SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 47/2022
RESOL-2022-47-APN-SRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2022
VISTO el Expediente EX-2020-27922975-APN-SRH#SRT, las Leyes N° 20.744
(t.o. 1976), N° 24.557, N° 26.425, el Decreto N° 214 de fecha 27 de
febrero de 2006, la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.) N° 39 de 28 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38, apartado 3 de la Ley
N° 24.557, las relaciones del personal con la SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) se rigen por la legislación laboral
vigente -Ley N° 20.744 (t.o. 1976)-, sus normas complementarias y
modificatorias.
Que el Anexo I del Convenio Colectivo de Trabajo General (C.C.T.)
aprobado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006,
estableció que sus disposiciones serán de aplicación para todos los
trabajadores bajo relación de dependencia laboral con las
jurisdicciones y entidades descentralizadas, determinando que para el
personal regido por la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o.
1976), le serán de aplicación sus normas con las salvedades que se
formulen para cada Instituto en particular.
Que el artículo 117 del Anexo I del Decreto antes mencionado, creó la
COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT), la cual
contará con una delegación en cada jurisdicción o entidad
descentralizada y estará integrada por TRES (3) representantes
titulares y TRES (3) suplentes por parte del Estado Empleador y por
TRES (3) representantes titulares y TRES (3) suplentes por la parte
gremial.
Que a fin de dar cumplimiento a dicha manda legal, mediante la
Resolución de esta S.R.T. N° 39 de fecha 28 de abril de 2020, se creó
la Delegación CyMAT, designándose, conjuntamente con las asociaciones
sindicales con actuación en el Organismo, los miembros titulares y
suplentes que la integran.
Que la celebración de elecciones de nuevos/as delegados/as sindicales
en el ámbito del Organismo y la necesidad de reasignar tareas a
determinados funcionarios de esta S.R.T., determinan que corresponde
modificar la integración de la Delegación CyMAT.
Que agregada a los autos del Visto mediante el Informe Gráfico
IF-2022-69259412-APN-SRH#SRT de fecha 7 de julio de 2022, obra la Nota
de fecha 21 de junio de 2022 mediante la cual la asociación sindical
UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) informó los miembros
que integrarán la Delegación CyMAT en su representación, en los
términos de lo establecido en el artículo 117 del Anexo I del
mencionado Decreto N° 214/06.
Que en el mismo sentido, a través del Informe Gráfico
IF-2022-6926648-APN-SRH#SRT de fecha 7 de julio de 2022 se incorporó la
Nota de la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) de fecha 18
de noviembre de 2021, por la cual informó su propuesta de integrantes
de la referida Delegación.
Que en ese marco, se destaca que por medio de la Providencia
PV-2022-70429489-APN-SRH#SRT de fecha 11 de julio de 2022 y la
Providencia PV-2022-81771652-APN-SRH#SRT de fecha 8 de agosto de 2022
se establecieron los representantes de esta S.R.T. ante la aludida
Delegación CyMAT.
Que es menester destacar que los miembros integrantes de cada sector
-S.R.T. y Gremial- poseen los requisitos de especialidad que impone el
artículo 117 del Anexo I del Decreto N° 214/06.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar un nuevo acto
administrativo que apruebe la nueva conformación de la Delegación CyMAT.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de esta S.R.T. ha intervenido en el ámbito de sus competencias.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en los
artículos 36, apartado 1, inciso e) y 38 de la Ley N° 24.557, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 117 del Anexo I del Decreto
N° 214/06.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase la conformación de la Delegación de la
COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT) en el
ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la que
quedará integrada de acuerdo a lo establecido en el Anexo
IF-2022-83722986-APN-GG#SRT que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Enrique Alberto Cossio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/08/2022 N° 62709/22 v. 16/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)