tarifas de los servicios públicos del área energética y en la elaboración de estructuras arancelarias en materia de energía.

7. Entender en el diseño y ejecución, y asistir en la elaboración de la política de reembolsos y reintegros a la exportación.

8. Asistir al/a la Ministro/a en la investigación y en el desarrollo tecnológico en las distintas áreas de energía.

9. Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del ESTADO NACIONAL en la Ley N° 27.007.

10. Dirigir la representación en las empresas del sector energético, donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

11. Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas del sector energético con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción.

12. Promover la aplicación de la política sectorial fomentando la explotación racional de los recursos naturales y la preservación del ambiente.

13. Promover la utilización de nuevas fuentes de energía, la incorporación de oferta hidroeléctrica convencional y la investigación aplicada a estos campos.

14. Asistir en la celebración de los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales en materia energética en los que la Nación sea parte, y supervisar su ejecución.

15. Entender en el diseño y la ejecución de la política de relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales en el área de energía.

16. Ejercer la representación de la Secretaría en el Consejo Federal de la Energía Eléctrica.

17. Entender en la definición de la política nuclear, en todo lo relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, y en particular lo relacionado con la generación de energía nucleoeléctrica.

18. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), de la UNIDAD ESPECIAL DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE) y de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

19. Propiciar y celebrar convenios con entidades públicas y privadas, y participar en las negociaciones con organismos nacionales e internacionales en materia de energía.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la planificación y control de la gestión presupuestaria y financiera, y en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Secretario/a, interactuando con las Subsecretarías que le dependen, en las cuestiones vinculadas específicamente con los Programas de Energía.

2. Articular las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de las funciones institucionales de la Secretaría, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

4. Intervenir en la coordinación del accionar de los diferentes actores políticos y sociales involucrados con la actividad nuclear, y asesorar en lo relativo a la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en foros, organizaciones, iniciativas y en cualquier ámbito a nivel nacional e internacional.

5. Efectuar el control de las participaciones del Estado en las entidades, sociedades y empresas con actividad en el sector de Energía y de la gestión de los/as directores/as, interventores/as, delegados/as, consejeros/as o representantes del ESTADO NACIONAL.

6. Asistir a la Secretaría en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo y en la articulación de las relaciones que se establezcan con otras jurisdicciones del gobierno nacional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el ámbito de su competencia, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES.

7. Articular la comunicación institucional interna y externa de la Secretaría, la difusión de sus contenidos, el desarrollo e implementación de su imagen institucional y su relación con la prensa y los medios de comunicación, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN ECONÓMICA de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES.

8. Intervenir en el trámite de los convenios que propicie la Secretaría con organismos estatales e instituciones públicas o privadas, del ámbito nacional e internacional, y asistir en las negociaciones con organismos nacionales e internacionales que fomenten y faciliten el acceso al financiamiento, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL y ADMINISTRATIVA.

9. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos específicos en materia energética; así como el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información que permita optimizar la gestión.

10. Coordinar las relaciones con las entidades binacionales e internacionales del sector energético.

11. Articular las actividades presupuestarias y administrativas relativas a los programas de la Secretaría en los que se tramiten aplicaciones financieras con entes o instituciones de la comunidad.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones de Autoridad de Aplicación del marco regulatorio del gas y del régimen jurídico de los hidrocarburos y otros combustibles -cualquiera sea su origen-, e intervenir en las acciones de control y fiscalización de las diversas actividades involucradas.

2. Asistir en el diseño, ejecución, seguimiento y control de la política nacional de hidrocarburos y otros combustibles -cualquiera sea su origen- en lo referido a la promoción y regulación de sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución, en coordinación con las demás áreas competentes.

3. Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria y la segmentación de subsidios en los servicios públicos de transporte y distribución de gas.

4. Entender en la promoción de políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos del mercado de los hidrocarburos.

5. Intervenir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, así como también en los procesos licitatorios o contrataciones directas vinculadas al área de su competencia.

6. Asistir en la promoción y supervisión de la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas, de la industria petrolera y otros combustibles.

7. Fiscalizar y coordinar con las áreas correspondientes los planes de otorgamiento de permisos de reconocimiento superficial, permisos de exploración y concesiones de explotación y transporte.

8. Intervenir en la recepción y el análisis de las auditorías de reservas de hidrocarburos en todo el país.

9. Ejercer las funciones de control respecto de la seguridad de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y otros combustibles, así como las instalaciones de elaboración, transformación, almacenamiento, despacho, expendio y transporte.

10. Elaborar propuestas para la regulación del almacenaje y el transporte de petróleo crudo y subproductos y controlar el cumplimiento del marco regulatorio vigente.

11. Fiscalizar el régimen de canon, superficiarios y expedición de servidumbres, así como las obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de pago de regalías.

12. Fiscalizar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de medio ambiente en el área de su competencia.

13. Implementar programas y proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles y biocombustibles, refinación y comercialización de petróleo crudo y derivados, y realizar la caracterización técnica pertinente.

14. Ejercer el poder de policía en materia de seguridad y comercialización de gas licuado de petróleo a granel y fraccionado.

15. Coordinar con los organismos correspondientes en la materia las acciones tendientes a evitar la evasión del impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural.

16. Gestionar las bases de datos correspondientes a gas licuado, seguridad de instalaciones, registro de empresas refinadoras y comercializadoras, y calidad de combustibles.

17. Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y comercializadoras de combustibles líquidos.

18. Administrar los sistemas de información relativos a las actividades de exploración, producción, transporte, refinación y comercialización de hidrocarburos y otros combustibles.

19. Definir las modalidades de operación y contratación dentro del ámbito de su competencia y los procedimientos para la autorización de importación y exportación de hidrocarburos y otros combustibles, cualquiera sea su origen.

20. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones como Autoridad de Aplicación del marco regulatorio eléctrico.

2. Intervenir en las cuestiones vinculadas con el desarrollo de la generación de energía eléctrica.

3. Asistir en las cuestiones vinculadas al transporte y a la distribución de energía eléctrica, como así también respecto a la demanda y oferta de energía eléctrica mayorista, a la importación y exportación de energía eléctrica y a la introducción de nuevas tecnologías en el ámbito de su competencia.

4. Asistir en la elaboración de normas para el cumplimiento de los planes y las políticas del sector.

5. Participar en la elaboración de las propuestas sectoriales y de la política nacional en materia de recursos renovables aplicables a la producción de energía eléctrica, así como en el control de su ejecución.

6. Participar en la definición de las modalidades a aplicar para incentivar la inversión que permita incorporar nueva oferta de energía renovable en cumplimiento de las metas legales nacionales y/o acuerdos internacionales celebrados.

7. Participar en la implementación de proyectos y programas, colaborando con las áreas competentes del Ministerio y los demás organismos de la Administración Pública Nacional, que posibiliten la efectiva inserción técnica y económica de las energías renovables en la matriz nacional.

8. Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria y la segmentación de subsidios de servicios públicos de transporte y distribución de electricidad.

9. Monitorear el comportamiento del mercado eléctrico mayorista y asistir en la elaboración de las normas que regulen su funcionamiento.

10. Asistir en la gestión de corto y mediano plazo del mercado eléctrico mayorista, en la incorporación de nuevos actores, en la definición de las modalidades de operación y contratación dentro del ámbito de dicho mercado, y asistir en los procedimientos para la autorización de importación y exportación de energía eléctrica.

11. Asistir en la elaboración de la regulación de la actividad de transporte de energía eléctrica y en la definición de los proyectos, procedimientos y financiamiento de la expansión de la red de transmisión.

12. Participar en la evaluación de los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento energético y en todos los aspectos vinculados con el desarrollo de la generación de energía eléctrica, mediante el aprovechamiento de fuentes renovables de energía en todas sus etapas, así como en la ejecución de las acciones vinculadas al régimen legal aplicable.

13. Asistir en el desarrollo de la planificación energética y del marco regulatorio en aquellos aspectos concernientes a la transición energética, y monitorear las relaciones entre los diferentes actores y operadores del sistema eléctrico, facilitando información acerca de las condiciones de demanda, oferta, trasmisión y distribución de energía eléctrica en el corto, mediano y largo plazo.

14. Mantener una base actualizada de información sobre todos los recursos hídricos no aprovechados en materia eléctrica y del estado de avance de los proyectos previstos.

15. Participar en la elaboración de las propuestas normativas específicas vinculadas con las distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental -en coordinación con las áreas competentes- y promocionar programas conducentes al desarrollo de las nuevas fuentes renovables vinculadas al uso racional de la energía eléctrica.

16. Promover, desarrollar, implementar, evaluar y monitorear programas y alternativas regulatorias de ahorro y uso eficiente de los recursos energéticos eléctricos, tanto en la oferta de fuentes primarias como en las etapas de transformación, transporte y distribución de energía y en los distintos sectores de consumo.

17. Participar en la elaboración, coordinación, ejecución y monitoreo de los proyectos vinculados con el desarrollo de generación autónoma renovable de energía eléctrica en poblaciones dispersas o alejadas de las redes de distribución de energía.

18. Asistir a otras áreas del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que requieran la incorporación de criterios y contenidos de ahorro y eficiencia energética en sus actividades, planes, políticas y normativas.

19. Participar en todos los aspectos vinculados con el desarrollo de la generación de energía eléctrica en su modalidad de aprovechamiento de recursos hídricos, con un criterio ambiental de tipo sustentable.

20. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la relación con los entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados, y de servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica en el ámbito nacional y local.

21. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).

22. Proponer criterios de regulación del transporte de energía eléctrica, así como los criterios, procedimientos y financiamiento de la expansión del sistema de trasmisión de energía eléctrica.

23. Intervenir en la ejecución del RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, establecido por las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, sus modificatorias y complementarias, y del RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA PÚBLICA, establecido por la Ley N° 27.424.

24. Participar en el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855, en coordinación con otras áreas del Ministerio con competencia en la materia.

25. Asistir en la definición de la política nuclear, en todo lo relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, y en particular lo relacionado con la generación de energía nucleoeléctrica.

26. Intervenir en materia de generación de energía nucleoeléctrica, mercado eléctrico nuclear y funcionamiento de la infraestructura de generación nucleoeléctrica, promoviendo políticas que tiendan a mejorar la eficiencia del sistema.

27. Participar en la planificación y el seguimiento de los proyectos de inversión pública en el sector nucleoeléctrico y monitorear los componentes científicos y tecnológicos de los proyectos, fiscalizando el cumplimiento de las metas planteadas.

28. Intervenir en las acciones que propendan al cumplimiento de los compromisos internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de no proliferación nuclear, salvaguardias nucleares, seguridad física nuclear y otros compromisos internacionales en materia nuclear.

29. Asistir en lo relacionado al diseño, la elaboración e implementación de un plan estratégico nacional sustentable de la energía nuclear, en el marco de la matriz energética nacional.

30. Intervenir en la coordinación de acciones orientadas al cumplimiento de las funciones y los objetivos establecidos por la Ley N° 24.804 y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias, con excepción de las que establecen funciones regulatorias.

31. Controlar el funcionamiento del complejo industrial nuclear, promoviendo políticas que tiendan a mejorar la eficiencia del sistema e incluyendo reformas institucionales, optimización de procesos y participación del capital privado, cuando corresponda.

32. Coordinar el Consejo Federal de Energía Eléctrica y ejercer su presidencia suplente.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en materia de planeamiento energético, en el análisis de la segmentación de subsidios de servicios públicos en materia energética y escenarios de estructuras arancelarias en materia de energía.

2. Entender en la caracterización técnica y económica de los recursos energéticos del país.

3. Entender en el desarrollo del balance energético del país y de los escenarios y proyecciones de oferta y demanda como insumo para el planeamiento público y privado del uso de los recursos energéticos.

4. Entender en el desarrollo y la actualización del Sistema Unificado de Información Energética de la REPÚBLICA ARGENTINA.

5.  Gestionar la información de las obras de infraestructura energética, tanto de las áreas centralizadas como descentralizadas bajo la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

6. Asistir a la Secretaría en el fomento de nuevas tecnologías para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables y la preservación del medio ambiente.

7. Coordinar la evaluación de los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento energético.

8. Promover la investigación e impulsar programas y proyectos tecnológicos para el desarrollo de nuevas fuentes renovables y el uso eficiente de los recursos energéticos.

9. Participar en la ejecución y evaluación de los programas y proyectos con financiamiento público multilateral y/o con participación público privada que se desarrollen en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

OBJETIVOS

1.  Entender en la formulación y ejecución de la política comercial interior.

2.  Articular las relaciones que -desde el Ministerio- se establezcan con otras Jurisdicciones, para fortalecer los lineamientos estratégicos de la política comercial.

3.  Evaluar, en el ámbito de su competencia, el impacto económico en relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas, desarrollando criterios e indicadores que permitan el control estratégico y la generación de proyectos a futuro.

4.  Evaluar el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio.

5. Supervisar y entender en las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de lo relacionado con la aplicación de las Leyes Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 del SISTEMA MÉTRICO LEGAL ARGENTINO (SIMELA), 22.802 de Lealtad Comercial, sus normas modificatorias y complementarias, 20.680 de Abastecimiento, 24.240 de Defensa del Consumidor, 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus modificaciones, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, 26.992 de creación del Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y 26.993 del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, Título I.

6.  Entender en la elaboración de propuestas, control y ejecución de las políticas comerciales internas relacionadas con la defensa y la promoción de los derechos de los/las consumidores/as.

7.  Entender en la elaboración e implementación de las políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia de los derechos de los/las consumidores/as y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

8.  Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas destinadas a la defensa de la competencia, el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, hasta tanto se constituya la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA, creada por el artículo 18 de la Ley N° 27.442, en los términos del artículo 4° del Decreto N° 480/18, y de los Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor.

9. Entender en las propuestas, coordinación, seguimiento y control de las políticas comerciales vinculadas a la actividad del sector privado, así como en las medidas comerciales relacionadas con otras políticas públicas, a fin de asegurar su coherencia y consistencia interna, y brindar asistencia técnica en la materia.

10. Evaluar, controlar, proponer y dictar medidas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer su transparencia y desarrollo en función del interés público, en el ámbito de su competencia.

11. Dictar la normativa vinculada con el abastecimiento interno de bienes y servicios, y su fiscalización y contralor.

12. Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas de defensa de los/las consumidores/as y de defensa de la competencia.

13. Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la actividad económica elaborando las estructuras de costo de los bienes y servicios que conforman los mercados, en el ámbito de su competencia.

14. Promover la articulación de políticas de comercio con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES

OBJETIVOS

1. Asistir en la ejecución y control de las políticas comerciales internas de defensa de los/las consumidores/as.

2. Intervenir en la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

3.  Asistir a la Secretaría en la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.

4. Asistir a la Secretaría en la aplicación de las Leyes Nros. 24.240 de Defensa del Consumidor, 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 del SISTEMA MÉTRICO LEGAL ARGENTINO (SIMELA), 22.802 de Lealtad Comercial, sus normas modificatorias y complementarias, 20.680 de Abastecimiento, 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus modificaciones, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo y 26.992 de creación del Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios, y 26.993 del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, en lo que es materia de su competencia.

5. Efectuar la propuesta y control de las políticas relacionadas con la defensa de los/las consumidores/as en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración de proyectos normativos en materia de defensa de los/las consumidores/as y lealtad comercial, para armonizar los marcos regulatorios vigentes.

7.  Asistir a la Secretaría en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

8.  Articular el trabajo de la Secretaría con el sector privado que intervenga en la cadena de comercialización, en lo que refiere a políticas en materia de gestión comercial interna, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

9.  Asistir en la implementación de acciones de divulgación de las políticas, planes y programas de la Secretaría.

10. Intervenir en la elaboración de proyectos de capacitación que brinden herramientas para la defensa de los derechos de los/las consumidores/as.

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO

OBJETIVOS

1.  Intervenir, desde el punto de vista de la unicidad estratégica, en el diseño y/o elaboración de propuestas de programas y planes de acción de la Secretaría y su articulación con otras áreas de gobierno, en materia de su competencia.

2. Brindar asistencia técnica y armonizar proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones, con políticas y planes vinculados con su competencia.

3.  Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el ámbito de la Secretaría, en materia de su competencia.

4. Participar en la evaluación y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio interior, en el ámbito de la Secretaría.

5.  Asistir a la Secretaría en la evaluación del grado de competitividad en todos los ámbitos de la actividad económica, tipificando las estructuras de costos de los bienes que conforman el mercado.

6. Asistir a la Secretaría en la supervisión del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA hasta tanto se constituya la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA, creada por el artículo 18 de la Ley N° 27.442.

7.  Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas para mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.

8. Fiscalizar las actividades relacionadas con las leyes que regulen la defensa de las y los consumidores, los mercados de Interés Nacional, la metrología legal, la lealtad comercial, el abastecimiento, tarjetas de crédito, talles, envases, etiquetado frontal, a fin de procurar que los bienes y servicios comercializados en el país cumplan con las condiciones de seguridad, calidad y comercialización establecidas por la normativa vigente.

9. Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deben dictarse, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

10. Efectuar la vigilancia respecto del uso de los instrumentos de medición reglamentados en el país, junto con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), las entidades públicas y/o privadas autorizadas al efecto.

11. Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en sede administrativa, de las infracciones a las leyes de competencia de la Secretaría.

12. Coordinar las acciones que requieran de una participación activa en los acuerdos multilaterales o bilaterales que negocia la REPÚBLICA ARGENTINA, a nivel internacional y que involucran regulación del comercio interior.

IF-2022-71969374-APN-DNDO#JGM



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9°

ANEXO II

X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

OBJETIVOS

1. Entender en la definición de la política industrial, el diseño, financiamiento y gestión de los instrumentos para promover el desarrollo y crecimiento del sector de la industria manufacturera, actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.

2. Programar y proyectar las actividades de las áreas bajo su competencia, para la mejora de los regímenes de promoción industrial y del desarrollo de proveedores en las cadenas de valor manufactureras.

3. Entender en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras, así como promover el fortalecimiento productivo, tanto a nivel sectorial como regional.

4. Ejercer como autoridad de aplicación del Régimen Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, aprobado por la Ley N° 27.437.

5. Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en materia de su competencia.

6. Intervenir en materia de estructuras arancelarias y de políticas de reembolsos y reintegros a la exportación, de seguro de crédito a la exportación en el ámbito de su competencia.

7. Supervisar la gestión de los instrumentos y regímenes de administración del comercio exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

8. Participar, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, y en su supervisión.

9. Asistir y asesorar al/a la Ministro/a en la supervisión del accionar de la política industrial, del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL.

10. Entender y coordinar la implementación, administración y funcionamiento del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y supervisar el accionar de su Unidad Ejecutora.

11. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA

OBJETIVOS

1. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales, en la definición de la política industrial y su diseño y en la ejecución de los instrumentos que contribuyan a la promoción del desarrollo industrial en forma articulada con los diferentes sectores y regiones del país.

2. Efectuar el seguimiento de la evolución de los diferentes sectores industriales y sugerir políticas para los mismos, generando marcos para el aumento de la inversión, la mejora de la competitividad y la articulación tecnológico-industrial nacional.

3. Asistir a la Secretaría en la articulación de las políticas públicas con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el objeto de dar respuesta a las necesidades de naturaleza productiva que surjan en el territorio.

4. Generar espacios de articulación que promuevan el diálogo entre actores del sector público, privado y tercer sector, en relación a las necesidades productivas, y a la identificación de los requerimientos de los proyectos industriales estratégicos.

5. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de su competencia.

6. Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 - Industria- (SGT N° 7) y cuando corresponda, de los Foros de Competitividad Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR).

7. Programar y proyectar las actividades para la mejora de los regímenes de promoción industrial, en los sectores tradicionales y no tradicionales y la expansión del desarrollo de la industria sostenible.

8. Coordinar e implementar la aplicación de la Ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores N° 27.437 y sus complementarias.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL

OBJETIVOS

1. Intervenir en lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio exterior, en materia de su competencia, elaborando propuestas y medidas acordes a los requerimientos del sector privado sobre temas vinculados a las transacciones comerciales internacionales.

2. Participar, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones comerciales internacionales, propendiendo al dictado y suscripción de convenios, tratados y acuerdos comerciales y de inversión.

3. Ejercer la representación de la Jurisdicción en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el diseño de las políticas con otros espacios de integración comercial y económica internacional, en coordinación con las dependencias nacionales competentes.

4. Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.

5. Participar en la elaboración y propuesta de los aspectos normativos vinculados a aranceles y nomenclaturas, reembolsos y reintegros, normas tendientes a la promoción de exportaciones, seguro de crédito a la exportación, cupos, "draw back", admisión temporaria y otros regímenes específicos, como también los relacionados con el Sistema Generalizado de Preferencias.

6. Intervenir en materia de su competencia en los aspectos atinentes a los regímenes vinculados a las importaciones y otras normas resultantes de los Acuerdos de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) y otros organismos e instituciones internacionales con competencia en el ámbito del comercio internacional.

7. Coordinar, elaborar y proponer desarrollos normativos relacionados con instrumentos para la promoción de las exportaciones, zonas francas y aquellos vinculados a los regímenes de importaciones, a la nomenclatura y a los aranceles de importación.

8. Intervenir en la interpretación y aplicación de los regímenes de origen vigentes y reconocimiento de certificados de origen, en materia de su competencia, como así también en la elaboración de su normativa e impartir instrucciones de carácter operativo en las entidades autorizadas a emitir certificados de origen y evaluar su funcionamiento.

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

OBJETIVOS

1. Promocionar las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, orientado a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

2. Asistir al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en su carácter de Autoridad de Aplicación del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, aprobado por la Ley N° 27.506.

3. Asistir al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en su carácter de Autoridad de Aplicación del Régimen de Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna, aprobado por la Ley N° 26.270.

4. Impulsar la actualización y el uso de nuevas tecnologías tanto en las empresas de sectores tradicionales como en aquellas empresas ligadas a los sectores del conocimiento a fin de optimizar su competitividad.

5. Promover la capacitación y el desarrollo de infraestructura hacia el conjunto del entramado productivo con el propósito que los recursos humanos y físicos posean las habilidades y capacidades acordes con los requerimientos del nuevo paradigma de la economía basada en el conocimiento, en articulación con los gobiernos locales.

6. Apoyar, en coordinación con otros organismos del ESTADO NACIONAL, mediante el esquema de innovación, la generación de proyectos de inversión público-privados para encarar nuevos desarrollos en áreas estratégicas.

7. Colaborar con otros organismos del ESTADO NACIONAL en la implementación de las herramientas para la protección de resultados generados por las actividades de la economía del conocimiento susceptibles de tener valor comercial.

8. Diseñar estrategias focalizadas para lograr acercar la innovación tecnológica a pequeñas, medianas y grandes empresas tanto públicas como privadas considerando las especificidades de los distintos sectores productivos de la REPÚBLICA ARGENTINA.

9. Propiciar la coordinación y colaboración con distintas áreas y organismos del ESTADO NACIONAL, así como con Agencias y entidades empresarias, para el fomento de la Economía del Conocimiento y la Industria 4.0.

10. Estimular el proceso de identificación, aplicación, valorización, protección y transferencia de conocimiento hacia sectores productivos en general y áreas estratégicas con potencial exportador en particular, que fortalezcan las posibilidades de competitividad de las empresas.

11. Promover la aplicación de las actividades de la economía del conocimiento en la producción de bienes y servicios de carácter estratégico para lograr la diversificación productiva con mayor valor agregado.

12. Diseñar políticas para fomentar la digitalización y actualización en tecnologías 4.0 del entramado productivo nacional.

13. Impulsar, en el marco de su competencia, la generación y expansión de nuevas empresas con alto contenido tecnológico -mediante estrategias de innovación abierta- que permitan generar empleo de calidad, el desarrollo de productos y/o servicios con valor agregado diferencial para potenciar el perfil exportador de la economía.

14. Entender en el análisis cuantitativo y cualitativo de las principales variables de los sectores de la Economía del Conocimiento con el objeto de evaluar su evolución.

15. Ejercer las facultades y deberes que le corresponden al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en su rol de fiduciante del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC), creado por la Ley N° 27.506.

16. Difundir y acercar a las empresas del territorio nacional instrumentos de apoyo y los beneficios definidos por la Jurisdicción para impulsar la incorporación de conocimiento e innovación en sus sistemas de producción.

IF-2022-71970670-APN-DNDO#JGM