MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
Resolución 7/2022
RESOL-2022-7-APN-CNEPYSMVYM#MT
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2022
VISTO el EX-2020-65730122-APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013 y sus
modificatorias, el Decreto N° 2725 del 26 de diciembre de 1991 y sus
modificatorios y concordantes, el Decreto N° 91 de fecha 20 de enero de
2020, las Resoluciones N° 617 de fecha 2 de septiembre de 2004 y su
modificatoria, y la N° 344 de fecha 22 de abril de 2020, ambas del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución N° 4 de
fecha 22 de marzo de 2022 del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.013 se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Que mediante el Decreto N° 2725/91 y sus modificatorios y concordantes,
se reglamentó la mencionada Ley y, entre otros extremos, se configuró
la organización institucional y operativa del citado Consejo.
Que conforme el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL
EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL aprobado
por Resolución M.T.E. y S.S. N° 617/04, y su modificatorio, dicho
Consejo se reunirá a convocatoria de su Presidente en sesiones
plenarias, quien fijará el Orden del Día de las sesiones plenarias
ordinarias y de las sesiones extraordinarias convocadas de oficio.
Que por el Decreto N° 91/20 se designó al titular del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el cargo de Presidente del
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO,
VITAL Y MÓVIL.
Que tanto en sesión de la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MOVIL Y
PRESTACIONES POR DESEMPLEO como en la sesión plenaria ordinaria del
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO,
VITAL Y MOVIL, de fecha 16 de marzo de 2022, se acordaron los nuevos
montos del salario mínimo vital y móvil y prestaciones por desempleo,
en distintas vigencias, con la posibilidad de revisionar lo acordado.
Que consecuentemente, resulta pertinente decidir la convocatoria a
sesión plenaria ordinaria del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL así como disponer la
convocatoria a reunión de la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y
MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por la
Resolución N° 617/04 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL y su modificatoria, y por el artículo 1° del
DCTO-2020-91-APN-PTE.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL
EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse
en sesión plenaria ordinaria el día 22 de agosto de 2022, a las 15:00 HORAS
(QUINCE HORAS), mediante plataforma virtual. Déjase establecido, a
los fines previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus
modificatorias, la convocatoria a segunda sesión para las 17:00 HORAS (DIECISIETE HORAS) de ese mismo día.
(Fechas y Horarios sustituidas por art. 1º de la Resolución Nº 8/2022 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil B.O. 11/8/2022.)
ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el
artículo anterior, el siguiente: 1. Designación de DOS (2) Consejeros
presentes de cada sector para la suscripción del acta. 2. Consideración
de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO,
VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
ARTÍCULO 3°.- Convócase a los integrantes de la Comisión aludida en el
artículo anterior a reunirse en sesión el día 22 de Agosto de 2022, a
las 14 HORAS (CATORCE HORAS), mediante plataforma virtual, al efecto de
tratar lo siguiente:
(Fecha y Hora sustituidas por art. 3º de la Resolución Nº 8/2022 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil B.O. 11/8/2022.)
-COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA –
- 1. Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo
dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus
modificatorias.
- 2. Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por
desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b)
de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni
e. 04/08/2022 N° 59546/22 v. 04/08/2022