COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS
Decreto 542/2022
DCTO-2022-542-APN-PTE - Dase por designada Presidenta.
Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-68060266-APN-DGD#MC, la Ley N° 12.665 y
sus modificatorias, el Decreto N° 2525 del 24 de noviembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 1) del artículo 1° bis de la Reglamentación de la Ley N°
12.665 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto N° 2525/15,
establece que el Presidente o la Presidenta y los o las Vocales de la
COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS
serán designados o designadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a
propuesta del MINISTERIO DE CULTURA.
Que el MINISTERIO DE CULTURA ha propuesto a la profesora Mónica Susana
CAPANO para ocupar el cargo de Presidenta de esa Comisión Nacional, por
el período de SEIS (6) años previsto en el artículo 1° bis de la Ley N°
12.665.
Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de ese
organismo desconcentrado, corresponde proceder a la cobertura del cargo
vacante mencionado precedentemente, según la propuesta elevada.
Que se han tenido debidamente en cuenta las cualidades morales y
técnicas de la funcionaria propuesta, que acreditan la idoneidad
suficiente y los antecedentes institucionales requeridos para el
desempeño de la función.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de acuerdo con
las previsiones contempladas en el artículo 1° bis de la Ley N° 12.665
y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada, a partir del 13 de julio de 2022 y
por el término de SEIS (6) años, a la profesora Mónica Susana CAPANO
(D.N.I. N° 10.134.825) como Presidenta de la COMISIÓN NACIONAL DE
MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, organismo desconcentrado
dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE
CULTURA.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Tristán Bauer
e. 26/08/2022 N° 67059/22 v. 26/08/2022