INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 3045/2022
RESFC-2022-3045-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 08/07/2022
VISTO el EX-2022-66802582-APN-DRNCYM#INAES y la RESFC-2021-1000-APN-DI#INAES, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución INAES N.° 1000/2021 se creó el Programa de
Acceso a Libros Gratuitos destinado a entidades inscriptas en el
Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Que en este marco la Dirección Nacional de Cumplimiento y Fiscalización
desarrolló una cartilla orientativa denominada “Pasos administrativos
una vez obtenida la matrícula” que ha servido para el dictado de
formaciones, así como de guía a diversas entidades para completar sus
registros.
Que de las tareas desarrolladas por el INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL mediante actividades de promoción en la
fiscalización, se ha visualizado además que la problemática de acceso a
libros físicos es compartida por otras entidades que no se inscriben en
el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social
por lo que resulta necesario ampliar el programa mencionado.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que es materia de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por las Leyes
Nros.19.331, 20.321, 20.337 y los Decretos Nros. 420/96, 723/96,
721/00,1192/02, sus modificatorios y complementarios,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Ampliase el Programa de Acceso a Libros Gratuitos creado
por la Resolución RESFC-2021-1000-APN-DI#INAES a todas aquellas
entidades que según los parámetros de oportunidad, merito o
conveniencia, a criterio de la Dirección Nacional de Promoción y
Desarrollo Cooperativo y Mutual y/o de la Dirección Nacional de
Cumplimiento y Fiscalización sea necesario incluir, en los términos del
Anexo que como IF-2022-67572649-APN-DNCYF#INAES integra el presente
acto administrativo.
ARTÍCULO 2°: La presente Resolución entra en vigencia a partir del día
siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese.
Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Alexandre Roig
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/07/2022 N° 56143/22 v. 22/07/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
LINEAMIENTOS GENERALES - PROGRAMA DE ACCESO A LIBROS GRATUITOS
1. AUTORIDAD DE APLICACION: Conforme el artículo 28 de la Resolución
INAES 1000/2021 y su ampliatoria, será la DIRECCIÓN NACIONAL DE
PROMOCION Y DESARROLLO COOPERATIVO Y MUTUAL y la DIRECCION NACIONAL DE
CUMPLIMIENTO Y FISCALIZACION, dependientes del INAES, o las áreas que
en un futuro asuman sus competencias.
2. SOLICITUD DE LOS LIBROS: Las entidades deberán solicitar por escrito
la intención de acceder al Programa de Acceso a Libros Gratuitos,
quedando a consideración de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCION Y
DESARROLLO COOPERATIVO Y MUTUAL y/o de la DIRECCION NACIONAL DE
CUMPLIMIENTO Y FISCALIZACION cuáles serán aquellas que efectivamente
accederán al mismo, teniendo prioridad aquellas cooperativas efectoras
sociales y aquellas que se encuentren en situación de vulnerabilidad
social o aquellas que a criterio de las Direcciones mencionadas por
cuestiones de oportunidad mérito y conveniencia así lo requieran.
3. FORMA DE ENTREGA Los libros serán entregados por personal de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCION Y DESARROLLO COOPERATIVO Y MUTUAL y/o
de la DIRECCION NACIONAL DE CUMPLIMIENTO Y FISCALIZACION a los
asociados de las cooperativas que accedan al Programa, dejándose
constancia de tal entrega y en la fecha y lugar a determinar por las
mencionadas Direcciones.
4. FISCALIZACION Y REGISTRO La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCION Y
DESARROLLO COOPERATIVO Y MUTUAL y la DIRECCION NACIONAL DE CUMPLIMIENTO
Y FISCALIZACION se mantendrán informadas mutuamente de las entregas de
libros efectuadas.