MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL
Resolución 30/2022
RESOL-2022-30-APN-SDC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-105263576- -APN-DGD#MC, el CONVENIO
MARCO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA
NACIÓN Y EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Nº
CONVE-2021-08041161-APN-MC de fecha 28 de enero de 2021, el CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN Y EL CONSEJO
FEDERAL DE CULTURA Nº CONVE-2022-30857442-APN-DGD#MC de fecha 31 de
marzo de 2022, la Resolución Nº 24 de fecha 29 de julio de 2022 de la
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, y
CONSIDERANDO:
Que a través del CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL celebrado
entre MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE SALUD DE LA
NACIÓN Nº CONVE-2021-08041161-APN-MC, tiene por objeto establecer una
relación de cooperación recíproca y equitativa que facilite, estimule y
potencie la construcción de una cultura comunitaria de la salud,
buscando facilitar la inserción y/o relación entre las actividades
artísticas y las del ámbito sanitario, para enriquecer las herramientas
en las acciones destinadas a la prevención y promoción de la salud, los
procesos terapéuticos y de rehabilitación.
Que mediante el CONVENIO DE COLABORACIÓN suscripto entre el MINISTERIO
DE CULTURA DE LA NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Nº
CONVE-2022-30857442-APN-DGD#MC, se puso en marcha el CONCURSO NACIONAL
DE MURALISMO “RAMÓN CARRILLO”, que convoca a creadoras/es y artistas
visuales de todas las Provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, mayores de DIECIOCHO (18) años, que sean ciudadanos/as/es
nativos/as/es, naturalizados/as/es o residentes permanentes, para la
presentación (individual o colectiva) de proyectos para la realización
de VEINTICUATRO (24) murales, UNO (1) por cada Provincia de nuestro
país más la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en homenaje a las y los
trabajadores de la salud, cuyo Reglamento de Bases y Condiciones figura
en el ANEXO I (IF-2022-13081499-APN-DCCFC#MC) que forma parte
integrante del citado Convenio.
Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL fue designada como la
autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento de Bases y
Condiciones, encontrándose facultada para el dictado de las normas de
carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su
implementación.
Que por la Resolución S.D.C. Nº 24/22 (RESOL-2022-24-APN-SDC#MC) se
designó la nómina de Jurados para realizar la evaluación y selección de
proyectos pertinentes, conforme el detalle del ANEXO I
(IF-2022-13081499-APN-DCCFC#MC) que forma parte integrante de la citada
medida.
Que, con fecha 29 de julio del corriente año, se reunió el Jurado de la
convocatoria integrado en los términos del Reglamento de Bases y
Condiciones ANEXO I (IF-2022-13081499-APN-DCCFC#MC) del CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN Y EL CONSEJO
FEDERAL DE CULTURA Nº CONVE-2022-30857442-APN-DGD#MC, y realizó la
selección de los proyectos correspondiente al CONCURSO NACIONAL DE
MURALISMO “RAMÓN CARRILLO”, según detalle incorporado en el Acta de
Evaluación que como ANEXO I (IF-2022-79969775-APN-DCCFC#MC) forma parte
integrante de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas por el Decreto Nº 50/19 y su modificatorio.
Por ello,
LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la nómina de los proyectos correspondiente al
CONCURSO NACIONAL DE MURALISMO “RAMÓN CARRILLO”, de acuerdo con el
detalle consignado en el Acta de Evaluación suscripta por el Jurado
que, como ANEXO I (IF-2022-79969775-APN-DCCFC#MC), forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Maria Lucrecia Cardoso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/08/2022 N° 65303/22 v. 23/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)