ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E.
Resolución 131/2022
RESOL-2022-131-APN-AGP#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2022
VISTO el Expediente Nro. EX-2022-74287951-APN-MEG#AGP, del Registro de
esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución AGPSE Nro. 19 de fecha 13 de marzo de 2012, se fijó
el monto por el cual se determina qué otorgamiento de Permiso de Uso
corresponde someter a consideración y tratamiento en Reunión de
Intervención, el cual fuera establecido en PESOS ARGENTINOS UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-).
Que, mediante Informe N° IF-2022-75287296-APN-GC#AGP la Gerencia
Comercial informó que oportunamente, y en virtud de lo solicitado por
la Autoridad de esta Administración del Estado, mediante la Nota N°
NO-2022-66603983-APN-GC#AGP, realizó un análisis con el fin de
actualizar el monto fijado en la precitada Resolución, el cual se
detalla a continuación en sus puntos más relevantes:
-”…Se entiende pertinente establecer dicho monto en Dólares
Estadounidenses por ser dicha divisa en la que se encuentran fijadas
las tarifas aplicables a los Permisos de Uso.
- La cotización del Dólar Billete para la Venta en el Banco de la
Nación Argentina el día 13 de marzo de 2012 era de Pesos Argentinos
cuatro con treinta y seis ($ 4,36.-), es decir, el monto fijado por la
Resolución AGPSE Nro. 19/2012 expresado en dicha divisa sería
equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL
TREINTA Y SIETE (USD 344.037.-).
- Ahora bien, a fin de actualizar dicho monto en la divisa extranjera,
se entiende pertinente ajustar por la inflación sufrida desde la fecha
de la Resolución nombrada hasta la actualidad, la cual rondaría
alrededor del VEINTIOCHO POR CIENTO (28%) conforme la información
publicada por U.S. Bureau of Labor Statistics, resultando el monto
actualizado en aproximadamente DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS
CUARENTA MIL (USD 440.000.-).
- Por último, cabe resaltar que al momento de establecerse el monto
fijado por la Resolución AGPSE Nro. 19/2012, se encontraban vigentes,
por Resolución AGPSE Nro. 38/2009, las tarifas aplicables a los
Permisos de Uso, las cuales posteriormente fueron actualizadas por
Resolución AGPSE Nro. 69/2016, incrementándose las mismas en un
promedio cercano al DOSCIENTOS CUARENTA POR CIENTO (240%), el cual se
entiende también debería aplicarse para actualizar el monto en trato
con el fin de no someter a Reunión de Intervención otorgamientos que
por el espíritu de la norma aplicable no deberían tratarse en virtud de
su relevancia. En ese sentido, el monto a fijarse se entiende
pertinente actualizarlo a DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN (USD
1.000.000.-).
- En función del monto resultante para elevar los otorgamientos de
Permisos de Uso que deberían someterse a Reunión de Intervención y
tomando como base de análisis los Permisos de Uso actualmente vigentes,
se concluye que se encontrarían dentro de ese tratamiento
aproximadamente el 20% de los permisionarios, los cuales representan
cerca del 80% de los ingresos por Permisos de Uso de esta
Administración…”
Que, asimismo, la mencionada GERENCIA COMERCIAL amplía el Informe
referenciado en el considerando precedente a través del Informe N°
IF-2022-83789572-APN-GC#AGP, donde en línea con lo ya expuesto, detalla
cuáles son los permisos que seguirían sometiéndose al ámbito de la
Reunión de Intervención, los que representan en OCHENTA POR CIENTO
(80%) de los ingresos de esta ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO en materia de uso de sueles de carácter precario.
Que, teniendo en cuenta los supuestos económicos citados
precedentemente, esta Sociedad del Estado entiende pertinente
actualizar el monto mencionado en DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN
(USD 1.000.000.-).
Que han tomado la intervención de sus competencias la GERENCIA
COMERCIAL, GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, GERENCIA DE ASUNTOS
JURÍDICOS y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.
Que los presentes actuados han sido sometidos a tratamiento y
aprobación en Reunión de Intervención de fecha 11 de agosto de 2022.
Que la presente medida se adopta en ejercicio de las atribuciones
establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ley Nro. 23.696, del
Estatuto Orgánico de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL
ESTADO aprobado por el Decreto Nro. 1456/1987, y el Decreto Nro.
501/2020.
Por ello,
EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase la actualización del monto fijado en la
Resolución AGPSE Nro. 19/2012 por el cual se determina qué otorgamiento
de Permiso de Uso corresponde someter a consideración y tratamiento en
Reunión de Intervención en DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN (USD
1.000.000.-) en un plazo de 5 años o su proporcional.
ARTICULO 2º.- Por la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA dependiente de la
GERENCIA GENERAL, comuníquese a todas las dependencias de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO y remítase para
su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Oportunamente, remítase a la guarda temporal.
José Carlos Mario Beni
e. 25/08/2022 N° 65977/22 v. 25/08/2022