AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 116/2022
RESFC-2022-116-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2022
VISTO el Expediente EX-2021-49198084-APN-DACYGD#AABE y su asociado
EX-2018-33996645-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de
agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha
1° de diciembre de 2015, la Resolución N° 250 de fecha 13 de agosto de
2018 (RESFC-2018-250-APN-AABE#JGM), el Acta de Entrega en Depósito
Gratuito suscripta entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO y la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS de fecha 3 de
septiembre de 2018 (CONVE-2018-43537944-APN-DMEYD#AABE), el Reglamento
de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por
Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018
(RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su modificatoria N° 540 de fecha 5 de
diciembre de 2019 (RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la presentación del
EJÉRCITO ARGENTINO, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, por la cual
solicita la asignación en uso de TRES (3) sectores del bien inmueble
propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Avenida Bernardo Rivadavia
y calles San Lorenzo, Cristóbal Colón y Cochabamba, Localidad SAN
NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de BUENOS AIRES;
identificados catastralmente como Partido 98 - Circunscripción I -
Sección D - Manzana 287A - Parcela 1 (Parte), Partido 98 -
Circunscripción I - Sección C - Manzana 181 - Parcela 1 (Parte),
Partido 98 - Circunscripción I - Sección C - Manzana 181 - Parcela 2
(Parte), Partido 98 - Circunscripción I - Sección D - Fracción I -
Parcela 6 (Parte), Partido 98 - Circunscripción I - Sección D -
Fracción I - Parcela 7 (Parte), Partido 98 - Circunscripción I -
Sección C - Manzana 180 - Parcelas 1 a 36, correspondientes al CIE Nº
0600321791/4 con una superficie de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS
(33.407,76 m2) y al CIE Nº 0600321821/4 con una superficie de TRES MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SIETE DECÍMETROS
CUADRADOS (3.588,07 m2), ambos en jurisdicción de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y al CIE Nº 0600410164/3 con una
superficie de QUINCE MIL NOVECIENTOS UN METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO
DECÍMETROS CUADRADOS (15.901,18 m2) en jurisdicción del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, ascendiendo todos los sectores a una superficie
de terreno total aproximada de CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
Y SIETE METROS CUADRADOS CON UN DECÍMETRO CUADRADO (52.897,01 m2),
individualizados en el croquis que como ANEXO
(IF-2022-42947678-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente
medida.
Que el EJÉRCITO ARGENTINO informó que el inmueble mencionado se
destinará a la ampliación y traslado para apoyo del Cuartel de la DIV
EJ 1 de esa Fuerza Militar.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar
las condiciones de ocupación de dicho inmueble, surge que se trata de
TRES (3) sectores que conforman una fracción de terreno parcialmente
cercada con alambrado perimetral, con sectores baldíos y en desuso y
con construcciones desmanteladas.
Que por conducto de la Resolución Nº 250 de fecha 13 de agosto de 2018
(RESFC-2018-250-APN-AABE#JGM), tramitada en el Expediente
EX-2018-33996645-APN-DMEYD#AABE, se entregaron en depósito gratuito a
la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS de la Provincia de
BUENOS AIRES, DOS (2) inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados
sobre Avenida Bernardo Rivadavia S/Nº, Localidad SAN NICOLÁS DE LOS
ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de BUENOS AIRES, siendo el
primero de ellos identificado con el CIE Nº 600321791/1 con la
siguiente nomenclatura catastral: Partido 98 - Circunscripción 1 -
Sección C - Manzana 181 – Parcelas 1 y 2, Partido 98 - Circunscripción
1 - Sección D - Fracción 1 - Parcelas 6 y 7 y Partido 98 -
Circunscripción 1 - Sección C – Manzana 180 - Parcelas 1 a 36, contando
con una superficie aproximada de CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS
SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS
(59.407,56 m2) y el segundo identificado con el CIE Nº 0600321821/1 con
la siguiente nomenclatura catastral: Partido 98 - Circunscripción 1 -
Sección D - Manzana 287A - Parcela 1 y Partido 98 - Circunscripción 1 -
Sección D - Manzana 291A- Parcelas 1 a 31, contando con una superficie
aproximada de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS
CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (33.489,45 m2), que
sumados ambos inmuebles totalizan una superficie aproximada de NOVENTA
Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON UN DECÍMETRO
CUADRADO (92.897,01 m2), según se detalla en el croquis
PLANO-2018-36666210-APN-DNRBI#AABE que como ANEXO I formó parte
integrante de dicha medida, ello a los fines de su custodia,
mantenimiento, limpieza y conservación.
Que por la referida Resolución se facultó a la MUNICIPALIDAD DE SAN
NICOLÁS DE LOS ARROYOS para que en representación de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y siguiendo las instrucciones que
este Organismo imparta, intervenga en defensa de sus intereses en toda
clase de juicio en trámite o que en el futuro deba sustanciarse, y/o a
intervenir en todas las instancias y trámites de mediación y/o
conciliación obligatoria con relación a cualquier inmueble propiedad
del ESTADO NACIONAL en esa jurisdicción.
Que con fecha 3 de septiembre de 2018 se suscribió entre la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS
DE LOS ARROYOS el ACTA DE ENTREGA EN DEPÓSITO GRATUITO AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE
LOS ARROYOS (CONVE-2018-43537944-APN-DMEYD#AABE), que fuere aprobado
por el artículo 3º de la citada Resolución.
Que la Cláusula Sexta del Acta referida establece que la MUNICIPALIDAD
DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS se obliga a restituir los inmuebles
entregados en la oportunidad que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DEL ESTADO lo requiera, en los términos de los artículos 1358, 1359,
1363 y 1364 del Código Civil y Comercial de la Nación, sin que ello
genere derecho a compensación o indemnización alguna a su favor, en
concepto de daños y perjuicios, daño emergente ni lucro cesante, ni por
cualquier otro concepto.
Que la DIRECCIÓN DE INMUEBLES, RESERVAS E INFRAESTRUCTURA del
MINISTERIO DE DEFENSA a través del informe
IF-2021-50166278-APN-DIREI#MD de fecha 4 de junio de 2021 señaló una
serie de incumplimientos por parte del Municipio local, destacando la
demolición de CINCO (5) edificios y la extensión del predio alambrado
en mayor superficie a la otorgada en custodia.
Que además, la citada Dirección señala que el sitio en cuestión se
encuentra alcanzado por la Ley N° 26.691 por la cual se declaró Sitios
de Memoria del Terrorismo de Estado a los lugares que funcionaron como
centros clandestinos de detención, tortura y exterminio o donde
sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal
desarrollada durante el terrorismo de Estado ejercido en el país hasta
el 10 de diciembre de 1983.
Que previo a la sanción de la citada Ley se dictó la Resolución del
Ministerio de Defensa N° 172/06, a través de la cual se ordenó
suspender las obras de refacción o construcción en el ámbito de las
Fuerzas Armadas en todo predio, espacio y/o edificio en donde haya
funcionado o hubiera existido un centro clandestino de detención,
siendo declarados estos espacios de carácter intangible a fin de
impedir su alteración, entre los cuales afecta al Ex-Batallón de
Ingenieros de Combate 101 (hoy Compañía de Ingenieros QBN - Apoyo de
Emergencias 601 con sede en la Localidad de San Nicolás de Los Arroyos)
como parte integrante del listado de ex Centros Clandestinos de
Detención (CCD).
Que la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS en fecha 19 de julio
de 2019 solicitó autorización para desmontar un muro y construir un
nuevo cerramiento de tipo olímpico, con mallas galvanizadas, entre los
tramos de las calles Rivadavia entre San Lorenzo y Cochabamba y
Cochabamba entre Rivadavia y Colón.
Que por Nota NO-2019-66351136-APN-DAC#AABE de fecha 22 de julio de 2019
esta Agencia procedió a la autorización correspondiente a dichos
trabajos. Posteriormente, habiéndose efectuado distintas
fiscalizaciones se verificó el desmantelamiento de galpones y
depósitos, así como la apertura de calles circundantes, sin constar que
se hayan autorizado dichos trabajos.
Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo
descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la
actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos
estatales.
Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 y los
artículos 36 y 37 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del
citado Decreto Nº 1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES DEL ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles
propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o
concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de
afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de
innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y
funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva
utilización y/u ocupación de los mismos.
Que el inciso 20 del citado artículo, determina que la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar, y reasignar los
bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los
cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva
jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan
pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que el artículo 23 del Anexo al Decreto Nº 2.670/15, establece que la
asignación y transferencia de uso de los bienes inmuebles del ESTADO
NACIONAL entre las distintas jurisdicciones o entidades del Sector
Público Nacional, será dispuesta por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO.
Que la situación planteada se encuentra enmarcada en el inciso 2) del
artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15 que establece que la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO considerará inmuebles
pasibles de ser desafectados por presentar falta de afectación
específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad a
aquellos inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que no sean necesarios
para la gestión específica del servicio al que están afectados.
Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título
II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio
de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su modificatoria N° 540 de
fecha 5 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM).
Que el artículo 39, segundo párrafo, del citado Decreto Nº 2.670/15,
establece que cuando la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
constatase, previa fiscalización pertinente conforme Capítulo VII del
Decreto, la existencia de inmuebles innecesarios que no hayan sido
denunciados por la respectiva jurisdicción o entidad, comunicará tal
circunstancia al organismo de origen, el cual contará con un plazo de
CINCO (5) días para efectuar su descargo.
Que mediante Nota NO-2022-11597545-APN-DNGAF#AABE de fecha 7 de febrero
de 2022 se informó al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO de la medida
en trato, respondiendo por Nota NO-2022-13586182-APN-DGAIPCYM#MDP de
fecha 11 de febrero de 2022 la referida repartición que presta su
conformidad para prescindir del inmueble de marras.
Que la DIRECCIÓN DE INMUEBLES, RESERVAS E INFRAESTRUCTURA del
MINISTERIO DE DEFENSA mediante Nota NO-2021-86553245-APN-DIREI#MD de
fecha 14 de septiembre de 2021 prestó conformidad a la propuesta
realizada por esta Agencia.
Que mediante Nota NO-2022-37328608-APN-DNGAF#AABE de fecha 18 de abril
de 2022 se informó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SITIOS Y ESPACIOS DE
MEMORIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la medida en
trato, respondiendo por Nota NO-2022-41883265-APN-DNSYEM#MJ de fecha 22
de abril de 2022 la referida repartición que presta su conformidad para
la continuidad de la presente tramitación.
Que se considera que la presente asignación en uso resulta prioritaria
y conveniente, en base a que los bienes inmuebles integrantes del
patrimonio nacional, no podrán mantenerse inactivos o privados de
destino útil, principio contemplado en el artículo 39 del Anexo del
Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, reglamentario del
Decreto Nº 1.382/12.
Que conforme lo expuesto, resulta procedente en esta instancia dejar
sin efecto los artículos 2º y 4º de la Resolución Nº 250 de fecha 13 de
agosto de 2018 (RESFC-2018-250-APN-AABE#JGM), por la cual se entregaron
en custodia gratuita a la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS
DOS (2) inmuebles ubicados sobre Avenida Bernardo Rivadavia S/Nº, de la
Localidad SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de
BUENOS AIRES y revocar por razones de oportunidad, mérito y
conveniencia el ACTA DE ENTREGA EN DEPÓSITO GRATUITO AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE
LOS ARROYOS (CONVE-2018-43537944-APN-DMEYD#AABE), suscripta en fecha 3
de septiembre de 2018.
Que asimismo, corresponde en esta instancia desafectar de la
jurisdicción del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO el sector del
inmueble identificado con el CIE Nº 0600410164/3 y asignarlo en uso al
MINISTERIO DE DEFENSA – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO,
conjuntamente con los sectores correspondientes a los CIE Nº
0600321791/4 y Nº 0600321821/4 en jurisdicción de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Déjanse sin efecto los artículos 2º y 4º de la Resolución
Nº 250 de fecha 13 de agosto de 2018 (RESFC-2018-250-APN-AABE#JGM) de
la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, respecto de DOS (2)
bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados en la Avenida
Bernardo Rivadavia y calles San Lorenzo, Cristóbal Colón y Cochabamba,
Localidad SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de
BUENOS AIRES, siendo el primero de ellos identificado con el CIE Nº
600321791/1 con la siguiente nomenclatura catastral: Partido 98 -
Circunscripción 1 - Sección C - Manzana 181 – Parcelas 1 y 2, Partido
98 - Circunscripción 1 - Sección D - Fracción 1 - Parcelas 6 y 7 y
Partido 98 - Circunscripción 1 - Sección C – Manzana 180 - Parcelas 1 a
36, contando con una superficie aproximada de CINCUENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS
CUADRADOS (59.407,56 m2) y el segundo identificado con el CIE Nº
0600321821/1 con la siguiente nomenclatura catastral: Partido 98 -
Circunscripción 1 - Sección D - Manzana 287A - Parcela 1 y Partido 98 -
Circunscripción 1 - Sección D - Manzana 291A- Parcelas 1 a 31, contando
con una superficie aproximada de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS
CUADRADOS (33.489,45 m2), que sumados ambos inmuebles totalizan una
superficie aproximada de NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS CON UN DECÍMETRO CUADRADO (92.897,01 m2), según se
detalla en el croquis PLANO-2018-36666210-APN-DNRBI#AABE, que como
ANEXO I formó parte integrante de la referida medida.
ARTÍCULO 2º.- Revócase por razones de oportunidad, mérito y
conveniencia el ACTA DE ENTREGA EN DEPÓSITO GRATUITO AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE
LOS ARROYOS (CONVE-2018-43537944-APN-DMEYD#AABE), suscripta entre la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la MUNICIPALIDAD DE
SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS en fecha 3 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO 3º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO el sector del bien inmueble propiedad del ESTADO
NACIONAL, ubicado en la Avenida Bernardo Rivadavia S/N°, Localidad SAN
NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de BUENOS AIRES,
identificado como CIE Nº 0600410164/3 con una superficie de QUINCE MIL
NOVECIENTOS UN METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO DECÍMETROS CUADRADOS
(15.901,18 m2).
ARTÍCULO 4º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE DEFENSA – ESTADO MAYOR
GENERAL DEL EJÉRCITO, el sector mencionado en el Artículo 3º, en
conjunto con los DOS (2) sectores del bien inmueble ubicado en la
Avenida Bernardo Rivadavia y calles San Lorenzo, Cristóbal Colón y
Cochabamba, Localidad SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS,
Provincia de BUENOS AIRES; identificados catastralmente como Partido 98
- Circunscripción I - Sección D - Manzana 287A - Parcela 1 (Parte),
Partido: 98 – Circunscripción I – Sección D - Fracción I - Parcela 6
(Parte), Partido: 98 - Circunscripción I – Sección D - Fracción I -
Parcela 7 (Parte), Partido: 98 - Circunscripción I - Sección C -
Manzana 181 - Parcela 1 (Parte), Partido: 98 - Circunscripción I -
Sección C - Manzana 181 - Parcela 2 (Parte), Partido 98 -
Circunscripción I - Sección C - Manzana 180 - Parcelas 1 al 36 ,
correspondientes al CIE Nº 0600321791/4 con una superficie de TREINTA Y
TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS
DECÍMETROS CUADRADOS (33.407,76 m2) y al CIE Nº 0600321821/4 con una
superficie de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON
SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (3.588,07 m2), ascendiendo todos los
sectores a una superficie de terreno total aproximada de CINCUENTA Y
DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON UN DECÍMETRO
CUADRADO (52.897,01 m2), individualizados en el croquis que como ANEXO
(IF-2022-42947678-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente
medida, con el objeto de destinarlos a la ampliación y traslado para
apoyo del Cuartel de la DIV EJ 1 del EJÉRCITO ARGENTINO.
ARTÍCULO 5º.- Hágase saber al MINISTERIO DE DEFENSA – ESTADO MAYOR
GENERAL DEL EJÉRCITO que se deberán materializar todas las medidas
necesarias para garantizar la custodia, manutención y preservación del
inmueble asignado en la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 7º.- Agréguese copia de lo actuado al Expediente EX-2018-33996645-APN-DMEYD#AABE y prosígase su curso.
ARTÍCULO 8º.- Notifíquese al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, al
MINISTERIO DE DEFENSA, al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE SITIOS Y ESPACIOS DE MEMORIA del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y a la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS
ARROYOS.
ARTÍCULO 9º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 10.- Dése intervención a la DIRECCIÓN DE DESPLIEGUE
TERRITORIAL con el objeto de proceder a la entrega de los inmuebles a
la jurisdicción mencionada en el Artículo 4° y suscribir las actas
correspondientes.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Agustín Debandi - Martín Cosentino
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/07/2022 N° 55166/22 v. 19/07/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)