MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1334/2022
RESOL-2022-1334-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-37560752- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1428 del 7 de agosto de
2020 y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE
CULTURA, entre otras acciones: “Dirigir políticas de conservación,
resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación (…)
Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización
y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones
audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones
nacionales e internacionales (…) Producir y promover contenidos
relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a
público de todas las edades, en todo el país y con criterios
inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos”, y
“Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión de
contenidos educativos…”.
Que a su vez, entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL de la citada Cartera, por el artículo 2° del
Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, se encuentran los de: “Diseñar y
gestionar políticas y acciones para la conservación, resguardo y
acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación. Fomentar la
divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través
de la multiplicidad de vías existentes” y: “Proponer y gestionar
estrategias para la investigación del Patrimonio Cultural de la Nación
y coordinar su instrumentación, contribuyendo a la promoción de la
cultura y la formación ciudadana.”
Que asimismo, entre las acciones asignadas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
GESTIÓN PATRIMONIAL de dicha Secretaría por el artículo 1° de la
Decisión Administrativa N° 1428/20, se encuentran las de: “Fomentar la
producción de información actualizada y de calidad que permita
fundamentar adecuadamente la gestión patrimonial” y: “Proponer y
elaborar planes y programas de investigación sobre los distintos temas
y enfoques vinculados con el patrimonio cultural.”
Que en línea con tales objetivos, cabe apoyar la edición y publicación
de libros que enriquezcan una perspectiva crítica de la gestión pública
de museos y del patrimonio cultural.
Que así, se estima adecuado instituir la Convocatoria “Activar
Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos”, tendiente a
promover y difundir producciones originales sobre el patrimonio
cultural desde una diversidad de perspectivas y enfoques.
Que con tal iniciativa se procura fomentar la circulación de una
bibliografía vinculada a la producción de conocimiento sobre este campo
específico.
Que mediante la Convocatoria “Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre
Patrimonio y Museos”, se entregarán DIEZ (10) subsidios por un monto de
PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-) a cada uno de los/las/les
ganadores/as, destinados a contribuir con el pago de los gastos que les
irrogue la preparación, producción y edición de las obras postuladas,
conforme a las Bases y Condiciones que, como ANEXO I
(IF-2022-72466943-APN-DNGP#MC) forman parte integrante de la presente
medida.
Que, entonces, resulta procedente aprobar el citado concurso y el reglamento de bases y condiciones aplicable a él.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el
Decreto Nº 882/21 de prórroga de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y
distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de
2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y las facultades
conferidas por el artículo 1°, inciso g) del Decreto N° 101/85 y
Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización de la Convocatoria “Activar
Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos”, de conformidad
con las Bases y Condiciones que como ANEXO I
(IF-2022-72466943-APN-DNGP#MC) forman parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000.-) a
la atención del pago de los premios detallados en las Bases y
Condiciones aprobadas por el Artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL dependiente
de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación
e interpretación de las bases y condiciones aprobadas en el Artículo 1°
y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo
y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con
intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/08/2022 N° 63370/22 v. 17/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos
Bases y condiciones
El MINISTERIO DE CULTURA, a través de
la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, tiene el propósito de apoyar la
edición y publicación de libros que enriquezcan una perspectiva crítica
de la gestión pública de museos y del patrimonio cultural. En tal
sentido, esta Convocatoria busca promover y difundir producciones
originales sobre el patrimonio cultural desde una diversidad de
perspectivas y enfoques, con el objetivo de acrecentar la circulación
de una bibliografía vinculada a la producción de conocimiento sobre
este campo específico. Los proyectos editoriales que se postulen
deberán priorizar la comprensión, el abordaje o solución de un problema
o necesidad inherentes a la gestión del patrimonio cultural, entendida
como un proceso social en el que intervienen actores institucionales,
técnicos, profesionales y comunidades.
La Convocatoria Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y
Museos está destinada a autores e investigadores que reflexionan sobre
temas de actualización permanente, y a la vez fomenta la edición
nacional y local de libros por parte de editoriales universitarias o
editoriales pertenecientes a instituciones públicas, asociaciones
civiles, fundaciones o sindicatos. Es uno de sus objetivos propiciar el
diálogo entre investigadores y responsables de los museos e
instituciones culturales sobre la transferencia y articulación de
contenidos disciplinares.
Las temáticas de interés específicas tendrán por objetivo que los
proyectos generen resultados que mejoren la comprensión de aspectos
relevantes del desarrollo y las dinámicas culturales. La bibliografía
elegida debe servir, al mismo tiempo, a distintos propósitos: como
insumo básico para el diseño de políticas públicas y como herramienta
de debate e impulso para las comunidades y diversos agentes culturales,
para el fortalecimiento de un corpus de investigaciones temático; de
utilidad a la comunidad educativa, académica y científica y para el
público en general.
Se destinará un total de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000)
distribuidos en 10 (DIEZ) subsidios de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000)
cada uno.
La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL dependiente de la
SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, será la autoridad de aplicación e
interpretación de las presentes Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 1°.- Temáticas. Las propuestas podrán abordar cuestiones relativas a uno o más de los siguientes aspectos:
a) Miradas del patrimonio desde la perspectiva multicultural y el pensamiento decolonial.
b) Perspectiva crítica del antropoceno como tiempo de la intervención
humana en el planeta y sus efectos sobre el patrimonio natural y
social: crisis ambiental, extractivismo y contaminación, entre otras
consecuencias.
c) Gestión e investigación del patrimonio cultural desde perspectivas de género, feminismos, disidencias y comunidad LGTBIQ+.
d) Pasado y presente de afroargentinos/as/es y pueblos originarios a
través de relatos museológicos, acervos, cultura material y patrimonio
cultural inmaterial.
e) Rescate, recreación de textos y nuevas perspectivas sobre el
patrimonio vinculadas a colectividades y comunidades de inmigrantes.
f) Memorias e historias del patrimonio en vínculo con víctimas de
violaciones de derechos humanos, trabajadores migrantes y/o poblaciones
desplazadas.
g) Políticas públicas, gestión de fondos y colecciones incluidas en el
patrimonio de museos, bibliotecas, archivos y espacios de memoria.
La definición de líneas prioritarias de interés no reviste un carácter
excluyente; no obstante, la presentación de otras propuestas deberá ser
debidamente justificada.
ARTÍCULO 2°.- Metodología de la Convocatoria.
Para participar en la Convocatoria, los/las/les interesados/as/es
deberán comprometerse a realizar un proyecto de publicación sobre
patrimonio cultural que deberá ser publicado por una editorial cuyo
catálogo sea reconocido en la materia. Se entregarán DIEZ (10)
subsidios por un monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) a cada uno
de los/las/les ganadores/as, destinados a contribuir con el pago de los
gastos que les irrogue la preparación, producción y edición de la obra,
debiendo imprimirse una cantidad mínima de TRESCIENTOS (300) ejemplares.
ARTÍCULO 3°.- Requisitos de las Postulaciones.
Podrán postularse al presente concurso personas humanas mayores de
DIECIOCHO (18) años con ciudadanía argentina, nativos/as/es o
naturalizados/as/es o bien extranjeros/as/es con una residencia
acreditada de al menos DOS (2) años en el país.
En todos los casos, el titular del proyecto es el/la/le postulante
firmante, y es quien responde en todas las instancias y por todos los
compromisos asumidos en las presentes Bases y condiciones. Deberá
contar con una cuenta bancaria (de ahorros o cuenta corriente) para el
depósito correspondiente al monto otorgado. En el caso de obras
colectivas, la presentación deberá ser realizada por uno/a/e de los
autores/as/es, quien deberá ser designado mediante nota firmada por el
resto de los coautores/as como responsable administrativo de la
postulación.
Si el libro fuera la adaptación de una tesis en cualquiera de los
niveles académicos, o la edición de una producción de conocimiento en
el ámbito de la gestión del patrimonio cultural, el contenido deberá
ser rigurosamente inédito. El/la/le titular del proyecto responderá
ante el MINISTERIO DE CULTURA frente a cualquier eventualidad vinculada
con el DERECHO DE AUTOR de la obra.
No podrán presentarse personas que se encuentren prestando servicios en
el MINISTERIO DE CULTURA, bajo cualquiera de las modalidades de
contratación.
ARTÍCULO 4°.- Inscripción. Los/las/les
autores/as/es postulantes deberán inscribirse en el sitio
https://somos.cultura.gob.ar/ completando el formulario de inscripción
digital cuyos campos se corresponden con los expresados en el ANEXO A
de las presentes Bases y condiciones.
Asimismo deberán presentar copias digitales del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y de la constancia de CUIL o CUIT.
Para consultas sobre aspectos específicos del ingreso de datos en el
formulario, deberán dirigirse por correo electrónico a la siguiente
dirección:
fondoeditorialpatrimonio@cultura.gob.ar
Las consultas sobre el Registro Federal de Cultura deberán enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección:
consultas.rfc@cultura.gob.ar
El/la/le autor/a/e postulante deberá adjuntar a la postulación online la siguiente documentación:
a) Copia del libro postulado en formato digital PDF.
b) Currículum Vitae del/la/le o los/las/les autor/a/e o autores/as.
c) Catálogo editorial resumido que acredite la trayectoria de la
editorial que producirá el libro, en lo que hace a la edición y
distribución en todo el país de obras cuyos contenidos aporten a la
reflexión, investigación y gestión de los museos y el patrimonio
cultural. Puede incluir enlaces a sitios webs y/o publicaciones en
línea que acrediten los antecedentes mencionados.
d) Carta aval dirigida a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL
de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA
firmada por el responsable de la Editorial que producirá el libro,
según el modelo previsto en el ANEXO B.
e) Para obras de carácter colectivo, carta firmada por todos
los/las/les autores/as/es de la obra designando a la persona
presentante como responsable administrativo/a/e de la postulación y
autorizando la publicación del libro referido en caso de resultar
seleccionado, según el modelo previsto en el ANEXO C.
ARTÍCULO 5°.- Plazos y presentaciones. La
presentación de las postulaciones y la documentación correspondiente se
podrá efectuar desde el segundo día hábil siguiente a la publicación en
el Boletín Oficial de la Resolución que aprueba estas Bases y
condiciones y hasta TREINTA (30) días corridos después. La postulación
se hará exclusivamente a través del sitio web del REGISTRO FEDERAL DE
CULTURA del MINISTERIO DE CULTURA: https://somos.cultura.gob.ar/
La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL podrá prorrogar hasta
TREINTA (30) días corridos la fecha límite para la recepción de
postulaciones, debiendo anunciarlo a través del sitio web del
MINISTERIO DE CULTURA, con una antelación no menor a TRES (3) días y
mediante publicación en el Boletín Oficial.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Circular N° 2
de la Dirección Nacional de Gestión Patrimonial B.O. 16/09/2022, se
prorroga desde su vencimiento y hasta el 19 de octubre de 2022, el
plazo para la recepción de postulaciones para la Convocatoria “Activar
Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos”, aprobada por el
artículo 1° de la presente resolución)
ARTÍCULO 6°.- Evaluadores y Proceso de Selección. La
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA evaluará el cumplimiento
de los requisitos formales de la presentación, teniendo en cuenta los
criterios expresados en las presentes Bases y condiciones. Las
postulaciones serán analizadas y seleccionadas por una Comisión
Evaluadora, designada mediante acta suscripta por la precitada
Dirección Nacional y conformada por CUATRO (4) funcionarios/as/es y/o
agentes que actúen en el ámbito de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL
y UN (1) especialista externo con probada trayectoria en el ámbito del
Libro. La Comisión Evaluadora podrá designar hasta DOS (2) proyectos
ganadores suplentes, para cubrir la vacante en caso de renuncia o
incumplimiento de estas Bases y condiciones por parte de alguno de los
ganadores titulares.
Las decisiones de la Comisión Evaluadora serán irrecurribles.
ARTÍCULO 7°.- Criterios de Evaluación. La Comisión Evaluadora tomará en cuenta los siguientes criterios de evaluación:
- Relevancia del tema.
- Originalidad de la obra.
- Aportes al campo disciplinar y otros elementos, criterios y/o
características que se consideren pertinentes, debidamente fundados.
- Catálogo de la editorial propuesta y sus antecedentes.
ARTÍCULO 8°.- Publicación de los resultados. Los
resultados de la presente Convocatoria serán publicados en el sitio web
del MINISTERIO DE CULTURA. Asimismo, la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN
PATRIMONIAL notificará por correo electrónico a los/las/les
participantes que resulten ganadores.
ARTÍCULO 9°.- Otorgamiento de fondos. El monto se efectivizará en una cuota, una vez que el/la/le postulante presente la siguiente documentación:
a) Registro de ISBN otorgado por la Cámara Argentina del Libro.
b) Contrato de edición de la obra en el ámbito del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, celebrado entre el/la/le autor/a/e y la editorial
seleccionada.
c) Especificaciones técnicas del libro.
Para la recepción efectiva de los fondos, las/les beneficiarias/es
deberán cumplimentar la documentación administrativa necesaria, según
la normativa vigente del MINISTERIO DE CULTURA, la cual será informada
oportunamente.
ARTÍCULO 10.- Consideraciones generales. El
libro editado en el marco de la presente Convocatoria deberá incluir en
la página de legales la leyenda: “Con el apoyo del MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN” y los logotipos correspondientes, que serán
entregados oportunamente al titular responsable.
Los/las/les titulares responsables de los proyectos seleccionados se
comprometen a entregar la cantidad de CUARENTA (40) ejemplares del
libro impreso sin costo a la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del
MINISTERIO DE CULTURA, en un plazo no mayor a DOCE (12) meses, contados
a partir de la efectivización del pago. Los ejemplares recibidos serán
distribuidos a los Museos e Institutos Nacionales y otras instituciones
vinculadas con el tema. Asimismo, se requerirá la entrega del remito de
impresión de imprenta por parte de los/las/les titulares responsables
de los proyectos.
La SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL se compromete a no hacer un uso
indebido de los trabajos de investigación postulados, y se reserva el
derecho de dejar vacantes todos o alguno de los beneficios.
ARTÍCULO 11.- Aceptación de Bases y condiciones.
Cualquier situación no determinada en las presentes Bases y
condiciones, será resuelta por la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN
PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL y la decisión será
inapelable. El hecho de inscribirse y participar de la presente
Convocatoria implica la aceptación y conocimiento de todas sus
cláusulas.
Resultarán de aplicación en lo pertinente, a la presente Convocatoria,
las disposiciones de la Resolución N° 2329 del 29 de agosto de 2008 de
la ex SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 12.- Incumplimiento de las Bases y condiciones.
El incumplimiento de las obligaciones emergentes de los artículos 2°,
10, 13 y concordantes, como así también de cualquiera de las
obligaciones previstas en las presentes Bases y condiciones, dará lugar
a la declaración de caducidad del beneficio acordado, en los términos
del artículo 21 de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N°
19.549 y, en su caso, al reintegro de lo recibido.
ARTÍCULO 13.- Rendición de cuentas.
Los/las/les adjudicatarios/as/es de los subsidios previstos en la
presente Convocatoria deberán presentar, dentro de los TREINTA (30)
días de entregados los libros que prevé el artículo 10, segundo
párrafo, las facturas o tiques originales correspondientes a los gastos
de preparación, producción y edición de la obra, emitidos a su nombre.
Pueden emitirse comprobantes a Consumidores Finales. La fecha de
emisión del comprobante de gastos debe estar relacionada con la
actividad objeto del subsidio. En caso contrario se deberá expresar la
justificación que determine la diferencia entra la fecha de emisión y
la de la realización de la actividad. No debe presentar enmiendas, ni
tachaduras que no hayan sido debidamente salvadas por la editorial.
Deben ser ejemplares que se ajusten a la normativa legal vigente para
el régimen de facturación de la A.F.I.P.
La presentación de los comprobantes puede ser realizada personalmente
por ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA
DE PATRIMONIO CULTURAL o en forma digital al correo electrónico
fondoeditorialpatrimonio@cultura.gob.ar.
Anexo A
Formulario de inscripción digital
Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos
El presente anexo contiene la información requerida en el formulario de inscripción online.
No es necesario adjuntar este anexo al formulario; su inclusión en las
bases y condiciones se encuentra exclusivamente destinada a orientar a
los/las/les interesados/as/es sobre la información que necesitarán para
inscribirse en la Convocatoria.
Datos del autor/a/e responsable del proyecto editorial
Nombre y apellido: ....................................................................................
Dirección:...........................................................................
CUIT/CUIL: ...................................................................
Título del libro: .............................................................................
Autores/as (para el caso de obras de carácter colectivo): ....................................................
Temática en la cual se inscribe la propuesta editorial (seleccionar entre las líneas propuestas por la Convocatoria o proponer una):...................................................
Resumen o abstract del libro (hasta 6000 caracteres):..................................................
Palabras clave (hasta 5):................................
Editorial propuesta:..............................
Anexo B
Carta compromiso de la Editorial
Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos
[FECHA Y LUGAR]........................,........de.......................de 2022.
A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL
PRESENTE.
En representación del sello
editorial.........................................................con
CUIT/CUIL................................... y con domicilio
en...................................., manifiesto el compromiso de
aceptación de las Bases y condiciones de la convocatoria Activar
Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos, en caso de
resultar ganadora la postulación del título
...................................................., cuyo
autor/a/e/autores/as es/son
............................................................................
Declaro que nuestro sello editorial incluye un catálogo de [.....]
títulos y [.....] años de trayectoria en la materia en el mercado
editorial. Asimismo manifiesto expresamente nuestra conformidad con los
requerimientos de calidad, cantidad y tiempo de la edición exigidos en
las Bases y condiciones, ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN
PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE
CULTURA.
Por este medio, me comprometo a:
a) Incorporar en la página de legales la leyenda: “Con el apoyo del
Ministerio de Cultura de la Nación” y el logotipo correspondiente y/o
la mención institucional que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN
PATRIMONIAL de la SECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE
CULTURA indique oportunamente.
b) Imprimir al menos TRESCIENTOS (300) ejemplares, de los cuales
CUARENTA (40) serán donados a la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del
citado Ministerio, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN
PATRIMONIAL, en un plazo no mayor a DOCE (12) meses desde la
efectivización del pago.
FIRMA:...............................
NOMBRE Y APELLIDO: Sr./Sra............................................
DNI..............................
Anexo C
Carta de los/las/les autores/as.
Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos
A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL
PRESENTE
Por la presente manifestamos expresamente nuestro acuerdo y
autorización para la postulación a la edición del libro de nuestra
autoría................................, por el sello
editorial.............................................., representado
en este acto por el
Sr./Sra............................................, coautor/a/e de la
obra postulada, de acuerdo a lo requerido por las Bases y condiciones
de la Convocatoria Activar Patrimonio: Fondo Editorial sobre Patrimonio
y Museos.
La presente autorización delega en el/la/le representante la recepción
del monto total en el caso de que la obra postulada sea elegida, así
como las gestiones y la calidad respectivas de la edición de dicho
libro, según las Bases y condiciones mencionadas, las cuales
manifestamos conocer y aceptar.
FIRMAS:.................................
NOMBRES Y APELLIDOS:...........................
DNI:..........................................