FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Resolución 624/2022
RESFC-2022-624-APN-PD#FNA
Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-78860028- -APN-GO#FNA, las Leyes Nros.
24.185 y 25.164, los Decretos Nros. 214 de fecha 27 de febrero de 2006,
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 415 de fecha 30 de junio de 2021,
y 103 de fecha 2 de marzo de 2022; la Resolución N° 53 de fecha 22 de
marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial que aprobara el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que por el Decreto N° 415/21 se homologó el Acta suscripta entre el
Estado Empleador y la representación gremial con fecha 26 de mayo de
2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público, por la cual se
acordó, como cláusula tercera, elaborar una Propuesta de Régimen de
Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el
personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público homologado por Decreto N° 2098/08 y sus
modificatorios, por parte del Estado Empleador previa consulta a las
Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de
Interpretación y Carrera.
Que mediante el Decreto N° 103/22 se homologó el Acta suscripta entre
el Estado Empleador y la representación gremial con fecha 26 de
noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público, por la cual
se acordó, como cláusula tercera, sustituir la cláusula tercera del
acta acuerdo de dicha comisión negociadora que había sido homologada
por Decreto N° 415/21.
Que la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera ha tomado la
intervención de su competencia mediante Acta N° 172 de fecha 18 de
febrero de 2022.
Que por la Resolución N° 53/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen
de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para
el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, que como Anexo II
forma parte integrante de la medida.
Que en el marco de lo establecido en el artículo 2° del citado Régimen,
la COORDINACION DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la GERENCIA DE
OPERACIONES comunicó a la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y EVALUACIÓN DE
GASTOS EN PERSONAL de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO
DE ECONOMÍA la totalidad de personal que se encontrare en condiciones
de ascender de nivel escalafonario, indicando la cantidad de cargos por
Nivel escalafonario (Conf. NO-2022-52470226-APN-CRRHH#FNA).
Que, asimismo, el artículo 4° del Anexo II, de la mencionada
resolución, dispone que “El titular de la Jurisdicción u organismo
descentralizado dispondrá el inicio del Proceso de Valoración por
Evaluación y Mérito para la promoción de nivel, designará a los
miembros integrantes del Comité de Valoración, designará al Secretario
Técnico Administrativo del Comité y aprobará el cronograma del proceso
en el mismo acto administrativo”.
Que, a fin de sustanciar el procedimiento para la Valoración por
Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, resulta necesario
integrar el Comité de Valoración de conformidad con lo establecido en
el artículo 5° del referido Régimen.
Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA DEL PERSONAL
dependiente de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la
SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha indicado la nómina de
sus miembros representantes para el mencionado Comité. (Conf. Nota
NO-2022-66638785-APN-DGYDCP#JGM).
Que la COORDINACION DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la GERENCIA DE
OPERACIONES ha tomado la intervención de su competencia (Conf. Informe
IF-2022-82943173-APN-CRRHH#FNA).
Que la SUBGERENCIA LEGAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se adopta en consideración de las atribuciones
establecidas por el artículo 4° del Régimen de Valoración por
Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por la Resolución N° 53 de
fecha 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Decreto 1224/58 y su
reglamentación.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por iniciado el proceso correspondiente al Régimen
de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel del
personal de Planta Permanente del Sistema Nacional de Empleo Público
del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, previsto por el Anexo II de la
Resolución N° 53/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con el cronograma que
como Anexo N° IF-2022-82053585-APN-CRRHH#FNA forma parte integrante de
la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Dáse por iniciado el proceso correspondiente al Régimen
Transitorio y Excepcional para la readecuación voluntaria de grados
para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, previsto por
el Anexo I de la Resolución N° 53/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3º.-Designanse como integrantes del Comité de Valoración a las
personas que se detallan en el Anexo I
(IF-2022-82054872-APN-CRRHH#FNA), que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 4º.- Designase como Secretaria Técnico Administrativo, a la
persona que se detalla en el Anexo II (IF-2022-82375937-APN-CRRHH#FNA),
que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mariana Claudia Bellotto - Jorge Leonardo Mordkowicz - Isabel Diana Saiegh
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/08/2022 N° 66021/22 v. 25/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)