MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD
Disposición 10/2022
DI-2022-10-APN-SES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2022
VISTO el Expediente EX-2020-83857526- -APN-SSGA#MS, el Decreto 640/2020
del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR
destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata
de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener,
Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en
Argentina”, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y
sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el
Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución N°
RESOL-2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Solicitud de
Propuestas MSAL-114-SBC-CF para la contratación del “Servicio de
consultoría para el diseño de la estrategia de capacitación para la
implementación de la Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del
Programa Federal de Salud Digital”, ello en el marco del “Proyecto de
Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia
COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación
de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID
5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en
las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores
Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo
de 2019).
Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato
de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado a solventar la ejecución
del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes
el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de
septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).
Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor
del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a
través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE
ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica
del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado
Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa,
adquisiciones y financiera.
Que por Decreto N° 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del
MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa
estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose
la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que por Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR
NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su
Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de
Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN
SALUD o quien en el futuro detente la función.
Que se encuentra la Solicitud de Contratación debidamente formulada por
la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD por NO-2020-82898362-APN-SES#MS,
mediante la cual se establecieron los términos de referencia,
cronograma de entregas e informes finales, criterios de evaluación y
presupuesto estimado en la suma de USD 188. 000,00- (ciento ochenta y
ocho mil dólares con 00/100) - Impuestos incluidos, y un plazo de
desarrollo de al menos 6 meses (180 días).
Que luce incorporada la Providencia PV-2020-83864214-APN-SSGA#MS de la
entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, actual SECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, por la que prestó conformidad al procedimiento
de contratación, con cargo al Préstamo BID-5032-AR.
Que mediante NO-2020-86328520-APN-DAFYP#MS se deja constancia que la
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA tomó oportuno
conocimiento del procedimiento para la imputación presupuestaria y
financiera correspondiente.
Que se encuentra incorporada como IF-2021-42062633-APN-DGPFE#MS la toma
de conocimiento de los términos de referencia por parte del BID
mediante su documento CSC/CAR 1422/2021 de fecha 5 de mayo de 2021, por
el que además elaboró algunas recomendaciones para consideración de
este Organismo.
Que dicha observación fue receptada por la DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO,
lo que quedó plasmado en sus informes IF-2021-46326628-APN-DTH#MS e
IF-2021-46326539-APN-DTH#MS.
Que por IF-2021-52280378-APN-DGPFE#MS se adjuntó la SOLICITUD DE
EXPRESIONES DE INTERÉS para la contratación del “Servicio de
consultoría para el diseño de la estrategia de capacitación para la
implementación de la Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del
Programa Federal de Salud Digital”, MSAL-114-SBC-CFE.
Que dicha solicitud fue debidamente publicada en los sitios web UFIS y
MSAL, así como en el Boletín Oficial de la República Argentina y en
UNDB, conforme consta en IF-2021-52657590-APN-DGPFE#MS,
IF-2021-53054834-APN-DGPFE#MS e IF-2021-57661968-APN-DGPFE#MS.
Que con fecha 1° de julio de 2021 se confeccionó el Acta de Recepción
de Expresiones de Interés, por la que se asentó que con fecha 30 de
junio de 2021 se recibieron 4 expresiones de interés, correspondientes
a CONSORCIO GRUPO OPEN PLUS MIND S.L.-MEDITAR, SALUD Y GESTIÓN SA,
DELOITTE & CO. S.A. y MAESTRÍA EN SALUD COLECTIVA. CARRERA DE
POSGRADO DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR, conforme surge de IF-2021-58989177-APN-DGPFE#MS.
Que mediante NO-2021-60088765-APN-DNSI#MS la DIRECCIÓN NACIONAL DE
SISTEMAS DE INFORMACIÓN manifestó que “teniendo en cuenta que han
manifestado interés en participar del proceso de selección solo tres
firmas consultoras y 1 universidad, las mismas resultan insuficientes
para conformar la lista corta de acuerdo a lo establecido por las
Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el
Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 - mayo de 2019, motivo
por el cual se solicita tenga a bien realizar una nueva convocatoria
esperando así contar con la participación necesaria para avanzar con
dicha contratación”, razón por la cual se procedió a efectuar una
segunda convocatoria conforme consta en IF-2021-60418371-APN-DGPFE#MS e
IF-2021-69514266-APN-DGPFE#MS.
Que con fecha 29 de julio de 2021 se confeccionó el Acta de Recepción
de Expresiones de Interés, por la que se asentó que se recibieron 5
expresiones de interés correspondientes a 1. UNIVERSIDAD DE BUENOS
AIRES, 2. UNIVERSIDAD DE LA MATANZA, 3. UNIVERSIDAD DE MAR DEL PLATA,
4. UNIVERSIDAD ARTURO JUARETCHE, y 5. UNIVERSIDAD TRES DE FEBRERO.
Que se realizó la evaluación de las expresiones de interés recibidas,
confeccionándose la lista corta con el siguiente orden de mérito: 1.
UNIVERSIDAD NACIONAL ARTURO JAURETCHE, 2. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES
DE FEBRERO, 3. UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA, 4. UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR- MAESTRÍA EN SALUD COLECTIVA (CARRERA DE POSGRADO DEL
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA SALUD), 5. UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES -
FACULTAD DE MEDICINA, y 6. UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA,
mientras que consideró que las propuestas de GRUPO OPEN PLUS MIND S.L.-
MEDITAR, Salud y Gestión SA y Deloitte & Co. S.A. presentan
antecedentes insuficientes para llevar adelante el servicio de
consultoría, todo lo que consta de IF-2021-91981307-APN-DNSI#MS
suscripto por representantes técnicos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
SISTEMAS DE INFORMACIÓN, y por su Directora Nacional.
Que, con el resultado de la evaluación mencionada, se procedió a la
confección de la Solicitud de la Propuesta, la que se encuentra
incorporada a las actuaciones como PLIEG-2021-97290944-APN-DGPFE#MS, y
fue comunicada a las firmas participantes.
Que recibidas consultas por los interesados en la presente
contratación, se emitió la Circular N° 1 y la Enmienda N° 1 conforme
surge de IF-2021-106290205-APN-DGPFE#MS, notificadas y comunicadas
oportunamente conforme surge de IF-2021-107502249-APN-DGPFE#MS.
Que conforme surge de IF-2021-110866729-APN-DGPFE#MS, el día de
presentación de ofertas fue recibida vía correo electrónico la
propuesta Técnica y Económica presentada por la Universidad Nacional
Arturo Jauretche, la que fue rechazada y notificada a la proponente en
los términos de la cláusula IAC 17.1 del documento de solicitud de
propuesta que establece: “Los Consultores no tendrán la opción de
presentar sus Propuestas por medio electrónico”
Que el día 15 de noviembre de 2021 se procedió a la apertura de la
propuesta, consignándose que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA,
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO, UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA
MATANZA, y UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA
presentaron tanto sus propuestas técnicas como financieras, labrándose
en consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas
IF-2021-110700429-APN-DGPFE#MS.
Que, mediante IF-2021-119076124-APN-DNSI#MS y ampliación
IF-2021-125744379-APN-DNSI#MS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE
INFORMACIÓN efectuó el Informe de Evaluación de Propuestas,
determinando los siguientes puntajes: UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES -
FACULTAD DE MEDICINA 100 PUNTOS, UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA 91
Puntos, UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO 79 puntos, y
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA 77 Puntos.
Que con fecha 6 de enero de 2022 se procedió a la apertura del Sobre 2
con la propuesta financiera de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES -
FACULTAD DE MEDICINA por haber sido la que obtuvo el mejor puntaje.
Que con fecha 12 de enero 2022 se emitió el Informe de Evaluación de
Consultores IF-2022-03589790-APNDGPFE#MS por el cual determinó que la
propuesta de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA se
ajusta técnica y financieramente a lo requerido, y que obtuvo el mayor
puntaje respecto de los competidores presentados, por lo que concluyó
recomendar iniciar la negociación del contrato con la misma, por la
suma de por la suma de PESOS ARGENTINOS QUINCE MILLONES CIENTO NOVENTA
Y SEIS MIL ($15.196.000), más impuestos indirectos por PESOS ARGENTINOS
CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($42.800).
Que, solicitada que fue a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE
MEDICINA, la misma prorrogó su mantenimiento de validez de ofertas
hasta el día 15 de marzo del corriente.
Que con fecha 7 de febrero se suscribió el Acta de Cierre de
Negociación (IF-2022-15577491-APN-DNSI#MS) por la que se expresó el
acuerdo arribado por las partes en cuanto a la disponibilidad del
personal propuesto en la oferta, el cronograma de entregas, el
calendario de pagos y se precisó que el monto total del contrato es de
PESOS ARGENTINOS QUINCE MILLONES DOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL
OCHOCIENTOS ($ 15.238.800), y que su condición frente al Impuesto al
Valor Agregado es de exento.
Que fue confeccionado el borrador contractual, el que se encuentra glosado a las actuaciones como IF-2022-15577800-APN-DNSI#MS.
Que, mediante IF-2022-16079944-APN-SGA#MS se encuentra la conformidad
brindada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente
adquisición, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 del
Decreto No 945/2017.
Que, finalmente, mediante NO-2022-20696515-APN-DGPYCP#MS la DIRECCIÓN
GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO certificó “que a la
fecha y a nivel de inciso, cuenta con los créditos necesarios incluidos
dentro de la Decisión Administrativa Nº 04 del 05 de Enero de 2022 -
Distributiva de Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a
la prórroga de la Ley Nº 27.591 del Presupuesto General de la
Administración Nacional, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del
Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021”.
Que, solicitada que fue a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE
MEDICINA, la misma prorrogó su mantenimiento de validez de ofertas
hasta el día 29 de abril del corriente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el
Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto Nº
223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.
Por ello:
EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL
DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA
PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID
5032/OC-AR
DISPONE:
ARTICULO 1°. - Apruébase lo actuado en la Solicitud de Propuestas SP
No. MSAL-114-SBC-CF para la contratación del “Servicio de consultoría
para el diseño de la estrategia de capacitación para la implementación
de la Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del Programa
Federal de Salud Digital” en el marco del “Proyecto de Respuesta
Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para
Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios
de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual
se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para
la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo de 2019).
ARTÍCULO 2°. – Rechásase la propuesta Técnica y Económica de la
Universidad Nacional Arturo Jauretche presentada por correo
electrónico, conforme los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 3°. – Adjudicase la Solicitud de Propuestas SP No.
MSAL-114-SBC-CF para la contratación del “Servicio de consultoría para
el diseño de la estrategia de capacitación para la implementación de la
Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del Programa Federal de
Salud Digital” a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA
– CUIT: 30-54666656-1, por el valor total de PESOS ARGENTINOS QUINCE
MILLONES DOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 15.238.800),
consignándose que su condición frente al Impuesto al Valor Agregado es
de exento.
ARTÍCULO 4°. - Apruébase el Acta de Cierre de Negociación
IF-2022-15577491-APN-DNSI#MS y el proyecto de contrato
IF-2022-15577800-APN-DNSI#MS, que como Anexos forman parte integrante
de la presente medida.
ARTICULO 5°. – Impútase la presente contratación de la siguiente
manera: Ejercicio 2022, Categoría Programática 16.0.0.15.0, IPP 3.0.0,
Fuente 22, Total $ 15.238.800.
ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victor Alberto Urbani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/08/2022 N° 62744/22 v. 16/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)