ACUERDOS

Decreto 431/2022

DCTO-2022-431-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-52987403-APN-DNRYRT#MT, la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto Nº 882 del 23 de diciembre de 2021, el Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993 y normas complementarias, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA ex-IOSE), homologado por el Decreto N° 2539 del 24 de noviembre de 2015 y sus modificatorios, las Actas Acuerdo del 31 de mayo de 2022 y del 3 de junio de 2022 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), homologado por el Decreto N° 2539/15, conforme surge de las Actas Acuerdo del 31 de mayo de 2022 y del 3 de junio de 2022.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6º de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5º del Decreto N° 447/93, acordaron sustituir a partir del día 1° de junio de 2022 el artículo 82 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y del Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), homologado por el Decreto N° 2539/15, relacionado con la cantidad de Unidades Retributivas de las Asignaciones Básicas de los Niveles Escalafonarios, quedando conformada en un TREINTA Y OCHO POR CIENTO (38 %) la cantidad establecida en concepto de sueldo y el SESENTA Y DOS POR CIENTO (62 %) restante, por dedicación funcional.

Que también decidieron fijar el valor monetario del Índice UNO (1) correspondiente a las retribuciones del Personal Docente Civil de los distintos niveles y modalidades de la enseñanza de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en el marco de la Ley N° 17.409, sus modificaciones y complementarias.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185 y su Decreto Reglamentario N° 447/93.

Que los mencionados Acuerdos satisfacen los recaudos normados en el artículo 11 de la precitada ley.

Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas en el artículo 79, segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 14 de la Ley N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológanse las Actas Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2022 y de fecha 3 de junio de 2022 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), homologado por el Decreto N° 2539/15, que como ANEXOS IF-2022-68040711-APN-DALSP#MT e IF-2022-60272803-APN-DNRYRT#MT forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en las Actas Acuerdo que por el presente se homologan entrará en vigencia a partir del 1° de junio de 2022, conforme lo acordado por las partes signatarias.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/07/2022 N° 57085/22 v. 26/07/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 31 días del mes de mayo del año 2022, siendo las 13:00 horas, convocada por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN, ante el Dr. Agustín Hernán CARUGO, Director de Análisis Laboral del Sector Público, acompañado por la Dra. Juliana CALIFA Jefa de Departamento N°1 de Relaciones y Regulaciones del Trabajo y por el Dr. Lisandro Juan AYASTUY Secretario de Conciliación, en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas, COMPARECEN: por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Dra. Ana G. CASTELLANI, acompañada por la Lic. Cristina COSAKA; el Sr. SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Gastón SUAREZ acompañado por el Lic. Marcelo ROMANO, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Sra. SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, Lic. Florencia María JALDA, acompañada por el Sr. Máximo CAMOGLI y por el MINISTERIO DE DEFENSA el Sr. Jefe de Gabinete Hector MAZZEI acompañado por Fabián SANCHEZ y Facundo ZAVALLA, y Marcelo PALMIERI, todos ellos por el Estado Empleador; y por la Parte Gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), los Sres. Diego GUTIERREZ, Daniel CARGOU, Alejo CONDE y Jorge ALMIRON acompañados por el Sr. Hugo SPAIRANI en su carácter de asesor, y en representación de la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) los Sres. Flavio VERGARA, Alejandro CHARRA, Lucas PRIETO, Rubén LOPEZ y Dabel ROBIN.

Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes, se celebra la presente audiencia de forma virtual.

Posteriormente se cede la palabra a ambas partes quienes en conjunto MANIFIESTAN: Que en razón de que aún nos encontramos manteniendo tratativas de forma directa, es por ello que solicitamos a esta Autoridad de Aplicación pasar a un cuarto intermedio.

Atento lo oído y manifestado por las partes, la Autoridad Administrativa decide pasar a un cuarto intermedio para el día 3 de Junio de 2022 a las 11:00 horas.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.-



ANEXO II


EX-2022-52987403- -APN-DNRYRT#MT

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 3 días del mes de junio del año 2022, siendo las 11:00 horas, reabierto el acto de fecha 31/05/2022, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN, ante el Dr. Agustín Hernán CARUGO, Director de Análisis Laboral del Sector Público, acompañado por la Lic. Juliana CALIFA Jefa de Departamento N°1 de Relaciones y Regulaciones del Trabajo en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas, en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Sra. SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Dra. Ana G. CASTELLANI, acompañada por la Sra. Cristina COSAKA; el Sr. SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Gastón SUAREZ acompañado por el Lic. Marcelo ROMANO, por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Sra. SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, Lic. Florencia María JALDA, acompañada por el Sr. Máximo CAMOGLI y por el MINISTERIO DE DEFENSA el Sr. Leonardo GARAY DECANDIDO, Subsecretario de Gestión Administrativa, el Sr. Fabián SANCHEZ y Facundo ZAVALLA, y Marcelo PALMIERI, por el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Sr. Gabriel BRUNO, Secretario de Coordinación, Bienestar, Control y Transparencia Institucional, todos ellos por el Estado Empleador; y por la Parte Gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), los Sres. Diego GUTIERREZ, Daniel CARGOU, y Jorge ALMIRON acompañados por el Sr. Hugo SPAIRANI en su carácter de asesor, y en representación de la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) los Sres. Flavio VERGARA, Lucas PRIETO, Rubén LOPEZ, Marcela CHAVETA, Mariana CALDERON y por la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UPECIFA), el Eduardo MARCANTONIO, Juan Carlos FRAGUGLIA, Cesar Damián Eduardo MARCANTONIO.

Declarado reabierto el acto por los funcionarios actuantes, se cede la palabra a la representación del Estado Empleador quien propone:

PRIMERA:

Sustituir a partir del 01/06/2022, el artículo 82 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y del personal del Instituto de Obra Social dé las Fuerzas Armadas homologado por Decreto N° 2539/15, su normativa complementaria y modificatoria, por el que quedará redactado según el siguiente texto:

"ARTÍCULO 82.- Las Asignaciones Básicas de los Niveles Escalafonarios estarán determinadas por la cantidad de Unidades Retributivas que para cada caso se establece en el cuadro que consta en el presente artículo. Las mismas se compondrán en un TREINTA Y OCHO POR CIENTO (38 %) de la cantidad establecida en concepto de sueldo y el SESENTA Y DOS POR CIENTO (62 %) restante por dedicación funcional."


SEGUNDA:

Fijar el valor monetario del índice Uno correspondiente a las retribuciones del Personal Docente Civil de los distintos niveles y modalidades de la enseñanza de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en el marco de la Ley 17.409 -modificatorias y complementarias-, según el siguiente detalle:

a) PESOS CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y UN CENTESIMOS ($55,51) a partir del 1° de junio de 2022.

b) PESOS SESENTA Y UNO CON VEINTICINCO CENTÉSIMOS ($ 61,25) a partir del 1° de agosto de 2022.

c) PESOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y NUEVE CENTESIMOS ($ 66,99) a partir del 1° de octubre de 2022.

d) PESOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y OCHO CENTESIMOS ($ 71,78) a partir del 1° de enero de 2023.

e) PESOS SETENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y SEIS CENTESIMOS ($ 76,56) a partir del 1° de marzo de 2023.

Establecer, en consecuencia, que los valores antes referidos contienen y reemplazan a los que se establezcan producto de la aplicación del porcentaje acordado en el marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública General homologado por Decreto 214/06, iniciada con fecha 30 de mayo del corriente, de acuerdo a la vigencia que para cada caso se determina.

Las representaciones sindicales, UPCN, ATE y UPECIFA, en conjunto y de común acuerdo manifiestan que: aceptan de manera integral la propuesta del Estado Empleador.

Las representaciones de ATE y UPECIFA solicitan ampliar manifestación mediante acta complementaria.

En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que atento la propuesta efectuada por el Estado Empleador, y conforme lo manifestado precedentemente por las representaciones sindicales se tiene por perfeccionado el acuerdo.

No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del mismo ante los funcionarios actuantes que así lo CERTIFICAN.-

IF-2022-60272803-APN-DNRYRT#MT