MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución 158/2022
RESOL-2022-158-APN-SH#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2022
Visto el expediente EX-2022-62715145- -APN-DGDA#MEC, la ley 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional y el decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 15 del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre
de 2007 se determinan excepciones a las disposiciones del artículo 15
de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional.
Que dentro de esas excepciones se incluyen las contrataciones de obras
que inciden en ejercicios futuros cuyo monto total no supere la suma
que para tal fin determine la Secretaría de Hacienda dependiente del
Ministerio de Economía.
Que resulta necesario actualizar el importe vigente de excepción de
doscientos veintinueve millones quinientos mil pesos ($ 229.500.000),
fijado en la resolución 116 del 28 de julio de 2021 de la Secretaría de
Hacienda del Ministerio de Economía (RESOL-2021-116-APN-SH#MEC).
Que la suma que se establece en la presente resolución busca lograr un
mayor grado de flexibilidad y permitir al mismo tiempo el inicio de
aquellas obras con impacto en ejercicios futuros, de menor tamaño y de
requerimientos financieros no significativos.
Que mediante la disposición 1 del 11 de enero de 2022 de la Dirección
Nacional de Inversión Pública dependiente de la Subsecretaría de
Coordinación Presupuestaria de la ex Secretaría de Evaluación
Presupuestaria, Inversión Pública y Participación Público Privada de la
Jefatura de Gabinete de Ministros (DI-2022-1-APN-DNIP#JGM) se determina
el monto de hasta ochocientos ochenta y tres millones de pesos ($
883.000.000) para aquellos proyectos de inversión que puede aprobar el
organismo o ente iniciador para incluir en el Plan Nacional de
Inversión Pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la
ley 24.354.
Que se considera que el importe de cuatrocientos cuarenta y un millones
quinientos mil pesos ($ 441.500.000), resultará adecuado para el
cumplimiento de los objetivos expresados, ponderando que, las nuevas
obras de inversión plurianuales autorizadas en la planilla anexa al
artículo 11 de la ley 27.591 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el ejercicio 2021, vigente conforme el
artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias, en los términos del
decreto 882 del 23 de diciembre de 2021, con costos totales menores a
esa cifra, alcanzan el dos por ciento (2%) del monto plurianual
previsto en proyectos de inversión.
Que desde su implementación, el límite de excepción a la expresa
autorización de contratación plurianual de obras de inversión
representa el cincuenta por ciento (50%) del aludido monto fijado por
la autoridad rectora en materia de inversión pública.
Que la ampliación del aludido límite de excepción permitirá mitigar el
trabajo operativo que conllevan las iniciativas de relativa magnitud
con impacto plurianual.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en concordancia con las facultades previstas
en la parte “in fine” del quinto párrafo del artículo 15 del anexo al
decreto 1344/2007.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establecése en la suma de cuatrocientos cuarenta y un
millones quinientos mil pesos ($ 441.500.000) el importe de las nuevas
obras de inversión cuya contratación queda exceptuada de las
disposiciones del artículo 15 de la ley 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, a
que se refiere el quinto párrafo del artículo 15 del anexo al decreto
1344 del 4 de octubre de 2007.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Raul Enrique Rigo
e. 25/08/2022 N° 66003/22 v. 25/08/2022