JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 136/2022
RESOL-2022-136-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 15/07/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-72788913-APN-DGA#APNAC del Registro de
la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164, las Leyes Nros. 22.431 y sus
modificatorios y 27.591 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2021 prorrogada a partir del 1° de enero de
2022 por el Decreto N° 882 de fecha 23 de diciembre de 2021, el Decreto
Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional,
homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus
modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° 449 de fecha 7 mayo de
2021, la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022 y la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2021, prorrogado a partir del
1° de enero de 2022 por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021
para el Ejercicio 2022.
Que por el artículo 6° de la citada ley se facultó al Jefe de Gabinete
de Ministros mediante decisión fundada a incrementar la cantidad de
cargos aprobados, previa intervención de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de las necesidades de dotaciones
que surgieran de la aprobación de las estructuras organizativas de las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, como también
de aquellas necesarias para responder a los procesos de selección
resultantes de los concursos regulados por la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional N° 25.164 y los respectivos Convenios
Colectivos de Trabajo (CCT).
Que mediante la Decisión Administrativa N° 449 de fecha 7 mayo de 2021
se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la planta permanente de
la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en
la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, con el
fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados,
mediante los correspondientes procesos de selección de personal a
realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021, prorrogado por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 para
el Ejercicio 2022.
Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede
mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de
selección, conforme lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la
Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los
artículos concordantes de su Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de
2002 y sus modificatorios y los artículos 11, 19, 51, 56 y 57 del
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de
2006 y sus modificatorios, aplicables también para la promoción del
personal permanente a cargos superiores.
Que por otra parte resulta importante optimizar en cada Jurisdicción la
propia fuerza de trabajo y la inversión realizada en capacitación de
personal logrando así la participación de las plantas de personal en el
llamado a concurso desde esta primera instancia.
Que, asimismo, sobre la base de la práctica recogida, se estima
necesario dotar al Estado Nacional de personal idóneo que aporte su
experiencia en las distintas áreas de la Administración Pública
Nacional.
Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, Organismo descentralizado
en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, ha
solicitado se inicien los procesos de selección correspondientes para
la cobertura de CIENTO VEINTE (120) cargos vacantes autorizados y
oportunamente asignados.
Que, elaborada la propuesta, la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera se ha expedido favorablemente mediante Acta Nº 152 de fecha 23
de septiembre de 2021, junto con su informe aclaratorio de fecha 14 de
octubre de 2021.
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010
y sus modificatorias, se aprobó el “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.
Que conforme el artículo 2º del Anexo de la resolución mencionada se
estableció que los procesos de selección serán organizados, convocados
y coordinados por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente para la
cobertura de los cargos mencionados, resulta necesario integrar el
Comité de Selección y designar al Coordinador Concursal y a su alterno,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 14, 15 y 20 del referido
Régimen de Selección de Personal.
Que los integrantes del Comité de Selección tienen entre sus
responsabilidades, las de aprobar las bases de la convocatoria, evaluar
a los postulantes y elaborar el orden de mérito.
Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus
responsabilidades, las de impulsar el proceso de selección para
concluirlo dentro de los plazos previstos y coordinar las acciones
necesarias para la consecución de la Evaluación General y la Evaluación
del Perfil Psicológico, en caso de corresponder.
Que mediante IF-2022-72027073-APN-DDANYEP#JGM la DIRECCIÓN DE ASUNTOS
NORMATIVOS Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciese el proceso para la cobertura de CIENTO VEINTE
(120) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, detallados
en Anexo I, IF-2022-65347989-APN-SSEP#JGM, que forma parte integrante
de la presente medida, mediante el Régimen de Selección establecido por
el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el
Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios,
aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de
2010 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- El proceso de selección será realizado por convocatoria
Interna y mediante el Régimen de Selección establecido por los Títulos
IV y XIV, conforme corresponda, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 3°.- Establécese como requisito general de admisión a la
Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes asignados
por Decisión Administrativa N° 449 de fecha 7 de mayo de 2021,
experiencia laboral acreditable como personal permanente y no
permanente según los artículos 8º y 9º de la Ley N° 25.164 igual o
superior a DIEZ (10) años en la Administración Pública Nacional y que
el personal se desempeñe actualmente en la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES. El aludido requisito de admisión de experiencia laboral
acreditable no será aplicable a las personas con discapacidad que se
postulen a los cargos que se encuentra bajo el régimen de reserva de
puestos de trabajo en los términos previstos en el artículo 8° de la
Ley de Protección Integral de las Personas Discapacitadas Nº 22.431.
ARTÍCULO 4°.- Desígnense integrantes de los Comités de Selección para
la cobertura de los cargos mencionados en el artículo 1º de la
presente, a las personas que se detallan en el Anexo II,
IF-2022-65347495-APN-SSEP#JGM, que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Desígnense como Coordinador Concursal titular a María
Belén VALENZUELA, (D.N.I. N° 32.993.365) y como su alterna a Leticia
Romina AUFMUTH (D.N.I. Nº 29.650.306).
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/07/2022 N° 55195/22 v. 19/07/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)