MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1214/2022
RESOL-2022-1214-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-68959866- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, los Decretos Nº 392 de fecha 17 de marzo de 1986 y Nº
348 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio Decreto Nº 335 de
fecha 4 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, es función de este Ministerio
entender en la formulación y ejecución de políticas que estimulen y
favorezcan la expresión cultural en todas sus formas.
Que mediante el artículo 1º inciso g), art. 1 del Decreto Nº 101/85 se
delegó en el titular de esta cartera ministerial la facultad de
resolver sobre el otorgamiento de premios y la designación de jurados,
respectivamente.
Que conforme el Decreto Nº 348/17, entre los objetivos asignados al
CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS
KIRCHNER”, organismo desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, se encuentran el de
fomentar la divulgación del arte en general; diseñar acciones de
participación ciudadana, debates de actualidad, reflexión y propuestas
que reflejen los diversos intereses de la población; e impulsar las
expresiones culturales emergentes a través de la generación de espacios
de intercambio multidisciplinarios.
Que la Convocatoria para las BECAS DE FOTOPERIODISMO “PROYECTO
BALLENA/LIBERTAD” para el ciclo 2022 tiene por finalidad generar un
espacio de promoción, difusión, reconocimiento y estímulo al sector
cultural vinculado con el fotoperiodismo, conforme el alcance
establecido en la presente medida.
Que a los fines organizativos y operativos resulta oportuno designar a
la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES como
Autoridad de Gestión y Aplicación de la Convocatoria para las BECAS DE
FOTOPERIODISMO “PROYECTO BALLENA/LIBERTAD” para el ciclo 2022 del
CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS
KIRCHNER”, autorizándolo a realizar las gestiones conducentes para la
tramitación del mismo, así como a dictar las medidas complementarias a
fin de lograr su efectivo cumplimiento.
Que resulta necesario designar a las y los miembros Jurado del presente certamen, por su idoneidad y experiencia en la materia.
Que la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y
CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado
intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el
Decreto Nº 882/21 de prórroga de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y
distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 5 de enero de
2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y por los Decretos
Nº 392/86, artículo 1º inciso g), art. 1 del Decreto Nº 101/85 y Nº
1344/07 sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Convocatoria para las BECAS DE FOTOPERIODISMO
“PROYECTO BALLENA/LIBERTAD” para el ciclo 2022 del CENTRO CULTURAL DEL
BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, organismo
desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y
PROYECTOS ESPECIALES, como un espacio de promoción, difusión,
reconocimiento y estímulo al sector cultural vinculado con el
fotoperiodismo, conforme el alcance establecido en la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar las Bases y Condiciones de la Convocatoria para
las BECAS DE FOTOPERIODISMO “PROYECTO BALLENA/LIBERTAD” para el ciclo
2022 del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS
KIRCHNER”, organismo desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, que como ANEXO I
(IF-2022-69771188-APN-SSGEYPE#MC) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 3º.- Designar a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y
PROYECTOS ESPECIALES, como Autoridad de Gestión y Aplicación de la
Convocatoria para las BECAS DE FOTOPERIODISMO “PROYECTO
BALLENA/LIBERTAD” para el ciclo 2022, autorizándolo a realizar las
gestiones conducentes para la tramitación del mismo, así como a dictar
las medidas complementarias a fin de lograr su efectivo cumplimiento,
con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 4º.- Designar en calidad de Miembros Titulares del JURADO de
la Convocatoria para las BECAS DE FOTOPERIODISMO “PROYECTO
BALLENA/LIBERTAD” para el ciclo 2022 del CENTRO CULTURAL DEL
BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, a Cora Edith
GAMARNIK (D.N.I. Nº18.577.315), Julio César PANTOJA (D.N.I.
Nº14.359.336), Eva Laura CABRERA (D.N.I. Nº17.189.418), Liliana Beatriz
VIOLA (D.N.I. Nº16.893.288) y Valeria Roberta GONZÁLEZ (D.N.I.
Nº18.029.670).
ARTÍCULO 5º.- Fijar para la Convocatoria a las BECAS DE FOTOPERIODISMO
“PROYECTO BALLENA/LIBERTAD” para el ciclo 2022 del CENTRO CULTURAL DEL
BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” una asignación
monetaria total de hasta PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CINCUENTA MIL
($1.350.000.-), a ser distribuidos conforme surge de las Bases y
Condiciones del presente certamen y del ANEXO II
(IF-2022-69771946-APN-SSGEYPE#MC) que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/08/2022 N° 60077/22 v. 08/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)