DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Disposición 952/2022
DI-2022-952-APN-RENAPER#MI
Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-74234277-APN-RENAPER#MI, las Leyes Nº
17.671 y sus modificatorias, Nº 25.506, y Nº 27.446, los Decretos Nº
561 del 6 de abril de 2016 y su modificatorio, Nº 1063 del 4 de octubre
de 2016 y su modificatorio, y el Decreto Nº 79 del 27 de diciembre de
2019, la Resolución N° 58 del 1º de febrero de 2017 del ex MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 12 de la Ley Nº 17.671, esta DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL
INTERIOR, podrá expedir testimonios o certificados de la información
que disponga.
Que por la Ley Nº 25.506 se reconoce el empleo de la firma electrónica
y de la firma digital y su eficacia jurídica, estableciendo que se
entiende por documento digital a la representación digital de actos o
hechos, con independencia del soporte utilizado para su fijación,
almacenamiento o archivo.
Que la Ley Nº 27.446 de Simplificación y Desburocratización de la
Administración Pública Nacional, tiene como propósito disminuir el uso
del papel en los procesos administrativos de los entes públicos y la de
agilizar y ser más eficientes en las gestiones de documentos.
Que así la firma digital ha contribuido en gran manera a este proceso,
teniendo ella toda la validez legal y pudiendo emplearse para cualquier
documento que se necesite confeccionar.
Que por el Decreto N° 561/16 se aprobó la implementación del Sistema de
Gestión Documental Electrónica -GDE-, como sistema integrado de
caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de
todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional.
Que mediante el Decreto N° 1063/16 se aprobó la implementación de la
Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo
“Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE), como medio de interacción del ciudadano con la
administración pública, a través de la recepción y remisión por medios
electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros.
Que por la Resolución N° 58/17 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se
estableció el uso obligatorio del Sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE) para esta Dirección Nacional.
Que resulta necesario poner a disposición la información obrante en la
base de datos a aquellas personas que así lo requieran, mediante la
emisión de manera virtual de las Certificaciones que se expiden en este
organismo en reemplazo de la modalidad en formato papel y de manera
presencial. Sin perjuicio de señalar, que se facilitaría a toda la
ciudadanía el acceso a dichas certificaciones al no ser necesaria la
presentación de solicitudes en forma personal.
Que en consecuencia corresponde establecer que las solicitudes y
expedición de las certificaciones se efectuarán a través de la
Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sitio Argentina.gob.ar que
permite gestionar trámites ante la Administración Pública Nacional y
realizar su seguimiento de forma remota, sin perjuicio de las
excepciones que resulten procedentes.
Que la seguridad de los procesos y contenidos, el ahorro de tiempo, la
reducción de costos, el aumento de la productividad y los beneficios
medioambientales son parte del día a día de las organizaciones que han
desmaterializado los mismos y puesto en práctica el uso de la firma
digital.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
DOCUMENTOS DE VIAJE, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la
COORDINACIÓN DE SEGUIMIENTO ESTRATÉGICO Y ENLACE DE TRANSPARENCIA,
todas de esta Dirección Nacional, han tomado la intervención que les
compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA dependiente de esta Dirección Nacional, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.671 y el Decreto Nº 79/19.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese que los certificados expedidos con la
información que obre en los asientos de la base de datos de esta
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del
MINISTERIO DEL INTERIOR, que se detallan en el Anexo Disposición
DI-2022-83058918-APN-RENAPER#MI, que como Anexo I forma parte
integrante de la presente medida, y los que en el futuro se incorporen
a él, serán emitidos, en el ámbito de todo el Territorio Nacional a
través de la Plataforma TRÁMITES A DISTANCIA (TAD).
ARTÍCULO 2º.- Los documentos digitales generados en el marco de esta
tramitación, gozarán de plena validez y eficacia jurídica a todos los
efectos legales y reglamentarios, constituyendo medio de prueba
suficiente de su existencia y contenido.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Juan Rodriguez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/08/2022 N° 67968/22 v. 31/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Anexo I
CERTIFICACIONES
1) CERTIFICACIÓN DE DATOS.
El trámite permite obtener una certificación de datos, entre ellos
filiatorios, tales como apellido, nombre, número de DNI, fecha y lugar
de nacimiento; y, en caso de corresponder, fecha y lugar de
fallecimiento y progenitores. Asimismo, según el caso, se dejará
constancia del error en la emisión de algún ejemplar de DNI; sobre los
datos de opción de nacionalidad o carta de ciudadanía; o sobre la
resolución o disposición emitida por el organismo.
2) CERTIFICACIÓN DE DOMICILIO.
El trámite permite obtener una certificación de datos, entre ellos
filiatorios, tales como apellido, nombre, número de DNI, fecha y lugar
de nacimiento; y, en caso de corresponder, fecha y lugar de
fallecimiento y progenitores. Específicamente esta certificación
contiene los datos del último ejemplar de DNI (letra, fecha de emisión
y número de Id) y el último domicilio declarado.
3) CERTIFICACIÓN DE ESTADO CIVIL.
El trámite permite obtener una certificación de datos, entre ellos
filiatorios, tales como apellido, nombre, número de DNI, fecha y lugar
de nacimiento; y, en caso de corresponder, fecha y lugar de
fallecimiento y progenitores. Específicamente esta certificación
contiene los datos del último estado civil declarado (casado/a,
divorciado/a, separado/a legal, soltero/a, viudo/a) y fecha de
declaración.
4) CERTIFICACIÓN DE NO NATURALIZADO
El trámite permite certificar si una persona se encuentra o no
naturalizada; o que determinada persona se encuentra identificada, sin
datos de carta de ciudadanía -naturalización- u opción de nacionalidad.
5) CERTIFICACIÓN DE PASAPORTE
El trámite permite obtener una copia de pasaporte argentino, certificada por el organismo emisor.