MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1298/2022
RESOL-2022-1298-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-44639799- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la
Decisión Administrativa Nº 1428 de fecha 7 de agosto de 2020, la
Resolución Nº 2641 de fecha 22 de junio de 2011 de la SECRETARÍA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Resolución Nº 757 de fecha
26 de mayo de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución S.C. Nº 2641/11 fue creado el Programa PUNTOS DE
CULTURA, con el objeto de fortalecer y consolidar el trabajo de las
organizaciones sociales comunitarias y las comunidades indígenas de
todo el territorio nacional, promoviendo la inclusión social, las
identidades locales, la participación popular y el desarrollo regional
a través del arte y la cultura.
Que, desde su creación, se han realizado SIETE (7) Convocatorias
públicas que apoyaron económicamente y mediante asistencia técnica, la
realización de DOS MIL DIECISÉIS (2016) proyectos culturales,
artísticos o de formación con base territorial, a través de diferentes
líneas de trabajo y siempre con miras a concretar los objetivos del
programa.
Que con el objeto de otorgar continuidad a los objetivos enunciados y
por intermedio de la Resolución M.C. Nº 757/22 (RESOL-2022-757-APN-MC),
se aprobó la OCTAVA CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA PUNTOS DE
CULTURA y su Reglamento de Bases y Condiciones y la Declaración Jurada
que como ANEXO I (IF-2022-44605924-APN-DNDYCC#MC) y ANEXO II
(IF-2022-44623981-APN-DNDYCC#MC) respectivamente, forman parte
integrante de la citada medida.
Que, en ese marco, y de conformidad con el reglamento en cita, el
primer llamado de la Octava Convocatoria Nacional tuvo lugar entre los
días 8 de junio y 9 de julio de 2022.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA, de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL ha verificado un alto nivel de respuesta
reflejado en SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO (734) solicitudes, lo que
superó holgadamente las previsiones iniciales.
Que el jurado, conformado en los términos del ANEXO I
(IF-2022-44605924-APN-DNDYCC#MC), punto 5), de la Resolución M.C. Nº
757/22 (RESOL-2022-757-APN-MC), efectuó la preselección de DOSCIENTOS
NOVENTA (290) proyectos, que de conformidad con la documentación,
esquema de implementación y presupuesto presentado por cada uno de
ellos, totalizarían la suma de PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000.-).
Que, por esa razón, considerando que aún existe un amplio universo de
organizaciones que ha expresado interés en el Segundo Llamado de la
Octava Convocatoria Nacional, resulta necesario redoblar el esfuerzo
para contener la referida demanda, garantizando la amplitud, la
diversidad y el carácter federal de la participación.
Que, en consecuencia, se ha resuelto ampliar el presupuesto total
otorgado a la OCTAVA CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA PUNTOS DE
CULTURA mediante el artículo 3º de la Resolución M.C. Nº 757/22
(RESOL-2022-757-APN-MC), originalmente previsto en PESOS CIEN MILLONES
($100.000.000.-), incrementándolos a PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES
($150.000.000.-).
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, conforme la Ley
Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2021, prorrogado por Decreto Nº 882/21 y distribuido por la
Decisión Administrativa Nº 4/22 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta en el marco de lo dispuesto por el
artículo 18 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado
por el Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017) y el Decreto Nº 1344/07 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar el Artículo 3º de la Resolución M.C. Nº 757/22
(RESOL-2022-757-APN-MC) correspondiente a la OCTAVA CONVOCATORIA
NACIONAL del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA, que quedará redactado de la
siguiente manera:
“ARTÍCULO 3º.- Destinar la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES
($150.000.000.-) a la atención de los proyectos que serán seleccionados
en el marco de la convocatoria aprobada por el artículo 1º de la
presente Resolución”.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio
correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA – PROGRAMA
16.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
e. 10/08/2022 N° 61091/22 v. 10/08/2022