INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN
Disposición 5/2022
DI-2022-5-APN-DPYC#INTI
Ciudad del Libertador General San Martin, Buenos Aires, 22/08/2022
VISTO el expediente electrónico N° EX-2022-77747437-APN-DA#INTI, el
Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, la Ley Nº
27.275, las Resoluciones del CONSEJO DIRECTIVO Nros. 8 de fecha 16 de
marzo de 2018, 6 de fecha 7 de marzo de 2020 y 3 de fecha 30 de enero
de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467,
fue creado el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) como
organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO
DE COMERCIO E INDUSTRIA.
Que por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO Nº 8/18 se fijaron las
pautas generales para determinar la metodología de costeo,
arancelamiento y bonificaciones otorgables sobre los servicios a ser
aplicados por el sistema de Centros de Investigación y Desarrollo y los
Programas del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), con
excepción de aquellos que están regulados por reglamentaciones y/o
disposiciones específicas.
Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, a través de la
SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS, tiene a su cargo
determinar los costos y proponer los aranceles para la prestación de
los servicios ofrecidos por el Instituto.
Que mediante el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N°
3/21, se autorizó a la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN a
actualizar los valores de los aranceles de los servicios regulados y no
regulados (sistematizados y no sistematizados), de conformidad con la
metodología de arancelamiento establecida por el Anexo I de la
Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18.
Que dicha autorización comprende además la facultad de ordenar la actualización de los nuevos aranceles en el sistema PRESEA.
Que la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS, dependiente de la
DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, mediante el
IF-2022-78886965-APN-SOIYC#INTI obrante en el orden número 2 de las
actuaciones citadas en el VISTO, propuso actualizar los valores de los
aranceles de los servicios previstos en la Resolución del CONSEJO
DIRECTIVO N° 6/20, correspondientes a las verificaciones efectuadas por
el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), para los
instrumentos correspondientes al control de medición de molienda;
instrumentos de pesar de funcionamiento no automático; pesas;
surtidores de combustibles líquidos; etilómetros; medidas de longitud
de uso general, medidas de capacidad, cinemómetros (Portátiles y de
Instalación Fija), así como los de verificación primitiva para
aprobación de modelo de efecto limitado de tanques fijos de
almacenamiento y termómetros clínicos de líquido termométrico en vidrio
destinados a medir la temperatura del cuerpo humano y termómetros
clínicos eléctricos digitales con dispositivo de medición de
temperatura máxima
Que el artículo 32, Titulo II de la Ley Nº 27.275 - Ley Derecho de
Acceso a la Información Pública, ordena que “los sujetos obligados
enumerados en el artículo 7° de la presente ley, con excepción de los
indicados en sus incisos i) y q), deberán facilitar la búsqueda y el
acceso a la información pública a través de su página oficial de la red
informática, de una manera clara, estructurada y entendible para los
interesados y procurando remover toda barrera que obstaculice o
dificulte su reutilización por parte de terceros.”
Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), en su
carácter de organismo descentralizado, se encuentra dentro de los
sujetos alcanzados por la Ley Nº 27.275 y debe ajustar su accionar a la
normativa precitada.
Que a fin de dotar de transparencia activa y facilitar el libre acceso
de las personas a la información referida a los valores de los
aranceles que conforman la oferta tecnológica que brinda el INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), corresponde establecer que
los mismos sean publicados en el sitio web www.inti.gob.ar.
Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, mediante el
IF-2022-79296045-APN-DPYC#INTI obrante en el orden número 6, la
DIRECCIÓN OPERATIVA, mediante el IF-2022-83058170-APN-DO#INTI obrante
en el orden número 8, la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el
IF-2022-83785558-APN-DA#INTI obrante en el orden número 11 y la
GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, mediante la
PV-2022-84982594-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 13, han
tomado intervención sin tener objeciones que formular.
Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3, de
fecha 30 de enero de 2021.
Por ello,
EL DIRECTOR DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Actualícense, a partir de la fecha de publicación de la
presente, los valores de los aranceles correspondientes a las
verificaciones efectuadas por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
INDUSTRIAL (INTI), para los instrumentos correspondientes al control de
medición de molienda; instrumentos de pesar de funcionamiento no
automático; pesas; surtidores de combustibles líquidos; etilómetros;
medidas de longitud de uso general, medidas de capacidad, cinemómetros
(Portátiles y de Instalación Fija), así como los de verificación
primitiva para aprobación de modelo de efecto limitado de tanques fijos
de almacenamiento y termómetros clínicos de líquido termométrico en
vidrio destinados a medir la temperatura del cuerpo humano y
termómetros clínicos eléctricos digitales con dispositivo de medición
de temperatura máxima, de conformidad a lo establecido en el Anexo I
(IF-2022-78878952-APN-SOIYC#INTI) que forman parte integrante de la
presente Disposición.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese, a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA
dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, a publicar en el sitio web
www.inti.gob.ar, el listado de los valores de los aranceles de los
servicios actualizados por el artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese, a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA
dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, a establecer en el sistema
PRESEA los valores de los aranceles de los servicios actualizados por
el artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 4°.- Póngase la presente en conocimiento del CONSEJO DIRECTIVO.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Hernan Pedro Vigier
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/08/2022 N° 65813/22 v. 24/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
(Nota Infoleg:
las normas que actualizan los valores de los aranceles aprobados
por la presente Resolución que se hayan publicado en Boletín Oficial
pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")