MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
Decisión Administrativa 728/2022
DECAD-2022-728-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Marketing y Promoción Turística.
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-61674889-APN-SITSP#JGM, la Ley N°
27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio, 7 del 10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 882 del 23 de diciembre
de 2021 y la Decisión Administrativa N° 1397 del 4 de agosto de 2020 y
su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o
Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de
conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el
Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa N° 1397/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la referida
Jurisdicción.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director o Directora Nacional de Marketing y
Promoción Turística de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y NUEVOS
PRODUCTOS de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA del MINISTERIO DE
TURISMO Y DEPORTES.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del
dictado de la presente medida y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles, al licenciado Pablo Daniel CAGNONI (D.N.I. N° 32.191.983)
en el cargo de Director Nacional de Marketing y Promoción Turística de
la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y NUEVOS PRODUCTOS de la
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES,
Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el licenciado CAGNONI los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Matías Lammens
e. 26/07/2022 N° 57083/22 v. 26/07/2022