COMISIÓN CASCOS BLANCOS

Decreto 436/2022

DCTO-2022-436-APN-PTE - Desígnase Vicepresidente.

Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-17616899-APN-DGRRHH#MRE y los Decretos Nros. 1131 del 13 de julio de 1994 y sus modificatorios, 379 del 28 de agosto de 1995, 270 del 24 de marzo de 2000 y su modificatorio, 143 del 22 de marzo de 2022 y 248 del 6 de mayo de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1131/94 se creó en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL HAMBRE Y LA POBREZA.

Que por el Decreto N° 379/95 se modificó la denominación de la citada Comisión por la de COMISIÓN CASCOS BLANCOS.

Que por el Decreto Nº 270/00 se transfirió la COMISIÓN CASCOS BLANCOS al ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Que el artículo 4º del citado Decreto Nº 1131/94 estableció que la COMISIÓN CASCOS BLANCOS estará integrada por UN (1) Presidente o UNA (1) Presidenta, UN (1) Vicepresidente Primero o UNA (1) Vicepresidenta Primera, UN (1) Vicepresidente Segundo o UNA (1) Vicepresidenta Segunda y TRES (3) Vocales, quienes serán designados o designadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto N° 143/22 se creó la AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS como organismo desconcentrado del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el Decreto N° 248/22 estableció que la “AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS” pasará a denominarse “AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACION INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA-CASCOS BLANCOS”, y deberá considerarse sustituida por tal denominación cada vez que se hace referencia a la Agencia citada en primer término.

Que el artículo 6º del mencionado Decreto N° 143/22 establece: “Sustitúyese el artículo 4º del Decreto N° 1131/94 por el siguiente:

“ARTÍCULO 4º.- La Comisión creada por el artículo 1º será presidida por el Presidente o la Presidenta de la AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y estará integrada por: UN (1) Vicepresidente o UNA (1) Vicepresidenta y CUATRO (4) Vocales que serán designados o designadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL”.

Que atento la vacancia del cargo de Vicepresidente de la COMISIÓN CASCOS BLANCOS del ámbito de la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA-CASCOS BLANCOS, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO propone designar al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Pablo Exequiel VIRASORO.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase Vicepresidente de la COMISIÓN CASCOS BLANCOS, en el ámbito de la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA-CASCOS BLANCOS, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, al Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Pablo Exequiel VIRASORO (D.N.I. N° 18.753.086), a partir de la fecha del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

e. 28/07/2022 N° 57776/22 v. 28/07/2022