MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Resolución 169/2022
RESOL-2022-169-APN-MRE
Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2022
VISTO el Expediente EX-2022-33633648-APN-DGD#MRE, las Leyes N°. 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus
modificatorias, la Ley N° 27.431 y sus modificatorias, el Decreto N°
167 del 2 de marzo de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 incorporó a la Ley
Complementaria Permanente del Presupuesto Nº 11.672 y sus
modificatorias la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear
unidades ejecutoras especiales temporarias y/o para gestionar planes,
programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo
determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos
humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una
duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley
de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.
Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus
respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los
términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431, y a designar a sus
titulares, previa intervención de la actual DIRECCIÓN NACIONAL DE
DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que nuestro país, la región y el mundo atraviesan múltiples desafíos
derivados de medidas de tipo ambiental que tienen impacto en las
relaciones económicas internacionales.
Que, en ese marco, resulta menester la creación de una unidad de
carácter especial en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES
ECONÓMICAS INTERNACIONALES de este Ministerio que permita gestionar en
forma integral los distintos aspectos involucrados en la compleja tarea
de análisis de los desafíos y oportunidades que presenta esta nueva
situación internacional, en el marco de las relaciones económicas
internacionales, con vistas a generar las respuestas diplomáticas en el
orden multilateral, regional y bilateral que corresponda, así como las
medidas locales necesarias de adaptación a esa realidad.
Que la figura de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA, instaurada
por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y el Decreto Nº 167/2018, es la
que mejor se ajusta a las necesidades actuales de la Jurisdicción para
el desarrollo de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES
ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL
DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención que le compete.
Que han tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS,
la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y las áreas
competentes de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 1°del Decreto N°167/18.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE
RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE en el ámbito de la SECRETARÍA DE
RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con el objeto de analizar y
gestionar en los distintos aspectos en materia de medio ambiente y
requerimientos ambientales que tienen impacto en las relaciones
económicas internacionales.
ARTÍCULO 2º.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE tendrá como objetivos:
a. Asesorar a la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES en
la formulación y coordinación de las relaciones económicas
internacionales vinculadas con requerimientos ambientales de terceros
países para que las exportaciones argentinas puedan acceder o mantener
el acceso a dichos mercados con el objeto de generar las respuestas en
el orden multilateral, regional y bilateral.
b. Coordinar un Grupo de Trabajo interdisciplinario interno e
interministerial que analizará la compatibilidad de la normativa
europea y de otros países con las obligaciones emanadas de los
instrumentos jurídicos multilaterales, regionales y bilaterales
relevantes en materia de requerimientos ambientales con impacto
económico comercial
c. Participar en la evaluación, la elaboración de las posiciones de la
REPÚBLICA ARGENTINA y en las negociaciones, en los ámbitos
multilateral, regional o bilateral, en las que se trataren cuestiones
relacionadas con el comercio internacional y el medio ambiente.
d. Colaborar con y asistir al sector privado, en coordinación con las
áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica
en la materia, en la articulación de acciones en cuestiones
relacionadas con requerimientos ambientales que permitan facilitar el
acceso de los productos argentinos a los mercados externos.
ARTÍCULO 3º.- La UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA DE RELACIONES
ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE estará a cargo de un funcionario del
SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN. La función de titular de la citada
Unidad revestirá carácter “ad honorem”.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase Titular de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL
TEMPORARIA DE RELACIONES ECONÓMICAS Y MEDIO AMBIENTE, al señor Ministro
Plenipotenciario de Segunda Clase D. Adrián Daniel SERRA (DNI N°
17.504.746).
ARTÍCULO 5º.- La Unidad creada por el artículo 1° de la presente medida
quedará disuelta a los DOS (2) años a contar desde su fecha de creación.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida no implica modificación al presupuesto
de la JURISDICCIÓN 35 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero
e. 29/08/2022 N° 67061/22 v. 29/08/2022